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El Peruano                                             UB
                                                             LICA DEL P
                                                                        ER




                                                                                 NORMAS LEGALES
                                                   EP




                                                                                                                                          321151
                                                                             U
                                               R




 domingo 11 de junio de 2006
                                                                                       ción será proporcional al número de usuarios, de acuer-
   III.3. INSTALACIONES SANITARIAS                                                     do con lo especificado en los párrafos siguientes:
                                                                                           a) Todo núcleo básico de vivienda unifamiliar, estará do-
                    NORMA IS.010                                                       tado, por lo menos de: un inodoro, una ducha y un lavadero.
                                                                                           b) Toda casa- habitación o unidad de vivienda, estará
         INSTALACIONES SANITARIAS PARA                                                 dotada, por lo menos, de: un servicio sanitario que conta-
                 EDIFICACIONES                                                         ra cuando menos con un inodoro, un lavatorio y una du-
                                                                                       cha. La cocina dispondrá de un lavadero.
   1. GENERALIDADES                                                                        c) Los locales comerciales o edificios destinados a ofi-
                                                                                       cinas o tiendas o similares, deberán dotarse como míni-
   1.1. ALCANCE                                                                        mo de servicios sanitarios en la forma, tipo y número que
   Esta Norma contiene los requisitos mínimos para el                                  se especifica a continuación:
diseño de las instalaciones sanitarias para edificaciones
en general. Para los casos no contemplados en la pre-                                      - En cada local comercial con área de hasta 60 m2 se
sente Norma, el ingeniero sanitario, fijará los requisitos                             dispondrá por lo menos, de un servicio sanitario dotado
necesarios para el proyecto específico, incluyendo en la                               de inodoro y lavatorio.
memoria descriptiva la justificación y fundamentación co-                                  - En locales con área mayor de 60 m2 se dispondrá de
rrespondiente.                                                                         servicios sanitarios separados para hombres y mujeres,
                                                                                       dotados como mínimo de los aparatos sanitarios que indi-
  1.2. CONDICIONES GENERALES PARA EL DISE-                                             ca la Tabla Nº 1.
ÑO DE INSTALACIONES SANITARIAS PARA EDIFI-
CACIONES                                                                                                         TABLA Nº 1
    a) Para efectos de la presente norma, la instalación                                Área del local              Hombres               Mujeres
sanitaria comprende las instalaciones de agua, agua con-                                (m2)                  Inod.   Lav.  Urin.      Inod. Lav.
tra incendio, aguas residuales y ventilación.                                           61 - 150                1      1     1           1       1
    b) El diseño de las instalaciones sanitarias debe ser ela-                          151 - 350               2      2     1           2       2
borado y autorizado por un ingeniero sanitario colegiado.
    c) El diseño de las instalaciones sanitarias debe ser                               351- 600                2      2     2           3       3
elaborado en coordinación con el proyectista de arquitec-                               601- 900                3      3     2           4       4
tura, para que se considere oportunamente las condicio-                                 901- 1250               4      4     3           4       4
nes mas adecuadas de ubicación de los servicios sanita-                                 Por cada 400 m2         1      1     1           1       1
rios, ductos y todos aquellos elementos que determinen
el recorrido de las tuberías así como el dimensionamiento                               adicionales
y ubicación de tanque de almacenamiento de agua entre
otros; y con el responsable del diseño de estructuras, de                                 - Cuando se proyecte usar servicios sanitarios comu-
tal manera que no comprometan sus elementos estructu-                                  nes a varios locales se cumplirán los siguientes requisitos:
rales, en su montaje y durante su vida útil; y con el res-
ponsable de las instalaciones electromecánicas para evi-                                   • Se proveerán servicios sanitarios separados debi-
tar interferencia.                                                                     damente identificados para hombres y mujeres; ubicados
                                                                                       en lugar accesible a todos los locales a servir, respetando
    1.3. DOCUMENTOS DE TRABAJO                                                         siempre la tabla anterior.
    Todo proyecto de instalaciones sanitarias para una edi-                                • La distancia entre cualquiera de los locales comer-
ficación, deberá llevar la firma del Ingeniero Sanitario Co-                           ciales y los servicios sanitarios, no podrá ser mayor de 40
legiado.                                                                               m en sentido horizontal ni podrá mediar más de un piso
    La documentación del proyecto que deberá presentar                                 entre ellos, en sentido vertical.
para su aprobación constará de:                                                            - En los centros comerciales, supermercados y com-
   a) Memoria descriptiva que incluirá:                                                plejos dedicados al comercio, se proveerá para el públi-
                                                                                       co, servicios sanitarios separados para hombres y muje-
   - Ubicación.                                                                        res en la siguiente proporción indicada en la Tabla Nº 2.
   - Solución adoptada para la fuente de abastecimiento
de agua y evacuación de desagüe y descripción de cada                                                            TABLA Nº 2
uno de los sistemas.
                                                                                                                  Hombres       Mujeres    Niños
   b) Planos de:                                                                                             Inod. Lav. Urin. Inod. Lav. Inod. Lav.
    - Sistema de abastecimiento de agua potable: instala-                               Por cada 500 m2 ó      1     1     1    2      1   1     1
ciones interiores, instalaciones exteriores y detalles a es-                            menos de área
calas convenientes y esquemas isométricos cuando sea                                    construida
necesario.
    - Sistema de desagües; instalaciones interiores, insta-                                d) En los restaurantes, cafeterías, bares, fuentes de
laciones exteriores y detalles a escalas convenientes y                                soda y similares, se proveerán servicios sanitarios para
esquemas isométricos, cuando sea necesario.                                            los trabajadores, de acuerdo a lo especificado en el nu-
    - Sistema de agua contra incendio, riego, evacuación                               meral 4.2c. Para el público se proveerá servicios sanita-
pluvial etc., cuando las condiciones así lo exijan.                                    rios como sigue:

   1.4. SERVICIOS SANITARIOS                                                               Los locales con capacidad de atención simultánea has-
                                                                                       ta de 15 personas, dispondrán por lo menos de un servi-
   1.4.1. CONDICIONES GENERALES                                                        cio sanitario dotado de un inodoro y un lavatorio. Cuando
    a) Los aparatos sanitarios deberán instalarse en am-                               la capacidad sobrepase de 15 personas, dispondrán de
bientes adecuados, dotados de amplia iluminación y ven-                                servicios separados para hombres y mujeres de acuerdo
                                                                                       con la Tabla Nº 3.
tilación previendo los espacios mínimos necesarios para
su uso, limpieza, reparación, mantenimiento e inspección.
    b) Toda edificación estará dotada de servicios sanita-                                                       TABLA Nº 3
rios con el número y tipo de aparatos sanitarios que se                                 Capacidad                   Hombres              Mujeres
establecen en 1.7.                                                                      (Personas)            Inod.   Lav.  Urin.      Inod. Lav.
    c) En los servicios sanitarios para uso publico, los ino-                           16 - 60                 1      1     1           1      1
doros deberán instalarse en espacios independientes de                                  61 - 150                2      2     2           2      2
carácter privado.
    d) En las edificaciones de uso público, se debe consi-                              Por cada 100            1      1     1           1      1
derar servicios sanitarios para discapacitados.
                                                                                            e) En las plantas industriales, todo lugar de trabajo debe
   1.4.2. NÚMERO REQUERIDO DE APARATOS SANI-                                           estar provisto de servicios sanitarios adecuados y sepa-
TARIOS                                                                                 rados para cada sexo. La relación mínima que debe exis-
   El número y tipo de aparatos sanitarios que deberán                                 tir entre el número de trabajadores y el de servicios sani-
ser instalados en los servicios sanitarios de una edifica-                             tarios se señala en la Tabla Nº 4.

                                  Difundido por: ICG - Instituto de la Construcción y Gerencia
                                  www.construccion.org / icg@icgmail.org / Telefax : 421 - 7896
UB
                                                                         LICA DEL P
                                                                                    E



                                                                                                                                                                         El Peruano
                                                                                                NORMAS LEGALES
                                                               EP                       R
                                                                                            U




 321152
                                                           R




                                                                                                                                                         domingo 11 de junio de 2006

                          TABLA Nº 4                                                                                      k) Para locales de hospedaje, se proveerá de servi-
Trabajadores            Inod.   Lav.               Duch.                                        Urin.       Beb.       cios sanitarios, de conformidad con el Reglamento de Es-
                                                                                                                       tablecimientos de Hospedaje DS Nº 006-73-IC/ DS., se-
1a9                       1      2                   1                                           1           1         gún como sigue:
10 a 24                   2      4                   2                                           1           1
25 a 49                   3      5                   3                                           2           1             - En los hoteles de 5 estrellas, cada dormitorio estará
50 a 100                  5      10                  6                                           4           2         dotado de: servicio sanitario compuesto de tina y ducha,
                                                                                                                       inodoro, bidé o similar y lavatorio. Las habilitaciones do-
Por cada 30 adicionales 1        1                   1                                           1           1         bles dispondrán de dos lavatorios.
                                                                                                                           - En los hoteles de 4 estrellas, el 75% de los dormito-
   f) En los locales educacionales, se proveerán servi-                                                                rios como mínimo, estarán dotados de: tina y ducha, ino-
cios sanitarios según lo especificado en la Tabla Nº 5, de                                                             doro, bidé o similar y lavatorio; el 25% restante, compues-
conformidad con lo estipulado en la Resolución Jefatural                                                               to de ducha, lavatorio e inodoro.
Nº 338-INIED-83 (09.12.83).                                                                                                - En hoteles de 3 estrellas, el 25% de los dormito-
                                                                                                                       rios estarán dotados de: tina y ducha, inodoro, bidé o
                            TABLA Nº 5                                                                                 similar y el 75% restante, compuesto de ducha, lavato-
                A. Nº DE APARATOS / ALUMNOS                                                                            rio e inodoro.
Nivel                    Primaria           Secundaria                                                                     - En hoteles de 2 estrellas, hostales, hostales residen-
                                                                                                                       ciales, moteles de 1, 2, y 3 estrellas, y centros vacaciona-
Aparatos         Hombres       Mujeres Hombres    Mujeres                                                              les de 3 estrellas; todas las habitaciones tendrán servi-
Inodoros           1/50           1/30   1/60       1/40                                                               cios sanitarios compuestos de ducha, lavatorio e inodoro.
Lavatorios          1/30          1/30   1/40       1/40                                                                   - En hoteles de 1 estrella, el 50% de las habitacio-
Duchas             1/120         1/120  1/100      1/100                                                               nes estarán dotadas de servicios sanitarios compues-
                                                                                                                       tos de ducha, lavatorio e inodoro y el 50% restante de
Urinarios          1/30            —     1/40        —                                                                 lavatorio.
Botadero             1             1      1           1
                                                                                                                          Por cada cinco habitaciones no dotadas de servicio
  B. Nº DE APARATOS MINIMOS POR TIPOLOGIA EDUCATIVA                                                                    sanitario, existirá en cada piso como mínimo dos servi-
 TIPOLOGIA          SERVICIOS              SERVICIOS SANITARIOS
                                                                                                                       cios sanitarios compuestos de ducha independiente, la-
    (Nº de         SANITARIOS                PARA VESTUARIOS                                                           vatorio y dos inodoros.
  alumnos)     Inod. Lav. ó Urin. Bot.   Inod. Lav. Duch. Urin.                                                             - En los hostales y hostales residenciales de 2 estre-
                      Beb.                                                                                             llas, el 30% de las habitaciones, estarán dotadas de ser-
             H M H M H H/M               H M H M                                                  H M H M              vicio sanitario con inodoro, ducha y lavatorio y el 70% res-
NIVEL PRIMARIA                                                                                                         tante, con lavatorio.
EP-1 (240)    3 4 4 4 4 1                -     -     -          -                                 1     1    -     -        - En los hostales y hostales residenciales de 1 estre-
EP-2 (360)    4 6 6 6 6 2                -     -     -          -                                 2     2    -     -   lla; en cada planta y por cada 7 habitaciones se instalaran
                                                                                                                       dos servicios sanitarios con ducha independiente, lavato-
EP-3 (480)    5 8 8 8 8 2                -     -     -          -                                 2     2    -     -
                                                                                                                       rio e inodoro.
EP-4 (600)    6 10 10 10 10 2            -     -     -          -                                 3     3    -     -        - En los centros vacacionales de 2 estrellas, el 50% de
EP-5 (720)    7 12 12 12 12 2            -     -     -          -                                 3     3    -     -   los dormitorios estarán dotados de servicios sanitarios
NIVEL SECUNDARIA                                                                                                       privados compuestos de ducha, lavatorio e inodoro y el
ES-I (200)   2 3 3 3 3 1                 1    2      2     2                                      1     1    2     -   50% restante, con lavatorio.
ES-II (400)  4 5 5 5 5 2                 1    2      2     2                                      2     2    2     -
                                                                                                                           Por cada cinco habitaciones se instalaran baños co-
ES-III (600) 5 8 8 8 8 2                 1    2      2     2                                      3     3    2     -   munes independientes para hombres y mujeres compues-
ES-IV (800) 7 10 10 10 10 2              2    3      3     3                                      4     4    3     -   tos de ducha independiente, lavatorio e inodoro. En el ser-
ES-V (1000) 8 13 13 13 13 2              2    3      3     3                                      5     5    3     -   vicio sanitario de hombres deberá instalarse un urinario.
ES-VI (1200) 10 15 15 15 15 2            2    3      3     3                                      6     6    3     -
                                                                                                                           - En cada piso de todos los locales de hospedaje se
    Para el presente cuadro se ha tomado como referen-                                                                 instalará un botadero.
cia de calculo, que la matricula promedio es de 50% hom-                                                                   - En todos los locales de hospedaje se proveerá para
bres y 50% mujeres.                                                                                                    el personal, servicios sanitarios independientes para hom-
    g) Ambientes de Estimulación Temprana.                                                                             bre y mujeres, en lugares convenientes, tal como se se-
                                                                                                                       ñala en la Tabla Nº 6.
        Servicio Higiénico anexo al aula             1 inodoro
                                                    2 lavatorios                                                                                   TABLA Nº 6
                                                       2 tinas                                                            Nº de trabajadores         Inod.      Lav.      Duch.     Urin.
                                                                                                                          1 - 15                       1         2          1        1
   h) Ambientes para aulas de Educación Inicial y aulas
con retardo mental.                                                                                                       16 - 24                      2         4          2        1
                                                                                                                          25 - 49                      3         5          3        1
     Servicio Higiénico anexo al aula        1 ducha con asiento                                                          Por cada 20adicionales       1         1          1        1
                                                  1 inodoro
                                                 1 lavatorio                                                               - En todos los locales de hospedaje se instalarán ser-
                                                                                                                       vicios sanitarios en las proximidades a los lugares de re-
   i) Ambientes para alumnos de primaria en las excep-                                                                 unión, independientes para hombres y mujeres, tal como
cionalidades de audición y lenguaje y ceguera o visión                                                                 se señala en la Tabla Nº 7.
sub-normal.
                                                                                                                                                 TABLA Nº 7
Servicio Higiénico hombres 3 inodoro                                                                                      Nº de personas              Inod.            Lav.       Urin.
                           3 lavatorios (1 lavatorio por cada 10
                           hombres)                                                                                       1 - 15                        1               1          1
                           2 duchas                                                                                       16 - 60                       2               2          1
                           1 urinario corrido                                                                             61 - 150                      3               4          2
                           1 bebedero corrido
                                                                                                                          Por cada 100adicionales       1               1          1
Servicio Higiénico mujeres 3 inodoros
                           3 lavatorios (1 lavatorio por cada 8
                           mujeres)                                                                                       - Las cocinas dotadas de por lo menos 2 lavaderos.
                           1 bebedero corrido
                                                                                                                           l) Los locales destinados para servicios de alimenta-
    j) En los locales destinatarios para depósitos de mate-                                                            ción colectiva, deberán estar dotadas de servicios sanita-
riales y/o equipos, se proveerán servicios sanitarios se-                                                              rios independientes para hombres y mujeres, tal como se
gún lo dispuesto en los numerales 4.2c y 4.2e.                                                                         señala en la Tabla Nº 8.

                                             Difundido por: ICG - Instituto de la Construcción y Gerencia
                                             www.construccion.org / icg@icgmail.org / Telefax : 421 - 7896
El Peruano                                                        UB
                                                                        LICA DEL P
                                                                                   ER




                                                                                            NORMAS LEGALES
                                                              EP




                                                                                                                                                                     321153
                                                                                        U
                                                          R




 domingo 11 de junio de 2006

                               TABLA Nº 8                                                                  d) Para las visitas
- Trabajadores:                                                                                                                                     Hombres       Mujeres
Nº de Personas                 Inod.      Lav.     Duch. Urin. Beb.                                                                             Inod. Lav. Urin. Inod. Lav.
1 - 15                           1         2         1    1     1                                       Un servicio sanitario por                 1    1    1      1    1
16 - 24                          2         4         2    1     1                                       Cada 500 m2 de área de
25 - 49                          3         5         3    2     1                                       Hospitalización
Por cada 30adicionales           1         1         1    1     1
                                                                                                            - Servicios Generales
                                                                                                            Para trabajadores de servicios generales (nutrición y
       - Comensales:                                                                                    dieta, lavandería y repostería, mantenimiento, sala de má-
       Nº de Personas           Inod.             Lav.                                      Urin.       quina y otros). La dotación de aparatos sanitarios se regi-
       1 - 15                     1                1                                         1          rá según la tabla siguiente:
       16 - 24                    2                2                                         1          N° deTrabajadores                 Hombres             Mujeres
       25 - 49                    3                4                                         2                                     Inod. Lav. Duch. Urin. Inod. Lav. Duch.
       Por cada 100 adicionales   1                1                                         1          De 1 a 15                    1    2     1    1      1    2     1
   - Las cocinas estarán dotadas de por lo menos dos                                                    De 16 a 25                   2    4     2    1      2    4     2
lavaderos.                                                                                              De 26 a 50                   3    5     3    1      3    5     3
    m) En hospitales, clínicas y similares, se considerará el                                           Por cada 20 a
tipo y servicios sanitarios, que se señalan a continuación:                                             Adicionales                 1       1   1        1      1    1           1

   - Unidad de Administración                                                                               - Vivienda
   Para oficinas principales (Dirección o similar):                                                         En habitaciones individuales con servicios higiénicos
                                                                                                        incorporados se contará con un inodoro, un lavatorio, una
                                       Inod.      Lav.                           Duch.                  ducha.
                                                                                                            En viviendas colectivas, los servicios higiénicos cons-
       Un servicio sanitario             1         1                               1                    tarán de los siguientes aparatos:
   - Unidad de Consulta Externa                                                                         N° de camas                     Inod.    Lav.        Duch.       Urin.
   a) Para uso público                                                                                  Por cada 10 camas                 2       1            2          1

N° de consultorios                          Hombres       Mujeres                                           n) En los locales deportivos, se proveerá servicios sa-
                                                                                                        nitarios para deportistas y personal conexo, de acuerdo a
                                        Inod. Lav. Urin. Inod. Lav.                                     la Tabla Nº 9.
Hasta 4 consultorios                      1    1    1      1    1
De 4 a 14 consultorios                    2    2    2      2    2                                                                        TABLA Nº 9
Por c/10 consultorios Adicionales         1    1    1      1    1                                       LOCALES                                         Inod. Lav. Duch. Urin.
                                                                                                        1. Complejos Deportivos
    b) Para uso de discapacitados se considerará un ser-                                                 - Vestuarios                                    2      2    6           2
vicio sanitario para cada sexo.                                                                          - Árbitros y Jueces                             1      1    2           -
                                            Hombres       Mujeres                                       - Primeros Auxilios                              1      1    1           -
                                        Inod. Lav. Urin. Inod. Lav.
Servicio sanitario                        1    1    1      1    1                                       2. Gimnasio para Judo, Lucha y Pesas
                                                                                                        - Vestuarios                                     1      2    3           1
   c) Para uso del personal.                                                                            - Instructores y Jueces                          1      1    1           -
N° de trabajadores                          Hombres      Mujeres                                         - Sala Médica                                   1      1    1           -
                                        Inod. Lav. Urin Inod. Lav.
De 1 a 15                                 1    2    1     1    2                                        3. Gimnasio para Gimnasia
De 16 a 25                                2    4    1     2    4                                        - VestuariosPor c/ 10 deportistas                1      2    3           1
De 26 a 50                                3    5    1     3    5                                         - Instructor o Profesor                         1      1    1           1
Por cada 20 adicionales                   1    1    1     1    1                                         - Sala Médica                                   1      1    1           1

   - Unidad de Hospitalización                                                                          4. Gimnasio para Esgrima
   a) Para salas individuales:                                                                           - Vestuarios                                    2      2     4       2
                                                                                                        - Primeros Auxilios                             1      1     1       -
                                       Inod.      Lav.                           Duch.
       Un servicio sanitario             1         1                               1                    5. Gimnasio para Box
  Adicionalmente se instalará un lavatorio especial para                                                 - Vestuarios                                   2      2     4       2
Médico.                                                                                                  - Instructor o Profesor                        1      1     1       1
   b) Para salas colectivos:                                                                            6.- Tenis
                                               Inod.     Lav.                                   Duch.       - Dos vestuarios, cada uno con:             1      1     6       -
Un servicio sanitario Cada 5 camas               1        2                                       1         - Árbitros                                  1      1     1       -

  Adicionalmente se instalará un lavatorio especial para                                                7. Piscina cubierta
Médico.                                                                                                 - Primeros Auxilios                             1      1     1       -
   c) Para uso del personal.                                                                             - Instructor                                   1      1     1       -
                                                                                                         - Nadadores:
N° de trabajadores                          Hombres      Mujeres                                        Hombres 3                                       3      6     2
                                        Inod. Lav. Urin Inod. Lav.                                      Mujeres 3                                       3      6     -
De 1 a 15                                 1    2    1     1    2
De 16 a 25                                2    4    1     2    4                                        8. Campos de Fútbol
De 26 a 50                                3    5    1     3    5                                         - Vestuarios                                   1      2     6       -
Por cada 20Adicionales                    1    1    1     1    1                                         - Árbitros 1                                   1      1     -

                                         Difundido por: ICG - Instituto de la Construcción y Gerencia
                                         www.construccion.org / icg@icgmail.org / Telefax : 421 - 7896
UB
                                                                    LICA DEL P
                                                                               E



                                                                                                                                                     El Peruano
                                                                                           NORMAS LEGALES
                                                          EP                       R
                                                                                       U




 321154
                                                      R




                                                                                                                                     domingo 11 de junio de 2006
    o) En las playas, se proveerá de servicios sanitarios,                                             2. AGUA FRIA
según lo especificado en el DS 98-68-CGS, el cual esta-
blece lo siguiente:                                                                                    2.1. INSTALACIONES
    El número de servicios sanitarios se distribuirán en                                                a) El sistema de abastecimiento de agua de una edifi-
baterías con inodoros, duchas y urinarios, con una distan-                                          cación comprende las instalaciones interiores desde el me-
cia máxima entre baterías de 200 m.
    Los inodoros estarán en comportamiento separados,                                               didor o dispositivo regulador o de control, sin incluirlo, hasta
                                                                                                    cada uno de los puntos de consumo.
las duchas serán colectivas pero separadas para hom-                                                    b) El sistema de abastecimiento de agua fría para una
bres y mujeres de acuerdo a la Tabla Nº 10.
                                                                                                    edificación deberá ser diseñado, tomando en cuenta las
                           TABLA Nº 10                                                              condiciones bajo las cuales el sistema de abastecimiento
                                                                                                    público preste servicio.
                              Inod. Duch.             Urin.                                  Beb.       c) Las instalaciones de agua fría deben ser diseñadas
Por cada 300 personas           1      1              1 ml                                    1     y construidas de modo que preserven su calidad y garan-
                                                                                                    ticen su cantidad y presión de servicio en los puntos de
    p) En los establecimientos de baños para uso público,                                           consumo.
los servicios sanitarios estarán separados para hombres                                                 d) En toda nueva edificación de uso múltiple o mixto:
y mujeres. Los inodoros deberán tener compartimentos                                                viviendas, oficinas, comercio u otros similares, la instala-
separados con puerta. El número de aparatos sanitarios                                              ción sanitaria para agua fría se diseñará obligatoriamente
se calculará de acuerdo a la Tabla Nº 11.                                                           para posibilitar la colocación de medidores internos de
                                                                                                    consumo para cada unidad de uso independiente, ade-
                            TABLA Nº 11                                                             más del medidor general de consumo de la conexión do-
- Inodoro     Uno por cada 100 personas                                                             miciliaria, ubicado en el interior del predio.
- Lavatorio   Uno por cada 150 personas                                                                 e) En general, los medidores internos deben ser ubi-
- Ducha       Uno por cada 50 personas                                                              cados en forma conveniente y de manera tal que estén
                                                                                                    adecuadamente protegidos, en un espacio impermeable
- Urinario    Un metro lineal ó 2 Individuales por cada 100 hombres                                 de dimensiones suficientes para su instalación o remo-
- Bebedero    Uno por cada 150 personas                                                             ción en caso de ser necesario. De fácil acceso para even-
                                                                                                    tuales labores de verificación, mantenimiento y lectura.
    q) En los locales para espectáculos deportivos públi-                                               f) En caso que exista suficiente presión en la red públi-
cos de concurrencia masiva (Estadios, Coliseos, etc.), los                                          ca externa, dependiendo del número de niveles de la edi-
servicios sanitarios se acondicionaran en baterías por cada                                         ficación, los medidores de consumo podrán ser instala-
2000 espectadores separadas para hombres y mujeres,                                                 dos en un banco de medidores, preferentemente al ingre-
teniendo en cuenta que la concurrencia de mujeres es                                                so de la edificación, desde el cual se instalarán las tube-
aproximadamente 1/3 del total de espectadores. Los ino-                                             rías de alimentación para unidad de uso.
doros tendrán comportamientos separados, con puerta.                                                    g) En caso de que el diseño de la instalación sanitaria
El número de aparatos sanitarios se calculará conforme a                                            interior del edificio se realice con un sistema de presión
la Tabla Nº 12.                                                                                     con cisterna y tanque elevado o se use un sistema de
                                                                                                    presión con tanque hidroneumático, los medidores de con-
                          TABLA Nº 12                                                               sumo podrán ser ubicados en espacios especiales dise-
- Inodoro Uno por cada 500 hombres yUno por cada 300 mujeres.                                       ñados para tal fin dentro de la edificación.
- Lavatorio Uno por cada 500 espectadores                                                               h) Se podrá considerar la lectura centralizada remota,
- Urinario Un metro lineal ó 2 individuales por cada 100 hombres                                    desde un panel ubicado convenientemente y de fácil ac-
                                                                                                    ceso en el primer piso. En este caso además de lo que
- Bebedero Uno por cada 500 espectadores                                                            indica el inciso e del presente artículo, deberá preverse
                                                                                                    un espacio para el panel de lectura remota y ductos para
   r) En mercados, para el personal de servicios, se pro-                                           la instalación de cables de transmisión desde los regis-
veerá de servicios sanitarios como se indica a continua-                                            tros de lectura de los medidores.
ción:                                                                                                   i) Las instalaciones de lectura remota se ciñeran a las
                                                                                                    exigencias de las normas internacionales en tanto se
                                       Inod.   Lav.                            Duch. Urin.          emitan normas nacionales correspondientes, o en su de-
Por cada 200 puestos ó menos             1      1                                1    1             fecto, siguiendo las especificaciones técnicas de los pro-
                                                                                                    veedores.
   Para el público se proveerá servicios sanitarios sepa-                                               j) Se podrán disponer de un abastecimiento de agua
rados para hombres y mujeres en la siguiente proporción:                                            para fines industriales exclusivamente, siempre que:
                                            Hombres       Mujeres                                      - Dicho abastecimiento tenga redes separadas sin co-
                                        Inod. Lav. Urin. Inod. Lav.                                 nexión alguna con el sistema de agua para consumo hu-
                                                                                                    mano, debidamente diferenciadas; y
Por cada 250 m2 ó menos de área           1    1    1      2    1                                      - Se advierta a los usuarios mediante avisos claramente
construida                                                                                          marcados y distribuidos en lugares visibles y adecuados.
                                                                                                    Los letreros legibles dirán: Peligro agua no apta para con-
   s) En las obras de edificación en construcción, se pro-                                          sumo humano.
veerán de servicios sanitarios conectados a la red pública
o pozo séptico, de acuerdo a lo establecido por la Norma                                                k) No se permitirá la conexión directa desde la red pú-
Básica de Seguridad e Higiene en Obras de Edificación                                               blica de agua, a través de bombas u otros aparatos mecá-
(RS 021-83-TR, del 23.03.83), según la Tabla Nº 13.                                                 nicos de elevación.
                                                                                                        l) El sistema de alimentación y distribución de agua de
                          TABLA Nº 13                                                               una edificación estará dotado de válvulas de interrupción,
                                                                                                    como mínimo en los siguientes puntos:
   Nº de Trabajadores       Inod.    Lav.         Duch.                                     Urin.
   1á9                        1        2            1                                        1          - Inmediatamente después de la caja del medidor de
   10 á 24                    2        4            2                                        1      la conexión domiciliaria y del medidor general.
                                                                                                        - En cada piso, alimentador o sección de la red de dis-
   25 á 49                    3        5            3                                        2      tribución interior.
   50 á 100                   5       10            6                                        4          - En cada servicio sanitario, con mas de tres aparatos.
   Por cada 30 adicionales 1          1             1                                        1          - En edificaciones de uso público masivo, se colocará
                                                                                                    una llave de interruptor en la tubería de abasto de cada
    t) En las estaciones de expendio de combustible y en                                            inodoro o lavatorio.
playas de estacionamiento se proveerá de servicios sani-                                               m) No deberán instalarse válvulas en el piso o en lu-
tarios como se indica en la tabla siguiente:                                                        gares inundables.
                               Inod.       Lav.                Urin.                                   2.2. DOTACIONES
          Para Hombres           2          2                   1                                      Las dotaciones diarias mínimas de agua para uso do-
                                                                                                    méstico, comercial, industrial, riego de jardines u otros fi-
          Para Mujeres           2          2                    -                                  nes, serán los que se indican a continuación:

                                          Difundido por: ICG - Instituto de la Construcción y Gerencia
                                          www.construccion.org / icg@icgmail.org / Telefax : 421 - 7896
El Peruano                                                UB
                                                                LICA DEL P
                                                                           ER




                                                                                    NORMAS LEGALES
                                                      EP




                                                                                                                                                      321155
                                                                                U
                                                  R




 domingo 11 de junio de 2006
    a) Las dotaciones de agua para viviendas unifami-                                      Tipo de establecimiento                            Dotación diaria
liares estarán de acuerdo con el área total del lote según                                 Cines, teatros y auditorios                        3 L por asiento.
la siguiente Tabla.
                                                                                           Discotecas, casinos y salas de baile y similares   30 L por m2 de área
                                                                                           Estadios, velódromos, autódromos, plazas de
 Área total del lote en m2               Dotación L/d                                      toros y similares.                                 1 L por espectador
        Hasta 200                             1500                                         Circos, hipódromos, parques de atracción y         1 L por espectador
         201 a 300                            1700                                         similares.                                         más la dotación
         301 a 400                            1900                                                                                            requerida para el
         401 a 500                            2100                                                                                            mantenimiento
         501 a 600                            2200                                                                                            de animales.
         601 a 700                            2300
         701 a 800                            2400
         801 a 900                            2500                                           h) Las dotaciones de agua para piscinas y natato-
        901 a 1000                            2600                                        rios de recirculación y de flujo constante o continuo, se-
       1001 a 1200                            2800                                        gún la siguiente tabla.
       1201 a 1400                            3000
       1401 a 1700                            3400                                         1. De recirculación                     Dotación
       1701 a 2000                            3800                                         Con recirculación de las aguas de       10 L/d por m 2 de proyección
       2001 a 2500                            4500                                         rebose.                                 horizontal de la piscina.
       2501 a 3000                            5000                                         Sin recirculación de las aguas de       25 L/d por m2 de proyección
    Mayores de 3000          5000 más 100 L/d por cada 100 m2 de                           rebose.                                 horizontal de la piscina.
                             superficie adicional.
                                                                                           2. De flujo constante                   Dotación
   Estas cifras incluyen dotación doméstica y riego de jar-                                Públicas.                               125 L/h por m3
dines.                                                                                     Semi-públicas (clubes, hoteles,
                                                                                           colegios, etc.)                         80 L/h por m3
    b) Los edificios multifamiliares deberán tener una                                     Privada o residenciales.                40 L/h por m3
dotación de agua para consumo humano, de acuerdo con
el número de dormitorios de cada departamento, según la                                       La dotación de agua requerida para los aparatos sani-
siguiente Tabla.                                                                          tarios en los vestuarios y cuartos de aseo anexos a la pis-
                                                                                          cina, se calculará adicionalmente a razón de 30 L/d por
   Número de dormitorios por       Dotación por departamento,                             m2 de proyección horizontal de la piscina. En aquellos
        departamento                           L/d                                        casos que contemplen otras actividades recreacionales,
              1                                500                                        se aumentará proporcionalmente esta dotación.
              2                                850                                            i) La dotación de agua para oficinas se calculará a
              3                               1200                                        razón de 6 L/d por m2 de área útil del local.
              4                               1350                                            j) La dotación de agua para depósitos de materia-
              5                               1500                                        les, equipos y artículos manufacturados, se calculará a
                                                                                          razón de 0,50 L/d por m2 de área útil del local y por cada
                                                                                          turno de trabajo de 8 horas o fracción.
   c) Los establecimientos de hospedaje deberán te-                                           Para oficinas anexas, el consumo de las mismas se
ner una dotación de agua, según la siguiente Tabla.                                       calculará adicionalmente de acuerdo a lo estipulado en
                                                                                          esta Norma para cada caso, considerándose una dota-
    Tipo de establecimiento               Dotación diaria                                 ción mínima de 500 L/d.
      Hotel, apart-hoteles y            500 L por dormitorio.                                 k) La dotación de agua para locales comerciales
             hostales.                                                                    dedicados a comercio de mercancías secas, será de 6
           Albergues.                   25 L por m2 de área                               L/d por m2 de área útil del local, considerándose una
                                       destinado a dormitorio.                            dotación mínima de 500 L /d.
                                                                                              l) La dotación de agua para mercados y estableci-
    Las dotaciones de agua para riego y servicios anexos                                  mientos, para la venta de carnes, pescados y similares
a los establecimientos de que trata este artículo, tales como                             serán de 15 L/d por m2 de área del local.
restaurantes, bares, lavanderías, comercios, y similares                                      La dotación de agua para locales anexos al merca-
se calcularán adicionalmente de acuerdo con lo estipula-                                  do, con instalaciones sanitarias separadas, tales como
do en esta Norma para cada caso.                                                          restaurantes y comercios, se calculará adicionalmente
    d) La dotación de agua para restaurantes estará en                                    de acuerdo con lo estipulado en esta Norma para cada
función del área de los Comedores, según la siguiente                                     caso.
tabla                                                                                         m) El agua para consumo industrial deberá calcu-
                                                                                          larse de acuerdo con la naturaleza de la industria y su
                                                                                          proceso de manufactura. En los locales industriales la
      Área de los comedores en m2              Dotación                                   dotación de agua para consumo humano en cualquier tipo
                Hasta 40                        2000 L                                    de industria, será de 80 litros por trabajador o empleado,
                41 a 100                      50 L por m2                                 por cada turno de trabajo de 8 horas o fracción.
               Más de 100                     40 L por m 2                                    La dotación de agua para las oficinas y depósitos pro-
                                                                                          pios de la industria, servicios anexos, tales como comer-
   e) En establecimientos donde también se elaboren                                       cios, restaurantes, y riego de áreas verdes, etc. se calcu-
alimentos para ser consumidos fuera del local, se cal-                                    lará adicionalmente de acuerdo con lo estipulado en esta
culará para ese fin una dotación de 8 litros por cubierto                                 Norma para cada caso.
preparado.                                                                                    n) La dotación de agua para plantas de producción,
   f) La dotación de agua para locales educacionales                                      e industrialización de leche será según la siguiente tabla.
y residencias estudiantiles, según la siguiente tabla.
                                                                                           Plantas de Producción e                 Dotación
      Tipo de local educacional             Dotación diaria                                industrialización
   Alumnado y personal no residente.       50 L por persona.                               Estaciones de recibo y enfriamiento.    1500 L por cada 1000 litros de
    Alumnado y personal residente.         200 L por persona.                                                                      leche recibidos por día.
                                                                                           Plantas de pasteurización.              1500 L por cada 1000 litros de
    Las dotaciones de agua para riego de áreas verdes,                                                                             leche a pasteurizar por día.
piscinas y otros fines se calcularán adicionalmente, de                                    Fábrica de mantequilla, queso o         1500 L por cada 1000 litros de
acuerdo con lo estipulado en esta Norma para cada                                          leche en polvo.                         leche a procesar por día.
caso.
    g) Las dotaciones de agua para locales de espec-
táculos o centros de reunión, cines, teatros, auditorios,                                    o) La dotación de agua para las estaciones de ser-
discotecas, casinos, salas de baile y espectáculos al aire                                vicio, estaciones de gasolina, garajes y parques de esta-
libre y otros similares, según la siguiente tabla.                                        cionamiento de vehículos, según la siguiente tabla.


                                    Difundido por: ICG - Instituto de la Construcción y Gerencia
                                    www.construccion.org / icg@icgmail.org / Telefax : 421 - 7896
UB
                                                                      LICA DEL P
                                                                                 E



                                                                                                                                                        El Peruano
                                                                                             NORMAS LEGALES
                                                            EP                       R
                                                                                         U




 321156
                                                        R




                                                                                                                                        domingo 11 de junio de 2006

Estaciones y Parques de              Dotaciones                                                         c) La presión estática máxima no debe ser superior a
Estacionamientos                                                                                    50 m de columna de agua (0,490 MPa).
Lavado automático.                   12 800 L/d por unidad de lavado                                    d) La presión mínima de salida de los aparatos sanita-
                                                                                                    rios será de 2 m de columna de agua (0,020 MPa) salvo
Lavado no automático.                8000 L/d por unidad de lavado                                  aquellos equipados con válvulas semiautomáticas, auto-
Estación de gasolina.                300 L/d por surtidor.                                          máticas o equipos especiales en los que la presión estará
Garajes y parques de                 2 L por m 2 de área.                                           dada por las recomendaciones de los fabricantes.
estacionamiento de vehículos                                                                            e) Las tuberías de distribución de agua para consumo
por área cubierta.                                                                                  humano enterradas deberán alejarse lo más posible de
                                                                                                    los desagües; por ningún motivo esta distancia será me-
    El agua necesaria para oficinas y venta de repuestos,                                           nor de 0,50 m medida horizontal, ni menos de 0,15 m por
riego de áreas verdes y servicios anexos, tales como res-                                           encima del desagüe. Cuando las tuberías de agua para
taurantes y fuentes de soda, se calculará adicionalmente                                            consumo humano crucen redes de aguas residuales, de-
de acuerdo con lo estipulado en esta Norma para cada caso.                                          berán colocarse siempre por encima de éstos y a una dis-
    p) Las dotaciones de agua para edificaciones des-                                               tancia vertical no menor de 0,15 m. Las medidas se toma-
tinadas al alojamiento de animales, tales como caballe-                                             rán entre tangentes exteriores más próximas.
rizas, establos, porquerizas, granjas y similares, según la                                             f) Para el cálculo del diámetro de las tuberías de distri-
siguiente tabla                                                                                     bución, la velocidad mínima será de 0,60 m/s y la veloci-
                                                                                                    dad máxima según la siguiente tabla.
Alojamientos de Animales                 Dotación
Ganado lechero                           120 L/d por animal                                                   Diámetro(mm)                  Velocidad máxima(m/s)
Bovino y equinos                         40 L/d por animal                                                       15 (1/2 )                          1,90
Ovinos y porcinos                        10 L/d por animal                                                       20 (3/4)                           2,20
                                                                                                                  25 (1)                            2,48
Aves                                     20 L/d por cada 100 aves                                                32 (1 ¼)                           2,85
   Las cifras anteriores no incluyen las dotaciones de agua                                            40 y mayores (1 ½ y mayores).                3,00
para riego de áreas verdes y otras instalaciones.
   q) La dotación de agua para mataderos públicos o                                                     g) Las tuberías de agua fría deberán ubicarse tenien-
privados estará de acuerdo con el número y clase de                                                 do en cuenta el aspecto estructural y constructivo de la
animales a beneficiar, según la siguiente tabla.                                                    edificación, debiendo evitarse cualquier daño o disminu-
                                                                                                    ción de la resistencia de los elementos estructurales.
          Clase de animal                Dotación diaria                                                h) Las tuberías verticales deberán ser colocadas en
          Bovinos.                       500 L por animal.                                          ductos o espacios especialmente previstos para tal fin y
                                                                                                    cuyas dimensiones y accesos deberán ser tales que per-
          Porcinos.                      300 L por animal.                                          mitan su instalación, revisión, reparación, remoción y man-
          Ovinos y caprinos.             250 L por animal.                                          tenimiento.
          Aves en general.               16 L por cada Kg                                               i) Se podrá ubicar en el mismo ducto la tubería de agua
                                                                                                    fría y agua caliente siempre que exista una separación
   r) La dotación de agua para bares, fuentes de soda,                                              mínima de 0,15 m entre sus generatrices más próximas.
cafeterías y similares, según la siguiente tabla.                                                       j) Se permitirá la ubicación de alimentadores de agua y
                                                                                                    montantes de aguas residuales o de lluvia, en un mismo ducto
          Área de locales, m2            Dotación diaria                                            vertical o espacios, siempre que exista una separación míni-
          Hasta 30                       1500 L                                                     ma de 0,20 m entre sus generatrices más próximas.
          De 31 a 60                     60 L/m2                                                        k) Las tuberías colgadas o adosadas deberán fijarse a
                                                                                                    la estructura evitando que se produzcan esfuerzos secun-
          De 61 a 100                    50 L/m2                                                    darios en las tuberías.
          Mayor de 100                   40 L/m2                                                        l) Las tuberías enterradas deberán colocarse en zan-
                                                                                                    jas de dimensiones tales que permitan su protección y fácil
   s) La dotación de agua para locales de salud como:                                               instalación.
hospitales, clínicas de hospitalización, clínicas dentales,
consultorios médicos y similares, según la siguiente tabla.                                            2.4. ALMACENAMIENTO Y REGULACIÓN.
 Local de Salud                              Dotación                                                   a) Los depósitos de agua deberán ser diseñados y
 Hospitales y clínicas de hospitalización.   600 L/d por cama.                                      construidos en forma tal que preserven la calidad del agua.
 Consultorios médicos.                       500 L/d por consultorio.                                   b) Toda edificación ubicada en sectores donde el abas-
 Clínicas dentales.                          1000 L/d por unidad dental.
                                                                                                    tecimiento de agua pública no sea continuo o carezca de
                                                                                                    presión suficiente, deberá estar provisto obligatoriamente
    El agua requerida para servicios especiales, tales como                                         de depósitos de almacenamiento que permitan el sumi-
riego de áreas verdes, viviendas anexas, servicios de co-                                           nistro adecuado a todas las instalaciones previstas.
cina y lavandería se calcularán adicionalmente de acuer-                                                Tales depósitos podrán instalarse en la parte baja (cis-
do con lo estipulado en esta Norma.                                                                 ternas) en pisos intermedios o sobre la edificación (tan-
    t) La dotación de agua para lavanderías, lavanderías                                            que elevado).
al seco, tintorerías y similares, según la siguiente tabla.                                             c) Cuando sólo exista tanque elevado, su capacidad
                                                                                                    será como mínimo igual a la dotación diaria, con un volu-
Tipo de local                                  Dotación diaria                                      men no menor a 1000 L.
                                                                                                        d) Cuando sólo exista cisterna, su capacidad será como
- Lavandería.                                  40 L/kg de ropa.                                     mínimo igual a la dotación diaria, con un volumen no me-
- Lavandería en seco, tintorerías y similares. 30 L/kg de ropa.                                     nor de 1000 L.
                                                                                                        e) Cuando sea necesario emplear una combinación
   u) La dotación de agua para áreas verdes será de 2                                               de cisterna, bombas de elevación y tanque elevado, la
L/d por m2. No se requerirá incluir áreas pavimentadas,                                             capacidad de la primera no será menor de las ¾ partes de
enripiadas u otras no sembradas para los fines de esta                                              la dotación diaria y la del segundo no menor de 1/3 de
dotación.                                                                                           dicha volumen.
                                                                                                        f) En caso de utilizar sistemas hidroneumáticos, el vo-
   2.3. RED DE DISTRIBUCIÓN                                                                         lumen mínimo será igual al consumo diario con un volu-
   a) Los diámetros de las tuberías de distribución se cal-                                         men mínimo de 1000L
cularán con el método Hunter (Método de Gastos Proba-                                                   g) Los depósitos de almacenamiento deberán ser cons-
bles), salvo aquellos establecimientos en donde se de-                                              truidos de material resistente y paredes impermeabiliza-
mande un uso simultáneo, que se determinará por el mé-                                              das y estarán dotados de los dispositivos necesarios para
todo de consumo por aparato sanitario. Para dispositivos,                                           su correcta operación y mantenimiento.
aparatos o equipos especiales, se seguirá la recomenda-                                                 h) Las cisternas deberán ubicarse a una distancia mí-
ción de los fabricantes.                                                                            nima de 1m de muros medianeros y desagües. En caso
   b) Podrá utilizarse cualquier otro método racional para                                          de no poder cumplir con la distancia mínima, se diseñará
calcular tuberías de distribución, siempre que sea debi-                                            un sistema de protección que evite la posible contamina-
damente fundamentado.                                                                               ción del agua de la cisterna.

                                             Difundido por: ICG - Instituto de la Construcción y Gerencia
                                             www.construccion.org / icg@icgmail.org / Telefax : 421 - 7896
El Peruano                                            UB
                                                            LICA DEL P
                                                                       ER




                                                                                NORMAS LEGALES
                                                  EP




                                                                                                                                           321157
                                                                            U
                                              R




 domingo 11 de junio de 2006
    i) La distancia vertical entre el techo del depósito y el                             - Cisterna
eje del tubo de entrada de agua, dependerá del diámetro                                   - Electrobombas
de este y de los dispositivos de control, no pudiendo ser                                 - Tanque de presión
menor de 0,20 m.                                                                          - Interruptor de presión para arranque y parada a pre-
    j) La distancia vertical entre los ejes de tubos de rebo-                         sión mínima y máxima.
se y entrada de agua será igual al doble del diámetro del                                 - Manómetro.
primero y en ningún caso menor de 0,15 m.                                                 - Válvula de seguridad.
    k) La distancia vertical entre los ejes del tubo de rebo-                             - Válvulas de interrupción que permitan la operación y
se y el máximo nivel de agua será igual al diámetro de                                mantenimiento del equipo.
aquel y nunca inferior a 0,10 m.                                                          - Dispositivo de drenaje del tanque con su respectiva
    l) El agua proveniente del rebose de los depósitos, de-                           válvula.
berá disponerse en forma indirecta, mediante brecha de                                    - Compresor o un dispositivo automático cargador de
aire de 0,05 m de altura mínima sobre el piso, techo u otro                           aire de capacidad adecuada.
sitio de descarga.
    m) EL diámetro del tubo de rebose, se calculará hi-                                   g) El volumen del tanque de presión se calculará en
dráulicamente, no debiendo ser menor que lo indicado en                               función del caudal, de las presiones máxima y mínima y
la siguiente tabla.                                                                   las características de funcionamiento.
  Capacidad del depósito (L)    Diámetro del tubo de rebose                              3. AGUA CALIENTE
  Hasta 5000                    50 mm (2)
                                                                                         3.1. INSTALACIONES
  5001 a 12000                  75 mm (3)
  12001 a 30000                 100 mm (4)                                               a) Las instalaciones de agua caliente de una edifica-
  Mayor de 30000                150 mm (6)                                           ción, deberán satisfacer las necesidades de consumo y
                                                                                      seguridad contra accidentes. Se deberá considerar un
    n) El diámetro de la tubería de alimentación se calcu-                            espacio independiente y seguro para el equipo de pro-
lará para garantizar el volumen mínimo de almacenamiento                              ducción de agua caliente.
diario.                                                                                   b) Deberán instalarse dispositivos destinados a contro-
    o) El control de los niveles de agua en los depósitos,                            lar el exceso de presión de los sistemas de producción de
se hará por medio de interruptores automáticos que per-                               agua caliente. Dichos dispositivos se ubicarán en los equi-
mitan:                                                                                pos de producción, o en las tuberías de agua fría o caliente
    - Arrancar la bomba cuando el nivel de agua en el tan-                            próximas a él, siempre que no existan válvulas entre los
                                                                                      dispositivos y el equipo; y se graduarán dé tal modo que
que elevado, descienda hasta la mitad de la altura útil.                              puedan operar a una presión de 10% mayor que la reque-
    - Parar la bomba cuando el nivel de agua en el tanque
elevado, ascienda hasta el nivel máximo previsto.                                     rida para el normal funcionamiento del sistema.
                                                                                          c) Deberá instalarse una válvula de retención en la tube-
    - Parar la bomba cuando el nivel de agua en la cister-                            ría de abastecimiento de agua fría. Dicha válvula no podrá
na descienda hasta 0,05 m por encima de la parte supe-
rior de la canastilla de succión.                                                     ser colocada entre el equipo de producción de agua calien-
                                                                                      te y el dispositivo para controlar el exceso de presión.
    - En los depósitos que se alimentan directamente de                                   d) Deberán instalarse dispositivos destinados a con-
la red pública deberá colocarse control del nivel.
                                                                                      trolar el exceso de temperatura en los sistemas de pro-
    p) La capacidad adicional de los depósitos de almace-                             ducción de agua caliente.
namiento para los fines de control de incendios, deberá                                   e) Los escapes de vapor o agua caliente, provenien-
estar de acuerdo con lo previsto en el item 4.                                        tes de los dispositivos de seguridad y control, deberán
    q) La tubería de aducción o de impulsión al tanque de                             disponerse en forma indirecta al sistema de drenaje, ubi-
almacenamiento deberá estar a 0,10 m por lo menos por                                 cando los sitios de descarga en lugares que no causen
encima de la parte superior de las correspondientes tube-                             accidentes.
rías de rebose.                                                                           f) El sistema de alimentación y distribución de agua
                                                                                      caliente estará dotado de válvulas de interrupción como
    2.5. ELEVACIÓN                                                                    mínimo en los siguientes puntos:
    a) Los equipos de bombeo que se instalen dentro de                                   - Inmediatamente después del calentador, en el ingre-
las edificaciones deberán ubicarse en ambientes que sa-                               so de agua fría y salida de agua caliente.
tisfagan los siguientes requisitos:                                                      - En cada servicio sanitario.
    - Altura mínima: 1,60 m.
    - Espacio libre alrededor del equipo suficiente para su                              3.2. DOTACIONES
                                                                                         La dotación de agua caliente serán las que se estable-
fácil operación, reparación y mantenimiento.                                          cen a continuación. Las cantidades que se fijan son parte
    - Piso impermeable con pendiente no menor del 2%
hacia desagües previstos.                                                             de las dotaciones de agua establecidos en el item 7 de la
                                                                                      presente norma.
    - Ventilación adecuada.
    Los equipos que se instalen en el exterior, deberán ser                              a) Residencias unifamiliares y multifamiliares, se-
protegidos adecuadamente contra la intemperie.                                        gún la siguiente tabla.
    b) Los equipos de bombeo deberán ubicarse sobre es-
tructuras de concreto, adecuadamente proyectadas para                                  Número de dormitorios por vivienda Dotación diaria en litros
absorber las vibraciones.                                                                             1                             120
    c) En la tubería de impulsión, inmediatamente después                                             2                             250
de la bomba deberá instalarse una válvula de retención y
una válvula de interrupción. En la tubería de succión con                                             3                             390
presión positiva se instalará una válvula de interrupción.                                            4                             420
En el caso que la tubería de succión no trabaje bajo carga                                            5                             450
positiva, deberá instalarse una válvula de retención.
    d) Salvo en el caso de viviendas unifamiliares, el siste-                            Más de 5, a razón de 80 L/d, por dormitorio adicional.
ma de bombeo deberá contar como mínimo con dos equi-                                     b) Establecimientos de hospedaje, según la siguiente
pos de bombeo de funcionamiento alternado.                                            tabla
    e) La capacidad de cada equipo de bombeo debe ser
equivalente a la máxima demanda simultánea de la edifi-                                  Hoteles, apart-hoteles, hostales.   150 L por dormitorio.
cación y en ningún caso inferior a la necesaria para llenar                              Albergues.                          100 L por m2.
el tanque elevado en dos horas. Si el equipo es doble cada
bomba podrá tener la mitad de la capacidad necesaria,
siempre que puedan funcionar ambas bombas simultánea-                                     Esta cifra no incluye las dotaciones para otros servi-
mente en forma automática, cuando lo exija la demanda.                                cios anexos, tales como restaurantes, bares, salones de
    f) El sistema hidroneumático deberá estar dotado de                               baile, peluquerías y lavanderías, que se calculará adicio-
los dispositivos mínimos adecuados para su correcto fun-                              nalmente de acuerdo con lo establecido en esta Norma
cionamiento:                                                                          para cada caso.

                                 Difundido por: ICG - Instituto de la Construcción y Gerencia
                                 www.construccion.org / icg@icgmail.org / Telefax : 421 - 7896
UB
                                                                   LICA DEL P
                                                                              E



                                                                                                                                                 El Peruano
                                                                                          NORMAS LEGALES
                                                         EP                       R
                                                                                      U




 321158
                                                     R




                                                                                                                                 domingo 11 de junio de 2006
   c) Restaurantes, según la siguiente tabla                                                     cación y salida contra incendio para ser utilizada por el
                                                                                                 Cuerpo de Bomberos de la ciudad.
        Área útil de los comedores (m2)         Dotación diaria                                      c) Alimentadores y mangueras para uso combinado de
        Hasta 40                                900 L                                            los ocupantes del edificio y del Cuerpo de Bomberos.
                                                                                                     d) Rociadores automáticos.
        41 a 100                                15 L/m2                                              e) Otros sistemas.
        Más de 100                              12 L/m2
                                                                                                     4.2. SISTEMA DE TUBERÍA Y DISPOSITIVOS PARA
    En aquellos restaurantes donde se elaboran alimen-                                           SER USADOS POR LOS OCUPANTES DE EDIFICIO
tos para ser consumidos fuera del local, se calculará una                                            Será obligatorio el sistema de tuberías y dispositivos
dotación complementaria a razón de 3 litros por cubierto                                         para ser usado por los ocupantes del edificio, en todo aquel
preparado para este fin.                                                                         que sea de más de 15 metros de altura o cuando las con-
    d) Locales educacionales y residencias estudian-                                             diciones de riesgo lo ameritan, debiendo cumplir los si-
tiles.                                                                                           guientes requisitos:

                       Dotación diaria                                                               a) La fuente de agua podrá ser la red de abastecimiento
                                                                                                 público o fuente propia del edificio, siempre que garantice
          Alumnado y personal residente. 50 L/persona                                            el almacenamiento previsto en el sistema.
                                                                                                     b) El almacenamiento de agua en la cisterna o tanque
   e) Gimnasios.                                                                                 para combatir incendios debe ser por lo menos de 25 m3.
                                                                                                     c) Los alimentadores deben calcularse para obtener el
                            Dotación diaria.                                                     caudal que permita el funcionamiento simultaneo de dos
                            10 L/m2 área útil                                                    mangueras, con una presión mínima de 45 m (0.441 MPa)
                                                                                                 en el punto de conexión de manguera más desfavorable.
    f) Hospitales, clínicas y similares, según la siguien-                                       El diámetro mínimo será 100 mm (4)
te tabla                                                                                             d) La salida de los alimentadores deberá ser espacia-
                                                                                                 dos en forma tal, que todas las partes de los ambientes
 Hospitales y clínicas con hospitalización. 250 L/d x cama.                                      del edificio puedan ser alcanzadas por el chorro de las
 Consultorios médicos.                      130 L/d x consultorio.                               mangueras.
 Clínicas dentales.                         100 L/d x unidad dental.                                 e) La longitud de la manguera será de 30m con un
                                                                                                 diámetro de 40 mm(1 ½)
                                                                                                     f) Antes de cada conexión para manguera se instalará
   3.3. DISTRIBUCIÓN                                                                             una válvula de globo recta o de ángulo. La conexión para
    a) La distribución de agua caliente desde el equipo de                                       manguera será de rosca macho.
producción a los aparatos sanitarios o puntos requeridos,                                            g) Los alimentadores deberán conectarse entre sí me-
se puede realizar con o sin retorno de agua caliente.                                            diante una tubería cuyo diámetro no sea inferior al del ali-
    b) El sistema sin retorno se permitirá solamente en ins-                                     mentador de mayor diámetro.
talaciones con calentadores individuales.                                                            h) Al pie de cada alimentador, se instalará una purga
    c) El sistema con retorno deberá utilizarse en aquellos                                      con válvula de control.
edificios donde se instalen equipos centrales de produc-                                             i) Las bombas de agua contra incendio, deberán llevar
ción de agua caliente.                                                                           control de arranque para funcionamiento automático.
    d) Las tuberías de alimentación de agua caliente se                                              j) La alimentación eléctrica a las bombas de agua con-
calcularán de acuerdo con lo establecido en el item 7.                                           tra incendio, deberá ser independiente, no controlada por
                                                                                                 el interruptor general del edificio, e interconectada al grupo
    3.4. EQUIPOS DE PRODUCCIÓN DE AGUA CA-                                                       electrógeno de emergencia del edificio, en caso de tenerlo.
LIENTE                                                                                               k) Se instalaran «uniones siamesas» con rosca ma-
    Para el cálculo de la capacidad del equipo de produc-                                        cho y válvula de retención en sitios accesibles de la fa-
ción de agua caliente, así como para el cálculo de la ca-                                        chada del edificio para la conexión de las mangueras que
pacidad del tanque de almacenamiento, se utilizarán las                                          suministrarán el agua del exterior.
relaciones que se indican a continuación, en base a la                                               4.3. SISTEMA DE TUBERÍA Y DISPOSITIVOS PARA
dotación de agua caliente diaria asignada, según la si-
guiente tabla.                                                                                   SER USADOS POR EL CUERPO DE BOMBEROS
                                                                                                     Se instalarán sistemas de tuberías y dispositivos para
                                                                                                 ser usados por el Cuerpo de Bomberos de la ciudad, en
Tipo de edificio             Capacidad del       Capacidad horaria del                           las plantas industriales, edificios de más de 50 m de altu-
                               tanque de         equipo de producción                            ra y toda otra edificación que por sus características es-
                            almacenamiento        de agua caliente, en                           peciales, lo requiera. Tales sistemas deben cumplir con
                         en relación con dota- relación con la dota-                             los siguientes requisitos:
                          ción diaria en litros. ción diaria en litros.
Residencias                       1/5                                                     1/7         a) Se instalarán «siameses inyección» con rosca ma-
unifamiliares y                                                                                  cho y válvula de retención en sitio accesible de la fachada
multifamiliares.                                                                                 del edificio para la conexión de las mangueras que sumi-
Hoteles, apart-                   1/7                                                     1/10   nistrarán el agua desde los hidrantes o carros bomba.
hoteles, albergues.                                                                                   b) Se instalarán alimentadores espaciados en forma
                                                                                                 tal, que todas las partes de los ambientes del edificio pue-
Restaurantes                      1/5                                                     1/10   dan ser alcanzadas por el chorro de agua.
Gimnasios.                        2/5                                                     1/7         c) Los alimentadores deben calcularse para el caudal
Hospitales y clínicas,            2/5                                                     1/6    de dos salidas y una presión mínima de 45 m en el punto
consultorios y                                                                                   de conexión de mangueras más desfavorables.
similares.                                                                                            d) El almacenamiento de agua en los tanques, para com-
                                                                                                 batir incendios, debe ser por lo menos de 40 m3 adecuándo-
    Las capacidades del equipo de producción de agua ca-                                         se al caudal y tamaño posible del incendio, según el Gráfico
liente y del tanque de almacenamiento, podrán también                                            para Agua Contra Incendio de Sólidos (Lámina N° 3).
determinarse en base a los gastos por aparatos sanitarios.                                            Cuando sea posible se permitirá el almacenamiento
                                                                                                 conjunto entre uno o más locales que en caso de siniestro
   4. AGUA CONTRA INCENDIO                                                                       puedan ser usados por los bomberos.
                                                                                                      Las mangueras tendrán una longitud de hasta 60 m y
   4.1. SISTEMAS                                                                                 65 mm (2 ½) de diámetro. Se considerará un caudal mí-
   Los sistemas a emplearse para combatir incendios                                              nimo de 10 L/s y deberán alojarse en gabinetes adecua-
serán:                                                                                           dos en cada piso, preferentemente en los corredores de
                                                                                                 acceso a las escaleras.
   a) Alimentadores y gabinetes contra incendio equipa-                                               e) Cuando el almacenamiento sea común para el agua
dos con mangueras para uso de los ocupantes de la edifi-                                         para consumo y la reserva para el sistema contra incen-
cación.                                                                                          dios, deberá instalarse la salida del agua para consumo
   b) Alimentadores y gabinetes contra incendio equipa-                                          de manera tal que se reserve siempre el saldo de agua
dos con mangueras para uso de los ocupantes de la edifi-                                         requerida para combatir el incendio.

                                           Difundido por: ICG - Instituto de la Construcción y Gerencia
                                           www.construccion.org / icg@icgmail.org / Telefax : 421 - 7896
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REGLAMENTO DE INSTALACIONES SANITARIAS

  • 1. El Peruano UB LICA DEL P ER NORMAS LEGALES EP 321151 U R domingo 11 de junio de 2006 ción será proporcional al número de usuarios, de acuer- III.3. INSTALACIONES SANITARIAS do con lo especificado en los párrafos siguientes: a) Todo núcleo básico de vivienda unifamiliar, estará do- NORMA IS.010 tado, por lo menos de: un inodoro, una ducha y un lavadero. b) Toda casa- habitación o unidad de vivienda, estará INSTALACIONES SANITARIAS PARA dotada, por lo menos, de: un servicio sanitario que conta- EDIFICACIONES ra cuando menos con un inodoro, un lavatorio y una du- cha. La cocina dispondrá de un lavadero. 1. GENERALIDADES c) Los locales comerciales o edificios destinados a ofi- cinas o tiendas o similares, deberán dotarse como míni- 1.1. ALCANCE mo de servicios sanitarios en la forma, tipo y número que Esta Norma contiene los requisitos mínimos para el se especifica a continuación: diseño de las instalaciones sanitarias para edificaciones en general. Para los casos no contemplados en la pre- - En cada local comercial con área de hasta 60 m2 se sente Norma, el ingeniero sanitario, fijará los requisitos dispondrá por lo menos, de un servicio sanitario dotado necesarios para el proyecto específico, incluyendo en la de inodoro y lavatorio. memoria descriptiva la justificación y fundamentación co- - En locales con área mayor de 60 m2 se dispondrá de rrespondiente. servicios sanitarios separados para hombres y mujeres, dotados como mínimo de los aparatos sanitarios que indi- 1.2. CONDICIONES GENERALES PARA EL DISE- ca la Tabla Nº 1. ÑO DE INSTALACIONES SANITARIAS PARA EDIFI- CACIONES TABLA Nº 1 a) Para efectos de la presente norma, la instalación Área del local Hombres Mujeres sanitaria comprende las instalaciones de agua, agua con- (m2) Inod. Lav. Urin. Inod. Lav. tra incendio, aguas residuales y ventilación. 61 - 150 1 1 1 1 1 b) El diseño de las instalaciones sanitarias debe ser ela- 151 - 350 2 2 1 2 2 borado y autorizado por un ingeniero sanitario colegiado. c) El diseño de las instalaciones sanitarias debe ser 351- 600 2 2 2 3 3 elaborado en coordinación con el proyectista de arquitec- 601- 900 3 3 2 4 4 tura, para que se considere oportunamente las condicio- 901- 1250 4 4 3 4 4 nes mas adecuadas de ubicación de los servicios sanita- Por cada 400 m2 1 1 1 1 1 rios, ductos y todos aquellos elementos que determinen el recorrido de las tuberías así como el dimensionamiento adicionales y ubicación de tanque de almacenamiento de agua entre otros; y con el responsable del diseño de estructuras, de - Cuando se proyecte usar servicios sanitarios comu- tal manera que no comprometan sus elementos estructu- nes a varios locales se cumplirán los siguientes requisitos: rales, en su montaje y durante su vida útil; y con el res- ponsable de las instalaciones electromecánicas para evi- • Se proveerán servicios sanitarios separados debi- tar interferencia. damente identificados para hombres y mujeres; ubicados en lugar accesible a todos los locales a servir, respetando 1.3. DOCUMENTOS DE TRABAJO siempre la tabla anterior. Todo proyecto de instalaciones sanitarias para una edi- • La distancia entre cualquiera de los locales comer- ficación, deberá llevar la firma del Ingeniero Sanitario Co- ciales y los servicios sanitarios, no podrá ser mayor de 40 legiado. m en sentido horizontal ni podrá mediar más de un piso La documentación del proyecto que deberá presentar entre ellos, en sentido vertical. para su aprobación constará de: - En los centros comerciales, supermercados y com- a) Memoria descriptiva que incluirá: plejos dedicados al comercio, se proveerá para el públi- co, servicios sanitarios separados para hombres y muje- - Ubicación. res en la siguiente proporción indicada en la Tabla Nº 2. - Solución adoptada para la fuente de abastecimiento de agua y evacuación de desagüe y descripción de cada TABLA Nº 2 uno de los sistemas. Hombres Mujeres Niños b) Planos de: Inod. Lav. Urin. Inod. Lav. Inod. Lav. - Sistema de abastecimiento de agua potable: instala- Por cada 500 m2 ó 1 1 1 2 1 1 1 ciones interiores, instalaciones exteriores y detalles a es- menos de área calas convenientes y esquemas isométricos cuando sea construida necesario. - Sistema de desagües; instalaciones interiores, insta- d) En los restaurantes, cafeterías, bares, fuentes de laciones exteriores y detalles a escalas convenientes y soda y similares, se proveerán servicios sanitarios para esquemas isométricos, cuando sea necesario. los trabajadores, de acuerdo a lo especificado en el nu- - Sistema de agua contra incendio, riego, evacuación meral 4.2c. Para el público se proveerá servicios sanita- pluvial etc., cuando las condiciones así lo exijan. rios como sigue: 1.4. SERVICIOS SANITARIOS Los locales con capacidad de atención simultánea has- ta de 15 personas, dispondrán por lo menos de un servi- 1.4.1. CONDICIONES GENERALES cio sanitario dotado de un inodoro y un lavatorio. Cuando a) Los aparatos sanitarios deberán instalarse en am- la capacidad sobrepase de 15 personas, dispondrán de bientes adecuados, dotados de amplia iluminación y ven- servicios separados para hombres y mujeres de acuerdo con la Tabla Nº 3. tilación previendo los espacios mínimos necesarios para su uso, limpieza, reparación, mantenimiento e inspección. b) Toda edificación estará dotada de servicios sanita- TABLA Nº 3 rios con el número y tipo de aparatos sanitarios que se Capacidad Hombres Mujeres establecen en 1.7. (Personas) Inod. Lav. Urin. Inod. Lav. c) En los servicios sanitarios para uso publico, los ino- 16 - 60 1 1 1 1 1 doros deberán instalarse en espacios independientes de 61 - 150 2 2 2 2 2 carácter privado. d) En las edificaciones de uso público, se debe consi- Por cada 100 1 1 1 1 1 derar servicios sanitarios para discapacitados. e) En las plantas industriales, todo lugar de trabajo debe 1.4.2. NÚMERO REQUERIDO DE APARATOS SANI- estar provisto de servicios sanitarios adecuados y sepa- TARIOS rados para cada sexo. La relación mínima que debe exis- El número y tipo de aparatos sanitarios que deberán tir entre el número de trabajadores y el de servicios sani- ser instalados en los servicios sanitarios de una edifica- tarios se señala en la Tabla Nº 4. Difundido por: ICG - Instituto de la Construcción y Gerencia www.construccion.org / icg@icgmail.org / Telefax : 421 - 7896
  • 2. UB LICA DEL P E El Peruano NORMAS LEGALES EP R U 321152 R domingo 11 de junio de 2006 TABLA Nº 4 k) Para locales de hospedaje, se proveerá de servi- Trabajadores Inod. Lav. Duch. Urin. Beb. cios sanitarios, de conformidad con el Reglamento de Es- tablecimientos de Hospedaje DS Nº 006-73-IC/ DS., se- 1a9 1 2 1 1 1 gún como sigue: 10 a 24 2 4 2 1 1 25 a 49 3 5 3 2 1 - En los hoteles de 5 estrellas, cada dormitorio estará 50 a 100 5 10 6 4 2 dotado de: servicio sanitario compuesto de tina y ducha, inodoro, bidé o similar y lavatorio. Las habilitaciones do- Por cada 30 adicionales 1 1 1 1 1 bles dispondrán de dos lavatorios. - En los hoteles de 4 estrellas, el 75% de los dormito- f) En los locales educacionales, se proveerán servi- rios como mínimo, estarán dotados de: tina y ducha, ino- cios sanitarios según lo especificado en la Tabla Nº 5, de doro, bidé o similar y lavatorio; el 25% restante, compues- conformidad con lo estipulado en la Resolución Jefatural to de ducha, lavatorio e inodoro. Nº 338-INIED-83 (09.12.83). - En hoteles de 3 estrellas, el 25% de los dormito- rios estarán dotados de: tina y ducha, inodoro, bidé o TABLA Nº 5 similar y el 75% restante, compuesto de ducha, lavato- A. Nº DE APARATOS / ALUMNOS rio e inodoro. Nivel Primaria Secundaria - En hoteles de 2 estrellas, hostales, hostales residen- ciales, moteles de 1, 2, y 3 estrellas, y centros vacaciona- Aparatos Hombres Mujeres Hombres Mujeres les de 3 estrellas; todas las habitaciones tendrán servi- Inodoros 1/50 1/30 1/60 1/40 cios sanitarios compuestos de ducha, lavatorio e inodoro. Lavatorios 1/30 1/30 1/40 1/40 - En hoteles de 1 estrella, el 50% de las habitacio- Duchas 1/120 1/120 1/100 1/100 nes estarán dotadas de servicios sanitarios compues- tos de ducha, lavatorio e inodoro y el 50% restante de Urinarios 1/30 — 1/40 — lavatorio. Botadero 1 1 1 1 Por cada cinco habitaciones no dotadas de servicio B. Nº DE APARATOS MINIMOS POR TIPOLOGIA EDUCATIVA sanitario, existirá en cada piso como mínimo dos servi- TIPOLOGIA SERVICIOS SERVICIOS SANITARIOS cios sanitarios compuestos de ducha independiente, la- (Nº de SANITARIOS PARA VESTUARIOS vatorio y dos inodoros. alumnos) Inod. Lav. ó Urin. Bot. Inod. Lav. Duch. Urin. - En los hostales y hostales residenciales de 2 estre- Beb. llas, el 30% de las habitaciones, estarán dotadas de ser- H M H M H H/M H M H M H M H M vicio sanitario con inodoro, ducha y lavatorio y el 70% res- NIVEL PRIMARIA tante, con lavatorio. EP-1 (240) 3 4 4 4 4 1 - - - - 1 1 - - - En los hostales y hostales residenciales de 1 estre- EP-2 (360) 4 6 6 6 6 2 - - - - 2 2 - - lla; en cada planta y por cada 7 habitaciones se instalaran dos servicios sanitarios con ducha independiente, lavato- EP-3 (480) 5 8 8 8 8 2 - - - - 2 2 - - rio e inodoro. EP-4 (600) 6 10 10 10 10 2 - - - - 3 3 - - - En los centros vacacionales de 2 estrellas, el 50% de EP-5 (720) 7 12 12 12 12 2 - - - - 3 3 - - los dormitorios estarán dotados de servicios sanitarios NIVEL SECUNDARIA privados compuestos de ducha, lavatorio e inodoro y el ES-I (200) 2 3 3 3 3 1 1 2 2 2 1 1 2 - 50% restante, con lavatorio. ES-II (400) 4 5 5 5 5 2 1 2 2 2 2 2 2 - Por cada cinco habitaciones se instalaran baños co- ES-III (600) 5 8 8 8 8 2 1 2 2 2 3 3 2 - munes independientes para hombres y mujeres compues- ES-IV (800) 7 10 10 10 10 2 2 3 3 3 4 4 3 - tos de ducha independiente, lavatorio e inodoro. En el ser- ES-V (1000) 8 13 13 13 13 2 2 3 3 3 5 5 3 - vicio sanitario de hombres deberá instalarse un urinario. ES-VI (1200) 10 15 15 15 15 2 2 3 3 3 6 6 3 - - En cada piso de todos los locales de hospedaje se Para el presente cuadro se ha tomado como referen- instalará un botadero. cia de calculo, que la matricula promedio es de 50% hom- - En todos los locales de hospedaje se proveerá para bres y 50% mujeres. el personal, servicios sanitarios independientes para hom- g) Ambientes de Estimulación Temprana. bre y mujeres, en lugares convenientes, tal como se se- ñala en la Tabla Nº 6. Servicio Higiénico anexo al aula 1 inodoro 2 lavatorios TABLA Nº 6 2 tinas Nº de trabajadores Inod. Lav. Duch. Urin. 1 - 15 1 2 1 1 h) Ambientes para aulas de Educación Inicial y aulas con retardo mental. 16 - 24 2 4 2 1 25 - 49 3 5 3 1 Servicio Higiénico anexo al aula 1 ducha con asiento Por cada 20adicionales 1 1 1 1 1 inodoro 1 lavatorio - En todos los locales de hospedaje se instalarán ser- vicios sanitarios en las proximidades a los lugares de re- i) Ambientes para alumnos de primaria en las excep- unión, independientes para hombres y mujeres, tal como cionalidades de audición y lenguaje y ceguera o visión se señala en la Tabla Nº 7. sub-normal. TABLA Nº 7 Servicio Higiénico hombres 3 inodoro Nº de personas Inod. Lav. Urin. 3 lavatorios (1 lavatorio por cada 10 hombres) 1 - 15 1 1 1 2 duchas 16 - 60 2 2 1 1 urinario corrido 61 - 150 3 4 2 1 bebedero corrido Por cada 100adicionales 1 1 1 Servicio Higiénico mujeres 3 inodoros 3 lavatorios (1 lavatorio por cada 8 mujeres) - Las cocinas dotadas de por lo menos 2 lavaderos. 1 bebedero corrido l) Los locales destinados para servicios de alimenta- j) En los locales destinatarios para depósitos de mate- ción colectiva, deberán estar dotadas de servicios sanita- riales y/o equipos, se proveerán servicios sanitarios se- rios independientes para hombres y mujeres, tal como se gún lo dispuesto en los numerales 4.2c y 4.2e. señala en la Tabla Nº 8. Difundido por: ICG - Instituto de la Construcción y Gerencia www.construccion.org / icg@icgmail.org / Telefax : 421 - 7896
  • 3. El Peruano UB LICA DEL P ER NORMAS LEGALES EP 321153 U R domingo 11 de junio de 2006 TABLA Nº 8 d) Para las visitas - Trabajadores: Hombres Mujeres Nº de Personas Inod. Lav. Duch. Urin. Beb. Inod. Lav. Urin. Inod. Lav. 1 - 15 1 2 1 1 1 Un servicio sanitario por 1 1 1 1 1 16 - 24 2 4 2 1 1 Cada 500 m2 de área de 25 - 49 3 5 3 2 1 Hospitalización Por cada 30adicionales 1 1 1 1 1 - Servicios Generales Para trabajadores de servicios generales (nutrición y - Comensales: dieta, lavandería y repostería, mantenimiento, sala de má- Nº de Personas Inod. Lav. Urin. quina y otros). La dotación de aparatos sanitarios se regi- 1 - 15 1 1 1 rá según la tabla siguiente: 16 - 24 2 2 1 N° deTrabajadores Hombres Mujeres 25 - 49 3 4 2 Inod. Lav. Duch. Urin. Inod. Lav. Duch. Por cada 100 adicionales 1 1 1 De 1 a 15 1 2 1 1 1 2 1 - Las cocinas estarán dotadas de por lo menos dos De 16 a 25 2 4 2 1 2 4 2 lavaderos. De 26 a 50 3 5 3 1 3 5 3 m) En hospitales, clínicas y similares, se considerará el Por cada 20 a tipo y servicios sanitarios, que se señalan a continuación: Adicionales 1 1 1 1 1 1 1 - Unidad de Administración - Vivienda Para oficinas principales (Dirección o similar): En habitaciones individuales con servicios higiénicos incorporados se contará con un inodoro, un lavatorio, una Inod. Lav. Duch. ducha. En viviendas colectivas, los servicios higiénicos cons- Un servicio sanitario 1 1 1 tarán de los siguientes aparatos: - Unidad de Consulta Externa N° de camas Inod. Lav. Duch. Urin. a) Para uso público Por cada 10 camas 2 1 2 1 N° de consultorios Hombres Mujeres n) En los locales deportivos, se proveerá servicios sa- nitarios para deportistas y personal conexo, de acuerdo a Inod. Lav. Urin. Inod. Lav. la Tabla Nº 9. Hasta 4 consultorios 1 1 1 1 1 De 4 a 14 consultorios 2 2 2 2 2 TABLA Nº 9 Por c/10 consultorios Adicionales 1 1 1 1 1 LOCALES Inod. Lav. Duch. Urin. 1. Complejos Deportivos b) Para uso de discapacitados se considerará un ser- - Vestuarios 2 2 6 2 vicio sanitario para cada sexo. - Árbitros y Jueces 1 1 2 - Hombres Mujeres - Primeros Auxilios 1 1 1 - Inod. Lav. Urin. Inod. Lav. Servicio sanitario 1 1 1 1 1 2. Gimnasio para Judo, Lucha y Pesas - Vestuarios 1 2 3 1 c) Para uso del personal. - Instructores y Jueces 1 1 1 - N° de trabajadores Hombres Mujeres - Sala Médica 1 1 1 - Inod. Lav. Urin Inod. Lav. De 1 a 15 1 2 1 1 2 3. Gimnasio para Gimnasia De 16 a 25 2 4 1 2 4 - VestuariosPor c/ 10 deportistas 1 2 3 1 De 26 a 50 3 5 1 3 5 - Instructor o Profesor 1 1 1 1 Por cada 20 adicionales 1 1 1 1 1 - Sala Médica 1 1 1 1 - Unidad de Hospitalización 4. Gimnasio para Esgrima a) Para salas individuales: - Vestuarios 2 2 4 2 - Primeros Auxilios 1 1 1 - Inod. Lav. Duch. Un servicio sanitario 1 1 1 5. Gimnasio para Box Adicionalmente se instalará un lavatorio especial para - Vestuarios 2 2 4 2 Médico. - Instructor o Profesor 1 1 1 1 b) Para salas colectivos: 6.- Tenis Inod. Lav. Duch. - Dos vestuarios, cada uno con: 1 1 6 - Un servicio sanitario Cada 5 camas 1 2 1 - Árbitros 1 1 1 - Adicionalmente se instalará un lavatorio especial para 7. Piscina cubierta Médico. - Primeros Auxilios 1 1 1 - c) Para uso del personal. - Instructor 1 1 1 - - Nadadores: N° de trabajadores Hombres Mujeres Hombres 3 3 6 2 Inod. Lav. Urin Inod. Lav. Mujeres 3 3 6 - De 1 a 15 1 2 1 1 2 De 16 a 25 2 4 1 2 4 8. Campos de Fútbol De 26 a 50 3 5 1 3 5 - Vestuarios 1 2 6 - Por cada 20Adicionales 1 1 1 1 1 - Árbitros 1 1 1 - Difundido por: ICG - Instituto de la Construcción y Gerencia www.construccion.org / icg@icgmail.org / Telefax : 421 - 7896
  • 4. UB LICA DEL P E El Peruano NORMAS LEGALES EP R U 321154 R domingo 11 de junio de 2006 o) En las playas, se proveerá de servicios sanitarios, 2. AGUA FRIA según lo especificado en el DS 98-68-CGS, el cual esta- blece lo siguiente: 2.1. INSTALACIONES El número de servicios sanitarios se distribuirán en a) El sistema de abastecimiento de agua de una edifi- baterías con inodoros, duchas y urinarios, con una distan- cación comprende las instalaciones interiores desde el me- cia máxima entre baterías de 200 m. Los inodoros estarán en comportamiento separados, didor o dispositivo regulador o de control, sin incluirlo, hasta cada uno de los puntos de consumo. las duchas serán colectivas pero separadas para hom- b) El sistema de abastecimiento de agua fría para una bres y mujeres de acuerdo a la Tabla Nº 10. edificación deberá ser diseñado, tomando en cuenta las TABLA Nº 10 condiciones bajo las cuales el sistema de abastecimiento público preste servicio. Inod. Duch. Urin. Beb. c) Las instalaciones de agua fría deben ser diseñadas Por cada 300 personas 1 1 1 ml 1 y construidas de modo que preserven su calidad y garan- ticen su cantidad y presión de servicio en los puntos de p) En los establecimientos de baños para uso público, consumo. los servicios sanitarios estarán separados para hombres d) En toda nueva edificación de uso múltiple o mixto: y mujeres. Los inodoros deberán tener compartimentos viviendas, oficinas, comercio u otros similares, la instala- separados con puerta. El número de aparatos sanitarios ción sanitaria para agua fría se diseñará obligatoriamente se calculará de acuerdo a la Tabla Nº 11. para posibilitar la colocación de medidores internos de consumo para cada unidad de uso independiente, ade- TABLA Nº 11 más del medidor general de consumo de la conexión do- - Inodoro Uno por cada 100 personas miciliaria, ubicado en el interior del predio. - Lavatorio Uno por cada 150 personas e) En general, los medidores internos deben ser ubi- - Ducha Uno por cada 50 personas cados en forma conveniente y de manera tal que estén adecuadamente protegidos, en un espacio impermeable - Urinario Un metro lineal ó 2 Individuales por cada 100 hombres de dimensiones suficientes para su instalación o remo- - Bebedero Uno por cada 150 personas ción en caso de ser necesario. De fácil acceso para even- tuales labores de verificación, mantenimiento y lectura. q) En los locales para espectáculos deportivos públi- f) En caso que exista suficiente presión en la red públi- cos de concurrencia masiva (Estadios, Coliseos, etc.), los ca externa, dependiendo del número de niveles de la edi- servicios sanitarios se acondicionaran en baterías por cada ficación, los medidores de consumo podrán ser instala- 2000 espectadores separadas para hombres y mujeres, dos en un banco de medidores, preferentemente al ingre- teniendo en cuenta que la concurrencia de mujeres es so de la edificación, desde el cual se instalarán las tube- aproximadamente 1/3 del total de espectadores. Los ino- rías de alimentación para unidad de uso. doros tendrán comportamientos separados, con puerta. g) En caso de que el diseño de la instalación sanitaria El número de aparatos sanitarios se calculará conforme a interior del edificio se realice con un sistema de presión la Tabla Nº 12. con cisterna y tanque elevado o se use un sistema de presión con tanque hidroneumático, los medidores de con- TABLA Nº 12 sumo podrán ser ubicados en espacios especiales dise- - Inodoro Uno por cada 500 hombres yUno por cada 300 mujeres. ñados para tal fin dentro de la edificación. - Lavatorio Uno por cada 500 espectadores h) Se podrá considerar la lectura centralizada remota, - Urinario Un metro lineal ó 2 individuales por cada 100 hombres desde un panel ubicado convenientemente y de fácil ac- ceso en el primer piso. En este caso además de lo que - Bebedero Uno por cada 500 espectadores indica el inciso e del presente artículo, deberá preverse un espacio para el panel de lectura remota y ductos para r) En mercados, para el personal de servicios, se pro- la instalación de cables de transmisión desde los regis- veerá de servicios sanitarios como se indica a continua- tros de lectura de los medidores. ción: i) Las instalaciones de lectura remota se ciñeran a las exigencias de las normas internacionales en tanto se Inod. Lav. Duch. Urin. emitan normas nacionales correspondientes, o en su de- Por cada 200 puestos ó menos 1 1 1 1 fecto, siguiendo las especificaciones técnicas de los pro- veedores. Para el público se proveerá servicios sanitarios sepa- j) Se podrán disponer de un abastecimiento de agua rados para hombres y mujeres en la siguiente proporción: para fines industriales exclusivamente, siempre que: Hombres Mujeres - Dicho abastecimiento tenga redes separadas sin co- Inod. Lav. Urin. Inod. Lav. nexión alguna con el sistema de agua para consumo hu- mano, debidamente diferenciadas; y Por cada 250 m2 ó menos de área 1 1 1 2 1 - Se advierta a los usuarios mediante avisos claramente construida marcados y distribuidos en lugares visibles y adecuados. Los letreros legibles dirán: Peligro agua no apta para con- s) En las obras de edificación en construcción, se pro- sumo humano. veerán de servicios sanitarios conectados a la red pública o pozo séptico, de acuerdo a lo establecido por la Norma k) No se permitirá la conexión directa desde la red pú- Básica de Seguridad e Higiene en Obras de Edificación blica de agua, a través de bombas u otros aparatos mecá- (RS 021-83-TR, del 23.03.83), según la Tabla Nº 13. nicos de elevación. l) El sistema de alimentación y distribución de agua de TABLA Nº 13 una edificación estará dotado de válvulas de interrupción, como mínimo en los siguientes puntos: Nº de Trabajadores Inod. Lav. Duch. Urin. 1á9 1 2 1 1 - Inmediatamente después de la caja del medidor de 10 á 24 2 4 2 1 la conexión domiciliaria y del medidor general. - En cada piso, alimentador o sección de la red de dis- 25 á 49 3 5 3 2 tribución interior. 50 á 100 5 10 6 4 - En cada servicio sanitario, con mas de tres aparatos. Por cada 30 adicionales 1 1 1 1 - En edificaciones de uso público masivo, se colocará una llave de interruptor en la tubería de abasto de cada t) En las estaciones de expendio de combustible y en inodoro o lavatorio. playas de estacionamiento se proveerá de servicios sani- m) No deberán instalarse válvulas en el piso o en lu- tarios como se indica en la tabla siguiente: gares inundables. Inod. Lav. Urin. 2.2. DOTACIONES Para Hombres 2 2 1 Las dotaciones diarias mínimas de agua para uso do- méstico, comercial, industrial, riego de jardines u otros fi- Para Mujeres 2 2 - nes, serán los que se indican a continuación: Difundido por: ICG - Instituto de la Construcción y Gerencia www.construccion.org / icg@icgmail.org / Telefax : 421 - 7896
  • 5. El Peruano UB LICA DEL P ER NORMAS LEGALES EP 321155 U R domingo 11 de junio de 2006 a) Las dotaciones de agua para viviendas unifami- Tipo de establecimiento Dotación diaria liares estarán de acuerdo con el área total del lote según Cines, teatros y auditorios 3 L por asiento. la siguiente Tabla. Discotecas, casinos y salas de baile y similares 30 L por m2 de área Estadios, velódromos, autódromos, plazas de Área total del lote en m2 Dotación L/d toros y similares. 1 L por espectador Hasta 200 1500 Circos, hipódromos, parques de atracción y 1 L por espectador 201 a 300 1700 similares. más la dotación 301 a 400 1900 requerida para el 401 a 500 2100 mantenimiento 501 a 600 2200 de animales. 601 a 700 2300 701 a 800 2400 801 a 900 2500 h) Las dotaciones de agua para piscinas y natato- 901 a 1000 2600 rios de recirculación y de flujo constante o continuo, se- 1001 a 1200 2800 gún la siguiente tabla. 1201 a 1400 3000 1401 a 1700 3400 1. De recirculación Dotación 1701 a 2000 3800 Con recirculación de las aguas de 10 L/d por m 2 de proyección 2001 a 2500 4500 rebose. horizontal de la piscina. 2501 a 3000 5000 Sin recirculación de las aguas de 25 L/d por m2 de proyección Mayores de 3000 5000 más 100 L/d por cada 100 m2 de rebose. horizontal de la piscina. superficie adicional. 2. De flujo constante Dotación Estas cifras incluyen dotación doméstica y riego de jar- Públicas. 125 L/h por m3 dines. Semi-públicas (clubes, hoteles, colegios, etc.) 80 L/h por m3 b) Los edificios multifamiliares deberán tener una Privada o residenciales. 40 L/h por m3 dotación de agua para consumo humano, de acuerdo con el número de dormitorios de cada departamento, según la La dotación de agua requerida para los aparatos sani- siguiente Tabla. tarios en los vestuarios y cuartos de aseo anexos a la pis- cina, se calculará adicionalmente a razón de 30 L/d por Número de dormitorios por Dotación por departamento, m2 de proyección horizontal de la piscina. En aquellos departamento L/d casos que contemplen otras actividades recreacionales, 1 500 se aumentará proporcionalmente esta dotación. 2 850 i) La dotación de agua para oficinas se calculará a 3 1200 razón de 6 L/d por m2 de área útil del local. 4 1350 j) La dotación de agua para depósitos de materia- 5 1500 les, equipos y artículos manufacturados, se calculará a razón de 0,50 L/d por m2 de área útil del local y por cada turno de trabajo de 8 horas o fracción. c) Los establecimientos de hospedaje deberán te- Para oficinas anexas, el consumo de las mismas se ner una dotación de agua, según la siguiente Tabla. calculará adicionalmente de acuerdo a lo estipulado en esta Norma para cada caso, considerándose una dota- Tipo de establecimiento Dotación diaria ción mínima de 500 L/d. Hotel, apart-hoteles y 500 L por dormitorio. k) La dotación de agua para locales comerciales hostales. dedicados a comercio de mercancías secas, será de 6 Albergues. 25 L por m2 de área L/d por m2 de área útil del local, considerándose una destinado a dormitorio. dotación mínima de 500 L /d. l) La dotación de agua para mercados y estableci- Las dotaciones de agua para riego y servicios anexos mientos, para la venta de carnes, pescados y similares a los establecimientos de que trata este artículo, tales como serán de 15 L/d por m2 de área del local. restaurantes, bares, lavanderías, comercios, y similares La dotación de agua para locales anexos al merca- se calcularán adicionalmente de acuerdo con lo estipula- do, con instalaciones sanitarias separadas, tales como do en esta Norma para cada caso. restaurantes y comercios, se calculará adicionalmente d) La dotación de agua para restaurantes estará en de acuerdo con lo estipulado en esta Norma para cada función del área de los Comedores, según la siguiente caso. tabla m) El agua para consumo industrial deberá calcu- larse de acuerdo con la naturaleza de la industria y su proceso de manufactura. En los locales industriales la Área de los comedores en m2 Dotación dotación de agua para consumo humano en cualquier tipo Hasta 40 2000 L de industria, será de 80 litros por trabajador o empleado, 41 a 100 50 L por m2 por cada turno de trabajo de 8 horas o fracción. Más de 100 40 L por m 2 La dotación de agua para las oficinas y depósitos pro- pios de la industria, servicios anexos, tales como comer- e) En establecimientos donde también se elaboren cios, restaurantes, y riego de áreas verdes, etc. se calcu- alimentos para ser consumidos fuera del local, se cal- lará adicionalmente de acuerdo con lo estipulado en esta culará para ese fin una dotación de 8 litros por cubierto Norma para cada caso. preparado. n) La dotación de agua para plantas de producción, f) La dotación de agua para locales educacionales e industrialización de leche será según la siguiente tabla. y residencias estudiantiles, según la siguiente tabla. Plantas de Producción e Dotación Tipo de local educacional Dotación diaria industrialización Alumnado y personal no residente. 50 L por persona. Estaciones de recibo y enfriamiento. 1500 L por cada 1000 litros de Alumnado y personal residente. 200 L por persona. leche recibidos por día. Plantas de pasteurización. 1500 L por cada 1000 litros de Las dotaciones de agua para riego de áreas verdes, leche a pasteurizar por día. piscinas y otros fines se calcularán adicionalmente, de Fábrica de mantequilla, queso o 1500 L por cada 1000 litros de acuerdo con lo estipulado en esta Norma para cada leche en polvo. leche a procesar por día. caso. g) Las dotaciones de agua para locales de espec- táculos o centros de reunión, cines, teatros, auditorios, o) La dotación de agua para las estaciones de ser- discotecas, casinos, salas de baile y espectáculos al aire vicio, estaciones de gasolina, garajes y parques de esta- libre y otros similares, según la siguiente tabla. cionamiento de vehículos, según la siguiente tabla. Difundido por: ICG - Instituto de la Construcción y Gerencia www.construccion.org / icg@icgmail.org / Telefax : 421 - 7896
  • 6. UB LICA DEL P E El Peruano NORMAS LEGALES EP R U 321156 R domingo 11 de junio de 2006 Estaciones y Parques de Dotaciones c) La presión estática máxima no debe ser superior a Estacionamientos 50 m de columna de agua (0,490 MPa). Lavado automático. 12 800 L/d por unidad de lavado d) La presión mínima de salida de los aparatos sanita- rios será de 2 m de columna de agua (0,020 MPa) salvo Lavado no automático. 8000 L/d por unidad de lavado aquellos equipados con válvulas semiautomáticas, auto- Estación de gasolina. 300 L/d por surtidor. máticas o equipos especiales en los que la presión estará Garajes y parques de 2 L por m 2 de área. dada por las recomendaciones de los fabricantes. estacionamiento de vehículos e) Las tuberías de distribución de agua para consumo por área cubierta. humano enterradas deberán alejarse lo más posible de los desagües; por ningún motivo esta distancia será me- El agua necesaria para oficinas y venta de repuestos, nor de 0,50 m medida horizontal, ni menos de 0,15 m por riego de áreas verdes y servicios anexos, tales como res- encima del desagüe. Cuando las tuberías de agua para taurantes y fuentes de soda, se calculará adicionalmente consumo humano crucen redes de aguas residuales, de- de acuerdo con lo estipulado en esta Norma para cada caso. berán colocarse siempre por encima de éstos y a una dis- p) Las dotaciones de agua para edificaciones des- tancia vertical no menor de 0,15 m. Las medidas se toma- tinadas al alojamiento de animales, tales como caballe- rán entre tangentes exteriores más próximas. rizas, establos, porquerizas, granjas y similares, según la f) Para el cálculo del diámetro de las tuberías de distri- siguiente tabla bución, la velocidad mínima será de 0,60 m/s y la veloci- dad máxima según la siguiente tabla. Alojamientos de Animales Dotación Ganado lechero 120 L/d por animal Diámetro(mm) Velocidad máxima(m/s) Bovino y equinos 40 L/d por animal 15 (1/2 ) 1,90 Ovinos y porcinos 10 L/d por animal 20 (3/4) 2,20 25 (1) 2,48 Aves 20 L/d por cada 100 aves 32 (1 ¼) 2,85 Las cifras anteriores no incluyen las dotaciones de agua 40 y mayores (1 ½ y mayores). 3,00 para riego de áreas verdes y otras instalaciones. q) La dotación de agua para mataderos públicos o g) Las tuberías de agua fría deberán ubicarse tenien- privados estará de acuerdo con el número y clase de do en cuenta el aspecto estructural y constructivo de la animales a beneficiar, según la siguiente tabla. edificación, debiendo evitarse cualquier daño o disminu- ción de la resistencia de los elementos estructurales. Clase de animal Dotación diaria h) Las tuberías verticales deberán ser colocadas en Bovinos. 500 L por animal. ductos o espacios especialmente previstos para tal fin y cuyas dimensiones y accesos deberán ser tales que per- Porcinos. 300 L por animal. mitan su instalación, revisión, reparación, remoción y man- Ovinos y caprinos. 250 L por animal. tenimiento. Aves en general. 16 L por cada Kg i) Se podrá ubicar en el mismo ducto la tubería de agua fría y agua caliente siempre que exista una separación r) La dotación de agua para bares, fuentes de soda, mínima de 0,15 m entre sus generatrices más próximas. cafeterías y similares, según la siguiente tabla. j) Se permitirá la ubicación de alimentadores de agua y montantes de aguas residuales o de lluvia, en un mismo ducto Área de locales, m2 Dotación diaria vertical o espacios, siempre que exista una separación míni- Hasta 30 1500 L ma de 0,20 m entre sus generatrices más próximas. De 31 a 60 60 L/m2 k) Las tuberías colgadas o adosadas deberán fijarse a la estructura evitando que se produzcan esfuerzos secun- De 61 a 100 50 L/m2 darios en las tuberías. Mayor de 100 40 L/m2 l) Las tuberías enterradas deberán colocarse en zan- jas de dimensiones tales que permitan su protección y fácil s) La dotación de agua para locales de salud como: instalación. hospitales, clínicas de hospitalización, clínicas dentales, consultorios médicos y similares, según la siguiente tabla. 2.4. ALMACENAMIENTO Y REGULACIÓN. Local de Salud Dotación a) Los depósitos de agua deberán ser diseñados y Hospitales y clínicas de hospitalización. 600 L/d por cama. construidos en forma tal que preserven la calidad del agua. Consultorios médicos. 500 L/d por consultorio. b) Toda edificación ubicada en sectores donde el abas- Clínicas dentales. 1000 L/d por unidad dental. tecimiento de agua pública no sea continuo o carezca de presión suficiente, deberá estar provisto obligatoriamente El agua requerida para servicios especiales, tales como de depósitos de almacenamiento que permitan el sumi- riego de áreas verdes, viviendas anexas, servicios de co- nistro adecuado a todas las instalaciones previstas. cina y lavandería se calcularán adicionalmente de acuer- Tales depósitos podrán instalarse en la parte baja (cis- do con lo estipulado en esta Norma. ternas) en pisos intermedios o sobre la edificación (tan- t) La dotación de agua para lavanderías, lavanderías que elevado). al seco, tintorerías y similares, según la siguiente tabla. c) Cuando sólo exista tanque elevado, su capacidad será como mínimo igual a la dotación diaria, con un volu- Tipo de local Dotación diaria men no menor a 1000 L. d) Cuando sólo exista cisterna, su capacidad será como - Lavandería. 40 L/kg de ropa. mínimo igual a la dotación diaria, con un volumen no me- - Lavandería en seco, tintorerías y similares. 30 L/kg de ropa. nor de 1000 L. e) Cuando sea necesario emplear una combinación u) La dotación de agua para áreas verdes será de 2 de cisterna, bombas de elevación y tanque elevado, la L/d por m2. No se requerirá incluir áreas pavimentadas, capacidad de la primera no será menor de las ¾ partes de enripiadas u otras no sembradas para los fines de esta la dotación diaria y la del segundo no menor de 1/3 de dotación. dicha volumen. f) En caso de utilizar sistemas hidroneumáticos, el vo- 2.3. RED DE DISTRIBUCIÓN lumen mínimo será igual al consumo diario con un volu- a) Los diámetros de las tuberías de distribución se cal- men mínimo de 1000L cularán con el método Hunter (Método de Gastos Proba- g) Los depósitos de almacenamiento deberán ser cons- bles), salvo aquellos establecimientos en donde se de- truidos de material resistente y paredes impermeabiliza- mande un uso simultáneo, que se determinará por el mé- das y estarán dotados de los dispositivos necesarios para todo de consumo por aparato sanitario. Para dispositivos, su correcta operación y mantenimiento. aparatos o equipos especiales, se seguirá la recomenda- h) Las cisternas deberán ubicarse a una distancia mí- ción de los fabricantes. nima de 1m de muros medianeros y desagües. En caso b) Podrá utilizarse cualquier otro método racional para de no poder cumplir con la distancia mínima, se diseñará calcular tuberías de distribución, siempre que sea debi- un sistema de protección que evite la posible contamina- damente fundamentado. ción del agua de la cisterna. Difundido por: ICG - Instituto de la Construcción y Gerencia www.construccion.org / icg@icgmail.org / Telefax : 421 - 7896
  • 7. El Peruano UB LICA DEL P ER NORMAS LEGALES EP 321157 U R domingo 11 de junio de 2006 i) La distancia vertical entre el techo del depósito y el - Cisterna eje del tubo de entrada de agua, dependerá del diámetro - Electrobombas de este y de los dispositivos de control, no pudiendo ser - Tanque de presión menor de 0,20 m. - Interruptor de presión para arranque y parada a pre- j) La distancia vertical entre los ejes de tubos de rebo- sión mínima y máxima. se y entrada de agua será igual al doble del diámetro del - Manómetro. primero y en ningún caso menor de 0,15 m. - Válvula de seguridad. k) La distancia vertical entre los ejes del tubo de rebo- - Válvulas de interrupción que permitan la operación y se y el máximo nivel de agua será igual al diámetro de mantenimiento del equipo. aquel y nunca inferior a 0,10 m. - Dispositivo de drenaje del tanque con su respectiva l) El agua proveniente del rebose de los depósitos, de- válvula. berá disponerse en forma indirecta, mediante brecha de - Compresor o un dispositivo automático cargador de aire de 0,05 m de altura mínima sobre el piso, techo u otro aire de capacidad adecuada. sitio de descarga. m) EL diámetro del tubo de rebose, se calculará hi- g) El volumen del tanque de presión se calculará en dráulicamente, no debiendo ser menor que lo indicado en función del caudal, de las presiones máxima y mínima y la siguiente tabla. las características de funcionamiento. Capacidad del depósito (L) Diámetro del tubo de rebose 3. AGUA CALIENTE Hasta 5000 50 mm (2) 3.1. INSTALACIONES 5001 a 12000 75 mm (3) 12001 a 30000 100 mm (4) a) Las instalaciones de agua caliente de una edifica- Mayor de 30000 150 mm (6) ción, deberán satisfacer las necesidades de consumo y seguridad contra accidentes. Se deberá considerar un n) El diámetro de la tubería de alimentación se calcu- espacio independiente y seguro para el equipo de pro- lará para garantizar el volumen mínimo de almacenamiento ducción de agua caliente. diario. b) Deberán instalarse dispositivos destinados a contro- o) El control de los niveles de agua en los depósitos, lar el exceso de presión de los sistemas de producción de se hará por medio de interruptores automáticos que per- agua caliente. Dichos dispositivos se ubicarán en los equi- mitan: pos de producción, o en las tuberías de agua fría o caliente - Arrancar la bomba cuando el nivel de agua en el tan- próximas a él, siempre que no existan válvulas entre los dispositivos y el equipo; y se graduarán dé tal modo que que elevado, descienda hasta la mitad de la altura útil. puedan operar a una presión de 10% mayor que la reque- - Parar la bomba cuando el nivel de agua en el tanque elevado, ascienda hasta el nivel máximo previsto. rida para el normal funcionamiento del sistema. c) Deberá instalarse una válvula de retención en la tube- - Parar la bomba cuando el nivel de agua en la cister- ría de abastecimiento de agua fría. Dicha válvula no podrá na descienda hasta 0,05 m por encima de la parte supe- rior de la canastilla de succión. ser colocada entre el equipo de producción de agua calien- te y el dispositivo para controlar el exceso de presión. - En los depósitos que se alimentan directamente de d) Deberán instalarse dispositivos destinados a con- la red pública deberá colocarse control del nivel. trolar el exceso de temperatura en los sistemas de pro- p) La capacidad adicional de los depósitos de almace- ducción de agua caliente. namiento para los fines de control de incendios, deberá e) Los escapes de vapor o agua caliente, provenien- estar de acuerdo con lo previsto en el item 4. tes de los dispositivos de seguridad y control, deberán q) La tubería de aducción o de impulsión al tanque de disponerse en forma indirecta al sistema de drenaje, ubi- almacenamiento deberá estar a 0,10 m por lo menos por cando los sitios de descarga en lugares que no causen encima de la parte superior de las correspondientes tube- accidentes. rías de rebose. f) El sistema de alimentación y distribución de agua caliente estará dotado de válvulas de interrupción como 2.5. ELEVACIÓN mínimo en los siguientes puntos: a) Los equipos de bombeo que se instalen dentro de - Inmediatamente después del calentador, en el ingre- las edificaciones deberán ubicarse en ambientes que sa- so de agua fría y salida de agua caliente. tisfagan los siguientes requisitos: - En cada servicio sanitario. - Altura mínima: 1,60 m. - Espacio libre alrededor del equipo suficiente para su 3.2. DOTACIONES La dotación de agua caliente serán las que se estable- fácil operación, reparación y mantenimiento. cen a continuación. Las cantidades que se fijan son parte - Piso impermeable con pendiente no menor del 2% hacia desagües previstos. de las dotaciones de agua establecidos en el item 7 de la presente norma. - Ventilación adecuada. Los equipos que se instalen en el exterior, deberán ser a) Residencias unifamiliares y multifamiliares, se- protegidos adecuadamente contra la intemperie. gún la siguiente tabla. b) Los equipos de bombeo deberán ubicarse sobre es- tructuras de concreto, adecuadamente proyectadas para Número de dormitorios por vivienda Dotación diaria en litros absorber las vibraciones. 1 120 c) En la tubería de impulsión, inmediatamente después 2 250 de la bomba deberá instalarse una válvula de retención y una válvula de interrupción. En la tubería de succión con 3 390 presión positiva se instalará una válvula de interrupción. 4 420 En el caso que la tubería de succión no trabaje bajo carga 5 450 positiva, deberá instalarse una válvula de retención. d) Salvo en el caso de viviendas unifamiliares, el siste- Más de 5, a razón de 80 L/d, por dormitorio adicional. ma de bombeo deberá contar como mínimo con dos equi- b) Establecimientos de hospedaje, según la siguiente pos de bombeo de funcionamiento alternado. tabla e) La capacidad de cada equipo de bombeo debe ser equivalente a la máxima demanda simultánea de la edifi- Hoteles, apart-hoteles, hostales. 150 L por dormitorio. cación y en ningún caso inferior a la necesaria para llenar Albergues. 100 L por m2. el tanque elevado en dos horas. Si el equipo es doble cada bomba podrá tener la mitad de la capacidad necesaria, siempre que puedan funcionar ambas bombas simultánea- Esta cifra no incluye las dotaciones para otros servi- mente en forma automática, cuando lo exija la demanda. cios anexos, tales como restaurantes, bares, salones de f) El sistema hidroneumático deberá estar dotado de baile, peluquerías y lavanderías, que se calculará adicio- los dispositivos mínimos adecuados para su correcto fun- nalmente de acuerdo con lo establecido en esta Norma cionamiento: para cada caso. Difundido por: ICG - Instituto de la Construcción y Gerencia www.construccion.org / icg@icgmail.org / Telefax : 421 - 7896
  • 8. UB LICA DEL P E El Peruano NORMAS LEGALES EP R U 321158 R domingo 11 de junio de 2006 c) Restaurantes, según la siguiente tabla cación y salida contra incendio para ser utilizada por el Cuerpo de Bomberos de la ciudad. Área útil de los comedores (m2) Dotación diaria c) Alimentadores y mangueras para uso combinado de Hasta 40 900 L los ocupantes del edificio y del Cuerpo de Bomberos. d) Rociadores automáticos. 41 a 100 15 L/m2 e) Otros sistemas. Más de 100 12 L/m2 4.2. SISTEMA DE TUBERÍA Y DISPOSITIVOS PARA En aquellos restaurantes donde se elaboran alimen- SER USADOS POR LOS OCUPANTES DE EDIFICIO tos para ser consumidos fuera del local, se calculará una Será obligatorio el sistema de tuberías y dispositivos dotación complementaria a razón de 3 litros por cubierto para ser usado por los ocupantes del edificio, en todo aquel preparado para este fin. que sea de más de 15 metros de altura o cuando las con- d) Locales educacionales y residencias estudian- diciones de riesgo lo ameritan, debiendo cumplir los si- tiles. guientes requisitos: Dotación diaria a) La fuente de agua podrá ser la red de abastecimiento público o fuente propia del edificio, siempre que garantice Alumnado y personal residente. 50 L/persona el almacenamiento previsto en el sistema. b) El almacenamiento de agua en la cisterna o tanque e) Gimnasios. para combatir incendios debe ser por lo menos de 25 m3. c) Los alimentadores deben calcularse para obtener el Dotación diaria. caudal que permita el funcionamiento simultaneo de dos 10 L/m2 área útil mangueras, con una presión mínima de 45 m (0.441 MPa) en el punto de conexión de manguera más desfavorable. f) Hospitales, clínicas y similares, según la siguien- El diámetro mínimo será 100 mm (4) te tabla d) La salida de los alimentadores deberá ser espacia- dos en forma tal, que todas las partes de los ambientes Hospitales y clínicas con hospitalización. 250 L/d x cama. del edificio puedan ser alcanzadas por el chorro de las Consultorios médicos. 130 L/d x consultorio. mangueras. Clínicas dentales. 100 L/d x unidad dental. e) La longitud de la manguera será de 30m con un diámetro de 40 mm(1 ½) f) Antes de cada conexión para manguera se instalará 3.3. DISTRIBUCIÓN una válvula de globo recta o de ángulo. La conexión para a) La distribución de agua caliente desde el equipo de manguera será de rosca macho. producción a los aparatos sanitarios o puntos requeridos, g) Los alimentadores deberán conectarse entre sí me- se puede realizar con o sin retorno de agua caliente. diante una tubería cuyo diámetro no sea inferior al del ali- b) El sistema sin retorno se permitirá solamente en ins- mentador de mayor diámetro. talaciones con calentadores individuales. h) Al pie de cada alimentador, se instalará una purga c) El sistema con retorno deberá utilizarse en aquellos con válvula de control. edificios donde se instalen equipos centrales de produc- i) Las bombas de agua contra incendio, deberán llevar ción de agua caliente. control de arranque para funcionamiento automático. d) Las tuberías de alimentación de agua caliente se j) La alimentación eléctrica a las bombas de agua con- calcularán de acuerdo con lo establecido en el item 7. tra incendio, deberá ser independiente, no controlada por el interruptor general del edificio, e interconectada al grupo 3.4. EQUIPOS DE PRODUCCIÓN DE AGUA CA- electrógeno de emergencia del edificio, en caso de tenerlo. LIENTE k) Se instalaran «uniones siamesas» con rosca ma- Para el cálculo de la capacidad del equipo de produc- cho y válvula de retención en sitios accesibles de la fa- ción de agua caliente, así como para el cálculo de la ca- chada del edificio para la conexión de las mangueras que pacidad del tanque de almacenamiento, se utilizarán las suministrarán el agua del exterior. relaciones que se indican a continuación, en base a la 4.3. SISTEMA DE TUBERÍA Y DISPOSITIVOS PARA dotación de agua caliente diaria asignada, según la si- guiente tabla. SER USADOS POR EL CUERPO DE BOMBEROS Se instalarán sistemas de tuberías y dispositivos para ser usados por el Cuerpo de Bomberos de la ciudad, en Tipo de edificio Capacidad del Capacidad horaria del las plantas industriales, edificios de más de 50 m de altu- tanque de equipo de producción ra y toda otra edificación que por sus características es- almacenamiento de agua caliente, en peciales, lo requiera. Tales sistemas deben cumplir con en relación con dota- relación con la dota- los siguientes requisitos: ción diaria en litros. ción diaria en litros. Residencias 1/5 1/7 a) Se instalarán «siameses inyección» con rosca ma- unifamiliares y cho y válvula de retención en sitio accesible de la fachada multifamiliares. del edificio para la conexión de las mangueras que sumi- Hoteles, apart- 1/7 1/10 nistrarán el agua desde los hidrantes o carros bomba. hoteles, albergues. b) Se instalarán alimentadores espaciados en forma tal, que todas las partes de los ambientes del edificio pue- Restaurantes 1/5 1/10 dan ser alcanzadas por el chorro de agua. Gimnasios. 2/5 1/7 c) Los alimentadores deben calcularse para el caudal Hospitales y clínicas, 2/5 1/6 de dos salidas y una presión mínima de 45 m en el punto consultorios y de conexión de mangueras más desfavorables. similares. d) El almacenamiento de agua en los tanques, para com- batir incendios, debe ser por lo menos de 40 m3 adecuándo- Las capacidades del equipo de producción de agua ca- se al caudal y tamaño posible del incendio, según el Gráfico liente y del tanque de almacenamiento, podrán también para Agua Contra Incendio de Sólidos (Lámina N° 3). determinarse en base a los gastos por aparatos sanitarios. Cuando sea posible se permitirá el almacenamiento conjunto entre uno o más locales que en caso de siniestro 4. AGUA CONTRA INCENDIO puedan ser usados por los bomberos. Las mangueras tendrán una longitud de hasta 60 m y 4.1. SISTEMAS 65 mm (2 ½) de diámetro. Se considerará un caudal mí- Los sistemas a emplearse para combatir incendios nimo de 10 L/s y deberán alojarse en gabinetes adecua- serán: dos en cada piso, preferentemente en los corredores de acceso a las escaleras. a) Alimentadores y gabinetes contra incendio equipa- e) Cuando el almacenamiento sea común para el agua dos con mangueras para uso de los ocupantes de la edifi- para consumo y la reserva para el sistema contra incen- cación. dios, deberá instalarse la salida del agua para consumo b) Alimentadores y gabinetes contra incendio equipa- de manera tal que se reserve siempre el saldo de agua dos con mangueras para uso de los ocupantes de la edifi- requerida para combatir el incendio. Difundido por: ICG - Instituto de la Construcción y Gerencia www.construccion.org / icg@icgmail.org / Telefax : 421 - 7896