Boletín Oficial Nº 19.263                                                                     Lunes 5 de Julio de 2010
                   2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO

                                SECCION ADMINISTRATIVA
                                     D E C R E T O S/2010
DECRETO Nº 0.867/2010
Santiago del Estero, 07 de Junio de 2010.
VISTO: El Expediente Nº 956-27-2010 y el Presupuesto General de la Administración Pública Provincial - Ejercicio 2010; y
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Obras y Servicios Públicos, solicita en el Programa 21 - "Construcción y Refacción de Edificios p/Sanidad y
Desarrollo Social" y el Programa 22 - "Construcción, Remodelación y Refacción de Edificios Escolares", el incremento de crédito
presupuestario, financiado con Recursos Tesoro General de la Provincia, para ejecutar distintas Obras y Proyectos de la Partida
Parcial: 421 - Trabajos Públicos;
Que lo requerido, permitirá adecuar los créditos a las actuales necesidades presupuestarias del citado Organismo;
Que en consecuencia, es necesario implementar las modificaciones presupuestarias pertinentes, sin que ello implique incremento
en el Total de Gastos previstos en el presente Ejercicio, afectándose créditos de partidas específicas del Ministerio de Economía;
Que el presente Decreto se encuadra en lo dispuesto por el Artículo 9º de la Ley Nº 6974 - Presupuesto General de la
Administración Pública Provincial - Ejercicio 2010;
Por ello,
                                               El Señor Gobernador de la Provincia
                                                            DECRETA:
Art. 1º. - Modifícase, el Presupuesto General de la Administración Pública Provincial - Ejercicio 2010, de conformidad con el
detalle obrante en Planillas Anexas, que forman parte integrante del presente Decreto.
Art. 2º. - El presente Decreto será también refrendado por el Señor Ministro de Obras y Servicios Públicos.
Art. 3º. - Comuníquese, publíquese, dése al BOLETIN OFICIAL y archívese.
Dr. Gerardo Zamora
Sr. Elías Miguel Suárez
C.P.N. Atilio Chara
Arq. Argentino José Cambrini

PLANILLA ANEXA Nº III, QUE FORMA PARTE DEL EXPEDIENTE Nro. 965 2710

 Jur. /   Progr     Subprog     Proyecto     Activ.    Partida       Financia-             Concepto                   Importe
 Ent.                                        Obra                     miento

   12       21         00           00         01        111            10       RETRIBUCION DEL CARGO              -9.000.000,00

   17       21         00           01         56        421            10       TRABAJOS PUBLICOS                    450.000,00

            22         00           02         53        421            10       TRABAJOS PUBLICOS                    150.000,00

            22         00           02         76        421            10       TRABAJOS PUBLICOS                    600.000,00

            22         00           02         92        421            10       TRABAJOS PUBLICOS                    600.000,00

            22         00           06         54        421            10       TRABAJOS PUBLICOS                    300.000,00

            22         00           06         85        421            10       TRABAJOS PUBLICOS                    300.000,00

            22         00           07         53        421            10       TRABAJOS PUBLICOS                    300.000,00

            22         00           07         64        421            10       TRABAJOS PUBLICOS                    300.000,00

            22         00           07         79        421            10       TRABAJOS PUBLICOS                    300.000,00

            22         00           10         75        421            10       TRABAJOS PUBLICOS                    600.000,00

            22         00           10         83        421            10       TRABAJOS PUBLICOS                    600.000,00

            22         00           10         90        421            10       TRABAJOS PUBLICOS                    150.000,00

            22         00           10         92        421            10       TRABAJOS PUBLICOS                    300.000,00

            22         00           10         93        421            10       TRABAJOS PUBLICOS                    300.000,00

            22         00           10         94        421            10       TRABAJOS PUBLICOS                    300.000,00

            22         00           10         95        421            10       TRABAJOS PUBLICOS                    300.000,00




                                                                 2
Boletín Oficial Nº 19.263                                                                             Lunes 5 de Julio de 2010
                   2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO


           22         00             10          96        421          10         TRABAJOS PUBLICOS                      450.000,00

           22         00             10          97        421          10         TRABAJOS PUBLICOS                      300.000,00

           22         00             10          98        421          10         TRABAJOS PUBLICOS                      300.000,00

           22         00             10          99        421          10         TRABAJOS PUBLICOS                      450.000,00

           22         00             13          51        421          10         TRABAJOS PUBLICOS                      150.000,00

           22         00             13          52        421          10         TRABAJOS PUBLICOS                      150.000,00

           22         00             13          53        421          10         TRABAJOS PUBLICOS                      300.000,00

           22         00             13          54        421          10         TRABAJOS PUBLICOS                      150.000,00

           22         00             13          55        421          10         TRABAJOS PUBLICOS                      150.000,00

           22         00             13          56        421          10         TRABAJOS PUBLICOS                      150.000,00

           22         00             13          57        421          10         TRABAJOS PUBLICOS                      150.000,00

           22         00             13          58        421          10         TRABAJOS PUBLICOS                      150.000,00

           22         00             13          59        421          10         TRABAJOS PUBLICOS                      300.000,00


PLANILLA ANEXA Nº III - A, QUE FORMA PARTE DEL EXPEDIENTE Nro. 965-27-2010

                                                       DETALLE DE OBRAS

FINANCIAMIENTO: 10 - RECURSOS TESORO GENERAL DE LA PROVINCIA

Las obras en el Anexo III son las siguientes:

  Jur.    Prog..   Subpr.    Proy.        Obra    Finan                           Denominación                            M odif.
                                                                                                                           En $

   17      21        00       01           56         10   Refac. UPA - Bº Santa Lucia - Ciudad Cap. Dpto. Capital          450.000

   17      22        00       02           53         10   Jardín Nº 30 - Capital - Dpto. Capital                           150.000

   17      22        00       02           76         10   Escuela Henry Dunant Nº 281 - Capital - Dpto. Capital            600.000

   17      22        00       02           92         10   Escuela Diego de Rojas Nº 764 - Capital - Dpto. Capital          600.000

   17      22        00       06           54         10   Col. Sec. 2º de Abril Bº Autonomía- Capital - Dpto. Capital      300.000

   17      22        00       06           85         10   Col. Sec. 1º Junta - Capital - Dpto. Capital                     300.000

   17      22        00       07           53         10   Escuela Ricardo Rojas Nº 407 - Capital - Dpto. Capital           300.000

   17      22        00       07           64         10   Escuela Nº 23 - Capital - Dpto. Capital                          300.000

   17      22        00       07           79         10   Escuela Nº 27 - Capital - Dpto. Capital                          300.000

   17      22        00       10           75         10   Esc. Nº 718 y Jardín de Inf. Nº 92 - Capital - Dpto. Capital     600.000

   17      22        00       10           83         10   Escuela Nº 33 - Capital - Dpto. Capital                          600.000

   17      22        00       10           90         10   Escuela Nº 115 - Capital - Dpto. Capital                         150.000

   17      22        00       10           92         10   Escuela Nº 388 - Capital - Dpto. Capital                         300.000

   17      22        00       10           93         10   Escuela Nº 88 - Capital - Dpto. Capital                          300.000

   17      22        00       10          94          10   Escuela Nº 762 - Capital - Dpto. Capital                         300.000

   17      22        00       10           95         10   Escuela Nº 389 - Capital - Dpto. Capital                         300.000

   17      22        00       10           96         10   Escuela Nº 398 - Capital - Dpto. Capital                         450.000



                                                                 3
Boletín Oficial Nº 19.263                                                                                 Lunes 5 de Julio de 2010
                    2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO


   17        22        00         10        97        10       Escuela Nº 237 - Capital - Dpto. Capital                           300.000

   17        22        00         10        98        10       Escuela Nº 29 - Capital - Dpto. Capital                            300.000

   17        22        00         10        99        10       Escuela Nº 824 - Capital - Dpto. Capital                           450.000

   17        22        00         13        51        10       Escuela Nº 168 - Capital - Dpto. Capital                           150.000

   17        22        00         13        52        10       Escuela Nº 4 - Capital - Dpto. Capital                             150.000

   17        22        00         13        53        10       Escuela Nº 1132 - Capital - Dpto. Capital                          300.000

   17        22        00         13        54        10       Jardín Nº 64 - Capital - Dpto. Capital                             150.000

   17        22        00         13        55        10       Jardín Nº 60 - Capital - Dpto. Capital                             150.000

   17        22        00         13        56        10       Jardín Nº 70 - Capital - Dpto. Capital                             150.000

   17        22        00         13        57        10       Jardín Nº 23 - Capital - Dpto. Capital                             150.000

   17        22        00         13        58        10       Jardín Nº 68 - Capital - Dpto. Capital                             150.000

   17        22        00         13        59        10       Jardín Nº 104 - Capital - Dpto. Capital                            300.000


DECRETO Nº 0.953/2010                            monofásica de 13,2/0,231 KV de 5                   Presupuesto Oficial de $ 1.749.735,24,
Santiago del Estero, 22 de Junio de              KVA de potencia nominal y doce                     (Pesos Un Millón Setecientos Cuarenta
2010.-                                           Pilares de medición;                               y Nueve Mil Setecientos Treinta y
VISTO: el Expediente Nº 1.000 -                  Que atento a lo establecido por la                 Cinco con Veinticuatro Centavos), y
Código 29 - Año 2009 del registro de la          Resolución Nº 1.268/2007, toma                     autorízase a la Dirección General de la
Dirección General de la Energía; y               intervención a fs. 113 Jefatura de                 Energía a realizar dicha obra, mediante
CONSIDERANDO:                                    Gabinete;                                          el Sistema de Contratación Directa en el
Que a través del mismo se tramita la             Que el Tribunal de Cuentas de la                   marco de la Ley Nº 6.730 de
aprobación de la Documentación                   Provincia, mediante Dictamen Nº                    Emergencia del Sistema Eléctrico
Técnica para la contratación de la               145/2010, comparte lo indicado por su              Provincial.
Obra: "PROVISION DE ENERGIA                      Comisión de Estudios, advirtiendo que              Art. 2º - El gasto emergente se imputará
ELECTRICA A VECINOS DE EL                        se debe realizar una modificación en el            en la Jurisdicción 17 - Programa 23 -
CUADRADO - DEPARTAMENTO                          Artículo 10º del Pliego, cumplido lo               Proyecto 02 - A/O 55 - Partida 421 -
JUAN FELIPE IBARRA", con                         cual, estima pertinente la prosecución             Trabajos Públicos - Recursos
Presupuesto Oficial de $ 1.749.735,24            del trámite;                                       Afectados - Financiamiento 11511
mediante Sistema de Contratación                 Que a fs. 118, da respuesta a la                   F.E.D.E.I. - $ 1.749.735,24.
Directa, en el marco de la Ley Nº 6.730          observación formulada por el órgano                Art. 3º - Comuníquese, publíquese y
de Emergencia de Sistema Eléctrico               asesor informando que en lo que se                 dése al BOLETIN OFICIAL.
Provincial;                                      refiere a la inscripción del oferente en el                  Dr. Gerardo Zamora
Que el Poder Ejecutivo Provincial en             Registro Permanente de Licitadores de                      Sr. Elías Miguel Suárez
virtud a lo establecido en el Artículo 3º        Obras Públicas de la Provincia de                      Arq. Argentino José Cambrini
de la Ley Nº 6.730 que declara la                Santiago del Estero, lo requerido está
Emergencia en el Sistema Eléctrico               especificado en el Artículo 10º, inciso            DECRETO Nº 0.955/2010
Provincial, se encuentra facultado a             "g" del Pliego Unico de Bases y                    Santiago del Estero, 22 de Junio de
contratar en forma directa hasta un 60%          Condiciones Generales que compone la               2010.-
de la obra y servicios necesarios para           presente documentación;                            VISTO: el Expediente Nº 4.833 -
salir de la crisis, en el que se encuadra        Que giradas las actuaciones a Fiscalía             Código 43 - Año 2009 del registro del
la presente gestión;                             de Estado, emite Dictamen Nº 773 de                Consejo Provincial de Vialidad; y
Que el objeto de la Obra es la de                fecha 13/5/2010 en el cual expresa:                CONSIDERANDO:
proveer de energía eléctrica a la Escuela        "puede darse continuidad al presente               Que por el mismo el Consejo Provincial
Nº 472 y a un grupo de vecinos                   trámite a los fines de la aprobación de            de Vialidad eleva la Documentación
próximos a la misma, para lo cual se             la Documentación Técnica";                         Técnica para la ejecución de la Obra:
construirán subestaciones sobre una              Por ello,                                          "PAVIMENTACION DEL ACCESO
línea de media tensión existente sobre              El Sr. Gobernador de la Provincia               SUR A REAL SAYANA DESDE
el camino vecinal y red de baja tensión,                        DECRETA:                            RUTA NACIONAL Nº 34", con un
debiéndose ejecutar los siguientes               Art. 1º - Apruébase la Documentación               Presupuesto Oficial de $ 1.132.180,00
trabajos: red de baja tensión                    Técnica correspondiente a la Obra:                 (Pesos Un Millón Ciento Treinta y Dos
monofásica con conduct or                        "PROVISION DE ENER G IA                            Mil Ciento Ochenta) y un plazo de
preensamblado de Al de 2x50 mm2., de             ELECTRICA A VECINOS DE EL                          ejecución de 180 (ciento ochenta) días
aproximadamente 1.440 metros de                  CUADRADO - DEPARTAMENTO                            corridos;
longitud; cinco S.E.T.A. monoposte               JUAN FELIPE IBARRA", con                           Que los trabajos a realizar consisten en


                                                                     4
Boletín Oficial Nº 19.263                                                                  Lunes 5 de Julio de 2010
                    2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO

remoción de ripio, s uelo y                 NACIONAL Nº 34 - Proyecto 08/86 -           fecha 06/08/2009, estima que no
compactación de subrasante en anchos        Rentas Generales - $ 1.132.180,00 -         habiendo observaciones que formular,
variables según cómputo métrico;            Ejercicio 2010.                             puede continuarse con el trámite
Demolición de cordón cuneta existente,      Art. 3º - Comuníquese, publíquese y         correspondiente.
según plano; ejecución de cordón            archívese.                                  Que Fiscalía de Estado en su Dictamen
cuenta de 0,80 m., y 0,40 m. de ancho y             Dr. Gerardo Zamora                  Nº 1.854 de fecha 24/11/2009,
0,15 me. de espesor; ejecución de                  Sr. Elías Miguel Suárez              comparte el criterio sustentado por el
Badenes de hormigón simple de 0,20             Arq. Argentino José Cambrini             Tribunal de Cuentas de la Provincia,
m. de espesor, incluido cordones                                                        atento a la naturaleza de los fondos con
integrales; ejecución de base               DECRETO Nº 0.957/2010                       los que se hará frente a la obra en
estabilizada granular en anchos             Santiago del Estero, 22 de Junio de         cuestión, considerando procedente el
variables y 0,10 m., de espesor y           2010.-                                      dictado de los actos administrativos
ejecución de pavimento articulado en        VISTO, el Expediente Nº 2157 -              pertinentes.
anchos variables y 0,08 m. de espesor;      Código 43 - Año 2009 del registro del       Por ello,
Que atento a lo establecido por la          Consejo Provincial de Vialidad; y            El Señor Gobernador de la Provincia
Resolución Nº 1.268/2007, toma              CONSIDERANDO:                                             DECRETA:
intervención a fs. 128 Jefatura de          Que por el mismo el Consejo Provincial      Art. 1º.- APRUEBASE la
Gabinete;                                   de Vialidad eleva la Documentación          Documentación Técnica para la
Que el Tribunal de Cuentas de la            Técnica para la ejecución de la Obra:       ejecución de la Obra:
Provincia mediante Dictamen Nº 134 de       "MEJORAMIENTO DE LA RUTA                    "MEJORAMIENTO DE LA RUTA
fecha 21/4/2010, advierte que               NACIONAL Nº 34 - LA BLANCA -                NACIONAL Nº 34 - LA BLANCA -
corresponde dejar sin efecto la             SAN IGNACIO - EL ROSARIO;                   SAN IGNACIO - EL ROSARIO;
Afectación Preventiva Parcial de fs.        DPTO. ROBLES", con un Presupuesto           DPTO. ROBLES" y AUTORIZASE Al
120, cumplido podrá darse continuidad       Oficial de $ 1.226.287,00 (pesos un         Consejo Provincial de Vialidad el
con el trámite;                             millón doscientos veintiséis mil            Llamado a Licitación Pública y Escrita
Que Fiscalía de Estado en su Dictamen       doscientos ochenta y siete) y un plazo      con un Presupuesto Oficial de $
Nº 709 de fecha 4/5/2010, comparte lo       de ejecución de 150 (ciento cincuenta)      1.226.287,00 (pesos un millón
aconsejado por el H. Tribunal de            días corridos, en un todo de acuerdo a      doscientos veintiséis mil doscientos
Cuentas de la Provincia, estimando que      lo establecido en el Convenio celebrado     ochenta y siete) y un plazo de ejecución
cumplido este requisito no existen          oportunamente entre la Subsecretaría de     de 150 (ciento cincuenta) días corridos,
objeciones de índole legal que oponer a     Obras Públicas de la Nación                 en un todo de acuerdo a lo establecido
la aprobación de los Pliegos por parte      conjuntamente con la Dirección              e n e l C o n v e n i o c el e b r a d o
del Poder Ejecutivo pudiéndose dictar el    Nacional de Vialidad y el Consejo           oportunamente entre la Subsecretaría de
correspondiente acto aprobatorio;           Provincia de Vialidad cuya copia corre      Obras Públicas de la Nación
Que a fojas subsiguientes el organismo      agregada a fs. 07/09.                       conjuntamente con la Dirección
ejecutor da cumplimiento a las              Que los trabajos a realizar consisten en    Nacional de Vialidad y el Consejo
observaciones for muladas                   desboques, destronque, limpieza y           Provincial de Vialidad cuya copia corre
precedentemente informando asimismo         emparejamiento del terreno, hasta           agregada a fs. 07/09.
que el crédito respectivo fue otorgado      completar el ancho de zona de camino;       Art. 2º.- La presente obra será
mediante Resolución Ministerial Nº          preparación de subrasante; base             financiada en su totalidad por la
198 de fecha 12/3/2010;                     estabilizada granular como capa de          Dirección Nacional de Vialidad, tal cual
Por ello,                                   rodamiento en 5,00 m. de ancho y 0,10       lo establece el Convenio mencionado,
 El Señor Gobernador de la Provincia        m. de espesor, incluido provisión de        incluyendo la misma en el inciso 5 -
               DECRETA:                     materiales; construcción de alcantarillas   Transferencia (del Presupuesto
Art. 1º - Apruébase la Documentación        longitudinales de caños de hormigón         Nacional), más precisamente en el
Técnica para la ejecución de la Obra:       armado.                                     Objeto del gasto 5.8.1 - Transferencia
"PAVIMENTACION DEL ACCESO                   Que en cuanto a la provisión                a Gobierno Provinciales.
SUR A REAL SAYANA DESDE                     presupuestaria, la totalidad del costo      Art. 3º.- Comuníquese, publíquese y
RUTA NACIONAL Nº 34" y                      resulta financiada por la Dirección         archívese.-
autorízase al Consejo Provincial de         Nacional de Vialidad, tal lo establece el           Dr. Gerardo Zamora
Vialidad el llamado a Licitación            Convenio oportunamente firmado;                    Sr. Elías Miguel Suárez
Pública y Escrita con un Presupuesto        aclarando que la obra se incluye en el         Arq. Argentino José Cambrini
Oficial de $ 1.132.180,00 (Pesos Un         inciso 5 - Transferencias (del
Millón Ciento Treinta y Dos Mil Ciento      P r es u p ues t o Na ciona l) , má s       DECRETO Nº 0.958/2010
Ochenta), y un plazo de ejecución de        precisamente en el Objeto 5.8.1 -           Santiago del Estero, 22 de Junio de
180 (ciento ochenta) días corridos.         Transferencia a Gobierno Provinciales.      2010.-
Art. 2º - El presente gasto será atendido   Que atento a lo establecido por la          Ref.: Expediente Nº 827 - 13 - 2009.-
mediante la Jurisdicción 54 - Programa      Resolución Nº 1.268/2007, toma              VISTO: el Decreto Nº 539 del 23 de
11 - Desarrollo de la Infraestructura       intervención a fs. 91 Jefatura de           Abril de 2010 por el cual se homologa
Vial - Obra: "PAVIMENTACION                 Gabinete.                                   la Resolución General Nº 8/2010 que
DEL ACCESO SUR A REAL                       Que el Tribunal de Cuentas de la            dictara la Dirección General de Rentas
SAYANA DESDE RUTA                           Provincia mediante Dictamen Nº 143 de       /2010 que acepta parcialmente la


                                                               5
Boletín Oficial Nº 19.263                                                                 Lunes 5 de Julio de 2010
                   2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO

propuesta del Banco Santiago del            resulta una consecuencia directa del       contribuyentes vía Internet o
Estero S.A. para la recaudación de          Decreto Nº 539/2010 y se enmarca en        comunicaciones similares a través del
obligaciones tributarias de los             los lineamientos del Contrato de           sistema Link Pagos, que como forma de
contribuyentes vía Internet o               Vinculación de fecha 2/9/1996;             Anexo forma parte integrante del
comunicaciones similares, a través del      Que en relación a la obligación de pago    presente Decreto, y queda facultado el
Sistema Link Pagos; y                       del precio del servicio de la Red Link,    Sr. Ministro de Economía para la
CONSIDERANDO:                               incorporado en el nuevo convenio y         rúbrica del mismo.
Que es necesario establecer el marco        conforme lo sostenido por Fiscalía de      Art. 2º - Facúltase al Ministerio de
normativo general que determine los         Estado en su Dictamen Nº 473/10,           Economía a celebrar addendas o
criterios básicos para materializar la      requiere su aprobación por el Poder        convenios complementarios, como así
puesta en funcionamiento del servicio a     Ejecutivo;                                 también para dictar resoluciones y
través de la celebración de un Convenio     Por ello,                                  normas de procedimient o
entre las partes;                            El Señor Gobernador de la Provincia       complementarias que resulten
Que de la evaluación del proyecto de                     DECRETA:                      necesarias para la implementación de
convenio adjunto surge su viabilidad,       Art. 1º - Apruébase en todas sus partes    dicho sistema.
habiéndose expedido en tal sentido las      el Convenio celebrado entre el Banco       Art. 3º - Comuníquese, publíquese y
oficinas jurídicas de la Dirección          Santiago del Estero S.A. y el Gobierno     dése al BOLETIN OFICIAL. Cúrsese
General de Rentas, Ministerio de            de la Provincia de Santiago del Estero,    a la Dirección General de Rentas a sus
Economía y Fiscalía de Estado;              en conformidad con el Decreto Nº           efectos. Cumplido, archívese.
Que el mismo contiene los aspectos          539/2010, para efectuar la cobranza de             Dr. Gerardo Zamora
jurídicos, técnicos y económicos que        Boletas emitidas por la Dirección                 Sr. Elías Miguel Suárez
deben ser considerados y evaluados por      General de Rentas en concepto de toda                CPN Atilio Chara
la administración. En cuanto a la           ob ligación trib utaria de los
legalidad, encontramos que el mismo

                                           SECCION JUDICIAL
EDICTO SUCESION                             Nº 209.099 - e. 01 julio - v. 05 julio -   sus derechos en el presente juicio bajo
Juez Civil y Comercial de 4º                p. 50 - $ 15,00.-                          apercibimiento de ley.
Nominación, Dr. Fernando Aníbal                                                        Dra. ALICIA BRIM, secretaria.-
Curet, EXPTE. Nº 420.430. Autos:            EDICTO SUCESION                            Santiago del Estero, 24 de junio de
G ERE Z, DARDO SIMO N                       Juez en lo Civil y Comercial de La         2010.-
s/SUCESION, cita y emplaza a                Banda , a ut os : " FIGUEROA               Dra. ALICIA BRIM, Secretaria
herederos y acreedores de DARDO             MANUEL MARTIN s/SUCESION                   Nº 209.103 - e. 01 julio - v. 05 julio -
SIMON GEREZ, término TREINTA                AB-I NTESTATO". Cítese y                   p. 50 - $ 15,00.-
DIAS, comparezcan a hacer valer sus         emplácese a los herederos y acreedores
derechos, bajo apercibimiento de Ley.       del causante MANUEL MARTIN                 EDICTO SUCESION
Secretaría, 29 de Junio de 2010.-           FIGUEROA, para que en el término de        Juez en lo Civil y Comercial de La
Dra. MARTA DANIELA AUSAR -                  TREINTA DIAS, posteriores a la             Banda: "EXPEDIENTE ALVAREZ
Secretaria.                                 última publicación, comparezcan y          CASINO CESAR s/SUCESION".
Nº 209.100 - e. 01 julio - v. 05 julio -    hagan valer sus derechos, bajo             Cítese y emplácese a herederos y
p. 50 - $ 15,00.-                           apercibimiento de Ley.                     acreedores para que dentro del término
                                            Secretaría, 4/06/2010.-                    de treinta (30) días, comparezcan a
                                            Dra. LILA PERRACINI DE GAONA               hacer valer sus derechos, bajo
EDICTO SUCESION                             -Secretaria.                               apercibimiento de ley.-
Juez Civil y Comercial de La Banda.         Nº 209.098 - e. 01 julio - v. 05 julio -   Secretaría 4 de Junio del 2010.-
Cítese y emplácese a herederos y            p. 50 - $ 15,00.-                          Dra. LILA PERRACINI DE GAONA
acreedores, del causante AMOEDO                                                        - Secretaria
JUAN MANUEL, por el término de              EDICTO SUCESION                            Nº 209.102 - e. 01 julio - v. 05 julio -
treinta días, para que comparezcan a        Sr. Juez Civil y Comercial de Quinta       p. 50 - $ 15,00.-
hacer valer sus derechos, bajo              Nominación; Autos: "CACERES
apercibimiento de Ley, los que se           MARIA ESTHER s/SUCESION AB-                EDICTO SUCESION
publicará mediante EDICTOS POR              INTESTATO, EXPTE Nº 393.609".              Juez Civil y Comercial de 3º
TRES VECES en el Boletín Oficial y          Cítase y emplácese a herederos y           Nominación, Dr. Federico Argibay
diario de mayor circulación a sus           acreedores de los causantes, mediante      Berdaguer, en Autos: "CHAUMONT
efectos.                                    edictos que se publicarán TRES DIAS        DANIEL EDGARDO s/
Secretaría, 29 de Junio de 2010.-           en el Boletín Oficial y Diario de Mayor    SUCESION", cita y emplaza a
Dra. Lila Perracini de Gaona -              Circulación, para que dentro del           herederos y a quienes se consideren con
Secretaria.                                 término de TREINTA DIAS                    derecho sobre los bienes del causante
MARIA SILVIA GRAND - Pro -                  posteriores al vencimiento de la última    Daniel Edgardo Chaumont, para que
Secretaria.                                 publicación, comparezcan a hacer valer     de nt ro de T R EINT A DIAS


                                                               6
Boletín Oficial Nº 19.263                                                                Lunes 5 de Julio de 2010
                   2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO

comparezcan a hacerlos valer, bajo         EDICTO SUCESION                            Juez Civil de Cuarta Nom.: en Autos:
apercibimiento de ley.-                    Autos: "RIOS RICARDO DANTE s/              "EXPTE. 398.748/09 - GALVAN
Oficina, 19 de mayo del 2010.-             SUCESION".-                                BLANCA AMELIA Y OTRAS s/
Dra. DELCIA MUJICA PAZ -                   Cit ación : J U E Z C IV IL Y              SUCESION", cita y emplaza a
Secretaria                                 COMERCIAL DE SEXTA NOM.                    herederos y acreedores de los causantes:
Nº 209.109 - e. 01 julio - v. 05 julio -   CITA Y EMPLAZA POR TREINTA                 Blanca Amelia Galván, Mercedes de
p. 50 - $ 15,00.-                          DIAS A PARTIR DE LA ULTIMA                 Jesús Romano y Desideria Núñez de
                                           PUBLICACION A HEREDEROS Y                  Romano a hacer valer sus derechos en
EDICTO SUCESION                            ACREEDORES COMPAREZCAN A                   el juicio sucesorio dentro de los
Citación: En Autos: "CARRIZO               HACER VALER SUS DERECHOS.-                 TREINTA días posteriores a la última
GREGORIO MANUEL Y OTROS                    Fdo: Dr. Arrulfo Hernández, Juez. Ante     publicación, bajo apercibimiento de ley.
s/SUCESION",          Juez Civil y         mí: Dra. Mary Cristina Zaiek -             Fdo.: Dr. Pedro J. Basbús - Juez. Ante
Comercial de La Banda, Dr. Víctor          Secretaria.-                               mí: Dra. Alicia E. Brim - Secretaria.-
Manuel Rotondo, cita y emplaza a           Dra. MARY CRISTINA ZAIEK -                 Secretaria, 18 de junio de 2010.-
herederos y acreedores de GREGORIO         Secretaria.-                               Dra. ALICIA E. BRIM - Secretaria
MANUEL CARRIZO Y DIAZ                      Nº 209.126 - e. 02 julio - v. 06 julio -   Nº 209.123 - e. 02 julio - v. 06 julio -
AMADEA DEL JESUS, para que en el           p. 50 - $ 15,00.-                          p. 70 - $ 22,50.-
término de Treinta Días, posteriores a
la última publicación se presenten a       EDICTO SUCESION                            EDICTO QUIEBRA
hacer valer sus derechos, bajo             Juzgado Civil y Comercial de Tercera       Expte. Nº 376.461 (351) - AÑO 2008:
apercibimiento de ley.-                    Nominación: autos: Expte. Nº               "RICHARD                ERNESTO
Santiago del Estero, 23 de junio de        420.378- Año 2010 - "CARRIZO               FRANCISCO c/VAZQUEZ MARIO
2010.-                                     MARIA ELENA s/SUCESION                     LUIS s/QUIEBRA", se hace saber
Dra. LILA PERRACINI DE GAONA               AB-INTESTATO".- Cít ese y                  que se ha dictado la siguiente
- Secretaria.                              emplácese a herederos y a quienes se       resolución: Santiago del Estero, 24 de
Nº 209.119 - e. 01 julio - v. 05 julio -   consideren con derecho sobre los           junio de 2010.-
p. 50 - $ 15,00.-                          bienes dejados por el causante, a fin de   Y VISTOS: … RESULTA:............…
                                           que comparezcan a hacerlos valer en el     Y CONSIDERANDO:....................…
EDICTO SUCESION                            término de Treinta Días bajo                              RESUELVO:
Juzgado Civil y Com., de La Banda, en      apercibimiento de ley.-                    Iº).- Declarar el estado de quiebra del
autos: "TESEYRA FRANCISCO Y                Fdo.: Dr. Federico J. Argibay              Sr. MARIO LUIS VAZQUEZ, DNI Nº
SAYAGO               MERCEDES              Berdaguer, Juez. Ante mí: Dra. Delcia      10.185.072, con domicilio en calle
s/SUCESION". EXPTE. Nº 61.531,             Mujica Paz, Secretaria.-                   Rioja (N) Nº 140 de la ciudad de La
se ha         ordenado la siguiente        Secretaría, 28 de junio del 2010.-         Banda, Provincia de Santiago del
providencia:                               Dra. OLGA MABEL JULIAN DE                  Estero.-
"La Banda, 2 de junio del 2010…            SALAS - Pro-Secretaria                     IIº).- Decretar la Inhibición General de
Que, atento al estado del proceso,         Nº 209.146 - e. 02 julio - v. 06 julio -   Bienes del fallido para disponer y
declárese abierto el juicio SUCESORIO      p. 60 - $ 22,50.-                          gravar sus bienes, con comunicación a
d e lo s e x t i n t o s T E S EY R A                                                 los registros respectivos.-
F RANCISCO Y SAYAG O                       EDICTO SUCESION                            IIIº).- Por Secretaría y a los fines que
MERCEDES. Cítese y emplácese a             Juzgado Civil y Comercial de 3º            establecían los arts. 165 y 166 de la
herederos y acreedores por el término      Nominación, autos: "LIZARRAGA              Ley Orgánica de los Tribunales, tómese
de Treinta Días comparezcan hacer          DELFIN ESTERGIDIO                          razón de la apertura de la presente
valer sus derechos bajo apercibimiento     s/SUCESION", cita y emplaza término        Quiebra en el Registro Público de
de ley, los que se publicarán mediante     de Treinta Días herederos, acreedores,     Comercio y Registro de Concursos y
Edictos por Tres veces en el Boletín       et c. , del ca us a nt e DELFIN            Quiebras y de la Inhibición General de
Oficial y diario de mayor circulación.     ETERGIDIO LIZARRAGA y/o                    Bienes de la fallida para disponer y
Martes y Viernes para notificaciones en    DELFIN ESTERGIDO LIZARRAGA,                gravar sus bienes en el Libro de
la oficina" -                              comparezcan hacer valer sus derechos       Inhibiciones. Asimismo informe la
Fdo. Dr. Víctor Manuel (h), Juez. Ante     en el presente juicio, bajo                Actuaría sobre la existencia de
mí: Dra. Lila Perracini de Gaona -         apercibimiento de ley.                     concursos y quiebras anteriores.-
Secretaria.-                               Delcia Mujica Paz - Secretaria.            IVº).- Ordenar al fallido y a los terceros
Santiago del Estero, 28 de junio de        Secretaría, 24 de junio de 2010.-          la entrega al Síndico a designarse de los
2010.-                                     Dra. OLGA MABEL JULIAN DE                  bienes de propiedad de aquélla que
Dra. LILA PERRACINI DE GAONA               SALAS - Pro-Secretaria                     tuvieren en su poder.- Vº).- Decretar la
- Secretaria                               Nº 209.144 - e. 02 julio - v. 06 julio -   prohibición de hacer pagos al fallido,
Nº 209.111 - e. 01 julio - v. 05 julio -   p. 50 - $ 15,00.-                          los que serán ineficaces.-
p. 100 - $ 30,00.-                                                                    VIº).- Ordenar la interceptación de la
                                           EDICTO SUCESION                            correspondencia del fallido, la que será


                                                              7
Boletín Oficial Nº 19.263                                                                   Lunes 5 de Julio de 2010
                     2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO

entregada al Síndico, a cuyos fines se        Fdo: Dr. FERNANDO DRUBE - Juez.            LO R E N Z O y/ o Q UIEN S E
librarán los oficios pertinentes.-            Ante mí: Dra. ALEJANDRA I. R.              CONSIDERE CON DERECHO, sobre
VIIº).- Disponer la comunicación              BARBESINO - Secretaria.- Es copia          un inmueble Lote con el Nº 16 de la
necesaria para asegurar el cumplimiento       fiel, doy fe.                              Mza. "B" ubicada en Villa Rosita, de la
del art. 103 de la LCQ.- VIIIº).-             La presente publicación se realiza sin     Ciudad de La Banda, inscripto en el
Ordenar la realización de los bienes del      necesidad de previo pago, en atención a    R.P.I. bajo el Nº 200 en Fº 129 año
deudor, la que quedará a cargo del            lo prescrito por el art. 89 de la Ley      1954, con la superficie de 1.583,49
Síndico.-                                     24.522.-                                   m2., la que se admite en cuanto por
Xº).- Ordenar la confección de un             Secretaría, 28 de Junio del 2010.-         derecho procediere y se tramitará por la
Inventario de Bienes de la deudora a          ELSA MARIA COLOMER - Jefe de               vía del proceso ORDINARIO (Arts.
llevarse a cabo por el señor Oficial de       Departamento                               334, 335, 341 y s.s. del C.P.C.C.).
Justicia, en el término de treinta días y     Nº 209.081 - e. 30 junio - v. 06 julio -   Agréguese la documental acompañada.
comprendiendo sólo rubros generales, y        Sin Cargo.-                                Correas traslado de la demanda para
que proceda a la incautación de                                                          que en el término de QUINCE DIAS, el
aquéllos.-                                    EDICTO PRESCRIPCION                        demandado y/o sucesores comparezcan
XIº).- Fijar como fecha a los fines de la     Sr. Juez en lo Civil y Com., de 5ta.       y contesten bajo apercibimiento a lo
designación del Síndico el día 06 de          Nom.- Expte. Nº 412.435 caratulado:        dispuesto en el Art. 62 del citado
Julio de 2010 a las DIEZ Y TREINTA            "DI SANTO FRANCISCO ROMAN                  cuerpo legal. Asimismo, para que
(10:30) HORAS, en la Secretaría del           c/GEREZ RAMON LORENZO Y/U                  constituyan domicilio a los efectos
Juzgado, debiéndose notificar al              O T R O S s / PR E S C R I P C I O N       procesales dentro del radio del Juzgado
Consejo Profesional de Ciencias               ADQUISITIVA VEINTEAÑAL",                   y ofrezcan las pruebas de que intenten
Económicas a tales efectos.-                  cita y emplaza a los Sres. Ramón           valerse, bajo apercibimiento de lo
XIIº).- Hacer conocer a los Jueces de         Lorenzo Gerez y Manuel Gerez y/o           dispuesato por los Arts. 342 y 360 del
ésta y de extraña Jurisdicción la             herederos y/o quienes se consideren        C.P.C.C. Téngase presente las pruebas
presente a fin de que se sirvan remitir a     con derecho sobre el Inmueble ubicado      ofrecidas y resérvese a su proveído para
este Juzgado los juicios de contenido         sobre camino vecinal Los Flores, Dpto.     la etapa procesal oportuna. A los demás
patrimonial alcanzados por el art. 132        Capital, distrito Municipio, Provincia     oportunamente si procediere. Martes y
de la Ley 26.086/06 que se                    de Santiago del Estero; denominado         viernes para la notificación en la
substanciaren en contra de la fallida         Fracción Parte de los Flores, compuesto    oficina. Habiéndose llevado a cabo
(con excepción de los procesos                de una superficie sobre polígono           todas las diligencias tendientes a la
determinados en el 2do. párrafo del art.      A-B-C-D-E-F-A de 7.475.06 m2.,             determinación del domicilio del
21, LCQ, salvo las ejecuciones de             para que dentro del término de DIEZ        demandado, sin que se haya podido
créditos con garantías reales); los           DIAS, desde la última publicación          determinar el mismo, cítese al
juicios atraídos quedarán radicados por       comparezcan y constituyan domicilio        demandado Sr. Francisco Lorenzo
ante este Juzgado. A tales fines se           legal dentro del radio del Juzgado, bajo   Ceballos y/o quien se considere con
librarán los pertinentes oficios.- XIIIº).-   apercibimiento de designar como su         derecho a comparecer al proceso
Fijar el día 22 de septiembre de 2010         representante legal al Sr. Defensor de     mediante edictos, por DOS DIAS en el
como fecha hasta la cual los acreedores       Ausentes.                                  Boletín y un diario de mayor
deberán presentar al Síndico las              Secretaría, Santiago del Estero, 28 de     circulación, bajo apercibimiento de
peticiones de verificación y los títulos      junio del 2010.-                           designar a la Sra. Defensora de
de sus créditos.-                             Dra. ALICIA E. BRIM - Secretaria           Ausentes para que la represente en la
XIVº).- Fijar el día 25 de octubre de         Nº 209.141 - e. 02 julio - v. 05 julio -   presente causa.
2010 como fecha en la que el Síndico          p. 110 - $ 22,50.-                         Fdo.: Dr. Víctor Manuel Rotondo -
designado deberá presentar el Informe                                                    Juez, ante mí: Dra. Lila Perracini de
Individual de los créditos.-                  EDICTO CITACION                            Gaona.
XVº) Hacer saber a la sindicatura que         Juzgado Civil y Comercial de La            Secretaría, 23 de Abril del año 2010.-
dentro del término de TREINTA (30)            Banda: Autos: "CAMACHO RAUL                Dra. LILA PERRACINI DE GAONA
DIAS HABILES, contados a partir del           c/CEBALLOS FRANCISCO s/                    - Secretaria.
día siguiente de la presentación del          PRESCRIPCION ADQUISITIVA"                  Nº 209.129 e. 02 julio - v. 05 julio - p.
informe individual, deberá presentar el       La Banda, 13 de Abril de 2010.             300 - $ 60,00.-
informe general a que alude el artículo       Agréguese y téngase presente los
39 de la Ley 24.522. (art. 200, 6to.          recaudos adjuntos. Habiéndose dado         EDICTO CITACION
Párr., LCQ).-                                 cumplimiento con el decreto que            Juzgado Civil y Comercial de La
XVIº) Ordenar la publicación de               antecede, atento a lo manifestado y        Banda. Autos: "CAMACHO, RAUL
edictos en la forma prescrita por el art.     constancias de autos, provéase el          c/ CARRIZO JORGE MARIA Y
89 de la Ley de Concursos y Quiebras.-        escrito de demanda: Por formalizada        FELV ONIA DEL ROSARIO
Resérvese el original de la presente por      dema nda de PRESCRIPCIO N                  TEVEZ s/PRESCRIPCION",
Secretaría, agréguese copia autorizada        ADQUISITIVA VEINTEAÑAL en                  notifica el siguiente decreto: "La Banda,
en autos y hágase saber.-                     contra de CEBALLOS FRANCISCO               31 de Mayo de 2010.- Agréguese y


                                                                 8
Boletín Oficial Nº 19.263                                                                 Lunes 5 de Julio de 2010
                   2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO

téngase presente los recaudo adjuntos.     Autos: " CAMACH O RAUL                      siguientes medidas y linderos: Línea
Atento el estado de autos provéase el      c/CARABAJAL DE GOMEZ                        A-B mide cuarenta y nueve metros y
escrito de demanda.- Por formalizada       ETELVINA s/PRESCRIPCION                     quince centímetros (49,15 m.) y linda
dema nda de PRESCRIPCIO N                  ADQUISITIVA". Cítase y emplácese,           con Lote Nº 1 Pte Lote 7 de Domingo
ADQUISITIVA VEINTEÑAL en                   a la Sra. ETELVINA CARABAJAL                Coronel y Lote Nº 2 Pte. de Lote 7 de J.
contra de MARIA CARRIZO Y                  DE GOMEZ y/o QUIEN SE                       Pio Mourkarzel hoy Gerez; Línea B-C
FELVONIA DEL ROSARIO TEVEZ,                CONSIDERE CON DERECHO sobre                 mide nueve metros con setenta y cinco
sobre un Lote de terreno ubicado en la     el siguiente inmueble: Fracción de          (9,75m.) por donde linda con Av.
Ciudad de La Banda parte del inmueble      terreno: ubicado en la ciudad de La         Belgrano; Línea C-D mide cincuenta
denominado San Carlos, designado           Banda, Villa Rosita, parte de un            metros y ochenta y cinco (50,85 m.) por
como Lote Nº 14, de la Mza. "B",           inmueble denominado San Carlos, y se        donde linda con Lotes Nº 5 y 11 de
consistente de 11,73 m. frente al norte    designa en el plano de Levantamiento        Angélica de Mulki; Línea D-A mide
por 11,70 m de contra frente por 38,30     T errit oria l para pres cripción           diez metros (10 m.) por donde linda con
m de fondo, inscripto en el Registro con   Adquisitiva como LOTE Nº 2, de la           calle Las Talas, con una superficie total
el Nº 508 en Fº 357 año 1951, la que se    Mza. "B", compuesto dicho lote de las       de 490 m2, según el Plano de
admite en cuanto por derecho               siguientes medidas y linderos: 11,70        Levantamiento Territorial para
procediere y se tramitará por la vía del   mts. de frente e igual de contra frente     Prescripción Adquisitiva confeccionado
proceso ORDINARIO (Art. 334, 335,          por 39 mts. de fondo al oeste y 39,20       por el Ing. Agrimensor Walter Daniel
341 y s.s. del C.PÑ.C.C). Agréguese la     mts. de fondo al este y linda: al Norte,    Acosta a nombre del actor como
documental acompañada. Córrase             con Lote Nº 15; al sud, con Calle           poseedor aprobado y registrado en la
traslado de la demanda para que en el      Pública; al Este, con Lote Nº 1 y al        Dirección General de Catastro en
término de QUINCE DIAS, el                 Oeste, con el Lote Nº 3.- Inscripto en el   Expte. Nº 11187-28-2004 e inscripto
demandado y/o sucesores comparezcan        R.P.I. bajo el Nº 758 en Fº 1262, Año       en el Registro de Plano bajo el Nº 2900,
y contesten bajo apercibimiento a lo       1965, con una superficie 1.583,49 m2,       Legajo 05, Año 2004, afectando el
dispuesto en el Art. 62 del citado         para que en el término de QUINCE            dominio inscripto en el Registro Gral.
cuerpo legal.- Asimismo, para que          DIAS, posteriores a la ultima               de la Propiedad Inmueble bajo el Tº 58,
constituyan domicilio a los efectos        publicación comparezcan a estar a           Nº 153, Fº 95; Año 1957 Depto. Banda
procesales dentro del radio del Juzgado    derecho en este juicio, bajo                a nombre de Elena Miguel, María Nidia
y ofrezcan las pruebas de que intenten     apercibimiento de nombrársele por su        Miguel, Martha Ofelia Trinidad
valerse, bajo apercibimiento de lo         representante legal a la Sra. Defensora     Miguel, Domingo Miguel, Salomón
dispuesto por los Art. 342 y 360 del       de Ausentes e Incapaces.                    Miguel, Jacobo Miguel, Jorge Sixto
C.P.C.C. Téngase presente las pruebas      Fdo. Dr. Víctor Manuel Rotondo - Juez,      Miguel, Alfonso Miguel, Marcelo
ofrecidas y resérvese a su proveído para   ante mí: Dra. Lila Perracini de Gaona.      Torcuato Miguel y Lidia Miguel de
la etapa procesal oportuna.- A lo demás    Secretaría, 23 de Abril del año 2010.-      Hallak.-
oportunamente si procediere.- Martes y     Dra. LILA PERRACINI DE GAONA                2) Imponer las costas en el orden
Viernes para la notificación en la         - Secretaria.                               causado al no haber mediado
Oficina.-                                  Nº 209.128 - e. 02 julio - v. 05 julio -    controversia.
Habiéndose llevado a cabo todas las        p. 175 - $ 37,50.-                          3) Diferir la regulación de honorarios
d i l ig e n ci a s t en d ien t es a la                                               profesionales para la oportunidad en el
determinación del domicilio del            EDICTO PRESCRIPCION                         que se determine el monto litigioso.-
demandado y/o quien se considere con       Juez Civil y Comercial de La Banda, en      (art. 47 Ley 21.389).-
derecho a comparecer al proceso            autos: "DIAMBRA ARMANDO                     4) Disponer la notificación de la
mediante edictos, por DOS DIAS en el       c/MIGUEL ELENA Y OTRO s/                    presente mediante la publicación de
Boletín Oficial y un Diario de mayor       PRESCRIPCION ADQUISITIVA                    edictos por dos veces en el Boletín
circulación, bajo apercibimiento de        DE DOMINIO".                                Oficial y en un diario de los de mayor
designar a la Sra. Defensora de            Y VISTOS… Y CONSIDERANDO ..                 circulación en la Provincia. Y mediante
Ausentes para que la represente en la                  RESUELVO:                       la notificación personal del Sr.
presente causa.                            1) Hacer lugar a la demanda y en su         Defensor Oficial en su público
Fdo. Dr. Víctor Manuel Rotondo -           mérito DECLARAR que el actor                Despacho.-
Juez.- Ante mí: Dra. Lila Perracini de     Armando Roberto Diambra D.N.I.              5) Ordenar la Inscripción del dominio
Gaona - Secretaria.-                       13.511.486, ha adquirido por                del bien inmueble usucapido a nombre
Secretaría, 30 de Junio del año 2010.-     usucapión el dominio del inmueble           del actor en el Registro Gral. de la
Dra. LILA PERRACINI DE GAONA               urbano ubicado en Av. Belgrano Nº           Propiedad Inmueble una vez consentida
- Secretaria.                              2236 y Los Tales s/nº, identificado         o ejecutoriada que fuere esta sentencia.-
Nº 209.127 - e. 02 julio - v. 05 julio -   como fracción de Terreno, Lote Nº 6         Notifíquese, agréguese copia de la
p. 300 - $ 60,00.-                         Manzana 223 (75), ubicado en el             presente cuyo original se archivará por
                                           Distrito Rincón, ciudad de La Banda,        Secretaría.-
EDICTO PRESCRIPCION                        Depto. Banda, formado un Polígono           Fdo. Víctor Manuel Rotondo, Juez.
Juzgado Civil y Comercial de La Banda      A-B-C-D-A que cuenta con las                Ante mí: Dra. Lila Perracini de Gaona,


                                                              9
Boletín Oficial Nº 19.263                                                                 Lunes 5 de Julio de 2010
                    2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO

Secretaria. Es copia fiel de su original,   - Secretaria.
Doy fe.-                                    Nº 209.124 - e. 02 julio - v. 05 julio -
Secretaría, 22 de Junio del 2010.-          p. 410 - $ 90,00.-
Dra. LILA PERRACINI DE GAONA

                                    SECCION AVISOS VARIOS
          ASOCIACION DE                     del Balance 2009.                          VISTO: La Constitución de la
       FOMENTO VECINAL                      7º.- Lectura y puesta a consideración de   Provincia y la Carta Orgánica
"LA UNION HACE LA FUERZA"                   la Memoria Anual correspondiente al        Municipal; y
     SANTIAGO DEL ESTERO                    Ejercicio 2009.                            CONSIDERANDO:
             Convocatoria a                 8º.- Elección de los miembros titulares    Que, el Artículo 215º de la
         Asamblea Ordinaria                 y suplentes de la Honorable Comisión       Constitución      Provincial establece
Convócase a Asamblea Ordinaria de           Directiva de acuerdo al Art. 37 de         que:… "los municipios convocarán a
socios de la Asociación de Fomento "La      nuestro estatuto: Un Presidente, Un        elecciones entre los ciento veinte
Unión Hace la Fuerza" el día Viernes 9      Vicepresidente, Un Secretario, Un          (120) días y los cuarenta y cinco (45)
de Julio de 2.010 a la 18:00 horas con      Prosecretario, Un Tesorero, Un             días anteriores a la expiración del
Treinta minutos de tolerancia, para         Protesorero, Cuatro Vocales Titulares,     período de gobierno";
tratar el siguiente:                        Cuatro Vocales Suplentes.                  Que, asimismo tal previsión está
          ORDEN DEL DIA:                    9º.- Elección de la Comisión Revisora      contemplada en el Artículo 132º de la
1º - Fuera de Término Estatutario.-         de Cuentas de (Art. 62) dos miembros       Carta Orgánica Municipal;
2º - Designación de 2 (dos) socios para     titulares y de (Art. 63) dos miembros      Que, el próximo 31 de Octubre del año
firmar el acta.                             suplentes.                                 en curso fenecen los mandatos del señor
3º - Elección total de autoridades.         10º.- Designación de dos socios            Intendente Municipal y Concejales
Santiago del Estero, 01 de Julio de         presentes para refrendar el acta.          Titulares y Suplentes por el período
2010.                                       Ing. JUAN CARLOS LETURIA -                 que fueron elegidos;
ZULMA BEATRIZ RUIZ - Presidente             Tesorero                                   Que, en consecuencia se estima
CLAUDIA PATRICIA BUSTOS -                   Nº 209.135 - e. 02 julio - v. 06 julio -   pertinente       dictar la medida
Tesorero                                    p. 150 - $ 45,00.-                         correspondiente con la suficiente
Nº 209.142 - e. 02 julio - v. 06 julio -                                               antelación, a fin de posibilitar que los
p. 60 - $ 22,50.-                                       KOSASRICAS                     Partidos Políticos que intervengan en la
                                                 SANTIAGO DEL ESTERO                   elección, realicen los actos necesarios
             OLD LYONS                             TRANSFERENCIA DE                    para la difusión de sus postulados y
            RUGBY CLUB                      FONDO DE COMERCIO                          conocimiento, por parte          de los
     SANTIAGO DEL ESTERO                    Avisa Don Gastón Iván Roldán               ciudadanos, de los respectivos
           Convocatoria a                   Contador Público, con oficinas en la       candidatos;
    Asamblea General Ordinaria              calle Av. Alsina (O) Nº 674 - Bº           Que, es también menester dejar
En Reunión de fecha 28/06/2010 la           Ramón Carrillo - ciudad de Santiago        establecido el Sistema Electoral
Honorable Comisión Directiva de Old         del Estero, Teléfono (0385) 422-6042       aplicable a cada una de las categorías
Lyons Rugby Club, resuelve Convocar         y Cel. (0385) 156-989531, que por su       de candidatos que se            elegirán,
a Asamblea General Ordinaria, para el       intermedio la señora Lucia Miriam          conforme lo normado en los Artículos
día jueves 15 de julio de 2010 a 21,30      Siufi (CUIT 27-14211709-1) vende a         Nº 57º, 123º y conc. de la Carta
horas en el salón social de nuestro Club    la señora Ana Elizabeth Coronel el         Orgánica Municipal;
sito en calle Pastor Mujica s/nº del        negocio de venta de pan y panificados y    Que, el presente Decreto Acuerdo se
Parque Aguirre de la ciudad de              actividades         complementarias        dicta en uso de las atribuciones
Santiago del Estero para tratar el          denominado KOSASRICAS, ubicado             emergentes del Artículo 65º, inc. 20 de
siguiente:                                  en la calle Av. Alsina (O) Nº 688 Esq.     la Carta Orgánica Municipal;
         ORDEN DEL DIA:                     Moreno (s), Local 2, Bº Ramón              POR ELLO, y en uso de facultades que
1º.- Celebración de Asamblea Fuera de       Carrillo, ciudad de Santiago del Estero,   le son propias,
Término Estatutario : Informe a la          libre de todo gravamen y deuda.                      EL INTENDENTE
Asamblea sobre las razones.                 Domicilio de las partes y reclamos de                   MUNICIPAL
2º.- Lectura y puesta a consideración de    la ley en nuestras oficinas.-              EN ACUERDO DE SECRETARIOS
la Memoria Anual correspondiente al         ROLDAN GASTON I. - C.P.                                 DECRETA:
Ejercicio 2008.                             Nº 209.093 - e. 30 junio - v. 06 julio -   ARTICULO 1º.- CONVOCASE al
3º.- Lectura y puesta a consideración       p. 80 - $ 45,00.-                          Electorado de la Ciudad de Santiago del
del Balance 2008.                                                                      Estero a elegir INTENDENTE
4º.- Lectura del informe de la Comisión           MUNICIPALIDAD DE                     MUNICIPAL a simple pluralidad de
Revisora de Cuentas.                           SANTIAGO DEL ESTERO                     sufragios y DOCE (12) CONCEJALES
5º.- Lectura y puesta a consideración de          DECRETO ACUERDO                      T IT U LA R ES y DO CE (12)
la Memoria Anual correspondiente al                     Nº 310 "G"                     SUPLENTES bajo el Sistema
Ejercicio 2009.                             Santiago del Estero, 29 de Junio de        Proporcional D`HONT, para el día 5 de
6º.- Lectura y puesta a consideración       2010.-                                     Septiembre de 2010, debiendo


                                                              10
Boletín Oficial Nº 19.263                                                                   Lunes 5 de Julio de 2010
                    2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO

respetarse para la conformación de la       correspondiente con la suficiente            Dr. MIGUEL A. MANDRILLE -
lista de candidatos lo dispuesto en el      antelación a fin de posibilitar que los      Intendente
Artículo 32º de la Carta Orgánica           Partidos Políticos que intervengan en la     Nº 209.105 - e. 1 Julio - v. 5 Julio - p.
Municipal, en mérito a los                  elección realicen los actos necesarios       320 - $ 97,50.-
considerandos que preceden.-                para la difusión de sus postulados y
ARTICULO 2º.- La Elección se                conocimiento, por parte de los                      MUNICIPALIDAD DE
realizará utilizando para la misma el       ciudadanos, de los respectivos                              TINTINA
Padrón Electoral Nacional vigente que       candidatos.                                             (Dpto. Moreno)-
corresponda a la Jurisdicción de la         Que es también menester dejar                     SANTIAGO DEL ESTERO
Ciudad Capital, al que se le agregará el    establecido el sistema electoral             DECRETO Serie "A" Nº 025/2010.
Padrón de Extranjeros.-                     aplicable a cada una de las categorías       Tintina, 28 de Junio de 2010.-
ARTICULO 3º.- comuníquese,                  de candidatos que se elegirán conforme       VISTO: La Constitución de la
publíquese en el Boletín Oficial y          lo normado en el articulo 78 y cc del        Provincia, el Código Electoral
diarios de mayor circulación por el         Código Electoral Provincial.                 Provincial aprobado por Ley Nº 6.908
término de cinco (5) días y archívese.-     Que el presente decreto se dicta en uso      y lo dispuesto por la Ley Orgánica de
   HUGO ORLANDO INFANTE -                   de las atribuciones emergentes del           Municipalidades Nº 5.590; y,
               Intendente                   articulo 76 del Código Electoral             CONSIDERANDO:
Sr. HUMBERT O EDUARDO                       Provincial y el Articulo 79, inciso 19,      Que el artículo 215 de la Constitución
SANTILLAN - Secretario de Gobierno          de la Ley Orgánica de Municipalidades        Provincial establece que "Los
Arq. CARLOS RAFAEL                          5590.                                        Municipios convocarán a elecciones
GIAMBRONI - Secretario de                   POR ELLO;                                    entre los ciento veinte días y los
Planeamiento Obras y Serv. Públicos                EL INTENDENTE DE LA                   cuarenta y cinco días anteriores a la
C.P.N. JUAN MANUEL                          MUNICIPALIDAD DE SELVA, DR.                  expiración         del período de
BELTRAMINO - Sec. Coordinación                MIGUEL ANGEL MANDRILLE,                    gobierno".
de Gabinete                                                EN USO DE                     Que el Código Electoral Provincial en
C.P.N. GABRIEL ARTURO LLAPUR                           SUS FACULTADES                    su Capítulo IV artículo 76, dispone que
-Secretario de Economía                                     DECRETA:                     la Convocatoria a elecciones de
e. 30 junio - v. 06 julio - p. 300 - $      ARTICULO 1/.- Fijase el día 5 de             Intendente y Concejales la hará el
165,00.-                                    Septiembre del año 2010 como fecha           Departamento Ejecutivo por lo menos
                                            para las elecciones de Intendente y          con sesenta días de anticipación,
         MUNICIPALIDAD                      Concejales de la Ciudad.                     debiendo ser comunicada al Tribunal
              DE SELVA                      ARTICULO 2/.- Convocase al                   Elect or al y p ub licársela
     SANTIAGO DEL ESTERO                    electorado de la Ciudad de Selva, para       fehacientemente;
       DECRETO N/ 203/2010                  que en la fecha fijada en el Articulo        Que el próximo 31 de octubre del
Selva, 30 de Junio de 2.010.-               P r i m e r o , p r oce d a a e l e g i r    corriente año fenecen los mandatos de
VISTO: La Constitución de la                INTENDENTE             Y      6 (SEIS)       los Señores Concejales y del Intendente
Provincia y el Código Electoral             CONCEJALES TITULARES Y 6                     Municipal por expiración del período
Provincial Aprobado por Ley N/              (SEIS) CONCEJALES SUPLENTES,                 por el cual fueron elegidos;
6.908;                                      conforme al Sistema Electoral                Que en consecuencia corresponde dictar
Y CONSIDERANDO:                             establecido en el articulo 78 incisos a, b   la medida pertinente con la suficiente
Que el Articulo 215 de la Constitución      y cc, del Código Electoral Provincial        antelación, a fin de posibilitar que los
Provincial establece que.."Los              aprobado por Ley N/ 6908,                    Partidos Políticos que intervengan en la
municipios convocaran a elecciones          garantizándose el 50% de los cargos          elección, realicen los actos necesarios
entre los ciento veinte días y los          electivos para cada genero.                  para la difusión de sus postulados y
cuarenta y cinco días anteriores a la       ARTICULO 3/.- La elección se realiza         conocimiento, por parte de los
expiración del periodo de gobierno".        en la fecha fijada precedentemente           ciudadanos, de los respectivos
Que asimismo el Código Electoral            utilizando para la misma el padrón           candidatos;
Provincial en su Capitulo IV articulo       electoral nacional vigente que               Que es menester dejar establecido el
76, dispone que la Convocatoria, para       corresponda a la jurisdicción de la          sistema electoral aplicable a cada una
la elección de intendente y concejales lo   Ciudad al que se le agregara el padrón       de las categorías de candidatos que se
hará el Departamento Ejecutivo por lo       de extranjeros.                              elegirán, conforme lo normado en el
menos con sesenta días de anticipación      ARTICULO 4.- El tribunal electoral           artículo 78 y ccdtes. del Código
debiendo ser comunicada al Tribunal         de la Provincia será autoridad               Electoral Provincial.
Elect or al y p ub licá rsela               competente y determinara el                  Que el presente decreto se dicta en uso
fehacientemente.                            cronograma de acciones para el normal        de las atribuciones del artículo 76 del
Que el próximo 31 de octubre del            desenvolvimiento del acto eleccionario       Código Electoral Provincial y el
corriente año fenecen los mandatos de       de conformidad con lo establecido por        artículo 79 inc. 19 de la Ley Orgánica
los señores Concejales y del intendente     el articulo 77 del Código Electoral          de Municipalidades Nº 5.590;
Municipal por expiración del periodo        Provincial.                                  Por ello,
por el cual fueron elegidos.                ARTICULO 5/.- Comuníquese,                        El Intendente Municipal de la
Que en consecuencia se estima               Publíquese, dese al Registro Oficial y                 Ciudad de Tintina en
p ertinente dict a r la medida              Archívese.                                           Acuerdo de Secretarios


                                                               11
Boletín Oficial Nº 19.263                                                                 Lunes 5 de Julio de 2010
                   2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO

              DECRETA:                     Provincial aprobado por Ley Nº 6.908;       Artículo 3º - Convócase al electorado
Artículo1º- Fíjase el día 5 de             y                                           de la Ciudad de Villa Ojo de Agua, para
septiembre del año 2010 como fecha         CONSIDERANDO:                               que en la fecha fijada en el Artículo
para la realización de las elecciones de   Que el artículo 215 de la Constitución      Primero, proceda a elegir SEIS (6)
Intendente y Concejales de la Ciudad de    Provincial establece que "Los               CONCEJALES TITULARES y SEIS
Tintina, Departamento Moreno,              Municipios convocarán a elecciones          (6) CONCEJALES SUPLENTES,
Provincia de Santiago del Estero.          entre los ciento veinte días y los          conforme al Sistema Electoral
Artículo 2º - Convócase al electorado      cuarenta y cinco días anteriores a la       establecido en el Artículo 78 inc. b y cc
de la Ciudad de Tintina, para que en la    expiración          del período de          del Código Electoral Provincial
fecha fijada en el Artículo Primero,       gobierno".                                  aprobado por Ley Nº 6.908,
proceda a elegir Intendente Municipal,     Que asimismo el Código Electoral            garantizándose el 50% de los cargos
de acuerdo a lo establecido por el         Provincial en su Capítulo IV artículo       electivos para cada género.
artículo 78 inc. a) del Código Electoral   76, dispone que la Convocatoria a           Artículo 4º - La elección se realizará
Provincial aprobado por Ley Nº 6.908.      elecciones de Intendente y Concejales lo    en la fecha fijada precedentemente
Artículo 3º - Convócase al electorado      hará el Departamento Ejecutivo por lo       utilizando para la misma el padrón
de la Ciudad de Tintina, para que en la    menos con sesenta días de anticipación,     electoral nacional vigente que
fecha fijada en el Artículo Primero,       debiendo ser comunicada al Tribunal         corresponda a la jurisdicción de la
p r o ced a a elegir SEIS (6 )             Electoral y pub licárs ela                  Ciudad, al que se le agregará el padrón
CONCEJALES TITULARES y SEIS                fehacientemente;                            de extranjeros.
(6) CONCEJALES SUPLENTES,                  Que el próximo 31 de octubre del            Artículo 5º - El Tribunal Electoral de
conforme al Sistema Electoral              corriente año fenecen los mandatos de       la Provincia será autoridad competente
establecido en el Artículo 78 inc. b) y    los Señores Concejales y del Intendente     y determinará el cronograma de
ccdtes. del Código Electoral Provincial    Municipal por expiración del período        a cciones par a el nor ma l
aprobado por Ley Nº 6.908,                 por el cual fueron elegidos;                desenvolvimiento del acto eleccionario
garantizándose el 50% de los cargos        Que en consecuencia se estima               de conformidad con lo establecido en el
electivos para cada género.                p er t inent e dictar la medida             Artículo 77 del Código Electoral
Artículo 4º - La elección se realizará     correspondiente con la suficiente           Provincial.
en la fecha fijada precedentemente         antelación, a fin de posibilitar que los    Artículo 6º - Comuníquese,
utilizando para la misma el padrón         Partidos Políticos que intervengan en la    publíquese, dése al BOLETIN
electoral nacional vigente que             elección, realicen los actos necesarios     OFICIAL y archívese.
corresponda a la jurisdicción de la        para la difusión de sus postulados y        RODOLFO LINO CAPPELLINI
Ciudad, al que se le agregará el padrón    conocimiento, por parte de los              -Intendente.
de extranjeros.                            ciudadanos, de los respectivos              JUAN SERVANDO GOMEZ -
Artículo 5º - El Tribunal Electoral de     candidatos;                                 Secretario de Gobierno.
la Provincia será autoridad competente     Que es menester dejar establecido el        Nº 209.116 - e. 01 julio - v. 05 julio -
y determinará el cronograma de             sistema electoral aplicable a cada una      p. 380 - $ 120,00.-
a cc i o n e s p a r a e l nor ma l        de las categorías de candidatos que se
desenvolvimiento del acto eleccionario     elegirán conforme lo normado en el                 MUNICIPALIDAD DE
de conformidad con lo establecido en el    artículo 78 y cc del Código Electoral                 COLONIA DORA
Artículo 77 del Código Electoral           Provincial.                                          Dpto. Avellaneda -
Provincial.                                Que el presente decreto se dicta en uso         SANTIAGO DEL ESTERO
Artículo 6º - Comuníquese,                 de las atribuciones emergentes del             DECRETO SERIE Nº 015/2010
publíquese, dése al Registro Oficial y     artículo 76 del Código Electoral            Colonia Dora, 28 de Junio de 2010.
archívese.                                 Provincial y el artículo 79 inc. 19 de la   VISTO: Lo Dispuesto por la
Prof. EDUARDO ALMARAZ -                    Ley Orgánica de Municipalidades Nº          Constitución de la Provincia, en el
Intendente.                                5.590;                                      Artículo 215 y atento a que se
ALFREDO DE JESUS SOSA -                    Por ello,                                   encuentran próximos a vencer los
Secretario de Gobierno.                           El Intendente Municipal, en          mandatos del Intendente y Concejales
RICARDO ALBERTO MOLINA -                             Acuerdo de Secretarios            de la Municipalidad de Colonia Dora. Y
Secretario de Hacienda.                                   DECRETA:                     CONSIDERANDO:
Nº 209.117 - e. 01 julio - v. 05 julio -   Artículo1º- Fíjase el día 5 de              Que Conforme la normativa vigente
p. 500 - $ 150,00.-                        septiembre del año 2010 como fecha          resulta necesario proceder a efectuar en
                                           para la realización de las elecciones de    tiempo y forma la Convocatoria a
      MUNICIPALIDAD DE                     Intendente y Concejales de la Ciudad de     Elecciones para cubrir los cargos de
          LA CIUDAD DE                     Villa Ojo de Agua.                          Intendente y Concejales.
      VILLA OJO DE AGUA                    Artículo 2º - Convócase al electorado       Que en virtud de lo dispuesto por la Ley
    SANTIAGO DEL ESTERO                    de la Ciudad de Villa Ojo de Agua, para     Nº 6.807 el Intendente será elegido
      DECRETO Nº 017/2010                  que en la fecha fijada en el Artículo       directamente por el Electorado del
Villa Ojo de Agua, Santiago del Estero,    Primero, proceda a elegir Intendente de     Municipio a simple pluralidad de
Junio 29 de 2010.                          acuerdo a lo establecido en el Art. 78      sufragios.-
VISTO: La Constitución de la               inc. a del Código Electoral Provincial      Que la elección de los concejales se
Provincia, el Código Electoral             aprobado por Ley Nº 6.908.                  efectuará con la lista de candidatos


                                                             12
Boletín Oficial Nº 19.263                                                                  Lunes 5 de Julio de 2010
                   2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO

oficializadas por ante el Tribunal         Rep.: Convocatoria Elecciones                ARTICULO 1º: Convócase al
Electoral de la Provincia y bajo el        Municipales                                  electorado de la Ciudad, para que en la
sistema D`Hont para la adjudicación de     VISTO: La          Constitución de la        fecha fijada en el Artículo Primero,
las bancas tanto para titulares como       Provincia, y el Código Electoral             proceda a elegir Intendente de acuerdo
para suplentes garantizándose el cupo      Provincial aprobado por Ley 6.908; Y         a lo establecido en el 78 inc. a del
del 50% para cada género.-                 CONSIDERANDO:                                Código Electoral Provincial aprobado
Que el Tribunal Electoral Provincial       Que, el Artículo 215 de la Constitución      por Ley Nº 6.908.-
tendrá competencia a los fines de la       Provincial establece que.. "los              ARTICULO 2º: Convócase al
fijación del Cronograma Electoral y el     municipios convocarán a elecciones           electorado de la Ciudad, para que en la
normal desarrollo del Acto Eleccionario    entre los ciento veinte días y los           fecha fijada en el Artículo Primero,
conforme a lo dispuesto por la Ley         cuarenta y cinco días anteriores a la        proceda a elegir NUEVE (9)
Electoral Provincial Nº 6.668 y sus        e xpiración del período d e                  CONCEJALES TITULARES Y
modificatorias.                            gobierno".-                                  N U E V E ( 9 ) C O NC E J A L E S
Que a los fines de la Elección se          Que, Así mismo el Código Electoral           SUPLENTES, conforme al Sistema
utilizará el Padrón Nacional de            Provincial en su capitulo IV artículo 76     Electoral establecido en el artículo 78
electores, al que se agregará el Padrón    dispone que la Convocatoria para la          inciso b y cc del Código Electoral
de Extranjeros confeccionados en cada      elección de intendente y concejales lo       Provincial aprobado por Ley Nº 6.908,
Jurisdicción Municipal.-                   hará el Departamento Ejecutivo por lo        garantizándose el 50% de los cargos
Por todo ello:                             menos con sesenta días de anticipación       electivos para cada género.
   LA INTENDENTE MUNICIPAL                 debiendo ser comunicada al Tribunal          ARTICULO 3º: La elección se
           DE LA CIUDAD                    Elect or al y p ub licársela                 realizará en la fecha fijada
       DE COLONIA DORA EN                  fehacientemente.                             precedentemente utilizando para la
   ACUERDO DE SECRETARIOS                  Que, el próximo 31 de octubre del            misma el padrón electoral nacional
              DECRETA:                     corriente año, fenecen los mandatos de       vigente que corresponda a la
Artículo 1º: Convócase a elecciones        los señores Concejales y del Intendente      jurisdicción de la Ciudad al que se le
Municipales en distrito único y a simple   Municipal de la ciudad de Monte              agregará el padrón de extranjeros.
pluralidad de sufragios para Intendente    Quemando por expiración del período          ARTICULO 4º: El Tribunal Electoral
Municipal y seis (6) Concejales            por el cual fueron elegidos.                 de la Provincia será Autoridad
Titulares y seis (6) Concejales            Que, en consecuencia se estima               Competente        y determinará el
Suplentes, bajo el sistema proporcional    p er t inent e dictar la medida              cronograma de acciones para el normal
D`Hont para el día 05 de septiembre del    correspondiente con la suficiente            desenvolvimiento del acto eleccionario
2010 en méritos a lo considerado           antelación a fin de posibilitar que los      de conformidad con lo establecido por
precedentemente.-                          Partidos Políticos que intervengan en la     el Artículo 77 del Código Electoral
Artículo 2º: La Elección se realizará en   elección realicen los actos necesarios       Provincial.
la fecha precedente utilizando el Padrón   para la difusión de sus postulados y         ARTICULO 5º: Comuníquese,
Electoral Nacional al que se agregará      conocimiento, por parte           de los     Publíquese, Dése al BOLETIN
al Padrón de extranjeros.-                 ciudadanos, de los respectivos               OFICIAL y Archívese.-
Artículo 3º: El Tribunal Electoral de la   candidatos.                                  Departamento Ejecutivo, Junio 29 de
Provincia será Autoridad Competente        Que, es también menester dejar               2010.-
en el desarrollo de las elecciones,        establecido el sistema electoral             MANUEL ORLANDO CASTILLO -
conforme lo expresado en los               aplicable a cada una de las categorías       Intendente
considerándos del presente Decreto.-       de candidatos que se elegirán conforme       SILVIA MARIELA CASTILLO
Artículo 4º: El Presente Decreto será      lo normado en el artículo 78 y cc del        -Secretaria de Gobierno
Representado por los Sres. Secretarios.-   Código Electoral Provincial.                 Nº 209.120 - e. 01 julio - v. 05 julio -
Artículo 5º: Comuníquese, Regístrese,      Que, el presente decreto se dicta en uso     p. 330 - $ 105,00.-
Dése al BOLETIN OFICIAL y                  de las atribuciones emergentes del
Archívese.-                                artículo 76 del Código Electoral                   MUNICIPALIDAD DE
Dra. ROMINA S. ALLALLA -                   Provincial y el artículo 79, inciso 19, de             LA CIUDAD DE
Intendente                                 la Ley Orgánica de Municipalidades                       LOS JURIES
MONICA L. GARAMONA -Secretaria             5.590.                                          Los Juríes - Dpto. Taboada -
de Gobierno                                Por ello:                                        SANTIAGO DEL ESTERO
MIGUEL DE HARO - Secretario de               EL INTENDENTE MUNICIPAL                     DECRETO SERIE Nº 527/2010.-
Hacienda                                              DE LA CIUDAD                      Los Juríes (SE), 28 de Junio de 2010.-
Nº 209.113 - e. 01 julio - v. 07 julio -           DE MONTE QUEMADO                     VISTO: La         Constitución de la
p. 250 - $ 135,00.-                           ACUERDO DE SECRETARIOS                    Provincia, y el Código Electoral
                                                         DECRETA:                       Provincial aprobado por Ley 6.908 y lo
     MUNICIPALIDAD DE                      ARTICULO 1º: Fíjase el día 5 de              dispuesto por la Ley Orgánica de
      MONTE QUEMADO                        septiembre del año 2010 como fecha           Municipalidades Nº 5.590; y
      Departamento Copo -                  para las elecciones de Intendente y          CONSIDERANDO:
       Santiago del Estero                 Concejales de la Ciudad de Monte             Que, el Artículo 215 de la Constitución
     DECRETO SERIE "A"                     Quemado, Departamento Copo,                  Provincial establece que "Los
         Nº 0466/2010.-                    Provincia de Santiago del Estero.            Municipios convocarán a elecciones


                                                              13
Boletín Oficial Nº 19.263                                                                  Lunes 5 de Julio de 2010
                    2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO

entre los ciento veinte días y los           Artículo Primero, proceda a elegir         con sesenta días de anticipación,
cuarenta y cinco días anteriores a la        SEIS (6) CONCEJALES TITULARES              debiendo ser comunicada al Tribunal
expira ción d e l perío do de                Y SEIS (6 ) C O N C EJ A LES               Elect oral y publicárs ela
gobierno".-                                  SUPLENTES, conforme al Sistema             fehacientemente;
Que, el Código Electoral Provincial en       Electoral establecido en el artículo 78    Que el próximo 31 de Octubre del
su Capitulo IV artículo 76 dispone que       inciso b) y ccdtes. del Código             corriente año fenecen los mandatos de
la Convocatoria a elecciones            de   Electoral Provincial aprobado por Ley      los Señores Concejales y del Intendente
Intendente y Concejales lo hará el           Nº 6.908, garantizándose el 50% de los     Municipal por expiración del período
Departamento Ejecutivo por lo menos          cargos electivos para cada género.         por el cual fueron elegidos;
con sesenta días de anticipación,            ARTICULO 4º: La elección se                Que en consecuencia corresponde dictar
debiendo ser comunicada al Tribunal          realizará en la fecha fijada               la medida pertinente con la suficiente
Electoral y publicárs ela                    precedentemente utilizando para la         antelación, a fin de posibilitar que los
fehacientemente.                             misma el padrón electoral nacional         Partidos Políticos que intervengan en la
Que, el próximo 31 de octubre del            vigente que corresponda a la               elección, realicen los actos necesarios
corriente año, fenecen los mandatos de       jurisdicción de la Ciudad al que se le     para la difusión de sus postulados y
los señores Concejales y del Intendente      agregará el padrón de extranjeros.         conocimiento, por parte de los
Municipal por expiración del período         ARTICULO 5º: El Tribunal Electoral         ciudadanos, de los respectivos
por el cual fueron elegidos.                 de la Provincia será Autoridad             candidatos;
Que, en consecuencia corresponde             Competente        y determinará el         Que es también menester dejar
dictar la medida pertinente con la           cronograma de acciones para el normal      establecido el sistema electoral
suficiente antelación a fin de posibilitar   desenvolvimiento del acto eleccionario     aplicable a cada una de las categorías
que los Partidos Políticos que               de conformidad con lo establecido por      de candidatos que se elegirán, conforme
intervengan en la elección realicen los      el Artículo 77 del Código Electoral        lo normado en el artículo 78 y cc del
actos necesarios para la difusión de sus     Provincial.                                Código Electoral Provincial.
postulados y conocimiento, por parte         ARTICULO 6º: Comuníquese,                  Que el presente Decreto se dicta en uso
de los ciudadanos, de los respectivos        publíquese, dése al Registro Oficial y     de las atribuciones emergentes del
candidatos.                                  Archívese.-                                Artículo 76 del Código Electoral
Que, es menester dejar establecido que       Ing. BUENAVENTURA CEJAS -                  Provincial y el Artículo 79, inciso 19 de
el sistema electoral aplicable a cada una    Intendente                                 la Ley Orgánica de Municipalidades Nº
de las categorías de candidatos que se       SANTIAGO FRANCISCO ELALLE -                5.590;
elegirán conforme lo normado en el           Sec. De Obras y Serv. Públicos             Por ello,
artículo 78 y cctes. del Código Electoral    Dr. SERGIO FABIAN BARBUR -                      El Intendente Municipal de la
Provincial.                                  Sec. De Gob. Salud y Acción Social                    Ciudad de Quimilí,
Que, el presente decreto se dicta en uso     NORBERTO JORGE E. CAZANOBE                        en Acuerdo de Secretarios
de las atribuciones emergentes del           - Sec. Finanzas                                          DECRETA:
artículo 76 del Código Electoral             Nº 209.110 - e. 01 julio - v. 05 julio -   Artículo1º- Fíjase el día 5 de
Provincial y el artículo 79, inciso 19, de   p. 380 - $ 120,00.-                        Septiembre del Año 2010 como fecha
la Ley Orgánica de Municipalidades                                                      para la realización de las elecciones de
5.590.                                              MUNICIPALIDAD DE                    Intendente y Concejales de la Ciudad de
Por ello:                                                  QUIMILI                      Quimilí.
          EL INTENDENTE                            (Rivadavia y Sarmiento)              Artículo 2º - Convócase al electorado
         MUNICIPAL DE LA                                  - Quimilí -                   de la Ciudad de Quimilí, para que en la
              CIUDAD DE                          SANTIAGO DEL ESTERO                    fecha fijada en el Artículo Primero,
           LOS JURIES EN                      DECRETO Serie "A" Nº 05/2010.             proceda a elegir INTENDENTE Y
   ACUERDO DE SECRETARIOS                    Quimilí, 29 de Junio de 2010.-             NU E V E ( 9 ) C O N C E J A L E S
              DECRETA:                       VISTO: La Constitución de la               TITULARES Y NUEVE (9)
ARTICULO 1º: Fíjase el día 5 de              Provincia, el Código Electoral             C O NC EJ A LES S UP LENT E S ,
septiembre del año 2010 como fecha           Provincial aprobado por Ley Nº 6.908;      conforme al Sistema Electoral
para la realización de las elecciones de     y                                          establecido por el Artículo 78 incisos a,
Intendente y Concejales de la Ciudad de      CONSIDERANDO:                              b y cc. del Código Electoral Provincial
Los Juríes.                                  Que el Artículo 215 de la Constitución     aprobado por Ley Nº 6.908,
ARTICULO 2º: Convócase al                    Provincial establece que "Los              garantizándose el 50% de los cargos
electorado de la Ciudad, de Los Juríes,      Municipios convocarán a elecciones         electivos para cada genero.
para que en la fecha fijada en el            entre los ciento veinte días y los         Artículo 3º - La elección se realizará
Artículo Primero, proceda a elegir           cuarenta y cinco días anteriores a la      en la fecha fijada precedentemente
Intendente Municipal, de acuerdo a lo        expiración        del período de           utilizando para la misma el padrón
establecido en el artículo 78 inc. a) del    gobierno".                                 electoral nacional vigente que
Código Electoral Provincial aprobado         Que el Código Electoral Provincial en      corresponda a la jurisdicción de la
por Ley Nº 6.908.-                           su Capítulo IV artículo 76, dispone que    Ciudad, al que se le agregará el padrón
ARTICULO 3º: Convócase al                    la Convocatoria para la elecciones de      de extranjeros.
electorado de la Ciudad de Los Juríes,       Intendente y Concejales lo hará el         Artículo 4º - El Tribunal Electoral de
para que en la fecha fijada en el            Departamento Ejecutivo por lo menos        la Provincia será autoridad competente


                                                               14
Boletín Oficial Nº 19.263                                                                  Lunes 5 de Julio de 2010
                   2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO

y determinará el cronograma de             LUIS ANTONIO GALVAN -                                   EN ACUERDO
a cciones para el nor ma l                 Intendente                                             DE SECRETARIOS
desenvolvimiento del acto eleccionario     Arq. ANDREA VERONICA NEME -                               DECRETA
de conformidad con lo establecido en el    Direc. de Obras y Serv. Públicos             ARTICULO 1º: Fíjase el día 5 de
Artículo 77º del Código Electoral          Nº 209.139 - e. 02 julio - v. 06 julio -     septiembre del año 2010 como fecha
Provincial.                                p. 200 - $ 60,00.-                           para las elecciones de Intendente y
Artículo 5º - Comuníquese,                                                              Concejales de la Ciudad de Sumampa.
publíquese, dése al Registro Oficial y             MUNICIPALIDAD DE                     ARTICULO 2º: Convócase al
archívese.                                               SUMAMPA                        electorado de la ciudad, para que en la
Sr. JOSE GELID, Intendente.                      Departamento Ejecutivo -               fecha fijada en el Artículo Primero,
Sr. ARTURO A. ROMANINI,                         SANTIAGO DEL ESTERO                     proceda a elegir INTENDENTE de
Secretario de Gobierno.                     DECRETO SERIE Nº 032/2010.-                 acuerdo a lo establecido en el artículo
Sr. ARIEL E. LOPEZ, Secretario de          Ciudad de Sumampa, Santiago del              78 inciso a del Código Electoral
Acción Social.                             Estero, Junio 29 de 2010.-                   Provincial aprobado por Ley Nº 6.908.-
e. 1 Julio - v. 7 Julio                    VISTO: La          Constitución de la        ARTICULO 3º: Convócase al
                                           Provincia, y el Código Electoral             electorado de la Ciudad, para que en la
DECRETO SERIE "E" Nº 24/2010               Provincial aprobado por Ley 6.908; y         fecha fijada en el Artículo Primero,
Sumampa, (SE), 11 de junio del 2010.-      CONSIDERANDO:                                p r oceda a elegir SEIS ( 6 )
VISTO: El Sumario Administrativo           Que, el Artículo 215 de la Constitución      CONCEJALES TITULARES Y SEIS
realizado al Sr. CARLOS HECTOR             Provincial establece que "los                (6) CONCEJALES SUPLENTES,
CISTERNA empleado dependiente de           municipios convocarán a elecciones           conforme al Sistema Electoral
la Municipalidad de Sumampa, por           entre los ciento veinte días y los           establecido en el artículo 78 inciso b y
faltas injustificadas en su lugar de       cuarenta y cinco anteriores a la             cc del Código Electoral Provincial
trabajo.-                                  e x p iración del período de                 aprobado por Ley Nº 6.908,
Y CONSIDERANDO:                            gobierno".- Que, asimismo el Código          garantizándose el 50% de los cargos
Que la instrucción Sumarial ha arribado    Electoral Provincial en su Capitulo IV       electivos para cada género.
a la conclusión del respectivo sumario,    artículo 76 dispone que la Convocatoria      ARTICULO 4º: La elección se
habiendo cumplimentado los pasos           para la elección de Intendente y             realizará en la fecha fijada
administrativos y legales y pertinentes,   Concejales lo hará el Departamento           precedentemente utilizando para la
y teniendo en cuenta las pruebas           Ejecutivo por lo menos con sesenta días      misma el padrón electoral nacional
acumuladas y no habiendo el sumariado      de anticipación debiendo ser                 vigente que corresponda a la
opuesto excepciones al progreso de la      comunicada al Tribunal Electoral y           jurisdicción de la Ciudad al que se le
presente causa, dicha instrucción dio      publicársela fehacientemente.                agregará el padrón de extranjeros.
por concluida el sumario respectivo,       Que, el próximo 31 de octubre del            ARTICULO 5º: El Tribunal Electoral
aconsejando a la superioridad aplicar la   corriente año, fenecen los mandatos de       de la Provincia será Autoridad
sanción de cesantía al mencionado          los señores Concejales y del Intendente      Competente         y determinará el
agente.-                                   Municipal por expiración del período         cronograma de acciones para el normal
Por Ello,                                  por el cual fueron elegidos.                 desenvolvimiento del acto eleccionario
      EL SR. INTENDENTE DE                 Que, en consecuencia se estima               de conformidad con lo establecido por
           LA CIUDAD DE                    p ertinent e dictar la medida                el Artículo 77 del Código Electoral
              SUMAMPA                      correspondiente con la suficiente            Provincial.
              DECRETA:                     antelación a fin de posibilitar que los      ARTICULO 6º: Comuníquese,
ART. PRIMERO: Dar por concluido            Partidos Políticos que intervengan en la     Publíquese, Dése al BOLETIN
la s p r es ent es Act ua ciones           elección realicen los actos necesarios       OFICIAL y Archívese.-
Administrativas, sobre el sumario          para la difusión de sus postulados y         LUIS ANTONIO GALVAN -
realizado al Sr. CARLOS HECTOR             conocimiento, por parte           de los     Intendente
CISTERNA empleado dependiente de           ciudadanos, de los respectivos               Arq. ANDREA VERONICA NEME -
la Municipalidad, por reiteradas faltas    candidatos.                                  Directora de Obras y Serv. Públicos
injustificadas.-                           Que, es también menester dejar               Nº 209.140 - e. 02 julio - v. 06 julio -
ART. SEGUNDO: Encuadrar su                 establecido el sistema electoral             p. 470 - $ 142,50.-
conducta al mencionado agente en el        aplicable a cada una de las categorías
Art. 54 inc. f de la Ley 5.642 y Art. 55   de candidatos que se elegirán conforme             MUNICIPALIDAD DE
inc. B apartado 6º del Decreto Acuerdo     lo normado en el artículo 78 y cc del                       FORRES
Serie F Nº 3.601, por lo que se deberá     Código Electoral Provincial.                      Expte. Nº 1.469/DEM/10
aplicar la Sanción de Cesantía al          Que, el presente decreto se dicta en uso                 LETRA "DE"
mismo.-                                    de las atribuciones emergentes del                 DECRETO ACUERDO
ART. TERCERO: Notifíquese, al              artículo 76 del Código Electoral                    Nº 012/10 SERIE "A".
Departamento de Personal y Contable        Provincial y el artículo 79, inciso 19, de   VISTO: La         Constitución de la
de la Municipalidad.-                      la Ley Orgánica de Municipalidades           Provincia, y el Código Electoral
ART. CUARTO: Comuníquese,                  5.590.                                       Provincial aprobado por Ley 6.908; y
publíquese en el BOLETIN OFICIAL           Por ello:                                    CONSIDERANDO:
de la Provincia y Archívese.-                EL INTENDENTE MUNICIPAL                    Que, el Artículo 215 de la Constitución


                                                              15
Boletín Oficial Nº 19.263                                                                  Lunes 5 de Julio de 2010
                    2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO

Provincial establece que… "los               género.-                                   antelación, a fin de posibilitar que los
municipios convocarán a elecciones           ARTICULO 3º: La            elección se     Partidos Políticos que intervengan en la
entre los ciento veinte días y los           realizará en la fecha fijada               elección, realicen los actos necesarios
cuarenta y cinco anteriores a la             precedentemente utilizando para la         para la difusión de sus postulados y
expiració n del perío d o d e                misma el padrón electoral nacional         conocimiento, por parte de los
gobierno".- Que, asimismo el Código          vigente que corresponda a la               ciudadanos, de los respectivos
Electoral Provincial en su Capitulo IV       jurisdicción de la ciudad al que se le     candidatos;
artículo 76 dispone que la Convocatoria      agregará el padrón de extranjeros.-        Que es menester dejar establecido que
para la elección de Intendente y             ARTICULO 4º: El Tribunal Electoral         el sistema electoral aplicable a cada una
Concejales lo hará el Departamento           de la Provincia será Autoridad             de las categorías de candidatos que se
Ejecutivo por lo menos con sesenta días      Competente         y determinará el        elegirán conforme lo normado en el
de anticipación debiendo ser                 cronograma de acciones para el normal      artículo 78 y cctes. del Código Electoral
comunicada al Tribunal Electoral y           desenvolvimiento del acto eleccionario     Provincial.
publicárla fehacientemente.                  de conformidad con lo establecido por      Que el presente decreto se dicta en uso
Que, el próximo 31 de octubre del            el Artículo 77 del Código Electoral        de las atribuciones emergentes del
corriente año, fenecen los mandatos de       Provincial.                                artículo 76 del Código Electoral
los señores Concejales y del Intendente      ARTICULO 5º: Comuníquese,                  Provincial y el artículo 79 inc. 19 de la
Municipal por expiración del período         Publíquese, Dése al Registro Oficial y     Ley Orgánica de Municipalidades Nº
por el cual fueron elegidos.                 Archívese.-                                5.590;
Que, en consecuencia se estima               RAMON RUBEN BLAZQUEZ -                     Por ello,
p ertinente d ict a r la medida              Intendente                                           EL INTENDENTE
correspondiente con la suficiente            EDGAR EDUARDO GARAVAGLIA                              MUNICIPAL DE
antelación a fin de posibilitar que los      - Secretario de Gobierno                              LA CIUDAD DE
Partidos Políticos que intervengan en la     FERNANDO RAMON MUSSATI -                             LOS TELARES EN
elección realicen los actos necesarios       Secretario de la Producción                  ACUERDO DE SECRETARIOS
para la difusión de sus postulados y         Nº 209.145 - e. 02 julio - v. 06 julio -                  DECRETA
conocimiento, por parte           de los     p.350 - $ 105,00.-                         Artículo 1º.- Fíjase el día 5 de
ciudadanos, de los respectivos                                                          septiembre del año 2010 como fecha
candidatos.                                         MUNICIPALIDAD DE                    para la realización de las elecciones de
Que, es también menester dejar                           LOS TELARES                    Intendente y Concejales de la Ciudad de
establecido el sistema electoral                        Dpto. Salavina                  los Telares.
aplicable a cada una de las categorías            SANTIAGO DEL ESTERO                   Artículo 2º.- Convócase al electorado
de candidatos que se elegirán conforme           Decreto Acuerdo Nº 08/2010             de la Ciudad de los Telares, para que en
lo normado en el artículo 78 y cc del        Los Telares, 29 de Junio de 2010.-         la fecha fijada en el Artículo Primero,
Código Electoral Provincial.                 VISTO: La Constitución de la               proceda a elegir Intendente Municipal,
Que, el presente decreto se dicta en uso     Provincia, el Código Electoral             de cuerdo a lo establecido por el
de las atribuciones emergentes del           Provincial aprobado por Ley Nº 6.908       artículo 78 inc. a) del Código Electoral
artículo 76 del Código Electoral             y lo dispuesto por la Ley Orgánica de      Provincial aprobado por Ley Nº 6.908.
Provincial y el artículo 79, inciso 19, de   Municipalidades Nº 5.590; y,               Artículo 3º.- Convócase al electorado
la Ley Orgánica de Municipalidades           CONSIDERANDO:                              de la Ciudad de los Telares, para que en
5.590.                                       Que el artículo 215 de la Constitución     la fecha fijada en el Artículo Primero,
En virtud de ello.                           Provincial establece que "Los              p roceda a elegir S EIS ( 6 )
  EL INTENDENTE MUNICIPAL                    Municipios Convocarán a elecciones         CONCEJALES TITULARES Y SEIS
           EN ACUERDO                        entre los ciento veinte días y los         (6) CONCEJALES SUPLENTES,
          DE SECRETARIOS                     cuarenta y cinco días anteriores a la      conforme al Sistema Electoral
              DECRETA                        expiración del período de gobierno".       establecido en el Artículo 78 inc. b) y
ARTICULO 1º: Fíjase el día 5 de              Que el Código Electoral Provincial en      ccdtes. del Código Electoral Provincial
septiembre del 2010 como fecha para          su Capítulo IV artículo 76, dispone que    aprobado por Ley Nº 6.908,
las elecciones        de Intendente y        la Convocatoria a elecciones de            garantizándose el 50% de los cargos
Concejales de la Ciudad de Forres.           Intendente y Concejales lo hará el         electivos para cada género.
ARTICULO 2º: Convócase al                    Departamento Ejecutivo por lo menos        Artículo 4º.- La elección se realizará
electorado de la ciudad de Forres para       con sesenta días de anticipación,          en la fecha fijada precedentemente
que en la fecha fijada en el Artículo 1º,    debiendo ser comunicada al Tribunal        utilizando para la misma el padrón
proceda a elegir INTENDENTE Y                Electoral y publicárs ela                  electoral nacional vigente que
SEIS (6) CONCEJALES TITULARES                fehacientemente;                           corresponda a la jurisdicción de la
Y SE IS ( 6 ) CO NCEJ A L ES                 Que el próximo 31 de octubre del           ciudad, al que se le agregará el padrón
SUPLENTES, conforme al Sistema               corriente año fenecen los mandatos de      de extranjeros.
Electoral establecido en el artículo 78      los Señores Concejales y del Intendente    Artículo 5º.- El Tribunal Electoral de
inciso A, B y CC, del Código                 Municipal por expiración del período       la Provincia será autoridad competente
Electoral Provincial, aprobado por la        por el cual fueron elegidos;               y determinará el cronograma de
Ley Nº 6.908, garantizándose el 50%          Que en consecuencia corresponde dictar     a ccio n es p a ra el nor ma l
de los cargos electivos para cada            la medida pertinente con la suficiente     desenvolvimiento del acto eleccionario


                                                               16
Boletín Oficial Nº 19.263                                                                   Lunes 5 de Julio de 2010
                    2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO

de conformidad con lo establecido por       Provincial y el artículo 79 inc. 19 de la    artículo 76 del Código Electoral
el Artículo 77 del Código Electoral         Ley Orgánica de Municipalidades Nº           Provincial y el artículo 79, inciso 9 de
Provincial.                                 5.590;                                       la Ley Orgánica de Municipalidades
A r t í c ulo 6 º . - Co muníquese,         Por ello,                                    5.590.-
publíquese, dése al Registro Oficial y        EL INTENDENTE MUNICIPAL                                EL INTENDENTE
archívese.-                                            EN ACUERDO DE                                   MUNICIPAL
OSCAR Y. FERREYRA - Intendente                           SECRETARIOS                                EN ACUERDO DE
Municipal Los Telares                                      DECRETA                                    SECRETARIOS
NILDA ARMINDA MATTAR -                      Artículo 1º.- Fíjase el día 5 de                            DECRETA
Secretaria de Gobierno                      septiembre del año 2010 como fecha           Artículo 1º.- Fíjase el día 5 de
EVA PATRICIA ROLDAN - Tesorera              para las elecciones de Intendente y          septiembre del año 2010 como fecha
Nº 209.136 - e. 02 julio - v. 06 julio -    Concejales de la Ciudad.                     para la realización de las elecciones de
p. 450 - $ 135,00.-                         Artículo 2º.- Convócase al electorado        Intendente y Concejales de la ciudad.
                                            de la Ciudad de Bandera, para que en la      Artículo 2º.- Convócase al electorado
MUNICIPALIDAD DE BANDERA                    fecha fijada en el Artículo Primero,         de la Ciudad, para que en la fecha fijada
           Dpto. Belgrano                   proceda a elegir INTENDENTE y SEIS           en el Artículo Primero, proceda a elegir
     SANTIAGO DEL ESTERO                    (6) CONCEJALES TITULARES Y                   Intendente de acuerdo a lo establecido
   Decreto Acuerdo Nº 005/2010              SEIS ( 6 ) CO NCEJALES                       en el artículo 78 inc. A del Código
Bandera, 30 de junio de 2010.-              SUPLENTES, de cuerdo a lo                    Electoral Provincial aprobado por Ley
VISTO: La Constitución de la                establecido por el artículo 78 inc. a, b y   Nº 6.908.
Provincia, el Código Electoral              c. del Código Electoral Provincial           Artículo 3º.- Convócase al electorado
Provincial aprobado por Ley Nº 6.908;       aprobado por Ley Nº 6.908,                   de la Ciudad, para que en la fecha fijada
y                                           garantizándose el 50% de los cargos          en el Artículo Primero, proceda a elegir
CONSIDERANDO:                               electivos para cada género.                  NUEVE (9) CO NCEJALES
Que el artículo 215 de la Constitución      Artículo 3º.- La elección se realizará       TITULARES Y NUEVE (9)
Provincial establece que "Los               en la fecha fijada precedentemente           C O NC EJ A LES S U P LENT E S ,
Municipios Convocarán a elecciones          utilizando para la misma el padrón           conforme al Sistema Electoral
entre los ciento veinte días y los          electoral nacional vigente que               establecido en el artículo 78 inciso b y
cuarenta y cinco días anteriores a la       corresponda a la jurisdicción de la          cc. del Código Electoral Provincial
expiración del período de gobierno".        Ciudad, al que se le agregará el padrón      aprobado por Ley Nº 5.908,
Que asimismo el Código Electoral            de extranjeros.                              garantizándose el 50% de los cargos
Provincial en su capítulo IV artículo 76,   Artículo 4º.- El Tribunal Electoral de       electivos para cada género.
dispone que la Convocatoria para la         la Provincia será autoridad competente       Artículo 4º.- La elección se realizará
elección de intendente y concejales lo      y determinará el cronograma de               en la fecha fijada precedentemente
hará el Departamento Ejecutivo por lo       a c ci o n e s p a r a e l nor ma l          utilizando para la misma el padrón
menos con sesenta días de anticipación,     desenvolvimiento del acto eleccionario       electoral nacional vigente que
debiendo ser comunicada al Tribunal         de conformidad con lo establecido por        corresponda a la jurisdicción de la
Elect or al y p ub licá rsela               el Artículo 77 del Código Electoral          Ciudad, al que se le agregará el padrón
fehacientemente;                            Provincial.                                  de extranjeros.
Que el próximo 31 de octubre del            Ar t í c ulo 5º.- Comuní q ues e,            Artículo 5º.- El Tribunal Electoral de
corriente año fenecen los mandatos de       publíquese, dése al Registro Oficial y       la Provincia será autoridad competente
los Señores Concejales y del Intendente     archívese.-                                  y determinará el cronograma de
Municipal por expiración del período        OSCAR SEGUNDO GOROSITO -                     a cciones para el nor ma l
por el cual fueron elegidos;                Intendente - Municipalidad de Bandera        desenvolvimiento del acto eleccionario
Que en consecuencia se estima               Dr. JORGE A. BENITEZ - Sec. de               de conformidad con lo establecido por
pertinente dictar la medida pertinente      Gobierno                                     el Artículo 77 del Código Electoral
con la suficiente antelación, a fin de      MARIELA ALEJANDRA ROSALES                    Provincial.
posibilitar que los Partidos políticos      - Sec. de Hacienda y Finanzas                A r t í c ulo 6 º . - Co muníquese,
que intervengan en la elección, realicen    Ing. ALDO RUBEN GULOTTA - Sec.               publíquese, dése al Registro Oficial y
los actos necesarios para la difusión de    Obras Públicas                               archívese.-
sus postulados y conocimiento, por          Nº 209.132 - e. 02 julio - v. 06 julio -     MARIA JEREZ DE LOPEZ -
parte de los ciudadanos, de los             p. 350 - $ 105,00.-                          Intendente - Municipalidad de
respectivos candidatos;                                                                  Fernández
Que es también menester dejar                     MUNICIPALIDAD DE                       RUBEN O. CELARIO - Sec. de
establecido que el sistema electoral                   FERNANDEZ                         Gobierno
aplicable a cada una de las categorías                 Dpto. Robles                      C.P. OTTO ENRIQUE PULVET - Sec.
de candidatos que se elegirán conforme          SANTIAGO DEL ESTERO                      de Adminis. y Hacienda
lo normado en el artículo 78 y cc. del         Decreto Acuerdo Nº 10/2010                PABLO E. CHAZARRETA - Sec.
Código Electoral Provincial.                        Expediente: 146.461                  Obras y Serv. Públicos
Que el presente decreto se dicta en uso     Fecha: 29 de junio de 2010.-                 Nº 209.134 - e. 02 julio - v. 06 julio -
de las atribuciones emergentes del          Que el presente decreto se dicta en uso      p. 160 - $ 52,50.-
artículo 76 del Código Electoral            de las atribuciones emergentes del


                                                               17
Boletín Oficial Nº 19.263                                                                 Lunes 5 de Julio de 2010
                    2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO

       MUNICIPALIDAD DE                     Provincial.                                Santiago del Estero, Julio 01 de 2010.-
   PAMPA DE LOS GUANACOS                    Ar t í c ulo 6º.- Co muní q ues e,         FRANCISCO GANGITANO -
             - Dpto. Copo -                 publíquese, dése al Registro Oficial y     Subdirector de Compras y Suministros
     SANTIAGO DEL ESTERO                    archívese.-                                Nº 209.130 - e. 02 julio - v. 06 julio -
    Decreto Acuerdo Nº 07/2010              VIVIANA HAIDES CAMPOS -                    p. 100 - $ 30,00.-
 EL INTENDENTE MUNICIPAL DE                 Intendente - Municipalidad de Ppa. de
            LA CIUDAD DE                    los Guanacos
 PAMPA DE LOS GUANACOS EN                   CESAR GUSTAVO ANDRADA -                           MUNICIPALIDAD DE
   ACUERDO DE SECRETARIOS                   Sec. de Gobierno                                       LA CAPITAL
               DECRETA                      RAMON ANTONIO BARRAZA -                           Secretaría de Economía
Artículo 1º.- Fíjase el día 5 de            Tesorero                                       SANTIAGO DEL ESTERO
septiembre del año 2010 como fecha          Nº 209.125 - e. 02 julio - v. 06 julio -              Subdirección de
para la realización de las elecciones de    p. 230 - $ 75,00.-                               Compras, Suministros y
Intendente y Concejales de la ciudad de                                                         Bienes Patrimoniales
Pampa de los Guanacos.                            MUNICIPALIDAD DE                     OBJETO: LLAMASE a Licitación
Artículo 2º.- Convócase al electorado                  LA CAPITAL                      Pública Nº 020/10, Expediente Nº
de la Ciudad de Pampa de los                      Secretaría de Economía               11541-E-10. Aprobada mediante
Guanacos, para que en la fecha fijada           SANTIAGO DEL ESTERO                    Decreto Acuerdo Nº 303 "P", de
en el Artículo Primero, proceda a elegir              Subdirección de                  fecha 29-06-10, Para la Adquisición
Intendente Municipal, de cuerdo a lo              Compras, Suministros y               de "MATERIALES ELECTRICOS
establecido por el artículo 78 inc. (a)             Bienes Patrimoniales               PARA SEMAFOROS".
del Código Electoral Provincial             OBJETO: LLAMASE a Licitación               PRESUPUESTO OFICIAL: $
aprobado por Ley Nº 6.908.                  Pública Nº 021/10, Expediente nº           173.555,00. Pesos Ciento Setenta y
Artículo 3º.- Convócase al electorado       5893-D-10. Aprobada mediante               Tres Mil Quinientos Cincuenta y Cinco.
de la Ciudad de Pampa de los                Decreto Acuerdo Nº 304 "P", de             DESTINO: Mantenimiento y
Guanacos, para que en la fecha fijada       fecha 29-06-10, Para la Adquisición        Reparación de Semáforos de la Ciudad
en el Artículo Primero, proceda a elegir    de "1.550 EQUIPO DE ROPA DE                Capital.
Seis (6) CONCEJALES TITULARES               TRABAJO, PANTALÓN, CAMISA                  APERTURA: 16-07-10- Horas:
Y Se i s ( 6 ) C O N C E J A L E S          Y BOTINES".                                10,00.
SUPLENTES, conforme al Sistema              PRESUPUESTO OFICIAL: $                     PLAZO DE ENTREGA: (10) - Diez
Electoral establecido en el artículo 78     418.500,00. Pesos Cuatrocientos            Días Hábiles.
inciso (b) y ccdtes. del Código Electoral   Dieciocho Mil Quinientos.                  VALOR DEL PLIEGO: $ 180,00.
Provincial aprobado por Ley Nº 6.908,       DESTINO: Personal de la Dirección          Pesos Ciento Ochenta.
garantizándose el 50% de los cargos         de Servicios Urbanos.                      L U G A R DE APER T U R A :
electivos para cada género.                 APERTURA: 19-07-10 - Horas:                Subdirección de Compras y
Artículo 4º.- La elección se realizará      10,00.                                     Suministros, Ciudad.
en la fecha fijada precedentemente          PLAZO DE ENTREGA: (10) - Diez              COMPRA Y CONSULTA DE
utilizando para la misma el padrón          Días Hábiles.                              PLIEGOS: Subdirección de Compras,
electoral nacional vigente que              VALOR DEL PLIEGO: $ 450,00.                Suministros y Bienes Patrimoniales, 9
corresponda a la jurisdicción de la         Pesos Cuatrocientos Cincuenta.             de Julio Nº 225, ciudad, Tel. - Fax:
Ciudad, al que se le agregará el padrón     LUGAR DE APERTURA:                         0385-421-9738.
de extranjeros.                             Subdirección de Compra y Suministros,      Santiago del Estero, Julio 01 de 2010.-
Artículo 5º.- El Tribunal Electoral de      Ciudad.                                    FRANCISCO GANGITANO -
la Provincia será autoridad competente      COMPRA Y CONSULTA DE                       Subdirector de Compras y Suministros
y determinará el cronograma de              PLIEGOS: Subdirección de Compras,          Nº 209.131 - e. 02 julio - v. 06 julio -
a ccion e s p a r a e l n or ma l           Suministros y Bienes Patrimoniales, 9      p. 90 - $ 30,00.-
desenvolvimiento del acto eleccionario      de Julio Nº 225, ciudad, Tel. - Fax:
de conformidad con lo establecido por       0385-421-9738.
el Artículo 77 del Código Electoral

                                 SECCION JUSTICIA DE PAZ LETRADA
JUSTICIA DE PAZ LETRADA                     Cítese y emplácese a quienes se            Nº 209.122 - e. 02 julio - v. 06 julio -
EDICTO SUCESION                             consideren con derechos, por el término    p. 50 - $ 15,00.-
Juzgado de Paz Letrado de 1º                de TREINTA DIAS, comparezcan
Nominación Autos: "RUIZ HECTOR              hacer valer sus derechos, bajo
MANUEL Y AVILA ROSA ISABEL                  apercibimiento de ley.-
s/SUCESION AB-INTESTATO".                   Santiago del Estero, 10 junio de 2010.-

                                    SECCION AVISOS DE HOY
EDICTO SUCESION                             Juez Civil y Comercial de Frías, Dra.      Eva Luz Ramos de Ortiz- Autos:

                                                              18
Boletín Oficial Nº 19.263                                                                Lunes 5 de Julio de 2010
                    2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO

"EXPTE. Nº 11401/00 VERGARA                 Nº 209.162 - e. 05 julio - v. 06 julio -   éste fuera feriado, para que venda en
ANGEL             s/SUCESION                p. 180 - $ 45,00.-                         pública subasta al contado, sin base y
AB-INTESTATO ACUMULADO                                                                 mejor postor, los siguientes bienes:
EXPTE. Nº 14627/07. VERGARA                 EDICTO REMATE                              LOTE UNO: UN APARATO DE
MIGUEL ANGEL Y RAMON                        por: Carlos Alfredo Córdoba                AIRE ACOND., INSTALADO,
LIRIO VERGARA s/SUCESION                    Juzgado Civil y Comercial de Segunda       MARCA "CARRIER" DE 6.000
AB- INTESTATO". Cita y emplaza a            Nom. en Autos: "SOLER, JOSE                FRGS. S/ NUMERO A LA VISTA.
herederos, acreedores y a todos quienes     S E BAST I A N c / M AR T I N E Z ,        LOTE DOS: UN TELEVISOR A
se consideren con derecho sobre los         V E R O N I C A M ARI E L A s /            COLOR MARCA NOBLEX DE 20"
bienes dejados por el causante              EJECUCION PRENDARIA" -                     MODELO 20TC697D - SERIE Nº
MIGUEL ANGEL VERGARA para                   Expte. Nº 264.903, comisiona a             58.782. Bienes en poder de la Sra.
que en el plazo de treinta días contados    Martillero Carlos Alfredo Córdoba para     Blanca Herminia Coronel, sito en calle
desde la última p ub licació n              que el día 28/07/10 horas 09,45 en hall    Antenor Alvarez Nº 444 ciudad. LOTE
comparezcan a estar a derecho, bajo         central de estos Tribunales Ordinarios     TRES: 20 CAJAS x 20 BIDONES DE
apercibimiento de ley.-                     y/o día subsiguiente hábil si éste fuera   UN LITRO DE ACEITE, MOTUL
Secretaría, 18 de junio de 2010.-           feriado a la misma hora, venda en          5100-15W50-4T. LOTE CUATRO:
Dra. SILVIA BELLONE DE                      pública subasta, sin base, al contado y    15 CAJAS x 24 BIDONES DE UN
STANLEY - Secretaria                        mejor postor, el siguiente automotor:      LITRO DE ACEITE "YAMALUBA"
Nº 209.159 - e. 05 julio - v. 07 julio -    Marca Peugeot, modelo 206 XR 1.6,          DE 20W50-4T. LOTE CINCO: 50
p. 70 - $ 22,50.-                           Tipo Sedán 5 Ptas., Motor marca            CAJAS x 12 BIDONES DE UN
                                            Peugeot Nº 10FX1T0499954, Chasis           LITRO DE ACEITE REPSOL
EDICTO REMATE                               m a r c a       P e u g e o t        N º   20W50-4T. LO TE SEIS: 30
El Juzgado en lo Civil y Comercial de       VF32ANFZWXW002002- Año 1999                CUBIERTAS NUEVAS, SIN USO,
Tercera Nom., de la Ciudad de Santiago      - Dominio: CSJ-746. Gravámenes:            MARCA HORNG-FORTUNE DE
del Estero, comunica por dos días que       Embargo en los presentes por $             2.50 x 17 p/ CICLOMOTORES.
en los autos caratulados " EXPTE. Nº        4.122,80 Deudas: Rentas (Imp.              LOTE SIETE: 200 CAMARAS PARA
325.837-2006 - AGUAS DE                     Autom.) p/ $ 317,40 al 16/03/10.           RUEDAS P/ CIC LO MOTOR
SANTIAGO S.A. c/ MOUKARZEL                  Dicho automotor se encuentra               MARCA "TOUCH" DE 2,1/4 x 16.
DANIEL EDUARDO s/COBRO DE                   secuestrado y en poder del Martillero      LOTE OCHO: 350 JUEGOS DE
PESOS", comisiona martillero para           Carlos A. Córdoba en Bolivia 180 -         CUATRO PIEZAS DE RETENES,
que el día 07 de JULIO próximo a            Barrio Alberdi - Ciudad. Horario de        MARCA             "FORTE"            p/
HORAS ONCE y/o subsiguiente hábil           visita: Martes y Jueves de 17 a 19 hs.     CICLOMOTORES MARCA "JUKI
si aquel fuere inhábil REMATE en el         Condiciones de Venta: El adquirente        DRIBBLING". Estos lotes se
Hall Central del Palacio de Tribunales      deberá abonar el 10% en concepto de        encuentran en poder de la demandada y
sin base y al mejor postor los siguientes   seña a cuenta de mayor precio con más      depositados en calle Avda. Aguirre y
bienes: Dos (2) TELEVISORES color           el 10% por comisión de Martillero,         calle Gaucho Ribero s/nº de esta
ambos de 20 pulg., uno marca                sumas que perderá de no formalizar la      ciudad. El adquirente deberá abonar en
DAYTRON, con control remoto; y el           operación sin justa causa. Asimismo el     el acto, posterior al remate, el 10% de
otro marca CROWN MUSTANG con                adquirente deberá cumplir con el pago      seña y 10% comisión de martillero,
control remoto; un (1) EQUIPO DE            del impuesto del 1% del valor de la        sumas que perderá si no formaliza la
AIRE ACONDICIONADO (ventana)                venta conforme lo dispone el Código        operación sin justa causa. Se Hace
marca TYRREL de 3000 fgs. s/nº              Fiscal y de todas las deudas impositivas   constar la vigencia de la Ley Laboral
visible; UN HORNO MICROONDAS                que tuviere dicho automotor.               Nº 3.603 - Art. 62 sobre la eximición
marca TEAM, s/nº visible. UN                Fdo. Dra. María Andrea Suárez - Juez,      de impuesto y gratuidad de avisos
LAVARROPA AUTOMATICO marca                  ante mí: Dra. Stella Maris Llebara -       judiciales.
ELECTROLUX PREMIUN s/nº visible             Secretaria.-                               Fdo. Dr. Guillermo Pinto (Vocal) - ante
color blanco; UN CENTRO MUSICAL             Secretaría, 30 de junio de 2010.-          mí: Dra. Angela Viviana Moreno de
MARCA AIWA, modelo NSX 550 con              Dra. STELLA MARIS LLEBARA -                Rafael (Secretaria).-
control remoto, completo; UN PIANO          Secretaria                                 Oficina, junio 2010.-
vertical marca HEDTK PIANOS                 Nº 209.156 - e. 05 julio - v. 06 julio -   Dra. ELSA H. RAFAEL ZAVALETA
BERLIN- en regular estado, y s/nº           p. 190 - $ 45,00.-                         - Secretaria Provisoria
visible, y UN JUEGO DE LIVING en                                                       Nº 209.155 - e. 05 julio - v. 06 julio -
madera torneada, tapizado en tal color      EDICTO REMATE                              Sin Cargo.-
claro, en regular estado, compuesto de      por: Carlos Alfredo Córdoba
sofá y dos sillones. El comprador           Exma. Cámara de Trabajo y Minas de         A.F.I.P.
deberá depositar el 10% en concepto de      Primera Nominación - Sec. Primera, en      ADMINISTRACION FEDERAL
seña y a cuenta de precio y el 10% en       Autos: "BANEGAS, OSCAR C. c/               DE INGRESOS PUBLICOS
concepto de comisión de martillero que      SAYAGO, LUCAS D s/                         EDICTO REMATE
perderá si no formaliza la operación.-      INDEM.",Comisiona martillero Carlos        por: Carlos Moisés
Santiago del Estero, 1 julio de 2010.-      Alfredo Córdoba para que día 07/07/10      ADMINISTRACION FEDERAL DE
Dra. OLGA MABEL JULIAN DE                   a horas 10:00 en Hall Central de           INGRESOS PUBLICOS. Autos:
SALAS - Prosecretaria                       Tribunales y/o día subsiguiente hábil si   "AFIP-DGI c/CLUB ATLETICO


                                                              19
Boletín Oficial Nº 19.263                                                                 Lunes 5 de Julio de 2010
                   2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO

BELGRANO s/EJEC. FISCAL",                  La Asociación Civil Centro Integrador        modelo C2016Y, Serie D-03447, sin
Expte. 867-05 comisiona martillero         Comunitario, convoca a Asamblea              control remoto. Comprador depositará
Carlos Moisés, Galería Juz. Federal        Extraordinaria, para el día 17/07/10 a       acto de remate 10% cuenta de precio y
Avda. Belgrano Nº 515 Norte, Sgo. del      las 16 horas, con 15 minutos de              seña y 10% comisión martillero que
Estero, SIETE DE JULIO próximo a           tolerancia en Mza. B Lote 5 Sector 50        pederá si no formaliza operación.
DIEZ TREINTA HORAS, o                      Viv. Bº Aeropuerto, para tratar el           Fdo. Dr. Carlos Gustavo Juárez
subsiguiente hábil si fuere feriado,       siguiente:                                   Villegas - Juez- Ante mí: Dra. Adela C.
VENDA PUBLICA SUBASTA,                              ORDEN DEL DIA:                      Jorge de Cantos - Secretaria.-
contado mejor postor y con base de las     1º - Lectura Comisión Definitiva.            Secretaría, 01 de Julio de 2010.-
2/3 ptes. de valuación fiscal de $         2º - Balance.                                Dra. ADELA C. JORGE DE CANTOS
116.565,18 base $ 77.710,12 siguiente      3º - Dos Socios para refrendar el Acta.      - Secretaria
INMUEBLE: identificado como LOTE           Santiago del Estero, 02/07/2010.-            Nº 209.157 - e. 05 julio - v. 06 julio -
CUATRO sobre Avenida Belgrano Sud          RICARDO D. AVILA - Presidente.               p. 90 - $ 22,50.-
nº 1675 s/ Obras Sanitarias. S/ título     Nº 209.154 - e. 05 julio - v. 05 julio -
mide 10 m de fte. por igual contaf.,       p. 55 - $ 15,00.-                                     AGRONEGOCIOS
43,10 m de fdo. al N.O., 43,40 m al                                                             CARLOS ALBERTO
S.E. linda N.E. Avda. Belgrano; N.O.       JUSTICIA DE PAZ LETRADA                                       S.A.C.I.
pte. de lote 5, S.E. c. lote 3; S.O. c/    EDICTO REMATE                                     SANTIAGO DEL ESTERO
fdos del lote 36 M.F. Real 7S - 3891.      por: Fernando M. Figueroa                            Acta Complementaria:
Padrón 1-1-9774. Adeuda Inmob. $           Juzgado de Paz Letrado de Tercera                    Modificación del Art. 4
8.895,74, (exigible) 1ra 2003 a 6ta        Nominación, Autos: " RICCHEZZE               Pr ime r T e s timo nio: ACT A
2008, recargo $ 6.554,94 al 30-6-10        JORGE ANTONIO c/TORRIJOS                     COMPLEMENTARIA:
(intimado), años 2009 y 2010 1ra y         MARIANO s/COBRO DE PESOS",                   AGRONEGOCIOS CARLOS
2da, $ 2.192,54, recargo $ 322,73 al       comisiona martillero Sr. Fernando M.         ALBERTO S.A.C.I..- ECRITURA
30-6-10, Aguas $ 35.472,59 al 7-6-10,      Figueroa, para que el día SIETE DE           NUMERO: CIENTO VEINTISEIS
Municipal $ 2.654,16 al 7-6-10             JULIO DE 2010 o el día subsiguiente          (126). En la Ciudad de Santiago del
actualiz. momento pago cargo               hábil, si éste fuera inhábil, a HORAS        Estero, Departamento Capital,
comprador. Embgo.: estos autos $           NUEVE en SALA DE REMATE Nº 1                 Provincia de Santiago del Estero,
3.297,29 más $ 494,59 del 23-2-06          DEL PALACIO DE TRIBUNALES,                   República Argentina, a veintinueve
As1. Título en autos. Inmueble ubicado     venda contado, sin base mejor postor:        días del mes de junio del año dos mil
en Belgrano Sud. 1681/1689 ciudad          Un Televisor Color marca SERIE               diez, ante mí Tania Andrea Darchuk de
construcción 2 plantas, superior; Sede     DORADA, modelo SD-2030, Nº                   Martínez, Es crib ana P ú b lica
social, oficinas, administración salón     018242, sin control remoto y sin probar      Autorizante, Adscripta al Registro.
reuniones, baños, ingreso por escalera     funcionamiento. Comprador depositará         Articulo Cuarto: Integración. La
central. Planta baja, cancha de            acto de remate 10% cuenta de precio y        integración será en el Ciento por ciento
Básquetbol, con tribunas de hormigón       seña y 10% comisión martillero que           (100%) al momento de la constitución,
armado, baños, vestuarios, cantina,        pederá si no formaliza operación.            mediante el aporte de bienes inmuebles,
ocupado por la demandada, el resto un      Fdo. Dr. Carlos Gustavo Juárez               muebles, derecho y otros bienes según
amplio salón (resto Bar La Morocha,        Villegas - Juez- Ante mí: Dra. Adela C.      lo establece el Artículo 187 Ley 19.550
ocupado por la Sra. Liliana Seleme, sin    Jorge de Cantos, Secretaria.-                reformada por Ley Nº 22.903, con
acreditar el carácter de ocupación y       Secretaría, 01 - 07 - 2010.-                 inventario que se anexara al estatuto
locación con intimación vencida para       Dra. ADELA C. JORGE DE CANTOS                social y formara parte de ese
acreditar su estado. Más datos Sec.        - Secretaria                                 instrumento. Mora. En caso de mora en
Juz., acta de constatación. Comprador      Nº 209.158 - e. 05 julio - v. 06 julio -     la integración de las acciones, el
depositará acto remate 17% precio          p. 90 - $ 22,50.-                            directorio podrá elegir cualquiera de los
compra, 10% Seña, 6% comisión, 1%                                                       mecanismos previstos por el Artículo
ley sellos subasta judicial, sumas estas   JUSTICIA DE PAZ LETRADA                      193 de la Ley de Sociedades para eso
que perderá no formalizada operación       EDICTO REMATE                                fines. Producida la mora se operará la
sin justa causa. Mart. San Martín 483,     por: Alvaro Arce Garma                       caducidad de los derechos del
Capital - 0385 -156982056. fijo            Juzgado de Paz Letrado de Tercera            suscriptor moroso previa intimación
421-8022.-                                 Nominación, Autos: "RICCHEZZE                que se le cursará para que, en el
Santiago del Estero, 29 junio 2010.-       JORGE ANTONIO c/UÑATES                       término de Treinta (30) días, practique
RICARDO GALLARDO - Abogado                 INES ARMINDA s/COBRO DE                      la integración. La caducidad conlleva la
Nº 209.152 - e. 05 julio - v. 06 julio -   PESOS", comisiona martillero Sr.             pérdida de la suma que hubiere
p. 300 - $ 60,00.-                         Alvaro Arce Garma, para que el día           abonado. Sin perjuicio de ello, la
                                           SIETE DE JULIO DE 2010 o el día              Sociedad, podrá optar por el
      "ASOCIACION CIVIL                    subsiguiente hábil, si éste fuera inhábil,   cumplimiento del contrato de
    CENTRO INTEGRADOR                      a HORAS NUEVE Y TREINTA en                   suscripción.
        COMUNITARIO"                       SALA DE REMATE Nº 1 DEL                      Con lo transcripto precedentemente
    SANTIAGO DEL ESTERO                    PALACIO DE TRIBUNALES, venda                 queda, debida y fehacientemente,
         Convocatoria a                    contado, sin base mejor postor: Un           subsanada y cumplimentada la
     Asamblea Extraordinaria               Televisor Color SHARP LINYTROM,              observación practicada por la


                                                              20
Boletín Oficial Nº 19.263                                                                      Lunes 5 de Julio de 2010
                    2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO

Dirección      de Personas Jurídicas.       mandato, dar y recibir en consignación,         y/o administración en general de toda
LEIDA, que les fue al presente              distribución, comercialización de toda          clase de inmuebles, rurales o urbanos,
escritura, a los comparecientes, la         clase de mercaderías nacionales e               pudiendo construir inmuebles o
ratifican y firman, ante mí, doy fe.-       importadas, materia prima, productos            edificios sujetos a la propiedad
Lic. ANA C. ALBERTO                         elaborados y semielaborados, frutos del         horizontal para venta o comercio,
Nº 209.161 - e. 05 julio - v. 05 julio -    país, cereales, semovientes y cualquier         realizar operaciones comprendidas
p. 190 - $ 45,00.-                          otro producto o actividad industrial o          dentro de las leyes de propiedad
                                            comercial útil y lícita sin limitación de       horizontal, comprar para subdividir
            "PALA S.R.L."                   naturaleza alguna en la que la sociedad         tierras y su venta de contado y/o
     SANTIAGO DEL ESTERO                    resuelva operar comercialmente como             plazos. Actividades excluidas de la ley
      Constitución de Sociedad              mayorista o minorista. Compra, venta,           de corretaje inmobiliario.
En la Ciudad de Santiago del Estero, a      importación y/o exportación de bienes           CUARTA: El capital societario se
los veinticinco días del mes de junio del   en general e inclusive monodrogas y             establece en PESOS DIEZ MIL ($
año dos mil diez, se reúnen los Sres.       medicamentos, ya sean para sanidad              10.000) que se divide en CIEN
AYUNTA GALGANI ROXANA                       h u m a n a , veget a l, r ea ct ivo s ,        CUOTAS (100) SOCIALES de Pesos
ELIZABETH, nacida en fecha                  instrumental y equip amientos                   Cien ($ 100) valor nominal de cada
13/05/1963, DNI Nº 16.308.712,              quirúrgicos y/o de laboratorios                 una, totalmente suscripto en la
argentina, casada, mayor de edad,           b ioq uí micos , ins umos y/ o                  siguiente proporción: AYUNTA
comerciante, con domicilio real en          equipamientos hospitalarios, unidades           GALGANI ROXANA ELIZABETH,
Sector 1 Escalera 4 - 2º Piso Nº 201 del    móviles hospitalarias, productos para la        cincuenta (50) cuotas sociales, o sea la
Barrio Jerarquizado Municipal de esta       medicina alternativa, sueros, vacunas,          suma de Pesos Cinco Mil ($ 5.000),
Ciudad de Santiago del Estero; y            productos para la higiene y la                  que representan el 50% del capital;
PALAZZI AYUNTA GASTON                       cosmética, desinfectantes e insecticidas,       PALAZZI AYUNTA GASTON
EMMANUEL, nacido en fecha                   material bibliográfico, equipos e               EMMANUEL, cincuenta (50) cuotas
25/02/1990, DNI Nº 34.994.439,              instrumental odontológico, artículo y/o         sociales, o sea la suma de Pesos Cinco
argentino, soltero, mayor de edad,          equipos ópticos, equipos, instrumentos          Mil ($ 5.000), que representan el 50%
comerciante, con domicilio real en          y artículos de ortopedia; Mediante la           del capital. La integración se efectúa en
Sector 1 Escalera 4 - 2º Piso Nº 201 del    investigación, desarrollo, fabricación          un veinticinco por ciento (25%) en
Barrio Jerarquizado Municipal de esta       y/o expendio de medicamentos                    dinero en efectivo y en este acto,
Ciudad de Santiago del Estero,              alopáticos, preparación farmacéutica            debiendo los socios integrar el saldo
conviniendo en constituir una               de recetas magistrales, homeopáticas de         restante en un plazo de dos (2) años,
S O C I E D A D                     D E     productos para la medicina alternativa,         computados a partir de la inscripción.
RESPONSABILIDAD LIMITADA                    aromaterapia, aceites esenciales,               La sociedad podrá duplicar el capital
que se regirá por lo que establece la Ley   v a c u n a s , s u e r o s , r ea ct ivo s ,   indicado, mediante asamblea de socios,
de Sociedades Comerciales y las             p repa ra ciones derma tológica s,              que requerirá para su aprobación el
siguientes cláusulas:                       fitocosmética, zooterapia y fitoterapia,        voto favorable unánime del capital, la
PRIMERA: La sociedad denominada             herboristería, higiene y cosmética,             misma asamblea fijará el monto y plazo
PALA S.R.L., y tendrá su domicilio          desinfectantes e insecticidas y                 para su integración.
social y legal en Calle Chile Nº 146 del    biotecnológicos; Fabricación y                  QUINTA: Los socios no podrán ceder
Barrio América del Sur de esta Ciudad,      comercialización de sustancia de uso            sus cuotas de capital a terceros ajenos
pudiendo trasladarlo si así conviniera el   bioquímicas, medicinales y veterinario;         a la sociedad, sin el voto favorable
mayor desarrollo de la actividad            Representación y comercialización de            unánime del capital, dentro del régimen
comercial y establecer sucursales,          accesorios y tecnologías de distintos           del Art.152 de la Ley de Sociedades.
locales de venta y/o depósito en            niveles de complejidad para el uso              En igualdad de condiciones, la sociedad
cualquier lugar de la provincia, país y/o   medicinal y b ioq uí mico.                      o cualquier socio tendrá el derecho de
exterior.                                   I N D US T R IAL: M edi a n t e l a             preferencia. En caso de fallecimiento de
SEGUNDA: El término de duración de          elaboración, fabricación y producción           uno de los socios, los herederos podrán
la sociedad será de cincuenta años, a       de productos derivados de las materias          continuar la sociedad debiendo si fuese
partir de la fecha de inscripción en el     primas que adquiera o de elaboración.           necesario unificar su personería. En
Registro Público de Comercio. Este          CONSTRUCTORA: Construcción de                   caso de no incorporarse los herederos
plazo podrá prorrogarse por igual           edificios, de vivienda, obras viales,           se fijará el valor de la cuota, en caso de
período, siempre que no se resolviera su    gasoductos, oleoductos y cualquier              no llegarse a un acuerdo se terminará la
disolución con voluntad unánime de los      clase de obra de ingeniería y/o                 tasación judicial; conservando la
socios.                                     arquitectura, públicas o privadas, para         empresa y los socio el derecho de
TERCERA: El objeto social será la           lo cual podrá presentarse en licitaciones       preferencia.
realización por cuenta propia, de           públicas o privadas, provinciales,              SEXTA: La administración, uso de la
terceros o asociada con terceros, en el     mu ni ci p a l es , n a ci on a les o           firma social y representación de la
país o en el exterior, las siguientes       internacionales.                                sociedad será ejercido por AYUNTA
actividades: COMERCIAL: Compra,             INMOBILIARIA: Mediante la                       GALGANI ROXANA ELIZABETH,
venta de todas sus modalidades,             adquisición, venta, explotación,                en carácter de Socio-Gerente (Art.157
producción, elaboración, importación,       ar re nda mie n t o, c ons t ruc ció n,         1º párrafo). Tendrán todas las
exportación, representación, comisión,      modificación y/o reparación, permuta            facultades para poder actuar libre y


                                                                21
Boletín Oficial Nº 19.263                                                                  Lunes 5 de Julio de 2010
                    2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO

ampliamente en todos los negocios           para la retribución al capital integrado.   edad, DNI. Nº 27.040.207, argentino,
sociales. A estos fines podrán comprar,     DECIMA: Vencido el plazo                    mayor de edad, casado, de profesión
gravar, vender y locar toda clase de        contractual, la sociedad podrá              Corredor Público Inmobiliario, nacido
bienes muebles e inmuebles, operar con      prorrogarla conforme a la legislación       el día 20/02/1979, con domicilio real
bancos oficiales y privados, realizar       vigente. Si por cualquier caso se           en Manzana 7, Lote 8 del Barrio El
operaciones con entes autárquicos o el      produjera la disolución de la sociedad,
                                                                                        Tatú, Club de Campo, MARCO
Estado Nacional, realizar todo tipo de      el gerente procederá a efectuar la
contratos, otorgar poderes especiales y     correspondiente liquidación, pagando        PASSAGRILLI, de Cuarenta y Dos
generales, judiciales o extrajudiciales.    las deudas sociales, así como los gastos    años de edad, Italiano, DNI.
No pueden comprometer a la sociedad         que demanden la liquidación; al saldo       (Extranjero) Nº 93.915.919, mayor de
en fianzas o garantías a favor de           se distribuirá a los socios en proporción   edad, soltero, de profesión Productor
terceros en operaciones ajenas el objeto    al capital integrado.                       Agropecuario, nacido el dí a
societario.                                 DECIMA PRIMERA: Cualquier                   03/10/1967, con domicilio real en calle
SEPTIMA: Los socios se reunirán en          divergencia, desinteligencia o              LaSalle S/N de la localidad de Campo
asamblea, por lo menos cada tres            controversia que se suscitare en la         Gallo, Departamento Alberdi, C.P.
meses, para tratar los temas que este       aplicación o interpretación de este         3747, por Instrumento de fecha
contrato, las leyes vigentes o              contrato durante su vigencia, o mientras
                                                                                        28/06/10 constituyen "NORPLAS
reglamento interno prevea con               dure su disolución y/o liquidación, los
facultades específicas del órgano                                                       S.R.L.".-
                                            socios se someterán a la jurisdicción de
deliberativo. Las reuniones deberán         los Tribunales Ordinarios de la Ciudad      DOMICILIO: En calle Catamarca Nº
realizarse en el domicilio legal o          de Santiago del Estero.                     65, Oficina B, de esta Ciudad Capital.-
habitual de trabajo, o en su defecto        DECIMA SEGUNDA: Los socios                  Pudiendo establecer agencias o
donde la Gerencia notifique a los           constituyen domicilio legal en los reales   sucursales en cualquier parte del país o
socios. Las resoluciones que adopten,       denunciados en el presente contrato         del extranjero.-
satisfecho los requerimientos legales       para todos los fines y efectos              DURACION: 20 años, contados a
y/o contractuales, son obligatorias para    emergentes del           mismo, donde       partir de la inscripción en el Registro
todos los socios y la gerencia tendrá a     válidamente podrán efectuarse todo tipo     Público de Comercio.
su cargo la ejecución de las mismas.        de notificaciones.
                                                                                        OBJETO SOCIAL: La Sociedad
Las asambleas serán comunicadas             Bajo tales cláusulas y condiciones los
fehacientemente a cada uno de los           otorgantes dejan constituida la Sociedad    tendrá por Objeto, la realización por
socios con una anticipación no menor a      de Responsabilidad Limitada, a cuyo         cuenta propia, o de Terceros, o
cinco (5) días, debiendo contener la        cumplimiento se obligan, firmando de        Asociada a Terceros, en cualquier parte
misma: a) Fecha, hora y lugar de            conformidad los ejemplares de ley de un     del territorio de nuestra Provincia, País
reunión; b) Temas específicos a tratar;     mismo tenor y a un solo efecto.             o en el Extranjero, las siguientes
Cualquier socio puede solicitar se          MARIA KAIA ZINKES BUTILER -                 a c t i v i d a d e s : I ) . - A ct ivi d a d
convoque a asamblea cuando considere        Escribano.                                  Agropecuaria: Todas las actividades
necesario realizar modificaciones           SILVIA GRACIELA HIGA - C.P.N.               agrícola-ganaderas tales a).- Cría de
estatutarias previas en el Art. 160 de la   Nº 209.148 - e. 05 julio - v. 05 julio -    ganado: bovino, ovino, engorde de
Ley 19550, que serán aprobadas por el       p. 1.370 - $ 335,00.-
                                                                                        vacuno, b).- Producción de Cultivos:
voto unánime de los socios. Todas las
                                                                                        (poroto, soja, maíz, trigo, algodón,
resoluciones se asentarán en el libro de            "NORPLAS S.R.L."
actas, suscripta por los socios. Las                                                    sorgo, etc.), forrajeras por cuenta
                                                 SANTIAGO DEL ESTERO
copias de estos acuerdos darán plena fe                                                 propia o de terceros, c).- Explotación:
                                            CONSTITUCION DE SOCIEDAD:
ante los socios los terceros.                                                           de cabañas, chacras, criaderos de
                                            Entre los Señores MARIA CECILIA
OCTAVA: Las decisiones se                                                               animales domésticos, de granja y
                                            MASSA FORMICA, de treinta y
adoptarán con el voto favorable de los                                                  silvestres, establecimientos de cría e
                                            cuatro años de edad, DNI. Nº
socios que representen la mayoría del                                                   invernada de ganado, hara, estancias,
capital social. En todos los casos, cada    24.594.908, argentina, mayor de edad,
                                                                                        huertas, plantaciones, quintas, tambos,
cuota de capital da derecho a un voto.      casada, nacida el día 16/10/1975, de
                                                                                        etc. d).- Explotación de Forestales:
NOVENA: La sociedad llevará                 Profesión Odontóloga, con domicilio
                                                                                        mediante la utilización de tierras
legalmente su contabilidad y preparará      real en República del Libano Nº 2.307
                                                                                        propias, o de terceros, para realizar
anualmente sus Estados Contables al         del Barrio Cabildo de esta ciudad,
                                                                                        plantaciones de cualquier tipo,
día 31 del mes de diciembre de cada         SEBASTIAN ALEJANDRO RUSE,
año, con el respectivo inventario y                                                     forestaciones y reforestación, más la
                                            de Treinta y Tres años de edad, DNI.
memoria; los socios participarán, en                                                    explotación directa e indirecta de
                                            Nº 25.596.532, argentino, mayor de
proporción al capital integrado de los                                                  bosques y establecimientos forestales;
                                            edad, soltero, nacido el día 28/04/1977,
beneficios y soportarán las pérdidas de                                                 e).- Semillas y Fertilizantes: realizar la
                                            de Profesión Maestro Mayor de Obra,
la misma proporción. De las utilidades                                                  p r o d u c ci ó n , e x p o r t a c i ó n y
líquidas y realizadas se destinarán: a)     con domicilio real en Sarmiento Nº 654
                                                                                        comercialización de semillas,
Un 5% para el fondo de reserva legal,       del Barrio Francisco de Aguirre de esta
                                                                                        herbicidas, fertilizantes, y todo tipo de
hasta completar un 20% del capital          ciudad, GERMAN GASTON
                                                                                        agroquímicos e insumo para esa
social; b) El importe que se establezca     ROMITI, de Treinta y Uno años de
                                                                                        actividad; f).- Frutos del país: la


                                                              22
Boletín Oficial Nº 19.263                                                                          Lunes 5 de Julio de 2010
                        2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO

compra-venta, depósito, importación y                sobre forestación; recuperación de          promoción de inversiones inmobiliarias
e x p o r t a c i ó n , d i s t r i b u ci ó n y     tierras áridas para destinarlas a           y mobiliarias en títulos, acciones,
consignación del frutos del país en                  forestación: VII).- Frigoríficas: la        cédulas, bonos, y cualesquiera otros
estado natural, elaborados o                         realización de operaciones de               documentos emitidos por particulares,
semielaborados; II).- Comerciales: la                faenamiento de animales de consumo          el Estado y/o empresa estatal y/o
compra y venta, locación, permuta,                   humano o animal, elaboración,               mixtas en participación, de todas clases
c o n s i g n a ci ó n , d i s t r i b u c i ó n ,   preparado de embutidos, chacinados,         de bienes; XII).- Industriales: mediante
representación, importación, y                       grasas, comestibles, alimentos              l a p r o d u c ció n, fa b ric ació n,
exportación de maquinarias, vehículos,               c o n c e n t r a dos y a b onos ; l a      transformación o elaboración,
equipos, motores, accesorios,                        comercialización en todas sus etapas,       distribución de productos y
implementos, repuestos, herramientas,                distribución, transporte, importación y     subproductos de la actividad agrícola,
maderas, postes, y otros productos                   exportación, y fraccionamiento de todos     ganadera, forestal, y de todas aquellas
forestales, cereales y oleaginosas y todo            los productos mencionados y                 descriptas en el objeto Social.- Para el
tipo de derivados, ganado vacuno,                    relacionados con el objeto social;          cumplimiento de sus fines la sociedad
caprino, ovino, caprino, y equino;                   VIII).- Actividad Constructora: a).-        podrá: a).- afianzar, armar, arrendar,
carnes, y sus subproductos, leche y                  Obras públicas y privadas, tales como       comercializar, confeccionar, consignar,
productos lácteos y todo tipo de                     la construcción de todo tipo de             construir, dar, y tomar en leasing, dar y
productos alimenticios, como así                     electrificación, de ingeniería y            tomar en locación, desarmar, diseñar,
también los insumos necesarios para                  arquitectura, de inmuebles, obras           distribuir, elaborar, envasar, exportar,
tales actividades; III).- Administración             viales, hidráulicas, y energéticas,         financiar, gravar, hipotecar, importar,
de Bienes: la administración de bienes               demoliciones y la explotación, compra       industrializar, modificar, moler,
propios o de terceros, ya sean personas              venta, administración e intermediación      montar, permutar, prendar, reexportar,
físicas o jurídicas, incluyéndose toda               en dichas operaciones sobre imuebles        refaccionar, reparar, representar,
clase de bienes, muebles o inmuebles,                propios o de terceros, b).- Constitución    restaurar, vender, revender, transportar,
urbanos o rurales, derechos, acciones,               de Fideicomiso: a los fines de              usufructuar cualesquiera cosa a fines
valores, y obligaciones de entidades                 desarrollar la actividad ut-supra           cumplir su objeto social. b).- Así
públicas o privadas y en general                     mencionada, IX).- Inmobiliaria: a).-        también podrá adquirir, suscribir, o
realizar todas las operaciones                       Explotación de oficinas, locales, e         transmitir, por cualquier título,
relacionadas con el cumplimiento de los              inmuebles en general, urbanos y rurales,    acciones de sociedades comerciales,
objetos indicados; IV).- Servicios                   por sistema de alquiler, arriendo,          cuotas sociales , deb en t u r es ,
Agropecuarios: Construcción e                        subarriendo, leasig inmobiliario, como      obligaciones negociables o títulos de
impermeabilización de los diferentes                 préstamos de uso, de tiempo                 otras sociedades; "warrants"; c).-
medios de trasporte y almacenamiento                 compartido, y cualquier otro contrato de    Construir sociedades subsidiarias,
de agua, ya sean canales, represas,                  explotación comercial que autoricen las     uniones transitorias de empresas,
tanques, etc, siembra, recolección y                 leyes, b).- Administración de               agrupamientos de colaboración,
cosecha, desmonte, nivelación,                       propiedades: inmuebles urbanas y            realizar fusiones o cualquier
movimiento de suelos, pulverizaciones                rurales y negocios propios y de             combinación o comunidad de intereses
terrestres y aéreas, transporte general,             terceros; c).- Ejercicios de Comisiones:    con otras personas físicas o jurídicas,
previa autorización de los organismos                consignaciones, representaciones y          domiciliadas en el país o en el
pertinentes; V).- Importación y                      mandatos; X).- Consultoría: la              extranjero; d).- Organizar jurídica y
Exportación: la importación y                        prestación de servicios profesionales,      administrativamente consorcios
exportación, trasporte y distribución                científicos, y técnicos de nivel            inversores para el desarrollo de
por cuenta propia o de terceros, de todo             universitario, por intermedio de            proyectos afines. d) tramitar ante
tipo de bienes y el asesoramiento sobre              locaciones de obra intelectual o de         instituciones financieras nacionales e
todo tipo de operaciones de importación              servicios, por cuenta propia o de           internacionales, créditos, vales y
y exportación, VI).- Forestación: la                 terceros, o asociadas a terceros, para      participaciones para los proyectos a
realización por cuenta propia o de                   aconsejar, asesorar, dictaminar,            desarrollar y gestionar ante los
terceros de tareas de forestación,                   informar, proponer, recomendar, sugerir     or g a n i s m os gub ern a ment a les
reforestación, y la organización de los              en las ramas administrativas, bursátil,     competentes la obtención de beneficios
planes respectivos, para aplicarlos en               comercial contables, de riesgo, de          para el desarrollo de proyectos. La
tierras propias o de terceros;                       seguros, económica, financiera,             presente enunciación no es taxativa,
instalaciones de viveros forestales;                 impositiva, industrial, laboral,            por lo tanto la sociedad podrá realizar
efectuar tareas de conservación de masa              impositiva, técnica, tributaria; mediante   todos los actos tendientes al
fores t a l; indus t ria liz a ción,                 análisis estudios y evaluaciones,           cumplimiento de sus fines que no estén
comercialización, distribución,                      exámenes, etc. XI).- Mandataria de          prohibidos por las leyes.
transporte, importación y exportación                Inversiones: La realización de              CAPITAL SOCIAL: El Capital
de maderas, asesoramiento a terceros                 operaciones de distribución y               Social lo constituye la suma de PESOS


                                                                       23
Boletín Oficial Nº 19.263                                                                Lunes 5 de Julio de 2010
                   2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO

CIEN MIL ($100.000), representando         mismos con designación de sus cargos,       voto.
por veinte cuotas sociales de pesos        suspenderlos, exonerarlos, representar      FECHA DE CIERRE: 30 de Junio de
cinco mil ($5.000) cada una, que los       a la sociedades en todos sus actos y        cada año.-
socios suscriben de la siguiente manera:   asuntos judiciales y administrativos,       Santiago del Estero, 02 de Julio de
A) El Socio MARIA CECILIA                  cobrar y percibir cuanto se le adeudare     2010.-
MASSA FORMICA, la cantidad de              ahora y en adelante a la Sociedad,          MARCELA ANTOGNOLI DE
cinco (5) Cuotas Sociales de pesos         celebrar contratos de seguro, estar en      TAMER - Abogada.
cinco mil ($5000) cada una, o sea la       juicio como actor o demandado en            Nº 209.149 - e. 05 julio - v. 05 julio -
suma de pesos veinticinco mil              cualquier fuero, prorrogar Jurisdicción,    p. 1.700 - $ 435,00.-
($25.000), representativo del 25%          promover querellas y retirarlas, celebrar
(veinticinco por ciento) del Capital       todos los demás actos que se reputen               MUNICIPALIDAD DE
Social. B) El Socio SEBASTIAN              necesarios o convenientes para el                           FRIAS
ALEJANDRO RUSE, la cantidad de             cumplimiento del objeto social y de              SANTIAGO DEL ESTERO
cinco (5) Cuotas Sociales de pesos         aquellos que se relacionen directa o             Decreto Acuerdo Nº 106/10
cinco mil ($5000) cada una, o sea la       indirectamente con el mismo, la             VISTO: Que la Carta Orgánica de la
suma de pesos veinticinco mil              enumeración precedente no es taxativa       Municipalidad de la Ciudad de Frías en
($25.000), representativo del 25%          sino enunciativa. Queda absolutamente       el Capítulo V, Art. 50º, Inc.17,
(veinticinco por ciento) del Capital       prohibido al o los gerentes, salvo previo   establece que corresponde al Intendente
Social. C) El Socio GERMAN                 consentimiento social, decidido por         convocar a Elecciones Municipales.
GASTON ROMITI, la cantidad de              mayoría absoluta de capital: I) emplear     Y CONSIDERANDO:
cinco (5) Cuotas Sociales de pesos         o comprometer la firma social en            Que el llamado a estos comicios se
cinco mil ($5000) cada una, o sea la       prestaciones a titulo gratuito, garantías   realiza en el marco de lo establecido
suma de pesos veinticinco mil              o fianzas de terceros; II) dar o tomar      por la Carta Orgánica Municipal y la
($25.000), representativo del 25%          prestamos, ya sea de particulares o de      Ordenanza Electoral de la Ciudad de
(veinticinco por ciento) del Capital       banco y/o de instituciones financieras      Frías Nº 608/91. Que a tales efectos se
Social. D) El Socio MARCO                  de plaza, interior o exterior, ya sean      hace necesario dictar el correspondiente
PASSAGRILLI, la cantidad de cinco          oficiales o privadas, garantizadas o no     acto administrativo.
(5) Cuotas Sociales de pesos cinco mil     con derechos reales u otras garantías y     Por ello,
($5000) cada una, o sea la suma de         III) enajenar bienes de capital                   El Intendente Municipal en
pesos veinticinco mil ($25.000),           pertenecientes a la sociedad. Los                  uso de sus facultades y en
representativo del 25% (veinticinco por    gerentes durarán en el cargo por el                 Acuerdo de Secretarios,
ciento) del Capital Social. Los Socios     término de (2) dos años, vencido el                       DECRETA:
integran el capital en un 50%, y se        mismo pueden ser reelegidos.- La            ART. 1º) CONVOCASE al electorado
obligan a integrar el saldo restante       designación y remoción de los citados       de la Ciudad de Frías, para que el día
dentro del plazo de (2) dos años,          Gerentes se producirá por el voto de los    05 de Septiembre de 2010 proceda a
computados a partir de la fecha de         socios que representen la mayoría del       elegir Intendente Municipal en distrito
inscripción de la sociedad. La reunión     capital social. El o los Gerentes, socios   único y a simple pluralidad de
de socios dispondrá el momento en que      o no, deberán responder por sus actos       sufragios; para el período comprendido
se completará la integración.              ante los demás Socios elevando un           entre el 01/11/2010 al 31/10/2014.
ADMINISTRACION                         Y   informe periódico de las operaciones        ART. 2º) CONVOCASE al electorado
REPRESENTACION: La sociedad                efectuadas por la sociedad en su            de la Ciudad de Frías, para que el día
será administrada y representada por       gestión, y será removido de su cargo        05 de Septiembre de 2010 en distrito
los socios GERMAN GASTON                   por justa causa.                            único, proceda a elegir doce (12)
ROMITI Y MARCO PASSAGRILLI,                REUNIONES: La Sociedad expresará            Concejales Municipales Titulares y
desempeñándose también, ambos, en el       su voluntad por medio de resoluciones,      doce (12) Concejales Municipales
carácter de Gerente de la Sociedad,        que se adoptarán en las reuniones entre     Suplentes, que se distribuirán conforme
quienes podrán hacer uso de la firma       los socios, que se realizarán por lo        las disposiciones del artículo 94 inc."f"
social, actuando en forma individual e     menos una vez al año, se adoptarán por      de la Carta Orgánica Municipal, para el
indistinta, especialmente para el uso de   mayoría del capital social; pero para       período comprendido entre el
las cuentas bancarias de la firma, en      aquellas decisiones que impliquen           01/11/2010 al 31/10/2014.
cuyo caso no se requerirá de la firma      modificación del contrato social, se        ART. 3º) En la elección se utilizará el
del otro socio gerente, y gozarán de       requerirá la aprobación por mayoría         padrón Electoral Nacional vigente que
amplias facultades en todo lo que atañe    absoluta; y la unanimidad de los socios     corresponda a la jurisdicción de la
al giro comercial de la empresa,           para la aprobación de Balances; se          Ciudad de Frías, al que se le agregará
pudiendo a tal fin conceder poderes        anotarán en el Libro de Actas, el que       el Padrón de Ciudadanos Extranjeros
generales o especiales, nombrar y          deberá observar los requisitos legales.-    que confeccionará el Tribunal Electoral
remover empleados, fijar sueldos de los    Cada cuota de Capital da derecho a un       Municipal, pudiendo delegar dicha


                                                             24
Boletín Oficial Nº 19.263                                                                Lunes 5 de Julio de 2010
                   2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO

función en el Registro de Estado Civil     menos con sesenta días de anticipación,     en la fecha fijada precedentemente
y Capacidad de las Personas de la          debiendo ser comunicada al Tribunal         utilizando para la misma el Padrón
Ciudad de Frías.                           Elect oral y publicárs ela                  Electoral Nacional vigente que
ART. 4º) Las elecciones que se             fehacientemente;                            corresponda a la jurisdicción de la
convocan en el presente Decreto            Que el próximo 31 de octubre del            ciudad, al que se le agregará el Padrón
Acuerdo se regirán por lo dispuesto en     corriente año fenecen los mandatos de       de Extranjeros.
la Constitución de la Provincia, las       los Señores Concejales y del Intendente     Artículo 4º.- El Tribunal Electoral de
normas del Código Electoral Nacional       Municipal por expiración del período        la Provincia será Autoridad
y por la Carta Orgánica Municipal en       por el cual fueron elegidos;                Competente y determinará el
todo lo que se contraponga a la            Que en consecuencia se estima               cronograma de acciones para el normal
Constitución de la Provincia.              p ert inente dictar la me dida              desenvolvimiento del acto eleccionario
ART. 5º) Remítase copia del presente       correspondiente con la suficiente           de conformidad con lo establecido por
Decreto al Tribunal Electoral              antelación, a fin de posibilitar que los    el Artículo 77 del Código Electoral
Municipal.                                 Partidos Políticos que intervengan en la    Provincial.
ART. 6º) Elévese copia del presente al     elección, realicen los actos necesarios     Artíc ulo 5 º . - C omuní ques e,
Honorable Concejo Deliberante.             para la difusión de sus postulados y        publíquese, dése al Registro Oficial y
ART. 7º) Tomen nota las distintas          conocimiento, por parte de los              archívese.-
Dependencias Municipales a sus             ciudadanos, de los respectivos              PASCUAL A. AGUILERA -
efectos.                                   candidatos;                                 Intendente - Municipalidad Nva.
ART. 8º) Comuníquese, Regístrese,          Que es también          menester dejar      Esperanza
Publíquese y Archívese.                    establecido que el sistema electoral        MANUEL ERNESTO ARIAS -
FERNANDO O M AR S ALIM                     aplicable a cada una de las categorías      Secretario de Gobierno
-Intendente.                               de candidatos que se elegirán conforme      MARIELA S. LUNA - Secretaria de
MIRTA IRENE FLORES - Secretaria            lo normado en el artículo 78 y CC del       Finanzas
Gral.                                      Código Electoral Provincial.                Nº 209.150 - e. 05 julio - v. 07 julio -
CLAUDIO RODOLFO CORONEL -                  Que el presente Decreto se dicta en uso     p. 400 - $ 120,00.-
Secretario de Gobierno.                    de las atribuciones emergentes del
DANIEL A. BAYTALA - Secretario de          artículo 76 del Código Electoral                   MUNICIPALIDAD DE
Turismo.                                   Provincial y el artículo 79 inc. 19 de la              LA CIUDAD DE
ANTONIO J. AUAT - Sec. Privado             Ley Orgánica de Municipalidades Nº                     POZO HONDO
A/C Sec. O. y S. Públicos.                 5.590;                                                  Dpto. Jiménez
RAUL SABAGH - Secretario de                Por ello,                                       SANTIAGO DEL ESTERO
Desarrollo Social.                         EL INTENDENTE MUNICIPAL, EN                     Decreto Acuerdo Nº 30/2010
Nº 209.153 - e. 05 julio - v. 07 julio -     ACUERDO DE SECRETARIOS                    Por ello,
p. 260 - $ 82,50.-                                       DECRETA                       EL INTENDENTE MUNICIPAL DE
                                           Artículo 1º.- Fíjase el día 5 de                       LA CIUDAD DE
       MUNICIPALIDAD DE                    Septiembre del año 2010 como fecha             POZO HONDO EN ACUERDO
       NUEVA ESPERANZA                     para las elecciones de Intendente y                   DE SECRETARIOS
          Dpto. Pellegrini                 Concejales de la Ciudad.                                  DECRETA
     SANTIAGO DEL ESTERO                   Artículo 1º.- Convócase al Electorado       Artículo 1º.- Fíjase el día 5 de
   Decreto Municipal Nº 08/2010            de la Ciudad, para que en la fecha fijada   septiembre del año 2010 como fecha
VISTO: La Constitución de la               en el Artículo Primero, proceda a elegir    para la realización de las elecciones de
Provincia, el Código Electoral             Intendente, de acuerdo a lo establecido     Intendente y Concejales de la Ciudad de
Provincial aprobado por Ley Nº 6.908;      en el artículo 78 inc. a) del Código        Pozo Hondo.
y                                          Electoral Provincial aprobado por Ley       Artículo 2º.- Convócase al electorado
CONSIDERANDO:                              Nº 6.908.                                   de la Ciudad de Pozo Hondo, para que
Que el artículo 215 de la Constitución     Artículo 2º.- Convócase al electorado       en la fecha fijada en el Artículo
Provincial establece que.. "Los            de la Ciudad, para que en la fecha fijada   Primero, proceda a elegir Intendente
Municipios convocarán a elecciones         en el Artículo Primero, proceda a elegir    Municipal, de acuerdo a lo establecido
entre los ciento veinte días y los         seis (6) Concejales Titulares y seis (6)    por el artículo 78 inc. (a). del Código
cuarenta y cinco días anteriores a la      Concejales Suplentes, conforme al           Electoral Provincial aprobado por Ley
expiración del período de gobierno".       Sistema Electoral establecido en el         Nº 6.908,
Que así mismo el Código Electoral          Artículo 78 inc. b) y ccdtes. del Código    Artículo 3º.- º.- Convócase al
Provincial en su Capítulo IV artículo      Electoral Provincial aprobado por Ley       electorado de la Ciudad de Pozo
76, dispone que la Convocatoria para la    Nº 6.908, garantizándose el 50% de los      Hondo, para que en la fecha fijada en el
elección de Intendente y Concejales lo     cargos electivos para cada género.          Artículo Primero, proceda a elegir SEIS
hará el Departamento Ejecutivo por lo      Artículo 3º.- La elección se realizará      (6) CONCEJALES TITULARES Y


                                                             25
Boletín Oficial Nº 19.263                                                                    Lunes 5 de Julio de 2010
                   2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO

SEIS (6) CONCEJALES                          entre los ciento veinte días y los           de la Ciudad de Suncho Corral, para
SUPLENTES, conforme al Sistema               cuarenta y cinco días anteriores a la        que en la fecha fijada en el Artículo
Electoral establecido en el Artículo 78      expiración del período de Gobierno".         Primero, proceda a elegir Intendente
inc. b) y ccdtes. del Código Electoral       Que el Código Electoral Provincial en        Municipal, de acuerdo a lo establecido
Provincial aprobado por Ley Nº 6.908,        su capítulo IV, Artículo 76, dispone         por el artículo 78 Inc. (A) del Código
garantizándose el 50% de los cargos          que la convocatoria a elecciones de          Electoral Provincial aprobado por Ley
electivos para cada género.                  Intendente y Concejales lo hará el           Nº 6.908
Artículo 4º.- La elección se realizará       Departamento Ejecutivo por lo menos          Artículo 3º.- Convócase al electorado
en la fecha fijada precedentemente           con sesenta días de anticipación,            de la Ciudad de Suncho Corral, para
utilizando para la misma el padrón           debiendo ser comunicada al Tribunal          que en la fecha fijada en el Artículo
electoral nacional vigente que               Electoral y publicárs ela                    Primero, proceda a elegir Seis (6)
corresponda a la jurisdicción de la          fehacientemente, que el próximo 31 de        Concejales Titulares y Seis (6)
Ciudad, al que se le agregará el padrón      Octubre del corriente año fenecen los        Concejales Suplentes, conforme al
de extranjeros.                              mandatos de los Señores Concejales y         Sistema Electoral establecido en el
Artículo 5º.- El Tribunal Electoral de       del Intendente Municipal por expiración      Artículo 78 inc. (B) y ccdtes. del
la Provincia será autoridad competente       del período por el cual fueron elegidos;     Código Electoral Provincial aprobado
y determinará el cronograma de               Que en consecuencia corresponde dictar       por Ley Nº 6.908, garantizándose el
a cci o n e s p a r a e l nor ma l           la medida pertinente con la suficiente       50% de los cargos electivos para cada
desenvolvimiento del acto eleccionario       antelación, a fin de posibilitar que los     género.
de conformidad con lo establecido por        partidos políticos que intervengan en la     Artículo 4º.- La elección se realizará
el Artículo 77 del Código Electoral          elección, realicen los actos necesarios      en la fecha fijada precedentemente
Provincial.                                  para la difusión de sus postulados y         utilizando para la misma el Padrón
Artículo 6º.-Comuníquese, publíquese,        conocimiento, por parte de los               Electoral Nacional vigente que
dése al Registro Oficial y archívese.-       ciudadanos, de los respectivos               corresponda a la jurisdicción de la
Prof. FRANCISCO BUSTOS RUIZ -                candidatos; Que es menester dejar            Ciudad, al que se le agregará el Padrón
Intendente - Municipalidad de Pozo           establecido que el Sistema Electoral         de Extranjeros.
Hondo                                        aplicable a cada una de las categorías       Artículo 5º.- El Tribunal Electoral de
Prof. WALTER R. LOPEZ - Sec. de              de candidatos que se elegirán conforme       la Provincia será Autoridad
Gobierno                                     lo normado en el Artículo 78 y ctes. del     Competente y determinará el
Nº 209.151 - e. 05 julio - v. 07 julio -     Código Electoral Provincial; Que el          cronograma de acciones para el normal
p. 220 - $ 67,50.-                           presente Decreto se dicta en uso de las      desenvolvimiento del acto eleccionario
                                             atribuciones emergentes del Artículo 76      de conformidad con lo establecido por
       MUNICIPALIDAD DE                      del Código Electoral Provincial y el         el Artículo 77 del Código Electoral
        SUNCHO CORRAL                        Artículo 79 inc. 19 de la Ley Orgánica       Provincial.
        Dpto. Juan F. Ibarra                 de Municipalidades Nº 5.590;                 Ar t í c ulo 6º.- Comuní q ues e,
    SANTIAGO DEL ESTERO                      Por ello,                                    publíquese, dése al Registro Oficial y
   Decreto - Acuerdo Nº 01/2010               EL INTENDENTE MUNICIPAL DE                  archívese.-
Suncho Corral, 30 de Junio de 2010.-                    LA CIUDAD DE                      MARIO GARCIA HERNANDEZ -
VISTO: La Constitución de la                        SUNCHO CORRAL EN                      Intendente - Municipalidad de Suncho
Provincia, el Código Electoral aprobado        ACUERDO DE SECRETARIOS                     Corral
por Ley Nº 6.908 y por lo dispuesto por                    DECRETA                        Esc. IVANNA EDITH CORIA -
la Ley Orgánica de Municipalidades Nº        Artículo 1º.- Fíjase el día 5 de             Secretaria de Gobierno
5.590; y,                                    septiembre del año 2010 como fecha           Nº 209.160 - e. 05 julio - v. 07 julio -
CONSIDERANDO:                                para la realización de las elecciones de     p. 400 - $ 120,00.-
Que el artículo 215 de la Constitución       Intendente y Concejales de la Ciudad de
Provincial establece que:          "Los      Suncho Corral.
Municipios convocarán a elecciones           Artículo 2º.- Convócase al electorado

                                                  TRIBUNAL ELECTORAL
                                                  SANTIAGO DEL ESTERO
                                PARTIDO MOVIMIENTO DE BASES INDEPENDIENTES
"El Tribunal Electoral de la Provincia comunica que a los fines de la Ley 5.562, por Secretaría se exhiben los Estados Contables
correspondientes a los años 2006 a 2009 pertenecientes al PARTIDO MOVIMIENTO DE BASES INDEPENDIENTES, por
el término de 30 días hábiles, todo conforme a lo ordenado en autos: EXPTE Nº 31/10 "PARTIDO MOVIMIENTO DE BASES
INDEPENDIENTES S/ ESTADOS CONTABLES AÑO 2006 A 2009".-
SECRETARIA ELECTORAL DE LA PROVINCIA
Santiago del Estero, 29 de Junio de 2010.-


                                                               26
Boletín Oficial Nº 19.263                                                     Lunes 5 de Julio de 2010
                 2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO

Dr. LEON E. MARTINETTI - Secretario Electoral Pcial.




                               MOVIMIENTO DE BASES INDEPENDIENTES
                                      SANTIAGO DEL ESTERO

                          ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL AL 31/12/2006

                                                             31/12/2006          31/12/2005

ACTIVO

         ACTIVO CORRIENTE

         Caja-Banco                                             $ 0,00              $ 0,00
         Créditos                                               $ 0,00              $ 0,00

         TOTAL DEL ACTIVO CORRIENTE                             $ 0,00              $ 0,00

         ACTIVO NO CORRIENTE
         Bienes de Uso                                          $ 0,00              $ 0,00
         TOTAL DEL ACTIVO NO CORRIENTE                          $ 0,00              $ 0,00

         TOTAL DEL ACTIVO                                       $ 0,00              $ 0,00

PASIVO

         PASIVO CORRIENTE
                                                                $ 0,00              $ 0,00
         TOTAL DEL PASIVO CORRIENTE                             $ 0,00              $ 0,00

         TOTAL DEL PASIVO                                       $ 0,00              $ 0,00

PATRIMONIO NETO

                  (S/Estado de Evolució del PN)                 $ 0,00              $ 0,00

PASIVO*PN=ACTIVO                                                $ 0,00              $ 0,00

                                   ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL
                                      Comparativo con el ejercicio anterior
                                                   al 31-12-2007

                                                                31/12/2006        31/12/2005

ACTIVO

         ACTIVO CORRIENTE

      Caja-Banco (s/nota Nº 2.1)                                $ 4.318,65          $ 0,00
      Crédito (s/nota Nº 2.2)                                   $ 5.161,14          $ 0,00
TOTAL DEL ACT. CORRIENTE                                        $ 9.479,79          $ 0,00


                                                        27
Boletín Oficial Nº 19.263                                                             Lunes 5 de Julio de 2010
                2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO




         ACTIVO NO CORRIENTE

         Bienes de Uso (s/Anexo de Bs. de Uso)       $        0,00                $ 0,00
         TOTAL DEL ACTIVO NO CORRIENTE                            $     0,00                   $ 0,00
         TOTAL DEL ACTIVO                                         $ 9.479,79                   $ 0,00

PASIVO

         PASIVO CORRIENTE
         Deudas (s/nota 2.3)                                     $    28,06                    $ 0,00
         TOTAL DEL PAS. CORRIENTE                                $    28,06                    $ 0,00
         TOTAL DEL PAS. NO CORRIENTE                             $     0,00                    $ 0,00
         TOTAL DEL PASIVO                                        $    28,06                    $ 0,00

PATRIMONIO NETO
      (S/Estado de Evolución del PN)                             $ 9.451,73                    $ 0,00

PASIVO+PN=ACTIVO                                                 $ 9.479,79                    $ 0,00


                                ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL
                                   Comparativo con el ejercicio anterior
                                             al 31-12-2008

                                                                 31/12/2006                31/12/2005

ACTIVO

      ACTIVO CORRIENTE
      Caja-Banco (s/nota Nº 2.1)                                 $ 11.849,22                   $ 4.318,65
      Crédito (s/nota Nº 2.2)                                    $ 1.950,36                    $ 5.161,14
TOTAL DEL ACT. CORRIENTE                                         $ 13.799,58                   $ 9.479,79
      ACTIVO NO CORRIENTE

         Bienes de Uso (s/Anexo de Bs. de Uso)       $        0,00                $     0,00
         TOTAL DEL ACTIVO NO CORRIENTE                            $    0,00                    $    0,00
         TOTAL DEL ACTIVO                                         $13.799,58                   $ 9.479,79

PASIVO

         PASIVO CORRIENTE
         Deudas (s/nota 2.3)                                     $   105,98                    $ 28,06
         TOTAL DEL PAS. CORRIENTE                                $   105,98                    $ 28,06
         TOTAL DEL PAS. NO CORRIENTE                             $     0,00                    $ 0,00
         TOTAL DEL PASIVO                                        $   105,98                    $ 28,06

PATRIMONIO NETO
      (S/Estado de Evolución del PN)                             $13.693,60                    $ 9.451,73
PASIVO+PN=ACTIVO                                                 $ 13.799,58                   $ 9.479,79

                                             MOVIMIENTO DE
                                         BASES INDEPENDIENTE
                                         SANTIAGO DEL ESTERO
                                  Estado de Situación Patrimonial al 31/12/2009
                                     Comparativo con el Ejercicio Anterior
                                                    (En pesos)

          ACTIVO               31/12/200    31/12/2008                PASIVO                31/12/200       31/12/2008
                                   9                                                            9

 Activo Corriente                                         Pasivo Corriente



                                                         28
Boletín Oficial Nº 19.263                                                                     Lunes 5 de Julio de 2010
                  2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO


 disponibilidad (Nota 2)            $ 8802.58      $ 11849.22     Deudas Comerciales (nota 6)                         $ 105.98

 Créditos (Nota 3)                  $ 1950.36      $ 1950.36      Deudas Sociales (nota 7)

 Total Activo Corriente            $ 10752.94      $ 13799.58     Total Pasivo Corriente                              $ 105.98

 Activo No Corriente                                              Pasivo No Corriente

 Bienes de Uso s/Anexo A                                          No existe
 (neto de amortizaciones)

 Total Activo no Corriente                                        Total Pasivo No Corriente

                                                                  Total Pasivo                                        $ 105.98

                                                                  Patrimonio Neto

                                                                  Según Estado Respectivo           $ 10752.94     $ 13693.60

 Total Activo                      $ 10752.94      $ 13799.58     Total Pasivo mas
                                                                  Patrimonio Neto                    $ 10752.94    $ 13799.58
CARLOS A. ANAUATE -Apoderado
C.P.N. HECTOR GUSTAVO ESPER
DRA. MARIA JOSE MOYANO - Pro-Secretaria
E. 5 Julio - v. 5 Julio

                                                 TRIBUNAL ELECTORAL
                                                SANTIAGO DEL ESTERO
                                             PARTIDO DIGNIDAD POPULAR
"El Tribunal Electoral de la Provincia comunica que a los fines de la Ley 5.562, por Secretaría se exhiben los Estados Contables
correspondientes al año 2008 pertenecientes al PARTIDO DIGNIDAD POPULAR, por el término de 30 días hábiles, todo
conforme a lo ordenado en autos: EXPTE Nº 10/10 "PARTIDO DIGNIDAD POPULAR S/ESTADOS CONTABLES AÑO
2008".-
SECRETARIA ELECTORAL DE LA PROVINCIA
Santiago del Estero, 21 de Abril de 2010.-
Dra. MARIA JOSE MOYANO - Pro-Secretaria - Tribunal Electoral de la Provincia.




                                           PARTIDO DIGNIDAD POPULAR
                                                SANTIAGO DEL ESTERO


                                       ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL
                                                EJERCICIO IRREGULAR
                                                       AL 31/12/2008


                                                                                           31/12/2008
ACTIVO


          ACTIVO CORRIENTE

          Caja-Banco (s/nota Nº 2.1)                                                         $ 2.500,00
          Crédito                                                                            $     0,00


          TOTAL DEL ACTIVO CORRIENTE                                                         $ 2.500,00



                                                                29
Boletín Oficial Nº 19.263                                                                      Lunes 5 de Julio de 2010
                     2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO

           ACTIVO NO CORRIENTE
           Bienes de Uso (s/Anexo de Bs. de Uso)                                 $     0,00
           TOTAL DEL ACTIVO NO CORRIENTE                                                   $      0,00


           TOTAL DEL ACTIVO                                                                $ 2.500,00


PASIVO


           PASIVO CORRIENTE
           Deudas                                                                          $      0,00
           TOTAL DEL PAS. CORRIENTE                                                        $      0,00
           TOTAL DEL PASIVO NO CORRIENTE                                                   $      0,00


           TOTAL DEL PASIVO                                                                $      0,00


PATRIMONIO NETO


                       (S/Estado de Evolución del PN)                                      $ 2.500,00


PASIVO+PN=ACTIVO                                                                           $ 2.500,00


                                                TRIBUNAL ELECTORAL
                                                SANTIAGO DEL ESTERO
                                             PARTIDO DIGNIDAD POPULAR
"El Tribunal Electoral de la Provincia comunica que a los fines de la Ley 5.562, por Secretaría se exhiben los Estados Contables
correspondientes a los años 2009 pertenecientes al PARTIDO DIGNIDAD POPULAR, por el término de 30 días hábiles, todo
conforme a lo ordenado en autos: EXPTE Nº 25/10 "PARTIDO DIGNIDAD POPULAR S/ESTADOS CONTABLES AÑO
2009".-
SECRETARIA ELECTORAL DE LA PROVINCIA
Santiago del Estero, 22 de Junio de 2010.-
Dr. LEON F. MARTINETTI - Secretario Electoral Provincial


e. 05 julio - v. 05 julio.-


                                           PARTIDO DIGNIDAD POPULAR
                                               SANTIAGO DEL ESTERO
                                      ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL
                                                        AL 31/12/2009


                                                                       31/12/2009                   31/12/2008


ACTIVO

           ACTIVO CORRIENTE

      Caja-Banco (s/nota Nº 2.1)                                       $ 2.550,00                    $ 2.500.00
      Crédito (s/nota Nº 2.2)                                          $ 1.847,44                    $     0,00
TOTAL DEL ACT. CORRIENTE                                               $ 4.397,44                    $ 2.500,00




                                                              30
Boletín Oficial Nº 19.263                                                        Lunes 5 de Julio de 2010
                     2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO

           ACTIVO NO CORRIENTE

           Bienes de Uso (s/Anexo de Bs. de Uso)   $        0,00             $     0,00
           TOTAL DEL ACTIVO NO CORRIENTE                        $     0,00                $    0,00
           TOTAL DEL ACTIVO                                     $ 4.397,44                $ 2.500,00

PASIVO

           PASIVO CORRIENTE
           Deudas (s/nota 2.3)                                 $   70,60                  $ 00,00
           TOTAL DEL PAS. CORRIENTE                            $   70,60                  $ 00,00
           TOTAL DEL PAS. NO CORRIENTE                         $    0,00                  $ 0,00
           TOTAL DEL PASIVO                                    $   70,60                  $ 00,00

PATRIMONIO NETO
      (S/Estado de Evolución del PN)                           $ 4.326,84                 $ 2.500,00

PASIVO+PN=ACTIVO                                               $ 4.397,44                 $ 2.500,00



ANTONIO CALABRESE - Tesorero
MATIAS CALABRESE - Apoderado
C.P.N. HUGO DANIEL ARCE
Dra. MARIA JOSE MOYANO - Pro-Secretaria

e. 5 Julio - v. 5 Julio




                                                       31

D:\Boletin Oficial-5 07 10

  • 1.
    Boletín Oficial Nº19.263 Lunes 5 de Julio de 2010 2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO SECCION ADMINISTRATIVA D E C R E T O S/2010 DECRETO Nº 0.867/2010 Santiago del Estero, 07 de Junio de 2010. VISTO: El Expediente Nº 956-27-2010 y el Presupuesto General de la Administración Pública Provincial - Ejercicio 2010; y CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Obras y Servicios Públicos, solicita en el Programa 21 - "Construcción y Refacción de Edificios p/Sanidad y Desarrollo Social" y el Programa 22 - "Construcción, Remodelación y Refacción de Edificios Escolares", el incremento de crédito presupuestario, financiado con Recursos Tesoro General de la Provincia, para ejecutar distintas Obras y Proyectos de la Partida Parcial: 421 - Trabajos Públicos; Que lo requerido, permitirá adecuar los créditos a las actuales necesidades presupuestarias del citado Organismo; Que en consecuencia, es necesario implementar las modificaciones presupuestarias pertinentes, sin que ello implique incremento en el Total de Gastos previstos en el presente Ejercicio, afectándose créditos de partidas específicas del Ministerio de Economía; Que el presente Decreto se encuadra en lo dispuesto por el Artículo 9º de la Ley Nº 6974 - Presupuesto General de la Administración Pública Provincial - Ejercicio 2010; Por ello, El Señor Gobernador de la Provincia DECRETA: Art. 1º. - Modifícase, el Presupuesto General de la Administración Pública Provincial - Ejercicio 2010, de conformidad con el detalle obrante en Planillas Anexas, que forman parte integrante del presente Decreto. Art. 2º. - El presente Decreto será también refrendado por el Señor Ministro de Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. - Comuníquese, publíquese, dése al BOLETIN OFICIAL y archívese. Dr. Gerardo Zamora Sr. Elías Miguel Suárez C.P.N. Atilio Chara Arq. Argentino José Cambrini PLANILLA ANEXA Nº III, QUE FORMA PARTE DEL EXPEDIENTE Nro. 965 2710 Jur. / Progr Subprog Proyecto Activ. Partida Financia- Concepto Importe Ent. Obra miento 12 21 00 00 01 111 10 RETRIBUCION DEL CARGO -9.000.000,00 17 21 00 01 56 421 10 TRABAJOS PUBLICOS 450.000,00 22 00 02 53 421 10 TRABAJOS PUBLICOS 150.000,00 22 00 02 76 421 10 TRABAJOS PUBLICOS 600.000,00 22 00 02 92 421 10 TRABAJOS PUBLICOS 600.000,00 22 00 06 54 421 10 TRABAJOS PUBLICOS 300.000,00 22 00 06 85 421 10 TRABAJOS PUBLICOS 300.000,00 22 00 07 53 421 10 TRABAJOS PUBLICOS 300.000,00 22 00 07 64 421 10 TRABAJOS PUBLICOS 300.000,00 22 00 07 79 421 10 TRABAJOS PUBLICOS 300.000,00 22 00 10 75 421 10 TRABAJOS PUBLICOS 600.000,00 22 00 10 83 421 10 TRABAJOS PUBLICOS 600.000,00 22 00 10 90 421 10 TRABAJOS PUBLICOS 150.000,00 22 00 10 92 421 10 TRABAJOS PUBLICOS 300.000,00 22 00 10 93 421 10 TRABAJOS PUBLICOS 300.000,00 22 00 10 94 421 10 TRABAJOS PUBLICOS 300.000,00 22 00 10 95 421 10 TRABAJOS PUBLICOS 300.000,00 2
  • 2.
    Boletín Oficial Nº19.263 Lunes 5 de Julio de 2010 2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO 22 00 10 96 421 10 TRABAJOS PUBLICOS 450.000,00 22 00 10 97 421 10 TRABAJOS PUBLICOS 300.000,00 22 00 10 98 421 10 TRABAJOS PUBLICOS 300.000,00 22 00 10 99 421 10 TRABAJOS PUBLICOS 450.000,00 22 00 13 51 421 10 TRABAJOS PUBLICOS 150.000,00 22 00 13 52 421 10 TRABAJOS PUBLICOS 150.000,00 22 00 13 53 421 10 TRABAJOS PUBLICOS 300.000,00 22 00 13 54 421 10 TRABAJOS PUBLICOS 150.000,00 22 00 13 55 421 10 TRABAJOS PUBLICOS 150.000,00 22 00 13 56 421 10 TRABAJOS PUBLICOS 150.000,00 22 00 13 57 421 10 TRABAJOS PUBLICOS 150.000,00 22 00 13 58 421 10 TRABAJOS PUBLICOS 150.000,00 22 00 13 59 421 10 TRABAJOS PUBLICOS 300.000,00 PLANILLA ANEXA Nº III - A, QUE FORMA PARTE DEL EXPEDIENTE Nro. 965-27-2010 DETALLE DE OBRAS FINANCIAMIENTO: 10 - RECURSOS TESORO GENERAL DE LA PROVINCIA Las obras en el Anexo III son las siguientes: Jur. Prog.. Subpr. Proy. Obra Finan Denominación M odif. En $ 17 21 00 01 56 10 Refac. UPA - Bº Santa Lucia - Ciudad Cap. Dpto. Capital 450.000 17 22 00 02 53 10 Jardín Nº 30 - Capital - Dpto. Capital 150.000 17 22 00 02 76 10 Escuela Henry Dunant Nº 281 - Capital - Dpto. Capital 600.000 17 22 00 02 92 10 Escuela Diego de Rojas Nº 764 - Capital - Dpto. Capital 600.000 17 22 00 06 54 10 Col. Sec. 2º de Abril Bº Autonomía- Capital - Dpto. Capital 300.000 17 22 00 06 85 10 Col. Sec. 1º Junta - Capital - Dpto. Capital 300.000 17 22 00 07 53 10 Escuela Ricardo Rojas Nº 407 - Capital - Dpto. Capital 300.000 17 22 00 07 64 10 Escuela Nº 23 - Capital - Dpto. Capital 300.000 17 22 00 07 79 10 Escuela Nº 27 - Capital - Dpto. Capital 300.000 17 22 00 10 75 10 Esc. Nº 718 y Jardín de Inf. Nº 92 - Capital - Dpto. Capital 600.000 17 22 00 10 83 10 Escuela Nº 33 - Capital - Dpto. Capital 600.000 17 22 00 10 90 10 Escuela Nº 115 - Capital - Dpto. Capital 150.000 17 22 00 10 92 10 Escuela Nº 388 - Capital - Dpto. Capital 300.000 17 22 00 10 93 10 Escuela Nº 88 - Capital - Dpto. Capital 300.000 17 22 00 10 94 10 Escuela Nº 762 - Capital - Dpto. Capital 300.000 17 22 00 10 95 10 Escuela Nº 389 - Capital - Dpto. Capital 300.000 17 22 00 10 96 10 Escuela Nº 398 - Capital - Dpto. Capital 450.000 3
  • 3.
    Boletín Oficial Nº19.263 Lunes 5 de Julio de 2010 2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO 17 22 00 10 97 10 Escuela Nº 237 - Capital - Dpto. Capital 300.000 17 22 00 10 98 10 Escuela Nº 29 - Capital - Dpto. Capital 300.000 17 22 00 10 99 10 Escuela Nº 824 - Capital - Dpto. Capital 450.000 17 22 00 13 51 10 Escuela Nº 168 - Capital - Dpto. Capital 150.000 17 22 00 13 52 10 Escuela Nº 4 - Capital - Dpto. Capital 150.000 17 22 00 13 53 10 Escuela Nº 1132 - Capital - Dpto. Capital 300.000 17 22 00 13 54 10 Jardín Nº 64 - Capital - Dpto. Capital 150.000 17 22 00 13 55 10 Jardín Nº 60 - Capital - Dpto. Capital 150.000 17 22 00 13 56 10 Jardín Nº 70 - Capital - Dpto. Capital 150.000 17 22 00 13 57 10 Jardín Nº 23 - Capital - Dpto. Capital 150.000 17 22 00 13 58 10 Jardín Nº 68 - Capital - Dpto. Capital 150.000 17 22 00 13 59 10 Jardín Nº 104 - Capital - Dpto. Capital 300.000 DECRETO Nº 0.953/2010 monofásica de 13,2/0,231 KV de 5 Presupuesto Oficial de $ 1.749.735,24, Santiago del Estero, 22 de Junio de KVA de potencia nominal y doce (Pesos Un Millón Setecientos Cuarenta 2010.- Pilares de medición; y Nueve Mil Setecientos Treinta y VISTO: el Expediente Nº 1.000 - Que atento a lo establecido por la Cinco con Veinticuatro Centavos), y Código 29 - Año 2009 del registro de la Resolución Nº 1.268/2007, toma autorízase a la Dirección General de la Dirección General de la Energía; y intervención a fs. 113 Jefatura de Energía a realizar dicha obra, mediante CONSIDERANDO: Gabinete; el Sistema de Contratación Directa en el Que a través del mismo se tramita la Que el Tribunal de Cuentas de la marco de la Ley Nº 6.730 de aprobación de la Documentación Provincia, mediante Dictamen Nº Emergencia del Sistema Eléctrico Técnica para la contratación de la 145/2010, comparte lo indicado por su Provincial. Obra: "PROVISION DE ENERGIA Comisión de Estudios, advirtiendo que Art. 2º - El gasto emergente se imputará ELECTRICA A VECINOS DE EL se debe realizar una modificación en el en la Jurisdicción 17 - Programa 23 - CUADRADO - DEPARTAMENTO Artículo 10º del Pliego, cumplido lo Proyecto 02 - A/O 55 - Partida 421 - JUAN FELIPE IBARRA", con cual, estima pertinente la prosecución Trabajos Públicos - Recursos Presupuesto Oficial de $ 1.749.735,24 del trámite; Afectados - Financiamiento 11511 mediante Sistema de Contratación Que a fs. 118, da respuesta a la F.E.D.E.I. - $ 1.749.735,24. Directa, en el marco de la Ley Nº 6.730 observación formulada por el órgano Art. 3º - Comuníquese, publíquese y de Emergencia de Sistema Eléctrico asesor informando que en lo que se dése al BOLETIN OFICIAL. Provincial; refiere a la inscripción del oferente en el Dr. Gerardo Zamora Que el Poder Ejecutivo Provincial en Registro Permanente de Licitadores de Sr. Elías Miguel Suárez virtud a lo establecido en el Artículo 3º Obras Públicas de la Provincia de Arq. Argentino José Cambrini de la Ley Nº 6.730 que declara la Santiago del Estero, lo requerido está Emergencia en el Sistema Eléctrico especificado en el Artículo 10º, inciso DECRETO Nº 0.955/2010 Provincial, se encuentra facultado a "g" del Pliego Unico de Bases y Santiago del Estero, 22 de Junio de contratar en forma directa hasta un 60% Condiciones Generales que compone la 2010.- de la obra y servicios necesarios para presente documentación; VISTO: el Expediente Nº 4.833 - salir de la crisis, en el que se encuadra Que giradas las actuaciones a Fiscalía Código 43 - Año 2009 del registro del la presente gestión; de Estado, emite Dictamen Nº 773 de Consejo Provincial de Vialidad; y Que el objeto de la Obra es la de fecha 13/5/2010 en el cual expresa: CONSIDERANDO: proveer de energía eléctrica a la Escuela "puede darse continuidad al presente Que por el mismo el Consejo Provincial Nº 472 y a un grupo de vecinos trámite a los fines de la aprobación de de Vialidad eleva la Documentación próximos a la misma, para lo cual se la Documentación Técnica"; Técnica para la ejecución de la Obra: construirán subestaciones sobre una Por ello, "PAVIMENTACION DEL ACCESO línea de media tensión existente sobre El Sr. Gobernador de la Provincia SUR A REAL SAYANA DESDE el camino vecinal y red de baja tensión, DECRETA: RUTA NACIONAL Nº 34", con un debiéndose ejecutar los siguientes Art. 1º - Apruébase la Documentación Presupuesto Oficial de $ 1.132.180,00 trabajos: red de baja tensión Técnica correspondiente a la Obra: (Pesos Un Millón Ciento Treinta y Dos monofásica con conduct or "PROVISION DE ENER G IA Mil Ciento Ochenta) y un plazo de preensamblado de Al de 2x50 mm2., de ELECTRICA A VECINOS DE EL ejecución de 180 (ciento ochenta) días aproximadamente 1.440 metros de CUADRADO - DEPARTAMENTO corridos; longitud; cinco S.E.T.A. monoposte JUAN FELIPE IBARRA", con Que los trabajos a realizar consisten en 4
  • 4.
    Boletín Oficial Nº19.263 Lunes 5 de Julio de 2010 2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO remoción de ripio, s uelo y NACIONAL Nº 34 - Proyecto 08/86 - fecha 06/08/2009, estima que no compactación de subrasante en anchos Rentas Generales - $ 1.132.180,00 - habiendo observaciones que formular, variables según cómputo métrico; Ejercicio 2010. puede continuarse con el trámite Demolición de cordón cuneta existente, Art. 3º - Comuníquese, publíquese y correspondiente. según plano; ejecución de cordón archívese. Que Fiscalía de Estado en su Dictamen cuenta de 0,80 m., y 0,40 m. de ancho y Dr. Gerardo Zamora Nº 1.854 de fecha 24/11/2009, 0,15 me. de espesor; ejecución de Sr. Elías Miguel Suárez comparte el criterio sustentado por el Badenes de hormigón simple de 0,20 Arq. Argentino José Cambrini Tribunal de Cuentas de la Provincia, m. de espesor, incluido cordones atento a la naturaleza de los fondos con integrales; ejecución de base DECRETO Nº 0.957/2010 los que se hará frente a la obra en estabilizada granular en anchos Santiago del Estero, 22 de Junio de cuestión, considerando procedente el variables y 0,10 m., de espesor y 2010.- dictado de los actos administrativos ejecución de pavimento articulado en VISTO, el Expediente Nº 2157 - pertinentes. anchos variables y 0,08 m. de espesor; Código 43 - Año 2009 del registro del Por ello, Que atento a lo establecido por la Consejo Provincial de Vialidad; y El Señor Gobernador de la Provincia Resolución Nº 1.268/2007, toma CONSIDERANDO: DECRETA: intervención a fs. 128 Jefatura de Que por el mismo el Consejo Provincial Art. 1º.- APRUEBASE la Gabinete; de Vialidad eleva la Documentación Documentación Técnica para la Que el Tribunal de Cuentas de la Técnica para la ejecución de la Obra: ejecución de la Obra: Provincia mediante Dictamen Nº 134 de "MEJORAMIENTO DE LA RUTA "MEJORAMIENTO DE LA RUTA fecha 21/4/2010, advierte que NACIONAL Nº 34 - LA BLANCA - NACIONAL Nº 34 - LA BLANCA - corresponde dejar sin efecto la SAN IGNACIO - EL ROSARIO; SAN IGNACIO - EL ROSARIO; Afectación Preventiva Parcial de fs. DPTO. ROBLES", con un Presupuesto DPTO. ROBLES" y AUTORIZASE Al 120, cumplido podrá darse continuidad Oficial de $ 1.226.287,00 (pesos un Consejo Provincial de Vialidad el con el trámite; millón doscientos veintiséis mil Llamado a Licitación Pública y Escrita Que Fiscalía de Estado en su Dictamen doscientos ochenta y siete) y un plazo con un Presupuesto Oficial de $ Nº 709 de fecha 4/5/2010, comparte lo de ejecución de 150 (ciento cincuenta) 1.226.287,00 (pesos un millón aconsejado por el H. Tribunal de días corridos, en un todo de acuerdo a doscientos veintiséis mil doscientos Cuentas de la Provincia, estimando que lo establecido en el Convenio celebrado ochenta y siete) y un plazo de ejecución cumplido este requisito no existen oportunamente entre la Subsecretaría de de 150 (ciento cincuenta) días corridos, objeciones de índole legal que oponer a Obras Públicas de la Nación en un todo de acuerdo a lo establecido la aprobación de los Pliegos por parte conjuntamente con la Dirección e n e l C o n v e n i o c el e b r a d o del Poder Ejecutivo pudiéndose dictar el Nacional de Vialidad y el Consejo oportunamente entre la Subsecretaría de correspondiente acto aprobatorio; Provincia de Vialidad cuya copia corre Obras Públicas de la Nación Que a fojas subsiguientes el organismo agregada a fs. 07/09. conjuntamente con la Dirección ejecutor da cumplimiento a las Que los trabajos a realizar consisten en Nacional de Vialidad y el Consejo observaciones for muladas desboques, destronque, limpieza y Provincial de Vialidad cuya copia corre precedentemente informando asimismo emparejamiento del terreno, hasta agregada a fs. 07/09. que el crédito respectivo fue otorgado completar el ancho de zona de camino; Art. 2º.- La presente obra será mediante Resolución Ministerial Nº preparación de subrasante; base financiada en su totalidad por la 198 de fecha 12/3/2010; estabilizada granular como capa de Dirección Nacional de Vialidad, tal cual Por ello, rodamiento en 5,00 m. de ancho y 0,10 lo establece el Convenio mencionado, El Señor Gobernador de la Provincia m. de espesor, incluido provisión de incluyendo la misma en el inciso 5 - DECRETA: materiales; construcción de alcantarillas Transferencia (del Presupuesto Art. 1º - Apruébase la Documentación longitudinales de caños de hormigón Nacional), más precisamente en el Técnica para la ejecución de la Obra: armado. Objeto del gasto 5.8.1 - Transferencia "PAVIMENTACION DEL ACCESO Que en cuanto a la provisión a Gobierno Provinciales. SUR A REAL SAYANA DESDE presupuestaria, la totalidad del costo Art. 3º.- Comuníquese, publíquese y RUTA NACIONAL Nº 34" y resulta financiada por la Dirección archívese.- autorízase al Consejo Provincial de Nacional de Vialidad, tal lo establece el Dr. Gerardo Zamora Vialidad el llamado a Licitación Convenio oportunamente firmado; Sr. Elías Miguel Suárez Pública y Escrita con un Presupuesto aclarando que la obra se incluye en el Arq. Argentino José Cambrini Oficial de $ 1.132.180,00 (Pesos Un inciso 5 - Transferencias (del Millón Ciento Treinta y Dos Mil Ciento P r es u p ues t o Na ciona l) , má s DECRETO Nº 0.958/2010 Ochenta), y un plazo de ejecución de precisamente en el Objeto 5.8.1 - Santiago del Estero, 22 de Junio de 180 (ciento ochenta) días corridos. Transferencia a Gobierno Provinciales. 2010.- Art. 2º - El presente gasto será atendido Que atento a lo establecido por la Ref.: Expediente Nº 827 - 13 - 2009.- mediante la Jurisdicción 54 - Programa Resolución Nº 1.268/2007, toma VISTO: el Decreto Nº 539 del 23 de 11 - Desarrollo de la Infraestructura intervención a fs. 91 Jefatura de Abril de 2010 por el cual se homologa Vial - Obra: "PAVIMENTACION Gabinete. la Resolución General Nº 8/2010 que DEL ACCESO SUR A REAL Que el Tribunal de Cuentas de la dictara la Dirección General de Rentas SAYANA DESDE RUTA Provincia mediante Dictamen Nº 143 de /2010 que acepta parcialmente la 5
  • 5.
    Boletín Oficial Nº19.263 Lunes 5 de Julio de 2010 2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO propuesta del Banco Santiago del resulta una consecuencia directa del contribuyentes vía Internet o Estero S.A. para la recaudación de Decreto Nº 539/2010 y se enmarca en comunicaciones similares a través del obligaciones tributarias de los los lineamientos del Contrato de sistema Link Pagos, que como forma de contribuyentes vía Internet o Vinculación de fecha 2/9/1996; Anexo forma parte integrante del comunicaciones similares, a través del Que en relación a la obligación de pago presente Decreto, y queda facultado el Sistema Link Pagos; y del precio del servicio de la Red Link, Sr. Ministro de Economía para la CONSIDERANDO: incorporado en el nuevo convenio y rúbrica del mismo. Que es necesario establecer el marco conforme lo sostenido por Fiscalía de Art. 2º - Facúltase al Ministerio de normativo general que determine los Estado en su Dictamen Nº 473/10, Economía a celebrar addendas o criterios básicos para materializar la requiere su aprobación por el Poder convenios complementarios, como así puesta en funcionamiento del servicio a Ejecutivo; también para dictar resoluciones y través de la celebración de un Convenio Por ello, normas de procedimient o entre las partes; El Señor Gobernador de la Provincia complementarias que resulten Que de la evaluación del proyecto de DECRETA: necesarias para la implementación de convenio adjunto surge su viabilidad, Art. 1º - Apruébase en todas sus partes dicho sistema. habiéndose expedido en tal sentido las el Convenio celebrado entre el Banco Art. 3º - Comuníquese, publíquese y oficinas jurídicas de la Dirección Santiago del Estero S.A. y el Gobierno dése al BOLETIN OFICIAL. Cúrsese General de Rentas, Ministerio de de la Provincia de Santiago del Estero, a la Dirección General de Rentas a sus Economía y Fiscalía de Estado; en conformidad con el Decreto Nº efectos. Cumplido, archívese. Que el mismo contiene los aspectos 539/2010, para efectuar la cobranza de Dr. Gerardo Zamora jurídicos, técnicos y económicos que Boletas emitidas por la Dirección Sr. Elías Miguel Suárez deben ser considerados y evaluados por General de Rentas en concepto de toda CPN Atilio Chara la administración. En cuanto a la ob ligación trib utaria de los legalidad, encontramos que el mismo SECCION JUDICIAL EDICTO SUCESION Nº 209.099 - e. 01 julio - v. 05 julio - sus derechos en el presente juicio bajo Juez Civil y Comercial de 4º p. 50 - $ 15,00.- apercibimiento de ley. Nominación, Dr. Fernando Aníbal Dra. ALICIA BRIM, secretaria.- Curet, EXPTE. Nº 420.430. Autos: EDICTO SUCESION Santiago del Estero, 24 de junio de G ERE Z, DARDO SIMO N Juez en lo Civil y Comercial de La 2010.- s/SUCESION, cita y emplaza a Banda , a ut os : " FIGUEROA Dra. ALICIA BRIM, Secretaria herederos y acreedores de DARDO MANUEL MARTIN s/SUCESION Nº 209.103 - e. 01 julio - v. 05 julio - SIMON GEREZ, término TREINTA AB-I NTESTATO". Cítese y p. 50 - $ 15,00.- DIAS, comparezcan a hacer valer sus emplácese a los herederos y acreedores derechos, bajo apercibimiento de Ley. del causante MANUEL MARTIN EDICTO SUCESION Secretaría, 29 de Junio de 2010.- FIGUEROA, para que en el término de Juez en lo Civil y Comercial de La Dra. MARTA DANIELA AUSAR - TREINTA DIAS, posteriores a la Banda: "EXPEDIENTE ALVAREZ Secretaria. última publicación, comparezcan y CASINO CESAR s/SUCESION". Nº 209.100 - e. 01 julio - v. 05 julio - hagan valer sus derechos, bajo Cítese y emplácese a herederos y p. 50 - $ 15,00.- apercibimiento de Ley. acreedores para que dentro del término Secretaría, 4/06/2010.- de treinta (30) días, comparezcan a Dra. LILA PERRACINI DE GAONA hacer valer sus derechos, bajo EDICTO SUCESION -Secretaria. apercibimiento de ley.- Juez Civil y Comercial de La Banda. Nº 209.098 - e. 01 julio - v. 05 julio - Secretaría 4 de Junio del 2010.- Cítese y emplácese a herederos y p. 50 - $ 15,00.- Dra. LILA PERRACINI DE GAONA acreedores, del causante AMOEDO - Secretaria JUAN MANUEL, por el término de EDICTO SUCESION Nº 209.102 - e. 01 julio - v. 05 julio - treinta días, para que comparezcan a Sr. Juez Civil y Comercial de Quinta p. 50 - $ 15,00.- hacer valer sus derechos, bajo Nominación; Autos: "CACERES apercibimiento de Ley, los que se MARIA ESTHER s/SUCESION AB- EDICTO SUCESION publicará mediante EDICTOS POR INTESTATO, EXPTE Nº 393.609". Juez Civil y Comercial de 3º TRES VECES en el Boletín Oficial y Cítase y emplácese a herederos y Nominación, Dr. Federico Argibay diario de mayor circulación a sus acreedores de los causantes, mediante Berdaguer, en Autos: "CHAUMONT efectos. edictos que se publicarán TRES DIAS DANIEL EDGARDO s/ Secretaría, 29 de Junio de 2010.- en el Boletín Oficial y Diario de Mayor SUCESION", cita y emplaza a Dra. Lila Perracini de Gaona - Circulación, para que dentro del herederos y a quienes se consideren con Secretaria. término de TREINTA DIAS derecho sobre los bienes del causante MARIA SILVIA GRAND - Pro - posteriores al vencimiento de la última Daniel Edgardo Chaumont, para que Secretaria. publicación, comparezcan a hacer valer de nt ro de T R EINT A DIAS 6
  • 6.
    Boletín Oficial Nº19.263 Lunes 5 de Julio de 2010 2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO comparezcan a hacerlos valer, bajo EDICTO SUCESION Juez Civil de Cuarta Nom.: en Autos: apercibimiento de ley.- Autos: "RIOS RICARDO DANTE s/ "EXPTE. 398.748/09 - GALVAN Oficina, 19 de mayo del 2010.- SUCESION".- BLANCA AMELIA Y OTRAS s/ Dra. DELCIA MUJICA PAZ - Cit ación : J U E Z C IV IL Y SUCESION", cita y emplaza a Secretaria COMERCIAL DE SEXTA NOM. herederos y acreedores de los causantes: Nº 209.109 - e. 01 julio - v. 05 julio - CITA Y EMPLAZA POR TREINTA Blanca Amelia Galván, Mercedes de p. 50 - $ 15,00.- DIAS A PARTIR DE LA ULTIMA Jesús Romano y Desideria Núñez de PUBLICACION A HEREDEROS Y Romano a hacer valer sus derechos en EDICTO SUCESION ACREEDORES COMPAREZCAN A el juicio sucesorio dentro de los Citación: En Autos: "CARRIZO HACER VALER SUS DERECHOS.- TREINTA días posteriores a la última GREGORIO MANUEL Y OTROS Fdo: Dr. Arrulfo Hernández, Juez. Ante publicación, bajo apercibimiento de ley. s/SUCESION", Juez Civil y mí: Dra. Mary Cristina Zaiek - Fdo.: Dr. Pedro J. Basbús - Juez. Ante Comercial de La Banda, Dr. Víctor Secretaria.- mí: Dra. Alicia E. Brim - Secretaria.- Manuel Rotondo, cita y emplaza a Dra. MARY CRISTINA ZAIEK - Secretaria, 18 de junio de 2010.- herederos y acreedores de GREGORIO Secretaria.- Dra. ALICIA E. BRIM - Secretaria MANUEL CARRIZO Y DIAZ Nº 209.126 - e. 02 julio - v. 06 julio - Nº 209.123 - e. 02 julio - v. 06 julio - AMADEA DEL JESUS, para que en el p. 50 - $ 15,00.- p. 70 - $ 22,50.- término de Treinta Días, posteriores a la última publicación se presenten a EDICTO SUCESION EDICTO QUIEBRA hacer valer sus derechos, bajo Juzgado Civil y Comercial de Tercera Expte. Nº 376.461 (351) - AÑO 2008: apercibimiento de ley.- Nominación: autos: Expte. Nº "RICHARD ERNESTO Santiago del Estero, 23 de junio de 420.378- Año 2010 - "CARRIZO FRANCISCO c/VAZQUEZ MARIO 2010.- MARIA ELENA s/SUCESION LUIS s/QUIEBRA", se hace saber Dra. LILA PERRACINI DE GAONA AB-INTESTATO".- Cít ese y que se ha dictado la siguiente - Secretaria. emplácese a herederos y a quienes se resolución: Santiago del Estero, 24 de Nº 209.119 - e. 01 julio - v. 05 julio - consideren con derecho sobre los junio de 2010.- p. 50 - $ 15,00.- bienes dejados por el causante, a fin de Y VISTOS: … RESULTA:............… que comparezcan a hacerlos valer en el Y CONSIDERANDO:....................… EDICTO SUCESION término de Treinta Días bajo RESUELVO: Juzgado Civil y Com., de La Banda, en apercibimiento de ley.- Iº).- Declarar el estado de quiebra del autos: "TESEYRA FRANCISCO Y Fdo.: Dr. Federico J. Argibay Sr. MARIO LUIS VAZQUEZ, DNI Nº SAYAGO MERCEDES Berdaguer, Juez. Ante mí: Dra. Delcia 10.185.072, con domicilio en calle s/SUCESION". EXPTE. Nº 61.531, Mujica Paz, Secretaria.- Rioja (N) Nº 140 de la ciudad de La se ha ordenado la siguiente Secretaría, 28 de junio del 2010.- Banda, Provincia de Santiago del providencia: Dra. OLGA MABEL JULIAN DE Estero.- "La Banda, 2 de junio del 2010… SALAS - Pro-Secretaria IIº).- Decretar la Inhibición General de Que, atento al estado del proceso, Nº 209.146 - e. 02 julio - v. 06 julio - Bienes del fallido para disponer y declárese abierto el juicio SUCESORIO p. 60 - $ 22,50.- gravar sus bienes, con comunicación a d e lo s e x t i n t o s T E S EY R A los registros respectivos.- F RANCISCO Y SAYAG O EDICTO SUCESION IIIº).- Por Secretaría y a los fines que MERCEDES. Cítese y emplácese a Juzgado Civil y Comercial de 3º establecían los arts. 165 y 166 de la herederos y acreedores por el término Nominación, autos: "LIZARRAGA Ley Orgánica de los Tribunales, tómese de Treinta Días comparezcan hacer DELFIN ESTERGIDIO razón de la apertura de la presente valer sus derechos bajo apercibimiento s/SUCESION", cita y emplaza término Quiebra en el Registro Público de de ley, los que se publicarán mediante de Treinta Días herederos, acreedores, Comercio y Registro de Concursos y Edictos por Tres veces en el Boletín et c. , del ca us a nt e DELFIN Quiebras y de la Inhibición General de Oficial y diario de mayor circulación. ETERGIDIO LIZARRAGA y/o Bienes de la fallida para disponer y Martes y Viernes para notificaciones en DELFIN ESTERGIDO LIZARRAGA, gravar sus bienes en el Libro de la oficina" - comparezcan hacer valer sus derechos Inhibiciones. Asimismo informe la Fdo. Dr. Víctor Manuel (h), Juez. Ante en el presente juicio, bajo Actuaría sobre la existencia de mí: Dra. Lila Perracini de Gaona - apercibimiento de ley. concursos y quiebras anteriores.- Secretaria.- Delcia Mujica Paz - Secretaria. IVº).- Ordenar al fallido y a los terceros Santiago del Estero, 28 de junio de Secretaría, 24 de junio de 2010.- la entrega al Síndico a designarse de los 2010.- Dra. OLGA MABEL JULIAN DE bienes de propiedad de aquélla que Dra. LILA PERRACINI DE GAONA SALAS - Pro-Secretaria tuvieren en su poder.- Vº).- Decretar la - Secretaria Nº 209.144 - e. 02 julio - v. 06 julio - prohibición de hacer pagos al fallido, Nº 209.111 - e. 01 julio - v. 05 julio - p. 50 - $ 15,00.- los que serán ineficaces.- p. 100 - $ 30,00.- VIº).- Ordenar la interceptación de la EDICTO SUCESION correspondencia del fallido, la que será 7
  • 7.
    Boletín Oficial Nº19.263 Lunes 5 de Julio de 2010 2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO entregada al Síndico, a cuyos fines se Fdo: Dr. FERNANDO DRUBE - Juez. LO R E N Z O y/ o Q UIEN S E librarán los oficios pertinentes.- Ante mí: Dra. ALEJANDRA I. R. CONSIDERE CON DERECHO, sobre VIIº).- Disponer la comunicación BARBESINO - Secretaria.- Es copia un inmueble Lote con el Nº 16 de la necesaria para asegurar el cumplimiento fiel, doy fe. Mza. "B" ubicada en Villa Rosita, de la del art. 103 de la LCQ.- VIIIº).- La presente publicación se realiza sin Ciudad de La Banda, inscripto en el Ordenar la realización de los bienes del necesidad de previo pago, en atención a R.P.I. bajo el Nº 200 en Fº 129 año deudor, la que quedará a cargo del lo prescrito por el art. 89 de la Ley 1954, con la superficie de 1.583,49 Síndico.- 24.522.- m2., la que se admite en cuanto por Xº).- Ordenar la confección de un Secretaría, 28 de Junio del 2010.- derecho procediere y se tramitará por la Inventario de Bienes de la deudora a ELSA MARIA COLOMER - Jefe de vía del proceso ORDINARIO (Arts. llevarse a cabo por el señor Oficial de Departamento 334, 335, 341 y s.s. del C.P.C.C.). Justicia, en el término de treinta días y Nº 209.081 - e. 30 junio - v. 06 julio - Agréguese la documental acompañada. comprendiendo sólo rubros generales, y Sin Cargo.- Correas traslado de la demanda para que proceda a la incautación de que en el término de QUINCE DIAS, el aquéllos.- EDICTO PRESCRIPCION demandado y/o sucesores comparezcan XIº).- Fijar como fecha a los fines de la Sr. Juez en lo Civil y Com., de 5ta. y contesten bajo apercibimiento a lo designación del Síndico el día 06 de Nom.- Expte. Nº 412.435 caratulado: dispuesto en el Art. 62 del citado Julio de 2010 a las DIEZ Y TREINTA "DI SANTO FRANCISCO ROMAN cuerpo legal. Asimismo, para que (10:30) HORAS, en la Secretaría del c/GEREZ RAMON LORENZO Y/U constituyan domicilio a los efectos Juzgado, debiéndose notificar al O T R O S s / PR E S C R I P C I O N procesales dentro del radio del Juzgado Consejo Profesional de Ciencias ADQUISITIVA VEINTEAÑAL", y ofrezcan las pruebas de que intenten Económicas a tales efectos.- cita y emplaza a los Sres. Ramón valerse, bajo apercibimiento de lo XIIº).- Hacer conocer a los Jueces de Lorenzo Gerez y Manuel Gerez y/o dispuesato por los Arts. 342 y 360 del ésta y de extraña Jurisdicción la herederos y/o quienes se consideren C.P.C.C. Téngase presente las pruebas presente a fin de que se sirvan remitir a con derecho sobre el Inmueble ubicado ofrecidas y resérvese a su proveído para este Juzgado los juicios de contenido sobre camino vecinal Los Flores, Dpto. la etapa procesal oportuna. A los demás patrimonial alcanzados por el art. 132 Capital, distrito Municipio, Provincia oportunamente si procediere. Martes y de la Ley 26.086/06 que se de Santiago del Estero; denominado viernes para la notificación en la substanciaren en contra de la fallida Fracción Parte de los Flores, compuesto oficina. Habiéndose llevado a cabo (con excepción de los procesos de una superficie sobre polígono todas las diligencias tendientes a la determinados en el 2do. párrafo del art. A-B-C-D-E-F-A de 7.475.06 m2., determinación del domicilio del 21, LCQ, salvo las ejecuciones de para que dentro del término de DIEZ demandado, sin que se haya podido créditos con garantías reales); los DIAS, desde la última publicación determinar el mismo, cítese al juicios atraídos quedarán radicados por comparezcan y constituyan domicilio demandado Sr. Francisco Lorenzo ante este Juzgado. A tales fines se legal dentro del radio del Juzgado, bajo Ceballos y/o quien se considere con librarán los pertinentes oficios.- XIIIº).- apercibimiento de designar como su derecho a comparecer al proceso Fijar el día 22 de septiembre de 2010 representante legal al Sr. Defensor de mediante edictos, por DOS DIAS en el como fecha hasta la cual los acreedores Ausentes. Boletín y un diario de mayor deberán presentar al Síndico las Secretaría, Santiago del Estero, 28 de circulación, bajo apercibimiento de peticiones de verificación y los títulos junio del 2010.- designar a la Sra. Defensora de de sus créditos.- Dra. ALICIA E. BRIM - Secretaria Ausentes para que la represente en la XIVº).- Fijar el día 25 de octubre de Nº 209.141 - e. 02 julio - v. 05 julio - presente causa. 2010 como fecha en la que el Síndico p. 110 - $ 22,50.- Fdo.: Dr. Víctor Manuel Rotondo - designado deberá presentar el Informe Juez, ante mí: Dra. Lila Perracini de Individual de los créditos.- EDICTO CITACION Gaona. XVº) Hacer saber a la sindicatura que Juzgado Civil y Comercial de La Secretaría, 23 de Abril del año 2010.- dentro del término de TREINTA (30) Banda: Autos: "CAMACHO RAUL Dra. LILA PERRACINI DE GAONA DIAS HABILES, contados a partir del c/CEBALLOS FRANCISCO s/ - Secretaria. día siguiente de la presentación del PRESCRIPCION ADQUISITIVA" Nº 209.129 e. 02 julio - v. 05 julio - p. informe individual, deberá presentar el La Banda, 13 de Abril de 2010. 300 - $ 60,00.- informe general a que alude el artículo Agréguese y téngase presente los 39 de la Ley 24.522. (art. 200, 6to. recaudos adjuntos. Habiéndose dado EDICTO CITACION Párr., LCQ).- cumplimiento con el decreto que Juzgado Civil y Comercial de La XVIº) Ordenar la publicación de antecede, atento a lo manifestado y Banda. Autos: "CAMACHO, RAUL edictos en la forma prescrita por el art. constancias de autos, provéase el c/ CARRIZO JORGE MARIA Y 89 de la Ley de Concursos y Quiebras.- escrito de demanda: Por formalizada FELV ONIA DEL ROSARIO Resérvese el original de la presente por dema nda de PRESCRIPCIO N TEVEZ s/PRESCRIPCION", Secretaría, agréguese copia autorizada ADQUISITIVA VEINTEAÑAL en notifica el siguiente decreto: "La Banda, en autos y hágase saber.- contra de CEBALLOS FRANCISCO 31 de Mayo de 2010.- Agréguese y 8
  • 8.
    Boletín Oficial Nº19.263 Lunes 5 de Julio de 2010 2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO téngase presente los recaudo adjuntos. Autos: " CAMACH O RAUL siguientes medidas y linderos: Línea Atento el estado de autos provéase el c/CARABAJAL DE GOMEZ A-B mide cuarenta y nueve metros y escrito de demanda.- Por formalizada ETELVINA s/PRESCRIPCION quince centímetros (49,15 m.) y linda dema nda de PRESCRIPCIO N ADQUISITIVA". Cítase y emplácese, con Lote Nº 1 Pte Lote 7 de Domingo ADQUISITIVA VEINTEÑAL en a la Sra. ETELVINA CARABAJAL Coronel y Lote Nº 2 Pte. de Lote 7 de J. contra de MARIA CARRIZO Y DE GOMEZ y/o QUIEN SE Pio Mourkarzel hoy Gerez; Línea B-C FELVONIA DEL ROSARIO TEVEZ, CONSIDERE CON DERECHO sobre mide nueve metros con setenta y cinco sobre un Lote de terreno ubicado en la el siguiente inmueble: Fracción de (9,75m.) por donde linda con Av. Ciudad de La Banda parte del inmueble terreno: ubicado en la ciudad de La Belgrano; Línea C-D mide cincuenta denominado San Carlos, designado Banda, Villa Rosita, parte de un metros y ochenta y cinco (50,85 m.) por como Lote Nº 14, de la Mza. "B", inmueble denominado San Carlos, y se donde linda con Lotes Nº 5 y 11 de consistente de 11,73 m. frente al norte designa en el plano de Levantamiento Angélica de Mulki; Línea D-A mide por 11,70 m de contra frente por 38,30 T errit oria l para pres cripción diez metros (10 m.) por donde linda con m de fondo, inscripto en el Registro con Adquisitiva como LOTE Nº 2, de la calle Las Talas, con una superficie total el Nº 508 en Fº 357 año 1951, la que se Mza. "B", compuesto dicho lote de las de 490 m2, según el Plano de admite en cuanto por derecho siguientes medidas y linderos: 11,70 Levantamiento Territorial para procediere y se tramitará por la vía del mts. de frente e igual de contra frente Prescripción Adquisitiva confeccionado proceso ORDINARIO (Art. 334, 335, por 39 mts. de fondo al oeste y 39,20 por el Ing. Agrimensor Walter Daniel 341 y s.s. del C.PÑ.C.C). Agréguese la mts. de fondo al este y linda: al Norte, Acosta a nombre del actor como documental acompañada. Córrase con Lote Nº 15; al sud, con Calle poseedor aprobado y registrado en la traslado de la demanda para que en el Pública; al Este, con Lote Nº 1 y al Dirección General de Catastro en término de QUINCE DIAS, el Oeste, con el Lote Nº 3.- Inscripto en el Expte. Nº 11187-28-2004 e inscripto demandado y/o sucesores comparezcan R.P.I. bajo el Nº 758 en Fº 1262, Año en el Registro de Plano bajo el Nº 2900, y contesten bajo apercibimiento a lo 1965, con una superficie 1.583,49 m2, Legajo 05, Año 2004, afectando el dispuesto en el Art. 62 del citado para que en el término de QUINCE dominio inscripto en el Registro Gral. cuerpo legal.- Asimismo, para que DIAS, posteriores a la ultima de la Propiedad Inmueble bajo el Tº 58, constituyan domicilio a los efectos publicación comparezcan a estar a Nº 153, Fº 95; Año 1957 Depto. Banda procesales dentro del radio del Juzgado derecho en este juicio, bajo a nombre de Elena Miguel, María Nidia y ofrezcan las pruebas de que intenten apercibimiento de nombrársele por su Miguel, Martha Ofelia Trinidad valerse, bajo apercibimiento de lo representante legal a la Sra. Defensora Miguel, Domingo Miguel, Salomón dispuesto por los Art. 342 y 360 del de Ausentes e Incapaces. Miguel, Jacobo Miguel, Jorge Sixto C.P.C.C. Téngase presente las pruebas Fdo. Dr. Víctor Manuel Rotondo - Juez, Miguel, Alfonso Miguel, Marcelo ofrecidas y resérvese a su proveído para ante mí: Dra. Lila Perracini de Gaona. Torcuato Miguel y Lidia Miguel de la etapa procesal oportuna.- A lo demás Secretaría, 23 de Abril del año 2010.- Hallak.- oportunamente si procediere.- Martes y Dra. LILA PERRACINI DE GAONA 2) Imponer las costas en el orden Viernes para la notificación en la - Secretaria. causado al no haber mediado Oficina.- Nº 209.128 - e. 02 julio - v. 05 julio - controversia. Habiéndose llevado a cabo todas las p. 175 - $ 37,50.- 3) Diferir la regulación de honorarios d i l ig e n ci a s t en d ien t es a la profesionales para la oportunidad en el determinación del domicilio del EDICTO PRESCRIPCION que se determine el monto litigioso.- demandado y/o quien se considere con Juez Civil y Comercial de La Banda, en (art. 47 Ley 21.389).- derecho a comparecer al proceso autos: "DIAMBRA ARMANDO 4) Disponer la notificación de la mediante edictos, por DOS DIAS en el c/MIGUEL ELENA Y OTRO s/ presente mediante la publicación de Boletín Oficial y un Diario de mayor PRESCRIPCION ADQUISITIVA edictos por dos veces en el Boletín circulación, bajo apercibimiento de DE DOMINIO". Oficial y en un diario de los de mayor designar a la Sra. Defensora de Y VISTOS… Y CONSIDERANDO .. circulación en la Provincia. Y mediante Ausentes para que la represente en la RESUELVO: la notificación personal del Sr. presente causa. 1) Hacer lugar a la demanda y en su Defensor Oficial en su público Fdo. Dr. Víctor Manuel Rotondo - mérito DECLARAR que el actor Despacho.- Juez.- Ante mí: Dra. Lila Perracini de Armando Roberto Diambra D.N.I. 5) Ordenar la Inscripción del dominio Gaona - Secretaria.- 13.511.486, ha adquirido por del bien inmueble usucapido a nombre Secretaría, 30 de Junio del año 2010.- usucapión el dominio del inmueble del actor en el Registro Gral. de la Dra. LILA PERRACINI DE GAONA urbano ubicado en Av. Belgrano Nº Propiedad Inmueble una vez consentida - Secretaria. 2236 y Los Tales s/nº, identificado o ejecutoriada que fuere esta sentencia.- Nº 209.127 - e. 02 julio - v. 05 julio - como fracción de Terreno, Lote Nº 6 Notifíquese, agréguese copia de la p. 300 - $ 60,00.- Manzana 223 (75), ubicado en el presente cuyo original se archivará por Distrito Rincón, ciudad de La Banda, Secretaría.- EDICTO PRESCRIPCION Depto. Banda, formado un Polígono Fdo. Víctor Manuel Rotondo, Juez. Juzgado Civil y Comercial de La Banda A-B-C-D-A que cuenta con las Ante mí: Dra. Lila Perracini de Gaona, 9
  • 9.
    Boletín Oficial Nº19.263 Lunes 5 de Julio de 2010 2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO Secretaria. Es copia fiel de su original, - Secretaria. Doy fe.- Nº 209.124 - e. 02 julio - v. 05 julio - Secretaría, 22 de Junio del 2010.- p. 410 - $ 90,00.- Dra. LILA PERRACINI DE GAONA SECCION AVISOS VARIOS ASOCIACION DE del Balance 2009. VISTO: La Constitución de la FOMENTO VECINAL 7º.- Lectura y puesta a consideración de Provincia y la Carta Orgánica "LA UNION HACE LA FUERZA" la Memoria Anual correspondiente al Municipal; y SANTIAGO DEL ESTERO Ejercicio 2009. CONSIDERANDO: Convocatoria a 8º.- Elección de los miembros titulares Que, el Artículo 215º de la Asamblea Ordinaria y suplentes de la Honorable Comisión Constitución Provincial establece Convócase a Asamblea Ordinaria de Directiva de acuerdo al Art. 37 de que:… "los municipios convocarán a socios de la Asociación de Fomento "La nuestro estatuto: Un Presidente, Un elecciones entre los ciento veinte Unión Hace la Fuerza" el día Viernes 9 Vicepresidente, Un Secretario, Un (120) días y los cuarenta y cinco (45) de Julio de 2.010 a la 18:00 horas con Prosecretario, Un Tesorero, Un días anteriores a la expiración del Treinta minutos de tolerancia, para Protesorero, Cuatro Vocales Titulares, período de gobierno"; tratar el siguiente: Cuatro Vocales Suplentes. Que, asimismo tal previsión está ORDEN DEL DIA: 9º.- Elección de la Comisión Revisora contemplada en el Artículo 132º de la 1º - Fuera de Término Estatutario.- de Cuentas de (Art. 62) dos miembros Carta Orgánica Municipal; 2º - Designación de 2 (dos) socios para titulares y de (Art. 63) dos miembros Que, el próximo 31 de Octubre del año firmar el acta. suplentes. en curso fenecen los mandatos del señor 3º - Elección total de autoridades. 10º.- Designación de dos socios Intendente Municipal y Concejales Santiago del Estero, 01 de Julio de presentes para refrendar el acta. Titulares y Suplentes por el período 2010. Ing. JUAN CARLOS LETURIA - que fueron elegidos; ZULMA BEATRIZ RUIZ - Presidente Tesorero Que, en consecuencia se estima CLAUDIA PATRICIA BUSTOS - Nº 209.135 - e. 02 julio - v. 06 julio - pertinente dictar la medida Tesorero p. 150 - $ 45,00.- correspondiente con la suficiente Nº 209.142 - e. 02 julio - v. 06 julio - antelación, a fin de posibilitar que los p. 60 - $ 22,50.- KOSASRICAS Partidos Políticos que intervengan en la SANTIAGO DEL ESTERO elección, realicen los actos necesarios OLD LYONS TRANSFERENCIA DE para la difusión de sus postulados y RUGBY CLUB FONDO DE COMERCIO conocimiento, por parte de los SANTIAGO DEL ESTERO Avisa Don Gastón Iván Roldán ciudadanos, de los respectivos Convocatoria a Contador Público, con oficinas en la candidatos; Asamblea General Ordinaria calle Av. Alsina (O) Nº 674 - Bº Que, es también menester dejar En Reunión de fecha 28/06/2010 la Ramón Carrillo - ciudad de Santiago establecido el Sistema Electoral Honorable Comisión Directiva de Old del Estero, Teléfono (0385) 422-6042 aplicable a cada una de las categorías Lyons Rugby Club, resuelve Convocar y Cel. (0385) 156-989531, que por su de candidatos que se elegirán, a Asamblea General Ordinaria, para el intermedio la señora Lucia Miriam conforme lo normado en los Artículos día jueves 15 de julio de 2010 a 21,30 Siufi (CUIT 27-14211709-1) vende a Nº 57º, 123º y conc. de la Carta horas en el salón social de nuestro Club la señora Ana Elizabeth Coronel el Orgánica Municipal; sito en calle Pastor Mujica s/nº del negocio de venta de pan y panificados y Que, el presente Decreto Acuerdo se Parque Aguirre de la ciudad de actividades complementarias dicta en uso de las atribuciones Santiago del Estero para tratar el denominado KOSASRICAS, ubicado emergentes del Artículo 65º, inc. 20 de siguiente: en la calle Av. Alsina (O) Nº 688 Esq. la Carta Orgánica Municipal; ORDEN DEL DIA: Moreno (s), Local 2, Bº Ramón POR ELLO, y en uso de facultades que 1º.- Celebración de Asamblea Fuera de Carrillo, ciudad de Santiago del Estero, le son propias, Término Estatutario : Informe a la libre de todo gravamen y deuda. EL INTENDENTE Asamblea sobre las razones. Domicilio de las partes y reclamos de MUNICIPAL 2º.- Lectura y puesta a consideración de la ley en nuestras oficinas.- EN ACUERDO DE SECRETARIOS la Memoria Anual correspondiente al ROLDAN GASTON I. - C.P. DECRETA: Ejercicio 2008. Nº 209.093 - e. 30 junio - v. 06 julio - ARTICULO 1º.- CONVOCASE al 3º.- Lectura y puesta a consideración p. 80 - $ 45,00.- Electorado de la Ciudad de Santiago del del Balance 2008. Estero a elegir INTENDENTE 4º.- Lectura del informe de la Comisión MUNICIPALIDAD DE MUNICIPAL a simple pluralidad de Revisora de Cuentas. SANTIAGO DEL ESTERO sufragios y DOCE (12) CONCEJALES 5º.- Lectura y puesta a consideración de DECRETO ACUERDO T IT U LA R ES y DO CE (12) la Memoria Anual correspondiente al Nº 310 "G" SUPLENTES bajo el Sistema Ejercicio 2009. Santiago del Estero, 29 de Junio de Proporcional D`HONT, para el día 5 de 6º.- Lectura y puesta a consideración 2010.- Septiembre de 2010, debiendo 10
  • 10.
    Boletín Oficial Nº19.263 Lunes 5 de Julio de 2010 2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO respetarse para la conformación de la correspondiente con la suficiente Dr. MIGUEL A. MANDRILLE - lista de candidatos lo dispuesto en el antelación a fin de posibilitar que los Intendente Artículo 32º de la Carta Orgánica Partidos Políticos que intervengan en la Nº 209.105 - e. 1 Julio - v. 5 Julio - p. Municipal, en mérito a los elección realicen los actos necesarios 320 - $ 97,50.- considerandos que preceden.- para la difusión de sus postulados y ARTICULO 2º.- La Elección se conocimiento, por parte de los MUNICIPALIDAD DE realizará utilizando para la misma el ciudadanos, de los respectivos TINTINA Padrón Electoral Nacional vigente que candidatos. (Dpto. Moreno)- corresponda a la Jurisdicción de la Que es también menester dejar SANTIAGO DEL ESTERO Ciudad Capital, al que se le agregará el establecido el sistema electoral DECRETO Serie "A" Nº 025/2010. Padrón de Extranjeros.- aplicable a cada una de las categorías Tintina, 28 de Junio de 2010.- ARTICULO 3º.- comuníquese, de candidatos que se elegirán conforme VISTO: La Constitución de la publíquese en el Boletín Oficial y lo normado en el articulo 78 y cc del Provincia, el Código Electoral diarios de mayor circulación por el Código Electoral Provincial. Provincial aprobado por Ley Nº 6.908 término de cinco (5) días y archívese.- Que el presente decreto se dicta en uso y lo dispuesto por la Ley Orgánica de HUGO ORLANDO INFANTE - de las atribuciones emergentes del Municipalidades Nº 5.590; y, Intendente articulo 76 del Código Electoral CONSIDERANDO: Sr. HUMBERT O EDUARDO Provincial y el Articulo 79, inciso 19, Que el artículo 215 de la Constitución SANTILLAN - Secretario de Gobierno de la Ley Orgánica de Municipalidades Provincial establece que "Los Arq. CARLOS RAFAEL 5590. Municipios convocarán a elecciones GIAMBRONI - Secretario de POR ELLO; entre los ciento veinte días y los Planeamiento Obras y Serv. Públicos EL INTENDENTE DE LA cuarenta y cinco días anteriores a la C.P.N. JUAN MANUEL MUNICIPALIDAD DE SELVA, DR. expiración del período de BELTRAMINO - Sec. Coordinación MIGUEL ANGEL MANDRILLE, gobierno". de Gabinete EN USO DE Que el Código Electoral Provincial en C.P.N. GABRIEL ARTURO LLAPUR SUS FACULTADES su Capítulo IV artículo 76, dispone que -Secretario de Economía DECRETA: la Convocatoria a elecciones de e. 30 junio - v. 06 julio - p. 300 - $ ARTICULO 1/.- Fijase el día 5 de Intendente y Concejales la hará el 165,00.- Septiembre del año 2010 como fecha Departamento Ejecutivo por lo menos para las elecciones de Intendente y con sesenta días de anticipación, MUNICIPALIDAD Concejales de la Ciudad. debiendo ser comunicada al Tribunal DE SELVA ARTICULO 2/.- Convocase al Elect or al y p ub licársela SANTIAGO DEL ESTERO electorado de la Ciudad de Selva, para fehacientemente; DECRETO N/ 203/2010 que en la fecha fijada en el Articulo Que el próximo 31 de octubre del Selva, 30 de Junio de 2.010.- P r i m e r o , p r oce d a a e l e g i r corriente año fenecen los mandatos de VISTO: La Constitución de la INTENDENTE Y 6 (SEIS) los Señores Concejales y del Intendente Provincia y el Código Electoral CONCEJALES TITULARES Y 6 Municipal por expiración del período Provincial Aprobado por Ley N/ (SEIS) CONCEJALES SUPLENTES, por el cual fueron elegidos; 6.908; conforme al Sistema Electoral Que en consecuencia corresponde dictar Y CONSIDERANDO: establecido en el articulo 78 incisos a, b la medida pertinente con la suficiente Que el Articulo 215 de la Constitución y cc, del Código Electoral Provincial antelación, a fin de posibilitar que los Provincial establece que.."Los aprobado por Ley N/ 6908, Partidos Políticos que intervengan en la municipios convocaran a elecciones garantizándose el 50% de los cargos elección, realicen los actos necesarios entre los ciento veinte días y los electivos para cada genero. para la difusión de sus postulados y cuarenta y cinco días anteriores a la ARTICULO 3/.- La elección se realiza conocimiento, por parte de los expiración del periodo de gobierno". en la fecha fijada precedentemente ciudadanos, de los respectivos Que asimismo el Código Electoral utilizando para la misma el padrón candidatos; Provincial en su Capitulo IV articulo electoral nacional vigente que Que es menester dejar establecido el 76, dispone que la Convocatoria, para corresponda a la jurisdicción de la sistema electoral aplicable a cada una la elección de intendente y concejales lo Ciudad al que se le agregara el padrón de las categorías de candidatos que se hará el Departamento Ejecutivo por lo de extranjeros. elegirán, conforme lo normado en el menos con sesenta días de anticipación ARTICULO 4.- El tribunal electoral artículo 78 y ccdtes. del Código debiendo ser comunicada al Tribunal de la Provincia será autoridad Electoral Provincial. Elect or al y p ub licá rsela competente y determinara el Que el presente decreto se dicta en uso fehacientemente. cronograma de acciones para el normal de las atribuciones del artículo 76 del Que el próximo 31 de octubre del desenvolvimiento del acto eleccionario Código Electoral Provincial y el corriente año fenecen los mandatos de de conformidad con lo establecido por artículo 79 inc. 19 de la Ley Orgánica los señores Concejales y del intendente el articulo 77 del Código Electoral de Municipalidades Nº 5.590; Municipal por expiración del periodo Provincial. Por ello, por el cual fueron elegidos. ARTICULO 5/.- Comuníquese, El Intendente Municipal de la Que en consecuencia se estima Publíquese, dese al Registro Oficial y Ciudad de Tintina en p ertinente dict a r la medida Archívese. Acuerdo de Secretarios 11
  • 11.
    Boletín Oficial Nº19.263 Lunes 5 de Julio de 2010 2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO DECRETA: Provincial aprobado por Ley Nº 6.908; Artículo 3º - Convócase al electorado Artículo1º- Fíjase el día 5 de y de la Ciudad de Villa Ojo de Agua, para septiembre del año 2010 como fecha CONSIDERANDO: que en la fecha fijada en el Artículo para la realización de las elecciones de Que el artículo 215 de la Constitución Primero, proceda a elegir SEIS (6) Intendente y Concejales de la Ciudad de Provincial establece que "Los CONCEJALES TITULARES y SEIS Tintina, Departamento Moreno, Municipios convocarán a elecciones (6) CONCEJALES SUPLENTES, Provincia de Santiago del Estero. entre los ciento veinte días y los conforme al Sistema Electoral Artículo 2º - Convócase al electorado cuarenta y cinco días anteriores a la establecido en el Artículo 78 inc. b y cc de la Ciudad de Tintina, para que en la expiración del período de del Código Electoral Provincial fecha fijada en el Artículo Primero, gobierno". aprobado por Ley Nº 6.908, proceda a elegir Intendente Municipal, Que asimismo el Código Electoral garantizándose el 50% de los cargos de acuerdo a lo establecido por el Provincial en su Capítulo IV artículo electivos para cada género. artículo 78 inc. a) del Código Electoral 76, dispone que la Convocatoria a Artículo 4º - La elección se realizará Provincial aprobado por Ley Nº 6.908. elecciones de Intendente y Concejales lo en la fecha fijada precedentemente Artículo 3º - Convócase al electorado hará el Departamento Ejecutivo por lo utilizando para la misma el padrón de la Ciudad de Tintina, para que en la menos con sesenta días de anticipación, electoral nacional vigente que fecha fijada en el Artículo Primero, debiendo ser comunicada al Tribunal corresponda a la jurisdicción de la p r o ced a a elegir SEIS (6 ) Electoral y pub licárs ela Ciudad, al que se le agregará el padrón CONCEJALES TITULARES y SEIS fehacientemente; de extranjeros. (6) CONCEJALES SUPLENTES, Que el próximo 31 de octubre del Artículo 5º - El Tribunal Electoral de conforme al Sistema Electoral corriente año fenecen los mandatos de la Provincia será autoridad competente establecido en el Artículo 78 inc. b) y los Señores Concejales y del Intendente y determinará el cronograma de ccdtes. del Código Electoral Provincial Municipal por expiración del período a cciones par a el nor ma l aprobado por Ley Nº 6.908, por el cual fueron elegidos; desenvolvimiento del acto eleccionario garantizándose el 50% de los cargos Que en consecuencia se estima de conformidad con lo establecido en el electivos para cada género. p er t inent e dictar la medida Artículo 77 del Código Electoral Artículo 4º - La elección se realizará correspondiente con la suficiente Provincial. en la fecha fijada precedentemente antelación, a fin de posibilitar que los Artículo 6º - Comuníquese, utilizando para la misma el padrón Partidos Políticos que intervengan en la publíquese, dése al BOLETIN electoral nacional vigente que elección, realicen los actos necesarios OFICIAL y archívese. corresponda a la jurisdicción de la para la difusión de sus postulados y RODOLFO LINO CAPPELLINI Ciudad, al que se le agregará el padrón conocimiento, por parte de los -Intendente. de extranjeros. ciudadanos, de los respectivos JUAN SERVANDO GOMEZ - Artículo 5º - El Tribunal Electoral de candidatos; Secretario de Gobierno. la Provincia será autoridad competente Que es menester dejar establecido el Nº 209.116 - e. 01 julio - v. 05 julio - y determinará el cronograma de sistema electoral aplicable a cada una p. 380 - $ 120,00.- a cc i o n e s p a r a e l nor ma l de las categorías de candidatos que se desenvolvimiento del acto eleccionario elegirán conforme lo normado en el MUNICIPALIDAD DE de conformidad con lo establecido en el artículo 78 y cc del Código Electoral COLONIA DORA Artículo 77 del Código Electoral Provincial. Dpto. Avellaneda - Provincial. Que el presente decreto se dicta en uso SANTIAGO DEL ESTERO Artículo 6º - Comuníquese, de las atribuciones emergentes del DECRETO SERIE Nº 015/2010 publíquese, dése al Registro Oficial y artículo 76 del Código Electoral Colonia Dora, 28 de Junio de 2010. archívese. Provincial y el artículo 79 inc. 19 de la VISTO: Lo Dispuesto por la Prof. EDUARDO ALMARAZ - Ley Orgánica de Municipalidades Nº Constitución de la Provincia, en el Intendente. 5.590; Artículo 215 y atento a que se ALFREDO DE JESUS SOSA - Por ello, encuentran próximos a vencer los Secretario de Gobierno. El Intendente Municipal, en mandatos del Intendente y Concejales RICARDO ALBERTO MOLINA - Acuerdo de Secretarios de la Municipalidad de Colonia Dora. Y Secretario de Hacienda. DECRETA: CONSIDERANDO: Nº 209.117 - e. 01 julio - v. 05 julio - Artículo1º- Fíjase el día 5 de Que Conforme la normativa vigente p. 500 - $ 150,00.- septiembre del año 2010 como fecha resulta necesario proceder a efectuar en para la realización de las elecciones de tiempo y forma la Convocatoria a MUNICIPALIDAD DE Intendente y Concejales de la Ciudad de Elecciones para cubrir los cargos de LA CIUDAD DE Villa Ojo de Agua. Intendente y Concejales. VILLA OJO DE AGUA Artículo 2º - Convócase al electorado Que en virtud de lo dispuesto por la Ley SANTIAGO DEL ESTERO de la Ciudad de Villa Ojo de Agua, para Nº 6.807 el Intendente será elegido DECRETO Nº 017/2010 que en la fecha fijada en el Artículo directamente por el Electorado del Villa Ojo de Agua, Santiago del Estero, Primero, proceda a elegir Intendente de Municipio a simple pluralidad de Junio 29 de 2010. acuerdo a lo establecido en el Art. 78 sufragios.- VISTO: La Constitución de la inc. a del Código Electoral Provincial Que la elección de los concejales se Provincia, el Código Electoral aprobado por Ley Nº 6.908. efectuará con la lista de candidatos 12
  • 12.
    Boletín Oficial Nº19.263 Lunes 5 de Julio de 2010 2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO oficializadas por ante el Tribunal Rep.: Convocatoria Elecciones ARTICULO 1º: Convócase al Electoral de la Provincia y bajo el Municipales electorado de la Ciudad, para que en la sistema D`Hont para la adjudicación de VISTO: La Constitución de la fecha fijada en el Artículo Primero, las bancas tanto para titulares como Provincia, y el Código Electoral proceda a elegir Intendente de acuerdo para suplentes garantizándose el cupo Provincial aprobado por Ley 6.908; Y a lo establecido en el 78 inc. a del del 50% para cada género.- CONSIDERANDO: Código Electoral Provincial aprobado Que el Tribunal Electoral Provincial Que, el Artículo 215 de la Constitución por Ley Nº 6.908.- tendrá competencia a los fines de la Provincial establece que.. "los ARTICULO 2º: Convócase al fijación del Cronograma Electoral y el municipios convocarán a elecciones electorado de la Ciudad, para que en la normal desarrollo del Acto Eleccionario entre los ciento veinte días y los fecha fijada en el Artículo Primero, conforme a lo dispuesto por la Ley cuarenta y cinco días anteriores a la proceda a elegir NUEVE (9) Electoral Provincial Nº 6.668 y sus e xpiración del período d e CONCEJALES TITULARES Y modificatorias. gobierno".- N U E V E ( 9 ) C O NC E J A L E S Que a los fines de la Elección se Que, Así mismo el Código Electoral SUPLENTES, conforme al Sistema utilizará el Padrón Nacional de Provincial en su capitulo IV artículo 76 Electoral establecido en el artículo 78 electores, al que se agregará el Padrón dispone que la Convocatoria para la inciso b y cc del Código Electoral de Extranjeros confeccionados en cada elección de intendente y concejales lo Provincial aprobado por Ley Nº 6.908, Jurisdicción Municipal.- hará el Departamento Ejecutivo por lo garantizándose el 50% de los cargos Por todo ello: menos con sesenta días de anticipación electivos para cada género. LA INTENDENTE MUNICIPAL debiendo ser comunicada al Tribunal ARTICULO 3º: La elección se DE LA CIUDAD Elect or al y p ub licársela realizará en la fecha fijada DE COLONIA DORA EN fehacientemente. precedentemente utilizando para la ACUERDO DE SECRETARIOS Que, el próximo 31 de octubre del misma el padrón electoral nacional DECRETA: corriente año, fenecen los mandatos de vigente que corresponda a la Artículo 1º: Convócase a elecciones los señores Concejales y del Intendente jurisdicción de la Ciudad al que se le Municipales en distrito único y a simple Municipal de la ciudad de Monte agregará el padrón de extranjeros. pluralidad de sufragios para Intendente Quemando por expiración del período ARTICULO 4º: El Tribunal Electoral Municipal y seis (6) Concejales por el cual fueron elegidos. de la Provincia será Autoridad Titulares y seis (6) Concejales Que, en consecuencia se estima Competente y determinará el Suplentes, bajo el sistema proporcional p er t inent e dictar la medida cronograma de acciones para el normal D`Hont para el día 05 de septiembre del correspondiente con la suficiente desenvolvimiento del acto eleccionario 2010 en méritos a lo considerado antelación a fin de posibilitar que los de conformidad con lo establecido por precedentemente.- Partidos Políticos que intervengan en la el Artículo 77 del Código Electoral Artículo 2º: La Elección se realizará en elección realicen los actos necesarios Provincial. la fecha precedente utilizando el Padrón para la difusión de sus postulados y ARTICULO 5º: Comuníquese, Electoral Nacional al que se agregará conocimiento, por parte de los Publíquese, Dése al BOLETIN al Padrón de extranjeros.- ciudadanos, de los respectivos OFICIAL y Archívese.- Artículo 3º: El Tribunal Electoral de la candidatos. Departamento Ejecutivo, Junio 29 de Provincia será Autoridad Competente Que, es también menester dejar 2010.- en el desarrollo de las elecciones, establecido el sistema electoral MANUEL ORLANDO CASTILLO - conforme lo expresado en los aplicable a cada una de las categorías Intendente considerándos del presente Decreto.- de candidatos que se elegirán conforme SILVIA MARIELA CASTILLO Artículo 4º: El Presente Decreto será lo normado en el artículo 78 y cc del -Secretaria de Gobierno Representado por los Sres. Secretarios.- Código Electoral Provincial. Nº 209.120 - e. 01 julio - v. 05 julio - Artículo 5º: Comuníquese, Regístrese, Que, el presente decreto se dicta en uso p. 330 - $ 105,00.- Dése al BOLETIN OFICIAL y de las atribuciones emergentes del Archívese.- artículo 76 del Código Electoral MUNICIPALIDAD DE Dra. ROMINA S. ALLALLA - Provincial y el artículo 79, inciso 19, de LA CIUDAD DE Intendente la Ley Orgánica de Municipalidades LOS JURIES MONICA L. GARAMONA -Secretaria 5.590. Los Juríes - Dpto. Taboada - de Gobierno Por ello: SANTIAGO DEL ESTERO MIGUEL DE HARO - Secretario de EL INTENDENTE MUNICIPAL DECRETO SERIE Nº 527/2010.- Hacienda DE LA CIUDAD Los Juríes (SE), 28 de Junio de 2010.- Nº 209.113 - e. 01 julio - v. 07 julio - DE MONTE QUEMADO VISTO: La Constitución de la p. 250 - $ 135,00.- ACUERDO DE SECRETARIOS Provincia, y el Código Electoral DECRETA: Provincial aprobado por Ley 6.908 y lo MUNICIPALIDAD DE ARTICULO 1º: Fíjase el día 5 de dispuesto por la Ley Orgánica de MONTE QUEMADO septiembre del año 2010 como fecha Municipalidades Nº 5.590; y Departamento Copo - para las elecciones de Intendente y CONSIDERANDO: Santiago del Estero Concejales de la Ciudad de Monte Que, el Artículo 215 de la Constitución DECRETO SERIE "A" Quemado, Departamento Copo, Provincial establece que "Los Nº 0466/2010.- Provincia de Santiago del Estero. Municipios convocarán a elecciones 13
  • 13.
    Boletín Oficial Nº19.263 Lunes 5 de Julio de 2010 2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO entre los ciento veinte días y los Artículo Primero, proceda a elegir con sesenta días de anticipación, cuarenta y cinco días anteriores a la SEIS (6) CONCEJALES TITULARES debiendo ser comunicada al Tribunal expira ción d e l perío do de Y SEIS (6 ) C O N C EJ A LES Elect oral y publicárs ela gobierno".- SUPLENTES, conforme al Sistema fehacientemente; Que, el Código Electoral Provincial en Electoral establecido en el artículo 78 Que el próximo 31 de Octubre del su Capitulo IV artículo 76 dispone que inciso b) y ccdtes. del Código corriente año fenecen los mandatos de la Convocatoria a elecciones de Electoral Provincial aprobado por Ley los Señores Concejales y del Intendente Intendente y Concejales lo hará el Nº 6.908, garantizándose el 50% de los Municipal por expiración del período Departamento Ejecutivo por lo menos cargos electivos para cada género. por el cual fueron elegidos; con sesenta días de anticipación, ARTICULO 4º: La elección se Que en consecuencia corresponde dictar debiendo ser comunicada al Tribunal realizará en la fecha fijada la medida pertinente con la suficiente Electoral y publicárs ela precedentemente utilizando para la antelación, a fin de posibilitar que los fehacientemente. misma el padrón electoral nacional Partidos Políticos que intervengan en la Que, el próximo 31 de octubre del vigente que corresponda a la elección, realicen los actos necesarios corriente año, fenecen los mandatos de jurisdicción de la Ciudad al que se le para la difusión de sus postulados y los señores Concejales y del Intendente agregará el padrón de extranjeros. conocimiento, por parte de los Municipal por expiración del período ARTICULO 5º: El Tribunal Electoral ciudadanos, de los respectivos por el cual fueron elegidos. de la Provincia será Autoridad candidatos; Que, en consecuencia corresponde Competente y determinará el Que es también menester dejar dictar la medida pertinente con la cronograma de acciones para el normal establecido el sistema electoral suficiente antelación a fin de posibilitar desenvolvimiento del acto eleccionario aplicable a cada una de las categorías que los Partidos Políticos que de conformidad con lo establecido por de candidatos que se elegirán, conforme intervengan en la elección realicen los el Artículo 77 del Código Electoral lo normado en el artículo 78 y cc del actos necesarios para la difusión de sus Provincial. Código Electoral Provincial. postulados y conocimiento, por parte ARTICULO 6º: Comuníquese, Que el presente Decreto se dicta en uso de los ciudadanos, de los respectivos publíquese, dése al Registro Oficial y de las atribuciones emergentes del candidatos. Archívese.- Artículo 76 del Código Electoral Que, es menester dejar establecido que Ing. BUENAVENTURA CEJAS - Provincial y el Artículo 79, inciso 19 de el sistema electoral aplicable a cada una Intendente la Ley Orgánica de Municipalidades Nº de las categorías de candidatos que se SANTIAGO FRANCISCO ELALLE - 5.590; elegirán conforme lo normado en el Sec. De Obras y Serv. Públicos Por ello, artículo 78 y cctes. del Código Electoral Dr. SERGIO FABIAN BARBUR - El Intendente Municipal de la Provincial. Sec. De Gob. Salud y Acción Social Ciudad de Quimilí, Que, el presente decreto se dicta en uso NORBERTO JORGE E. CAZANOBE en Acuerdo de Secretarios de las atribuciones emergentes del - Sec. Finanzas DECRETA: artículo 76 del Código Electoral Nº 209.110 - e. 01 julio - v. 05 julio - Artículo1º- Fíjase el día 5 de Provincial y el artículo 79, inciso 19, de p. 380 - $ 120,00.- Septiembre del Año 2010 como fecha la Ley Orgánica de Municipalidades para la realización de las elecciones de 5.590. MUNICIPALIDAD DE Intendente y Concejales de la Ciudad de Por ello: QUIMILI Quimilí. EL INTENDENTE (Rivadavia y Sarmiento) Artículo 2º - Convócase al electorado MUNICIPAL DE LA - Quimilí - de la Ciudad de Quimilí, para que en la CIUDAD DE SANTIAGO DEL ESTERO fecha fijada en el Artículo Primero, LOS JURIES EN DECRETO Serie "A" Nº 05/2010. proceda a elegir INTENDENTE Y ACUERDO DE SECRETARIOS Quimilí, 29 de Junio de 2010.- NU E V E ( 9 ) C O N C E J A L E S DECRETA: VISTO: La Constitución de la TITULARES Y NUEVE (9) ARTICULO 1º: Fíjase el día 5 de Provincia, el Código Electoral C O NC EJ A LES S UP LENT E S , septiembre del año 2010 como fecha Provincial aprobado por Ley Nº 6.908; conforme al Sistema Electoral para la realización de las elecciones de y establecido por el Artículo 78 incisos a, Intendente y Concejales de la Ciudad de CONSIDERANDO: b y cc. del Código Electoral Provincial Los Juríes. Que el Artículo 215 de la Constitución aprobado por Ley Nº 6.908, ARTICULO 2º: Convócase al Provincial establece que "Los garantizándose el 50% de los cargos electorado de la Ciudad, de Los Juríes, Municipios convocarán a elecciones electivos para cada genero. para que en la fecha fijada en el entre los ciento veinte días y los Artículo 3º - La elección se realizará Artículo Primero, proceda a elegir cuarenta y cinco días anteriores a la en la fecha fijada precedentemente Intendente Municipal, de acuerdo a lo expiración del período de utilizando para la misma el padrón establecido en el artículo 78 inc. a) del gobierno". electoral nacional vigente que Código Electoral Provincial aprobado Que el Código Electoral Provincial en corresponda a la jurisdicción de la por Ley Nº 6.908.- su Capítulo IV artículo 76, dispone que Ciudad, al que se le agregará el padrón ARTICULO 3º: Convócase al la Convocatoria para la elecciones de de extranjeros. electorado de la Ciudad de Los Juríes, Intendente y Concejales lo hará el Artículo 4º - El Tribunal Electoral de para que en la fecha fijada en el Departamento Ejecutivo por lo menos la Provincia será autoridad competente 14
  • 14.
    Boletín Oficial Nº19.263 Lunes 5 de Julio de 2010 2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO y determinará el cronograma de LUIS ANTONIO GALVAN - EN ACUERDO a cciones para el nor ma l Intendente DE SECRETARIOS desenvolvimiento del acto eleccionario Arq. ANDREA VERONICA NEME - DECRETA de conformidad con lo establecido en el Direc. de Obras y Serv. Públicos ARTICULO 1º: Fíjase el día 5 de Artículo 77º del Código Electoral Nº 209.139 - e. 02 julio - v. 06 julio - septiembre del año 2010 como fecha Provincial. p. 200 - $ 60,00.- para las elecciones de Intendente y Artículo 5º - Comuníquese, Concejales de la Ciudad de Sumampa. publíquese, dése al Registro Oficial y MUNICIPALIDAD DE ARTICULO 2º: Convócase al archívese. SUMAMPA electorado de la ciudad, para que en la Sr. JOSE GELID, Intendente. Departamento Ejecutivo - fecha fijada en el Artículo Primero, Sr. ARTURO A. ROMANINI, SANTIAGO DEL ESTERO proceda a elegir INTENDENTE de Secretario de Gobierno. DECRETO SERIE Nº 032/2010.- acuerdo a lo establecido en el artículo Sr. ARIEL E. LOPEZ, Secretario de Ciudad de Sumampa, Santiago del 78 inciso a del Código Electoral Acción Social. Estero, Junio 29 de 2010.- Provincial aprobado por Ley Nº 6.908.- e. 1 Julio - v. 7 Julio VISTO: La Constitución de la ARTICULO 3º: Convócase al Provincia, y el Código Electoral electorado de la Ciudad, para que en la DECRETO SERIE "E" Nº 24/2010 Provincial aprobado por Ley 6.908; y fecha fijada en el Artículo Primero, Sumampa, (SE), 11 de junio del 2010.- CONSIDERANDO: p r oceda a elegir SEIS ( 6 ) VISTO: El Sumario Administrativo Que, el Artículo 215 de la Constitución CONCEJALES TITULARES Y SEIS realizado al Sr. CARLOS HECTOR Provincial establece que "los (6) CONCEJALES SUPLENTES, CISTERNA empleado dependiente de municipios convocarán a elecciones conforme al Sistema Electoral la Municipalidad de Sumampa, por entre los ciento veinte días y los establecido en el artículo 78 inciso b y faltas injustificadas en su lugar de cuarenta y cinco anteriores a la cc del Código Electoral Provincial trabajo.- e x p iración del período de aprobado por Ley Nº 6.908, Y CONSIDERANDO: gobierno".- Que, asimismo el Código garantizándose el 50% de los cargos Que la instrucción Sumarial ha arribado Electoral Provincial en su Capitulo IV electivos para cada género. a la conclusión del respectivo sumario, artículo 76 dispone que la Convocatoria ARTICULO 4º: La elección se habiendo cumplimentado los pasos para la elección de Intendente y realizará en la fecha fijada administrativos y legales y pertinentes, Concejales lo hará el Departamento precedentemente utilizando para la y teniendo en cuenta las pruebas Ejecutivo por lo menos con sesenta días misma el padrón electoral nacional acumuladas y no habiendo el sumariado de anticipación debiendo ser vigente que corresponda a la opuesto excepciones al progreso de la comunicada al Tribunal Electoral y jurisdicción de la Ciudad al que se le presente causa, dicha instrucción dio publicársela fehacientemente. agregará el padrón de extranjeros. por concluida el sumario respectivo, Que, el próximo 31 de octubre del ARTICULO 5º: El Tribunal Electoral aconsejando a la superioridad aplicar la corriente año, fenecen los mandatos de de la Provincia será Autoridad sanción de cesantía al mencionado los señores Concejales y del Intendente Competente y determinará el agente.- Municipal por expiración del período cronograma de acciones para el normal Por Ello, por el cual fueron elegidos. desenvolvimiento del acto eleccionario EL SR. INTENDENTE DE Que, en consecuencia se estima de conformidad con lo establecido por LA CIUDAD DE p ertinent e dictar la medida el Artículo 77 del Código Electoral SUMAMPA correspondiente con la suficiente Provincial. DECRETA: antelación a fin de posibilitar que los ARTICULO 6º: Comuníquese, ART. PRIMERO: Dar por concluido Partidos Políticos que intervengan en la Publíquese, Dése al BOLETIN la s p r es ent es Act ua ciones elección realicen los actos necesarios OFICIAL y Archívese.- Administrativas, sobre el sumario para la difusión de sus postulados y LUIS ANTONIO GALVAN - realizado al Sr. CARLOS HECTOR conocimiento, por parte de los Intendente CISTERNA empleado dependiente de ciudadanos, de los respectivos Arq. ANDREA VERONICA NEME - la Municipalidad, por reiteradas faltas candidatos. Directora de Obras y Serv. Públicos injustificadas.- Que, es también menester dejar Nº 209.140 - e. 02 julio - v. 06 julio - ART. SEGUNDO: Encuadrar su establecido el sistema electoral p. 470 - $ 142,50.- conducta al mencionado agente en el aplicable a cada una de las categorías Art. 54 inc. f de la Ley 5.642 y Art. 55 de candidatos que se elegirán conforme MUNICIPALIDAD DE inc. B apartado 6º del Decreto Acuerdo lo normado en el artículo 78 y cc del FORRES Serie F Nº 3.601, por lo que se deberá Código Electoral Provincial. Expte. Nº 1.469/DEM/10 aplicar la Sanción de Cesantía al Que, el presente decreto se dicta en uso LETRA "DE" mismo.- de las atribuciones emergentes del DECRETO ACUERDO ART. TERCERO: Notifíquese, al artículo 76 del Código Electoral Nº 012/10 SERIE "A". Departamento de Personal y Contable Provincial y el artículo 79, inciso 19, de VISTO: La Constitución de la de la Municipalidad.- la Ley Orgánica de Municipalidades Provincia, y el Código Electoral ART. CUARTO: Comuníquese, 5.590. Provincial aprobado por Ley 6.908; y publíquese en el BOLETIN OFICIAL Por ello: CONSIDERANDO: de la Provincia y Archívese.- EL INTENDENTE MUNICIPAL Que, el Artículo 215 de la Constitución 15
  • 15.
    Boletín Oficial Nº19.263 Lunes 5 de Julio de 2010 2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO Provincial establece que… "los género.- antelación, a fin de posibilitar que los municipios convocarán a elecciones ARTICULO 3º: La elección se Partidos Políticos que intervengan en la entre los ciento veinte días y los realizará en la fecha fijada elección, realicen los actos necesarios cuarenta y cinco anteriores a la precedentemente utilizando para la para la difusión de sus postulados y expiració n del perío d o d e misma el padrón electoral nacional conocimiento, por parte de los gobierno".- Que, asimismo el Código vigente que corresponda a la ciudadanos, de los respectivos Electoral Provincial en su Capitulo IV jurisdicción de la ciudad al que se le candidatos; artículo 76 dispone que la Convocatoria agregará el padrón de extranjeros.- Que es menester dejar establecido que para la elección de Intendente y ARTICULO 4º: El Tribunal Electoral el sistema electoral aplicable a cada una Concejales lo hará el Departamento de la Provincia será Autoridad de las categorías de candidatos que se Ejecutivo por lo menos con sesenta días Competente y determinará el elegirán conforme lo normado en el de anticipación debiendo ser cronograma de acciones para el normal artículo 78 y cctes. del Código Electoral comunicada al Tribunal Electoral y desenvolvimiento del acto eleccionario Provincial. publicárla fehacientemente. de conformidad con lo establecido por Que el presente decreto se dicta en uso Que, el próximo 31 de octubre del el Artículo 77 del Código Electoral de las atribuciones emergentes del corriente año, fenecen los mandatos de Provincial. artículo 76 del Código Electoral los señores Concejales y del Intendente ARTICULO 5º: Comuníquese, Provincial y el artículo 79 inc. 19 de la Municipal por expiración del período Publíquese, Dése al Registro Oficial y Ley Orgánica de Municipalidades Nº por el cual fueron elegidos. Archívese.- 5.590; Que, en consecuencia se estima RAMON RUBEN BLAZQUEZ - Por ello, p ertinente d ict a r la medida Intendente EL INTENDENTE correspondiente con la suficiente EDGAR EDUARDO GARAVAGLIA MUNICIPAL DE antelación a fin de posibilitar que los - Secretario de Gobierno LA CIUDAD DE Partidos Políticos que intervengan en la FERNANDO RAMON MUSSATI - LOS TELARES EN elección realicen los actos necesarios Secretario de la Producción ACUERDO DE SECRETARIOS para la difusión de sus postulados y Nº 209.145 - e. 02 julio - v. 06 julio - DECRETA conocimiento, por parte de los p.350 - $ 105,00.- Artículo 1º.- Fíjase el día 5 de ciudadanos, de los respectivos septiembre del año 2010 como fecha candidatos. MUNICIPALIDAD DE para la realización de las elecciones de Que, es también menester dejar LOS TELARES Intendente y Concejales de la Ciudad de establecido el sistema electoral Dpto. Salavina los Telares. aplicable a cada una de las categorías SANTIAGO DEL ESTERO Artículo 2º.- Convócase al electorado de candidatos que se elegirán conforme Decreto Acuerdo Nº 08/2010 de la Ciudad de los Telares, para que en lo normado en el artículo 78 y cc del Los Telares, 29 de Junio de 2010.- la fecha fijada en el Artículo Primero, Código Electoral Provincial. VISTO: La Constitución de la proceda a elegir Intendente Municipal, Que, el presente decreto se dicta en uso Provincia, el Código Electoral de cuerdo a lo establecido por el de las atribuciones emergentes del Provincial aprobado por Ley Nº 6.908 artículo 78 inc. a) del Código Electoral artículo 76 del Código Electoral y lo dispuesto por la Ley Orgánica de Provincial aprobado por Ley Nº 6.908. Provincial y el artículo 79, inciso 19, de Municipalidades Nº 5.590; y, Artículo 3º.- Convócase al electorado la Ley Orgánica de Municipalidades CONSIDERANDO: de la Ciudad de los Telares, para que en 5.590. Que el artículo 215 de la Constitución la fecha fijada en el Artículo Primero, En virtud de ello. Provincial establece que "Los p roceda a elegir S EIS ( 6 ) EL INTENDENTE MUNICIPAL Municipios Convocarán a elecciones CONCEJALES TITULARES Y SEIS EN ACUERDO entre los ciento veinte días y los (6) CONCEJALES SUPLENTES, DE SECRETARIOS cuarenta y cinco días anteriores a la conforme al Sistema Electoral DECRETA expiración del período de gobierno". establecido en el Artículo 78 inc. b) y ARTICULO 1º: Fíjase el día 5 de Que el Código Electoral Provincial en ccdtes. del Código Electoral Provincial septiembre del 2010 como fecha para su Capítulo IV artículo 76, dispone que aprobado por Ley Nº 6.908, las elecciones de Intendente y la Convocatoria a elecciones de garantizándose el 50% de los cargos Concejales de la Ciudad de Forres. Intendente y Concejales lo hará el electivos para cada género. ARTICULO 2º: Convócase al Departamento Ejecutivo por lo menos Artículo 4º.- La elección se realizará electorado de la ciudad de Forres para con sesenta días de anticipación, en la fecha fijada precedentemente que en la fecha fijada en el Artículo 1º, debiendo ser comunicada al Tribunal utilizando para la misma el padrón proceda a elegir INTENDENTE Y Electoral y publicárs ela electoral nacional vigente que SEIS (6) CONCEJALES TITULARES fehacientemente; corresponda a la jurisdicción de la Y SE IS ( 6 ) CO NCEJ A L ES Que el próximo 31 de octubre del ciudad, al que se le agregará el padrón SUPLENTES, conforme al Sistema corriente año fenecen los mandatos de de extranjeros. Electoral establecido en el artículo 78 los Señores Concejales y del Intendente Artículo 5º.- El Tribunal Electoral de inciso A, B y CC, del Código Municipal por expiración del período la Provincia será autoridad competente Electoral Provincial, aprobado por la por el cual fueron elegidos; y determinará el cronograma de Ley Nº 6.908, garantizándose el 50% Que en consecuencia corresponde dictar a ccio n es p a ra el nor ma l de los cargos electivos para cada la medida pertinente con la suficiente desenvolvimiento del acto eleccionario 16
  • 16.
    Boletín Oficial Nº19.263 Lunes 5 de Julio de 2010 2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO de conformidad con lo establecido por Provincial y el artículo 79 inc. 19 de la artículo 76 del Código Electoral el Artículo 77 del Código Electoral Ley Orgánica de Municipalidades Nº Provincial y el artículo 79, inciso 9 de Provincial. 5.590; la Ley Orgánica de Municipalidades A r t í c ulo 6 º . - Co muníquese, Por ello, 5.590.- publíquese, dése al Registro Oficial y EL INTENDENTE MUNICIPAL EL INTENDENTE archívese.- EN ACUERDO DE MUNICIPAL OSCAR Y. FERREYRA - Intendente SECRETARIOS EN ACUERDO DE Municipal Los Telares DECRETA SECRETARIOS NILDA ARMINDA MATTAR - Artículo 1º.- Fíjase el día 5 de DECRETA Secretaria de Gobierno septiembre del año 2010 como fecha Artículo 1º.- Fíjase el día 5 de EVA PATRICIA ROLDAN - Tesorera para las elecciones de Intendente y septiembre del año 2010 como fecha Nº 209.136 - e. 02 julio - v. 06 julio - Concejales de la Ciudad. para la realización de las elecciones de p. 450 - $ 135,00.- Artículo 2º.- Convócase al electorado Intendente y Concejales de la ciudad. de la Ciudad de Bandera, para que en la Artículo 2º.- Convócase al electorado MUNICIPALIDAD DE BANDERA fecha fijada en el Artículo Primero, de la Ciudad, para que en la fecha fijada Dpto. Belgrano proceda a elegir INTENDENTE y SEIS en el Artículo Primero, proceda a elegir SANTIAGO DEL ESTERO (6) CONCEJALES TITULARES Y Intendente de acuerdo a lo establecido Decreto Acuerdo Nº 005/2010 SEIS ( 6 ) CO NCEJALES en el artículo 78 inc. A del Código Bandera, 30 de junio de 2010.- SUPLENTES, de cuerdo a lo Electoral Provincial aprobado por Ley VISTO: La Constitución de la establecido por el artículo 78 inc. a, b y Nº 6.908. Provincia, el Código Electoral c. del Código Electoral Provincial Artículo 3º.- Convócase al electorado Provincial aprobado por Ley Nº 6.908; aprobado por Ley Nº 6.908, de la Ciudad, para que en la fecha fijada y garantizándose el 50% de los cargos en el Artículo Primero, proceda a elegir CONSIDERANDO: electivos para cada género. NUEVE (9) CO NCEJALES Que el artículo 215 de la Constitución Artículo 3º.- La elección se realizará TITULARES Y NUEVE (9) Provincial establece que "Los en la fecha fijada precedentemente C O NC EJ A LES S U P LENT E S , Municipios Convocarán a elecciones utilizando para la misma el padrón conforme al Sistema Electoral entre los ciento veinte días y los electoral nacional vigente que establecido en el artículo 78 inciso b y cuarenta y cinco días anteriores a la corresponda a la jurisdicción de la cc. del Código Electoral Provincial expiración del período de gobierno". Ciudad, al que se le agregará el padrón aprobado por Ley Nº 5.908, Que asimismo el Código Electoral de extranjeros. garantizándose el 50% de los cargos Provincial en su capítulo IV artículo 76, Artículo 4º.- El Tribunal Electoral de electivos para cada género. dispone que la Convocatoria para la la Provincia será autoridad competente Artículo 4º.- La elección se realizará elección de intendente y concejales lo y determinará el cronograma de en la fecha fijada precedentemente hará el Departamento Ejecutivo por lo a c ci o n e s p a r a e l nor ma l utilizando para la misma el padrón menos con sesenta días de anticipación, desenvolvimiento del acto eleccionario electoral nacional vigente que debiendo ser comunicada al Tribunal de conformidad con lo establecido por corresponda a la jurisdicción de la Elect or al y p ub licá rsela el Artículo 77 del Código Electoral Ciudad, al que se le agregará el padrón fehacientemente; Provincial. de extranjeros. Que el próximo 31 de octubre del Ar t í c ulo 5º.- Comuní q ues e, Artículo 5º.- El Tribunal Electoral de corriente año fenecen los mandatos de publíquese, dése al Registro Oficial y la Provincia será autoridad competente los Señores Concejales y del Intendente archívese.- y determinará el cronograma de Municipal por expiración del período OSCAR SEGUNDO GOROSITO - a cciones para el nor ma l por el cual fueron elegidos; Intendente - Municipalidad de Bandera desenvolvimiento del acto eleccionario Que en consecuencia se estima Dr. JORGE A. BENITEZ - Sec. de de conformidad con lo establecido por pertinente dictar la medida pertinente Gobierno el Artículo 77 del Código Electoral con la suficiente antelación, a fin de MARIELA ALEJANDRA ROSALES Provincial. posibilitar que los Partidos políticos - Sec. de Hacienda y Finanzas A r t í c ulo 6 º . - Co muníquese, que intervengan en la elección, realicen Ing. ALDO RUBEN GULOTTA - Sec. publíquese, dése al Registro Oficial y los actos necesarios para la difusión de Obras Públicas archívese.- sus postulados y conocimiento, por Nº 209.132 - e. 02 julio - v. 06 julio - MARIA JEREZ DE LOPEZ - parte de los ciudadanos, de los p. 350 - $ 105,00.- Intendente - Municipalidad de respectivos candidatos; Fernández Que es también menester dejar MUNICIPALIDAD DE RUBEN O. CELARIO - Sec. de establecido que el sistema electoral FERNANDEZ Gobierno aplicable a cada una de las categorías Dpto. Robles C.P. OTTO ENRIQUE PULVET - Sec. de candidatos que se elegirán conforme SANTIAGO DEL ESTERO de Adminis. y Hacienda lo normado en el artículo 78 y cc. del Decreto Acuerdo Nº 10/2010 PABLO E. CHAZARRETA - Sec. Código Electoral Provincial. Expediente: 146.461 Obras y Serv. Públicos Que el presente decreto se dicta en uso Fecha: 29 de junio de 2010.- Nº 209.134 - e. 02 julio - v. 06 julio - de las atribuciones emergentes del Que el presente decreto se dicta en uso p. 160 - $ 52,50.- artículo 76 del Código Electoral de las atribuciones emergentes del 17
  • 17.
    Boletín Oficial Nº19.263 Lunes 5 de Julio de 2010 2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO MUNICIPALIDAD DE Provincial. Santiago del Estero, Julio 01 de 2010.- PAMPA DE LOS GUANACOS Ar t í c ulo 6º.- Co muní q ues e, FRANCISCO GANGITANO - - Dpto. Copo - publíquese, dése al Registro Oficial y Subdirector de Compras y Suministros SANTIAGO DEL ESTERO archívese.- Nº 209.130 - e. 02 julio - v. 06 julio - Decreto Acuerdo Nº 07/2010 VIVIANA HAIDES CAMPOS - p. 100 - $ 30,00.- EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Intendente - Municipalidad de Ppa. de LA CIUDAD DE los Guanacos PAMPA DE LOS GUANACOS EN CESAR GUSTAVO ANDRADA - MUNICIPALIDAD DE ACUERDO DE SECRETARIOS Sec. de Gobierno LA CAPITAL DECRETA RAMON ANTONIO BARRAZA - Secretaría de Economía Artículo 1º.- Fíjase el día 5 de Tesorero SANTIAGO DEL ESTERO septiembre del año 2010 como fecha Nº 209.125 - e. 02 julio - v. 06 julio - Subdirección de para la realización de las elecciones de p. 230 - $ 75,00.- Compras, Suministros y Intendente y Concejales de la ciudad de Bienes Patrimoniales Pampa de los Guanacos. MUNICIPALIDAD DE OBJETO: LLAMASE a Licitación Artículo 2º.- Convócase al electorado LA CAPITAL Pública Nº 020/10, Expediente Nº de la Ciudad de Pampa de los Secretaría de Economía 11541-E-10. Aprobada mediante Guanacos, para que en la fecha fijada SANTIAGO DEL ESTERO Decreto Acuerdo Nº 303 "P", de en el Artículo Primero, proceda a elegir Subdirección de fecha 29-06-10, Para la Adquisición Intendente Municipal, de cuerdo a lo Compras, Suministros y de "MATERIALES ELECTRICOS establecido por el artículo 78 inc. (a) Bienes Patrimoniales PARA SEMAFOROS". del Código Electoral Provincial OBJETO: LLAMASE a Licitación PRESUPUESTO OFICIAL: $ aprobado por Ley Nº 6.908. Pública Nº 021/10, Expediente nº 173.555,00. Pesos Ciento Setenta y Artículo 3º.- Convócase al electorado 5893-D-10. Aprobada mediante Tres Mil Quinientos Cincuenta y Cinco. de la Ciudad de Pampa de los Decreto Acuerdo Nº 304 "P", de DESTINO: Mantenimiento y Guanacos, para que en la fecha fijada fecha 29-06-10, Para la Adquisición Reparación de Semáforos de la Ciudad en el Artículo Primero, proceda a elegir de "1.550 EQUIPO DE ROPA DE Capital. Seis (6) CONCEJALES TITULARES TRABAJO, PANTALÓN, CAMISA APERTURA: 16-07-10- Horas: Y Se i s ( 6 ) C O N C E J A L E S Y BOTINES". 10,00. SUPLENTES, conforme al Sistema PRESUPUESTO OFICIAL: $ PLAZO DE ENTREGA: (10) - Diez Electoral establecido en el artículo 78 418.500,00. Pesos Cuatrocientos Días Hábiles. inciso (b) y ccdtes. del Código Electoral Dieciocho Mil Quinientos. VALOR DEL PLIEGO: $ 180,00. Provincial aprobado por Ley Nº 6.908, DESTINO: Personal de la Dirección Pesos Ciento Ochenta. garantizándose el 50% de los cargos de Servicios Urbanos. L U G A R DE APER T U R A : electivos para cada género. APERTURA: 19-07-10 - Horas: Subdirección de Compras y Artículo 4º.- La elección se realizará 10,00. Suministros, Ciudad. en la fecha fijada precedentemente PLAZO DE ENTREGA: (10) - Diez COMPRA Y CONSULTA DE utilizando para la misma el padrón Días Hábiles. PLIEGOS: Subdirección de Compras, electoral nacional vigente que VALOR DEL PLIEGO: $ 450,00. Suministros y Bienes Patrimoniales, 9 corresponda a la jurisdicción de la Pesos Cuatrocientos Cincuenta. de Julio Nº 225, ciudad, Tel. - Fax: Ciudad, al que se le agregará el padrón LUGAR DE APERTURA: 0385-421-9738. de extranjeros. Subdirección de Compra y Suministros, Santiago del Estero, Julio 01 de 2010.- Artículo 5º.- El Tribunal Electoral de Ciudad. FRANCISCO GANGITANO - la Provincia será autoridad competente COMPRA Y CONSULTA DE Subdirector de Compras y Suministros y determinará el cronograma de PLIEGOS: Subdirección de Compras, Nº 209.131 - e. 02 julio - v. 06 julio - a ccion e s p a r a e l n or ma l Suministros y Bienes Patrimoniales, 9 p. 90 - $ 30,00.- desenvolvimiento del acto eleccionario de Julio Nº 225, ciudad, Tel. - Fax: de conformidad con lo establecido por 0385-421-9738. el Artículo 77 del Código Electoral SECCION JUSTICIA DE PAZ LETRADA JUSTICIA DE PAZ LETRADA Cítese y emplácese a quienes se Nº 209.122 - e. 02 julio - v. 06 julio - EDICTO SUCESION consideren con derechos, por el término p. 50 - $ 15,00.- Juzgado de Paz Letrado de 1º de TREINTA DIAS, comparezcan Nominación Autos: "RUIZ HECTOR hacer valer sus derechos, bajo MANUEL Y AVILA ROSA ISABEL apercibimiento de ley.- s/SUCESION AB-INTESTATO". Santiago del Estero, 10 junio de 2010.- SECCION AVISOS DE HOY EDICTO SUCESION Juez Civil y Comercial de Frías, Dra. Eva Luz Ramos de Ortiz- Autos: 18
  • 18.
    Boletín Oficial Nº19.263 Lunes 5 de Julio de 2010 2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO "EXPTE. Nº 11401/00 VERGARA Nº 209.162 - e. 05 julio - v. 06 julio - éste fuera feriado, para que venda en ANGEL s/SUCESION p. 180 - $ 45,00.- pública subasta al contado, sin base y AB-INTESTATO ACUMULADO mejor postor, los siguientes bienes: EXPTE. Nº 14627/07. VERGARA EDICTO REMATE LOTE UNO: UN APARATO DE MIGUEL ANGEL Y RAMON por: Carlos Alfredo Córdoba AIRE ACOND., INSTALADO, LIRIO VERGARA s/SUCESION Juzgado Civil y Comercial de Segunda MARCA "CARRIER" DE 6.000 AB- INTESTATO". Cita y emplaza a Nom. en Autos: "SOLER, JOSE FRGS. S/ NUMERO A LA VISTA. herederos, acreedores y a todos quienes S E BAST I A N c / M AR T I N E Z , LOTE DOS: UN TELEVISOR A se consideren con derecho sobre los V E R O N I C A M ARI E L A s / COLOR MARCA NOBLEX DE 20" bienes dejados por el causante EJECUCION PRENDARIA" - MODELO 20TC697D - SERIE Nº MIGUEL ANGEL VERGARA para Expte. Nº 264.903, comisiona a 58.782. Bienes en poder de la Sra. que en el plazo de treinta días contados Martillero Carlos Alfredo Córdoba para Blanca Herminia Coronel, sito en calle desde la última p ub licació n que el día 28/07/10 horas 09,45 en hall Antenor Alvarez Nº 444 ciudad. LOTE comparezcan a estar a derecho, bajo central de estos Tribunales Ordinarios TRES: 20 CAJAS x 20 BIDONES DE apercibimiento de ley.- y/o día subsiguiente hábil si éste fuera UN LITRO DE ACEITE, MOTUL Secretaría, 18 de junio de 2010.- feriado a la misma hora, venda en 5100-15W50-4T. LOTE CUATRO: Dra. SILVIA BELLONE DE pública subasta, sin base, al contado y 15 CAJAS x 24 BIDONES DE UN STANLEY - Secretaria mejor postor, el siguiente automotor: LITRO DE ACEITE "YAMALUBA" Nº 209.159 - e. 05 julio - v. 07 julio - Marca Peugeot, modelo 206 XR 1.6, DE 20W50-4T. LOTE CINCO: 50 p. 70 - $ 22,50.- Tipo Sedán 5 Ptas., Motor marca CAJAS x 12 BIDONES DE UN Peugeot Nº 10FX1T0499954, Chasis LITRO DE ACEITE REPSOL EDICTO REMATE m a r c a P e u g e o t N º 20W50-4T. LO TE SEIS: 30 El Juzgado en lo Civil y Comercial de VF32ANFZWXW002002- Año 1999 CUBIERTAS NUEVAS, SIN USO, Tercera Nom., de la Ciudad de Santiago - Dominio: CSJ-746. Gravámenes: MARCA HORNG-FORTUNE DE del Estero, comunica por dos días que Embargo en los presentes por $ 2.50 x 17 p/ CICLOMOTORES. en los autos caratulados " EXPTE. Nº 4.122,80 Deudas: Rentas (Imp. LOTE SIETE: 200 CAMARAS PARA 325.837-2006 - AGUAS DE Autom.) p/ $ 317,40 al 16/03/10. RUEDAS P/ CIC LO MOTOR SANTIAGO S.A. c/ MOUKARZEL Dicho automotor se encuentra MARCA "TOUCH" DE 2,1/4 x 16. DANIEL EDUARDO s/COBRO DE secuestrado y en poder del Martillero LOTE OCHO: 350 JUEGOS DE PESOS", comisiona martillero para Carlos A. Córdoba en Bolivia 180 - CUATRO PIEZAS DE RETENES, que el día 07 de JULIO próximo a Barrio Alberdi - Ciudad. Horario de MARCA "FORTE" p/ HORAS ONCE y/o subsiguiente hábil visita: Martes y Jueves de 17 a 19 hs. CICLOMOTORES MARCA "JUKI si aquel fuere inhábil REMATE en el Condiciones de Venta: El adquirente DRIBBLING". Estos lotes se Hall Central del Palacio de Tribunales deberá abonar el 10% en concepto de encuentran en poder de la demandada y sin base y al mejor postor los siguientes seña a cuenta de mayor precio con más depositados en calle Avda. Aguirre y bienes: Dos (2) TELEVISORES color el 10% por comisión de Martillero, calle Gaucho Ribero s/nº de esta ambos de 20 pulg., uno marca sumas que perderá de no formalizar la ciudad. El adquirente deberá abonar en DAYTRON, con control remoto; y el operación sin justa causa. Asimismo el el acto, posterior al remate, el 10% de otro marca CROWN MUSTANG con adquirente deberá cumplir con el pago seña y 10% comisión de martillero, control remoto; un (1) EQUIPO DE del impuesto del 1% del valor de la sumas que perderá si no formaliza la AIRE ACONDICIONADO (ventana) venta conforme lo dispone el Código operación sin justa causa. Se Hace marca TYRREL de 3000 fgs. s/nº Fiscal y de todas las deudas impositivas constar la vigencia de la Ley Laboral visible; UN HORNO MICROONDAS que tuviere dicho automotor. Nº 3.603 - Art. 62 sobre la eximición marca TEAM, s/nº visible. UN Fdo. Dra. María Andrea Suárez - Juez, de impuesto y gratuidad de avisos LAVARROPA AUTOMATICO marca ante mí: Dra. Stella Maris Llebara - judiciales. ELECTROLUX PREMIUN s/nº visible Secretaria.- Fdo. Dr. Guillermo Pinto (Vocal) - ante color blanco; UN CENTRO MUSICAL Secretaría, 30 de junio de 2010.- mí: Dra. Angela Viviana Moreno de MARCA AIWA, modelo NSX 550 con Dra. STELLA MARIS LLEBARA - Rafael (Secretaria).- control remoto, completo; UN PIANO Secretaria Oficina, junio 2010.- vertical marca HEDTK PIANOS Nº 209.156 - e. 05 julio - v. 06 julio - Dra. ELSA H. RAFAEL ZAVALETA BERLIN- en regular estado, y s/nº p. 190 - $ 45,00.- - Secretaria Provisoria visible, y UN JUEGO DE LIVING en Nº 209.155 - e. 05 julio - v. 06 julio - madera torneada, tapizado en tal color EDICTO REMATE Sin Cargo.- claro, en regular estado, compuesto de por: Carlos Alfredo Córdoba sofá y dos sillones. El comprador Exma. Cámara de Trabajo y Minas de A.F.I.P. deberá depositar el 10% en concepto de Primera Nominación - Sec. Primera, en ADMINISTRACION FEDERAL seña y a cuenta de precio y el 10% en Autos: "BANEGAS, OSCAR C. c/ DE INGRESOS PUBLICOS concepto de comisión de martillero que SAYAGO, LUCAS D s/ EDICTO REMATE perderá si no formaliza la operación.- INDEM.",Comisiona martillero Carlos por: Carlos Moisés Santiago del Estero, 1 julio de 2010.- Alfredo Córdoba para que día 07/07/10 ADMINISTRACION FEDERAL DE Dra. OLGA MABEL JULIAN DE a horas 10:00 en Hall Central de INGRESOS PUBLICOS. Autos: SALAS - Prosecretaria Tribunales y/o día subsiguiente hábil si "AFIP-DGI c/CLUB ATLETICO 19
  • 19.
    Boletín Oficial Nº19.263 Lunes 5 de Julio de 2010 2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO BELGRANO s/EJEC. FISCAL", La Asociación Civil Centro Integrador modelo C2016Y, Serie D-03447, sin Expte. 867-05 comisiona martillero Comunitario, convoca a Asamblea control remoto. Comprador depositará Carlos Moisés, Galería Juz. Federal Extraordinaria, para el día 17/07/10 a acto de remate 10% cuenta de precio y Avda. Belgrano Nº 515 Norte, Sgo. del las 16 horas, con 15 minutos de seña y 10% comisión martillero que Estero, SIETE DE JULIO próximo a tolerancia en Mza. B Lote 5 Sector 50 pederá si no formaliza operación. DIEZ TREINTA HORAS, o Viv. Bº Aeropuerto, para tratar el Fdo. Dr. Carlos Gustavo Juárez subsiguiente hábil si fuere feriado, siguiente: Villegas - Juez- Ante mí: Dra. Adela C. VENDA PUBLICA SUBASTA, ORDEN DEL DIA: Jorge de Cantos - Secretaria.- contado mejor postor y con base de las 1º - Lectura Comisión Definitiva. Secretaría, 01 de Julio de 2010.- 2/3 ptes. de valuación fiscal de $ 2º - Balance. Dra. ADELA C. JORGE DE CANTOS 116.565,18 base $ 77.710,12 siguiente 3º - Dos Socios para refrendar el Acta. - Secretaria INMUEBLE: identificado como LOTE Santiago del Estero, 02/07/2010.- Nº 209.157 - e. 05 julio - v. 06 julio - CUATRO sobre Avenida Belgrano Sud RICARDO D. AVILA - Presidente. p. 90 - $ 22,50.- nº 1675 s/ Obras Sanitarias. S/ título Nº 209.154 - e. 05 julio - v. 05 julio - mide 10 m de fte. por igual contaf., p. 55 - $ 15,00.- AGRONEGOCIOS 43,10 m de fdo. al N.O., 43,40 m al CARLOS ALBERTO S.E. linda N.E. Avda. Belgrano; N.O. JUSTICIA DE PAZ LETRADA S.A.C.I. pte. de lote 5, S.E. c. lote 3; S.O. c/ EDICTO REMATE SANTIAGO DEL ESTERO fdos del lote 36 M.F. Real 7S - 3891. por: Fernando M. Figueroa Acta Complementaria: Padrón 1-1-9774. Adeuda Inmob. $ Juzgado de Paz Letrado de Tercera Modificación del Art. 4 8.895,74, (exigible) 1ra 2003 a 6ta Nominación, Autos: " RICCHEZZE Pr ime r T e s timo nio: ACT A 2008, recargo $ 6.554,94 al 30-6-10 JORGE ANTONIO c/TORRIJOS COMPLEMENTARIA: (intimado), años 2009 y 2010 1ra y MARIANO s/COBRO DE PESOS", AGRONEGOCIOS CARLOS 2da, $ 2.192,54, recargo $ 322,73 al comisiona martillero Sr. Fernando M. ALBERTO S.A.C.I..- ECRITURA 30-6-10, Aguas $ 35.472,59 al 7-6-10, Figueroa, para que el día SIETE DE NUMERO: CIENTO VEINTISEIS Municipal $ 2.654,16 al 7-6-10 JULIO DE 2010 o el día subsiguiente (126). En la Ciudad de Santiago del actualiz. momento pago cargo hábil, si éste fuera inhábil, a HORAS Estero, Departamento Capital, comprador. Embgo.: estos autos $ NUEVE en SALA DE REMATE Nº 1 Provincia de Santiago del Estero, 3.297,29 más $ 494,59 del 23-2-06 DEL PALACIO DE TRIBUNALES, República Argentina, a veintinueve As1. Título en autos. Inmueble ubicado venda contado, sin base mejor postor: días del mes de junio del año dos mil en Belgrano Sud. 1681/1689 ciudad Un Televisor Color marca SERIE diez, ante mí Tania Andrea Darchuk de construcción 2 plantas, superior; Sede DORADA, modelo SD-2030, Nº Martínez, Es crib ana P ú b lica social, oficinas, administración salón 018242, sin control remoto y sin probar Autorizante, Adscripta al Registro. reuniones, baños, ingreso por escalera funcionamiento. Comprador depositará Articulo Cuarto: Integración. La central. Planta baja, cancha de acto de remate 10% cuenta de precio y integración será en el Ciento por ciento Básquetbol, con tribunas de hormigón seña y 10% comisión martillero que (100%) al momento de la constitución, armado, baños, vestuarios, cantina, pederá si no formaliza operación. mediante el aporte de bienes inmuebles, ocupado por la demandada, el resto un Fdo. Dr. Carlos Gustavo Juárez muebles, derecho y otros bienes según amplio salón (resto Bar La Morocha, Villegas - Juez- Ante mí: Dra. Adela C. lo establece el Artículo 187 Ley 19.550 ocupado por la Sra. Liliana Seleme, sin Jorge de Cantos, Secretaria.- reformada por Ley Nº 22.903, con acreditar el carácter de ocupación y Secretaría, 01 - 07 - 2010.- inventario que se anexara al estatuto locación con intimación vencida para Dra. ADELA C. JORGE DE CANTOS social y formara parte de ese acreditar su estado. Más datos Sec. - Secretaria instrumento. Mora. En caso de mora en Juz., acta de constatación. Comprador Nº 209.158 - e. 05 julio - v. 06 julio - la integración de las acciones, el depositará acto remate 17% precio p. 90 - $ 22,50.- directorio podrá elegir cualquiera de los compra, 10% Seña, 6% comisión, 1% mecanismos previstos por el Artículo ley sellos subasta judicial, sumas estas JUSTICIA DE PAZ LETRADA 193 de la Ley de Sociedades para eso que perderá no formalizada operación EDICTO REMATE fines. Producida la mora se operará la sin justa causa. Mart. San Martín 483, por: Alvaro Arce Garma caducidad de los derechos del Capital - 0385 -156982056. fijo Juzgado de Paz Letrado de Tercera suscriptor moroso previa intimación 421-8022.- Nominación, Autos: "RICCHEZZE que se le cursará para que, en el Santiago del Estero, 29 junio 2010.- JORGE ANTONIO c/UÑATES término de Treinta (30) días, practique RICARDO GALLARDO - Abogado INES ARMINDA s/COBRO DE la integración. La caducidad conlleva la Nº 209.152 - e. 05 julio - v. 06 julio - PESOS", comisiona martillero Sr. pérdida de la suma que hubiere p. 300 - $ 60,00.- Alvaro Arce Garma, para que el día abonado. Sin perjuicio de ello, la SIETE DE JULIO DE 2010 o el día Sociedad, podrá optar por el "ASOCIACION CIVIL subsiguiente hábil, si éste fuera inhábil, cumplimiento del contrato de CENTRO INTEGRADOR a HORAS NUEVE Y TREINTA en suscripción. COMUNITARIO" SALA DE REMATE Nº 1 DEL Con lo transcripto precedentemente SANTIAGO DEL ESTERO PALACIO DE TRIBUNALES, venda queda, debida y fehacientemente, Convocatoria a contado, sin base mejor postor: Un subsanada y cumplimentada la Asamblea Extraordinaria Televisor Color SHARP LINYTROM, observación practicada por la 20
  • 20.
    Boletín Oficial Nº19.263 Lunes 5 de Julio de 2010 2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO Dirección de Personas Jurídicas. mandato, dar y recibir en consignación, y/o administración en general de toda LEIDA, que les fue al presente distribución, comercialización de toda clase de inmuebles, rurales o urbanos, escritura, a los comparecientes, la clase de mercaderías nacionales e pudiendo construir inmuebles o ratifican y firman, ante mí, doy fe.- importadas, materia prima, productos edificios sujetos a la propiedad Lic. ANA C. ALBERTO elaborados y semielaborados, frutos del horizontal para venta o comercio, Nº 209.161 - e. 05 julio - v. 05 julio - país, cereales, semovientes y cualquier realizar operaciones comprendidas p. 190 - $ 45,00.- otro producto o actividad industrial o dentro de las leyes de propiedad comercial útil y lícita sin limitación de horizontal, comprar para subdividir "PALA S.R.L." naturaleza alguna en la que la sociedad tierras y su venta de contado y/o SANTIAGO DEL ESTERO resuelva operar comercialmente como plazos. Actividades excluidas de la ley Constitución de Sociedad mayorista o minorista. Compra, venta, de corretaje inmobiliario. En la Ciudad de Santiago del Estero, a importación y/o exportación de bienes CUARTA: El capital societario se los veinticinco días del mes de junio del en general e inclusive monodrogas y establece en PESOS DIEZ MIL ($ año dos mil diez, se reúnen los Sres. medicamentos, ya sean para sanidad 10.000) que se divide en CIEN AYUNTA GALGANI ROXANA h u m a n a , veget a l, r ea ct ivo s , CUOTAS (100) SOCIALES de Pesos ELIZABETH, nacida en fecha instrumental y equip amientos Cien ($ 100) valor nominal de cada 13/05/1963, DNI Nº 16.308.712, quirúrgicos y/o de laboratorios una, totalmente suscripto en la argentina, casada, mayor de edad, b ioq uí micos , ins umos y/ o siguiente proporción: AYUNTA comerciante, con domicilio real en equipamientos hospitalarios, unidades GALGANI ROXANA ELIZABETH, Sector 1 Escalera 4 - 2º Piso Nº 201 del móviles hospitalarias, productos para la cincuenta (50) cuotas sociales, o sea la Barrio Jerarquizado Municipal de esta medicina alternativa, sueros, vacunas, suma de Pesos Cinco Mil ($ 5.000), Ciudad de Santiago del Estero; y productos para la higiene y la que representan el 50% del capital; PALAZZI AYUNTA GASTON cosmética, desinfectantes e insecticidas, PALAZZI AYUNTA GASTON EMMANUEL, nacido en fecha material bibliográfico, equipos e EMMANUEL, cincuenta (50) cuotas 25/02/1990, DNI Nº 34.994.439, instrumental odontológico, artículo y/o sociales, o sea la suma de Pesos Cinco argentino, soltero, mayor de edad, equipos ópticos, equipos, instrumentos Mil ($ 5.000), que representan el 50% comerciante, con domicilio real en y artículos de ortopedia; Mediante la del capital. La integración se efectúa en Sector 1 Escalera 4 - 2º Piso Nº 201 del investigación, desarrollo, fabricación un veinticinco por ciento (25%) en Barrio Jerarquizado Municipal de esta y/o expendio de medicamentos dinero en efectivo y en este acto, Ciudad de Santiago del Estero, alopáticos, preparación farmacéutica debiendo los socios integrar el saldo conviniendo en constituir una de recetas magistrales, homeopáticas de restante en un plazo de dos (2) años, S O C I E D A D D E productos para la medicina alternativa, computados a partir de la inscripción. RESPONSABILIDAD LIMITADA aromaterapia, aceites esenciales, La sociedad podrá duplicar el capital que se regirá por lo que establece la Ley v a c u n a s , s u e r o s , r ea ct ivo s , indicado, mediante asamblea de socios, de Sociedades Comerciales y las p repa ra ciones derma tológica s, que requerirá para su aprobación el siguientes cláusulas: fitocosmética, zooterapia y fitoterapia, voto favorable unánime del capital, la PRIMERA: La sociedad denominada herboristería, higiene y cosmética, misma asamblea fijará el monto y plazo PALA S.R.L., y tendrá su domicilio desinfectantes e insecticidas y para su integración. social y legal en Calle Chile Nº 146 del biotecnológicos; Fabricación y QUINTA: Los socios no podrán ceder Barrio América del Sur de esta Ciudad, comercialización de sustancia de uso sus cuotas de capital a terceros ajenos pudiendo trasladarlo si así conviniera el bioquímicas, medicinales y veterinario; a la sociedad, sin el voto favorable mayor desarrollo de la actividad Representación y comercialización de unánime del capital, dentro del régimen comercial y establecer sucursales, accesorios y tecnologías de distintos del Art.152 de la Ley de Sociedades. locales de venta y/o depósito en niveles de complejidad para el uso En igualdad de condiciones, la sociedad cualquier lugar de la provincia, país y/o medicinal y b ioq uí mico. o cualquier socio tendrá el derecho de exterior. I N D US T R IAL: M edi a n t e l a preferencia. En caso de fallecimiento de SEGUNDA: El término de duración de elaboración, fabricación y producción uno de los socios, los herederos podrán la sociedad será de cincuenta años, a de productos derivados de las materias continuar la sociedad debiendo si fuese partir de la fecha de inscripción en el primas que adquiera o de elaboración. necesario unificar su personería. En Registro Público de Comercio. Este CONSTRUCTORA: Construcción de caso de no incorporarse los herederos plazo podrá prorrogarse por igual edificios, de vivienda, obras viales, se fijará el valor de la cuota, en caso de período, siempre que no se resolviera su gasoductos, oleoductos y cualquier no llegarse a un acuerdo se terminará la disolución con voluntad unánime de los clase de obra de ingeniería y/o tasación judicial; conservando la socios. arquitectura, públicas o privadas, para empresa y los socio el derecho de TERCERA: El objeto social será la lo cual podrá presentarse en licitaciones preferencia. realización por cuenta propia, de públicas o privadas, provinciales, SEXTA: La administración, uso de la terceros o asociada con terceros, en el mu ni ci p a l es , n a ci on a les o firma social y representación de la país o en el exterior, las siguientes internacionales. sociedad será ejercido por AYUNTA actividades: COMERCIAL: Compra, INMOBILIARIA: Mediante la GALGANI ROXANA ELIZABETH, venta de todas sus modalidades, adquisición, venta, explotación, en carácter de Socio-Gerente (Art.157 producción, elaboración, importación, ar re nda mie n t o, c ons t ruc ció n, 1º párrafo). Tendrán todas las exportación, representación, comisión, modificación y/o reparación, permuta facultades para poder actuar libre y 21
  • 21.
    Boletín Oficial Nº19.263 Lunes 5 de Julio de 2010 2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO ampliamente en todos los negocios para la retribución al capital integrado. edad, DNI. Nº 27.040.207, argentino, sociales. A estos fines podrán comprar, DECIMA: Vencido el plazo mayor de edad, casado, de profesión gravar, vender y locar toda clase de contractual, la sociedad podrá Corredor Público Inmobiliario, nacido bienes muebles e inmuebles, operar con prorrogarla conforme a la legislación el día 20/02/1979, con domicilio real bancos oficiales y privados, realizar vigente. Si por cualquier caso se en Manzana 7, Lote 8 del Barrio El operaciones con entes autárquicos o el produjera la disolución de la sociedad, Tatú, Club de Campo, MARCO Estado Nacional, realizar todo tipo de el gerente procederá a efectuar la contratos, otorgar poderes especiales y correspondiente liquidación, pagando PASSAGRILLI, de Cuarenta y Dos generales, judiciales o extrajudiciales. las deudas sociales, así como los gastos años de edad, Italiano, DNI. No pueden comprometer a la sociedad que demanden la liquidación; al saldo (Extranjero) Nº 93.915.919, mayor de en fianzas o garantías a favor de se distribuirá a los socios en proporción edad, soltero, de profesión Productor terceros en operaciones ajenas el objeto al capital integrado. Agropecuario, nacido el dí a societario. DECIMA PRIMERA: Cualquier 03/10/1967, con domicilio real en calle SEPTIMA: Los socios se reunirán en divergencia, desinteligencia o LaSalle S/N de la localidad de Campo asamblea, por lo menos cada tres controversia que se suscitare en la Gallo, Departamento Alberdi, C.P. meses, para tratar los temas que este aplicación o interpretación de este 3747, por Instrumento de fecha contrato, las leyes vigentes o contrato durante su vigencia, o mientras 28/06/10 constituyen "NORPLAS reglamento interno prevea con dure su disolución y/o liquidación, los facultades específicas del órgano S.R.L.".- socios se someterán a la jurisdicción de deliberativo. Las reuniones deberán los Tribunales Ordinarios de la Ciudad DOMICILIO: En calle Catamarca Nº realizarse en el domicilio legal o de Santiago del Estero. 65, Oficina B, de esta Ciudad Capital.- habitual de trabajo, o en su defecto DECIMA SEGUNDA: Los socios Pudiendo establecer agencias o donde la Gerencia notifique a los constituyen domicilio legal en los reales sucursales en cualquier parte del país o socios. Las resoluciones que adopten, denunciados en el presente contrato del extranjero.- satisfecho los requerimientos legales para todos los fines y efectos DURACION: 20 años, contados a y/o contractuales, son obligatorias para emergentes del mismo, donde partir de la inscripción en el Registro todos los socios y la gerencia tendrá a válidamente podrán efectuarse todo tipo Público de Comercio. su cargo la ejecución de las mismas. de notificaciones. OBJETO SOCIAL: La Sociedad Las asambleas serán comunicadas Bajo tales cláusulas y condiciones los fehacientemente a cada uno de los otorgantes dejan constituida la Sociedad tendrá por Objeto, la realización por socios con una anticipación no menor a de Responsabilidad Limitada, a cuyo cuenta propia, o de Terceros, o cinco (5) días, debiendo contener la cumplimiento se obligan, firmando de Asociada a Terceros, en cualquier parte misma: a) Fecha, hora y lugar de conformidad los ejemplares de ley de un del territorio de nuestra Provincia, País reunión; b) Temas específicos a tratar; mismo tenor y a un solo efecto. o en el Extranjero, las siguientes Cualquier socio puede solicitar se MARIA KAIA ZINKES BUTILER - a c t i v i d a d e s : I ) . - A ct ivi d a d convoque a asamblea cuando considere Escribano. Agropecuaria: Todas las actividades necesario realizar modificaciones SILVIA GRACIELA HIGA - C.P.N. agrícola-ganaderas tales a).- Cría de estatutarias previas en el Art. 160 de la Nº 209.148 - e. 05 julio - v. 05 julio - ganado: bovino, ovino, engorde de Ley 19550, que serán aprobadas por el p. 1.370 - $ 335,00.- vacuno, b).- Producción de Cultivos: voto unánime de los socios. Todas las (poroto, soja, maíz, trigo, algodón, resoluciones se asentarán en el libro de "NORPLAS S.R.L." actas, suscripta por los socios. Las sorgo, etc.), forrajeras por cuenta SANTIAGO DEL ESTERO copias de estos acuerdos darán plena fe propia o de terceros, c).- Explotación: CONSTITUCION DE SOCIEDAD: ante los socios los terceros. de cabañas, chacras, criaderos de Entre los Señores MARIA CECILIA OCTAVA: Las decisiones se animales domésticos, de granja y MASSA FORMICA, de treinta y adoptarán con el voto favorable de los silvestres, establecimientos de cría e cuatro años de edad, DNI. Nº socios que representen la mayoría del invernada de ganado, hara, estancias, capital social. En todos los casos, cada 24.594.908, argentina, mayor de edad, huertas, plantaciones, quintas, tambos, cuota de capital da derecho a un voto. casada, nacida el día 16/10/1975, de etc. d).- Explotación de Forestales: NOVENA: La sociedad llevará Profesión Odontóloga, con domicilio mediante la utilización de tierras legalmente su contabilidad y preparará real en República del Libano Nº 2.307 propias, o de terceros, para realizar anualmente sus Estados Contables al del Barrio Cabildo de esta ciudad, plantaciones de cualquier tipo, día 31 del mes de diciembre de cada SEBASTIAN ALEJANDRO RUSE, año, con el respectivo inventario y forestaciones y reforestación, más la de Treinta y Tres años de edad, DNI. memoria; los socios participarán, en explotación directa e indirecta de Nº 25.596.532, argentino, mayor de proporción al capital integrado de los bosques y establecimientos forestales; edad, soltero, nacido el día 28/04/1977, beneficios y soportarán las pérdidas de e).- Semillas y Fertilizantes: realizar la de Profesión Maestro Mayor de Obra, la misma proporción. De las utilidades p r o d u c ci ó n , e x p o r t a c i ó n y líquidas y realizadas se destinarán: a) con domicilio real en Sarmiento Nº 654 comercialización de semillas, Un 5% para el fondo de reserva legal, del Barrio Francisco de Aguirre de esta herbicidas, fertilizantes, y todo tipo de hasta completar un 20% del capital ciudad, GERMAN GASTON agroquímicos e insumo para esa social; b) El importe que se establezca ROMITI, de Treinta y Uno años de actividad; f).- Frutos del país: la 22
  • 22.
    Boletín Oficial Nº19.263 Lunes 5 de Julio de 2010 2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO compra-venta, depósito, importación y sobre forestación; recuperación de promoción de inversiones inmobiliarias e x p o r t a c i ó n , d i s t r i b u ci ó n y tierras áridas para destinarlas a y mobiliarias en títulos, acciones, consignación del frutos del país en forestación: VII).- Frigoríficas: la cédulas, bonos, y cualesquiera otros estado natural, elaborados o realización de operaciones de documentos emitidos por particulares, semielaborados; II).- Comerciales: la faenamiento de animales de consumo el Estado y/o empresa estatal y/o compra y venta, locación, permuta, humano o animal, elaboración, mixtas en participación, de todas clases c o n s i g n a ci ó n , d i s t r i b u c i ó n , preparado de embutidos, chacinados, de bienes; XII).- Industriales: mediante representación, importación, y grasas, comestibles, alimentos l a p r o d u c ció n, fa b ric ació n, exportación de maquinarias, vehículos, c o n c e n t r a dos y a b onos ; l a transformación o elaboración, equipos, motores, accesorios, comercialización en todas sus etapas, distribución de productos y implementos, repuestos, herramientas, distribución, transporte, importación y subproductos de la actividad agrícola, maderas, postes, y otros productos exportación, y fraccionamiento de todos ganadera, forestal, y de todas aquellas forestales, cereales y oleaginosas y todo los productos mencionados y descriptas en el objeto Social.- Para el tipo de derivados, ganado vacuno, relacionados con el objeto social; cumplimiento de sus fines la sociedad caprino, ovino, caprino, y equino; VIII).- Actividad Constructora: a).- podrá: a).- afianzar, armar, arrendar, carnes, y sus subproductos, leche y Obras públicas y privadas, tales como comercializar, confeccionar, consignar, productos lácteos y todo tipo de la construcción de todo tipo de construir, dar, y tomar en leasing, dar y productos alimenticios, como así electrificación, de ingeniería y tomar en locación, desarmar, diseñar, también los insumos necesarios para arquitectura, de inmuebles, obras distribuir, elaborar, envasar, exportar, tales actividades; III).- Administración viales, hidráulicas, y energéticas, financiar, gravar, hipotecar, importar, de Bienes: la administración de bienes demoliciones y la explotación, compra industrializar, modificar, moler, propios o de terceros, ya sean personas venta, administración e intermediación montar, permutar, prendar, reexportar, físicas o jurídicas, incluyéndose toda en dichas operaciones sobre imuebles refaccionar, reparar, representar, clase de bienes, muebles o inmuebles, propios o de terceros, b).- Constitución restaurar, vender, revender, transportar, urbanos o rurales, derechos, acciones, de Fideicomiso: a los fines de usufructuar cualesquiera cosa a fines valores, y obligaciones de entidades desarrollar la actividad ut-supra cumplir su objeto social. b).- Así públicas o privadas y en general mencionada, IX).- Inmobiliaria: a).- también podrá adquirir, suscribir, o realizar todas las operaciones Explotación de oficinas, locales, e transmitir, por cualquier título, relacionadas con el cumplimiento de los inmuebles en general, urbanos y rurales, acciones de sociedades comerciales, objetos indicados; IV).- Servicios por sistema de alquiler, arriendo, cuotas sociales , deb en t u r es , Agropecuarios: Construcción e subarriendo, leasig inmobiliario, como obligaciones negociables o títulos de impermeabilización de los diferentes préstamos de uso, de tiempo otras sociedades; "warrants"; c).- medios de trasporte y almacenamiento compartido, y cualquier otro contrato de Construir sociedades subsidiarias, de agua, ya sean canales, represas, explotación comercial que autoricen las uniones transitorias de empresas, tanques, etc, siembra, recolección y leyes, b).- Administración de agrupamientos de colaboración, cosecha, desmonte, nivelación, propiedades: inmuebles urbanas y realizar fusiones o cualquier movimiento de suelos, pulverizaciones rurales y negocios propios y de combinación o comunidad de intereses terrestres y aéreas, transporte general, terceros; c).- Ejercicios de Comisiones: con otras personas físicas o jurídicas, previa autorización de los organismos consignaciones, representaciones y domiciliadas en el país o en el pertinentes; V).- Importación y mandatos; X).- Consultoría: la extranjero; d).- Organizar jurídica y Exportación: la importación y prestación de servicios profesionales, administrativamente consorcios exportación, trasporte y distribución científicos, y técnicos de nivel inversores para el desarrollo de por cuenta propia o de terceros, de todo universitario, por intermedio de proyectos afines. d) tramitar ante tipo de bienes y el asesoramiento sobre locaciones de obra intelectual o de instituciones financieras nacionales e todo tipo de operaciones de importación servicios, por cuenta propia o de internacionales, créditos, vales y y exportación, VI).- Forestación: la terceros, o asociadas a terceros, para participaciones para los proyectos a realización por cuenta propia o de aconsejar, asesorar, dictaminar, desarrollar y gestionar ante los terceros de tareas de forestación, informar, proponer, recomendar, sugerir or g a n i s m os gub ern a ment a les reforestación, y la organización de los en las ramas administrativas, bursátil, competentes la obtención de beneficios planes respectivos, para aplicarlos en comercial contables, de riesgo, de para el desarrollo de proyectos. La tierras propias o de terceros; seguros, económica, financiera, presente enunciación no es taxativa, instalaciones de viveros forestales; impositiva, industrial, laboral, por lo tanto la sociedad podrá realizar efectuar tareas de conservación de masa impositiva, técnica, tributaria; mediante todos los actos tendientes al fores t a l; indus t ria liz a ción, análisis estudios y evaluaciones, cumplimiento de sus fines que no estén comercialización, distribución, exámenes, etc. XI).- Mandataria de prohibidos por las leyes. transporte, importación y exportación Inversiones: La realización de CAPITAL SOCIAL: El Capital de maderas, asesoramiento a terceros operaciones de distribución y Social lo constituye la suma de PESOS 23
  • 23.
    Boletín Oficial Nº19.263 Lunes 5 de Julio de 2010 2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO CIEN MIL ($100.000), representando mismos con designación de sus cargos, voto. por veinte cuotas sociales de pesos suspenderlos, exonerarlos, representar FECHA DE CIERRE: 30 de Junio de cinco mil ($5.000) cada una, que los a la sociedades en todos sus actos y cada año.- socios suscriben de la siguiente manera: asuntos judiciales y administrativos, Santiago del Estero, 02 de Julio de A) El Socio MARIA CECILIA cobrar y percibir cuanto se le adeudare 2010.- MASSA FORMICA, la cantidad de ahora y en adelante a la Sociedad, MARCELA ANTOGNOLI DE cinco (5) Cuotas Sociales de pesos celebrar contratos de seguro, estar en TAMER - Abogada. cinco mil ($5000) cada una, o sea la juicio como actor o demandado en Nº 209.149 - e. 05 julio - v. 05 julio - suma de pesos veinticinco mil cualquier fuero, prorrogar Jurisdicción, p. 1.700 - $ 435,00.- ($25.000), representativo del 25% promover querellas y retirarlas, celebrar (veinticinco por ciento) del Capital todos los demás actos que se reputen MUNICIPALIDAD DE Social. B) El Socio SEBASTIAN necesarios o convenientes para el FRIAS ALEJANDRO RUSE, la cantidad de cumplimiento del objeto social y de SANTIAGO DEL ESTERO cinco (5) Cuotas Sociales de pesos aquellos que se relacionen directa o Decreto Acuerdo Nº 106/10 cinco mil ($5000) cada una, o sea la indirectamente con el mismo, la VISTO: Que la Carta Orgánica de la suma de pesos veinticinco mil enumeración precedente no es taxativa Municipalidad de la Ciudad de Frías en ($25.000), representativo del 25% sino enunciativa. Queda absolutamente el Capítulo V, Art. 50º, Inc.17, (veinticinco por ciento) del Capital prohibido al o los gerentes, salvo previo establece que corresponde al Intendente Social. C) El Socio GERMAN consentimiento social, decidido por convocar a Elecciones Municipales. GASTON ROMITI, la cantidad de mayoría absoluta de capital: I) emplear Y CONSIDERANDO: cinco (5) Cuotas Sociales de pesos o comprometer la firma social en Que el llamado a estos comicios se cinco mil ($5000) cada una, o sea la prestaciones a titulo gratuito, garantías realiza en el marco de lo establecido suma de pesos veinticinco mil o fianzas de terceros; II) dar o tomar por la Carta Orgánica Municipal y la ($25.000), representativo del 25% prestamos, ya sea de particulares o de Ordenanza Electoral de la Ciudad de (veinticinco por ciento) del Capital banco y/o de instituciones financieras Frías Nº 608/91. Que a tales efectos se Social. D) El Socio MARCO de plaza, interior o exterior, ya sean hace necesario dictar el correspondiente PASSAGRILLI, la cantidad de cinco oficiales o privadas, garantizadas o no acto administrativo. (5) Cuotas Sociales de pesos cinco mil con derechos reales u otras garantías y Por ello, ($5000) cada una, o sea la suma de III) enajenar bienes de capital El Intendente Municipal en pesos veinticinco mil ($25.000), pertenecientes a la sociedad. Los uso de sus facultades y en representativo del 25% (veinticinco por gerentes durarán en el cargo por el Acuerdo de Secretarios, ciento) del Capital Social. Los Socios término de (2) dos años, vencido el DECRETA: integran el capital en un 50%, y se mismo pueden ser reelegidos.- La ART. 1º) CONVOCASE al electorado obligan a integrar el saldo restante designación y remoción de los citados de la Ciudad de Frías, para que el día dentro del plazo de (2) dos años, Gerentes se producirá por el voto de los 05 de Septiembre de 2010 proceda a computados a partir de la fecha de socios que representen la mayoría del elegir Intendente Municipal en distrito inscripción de la sociedad. La reunión capital social. El o los Gerentes, socios único y a simple pluralidad de de socios dispondrá el momento en que o no, deberán responder por sus actos sufragios; para el período comprendido se completará la integración. ante los demás Socios elevando un entre el 01/11/2010 al 31/10/2014. ADMINISTRACION Y informe periódico de las operaciones ART. 2º) CONVOCASE al electorado REPRESENTACION: La sociedad efectuadas por la sociedad en su de la Ciudad de Frías, para que el día será administrada y representada por gestión, y será removido de su cargo 05 de Septiembre de 2010 en distrito los socios GERMAN GASTON por justa causa. único, proceda a elegir doce (12) ROMITI Y MARCO PASSAGRILLI, REUNIONES: La Sociedad expresará Concejales Municipales Titulares y desempeñándose también, ambos, en el su voluntad por medio de resoluciones, doce (12) Concejales Municipales carácter de Gerente de la Sociedad, que se adoptarán en las reuniones entre Suplentes, que se distribuirán conforme quienes podrán hacer uso de la firma los socios, que se realizarán por lo las disposiciones del artículo 94 inc."f" social, actuando en forma individual e menos una vez al año, se adoptarán por de la Carta Orgánica Municipal, para el indistinta, especialmente para el uso de mayoría del capital social; pero para período comprendido entre el las cuentas bancarias de la firma, en aquellas decisiones que impliquen 01/11/2010 al 31/10/2014. cuyo caso no se requerirá de la firma modificación del contrato social, se ART. 3º) En la elección se utilizará el del otro socio gerente, y gozarán de requerirá la aprobación por mayoría padrón Electoral Nacional vigente que amplias facultades en todo lo que atañe absoluta; y la unanimidad de los socios corresponda a la jurisdicción de la al giro comercial de la empresa, para la aprobación de Balances; se Ciudad de Frías, al que se le agregará pudiendo a tal fin conceder poderes anotarán en el Libro de Actas, el que el Padrón de Ciudadanos Extranjeros generales o especiales, nombrar y deberá observar los requisitos legales.- que confeccionará el Tribunal Electoral remover empleados, fijar sueldos de los Cada cuota de Capital da derecho a un Municipal, pudiendo delegar dicha 24
  • 24.
    Boletín Oficial Nº19.263 Lunes 5 de Julio de 2010 2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO función en el Registro de Estado Civil menos con sesenta días de anticipación, en la fecha fijada precedentemente y Capacidad de las Personas de la debiendo ser comunicada al Tribunal utilizando para la misma el Padrón Ciudad de Frías. Elect oral y publicárs ela Electoral Nacional vigente que ART. 4º) Las elecciones que se fehacientemente; corresponda a la jurisdicción de la convocan en el presente Decreto Que el próximo 31 de octubre del ciudad, al que se le agregará el Padrón Acuerdo se regirán por lo dispuesto en corriente año fenecen los mandatos de de Extranjeros. la Constitución de la Provincia, las los Señores Concejales y del Intendente Artículo 4º.- El Tribunal Electoral de normas del Código Electoral Nacional Municipal por expiración del período la Provincia será Autoridad y por la Carta Orgánica Municipal en por el cual fueron elegidos; Competente y determinará el todo lo que se contraponga a la Que en consecuencia se estima cronograma de acciones para el normal Constitución de la Provincia. p ert inente dictar la me dida desenvolvimiento del acto eleccionario ART. 5º) Remítase copia del presente correspondiente con la suficiente de conformidad con lo establecido por Decreto al Tribunal Electoral antelación, a fin de posibilitar que los el Artículo 77 del Código Electoral Municipal. Partidos Políticos que intervengan en la Provincial. ART. 6º) Elévese copia del presente al elección, realicen los actos necesarios Artíc ulo 5 º . - C omuní ques e, Honorable Concejo Deliberante. para la difusión de sus postulados y publíquese, dése al Registro Oficial y ART. 7º) Tomen nota las distintas conocimiento, por parte de los archívese.- Dependencias Municipales a sus ciudadanos, de los respectivos PASCUAL A. AGUILERA - efectos. candidatos; Intendente - Municipalidad Nva. ART. 8º) Comuníquese, Regístrese, Que es también menester dejar Esperanza Publíquese y Archívese. establecido que el sistema electoral MANUEL ERNESTO ARIAS - FERNANDO O M AR S ALIM aplicable a cada una de las categorías Secretario de Gobierno -Intendente. de candidatos que se elegirán conforme MARIELA S. LUNA - Secretaria de MIRTA IRENE FLORES - Secretaria lo normado en el artículo 78 y CC del Finanzas Gral. Código Electoral Provincial. Nº 209.150 - e. 05 julio - v. 07 julio - CLAUDIO RODOLFO CORONEL - Que el presente Decreto se dicta en uso p. 400 - $ 120,00.- Secretario de Gobierno. de las atribuciones emergentes del DANIEL A. BAYTALA - Secretario de artículo 76 del Código Electoral MUNICIPALIDAD DE Turismo. Provincial y el artículo 79 inc. 19 de la LA CIUDAD DE ANTONIO J. AUAT - Sec. Privado Ley Orgánica de Municipalidades Nº POZO HONDO A/C Sec. O. y S. Públicos. 5.590; Dpto. Jiménez RAUL SABAGH - Secretario de Por ello, SANTIAGO DEL ESTERO Desarrollo Social. EL INTENDENTE MUNICIPAL, EN Decreto Acuerdo Nº 30/2010 Nº 209.153 - e. 05 julio - v. 07 julio - ACUERDO DE SECRETARIOS Por ello, p. 260 - $ 82,50.- DECRETA EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º.- Fíjase el día 5 de LA CIUDAD DE MUNICIPALIDAD DE Septiembre del año 2010 como fecha POZO HONDO EN ACUERDO NUEVA ESPERANZA para las elecciones de Intendente y DE SECRETARIOS Dpto. Pellegrini Concejales de la Ciudad. DECRETA SANTIAGO DEL ESTERO Artículo 1º.- Convócase al Electorado Artículo 1º.- Fíjase el día 5 de Decreto Municipal Nº 08/2010 de la Ciudad, para que en la fecha fijada septiembre del año 2010 como fecha VISTO: La Constitución de la en el Artículo Primero, proceda a elegir para la realización de las elecciones de Provincia, el Código Electoral Intendente, de acuerdo a lo establecido Intendente y Concejales de la Ciudad de Provincial aprobado por Ley Nº 6.908; en el artículo 78 inc. a) del Código Pozo Hondo. y Electoral Provincial aprobado por Ley Artículo 2º.- Convócase al electorado CONSIDERANDO: Nº 6.908. de la Ciudad de Pozo Hondo, para que Que el artículo 215 de la Constitución Artículo 2º.- Convócase al electorado en la fecha fijada en el Artículo Provincial establece que.. "Los de la Ciudad, para que en la fecha fijada Primero, proceda a elegir Intendente Municipios convocarán a elecciones en el Artículo Primero, proceda a elegir Municipal, de acuerdo a lo establecido entre los ciento veinte días y los seis (6) Concejales Titulares y seis (6) por el artículo 78 inc. (a). del Código cuarenta y cinco días anteriores a la Concejales Suplentes, conforme al Electoral Provincial aprobado por Ley expiración del período de gobierno". Sistema Electoral establecido en el Nº 6.908, Que así mismo el Código Electoral Artículo 78 inc. b) y ccdtes. del Código Artículo 3º.- º.- Convócase al Provincial en su Capítulo IV artículo Electoral Provincial aprobado por Ley electorado de la Ciudad de Pozo 76, dispone que la Convocatoria para la Nº 6.908, garantizándose el 50% de los Hondo, para que en la fecha fijada en el elección de Intendente y Concejales lo cargos electivos para cada género. Artículo Primero, proceda a elegir SEIS hará el Departamento Ejecutivo por lo Artículo 3º.- La elección se realizará (6) CONCEJALES TITULARES Y 25
  • 25.
    Boletín Oficial Nº19.263 Lunes 5 de Julio de 2010 2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO SEIS (6) CONCEJALES entre los ciento veinte días y los de la Ciudad de Suncho Corral, para SUPLENTES, conforme al Sistema cuarenta y cinco días anteriores a la que en la fecha fijada en el Artículo Electoral establecido en el Artículo 78 expiración del período de Gobierno". Primero, proceda a elegir Intendente inc. b) y ccdtes. del Código Electoral Que el Código Electoral Provincial en Municipal, de acuerdo a lo establecido Provincial aprobado por Ley Nº 6.908, su capítulo IV, Artículo 76, dispone por el artículo 78 Inc. (A) del Código garantizándose el 50% de los cargos que la convocatoria a elecciones de Electoral Provincial aprobado por Ley electivos para cada género. Intendente y Concejales lo hará el Nº 6.908 Artículo 4º.- La elección se realizará Departamento Ejecutivo por lo menos Artículo 3º.- Convócase al electorado en la fecha fijada precedentemente con sesenta días de anticipación, de la Ciudad de Suncho Corral, para utilizando para la misma el padrón debiendo ser comunicada al Tribunal que en la fecha fijada en el Artículo electoral nacional vigente que Electoral y publicárs ela Primero, proceda a elegir Seis (6) corresponda a la jurisdicción de la fehacientemente, que el próximo 31 de Concejales Titulares y Seis (6) Ciudad, al que se le agregará el padrón Octubre del corriente año fenecen los Concejales Suplentes, conforme al de extranjeros. mandatos de los Señores Concejales y Sistema Electoral establecido en el Artículo 5º.- El Tribunal Electoral de del Intendente Municipal por expiración Artículo 78 inc. (B) y ccdtes. del la Provincia será autoridad competente del período por el cual fueron elegidos; Código Electoral Provincial aprobado y determinará el cronograma de Que en consecuencia corresponde dictar por Ley Nº 6.908, garantizándose el a cci o n e s p a r a e l nor ma l la medida pertinente con la suficiente 50% de los cargos electivos para cada desenvolvimiento del acto eleccionario antelación, a fin de posibilitar que los género. de conformidad con lo establecido por partidos políticos que intervengan en la Artículo 4º.- La elección se realizará el Artículo 77 del Código Electoral elección, realicen los actos necesarios en la fecha fijada precedentemente Provincial. para la difusión de sus postulados y utilizando para la misma el Padrón Artículo 6º.-Comuníquese, publíquese, conocimiento, por parte de los Electoral Nacional vigente que dése al Registro Oficial y archívese.- ciudadanos, de los respectivos corresponda a la jurisdicción de la Prof. FRANCISCO BUSTOS RUIZ - candidatos; Que es menester dejar Ciudad, al que se le agregará el Padrón Intendente - Municipalidad de Pozo establecido que el Sistema Electoral de Extranjeros. Hondo aplicable a cada una de las categorías Artículo 5º.- El Tribunal Electoral de Prof. WALTER R. LOPEZ - Sec. de de candidatos que se elegirán conforme la Provincia será Autoridad Gobierno lo normado en el Artículo 78 y ctes. del Competente y determinará el Nº 209.151 - e. 05 julio - v. 07 julio - Código Electoral Provincial; Que el cronograma de acciones para el normal p. 220 - $ 67,50.- presente Decreto se dicta en uso de las desenvolvimiento del acto eleccionario atribuciones emergentes del Artículo 76 de conformidad con lo establecido por MUNICIPALIDAD DE del Código Electoral Provincial y el el Artículo 77 del Código Electoral SUNCHO CORRAL Artículo 79 inc. 19 de la Ley Orgánica Provincial. Dpto. Juan F. Ibarra de Municipalidades Nº 5.590; Ar t í c ulo 6º.- Comuní q ues e, SANTIAGO DEL ESTERO Por ello, publíquese, dése al Registro Oficial y Decreto - Acuerdo Nº 01/2010 EL INTENDENTE MUNICIPAL DE archívese.- Suncho Corral, 30 de Junio de 2010.- LA CIUDAD DE MARIO GARCIA HERNANDEZ - VISTO: La Constitución de la SUNCHO CORRAL EN Intendente - Municipalidad de Suncho Provincia, el Código Electoral aprobado ACUERDO DE SECRETARIOS Corral por Ley Nº 6.908 y por lo dispuesto por DECRETA Esc. IVANNA EDITH CORIA - la Ley Orgánica de Municipalidades Nº Artículo 1º.- Fíjase el día 5 de Secretaria de Gobierno 5.590; y, septiembre del año 2010 como fecha Nº 209.160 - e. 05 julio - v. 07 julio - CONSIDERANDO: para la realización de las elecciones de p. 400 - $ 120,00.- Que el artículo 215 de la Constitución Intendente y Concejales de la Ciudad de Provincial establece que: "Los Suncho Corral. Municipios convocarán a elecciones Artículo 2º.- Convócase al electorado TRIBUNAL ELECTORAL SANTIAGO DEL ESTERO PARTIDO MOVIMIENTO DE BASES INDEPENDIENTES "El Tribunal Electoral de la Provincia comunica que a los fines de la Ley 5.562, por Secretaría se exhiben los Estados Contables correspondientes a los años 2006 a 2009 pertenecientes al PARTIDO MOVIMIENTO DE BASES INDEPENDIENTES, por el término de 30 días hábiles, todo conforme a lo ordenado en autos: EXPTE Nº 31/10 "PARTIDO MOVIMIENTO DE BASES INDEPENDIENTES S/ ESTADOS CONTABLES AÑO 2006 A 2009".- SECRETARIA ELECTORAL DE LA PROVINCIA Santiago del Estero, 29 de Junio de 2010.- 26
  • 26.
    Boletín Oficial Nº19.263 Lunes 5 de Julio de 2010 2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO Dr. LEON E. MARTINETTI - Secretario Electoral Pcial. MOVIMIENTO DE BASES INDEPENDIENTES SANTIAGO DEL ESTERO ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL AL 31/12/2006 31/12/2006 31/12/2005 ACTIVO ACTIVO CORRIENTE Caja-Banco $ 0,00 $ 0,00 Créditos $ 0,00 $ 0,00 TOTAL DEL ACTIVO CORRIENTE $ 0,00 $ 0,00 ACTIVO NO CORRIENTE Bienes de Uso $ 0,00 $ 0,00 TOTAL DEL ACTIVO NO CORRIENTE $ 0,00 $ 0,00 TOTAL DEL ACTIVO $ 0,00 $ 0,00 PASIVO PASIVO CORRIENTE $ 0,00 $ 0,00 TOTAL DEL PASIVO CORRIENTE $ 0,00 $ 0,00 TOTAL DEL PASIVO $ 0,00 $ 0,00 PATRIMONIO NETO (S/Estado de Evolució del PN) $ 0,00 $ 0,00 PASIVO*PN=ACTIVO $ 0,00 $ 0,00 ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL Comparativo con el ejercicio anterior al 31-12-2007 31/12/2006 31/12/2005 ACTIVO ACTIVO CORRIENTE Caja-Banco (s/nota Nº 2.1) $ 4.318,65 $ 0,00 Crédito (s/nota Nº 2.2) $ 5.161,14 $ 0,00 TOTAL DEL ACT. CORRIENTE $ 9.479,79 $ 0,00 27
  • 27.
    Boletín Oficial Nº19.263 Lunes 5 de Julio de 2010 2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO ACTIVO NO CORRIENTE Bienes de Uso (s/Anexo de Bs. de Uso) $ 0,00 $ 0,00 TOTAL DEL ACTIVO NO CORRIENTE $ 0,00 $ 0,00 TOTAL DEL ACTIVO $ 9.479,79 $ 0,00 PASIVO PASIVO CORRIENTE Deudas (s/nota 2.3) $ 28,06 $ 0,00 TOTAL DEL PAS. CORRIENTE $ 28,06 $ 0,00 TOTAL DEL PAS. NO CORRIENTE $ 0,00 $ 0,00 TOTAL DEL PASIVO $ 28,06 $ 0,00 PATRIMONIO NETO (S/Estado de Evolución del PN) $ 9.451,73 $ 0,00 PASIVO+PN=ACTIVO $ 9.479,79 $ 0,00 ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL Comparativo con el ejercicio anterior al 31-12-2008 31/12/2006 31/12/2005 ACTIVO ACTIVO CORRIENTE Caja-Banco (s/nota Nº 2.1) $ 11.849,22 $ 4.318,65 Crédito (s/nota Nº 2.2) $ 1.950,36 $ 5.161,14 TOTAL DEL ACT. CORRIENTE $ 13.799,58 $ 9.479,79 ACTIVO NO CORRIENTE Bienes de Uso (s/Anexo de Bs. de Uso) $ 0,00 $ 0,00 TOTAL DEL ACTIVO NO CORRIENTE $ 0,00 $ 0,00 TOTAL DEL ACTIVO $13.799,58 $ 9.479,79 PASIVO PASIVO CORRIENTE Deudas (s/nota 2.3) $ 105,98 $ 28,06 TOTAL DEL PAS. CORRIENTE $ 105,98 $ 28,06 TOTAL DEL PAS. NO CORRIENTE $ 0,00 $ 0,00 TOTAL DEL PASIVO $ 105,98 $ 28,06 PATRIMONIO NETO (S/Estado de Evolución del PN) $13.693,60 $ 9.451,73 PASIVO+PN=ACTIVO $ 13.799,58 $ 9.479,79 MOVIMIENTO DE BASES INDEPENDIENTE SANTIAGO DEL ESTERO Estado de Situación Patrimonial al 31/12/2009 Comparativo con el Ejercicio Anterior (En pesos) ACTIVO 31/12/200 31/12/2008 PASIVO 31/12/200 31/12/2008 9 9 Activo Corriente Pasivo Corriente 28
  • 28.
    Boletín Oficial Nº19.263 Lunes 5 de Julio de 2010 2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO disponibilidad (Nota 2) $ 8802.58 $ 11849.22 Deudas Comerciales (nota 6) $ 105.98 Créditos (Nota 3) $ 1950.36 $ 1950.36 Deudas Sociales (nota 7) Total Activo Corriente $ 10752.94 $ 13799.58 Total Pasivo Corriente $ 105.98 Activo No Corriente Pasivo No Corriente Bienes de Uso s/Anexo A No existe (neto de amortizaciones) Total Activo no Corriente Total Pasivo No Corriente Total Pasivo $ 105.98 Patrimonio Neto Según Estado Respectivo $ 10752.94 $ 13693.60 Total Activo $ 10752.94 $ 13799.58 Total Pasivo mas Patrimonio Neto $ 10752.94 $ 13799.58 CARLOS A. ANAUATE -Apoderado C.P.N. HECTOR GUSTAVO ESPER DRA. MARIA JOSE MOYANO - Pro-Secretaria E. 5 Julio - v. 5 Julio TRIBUNAL ELECTORAL SANTIAGO DEL ESTERO PARTIDO DIGNIDAD POPULAR "El Tribunal Electoral de la Provincia comunica que a los fines de la Ley 5.562, por Secretaría se exhiben los Estados Contables correspondientes al año 2008 pertenecientes al PARTIDO DIGNIDAD POPULAR, por el término de 30 días hábiles, todo conforme a lo ordenado en autos: EXPTE Nº 10/10 "PARTIDO DIGNIDAD POPULAR S/ESTADOS CONTABLES AÑO 2008".- SECRETARIA ELECTORAL DE LA PROVINCIA Santiago del Estero, 21 de Abril de 2010.- Dra. MARIA JOSE MOYANO - Pro-Secretaria - Tribunal Electoral de la Provincia. PARTIDO DIGNIDAD POPULAR SANTIAGO DEL ESTERO ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL EJERCICIO IRREGULAR AL 31/12/2008 31/12/2008 ACTIVO ACTIVO CORRIENTE Caja-Banco (s/nota Nº 2.1) $ 2.500,00 Crédito $ 0,00 TOTAL DEL ACTIVO CORRIENTE $ 2.500,00 29
  • 29.
    Boletín Oficial Nº19.263 Lunes 5 de Julio de 2010 2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO ACTIVO NO CORRIENTE Bienes de Uso (s/Anexo de Bs. de Uso) $ 0,00 TOTAL DEL ACTIVO NO CORRIENTE $ 0,00 TOTAL DEL ACTIVO $ 2.500,00 PASIVO PASIVO CORRIENTE Deudas $ 0,00 TOTAL DEL PAS. CORRIENTE $ 0,00 TOTAL DEL PASIVO NO CORRIENTE $ 0,00 TOTAL DEL PASIVO $ 0,00 PATRIMONIO NETO (S/Estado de Evolución del PN) $ 2.500,00 PASIVO+PN=ACTIVO $ 2.500,00 TRIBUNAL ELECTORAL SANTIAGO DEL ESTERO PARTIDO DIGNIDAD POPULAR "El Tribunal Electoral de la Provincia comunica que a los fines de la Ley 5.562, por Secretaría se exhiben los Estados Contables correspondientes a los años 2009 pertenecientes al PARTIDO DIGNIDAD POPULAR, por el término de 30 días hábiles, todo conforme a lo ordenado en autos: EXPTE Nº 25/10 "PARTIDO DIGNIDAD POPULAR S/ESTADOS CONTABLES AÑO 2009".- SECRETARIA ELECTORAL DE LA PROVINCIA Santiago del Estero, 22 de Junio de 2010.- Dr. LEON F. MARTINETTI - Secretario Electoral Provincial e. 05 julio - v. 05 julio.- PARTIDO DIGNIDAD POPULAR SANTIAGO DEL ESTERO ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL AL 31/12/2009 31/12/2009 31/12/2008 ACTIVO ACTIVO CORRIENTE Caja-Banco (s/nota Nº 2.1) $ 2.550,00 $ 2.500.00 Crédito (s/nota Nº 2.2) $ 1.847,44 $ 0,00 TOTAL DEL ACT. CORRIENTE $ 4.397,44 $ 2.500,00 30
  • 30.
    Boletín Oficial Nº19.263 Lunes 5 de Julio de 2010 2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE M AYO ACTIVO NO CORRIENTE Bienes de Uso (s/Anexo de Bs. de Uso) $ 0,00 $ 0,00 TOTAL DEL ACTIVO NO CORRIENTE $ 0,00 $ 0,00 TOTAL DEL ACTIVO $ 4.397,44 $ 2.500,00 PASIVO PASIVO CORRIENTE Deudas (s/nota 2.3) $ 70,60 $ 00,00 TOTAL DEL PAS. CORRIENTE $ 70,60 $ 00,00 TOTAL DEL PAS. NO CORRIENTE $ 0,00 $ 0,00 TOTAL DEL PASIVO $ 70,60 $ 00,00 PATRIMONIO NETO (S/Estado de Evolución del PN) $ 4.326,84 $ 2.500,00 PASIVO+PN=ACTIVO $ 4.397,44 $ 2.500,00 ANTONIO CALABRESE - Tesorero MATIAS CALABRESE - Apoderado C.P.N. HUGO DANIEL ARCE Dra. MARIA JOSE MOYANO - Pro-Secretaria e. 5 Julio - v. 5 Julio 31