“La píldora del día después.”¿Es o no una droga abortiva?
Antes de saber sus consecuencias o empezar a desglosar más este tema debemos saber…¿ Qué es la píldora del día después?Esta “medicina” es la denominación para un grupo reducido de anticonceptivos de emergencia femeninos orales formado por los medicamentos levonorgestrel, acetato de ulipristal y mifepristona . Estos medicamentos se utilizan para prevenir los embarazos no deseados y los embarazos adolescentes durante los 3 a 5 días (72 a 120 horas) después de haber tenido relaciones sexuales sin protección.[1] Su eficacia es del 75% al 89%.
Ahora que ya sabemos que es ahora debemos conocer sus…Efectos y Consecuencias.Las consecuencias que tiene son las siguientes: Retrasa la ovulación.
Impide la fecundación.
La Secretaría de Salud ha dicho que la píldora no tiene un efecto antimplantatorio, sin embargo los estudios más recientes, afirman que la píldora del día después sí tiene efectos antimplantatorioses decir, no deja que el bebé se anide en la matriz para ser alimentado por ella. Contraindicaciones.Molestias gastrointestinales: náuseas (14-24.3%), gastralgia (15%), vómitos(1-7.8%), diarrea (4%).
Neurológicas/psicológicas: astenia(14%), cefalea(10-21.3%), mareo(10-12.6%).
Ginecológicas: aumento de la sensibilidad mamaria (8-12.9%),menstruales, pérdidas interciclo (hasta 31%), trastornos del ciclo menstrual (retraso de la menstruación del 5 al 19.9%, menstruaciones abundantes 15.5%) (13 )
La píldora del día después en Chile.En Chile, en septiembre de 2006, el gobierno autorizó la distribución de la píldora, para mujeres mayores de 14 años (sin el consentimiento de los padres de los menores de edad), en los consultorios médicos públicos locales, a cargo de las municipalidades. Se alegó desconocimiento de un fallo de la Corte Suprema de Chile que había declaradoilegal el registro del fármaco porque su efecto "antianidatorio" atentaría contra el derechoa la vida (derecho consagrado en la Constitución y en el Pacto de San José de Costa Rica). La Corte Suprema sólo se refirió a una marca específica de la píldora en su resolución y noal componente activo, estando por tanto permitida su venta bajo otro nombre.En abril de 2008, el Tribunal Constitucional de Chile, acogió únicamente la declaración de inconstitucionalidad de las normas del Decreto anterior que ordenaban al sistema públicode salud aconsejar y distribuir la “píldora del día después”, prohibiendo por ende la distribución gratuita en el sistema público de este medicamento.

La píldora del día después

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    “La píldora deldía después.”¿Es o no una droga abortiva?
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    Antes de sabersus consecuencias o empezar a desglosar más este tema debemos saber…¿ Qué es la píldora del día después?Esta “medicina” es la denominación para un grupo reducido de anticonceptivos de emergencia femeninos orales formado por los medicamentos levonorgestrel, acetato de ulipristal y mifepristona . Estos medicamentos se utilizan para prevenir los embarazos no deseados y los embarazos adolescentes durante los 3 a 5 días (72 a 120 horas) después de haber tenido relaciones sexuales sin protección.[1] Su eficacia es del 75% al 89%.
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    Ahora que yasabemos que es ahora debemos conocer sus…Efectos y Consecuencias.Las consecuencias que tiene son las siguientes: Retrasa la ovulación.
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    La Secretaría deSalud ha dicho que la píldora no tiene un efecto antimplantatorio, sin embargo los estudios más recientes, afirman que la píldora del día después sí tiene efectos antimplantatorioses decir, no deja que el bebé se anide en la matriz para ser alimentado por ella. Contraindicaciones.Molestias gastrointestinales: náuseas (14-24.3%), gastralgia (15%), vómitos(1-7.8%), diarrea (4%).
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    Ginecológicas: aumento dela sensibilidad mamaria (8-12.9%),menstruales, pérdidas interciclo (hasta 31%), trastornos del ciclo menstrual (retraso de la menstruación del 5 al 19.9%, menstruaciones abundantes 15.5%) (13 )
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    La píldora deldía después en Chile.En Chile, en septiembre de 2006, el gobierno autorizó la distribución de la píldora, para mujeres mayores de 14 años (sin el consentimiento de los padres de los menores de edad), en los consultorios médicos públicos locales, a cargo de las municipalidades. Se alegó desconocimiento de un fallo de la Corte Suprema de Chile que había declaradoilegal el registro del fármaco porque su efecto "antianidatorio" atentaría contra el derechoa la vida (derecho consagrado en la Constitución y en el Pacto de San José de Costa Rica). La Corte Suprema sólo se refirió a una marca específica de la píldora en su resolución y noal componente activo, estando por tanto permitida su venta bajo otro nombre.En abril de 2008, el Tribunal Constitucional de Chile, acogió únicamente la declaración de inconstitucionalidad de las normas del Decreto anterior que ordenaban al sistema públicode salud aconsejar y distribuir la “píldora del día después”, prohibiendo por ende la distribución gratuita en el sistema público de este medicamento.