Este decreto establece las condiciones sanitarias y ambientales básicas que deben cumplir los lugares de trabajo. Exige que los pisos de áreas con productos tóxicos sean impermeables, que los espacios entre máquinas permitan el paso de personas, y que los servicios higiénicos estén a menos de 75 metros del área de trabajo. También requiere que los trabajadores expuestos a sustancias peligrosas tengan casilleros independientes, y que donde haya maquinaria pesada existan alarmas de retroceso.