1. LICENCIAS CREATIVE COMMONS
Ofrecer sus obras bajo una licencia Creative Commons no significa que no tengan derecho
de autor. Este tipo de licencias ofrecen algunos derechos a otras personas bajo ciertas
condiciones; creative commons se creó con el fin de que cada artista pudiese publicar sus
trabajos sin ningún costo y esto a su vez otras personas pudieran tomar como ejemplos
dichos trabajos y publicarlos en sus páginas web.
Cada creador elije las condiciones con las que desea permitir que otros accedan y usen su
obra. Dichas condiciones se detallan a continuación:
Atribución: Esta opción permite a otros copiar, distribuir, mostrar y ejecutar el trabajo
patentado y todos los derivados del mismo. Pero dando siempre testimonio de la autoría del
mismo.
No Comercial: Esta opción permite a otros copiar, distribuir, mostrar y ejecutar el trabajo
patentado y todos los derivados del mismo, pero únicamente con propósitos no comerciales.
Sin derivar: Esta opción permite a otros copiar, distribuir, mostrar y ejecutar solo copias
literales del trabajo patentado, no estando autorizado ningún tercero a realizar trabajos
derivados del mismo.
Compartir igual: Esta licencia permite a otros realizar trabajos derivados pero únicamente
bajo una licencia idéntica. Este tipo de licencia, únicamente aplica a obras derivadas.
Cuando hayas hecho tu elección tendrás la licencia adecuada para tu trabajo expresada de
tres formas:
Commons Deed: Es un resumen leible por los humanos del texto legal con los iconos
relevantes.
Legal Code: El código legal completo en el que se basa la licencia que has escogido.
Digital Code: El código digital, que puede leer la máquina y que sirve para que los motores
de búsqueda y otras aplicaciones identifiquen tu trabajo y sus condiciones de uso.