Esta ley establece un marco jurídico para los organismos de acción comunal en Colombia. Define los organismos de acción comunal como expresiones sociales organizadas de la sociedad civil cuyo propósito es promover un desarrollo integral y sostenible de la comunidad a través de la democracia participativa. Establece los principios, objetivos y estructura de los organismos de acción comunal de primero, segundo, tercero y cuarto grado, así como sus territorios y procesos de constitución.