Derechos de Autor
Sebastián Zapata Quintero
Grado: 11°2
Institución Educativa José Migue de Restrepo y Puerta
Tecnología
Copacabana
2016
Con la aprobación de la Ley 201 de 2012, conocida como Ley Lleras 2.0, uno
de los temas que se empieza a modificar es el de propiedad intelectual y
derechos de autor en el ámbito informático.
• Para comprender su dimensión en este espacio presentaré algunos de los
conceptos generales que se deben tener en cuenta al momento de registrar y
sobre todo de aplicar las distintas legislaciones vigentes.
• La fuente general de información es la Dirección Nacional de Derechos de
Autor - DNDA donde es posible encontrar con mayor descripción cada uno
de estos apartados.
• ¿Qué es la propiedad intelectual?
• Es una disciplina normativa que se ocupa de proteger las creaciones intelectuales y encierra los derechos
de autor, la propiedad industrial y las nuevas variedades vegetales.
• ¿Qué es el derecho de autor?
• Es aquel por el cual el Estado protege al creador de las obras artísticas o literarias por un tiempo
determinado.
• ¿Qué obras son protegidas por el derecho de autor?
Todas las obras literarias y artísticas que puedan reproducirse o divulgarse por
cualquier forma o medio conocido, incluidos los digitales.
• Podemos entender que una idea por sí sola no está protegida por el derecho de
autor. Es cierto que podemos ser los primeros en “pensar” en algo, pero si no lo
llevamos por lo menos al papel y lo registramos como de nuestra autoría no es
posible que la legislación vigente proteja nuestra propiedad sobre la misma, por ello
es importante en materia digital no solo mantener copias del avance de un
desarrollo sino también hacer los registros pertinentes ante la DNDA.
• ¿Quién es considerado “autor”?
De acuerdo con la reciente Ley 201/12, autor es la “persona física que realiza
la creación intelectual”.
• Se debe tener en cuenta que, primero, la autoría solo se reconoce sobre un
ser humano y no sobre dispositivos de ningún tipo. Por otra parte, que la
creación intelectual se entiende según la DNDA como el proceso mental que
implica concebir y expresar la obra. Así, no se considera autor a quien
simplemente ejecuta una creación bajo órdenes de otro, es decir, el técnico
que se limita a programar un videojuego siguiendo las instrucciones de un
desarrollador no puede atribuirse la autoría, simplemente goza de
reconocimiento por su trabajo operativo.
• ¿Es necesario hacer el registro de las creaciones para certificar la autoría?
Inicialmente hay que saber que el certificado expedido por la DNDA no es prueba
legal sobre la autoría de la creación, es decir, la Dirección registra una obra a partir
de los datos que la persona interesada presenta, pero no es su competencia
determinar si esa persona es la verdadera autora de la obra, aunque presume su
buena fe al registrarla.
• Por otra parte es importante saber que de acuerdo con la legislación vigente y los
tratados internacionales, las obras, aún sin registrar, están protegidas por derechos
de autor, aunque en caso de controversia (más en temas propiedad industrial) es
mejor hacer el registro previo.
• ¿Qué es el Copyright?
El “derecho de copia” o copyright es una noción que viene del derecho anglosajón y
bajo el cual se protegen principalmente los derechos patrimoniales de una obra,
aunque también reconoce la autoría de la misma. Su objetivo es evitar cualquier tipo
de reproducción, distribución o adaptación derivada de la creación original. El
símbolo internacional con que se identifica su registro y alcances es ©.
• Para ejemplificar, un e-book creado con el propósito de circular on-line puede ser
registrado por sus autores bajo copyright restringiendo así su libre circulación y
limitándola a los usos definidos por el titular del derecho.
• ¿Qué es Creative Commons?
• “Bienes creativos comunes”, del inglés Creative Commons, es una ONG creada en
Estados Unidos cuyo objetivo es reducir las barreras que supone la legislación sobre
derechos de autor, permitiendo que los creadores expresen su intención de permitir
copias, distribuciones o incluso adaptaciones de sus obras. Derivada de la propuesta
de la organización, surgió el registro Creative Commons (CC) como una alternativa
al ©. Con este tipo de registro es posible habilitar distintas licencias de acuerdo al
grado de permisos que el autor quiera conceder. En Colombia existe una oficina de
CC que ofrece toda la información sobre su aplicación.
Cibergrafia
• https://www.google.com.co/search?q=derechos+de+autor&biw=1366&bih
=662&source=lnms&tbm=isch&sa=X&ved=0ahUKEwiCsoy94NDPAhVF
XR4KHRLOA10Q_AUIBigB#imgrc=kJfG3AtD_sGiyM%3A
• https://colombiadigital.net/opinion/columnistas/cultura-mas/item/1700-
derechos-de-autor-en-internet.html

Derechos de autor

  • 1.
    Derechos de Autor SebastiánZapata Quintero Grado: 11°2 Institución Educativa José Migue de Restrepo y Puerta Tecnología Copacabana 2016
  • 2.
    Con la aprobaciónde la Ley 201 de 2012, conocida como Ley Lleras 2.0, uno de los temas que se empieza a modificar es el de propiedad intelectual y derechos de autor en el ámbito informático.
  • 3.
    • Para comprendersu dimensión en este espacio presentaré algunos de los conceptos generales que se deben tener en cuenta al momento de registrar y sobre todo de aplicar las distintas legislaciones vigentes. • La fuente general de información es la Dirección Nacional de Derechos de Autor - DNDA donde es posible encontrar con mayor descripción cada uno de estos apartados.
  • 4.
    • ¿Qué esla propiedad intelectual? • Es una disciplina normativa que se ocupa de proteger las creaciones intelectuales y encierra los derechos de autor, la propiedad industrial y las nuevas variedades vegetales. • ¿Qué es el derecho de autor? • Es aquel por el cual el Estado protege al creador de las obras artísticas o literarias por un tiempo determinado.
  • 5.
    • ¿Qué obrasson protegidas por el derecho de autor? Todas las obras literarias y artísticas que puedan reproducirse o divulgarse por cualquier forma o medio conocido, incluidos los digitales. • Podemos entender que una idea por sí sola no está protegida por el derecho de autor. Es cierto que podemos ser los primeros en “pensar” en algo, pero si no lo llevamos por lo menos al papel y lo registramos como de nuestra autoría no es posible que la legislación vigente proteja nuestra propiedad sobre la misma, por ello es importante en materia digital no solo mantener copias del avance de un desarrollo sino también hacer los registros pertinentes ante la DNDA.
  • 6.
    • ¿Quién esconsiderado “autor”? De acuerdo con la reciente Ley 201/12, autor es la “persona física que realiza la creación intelectual”. • Se debe tener en cuenta que, primero, la autoría solo se reconoce sobre un ser humano y no sobre dispositivos de ningún tipo. Por otra parte, que la creación intelectual se entiende según la DNDA como el proceso mental que implica concebir y expresar la obra. Así, no se considera autor a quien simplemente ejecuta una creación bajo órdenes de otro, es decir, el técnico que se limita a programar un videojuego siguiendo las instrucciones de un desarrollador no puede atribuirse la autoría, simplemente goza de reconocimiento por su trabajo operativo.
  • 7.
    • ¿Es necesariohacer el registro de las creaciones para certificar la autoría? Inicialmente hay que saber que el certificado expedido por la DNDA no es prueba legal sobre la autoría de la creación, es decir, la Dirección registra una obra a partir de los datos que la persona interesada presenta, pero no es su competencia determinar si esa persona es la verdadera autora de la obra, aunque presume su buena fe al registrarla. • Por otra parte es importante saber que de acuerdo con la legislación vigente y los tratados internacionales, las obras, aún sin registrar, están protegidas por derechos de autor, aunque en caso de controversia (más en temas propiedad industrial) es mejor hacer el registro previo.
  • 8.
    • ¿Qué esel Copyright? El “derecho de copia” o copyright es una noción que viene del derecho anglosajón y bajo el cual se protegen principalmente los derechos patrimoniales de una obra, aunque también reconoce la autoría de la misma. Su objetivo es evitar cualquier tipo de reproducción, distribución o adaptación derivada de la creación original. El símbolo internacional con que se identifica su registro y alcances es ©. • Para ejemplificar, un e-book creado con el propósito de circular on-line puede ser registrado por sus autores bajo copyright restringiendo así su libre circulación y limitándola a los usos definidos por el titular del derecho.
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    • ¿Qué esCreative Commons? • “Bienes creativos comunes”, del inglés Creative Commons, es una ONG creada en Estados Unidos cuyo objetivo es reducir las barreras que supone la legislación sobre derechos de autor, permitiendo que los creadores expresen su intención de permitir copias, distribuciones o incluso adaptaciones de sus obras. Derivada de la propuesta de la organización, surgió el registro Creative Commons (CC) como una alternativa al ©. Con este tipo de registro es posible habilitar distintas licencias de acuerdo al grado de permisos que el autor quiera conceder. En Colombia existe una oficina de CC que ofrece toda la información sobre su aplicación.
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