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 Rosa Liliana Flores Villa
L A D I S C R I M I N A C I Ó N N O E S
S O L A M E N T E U N P R O B L E M A D E
C O N C I E N C I A N I U N P R O B L E M A
I N D I V I D U A L E S U N F E N Ó M E N O
Q U E A F E C T A A T O D A L A
S O C I E D A D .
Q U I E N D I S C R I M I N A P U E D E S E R
U N A P E R S O N A F Í S I C A O
M O R A L O L O S E N T E S
P Ú B L I C O S
LA DISCRIMINACIÓN
 Afanes de dominio y control sobre otras personas
 Pretensiones de exclusión de determinadas
 personas o grupos del acceso a bienes,
 servicios, derechos y oportunidades.
 Inercias culturales.
 Daña la dignidad de las personas.
 Socava el principio de igualdad.
 Ataca el principio de ciudadanía.
 Niega derechos fundamentales.
 Niega la diversidad
 Impone costos económicos
 Genera desigualdad social
LA DISCRIMINACION
RACISMO
.ETNIAS
ENFERMEDADES Y
CONDICION FISICA
DISCAPACITADOS
ENFERMOS POR
EL VIH
SEXISMO
CONDICION
SEXUAL
GENERO
IDEOLOGIAS
.POLITICAS
.RELIGIOSAS
TIPOS DE
DISCRIMINACION
Tipos de discriminación
D I S C R I M I N A C I Ó N
P O R G É N E R O
Es un fenómeno social que se basa
en el conjunto de roles socialmente
construidos, comportamientos,
actividades y atributos que una
sociedad considera como
apropiados para hombres y mujeres.
En este tipo de flagelo predominan
principalmente como víctimas
las mujeres, homosexuales, lesbiana
s, bisexuales o transgénicos, y puede
ocasionar distintos problemas
psíquicos y somatizaciones.
D I S C R I M I N A C I Ó N P O R
O R I G E N É T N I C O
Mientras que el racismo es una ideología
basada en la superioridad de unas razas o
etnias sobre otras, la discriminación racial
es un acto que, aunque suele estar
fundado en una ideología racista, no
siempre lo está. En este sentido hay que
tener en cuenta que la discriminación
racial positiva (cuando se establecen
discriminaciones con el fin de garantizar
la igualdad de las personas afectadas),
constituye una forma de discriminación
destinada a combatir el racismo.
D I S C R I M I N A C I Ó N P O R
D I S C A P A C I D A D
El Título I de la Ley de Americanos con
Discapacidades de 1990 (en inglés) prohíbe a
los patronos privados, los gobiernos estatales
y locales, las agencias de empleo y los
sindicatos de trabajadores discriminar contra
individuos calificados con discapacidades en
los procedimientos de solicitud de empleo,
contratación, despido, ascenso,
compensación, entrenamiento para el empleo
y otros términos, condiciones y privilegios de
empleo. La Ley de Americanos con
Discapacidades (ADA) cubre a los patronos
con 15 o más empleados, incluyendo los
gobiernos estatales y locales. También se
aplica a agencias de empleo y organizaciones
laborales.
D I S C R I M I N A C I Ó N P O R
O R I E N T A C I Ó N S E X U A L
El término homofobia hace referencia a la
aversión (fobia, del griego antiguo fobos,
‘pánico’) obsesiva1 contra hombres o mujeres
homosexuales, aunque generalmente
también se incluye a las demás personas que
integran a la diversidad sexual, como es el
caso de las personas bisexuales o
transexuales, y las que mantienen actitudes o
hábitos comúnmente asociados al otro sexo,
como los metrosexuales y los hombres con
ademanes tenidos por femeniles o las mujeres
con ademanes tenidos por varoniles.
Discriminación por
Lateralidad
Es la discriminación de
los diestros hacia los zurdos,
dado en muchas culturas y
religiones consideran a la mano
izquierda como «la mano del
demonio» siendo esto totalmente
incierto, por motivos de que la
mano izquierda forma parte
también de nuestro cuerpo. Por
esta y otras razones, hace años,
el cuerpo docentes trataban que
niños y niñas zurdos escribieran
con la mano derecha o
«correcta».
Este tipo de discriminación se da en el momento en que las mujeres son limitadas o
rechazadas, cuando se encuentran embarazadas, o padecen alguna enfermedad
relacionada con el embarazo. Las mujeres embarazadas tienen derecho a ser tratadas de
la misma manera que aquellas que no lo están, y tiene derecho a tener acceso a las
mismas oportunidades. Un jefe o patrón, no puede negar la contratación a una mujer
embarazada que cumpla con los requisitos del puesto solicitado. Así como también tiene
la obligación de ceder licencias por maternidad, tratando a la mujer de la misma manera
que trataría a un empleado incapacitado temporalmente. Con respecto a otras
situaciones, un empleador no tiene derecho a limitar el desarrollo laboral de una mujer
casada, debido a la posibilidad de que ésta pueda embarazarse.
La discriminación, se hace presente en todas las
comunidades del mundo y de Latinoamérica en general.
Depende de la sociedad el poder aceptar la condición de
los demás, no discriminar por ser minorías, puesto que la
discriminación crea un retroceso en el progreso que esta
realizando el ser humano para años posteriores.
Depende de cada uno el hacer desaparecer la
discriminación.
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  • 1.  Rosa Liliana Flores Villa
  • 2. L A D I S C R I M I N A C I Ó N N O E S S O L A M E N T E U N P R O B L E M A D E C O N C I E N C I A N I U N P R O B L E M A I N D I V I D U A L E S U N F E N Ó M E N O Q U E A F E C T A A T O D A L A S O C I E D A D . Q U I E N D I S C R I M I N A P U E D E S E R U N A P E R S O N A F Í S I C A O M O R A L O L O S E N T E S P Ú B L I C O S LA DISCRIMINACIÓN
  • 3.  Afanes de dominio y control sobre otras personas  Pretensiones de exclusión de determinadas  personas o grupos del acceso a bienes,  servicios, derechos y oportunidades.  Inercias culturales.
  • 4.  Daña la dignidad de las personas.  Socava el principio de igualdad.  Ataca el principio de ciudadanía.  Niega derechos fundamentales.  Niega la diversidad  Impone costos económicos  Genera desigualdad social
  • 5. LA DISCRIMINACION RACISMO .ETNIAS ENFERMEDADES Y CONDICION FISICA DISCAPACITADOS ENFERMOS POR EL VIH SEXISMO CONDICION SEXUAL GENERO IDEOLOGIAS .POLITICAS .RELIGIOSAS TIPOS DE DISCRIMINACION
  • 7. D I S C R I M I N A C I Ó N P O R G É N E R O Es un fenómeno social que se basa en el conjunto de roles socialmente construidos, comportamientos, actividades y atributos que una sociedad considera como apropiados para hombres y mujeres. En este tipo de flagelo predominan principalmente como víctimas las mujeres, homosexuales, lesbiana s, bisexuales o transgénicos, y puede ocasionar distintos problemas psíquicos y somatizaciones. D I S C R I M I N A C I Ó N P O R O R I G E N É T N I C O Mientras que el racismo es una ideología basada en la superioridad de unas razas o etnias sobre otras, la discriminación racial es un acto que, aunque suele estar fundado en una ideología racista, no siempre lo está. En este sentido hay que tener en cuenta que la discriminación racial positiva (cuando se establecen discriminaciones con el fin de garantizar la igualdad de las personas afectadas), constituye una forma de discriminación destinada a combatir el racismo.
  • 8. D I S C R I M I N A C I Ó N P O R D I S C A P A C I D A D El Título I de la Ley de Americanos con Discapacidades de 1990 (en inglés) prohíbe a los patronos privados, los gobiernos estatales y locales, las agencias de empleo y los sindicatos de trabajadores discriminar contra individuos calificados con discapacidades en los procedimientos de solicitud de empleo, contratación, despido, ascenso, compensación, entrenamiento para el empleo y otros términos, condiciones y privilegios de empleo. La Ley de Americanos con Discapacidades (ADA) cubre a los patronos con 15 o más empleados, incluyendo los gobiernos estatales y locales. También se aplica a agencias de empleo y organizaciones laborales. D I S C R I M I N A C I Ó N P O R O R I E N T A C I Ó N S E X U A L El término homofobia hace referencia a la aversión (fobia, del griego antiguo fobos, ‘pánico’) obsesiva1 contra hombres o mujeres homosexuales, aunque generalmente también se incluye a las demás personas que integran a la diversidad sexual, como es el caso de las personas bisexuales o transexuales, y las que mantienen actitudes o hábitos comúnmente asociados al otro sexo, como los metrosexuales y los hombres con ademanes tenidos por femeniles o las mujeres con ademanes tenidos por varoniles.
  • 9. Discriminación por Lateralidad Es la discriminación de los diestros hacia los zurdos, dado en muchas culturas y religiones consideran a la mano izquierda como «la mano del demonio» siendo esto totalmente incierto, por motivos de que la mano izquierda forma parte también de nuestro cuerpo. Por esta y otras razones, hace años, el cuerpo docentes trataban que niños y niñas zurdos escribieran con la mano derecha o «correcta».
  • 10. Este tipo de discriminación se da en el momento en que las mujeres son limitadas o rechazadas, cuando se encuentran embarazadas, o padecen alguna enfermedad relacionada con el embarazo. Las mujeres embarazadas tienen derecho a ser tratadas de la misma manera que aquellas que no lo están, y tiene derecho a tener acceso a las mismas oportunidades. Un jefe o patrón, no puede negar la contratación a una mujer embarazada que cumpla con los requisitos del puesto solicitado. Así como también tiene la obligación de ceder licencias por maternidad, tratando a la mujer de la misma manera que trataría a un empleado incapacitado temporalmente. Con respecto a otras situaciones, un empleador no tiene derecho a limitar el desarrollo laboral de una mujer casada, debido a la posibilidad de que ésta pueda embarazarse.
  • 11. La discriminación, se hace presente en todas las comunidades del mundo y de Latinoamérica en general. Depende de la sociedad el poder aceptar la condición de los demás, no discriminar por ser minorías, puesto que la discriminación crea un retroceso en el progreso que esta realizando el ser humano para años posteriores. Depende de cada uno el hacer desaparecer la discriminación.