Este documento describe los derechos de autor y cómo protegen las obras creativas de sus autores. Explica que los derechos de autor protegen obras literarias, artísticas, fotografías, y más, sin necesidad de registro formal. También distingue entre los derechos morales, que protegen la autoría y integridad de una obra, y los derechos patrimoniales, que dan al autor beneficios económicos por el uso de su obra. Además, discute cómo se han adaptado los derechos de autor a la era digital y las limitaciones
Se dará a conocer que son los derechos de autor y la propiedad intelectual el cual nos ayudará también a conocer como identificar una obra que contenga dichos derechos y cómo identificarlos.
Para comenzar se dará la claridad en el concepto más utilizado como lo es el autor (persona natural que crea una obra o realiza una labor intelectual).
4. Pinturas La protección de derecho de autor es otorgada desde el momento en que se crea la obra y no se necesita una formalidad jurídica, en cambio no protege , los procedimientos, métodos u ideas
5. LOS DERECHOS MORALES Y LOS DERECHOS PATRIMONIALES DE AUTOR Los derechos morales: son los que protegen la paternidad y la integridad moral, de la obra de darle liberta si hace publica su obra o no, el autor es el único que le puede hacer modificaciones. Los derechos patrimoniales: son los derechos habientes que tiene el autor en caso de que llegue a haber un aprovechamiento de su obra el tiene un beneficio económico y esta estipulado por la ley, y estos tienen una duración no inferior a la vida del autor y 50 años después de su muerte.
6. DERECHOS CONEXOS Y QUE DEBO HACER SI TENGO UNA OBRA LITERARIA O ARTISTICA Son aquellos derechos que protegen al los artistas o interpretes de la difusión de sus discos o casetes, la mayoría de veces en la radio difusión y aveces en la tv. Debo registrarla y esto lo hago en la dirección nacional de derechos de autor la cual se encuentra en el ministerio del interior, allí procedemos a diligenciar un formulario el cual nos deja inscritos en el registro nacional de derechos de autor.
7. LOS DERECHOS DE AUTOR VAN A LA PAR DE LA TECNOLOGIA Deduciendo lo que afirma el señor Fernando Zapata López sabemos que la tecnología esta avanzando mucho a medida del pasar del tiempo, y la legislación de los derechos de autor lo que ha logrado es acoplarse a la nueva tecnología con invenciones como dibujos, marcas, indicaciones y se lucha día a día para seguir ejerciendo la gran labor que realizan.
8. EN EL ENTORNO DIGITAL COMO CONTROLAN LOS DEREDCHOS DE AUTOR Los derechos de autor en la red se controla de una forma que la persona interesada en la obra no saque ningún provecho económico donde el autor de la obra no este implicado que se haga uso de la obra como una comunicación publica donde en el uso de la obra interactúen varias personas, allí no se viola el derecho de autor por que se informan varios a la vez sin sacar provecho económico.
9. CORTAR Y PEGAR INFORMACION SACADA DELA RED Es un uso frecuente de los estudiantes, por ello invita a que seamos mas reflexivos a la hora de realizar nuestros trabajos y aprender el uso de derecho de cita. En el trafico de imágenes de la red el autor de dicha imagen debe llevarla a un banco de imágenes de la red, de lo contrario se debe de atener que su imagen sea suplantada muy fácil.
10. LIMITACIONES Y EXCEPCIONES AL DERECHO DE AUTOR Para mantener el interés colectivo, individual o social nacen las limitaciones al derecho patrimonial de los creadores ya sea de obras literarias o artísticas encontramos la limitación temporal, el derecho patrimonial, este tiene un tiempo limite partiendo de la edad del autor y después del deceso del autor tiene un par de años de vigencia, son legales las citas de una obra que sean enseñadas libremente al publico pero que se realice con previo uso.
11. A QUE ATIENDE EL DERECHO DE AUTOR Los derechos de autor atiende a fundamentos de índole económico y reconocimiento de de las cosas intelectuales, en caso que alguien llegue a hacer uso de alguna obra que he creado, deberá de hacer un reconocimiento económico al creador de dicha obra así lo estipula los derechos de autor ya que fue creado con el ingenio del autor y solo el puede hacer alterar o mutilar.
12. COMO DETERMINA R CUANDO PUEDO HACER USO DELA OBRA SIN PERMISO Se debe hacer el uso del (fair) que es un criterio el permite el uso del material sin permiso alguno del dueño, un ejemplo de este el es usar textos ya sea para el uso académico o ya sea para darle un uso informativo para eso hay que cumplir estos requisitos: el propósito que se le va a dar la naturaleza de la obra protegida con derechos de autor. la importancia de la parte utilizada en relación con la obra en total. el efecto de dicho uso en el mercado sobre el valor de la obra protegida con derechos de autor.
13. USO LEGÍTIMO DE LAS OBRAS PROTEGIDAS El uso legítimo sólo describe las condiciones bajo las cuales el material protegido por derecho de autor puede ser usado sin necesidad de permiso. Por lo cual, todo aquel material liberado y sin derecho de autor, es de dominio público y no corresponde aplicar la doctrina del uso legítimo. Las obras de dominio público pueden ser utilizadas para cualquier propósito. Para decidir si el uso de una obra es razonable, también se toman en cuenta algunos otros factores: Si el uso es sin fin de lucro y educativo, o si es comercial; El efecto de ese uso sobre el mercado potencial o el valor del trabajo protegido.