Colegio de Economistas - RSCH - Inversiones Españolas en Brasil
1. Invertir en Brasil
Panorama Jurídico y
Tributario
José Rubens V. Scharlack
Socio Fundador de Rodante & Scharlack Advogados
Director Jurídico de la Cámara Belgo-LuxemburguesaBrasileña de Comercio e Industria en Brasil
(BELGALUX)
Vicepresidente de la Comisión de Derecho Tributario
de la Asociación Internacional de Jóvenes Abogados
(AIJA)
Profesor de la FGV (2008) y FAAP (2010-2012)
2. Cambio de Paradigma
«El 2013 será el año en que comenzaremos a ver cómo se
configurará la economía mundial para el resto del siglo.
Será el año en que los negocios reconocerán que, sin duda,
el crecimiento global y los precios de las commodities
vienen determinados, principalmente, por la
evolución de las economías emergentes, como China,
India y Brasil (países que supondrán, conjuntamente, cerca
de la mitad del PIB mundial en 2013), y no de Estados
Unidos ni de Europa.
En 2013, invertir en mercados emergentes ya no se verá
como una inversión especulativa, sino como algo esencial
para el crecimiento del negocio».
http://www.pwc.com.br/pt_BR/br/publicacoes/assets/doing-deals-13.pdf
3. Es un buen momento para estar en
los países emergentes, según UBS
Valor, 23/10/2013
¡Inviertan en
¡Inviertan en
acciones yy
acciones
apriétense los
apriétense los
cinturones!
cinturones!
5. Visión General
• República Federativa do Brasil
• Población: 194 millones
• 26 Estados y 1 Distrito Federal (Brasilia)
• PIB en 2012: 2,3 billones US$
• Moneda: Real (cambio 1US$ = 2,19 R$ el 31/10/2013)
• Idioma: portugués
• Las elecciones presidenciales y estatales se celebraron en
octubre de 2010 (para mandatos de cuatro años)
• La presidenta actual, Dilma Rousseff (Partido dos
Trabalhadores), se presentará a la reelección en 2014 con el
apoyo del expresidente Luiz Inácio Lula da Silva
6. Brasil – Datos y Números
• Mayor economía de América Latina, 7 a mayor del
mundo. Se espera que mejore en los rankings de los
próximos años;
• PIB per cápita de aproximadamente 12.000 US$ (2012);
• Mayor población de América Latina y 5 a mayor del
mundo;
• Aproximadamente 70% de la población se concentra en
el sureste y el noreste;
• País altamente urbanizado: apenas 14% de la población
vive en áreas rurales;
• Principales puertos: Tubarão, Itaqui, Santos, Itaguaí,
São Sebastião, Paranaguá, Aratu, Rio Grande, Belém e
7. Brasil – Geografía
• Principales regiones económicas: São Paulo, Rio de
Janeiro, Minas Gerais, Paraná y Rio Grande do Sul;
• São Paulo es una de las ciudades con un mayor
crecimiento a nivel mundial y recibe la mayoría de la
inversión extranjera (http://www.saopauloglobal.sp.gov.br/eng-index.aspx
);
• 20 áreas metropolitanas con más de 1 millón de habitantes.
São Paulo (12 milhões de pessoas)
Rio (7 milhões de pessoas)
8. Ambiente para Inversiones
«Brasil ha aguantado la crisis económica internacional y ha
emergido como un actor global más fuerte y atractivo. Un alto
nivel de diversificación económica, combinado con un mercado
doméstico fuerte y una selección amplia de socios comerciales,
aliado a un sistema financiero bien regulado, han sido los
factores clave para mitigar con éxito los peores efectos de la
crisis. El largo período de inestabilidad económica local en
Brasil ha sido superado. Tanto nivel político como
económico, Brasil es ahora un país maduro y uno de los
mercados más atractivos del mundo para la inversión
extranjera».
http://www.pwc.com.br/pt_BR/br/publicacoes/assets/doing-deals-13.pdf
9. Eventos Mundiales
en 2014 y 2016
«La Copa del Mundo y los Juegos Olímpicos son
eventos mundiales y las ganancias esperadas en
términos de visibilidad de Brasil son enormes. Por lo
tanto, se consideran buenas oportunidades para que
el país mejore su imagen mundial. Se espera un
aumento cercano al 1 por ciento del PIB de
Brasil en los años de cada evento».
http://www.pwc.com.br/pt_BR/br/publicacoes/assets/doing-deals-13.pdf
10. M&A en Brasil
http://www.pwc.com.br/pt_BR/br/publicacoes/assets/doing-deals-13.pdf
• En 2012, los sectores que más crecieron fueron también
los líderes en volumen de operaciones: TI, Comercio
Minorista, Productos al Consumidor (incluyendo alimentos,
agronegocios, bebidas y productos de salud e higiene) , Minería,
Servicios (Salud, Educación y servicios generales) y
Químicos/Petróleo y Gas;
• Los inversores extranjeros constituyeron el 41% de todas
las operaciones, un récord.
11. Sistema Jurídico
Brasileño
• País de Civil Law (Derecho Continental);
• Constitución Federal de 1988;
• Jurisdicción Estatal común (civil y penal);
• Jurisdicciones especializadas Federal y del Trabajo;
• 3 Tribunales Superiores: Tribunal Superior del Trabajo,
Superior Tribunal de Justicia y Supremo Tribunal Federal;
• Ley de Arbitraje de 1996;
• Código Civil de 2003;
• Legislación especial para
PYMEs;
• Nuevo Código de Comercio en
(Supremo Tribunal Federal – STF)
proceso de elaboración.
12. Protección a la PI
• Brasil fue uno de los primeros países del mundo en
suscribir acuerdos internacionales para proteger derechos
de PI y uno de los primeros miembros de la OMPI.
• Derecho de Autor: Convención de Berna (1886), Convención
de Roma (1961), Tratados de la OMPI (1996), Convención de los
Fonogramas (1971), Convención de los Satélites (1974);
• Propiedad Industrial: Convención de París (1883), Acuerdo de
Madrid (1891), Tratado de La Haya (1925), Acuerdo de Niza
(1957), Tratado de Lisboa (1958), Acuerdo de Locarno (1968),
Acuerdo de Estrasburgo (1971), Acuerdo de Viena (1973),
Tratado de Budapest (1977), Tratado de Cooperación en Patentes
– PCT (1978), Tratado de Ley de Marcas (1996) y el Acuerdo
TRIPS (Acuerdo sobre los ADPIC).
14. Aclaración Preliminar
• Una antigua discriminación del ordenamiento
jurídico brasileño...
Empresa Brasileña
de Capital Nacional
Empresa Brasileña
de Capital Extranjero
• ... no existe desde 1995.
15. Constituir una persona jurídica
Sociedad Empresaria – “Ltda.”
Constitución
(Escrituras de constitución)
Registro ante la
Junta Comercial
Inscripción ante la Receita
Federal do Brasil (CNPJ)
Inscripción en la Lei de
Empresas de Pequeno
Porte exclusivo para
pequeñas empresas
•Inscripción Estatal (si
es
industrial
ou
comercial);
•Catastro Municipal
(si es prestadora de
servicios);
•Inscripción en el
Banco Central do
Brasil (si posee capital
extranjero);
• Inscripción en la
Caixa
Econômica
Federal (FGTS) etc.
16. Sistemas de Tributación
Federal
Beneficio Real
(Obligatorio
para
instituciones
financieras, factorings y empresas que
obtengan beneficios fuera de Brasil,
beneficios fiscales del IRPJ o renta
bruta anual superior a 78 R$ millones)
El beneficio neto de la empresa,
ajustado por las adiciones y
exclusiones determinadas en la
legislación, es la base del cálculo de los
tributos federales sobre la renta.
La base del cálculo de los tributos
federales sobre la renta es un
Beneficio Presunto
porcentaje de los ingresos brutos de la
empresa .
Sistema Unificado para el Pago de Impuestos por
La base de cálculo para
Empresas de Pequeño Porte - "SIMPLES"
todos los tributos es
un porcentaje de los
(No pueden optar a ese sistema, entre otras, las empresas
ingresos brutos de la
con ingresos anuales brutos superiores a 3,6 R$ millones,
empresa.
las empresas con socios fuera de Brasil y las empresas de
algunos sectores específicos)
17. Tributación por el
Beneficio Real
Tributos sobre los
Ingresos:
Tributos sobre el
Beneficio:
• PIS
• COFINS
• IRPJ
• CSLL
1,65% de los ingresos brutos
7,6% de los ingresos brutos
25% del lucro líquido
9% del lucro líquido
Permitida la
deducción de
“créditos” sobre
gastos previstos
en la
legislación.
Permitida la
compensación
parcial de los
perjuicios
sufridos por la
empresa en
años anteriores.
18. Tributación por el
Beneficio Presunto
Tributos sobre
Ingresos:
s os
gre
Tributos sobre
In
Beneficio:
• PIS
• COFINS
0,65% sobre los ingresos brutos
3% sobre los ingresos brutos
Industrias y Empresas
Comerciales
• IRPJ
• CSLL
No hay créditos
que deducir en
este sistema
Prestadoras de Servicios
2%, 4% ó 8% sobre los ingresos brutos
0,72%, 1,44% ó 2,88% sobre los ingresos brutos
Empresas de Transporte
No hay compensación de
perjuicios en este sistema
19. Tributación –
Empresas Industriales
Tributación sobre
ingresos y
beneficio:
Tributación sobre la
actividad industrial:
Tributación sobre
las ventas:
Tributación sobre la
nómina:
• PIS
• COFINS
• IRPJ
• CSLL
• IPI (IVA)
• ICMS (IVA)
Beneficio real o
presunto
Tipo impositivo
varía según el
producto (TIPI)
Tipo impositivo
ón os) varía de 7% a 18%
i
tac res
(SP)
• INSS
ibu ing s
tr
aEduc.bre
e
• SAT /uev
Sal.
28,8% sobre la
o sector
s
N S”
• “Sistemaiva (
s
nómina de la
ut lguno
t
i
empresa.
ust ra a
s
pa
20. Tributación –
Empresas Comerciales
Tributación sobre
ingresos y
beneficio:
Tributación sobre
las ventas:
Tributación sobre la
nómina:
• PIS
• COFINS
• IRPJ
• CSLL
• ICMS (IVA))
• INSS
• SAT / Sal. Educ.
• “Sistema S”
Beneficio real o
presunto
Tipo impositivo
varía de 7% a 18%
(SP)
28,8% sobre la
nómina de la
empresa.
21. Tributación –
Empresas de Servicios
Tributación sobre
ingresos y
beneficios:
Tributación de la
prestación de
servicios:
Tributación sobre la
nómina:
• PIS
• COFINS
• IRPJ
• CSLL
• ISS
• INSS
• SAT / Sal. Educ.
• “Sistema S”
Beneficio real o
presunto
Tipo impositivo
varía de 2% a 5%
28,8% sobre la
nómina de la
empresa.
22. Tributación - Importación
Durante el trámite aduanero de
importación, los tributos son:
• Impuesto de Importación (I.I.)
•IPI
• ICMS
• PIS/COFINS
Crédito para empresas
comerciales e industriales
Crédito para optantes del
beneficio real
23. Tributación - Exportación
Las exportaciones brasileñas son:
• Tributadas por el Impuesto de Exportación
(I.E.);
• Exentas de IPI, ICMS, ISS, PIS y COFINS;
• Objeto de crédito presumido de IPI, PIS e
COFINS – para neutralizar el impacto
financiero de los tributos pagados a lo largo
de la cadena productiva.
24. Zona Franca de Manaus
(ZFM)
ZFM
Importaciones para la ZFM:
• Exención de II
• Exención de IPI
• Suspensión do ICMS
• Suspensión de PIS/COFINS
Exportaciones desde la ZFM:
• Exención de IPI, ICMS, PIS
y COFINS
•Sin tributación de
IRPJ/CSLL
Ventas para el resto de Brasil
• Exención de IPI
• Menores tasas de
PIS/COFINS
• Sin tributación de IRPJ/CSLL
25. Regímenes Especiales
REEA…
…RECOF…
…E outros…
Drawback Aduanero:
• Suspensión o devolución de los
tributos a la importación de insumos
para industrialización en Brasil y
reexportación.
Admisión temporal:
• Suspensión parcial de los tributos
aduaneros a bienes que permanecerán
temporalmente en Brasil.
Depósito Especial:
• Tributos aduaneros aplicados sólo
cuando los productos son vendidos en
Brasil.
REPES:
• Sin tributación de IPI/PIS/COFINS en la adquisición de insumos
para la fabricación de productos de informática que serán exportados
26. Remesas al Exterior
• Los dividendos están exentos de
Impuesto de Renta;
• Pagos a empresas relacionadas están
sujetos a las reglas brasileñas de
“Transfer Pricing”;
• Intereses sujetos a IRRF y a reglas de
subcapitalización;
• Royalties tributadas con el IRRF y la
CIDE;
• Pagos por servicios sujetos a IR, PIS,
COFINS, ISS e CIDE.
• 29 tratados para evitar la doble
imposición.
27. Reglas de Subcapitalización
•
1.
2.
3.
•
•
Pago de intereses a empresas relacionadas sólo son
deducibles del lucro tributable en la medida que:
Tales gastos sean necesarios para las actividades sociales de la
empresa;
El débito relacionado con los intereses pagados no sea
superior a dos veces el patrimonio líquido de la empresa; y
El débito total de la persona jurídica no sea superior a dos
veces su capital.
Para contratos de empréstito no registrados en el Banco
Central do Brasil, la deducibilidad de intereses está limitada al
Libor (tasa media de intereses interbancarios de Londres) +
3% anual.
Limitaciones severas si los pagos se realizan a empresas
situadas en Paraísos Fiscales.
28. Nuevas reglas para
Paraísos Fiscales
• De acuerdo con la ley 11.727/2008, se considera Paraíso Fiscal
cualquier país o jurisdicción en que:
1. No tribute la renta o la tribute con un tipo impositivo máximo
inferior a 20%
2. Conceda beneficios fiscales a personas físicas o jurídicas extranjeras
sin exigir una actividad económica substancial en el país, o exigiendo
la ausencia de la misma
3. No tribute la renta de fuera de su territorio, o la tribute con un tipo
impositivo máximo inferior a 20%
4. No permita acceso a información sobre titularidad de acciones, cotas,
propiedades o derechos o información relacionada con las
transacciones que allí ocurran.
• Lista exhaustiva de paraísos fiscales se encuentra hoy en la
Instrucción Normativa RFB 1037/2010.
29. Nuevo estándar contable en
Brasil
• “Brazilian GAAP” – Compatibilización con los estándares de
contabilidad internacional (IAS) y con los estándares
internacionales de demostraciones financieras (IFRS);
• Régimen Tributario de Transición (RTT) – Creado con la
intención de evitar el impacto fiscal de los nuevos estándares de
contabilidad en Brasil.
• Opcional para 2008 y 2009 – Las personas jurídicas obligadas a
cumplir las nuevas normas de contabilidad podían, hasta 2010,
optar por usar el RTT o no. A partir de 2010, el RTT es
obligatorio para todas las personas jurídicas.
• RTT se refiere sólo a la tributación federal – IRPJ, CSLL, PIS y
COFINS. No hay directrices claras sobre el impacto de las
nuevas normas contables sobre tributación municipal y estatal.
30. Influencia Progresiva de las
Tecnologías de la Información
• Declaraciones Fiscales (DACON, DCTFN, DIPJ, GIA, GFIP
etc.) – Aun obligatorias. Se están sustituyendo progresivamente
por sistemas integrados de report fiscal.
• Sintegra – sistema estatal de suministro de información para
cálculo del ICMS, posteriormente englobado por el SPED –
Sistema Público de Escrituração (contabilidad) Digital;
• Sped Contable – Es un software de contabilidad obligatoria,
que debe transmitir al fisco los libros Diario, Mayor, Balances
Parciales Diarios e informaciones accesorias.
• Sped Fiscal – Es un archivo digital con contabilidad de
documentos fiscales y otras informaciones, además del cálculo
de tributos referentes a las actividades del contribuyente.
• E-Lalur – Es un software de contabilidad digital del LALUR
(Livro de Apuração do Lucro Real), que transforma
automáticamente la información en él registrada en un esbozo
31. II. Incentivos Fiscales para
Proyectos de Infraestructura
(y otros incentivos fiscales relevantes)
32. Escenario Inicial
• El déficit de infraestructura representa uno de los mayores
obstáculos para el desarrollo económico de Brasil.
• La elección de Brasil como sede del Mundial de Fútbol 2014 y
de los Juegos Olímpicos 2016 refuerza la necesidad de
inversiones urgentes en infraestructura.
• El resultado de tales inversiones, después de superar los
obstáculos, son relevantes no sólo para los eventos venideros,
sino también (y principalmente) para el crecimiento de la
economía brasileña.
• Estos eventos conforman también una gran oportunidad para el
sector privado.
• Anticipando este escenario, el Gobierno Federal lanzó el
Programa de Aceleración del Crecimiento (PAC), generando
mecanismos de incentivos fiscales para atraer inversiones en
nuestra infraestructura.
33. Incentivos Fiscales para la
Infraestructura
• REIDI – Régimen Especial de Incentivos para el
Desarrollo de Infraestructura;
• REPENEC – Régimen Especial de Incentivos
para el Desarrollo de de Infraestructura de la
Industria Petrolífera en las Regiones Norte,
Nordeste y Centro-Oeste ;
• RETAERO – Régimen Especial de Incentivos
Tributarios para la Industria Aeronáutica;
• RECOPA – Régimen Especial de Incentivos
Tributarios para la construcción, ampliación,
reforma y modernización de estadios de fútbol.
34. REIDI
• Suspensión de PIS y COFINS (convertibles a tipo
impositivo cero) en las siguientes transacciones:
• Compras locales, o importación de nueva maquinaria,
aparatos, instrumentos, equipos y materiales de
construcción para uso e incorporación en obras de
infraestructura;
• Compras locales o importación de servicios destinados
al desarrollo de infraestructura;
• Alquiler de maquinaria, aparatos, instrumentos y
equipos para su uso en desarrollo de infraestructura.
35. REIDI
• El REIDI admite personas jurídicas que tengan
proyectos aprobados públicamente en las siguientes
áreas:
Carreteras;
Ferrovías, incluyendo trenes urbanos;
• Transporte
Hidrovías, puertos e instalaciones
portuarias.
• Energía
• Saneamiento Básico Generación y cogeneración, transmisión y distribución,
producción y procesamiento de gas natural.
• Irrigación
Agua
potable
y
• Tuberías
alcantarillados
(También pueden ser coadmitidas por el REIDI empresas
que firmaron acuerdos de servicios de construcción con
el propietario del proyecto).
38. REPENEC
• Suspensión de PIS, COFINS IPI (convertible en tipo
impositivo cero) en las siguientes transacciones:
• Compra local o importación de nuevas máquinas,
aparatos, instrumentos, equipos y materiales de
construcción para uso o incorporación en
infraestructura;
• Compra local o importación de servicios destinados al
desarrollo de infraestructura;
• Alquiler local de máquinas, aparatos, instrumentos y
equipos para su uso en obras de infraestructura.
39. REPENEC
• El REPENEC admite personas jurídicas situadas en las
regiones Norte, Noreste o Centro-Oeste de Brasil, que
posean proyectos aprobados públicamente (por el
ministerio de Minas y Energía) relacionados con el
desarrollo de infraestructuras en las siguientes áreas
(el proveedor de servicios para construcción civil y montaje puede
• Petroquímica;
postularse a la coadmisión del REPENEC )
• Refinerías de petróleo; y
• Producción de amoníaco y urea a partir de gas natural.
• Tributación sobre las utilidades y regularidad fiscal son
prerrequisitos para la aplicación del REPENEC;
• Incentivos fiscales se aplican durante 5 años a partir de la
admisión o coadmisión al programa.
40. RETAERO
• Suspensión de PIS, COFINS e IPI (convertibles en
tipo impositivo cero) en las siguientes transacciones:
• Compra local o importación de partes, herramientas,
componentes, equipos, sistemas, subsistemas, insumos
y materias primas para ser usados en la industria
aeronáutica (posición 88.02 del NCM);
• Compra local o importación de servicios relativos a
tecnología industrial básica, desarrollo tecnológico e
innovación, soporte técnico y transferencia de
tecnología;
• Alquiler local de máquinas, aparatos, instrumentos y
equipos para producción, reparación y manutención
de aeronaves.
41. RETAERO
• Se permite la admisión en el RETAERO a:
• La persona jurídica que fabrica piezas, herramientas,
componentes, equipos, sistemas, subsistemas, insumos
y materias primas utilizadas en la manutención,
conservación, modernización, reparación, revisión,
conversión y fabricación de aeronaves (posición 88.02
del NCM);
• Proveedores de bienes y servicios para estas personas
jurídicas (coadmisión).
• Certificado de aprobación de Empresa (CHE) emitido
por la ANAC, la tributación sobre las utilidades reales,
y la certificación de regularidad fiscal
son
prerrequisitos para el requerimiento de la RETAERO.
42. RETAERO
• Puntos especialmente importantes:
• La industria aeronáutica ya se beneficia del tipo
impositivo 0% de PIS/COFINS, así como de la
suspensión de IPI sobre compras locales e
importaciones, las cuales dejarán de ser
aplicables con la admisión del RETAERO.
• Debe mantenerse el 0% de tipo impositivo
sobre PIS y COFINS en las ventas de aeronaves
tras la admisión del RETAERO (NCM 88.02).
• La aplicación del RETAERO vence el
14/06/2015.
43. RECOPA
• Suspensión de PIS, COFINS e IPI (convertibles a tipo
impositivo cero) en las siguientes transacciones:
• Compra local o importación de máquinas, aparatos,
instrumentos y equipos, así como materiales para la
construcción civil que sean usados o incorporados en estadios
de fútbol utilizados durante la Copa FIFA Confederaciones
2013 y la Copa FIFA del Mundo 2014;
• Compra local o importación de servicios destinados a la
construcción de tales estadios;
• Alquiler local de máquinas, aparatos, instrumentos y equipos
para uso en la construcción de tales estadios.
• Suspensión del I.I. también se aplica cuando los productos
importados no tengan un equivalente nacional;
• Los estados están autorizados a garantizar la exención de ICMS
en importaciones y también en compras.
44. RECOPA
• RECOPA admite:
• Personas jurídicas que posean proyectos aprobados
(por el Ministerio de Deportes) para la construcción,
ampliación, reforma o modernización de estadios de
fútbol que sean usados en partidos oficiales de la Copa
FIFA Confederaciones 2013 o de la Copa FIFA del
Mundo 2014; y
• Proveedores de servicios para la construcción civil de
estas personas jurídicas (coadmisión)
• Tributación sobre el beneficio real, regularidad fiscal y
Contabilidad Fiscal Digital (EFD) son prerrequisitos
para ser incluido en el RECOPA.
45. Disposiciones Comunes para
todos los Regímenes
• La cadena de suministro y las ilustraciones de “creación de
valor” referidas al REIDI se aplican también a todos los otros
regímenes aquí analizados;
• La cancelación de la admisión del Beneficiario al régimen se
extiende automáticamente a todos los coadmitidos
(proveedores) ligados al beneficiario;
• Admisiones y coadmisiones deben ser aplicadas y garantizadas
para cada proyecto en particular.
• Si los productos y servicios relacionados con los incentivos
fiscales dejasen de alcanzar el destino inicialmente propuesto
todos los tributos suspendidos serán exigidos con multas e
intereses;
• Todos los proyectos sujetos a aprobación dentro del régimen
deben descontar de sus respectivos presupuestos la tributación
suspendida, exenta u objeto de tipo impositivo cero por ese
régimen
46. Incentivos Fiscales a la Innovación
Innovación Tecnológica
Nuevo Producto
Nuevo Proceso de Fabricación
Nuevas Funcionalidades
Nuevas Características
Mejoras Crecientes
Ganancia Efectiva de
Calidad/Productividad
Mayor Competitividad
en el Mercado
47. Incentivos Fiscales a la Innovación
Hechos Incentivados:
Deducibilidad y
exclusión de las
utilidades reales
•Gastos en Investigación Tecnológica y Desarrollo de
Depreciación/ amortización
Innovación Tecnológica;
Reducción del IPI
•Adquisición de Bienes para Investigación
Tecnológica y Desarrollo de Innovación Tecnológica;
•Remesas al Exterior
Exención de IRRF
(1)Previstas
en
contrato
de
transferencia de tecnología; o
(2)Para registro y manutención de
marcas, patentes y cultivares en
el exterior.
48. Otros Incentivos Fiscales
Relevantes
• Empresas de TI – Doble deducción (dedución + exclusión) de
los costes con funcionarios dedicados al desarrollo de software,
y muchos otros incentivos;
• Descuento acelerado de PIS y COFINS – Crédito total de PIS
y COFINS en 12 meses a partir de la compra de máquinas o
equipos destinados a la producción de bienes o a la prestación
de servicios.
• Drawbacks “verde e amarelo” e “integrado” – Regímenes
aduaneros en que las reglas de Drawback (suspensión de
tributos) se aplican incluso para insumos adquiridos en Brasil,
siempre que el producto final sea exportado por el comprador;
• Suspensión de PIS y COFINS en la compra o importación de
combustible líquido para ser utilizado en la costa, alta mar, o en
soporte portuario.
50. Adquisición de Inmuebles en
Brasil
• Áreas Urbanas: casi no hay distinción entre brasileños y
extranjeros que deseen adquirir un inmueble urbano.
– Única excepción: Inmueble del Gobierno, si es:
• En área de frontera
• A lo largo de la costa, en hasta 100 metros del mar
• En un radio de hasta 1.320 metros de predios militares
– Documentos necesarios para extranjero persona física:
•
•
•
•
CPF
Pasaporte
Comprobante de domicilio
Certificado de nacimiento
– Documentos necesarios para persona jurídica extranjera:
•
•
•
•
CNPJ
Documentación societaria
Pasaporte del representante legal
Poder para un ciudadano brasileño o para una persona física extranjera con visado permanente
brasileño
51. Adquisición de Inmuebles en
Brasil
• Áreas Rurales: permitida sólo a personas físicas extranjeras
que tengan residencia permanente en Brasil.
– Restricciones:
• Máximo de 50 Módulos de Explotación Indefinida (MEI);
• Necesaria autorización del Instituto Nacional de Colonización y Reforma Agraria
(INCRA);
• Innecesaria autorización para inmuebles de hasta MEI;
• Personas jurídicas extranjeras (o brasileñas con socios extranjeros) sufren más
restricciones.
Cuidad
Hasta 3 MEI – sin
autorización
50 MEI – máximo
permitido
São Paulo
150.000 m2
2.500.000m2
Ribeirão Preto (SP)
300.000 m2
5.000.000m2
Uberaba (MG)
300.000 m2
5.000.000m2
Anápolis (GO)
450.000 m2
7.500.000m2
Novo Progresso (PA)
750.000 m2
12.500.000m2
52. Régimen Fiscal del
Patrimonio de Afectación
• Este régimen asegura la completa
segregación de los activos de una
incorporación inmobiliaria específica en
relación con los demás activos de la
empresa promotora;
• Total tributación de los ingresos: 4%
(incluyendo IRPJ, CSLL, PIS e COFINS)
• Requieren observarse condiciones y
obligaciones especiales para que la
empresa promotora utilice este régimen.
53. Impuesto de Renta sobre
ganancias en Brasil
• Ganancias de capital: 15%
• Aplicaciones financieras: mismo tratamiento de residentes
brasileños, excepto para: (a) fondos de inversiones en acciones,
swap, y operaciones de mercado futuro – 10%; y (b) otras
operaciones, incluso de renta fija, realizadas en la bolsa de
valores o en el mercado extrabursátil – 15%
• Ganancias de capital en operaciones de renta variable
realizadas en la bolsa y con oro (fuera de la bolsa): exentos
• Ingresos del trabajo y de la prestación de servicios: 25%
• Ingresos de royalties y servicios de asistencia técnica: 15%
• Comisión del agente exportador, flete o alquiler de aeronave o
navío extranjero, alquiler de contenedor, instalación portuaria,
estudio de mercado de producto brasileño en el exterior,
participación en ferias y exposiciones y alquiler de stand : 0%
• Otros ingresos (incluyendo intereses y JCP): 15%
54. Intereses sobre Capital
Proprio (JCP)
• JCP: dividendos desde el punto de
vista jurídico e intereses desde la
perspectiva contable.
• Tributación: 15%
• Deducibilidad en la entidad
pagadora:
sujeta
a
ciertas
condiciones.
• Economía tributaria en Brasil: 19%
(= 34% [tipo impositivo total en las
utilidades reales] – 15%)
55. Acuerdo para Evitar la Doble
Imposición Brasil – España
Métodos para Evitar la Doble Imposición
Impuesto Rendimientos
BR
genéricos
Dividendos
Intereses
Tributados en Exentos en España,
Tributados en
España, pero el
pero el tipo
España, pero el
impuesto
impositivo
impuesto
brasileño es
progresivo
brasileño es
deducido del
respectivo incide
deducido del
IRPJ
impuesto
como si los
impuesto español.
español.
dividendos (y
A pesar del IRPJ
posiblemente
WHT ser 15%, el
también los JCP)
tratado lo
hubiesen sido
considera como
tributados.
20%.
Royalties
Tributados en España,
pero el impuesto
brasileño es deducido
del impuesto español. A
pesar del que el IRPJ
WHT es del 15%, el
tratado lo considera
como 25%. Esto anula el
impacto de la CIDE
(10% WHT), no previsto
en el tratado.