Este documento describe las bonificaciones a la contratación tras la reforma laboral en España, incluyendo bonificaciones para la contratación indefinida de jóvenes, mayores de 45 años y desempleados, así como para la conversión de contratos temporales en indefinidos. También describe bonificaciones para la contratación temporal de personas con discapacidad, víctimas de violencia de género y personas en situación de exclusión social. Por último, incluye bonificaciones para el mantenimiento del empleo indefinido y para la contratación a través de cent
Proponen la eliminación del Consejo de la Magistratura
Bonificaciones a la Contratación tras la Reforma Laboral
1. CUADRO DE BONIFICACIONES A LA CONTRATACIÓN
TRAS LA REFORMA LABORAL
CUANTÍA
(EUROS)
COLECTIVOS DESCRIPCIÓN — DURACIÓN
BONIFICACIONES
Bonificaciones a la contratación indefinida
Desempleados inscritos en la Oficina de Empleo al menos doce meses
en los dieciocho meses anteriores a la contratación, sin escolaridad General: 66,67 €/mes (1200 €/año) (*) 3 años
Jóvenes de 16 a 30 años obligatoria o titulación profesional., contratados en el período de Mujeres: 83,33 €/mes (1000 €/año) (*) (o equivalente diario)
18.6.2010 a 31.12.2011
Desempleados inscritos en la Oficina de Empleo al menos doce meses 3 años
General: 100 €/mes (800 €/año) (*)
Mayores de 45 años en los dieciocho meses anteriores a la contratación, contratados en el
Mujeres: 116,67 €/mes (1400 €/año) (*)
(o equivalente diario)
período de 18.6.2010 a 31.12.2011.
Transformación de contratos formativos,
de relevo y de anticipación de la edad Conversión en indefinidos de estas modalidades contractuales en el General: 41,67 €/mes (500 €/año) (*) 3 años
de jubilación, cualquiera que sea la período de 18.6.2010 a 31.12.2011 Mujeres: 58,33 €/mes (700 €/año) (*) (o equivalente diario)
forma de su celebración
Personas con discapacidad ordinaria:
a) General 4.500 (*)
b) Mujeres 5.350 (*)
Discapacitados c) Mayores de 45 años 5.700 (*)
Toda la vigencia del
(también por conversión en indefinidos contrato
de contratos temporales o formativos) Personas con discapacidad severa:
a) General 5.100 (*)
b) Mujeres 5.950 (*)
c) Mayores de 45 años 6.300 (*)
4 años
Víctimas de violencia de género Sean o no desempleadas 1.500 (*)
Trabajadores excluidos socialmente Acreditación por los servicios sociales 600 (*) 4 años
Bonificaciones en supuestos excepcionales de contratación temporal
Discapacitados:
- Personas contratadas mediante En general
3.500 (*)
En caso de discapacidad severa Toda la vigencia del
contrato temporal de fomento del 4.100 (*)
contrato
empleo
4.100 (*)
- Mujeres y mayores de 45 años En general
4.700 (*)
En caso de discapacidad severa
Víctimas de violencia de género o Toda la vigencia del
600 (*)
doméstica contrato
Toda la vigencia del
Personas en situación de exclusión social 500 (*)
contrato
100 % de cuotas empresariales a la
Contratados en el período de 18.6.2010 a 31.12.2011 o anteriores Durante la vigencia del
Contratos de formación prorrogados a partir de esa fecha
Seguridad Social y demás de recaudación
contrato o de su prórroga
conjunta
Bonificaciones para el mantenimiento del empleo indefinido
50% de la aportación empresarial por
Trabajadores de 60 o más años, con una antigüedad en al empresa de contingencias comunes, salvo incapacidad Toda la vigencia del
5 o más años temporal, incrementándose anualmente contrato
un 10%, hasta el 100%
Contratos indefinidos 40% de la aportación empresarial por
Trabajadores de 59 años, con una antigüedad en la empresa de 4 años contingencias comunes, salvo incapacidad Un año
temporal
Mujeres con contrato suspendido (indefinido o temporal que se
1.200 (*) 4 años
transforme en indefinido) reincorporadas tras la maternidad
Bonificaciones para la contratación por los centros especiales de empleo
100% de las cuotas empresariales a la
Toda la vigencia del
Discapacitados Contratos indefinidos o temporales Seguridad Social, incluidas las de AT y EP
contrato
y las de recaudación conjunta
Plan extraordinario de bonificaciones en suspensiones del contrato de trabajo
o reducción temporal de jornada
50% de las cuotas empresariales a la
Seguridad Social por contingencias
comunes u 80% si se incluyen medidas de
El período de suspensión o
Trabajadores con contrato suspendido o Acordado en expediente de regulación de empleo o procedimiento empleabilidad de los trabajadores
reducción de jornada con un
en reducción temporal de jornada concursal en el período de 1.10.2008 a 31.12.2010 afectados, si bien, el incremento del
máximo de 240 días.
porcentaje sólo podrá aplicarse respecto a
las cotizaciones devengadas después del
18.6.2010.
(*) Contrato a tiempo parcial: bonificación que resulte de aplicar a esta cuantía un porcentaje igual al de la jornada incrementado en 30 puntos porcentuales.