Este documento presenta el módulo I de Finanzas Públicas II impartido por el Dr. Abel Ortiz Prado. Incluye la presentación del programa de estudios, reglas de convivencia y métodos de evaluación. También presenta al facilitador y su experiencia académica y laboral. Finalmente, introduce conceptos clave sobre la organización del Estado mexicano como republicano, democrático y federal, y describe la división de poderes entre la federación, estados y municipios.
Características del ESTADO URUGUAYO establecidos en la ConstituciónGraciela Susana Bengoa
Concepto General de ESTADO.
Características y estructura del Estado Uruguayo.
Normas Constitucionales donde se establece los distintos elementos que componen el Estado Uruguayo.
Transcripción. S.E. el Presidente de la República, Gabriel Boric Font, realiz...Andrés Retamales
Transcripción. S.E. el Presidente de la República, Gabriel Boric Font, realiza Cuenta Pública 2024 [1 de junio de 2024].
Disponible en:
https://prensa.presidencia.cl/lfi-content/uploads/2024/06/01.06.2024-cuenta-publica-ante-congreso-nacional.docx.pdf
Este documento presenta una guía para encontrar soluciones a problemas complejos. Explica qué es un problema público, cómo podríamos definir un problema público, cómo podríamos definir un problema público de forma innovadora, cómo podríamos resolver un problema público con herramientas de pensamiento sistémico, sistemas complejos y pensamiento sistémico: ¿con qué herramientas contamos?
Con esta píldora formativa podrás comprender cómo implementar herramientas como el Arco del proceso de resolución de problemas (Beth S. Noveck / The GovLab), GovLab's Public Problem Solving Canvas o la Guía Un conjunto de herramientas introductorias al pensamiento sistémico para funcionarios públicos del Government Office for Science del Gobierno de Reino Unido.
En esta segunda entrega, el periódico Tierra se adentra en la operación «Inherent Resolve», una de las dos en las que participa el Ejército de Tierra en Irak. Personal de las Fuerzas Aeromóviles del Ejército de Tierra y del Mando de Operaciones Especiales forman parte de la coalición internacional para la lucha contra el Dáesh.
1. FINANZAS PUBLICAS II
FACILITADOR: DR. ABEL ORTIZ PRADO
Septiembre del 2022
Universidad Autónoma
de Nayarit
MÓDULO I: MARCO GENERAL DE LA HACIENDA
PÚBLICA ESTATAL Y MUNICIPAL
2. PRESENTACION
MATERIA:
a) Finanzas Públicas II
Programa que se adjunta.
REGLAS DE CONVIVENCIA EN AULA:
Se adjuntan.
METODO DE EVALUACION:
Asistencia Puntual 20%
Tareas Puntuales 20%
Examen Final 60%
Calificación Total 100%
3. PRESENTACION
PRESENTACION DEL FACILITADOR:
a) FORMACION ACADEMICA:
Contador Público por la U.A.N.
Maestría en Finanzas por la U.A.N.
Doctor en Gobierno y Administración Pública por la Escuela Libre de
Ciencias Políticas y Administración Pública.
b) DESEMPEÑO LABORAL:
Jefe de Recursos Financieros en la Delegación Estatal del IMSS
Director de Egresos de la Sría. de Finanzas del Gob. Del Estado
Subsecretario de Finanzas del Gobierno del Estado.
Asesor financiero de los mpios de Tepic, Xalisco, San Blas y Bahía
de Banderas, Nayarit
Director de Proyectos Estratégicos de la Secretaría de Planeación.
Asesor de la Comisión de Hacienda y Cuenta Publica del H.
Congreso del Estado de Nayarit.
c) DATOS DE CONTACTO:
TELEFONO CELULAR: 311 103 3820
CORREO ELECTRONICO: aborpra@hotmail.com
FACEBOOK: Dr. Abel Ortiz Prado.
5. AMBIVALENCIA DEL ESTADO
NO ES NECESARIO
TODAS LAS NACIONES
LO TIENEN
EL GOBIERNO
Durante décadas la tribus israelitas vivieron sin un gobierno central
(año 1030 A.C.) El profeta Samuel ante la solicitud del pueblo que les
nombre un rey para que los juzgue describe como seria la vida:
“He aquí el fuero del rey que va a reinar sobre vosotros; tomará a vuestros
hijos y los destinará a sus carros y a sus caballos; y tendrán que correr
por delante de sus carros… Tomará a vuestras hijas para convertirlas en
perfumistas, cocineras y panaderas. Se adueñara de vuestros campos,
vuestras viñas y vuestros mejores olivares y se los dará a sus
servidores… Se llevará el diezmo de vuestros rebaños y vosotros mismos
seréis sus esclavos. Ese mismo día os lamentareis a causa del rey que
habéis elegido (1 Samuel 8: 11-18)”
LOS SENTIMIENTOS CONTRADICTORIOS PERSISTEN Y LA CONTROVERSIA SE
CENTRA EN SU “COMPORTAMIENTO FINANCIERO”
6. TRES PERSPECTIVAS SOBRE EL ESTADO
EL GRUPO NATURAL. Un País es un todo orgánico en donde el
individuo es parte del todo y el Estado es el corazón del mismo. En
esta perspectiva la sociedad se concibe como algo natural.
1.- ORGANICA
2.- MECANICISTA
EL INDIVIDUO NO EL GRUPO. Es un invento creado por los individuos
para alcanzar mejor sus fines individuales. El gobierno es una
delegación de poder y los responsables políticos son los delegados; y
ambos; delegación y delegados están para servir a la población.
3.- MODERNA
EL INDIVIDUO IMPORTA MAS QUE EL GRUPO. La vida, la libertad y la
búsqueda de la felicidad son los ideales personales por encima de la
sociedad.
7. TEORIA DEL ESTADO
EL ESTADO
POBLACION
126´014,024
TERRITORIO
1´960,189 KM2
GOBIERNO
TRES PODERES
EL BIENESTAR SOCIAL
(Fin específico de la sociedad)
NECESIDAD DE ORDEN
NECESIDAD DE COORDINACION
NECESIDAD DE AYUDA
ELEMENTOS FORMALES
PODER ADMINISTRACION
8. “Satisfacer los intereses Colectivos”
FUNCIONES DEL ESTADO
MONTESQUIEU.- Propone la teoría de la división de
poderes separando las tres funciones mas importantes
del estado buscando un mayor equilibrio entre poderes.
“NO EXISTE UNA CONSTITUCION POLITICA SI ESTA NO SE APOYA EN
LA SEPARACION DE PODERES”
Función
Legislativa
Función
Administrativa
Función
Jurisdiccional
ADMINISTRACION PUBLICA
9. FORMA DE ORGANIZACIÓN DEL ESTADO
MEXICANO.
ARTICULO 40 CONSTITUCIONAL
REPUBLICANO
Implica renovación del titular del ejecutivo federal por elección popular.
DEMOCRATICO
Implica que los actos de gobierno reflejan la voluntad de la mayoría y
que todos los nacionales sean iguales ante la ley
REPRESENTATIVO
Implica que el pueblo elige a personas que los representen y decidan
las atribuciones de los órganos públicos.
FEDERAL
Implica estados libres y soberanos al interior, pero unidos por una
federación, define tres órdenes de gobierno, (Federacion,Edos y Mpios)
10. INTEGRACION DEL ESTADO MEXICANO
Son la base de
la organización
republicana
Son soberanos
PODERES LOCALES
CONSTITUCION LOCAL
LOS
ESTADOS
ART. 116 CONSTITUCIONAL
Son libres
y soberanos.
El Poder Público se divide:
1.- EJECUTIVO
2.- LEGISLATIVO
3.- JUDICIAL
Artículo 43. Las partes integrantes de la Federación son los
Estados de Aguascalientes, Baja California, Baja California
Sur, Campeche, Coahuila, Colima, Chiapas, Chihuahua,
Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, México,
Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla,
Querétaro, Quintana Roo, San Luís Potosí, Sinaloa, Sonora,
Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán, Zacatecas
así como la CDMEX.
11. INTEGRACION DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS
Son la base de
la organización
de los Estados
Es soberano
AYUNTAMIENTO
Presidente,
Sindico y Regidores
EL MUNICIPIO
ART. 115 CONSTITUCIONAL
Es Libre.
TIENEN:
• Personalidad Jurídica
• Patrimonio Propio.
HOY EN DIA EXISTEN EN EL
TERRITORIO NACIONAL 2,458
MUNICIPIOS DISTRIBUIDOS ENTRE
LAS 32 ENTIDADES FEDERATIVAS
Y 16 ALCALDIAS EN CDMEX.
ARTÍCULO 3.- El territorio del Estado se divide en los
siguientes municipios: Acaponeta, Ahuacatlán,
Amatlán de Cañas, Bahía de Banderas, Compostela,
Del Nayar, Huajicori, Ixtlán del Río, Jala, La Yesca,
Rosamorada, Ruiz, San Blas, San Pedro Lagunillas,
Santiago Ixcuintla, Santa María del Oro, Tecuala Tepic,
Tuxpan y Xalisco,.
El 22 de abril de 1519 se dio paso a la fundación del primer ayuntamiento instalado en la Villa Rica de
la Vera Cruz, primera organización política y jurídica en México y el Continente Americano.
12. EL ESTADO DE DERECHO
En MEXICO, vivimos en un estado de
derecho, es decir que todas las acciones o
actividades que se realizan se encuentran
contenidas y reguladas en una norma
jurídica, ya sea la Constitución, las leyes
federales, estatales o municipales y sus
reglamentos.
Principio de Legalidad de los Servidores Públicos
13. MARCO LEGAL DEL ESTADO MEXICANO
• Las Leyes Federales
(Congreso de la Unión)
• Las Leyes Estatales
(Legislaturas Locales)
• Leyes Municipales
(Legislaturas Locales)
EL CONSTITUYENTE
“Expide la Constitución
General de los Estados
Unidos Mexicanos”
Se derivan
LA CONSTITUCION
LOCAL
TRATADOS INTERNACIONALES
14. EL QUEHACER DEL ESTADO
FINES DEL
ESTADO
DETERMINA
OBJETIVOS
ATRIBUCIONES
DETERMINA
FUNCIONES
EL TIPO DE
FUNCIONES
SU
ESTRUCTURA
D
E
F
I
N
E
N
LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL:
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/153_110121.pdf
LEY ORGANICA DEL PODER EJECTUTIVO DE L ESTADO DE NAYARIT
http://www.congresonayarit.mx/media/1597/poder-ejecutivo.pdf
15. ATRIBUCIONES DEL ESTADO MEXICANO
1. Mando de policía o de
Coacción.
4.- Intervención vía gestión
directa en la vida económica
cultural y asistencial de la
sociedad.
2.- Regulación de las
Actividades económicas.
3.- Crear servicios públicos
16. FUNCION ECONOMICA DEL ESTADO
Elaborar normas que determinen las
relaciones entre los agentes económicos
privados, y entre estos y la
Administración Publica.
Producir bienes y servicios inherentes a su
naturaleza (justicia, seguridad, salud, etc.) o
inherentes a bienes y servicios privados.
Transferir ingresos entre grupos de individuos
o actividades productivas para modificar la
distribución del ingreso y favorecer el
desarrollo de actividades económicas o
determinados segmentos sociales.
ARTICULO
25 c
28 V
FUNCION
REGULADORA
FUNCION
PRODUCTIVA
FUNCION
REDISTRIBUTIVA
ARTICULO
ARTICULO
17. FUNCION FINANCIERA DEL ESTADO
• INTERVENCIONISTA.- Cuando algún sector
demanda la intervención decisiva del estado en
los asuntos económicos y sociales.
• NEUTRAL.- Cuando el estado no interviene en
los procesos de desarrollo socio-económico.
• DIRIGISTA.- Cuando el estado asume la
responsabilidad de la vida económica y ejerce
un poder de decisión para dirigir la actividad
económica de un país.
18. LA ESTABILIZACION MACROECONOMICA.
Política Monetaria y Fiscal.
LA REDISTRIBUCION DEL INGRESO.
La Política y los Programas Sociales.
LA PROVISIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
PUBLICOS.
Asignación de competencias en materia de gasto.
FUNCION FISCAL DEL ESTADO
19. DISCIPLINAS QUE SE RELACIONAN CON LA
ACTIVIDAD FINANCIERA DEL ESTADO
• LA CONTABILIDAD.- Se utilizan las técnicas
contables en el presupuesto, la cuenta pública
y en la contabilidad de las empresas paraestatales.
• LA ECONOMIA.- El estado utiliza mecanismos
para corregir la economía de un país, a través de
las políticas de ingresos, gasto y crédito.
C.P.E.U.M. ARTICULO 25 Párrafo II.-
El Estado velará por la estabilidad de las finanzas públicas y del sistema
financiero para coadyuvar a generar condiciones favorables para el
crecimiento económico y el empleo. El Plan Nacional de Desarrollo y los
planes estatales y municipales deberán observar dicho principio.
20. LA SOBERANIA Y LA DIVISION DE PODERES
ARTICULO 39.- La soberanía nacional reside esencial y
originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana
del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo
tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o
modificar la forma de su gobierno.
PODER
Legislativo
PODER
Ejecutivo
PODER
Judicial
PODER SUPREMO DE LA FEDERACION
ARTICULO 49 CONSTITUCIONAL
NO PODRAN REUNIRSE EN UNA SOLA CORPORACION
21. EL PODER LEGISLATIVO
REPRESENTAN
A LA
NACION
HONORABLE CONGRESO DE LA UNION
ARTICULO 65 A 70
CAMARA DE
DIPUTADOS
ARTICULOS 51 – 55 CONSTITUCIONAL
CAMARA DE
SENADORES
ARTICULO 56 – 64 CONSTITUCIONAL
REPRESENTAN
A LOS
ESTADOS
500 DIPUTADOS
300 DE MAYORIA RELATIVA
200 DE REPRESENTACION P.
128 SENADORES
64 DE MAYORIA RELATIVA
32 DE PRIMERA MINORIA
32 DE REPRESENTACION P
DURAN EN SU ENCARGO
3 AÑOS
DURAN EN SU ENCARGO
6 AÑOS
22. EL CONGRESO DE LA UNION
HONORABLE
CONGRESO
DE
LA
UNION
FACULTADES
COMISION
PERMANENTE
FISCALIZACION
SUPERIOR
ARTICULOS
73 A 77
ARTICULO
78
ARTICULOS
79
23. EL PODER EJECUTIVO
PROMULGAR
Y EJECUTAR
LAS LEYES
QUE EXPIDA
EL CONGRESO
PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
ARTICULOS 80 A 93 CONSTITUCIONAL
NOMBRAR Y
REMOVER
LIBREMENTE A
SUS
COLABORADORES
OBLIGACIONES FACULTADES
LA
ADMINISTRACION
PUBLICA
CENTRALIZADA PARAESTATAL
-SECRETARIAS
- DEPTOS. ADM
- PEMEX
- C.F.E
DURAN EN SU
ENCARGO
6 AÑOS
RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PUBLICOS
ARTICULO 108 A 114 CONSTITUCIONAL
24. EL PODER JUDICIAL
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION
ARTICULOS 94 A 107 CONSTITUCIONAL
TRIBUNAL
ELECTORAL
CONSEJO
DE
LA
JUDICATURA
FEDERAL
TRIBUNALES
DE
CIRCUITO
(COLEGIADOS
Y UNITARIOS)
JUZGADOS
DE
DISTRITO
VIGILADOS, ADMINISTRADOS Y DISCIPLINADOS
INTEGRADA
POR
11 MINISTROS
(POR EL SENADO)
DURAN EN SU
ENCARGO
15 AÑOS
PRESIDENTE
1 PRESIDENTE
CONSEJEROS
NOMBRADOS
3 POR LA CORTE
2 POR EL SENADO
1 PRESIDENCIA
DURAN EN SU
ENCARGO
5 AÑOS
25. DISTRIBUCION DE FACULTADES ENTRE
LA FEDERACION Y LOS ESTADOS
ARTÍCULO 124. Las facultades que no están
expresamente concedidas por esta constitución
a los funcionarios federales, se entienden
reservadas a los Estados.
Sistema "residual" de distribución de competencias a
favor de los Estados
26. FEDERAL • Constitución Política los Estados
Unidos Mexicanos.
• Constitución Política Local.
• Leyes Municipales
• Reglamentos y otras disposiciones
municipales.
COMPETENCIAS, ATRIBUCIONES Y
RESPONSABILIDADES DE CADA GOBIERNO
ESTATAL
MUNICIPAL
SISTEMAS
1.- Limitan o restringen las competencias para cada orden de gobierno.
2.- Los Estados ceden parte de sus competencia a la Federación.
3.- A la Federación en principio se le atribuyen todas las competencias.
32. El federalismo es un sistema político bajo el que puede
constituirse un Estado, mismo que comprende un gobierno
nacional y al menos un ámbito subnacional (Estados y
Municipios.) Este sistema permite a cada ámbito de gobierno,
tomar decisiones significativamente independientes de los otros
ámbitos de gobierno. Conforme al derecho, los gobiernos
nacional y subnacionales no se encuentran subordinados el uno
al otro.
EL FEDERALISMO EN MEXICO
VERTIENTES DEL FEDERALISMO
Participaciones
Federales a
Entidades
Federativas y
Municipios
Fondos
de
Aportaciones
Federales
Convenios
de
Descentralización
33. • Dos órdenes jurídicos: federal, estatal y tres esferas de
gobierno: federación, estados y municipios.
• Coexistencia de dos sistemas constitucionales.
• Supremacía de la Constitución Federal.
• Estados libres y soberanos.
• Los elementos que integran a las entidades: Territorio,
población y poder público.
• Idéntica forma de gobierno de federación y estados
(sistema, republicano, democrático y representativo).
• El municipio libre.
• Facultades expresas de la federación y limitativas de
los estados.
• Las leyes estatales solo tienen efecto en su territorio.
• Distribución de competencias.
CARACTERISTICAS DEL FEDERALISMO
34. INTERACCION ENTRE ECONOMIA, DERECHO Y
ADMINISTRACION PUBLICA
Determinación
de los grandes
objetivos
INSTRUMENTOS
DEL ESTADO
Políticas:
Fiscal, Gasto,
Deuda,
Monetaria
Programa de
Financiamiento
del Desarrollo(*)
ADECUACIONES
A LA LEGISLACION
APROBACION
LEGISLATIVA
EJECUCION DEL PROGRAMA
(*)https://www.finanzaspublicas.hacienda.gob.mx/work/models/Finanzas_Publicas/
docs/pronafide/pronafide2020.pdf
35. TEMA:
2.- Las relaciones intergubernamentales
entre el gobierno nacional y los gobiernos
sub-nacionales.
36. Las actividades de imposición y de gasto
del Estado.
EL ESTADO ES MEDIO PARA UN FIN
Los recursos para financiar todos los gastos
del Estado proceden del Sector Privado
37. P R O B L E M A
La Federación y los Estados tienen la
facultad para gravar las mismas materias
(excepto el comercio exterior y los
procedimientos alcabalatorios (*)
• Uniformar el sistema tributario
mexicano
• Eliminar la concurrencia impositiva
federal
• Fijar los cimientos de una coordina
ción fiscal sistemática.
PRIMER
CONVENCION
NACIONAL
FISCAL
(1925)
(*) Procedimientos de cobro que gravan la circulación de mercancías.
39. RECONOCIMIENTO
La concurrencia no es ilícita,
Pero no es recomendable.
SEGUNDA
CONVENCION
NACIONAL
FISCAL
(1933)
•Delimitar constitucionalmente las áreas
de imposición de cada orden de gobierno.
• Unificar los sistemas impositivos local
y federal.
41. TERCERA
CONVENCIÓN
NACIONAL
FISCAL
(1947)
Nace LISIM
P R O P O S I T O S
• Simplificar el sistema
impositivo federal
• Consolidar la coordinación
fiscal Federación-Entidades
federativas
La reforma de 1973 estableció una tasa nacional del 4%, correspondiendo una tasa del
2.2% para la Federación y de 1.8% a los estados coordinados.
44. Ley
Federal
del
Impuesto
sobre
Ingresos
Mercantiles
• NACE LA
COORDINACIÓN ENTRE
LA FEDERACIÓN Y LOS
ESTADOS
• SE CELEBRA UN
CONVENIO, EN EL
CUAL LOS ESTADOS SE
C O M P R O M E T E N
A DEROGAR O
S U S P E N D E R SUS
IMPUESTOS LOCALES
AL COMERCIO Y LA
INDUSTRIA.
1980 NACE EL SISTEMA NACIONAL DE COORDINACION
FISCAL
LEY
DEL
IVA
LEY DE COORDINACION FISCAL
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/77_091219.pdf
(Ver articulo 41 y
46. IMPUESTOS QUE SE DEROGAN CON LA LEY DEL IVA
Artículo Segundo.- Al entrar en vigor la presente Ley, quedarán abrogadas
las leyes y decretos siguientes:
1.- Ley Federal del Impuesto sobre Ingresos Mercantiles.
2.- Ley del Impuesto sobre Reventa de Aceites y Grasas Lubricantes.
3.- Ley del Impuesto sobre Compraventa de Primera Mano de Alfombras,
Tapetes y Tapices.
4.- Ley del Impuesto sobre Despepite de Algodón en Rama.
5.- Ley del Impuesto sobre Automóviles y Camiones Ensamblados.
6.- Decreto por el cual se fija el impuesto que causarán el Benzol, Toluol,
Xilol y Naftas de Alquitrán de Hulla, destinados al consumo interior del país.
7.- Ley del Impuesto a la Producción del Cemento.
8.- Ley del Impuesto sobre Cerillos y Fósforos.
9.- Ley del Impuesto sobre Compraventa de Primera Mano de Artículos
Electrónicos, Discos, Cintas, Aspiradoras y Pulidoras.
l0.- Ley del Impuesto sobre Llantas y Cámaras de Hule.
ll.- Ley del Impuesto a las Empresas que explotan Estaciones de Radio o
Televisión.
l2.- Ley del Impuesto sobre Vehículos Propulsados por Motores Tipo Diesel
y por Motores Acondicionados para uso de Gas Licuado de Petróleo.
l3.- Ley de Compraventa de Primera Mano de Artículos de Vidrio o Cristal.
47. LEY DE COORDINACION FISCAL
ESTRUCTURA
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/31_300118.pdf
ARTICULOS DESCRIPCION
I.- De las
Participaciones a los
Estados, Mpios. D.F.
(Arts. Del 1 al 9-A)
II.- Del Sistema Nal.
de Coordinación
Fiscal.
(Arts. Del 10 al 12)
Define y precisa la integración de los fondos
de participación y los procedimientos y
reglas para el cálculo y distribución de las
participaciones, así como de los convenios
de adhesión al Sistema Nal. de Coord Fiscal
Determina los criterios para adherirse al
Sistema Nacional de Coordinación Fiscal
y establece lo relativo en los casos de no
adherirse al mismo
48. III. De la Colaboración
Administrativa entre
entidades federativas
(Arts. del 13 al 15)
IV. De los organismos
en materia de la
Coordinación
(Arts. del 16 al 24)
V.- De los Fondos de
Aportaciones
Federales
(Arts. del 25 al 46)
LEY DE COORDINACION FISCAL
ARTICULOS DESCRIPCION
Precisa criterios y facultades de los
Convenios de Colaboración Administrativa
y las percepciones que se reciben por las
funciones que se realizan.
Se establece y precisa la integración de los
fondos de Aport. Fed. determinando sus
reglas, y procedimientos para el cálculo,
distribución, destino y admón. de los mismos
Establece la conformación de cuatro orga-
nismos del Sistema, señalándose además
sus atribuciones.
49. REUNION
NACIONAL DE
FUNCIONARIOSFI
SCALES
I N D E T E C
COMISION
PERMANENTE
FUNCIONARIOS
FISCALES
JUNTA DE
COORDINACION
FISCAL
ORGANISMOS DEL
SISTEMA NACIONAL DE
COORDINACION FISCAL
53. INSTITUTO PARA EL DESARROLLO TECNICO DE LAS
HACIENDAS PUBLICAS “INDETEC”
54. LA
JUNTA DE
COORDINACION
F I S C A L
(Arts. 16-IV y 24)
Se integra por los representantes que designe la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público y los
titulares de los órganos Hacendarios de las ocho
entidades que forman la Comisión Permanente de
Funcionarios Fiscales.
56. LAS
ENTIDADES
FEDERATIVAS
AL CELEBRAR
EL CONVENIO
DE ADHESION
Suspenden algunos gravámenes
estatales o municipales, autolimi
tando su potestad tributaria.
El gobierno federal les delega
algunas funciones específicas
de carácter operativo.
Se incorporan a un esquema de
distribución de ingresos federales
vía fondos de participación.
57. CONVENIO DE COLABORACION
ADMINISTRATIVA
Las Entidades Federativas (y los
municipios en su caso) realizan
funciones operativas especificas
de administración tributaria federal
coordinada
58. ANEXOS AL
CONVENIO DE
COLABORACION
ADMINISTRATIVA
1) Derechos de la
ZOFEMAT
2) Impuesto sobre
Automóviles nuevos 3) Incorporación al
RFC, de pequeños
contribuyentes
4) Derechos s/las
riveras o zonas
federales contiguas
a los cauces de las
corrientes.
5) Derechos de obra
pública
7) Del régimen intermedio
de las personas físicas
con actividades
empresariales
8) Vigilancia a la legal
estancia o tenencia en
territorio nacional de
mercancía extranjera (deroga
al 14)
11) Tenencia ilegal en territorio
Nacional, de mercancías de
Procedencia extranjera.
13) Derechos por
Servicios turísticos
(Cédula turística)
14) Vigilancia a la
Legal estancia o
Tenencia de
Mercancía extranjera
https://www.gob.mx/shcp/documentos/nayarit-convenios-de-adhesion-y-colaboracion-
al-sistema-nacional-de-coordinacion-fiscal-y-sus-respectivos-anexos
59. DECLARATORIA EN DERECHOS
Las Entidades Federativas se
comprometen a suspender el cobro
de los derechos que se establecen
en el articulo 10-A de la Ley de
Coordinación Fiscal, que en su mayoría
son municipales
62. LOS MUNICIPIOS
Y EL SISTEMA
NACIONAL DE COORDINACION FISCAL
Los municipios, aún
cuando no firman los
Convenios, tienen
obligaciones y dere-
chos, conforme a éstos.
Los municipios, tienen
Derecho a percibir
Participaciones, según
El artículo 73, Fracc.
XXIX-A y 115 IV, b)
63. CRITERIOS DE DISTRIBUCIÓN DE LOS
INCENTIVOS DE LOS IMPUESTOS FEDERALES,
PARA LOS ESTADOS Y MUNICIPIOS
• Impuesto sobre tenencia o uso de vehículos.
100% para el Estado y cuando menos el 20% para sus
municipios. (ABROGADA)
• Impuesto sobre automóviles nuevos.
100% para el Estado y cuando menos el 20% para sus
municipios.
• Impuesto Especial sobre producción y Servicios.
20% de bebidas alcohólicas y 8% de tabaco labrado
para el Estado y de ahí cuando menos el 20% en
conjunto para sus municipios.
69. Celebra Convenio
de colaboración
Administrativa
El Mpio se hará cargo
de las Multas Federales no
fiscales, siempre que se acuerde
expresamente, y se publique
en el órgano de
Difusión oficial
Federación
Estado
70. PARTICIPACIONES y APORTACIONES QUE LES
CORRESPONDEN A TODOS LOS MUNICIPIOS
a) Cuando menos un 20% de las participaciones que le
corresponden al Estado del FGP.
b) El 100% del Fondo de Fomento Municipal
c) Cuando menos el 20% del ISTUV, ISAN, IEPS.
d) El 90% de las multas federales no fiscales.
e) El 80% de la inscripción al RFC de los Pequeños
Contribuyentes.
f) Cuando menos el 20% de lo que reciba el estado por la
verificación de mercancía extranjera (A8y14)
g) El 2.5294% de la RFP por el FAISM
h) El 2.35% de la RFP por el FORTAMUN
71. La Ley de Coordinación Fiscal establece que: “Las participaciones federales
que recibirán los Municipios del total del Fondo General de Participaciones
incluyendo sus incrementos, nunca serán inferiores al 20% de las cantidades
que correspondan al Estado. Nayarit participa con el 22.5% a sus Mpios.
Distribución a Municipios del FGP.
71
72. ¿COMO Y DONDE SE DETERMINA ANUALMENTE
LA RECAUDACION FEDERAL PARTICIPABLE?
LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN
PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2022
Capítulo I
De los Ingresos y el Endeudamiento Público
Artículo 1o. En el ejercicio fiscal de 2022, la Federación percibirá
los ingresos provenientes de los conceptos y en las cantidades
estimadas en millones de pesos que a continuación se enumeran:
……………………………………….
Derivado del monto de ingresos fiscales a obtener durante el
ejercicio fiscal de 2022, se proyecta una recaudación federal
participable por 3 billones 351 mil 759.7 millones de pesos.
73. PARTICIPACIONES QUE LES CORRESPONDEN SOLO A
MPIOS. CON CARACTERISTICAS ESPECIALES
a) Mpios colindantes con frontera o litorales por donde
materialmente salgan del país, el petróleo y sus
productos, percibirán el 3.17% del derecho adicional
sobre extracción de petróleo.
b) Mpios con zona federal marítimo terrestre, percibirán el
80% de la recaudación y el 100% de las multas
impuestas.
c) Mpios con riberas o zonas federales contiguas a los
cauces de los ríos, percibirán el 90% de la recaudación
y el 100% de las multas impuestas.
d) Mpios colindantes con frontera o litorales por donde
entran o salen mercancías que se importen o exporten,
tendrán como incentivo del 0.136% de la RFP
79. INTRODUCCIÓN
• La Administración Pública presenta grandes deficiencias en la gestión
y experimenta una seria devaluación de su capital social.
• La única manera de hacer que las cosas sean distintas es que los
poderes públicos instauren un nuevo estilo de gestión que garantice
efectividad y que rinda cuentas de manera transparente a la ciudadanía.
• Los ciudadanos demandan cambios, no están contentos ni con las
instituciones públicas, ni con las organizaciones políticas ni con sus
líderes.
• El “capital social” sólo aumenta cuando se alcanzan constantemente
los objetivos y resultados relacionados con la misión de las instituciones.
• Los resultados de la Gestión Pública dependen de la eficacia con que
las instituciones de Gobierno encaren las misiones y objetivos que les
han sido encomendados.
80. INSTITUCIONALIZACION DE LA PLANEACION
ESTRATEGICA COMO INSTRUMENTO DE ALTA GERENCIA Y
DE GESTION
•El Estado como toda organización humana, requiere de un clima
interno y externo que facilite las relaciones de confianza, la
comprensión y aceptación de su misión, metas, objetivos y valores y del
entendimiento mutuo de sus miembros.
•La “ventaja competitiva” que pueden desarrollar las instituciones
públicas, son su capacidad de gestión y el desarrollo de la cultura
organizacional.
•La Planeación Estratégica es el instrumento del que disponen las
organizaciones para definir la “carta de navegación” de las
instituciones públicas y privadas.
•La única y exclusiva razón de la Planeación Estratégica es la de pensar
antes de actuar, o lo que es lo mismo, tomar las providencias del caso
para que dichas razones sean alcanzadas.
81. DIFERENCIAS ENTRE LA PLANEACION ESTRATEGICA
Y LA PLANEACION TRADICIONAL.
T E M A
LA PLANEACION
TRADICIONAL
LA PLANEACIÓN
ESTRATEGICA
ORIENTACION
A Objetivos. A la misión y ajusta
objetivos.
NATURALEZA DE LAS
VARIABLES
Considera que las
variables del entorno
son estables.
Considera que las
variables cambian
continuamente.
MOMENTOS DE LA
EVALUACION
Evalúa hasta el
final (ex post).
Evalúa continuamente
mediante sistemas de
monitoreo.
PRODUCTO FINAL
Orientada a la
elaboración de un
documento llamado
Plan.
Orientada a la
construcción de un
sistema de planeación,
no al plan.
82. LA PLANEACIÓN ESTRATÉGICA NOS PLANTEA:
• Qué hacer?
• Cómo hacerlo?
• Cómo evaluar los resultados?
-Que medir, como medirlo y cuando medirlo. INDICADORES DE GESTIÓN
• La Retroalimentación
O DE UNA FORMA MAS COMPLETA:
• Quiénes somos?
• Dónde estamos?
• Qué queremos ser?
• A dónde queremos llegar?
• Cómo vamos a llegar?
INSTITUCIONALIZACION DE LA PLANEACION ESTRATEGICA
COMO INSTRUMENTO DE ALTA GERENCIA Y DE GESTION
83. • Declaración de la Misión
• Declaración de la Visión
• Identificación de Valores
• Análisis FODA
- Análisis Interno (Fortalezas y Debilidades)
- Análisis Externo (Oportunidades y Amenazas)
• Objetivos
- General
- Específicos
• Estrategias, Líneas de Acción y Metas
M E T O D O L O G I A
84. DECLARACION DE LA MISION
RAZON DE SER DE LA ORGANIZACION
La declaración de misión es el
instrumento para valorar la
naturaleza de la institución, explicar
sus funciones y modos de actuación.
Debe ser clara, precisa, realista,
completa y útil; expresar el carácter y
fines que distinguen a la institución,
ser la base para planificación,
indicar la razón de ser y servir de
guía a su comunidad.
85. METODO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA MISION
El Municipio tiene como fin principal
la promoción del desarrollo económico
y el bienestar social de
sus habitantes en el marco
de una convivencia armónica y
de respeto a las leyes.
86. “Imagen ideal hacia la cual desea evolucionar
una organización”. Es el mapa de la ruta
del Estado (Dependencia) para llegar al futuro,
de la dirección que lleva, de la posición que
pretende ocupar, y de las capacidades
clave que planea desarrollar.
DECLARACION DE LA VISION
LA VISION
• Anticipa el futuro
• Visualiza donde y como se quiere estar
87. METODO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA VISION
• ,
MISIÓN
INSTITUCIONAL
PLAN ESTATAL DE DESARROLLO
CONSTRUCCION DE
LA PROSPECTIVA
DEL MUNICIPIO
VISION INSTITUCIONAL:
Búsqueda de la excelencia,
calidad total, etc
PLAN NACIONAL DE DESARROLLO
PLAN DE DESARROLLO MUNICIPAL
88. LA PLANEACION PROSPECTIVA
• .
¿PARA QUÉ SIRVE LA PLANEACIÓN PROSPECTIVA?
• Permite construir una percepción dinámica de la realidad
y prefigurar una visión del futuro con diversas
alternativas viables.
• Facilita una planeación abierta y creativa que derive
en acciones concretas, con alta probabilidad de garantizar
los objetivos propuestos.
• Mejora la asignación de recursos y capacidades hacia
aquellas actividades que sean más promisorias para el
desarrollo.
• Aporta una orientación conceptual, con un amplio
consenso para enfrentar con eficacia y eficiencia la
complejidad del corto, mediano y largo plazo.
89. LA PLANEACION COMUN VS PROSPECTIVA
• .
A. PLANEACIÓN COMÚN
FASE 1
Análisis del
presente y
pasado
precisando las
situaciones
problemáticas o
insatisfactorias.
FASE 2
Proyección de
futuros
posibles y
selección de un
futuro deseable
FASE 3
Determinación
del curso de
acciones
FUTURO DESEADO
PASADO PRESENTE FUTURO
ENTORNO
FASE 1
Diseño del
futuro deseable
FASE 2
Selección del
futuro factible
FASE 3
Determinación
de las
decisiones del
presente que
garanticen el
futuro elegido
FUTUROS POSIBLES
PASADO PRESENTE FUTURO
ENTORNO
SELECCIÓN
DEL FUTURO
DESEABLE
B. PLANEACIÓN PROSPECTIVA
90. • EL MARCO DE CONDUCTA.
Define ante los empleados los valores primarios y las reglas
éticas para mostrarles el espíritu bajo el cual se deben hacer
las cosas dentro de la administración municipal.
• CATALOGO DE PRINCIPIOS ETICOS DE LOS SERV. PUBLICOS
IDENTIFICACION DE LOS VALORES
CULTURA ORGANIZACIONAL
- Bien Común
- Integridad
- Honradez
- Imparcialidad
- Justicia
- Transparencia
- Rendición de Cuentas
- Generosidad
- Igualdad
- Respeto
- Liderazgo
- Objetividad
- Profesionalismo
- Excelencia
EMITIDO CON BASE EN: Artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
91. EL ANALISIS FODA
FODA
Fortalezas Oportunidades
Debilidades Amenazas
Capacidades especiales con
que posee la empresa y por
las que cuenta con una
posición privilegiada frente a
la competencia.
Variables que resultan
positivas, favorables,
explotables y que se deben
descubrir en el entorno en el
que actúa la empresa.
Factores que provocan una
posición desfavorable frente
a la competencia.
Recursos de los que se
carece, atraso tecnológico,
etcétera.
Situaciones que provienen
del entorno ( variables
externas) y que pueden
llegar a atentar incluso con la
permanencia de la
organización.
EL ANALISIS
F.O.D.A.
Fortalezas Oportunidades
Debilidades Amenazas
Capacidades especiales
que posee el municipio y por
las que cuenta con una
posición privilegiada.
Variables que resultan
positivas, favorables,
explotables y que se deben
descubrir en el entorno en el
que actúa el municipio.
Factores que provocan una
posición desfavorable.
Recursos de los que se
carece, atraso tecnológico,
etcétera.
Situaciones que provienen
del entorno ( variables
externas) y que pueden
llegar a atentar incluso con la
estabilidad del municipio.
92. • DEFINICIÓN DE LOS OBJETIVOS
- General
- Específicos
a) De Corto Plazo
b) De Largo Plazo
• DEFINICIÓN DE LAS ESTRATEGIAS
- Participación social
- Participación del Sector Privado
LA DEFINICION DE LOS OBJETIVOS
LOS OBJETIVOS SON LOS FINES Y LAS ESTRATEGIAS SON LOS MEDIOS
• Medibles y Verificables
• Retadores y alcanzables
• Flexibles y adaptables
• Alineados a la misión y a la visión
93. LA PLANEACION ESTRATEGICA
RESUMIENDO
Principales eventos y fases
Responsables y responsabilidades
Calendarización y programa de trabajo
Asignación de recursos
Mecanismos de control y retroalimentación
Plan
estratégico
de acción
Situación
Actual
Situación
Actual
Situación
Deseada
NAYARIT 20/20
94. LA PLANEACION TACTICA
La planeación táctica o a corto plazo es un conjunto
de procedimientos para traducir metas y planes
estratégicos amplios, en metas y planes específicos
que sean relevantes para el municipio, casi de
manera inmediata de acuerdo a sus
necesidades y con miras a lograr los objetivos
estratégicos o a largo plazo.
PROGRAMA DE LOS PRIMEROS 120 DIAS DE GOBIERNO
PROGRAMA OPERATIVO ANUAL
95. LA PLANEACION OPERATIVA
•Meta
calendarizada
•Meta
•Unidad de
Medida
•Objetivo
•Problemática
•Proyecto
OE TA OP PP ME EDO AEE PY
NIVEL ESTRUCTURA PROGRAMÁTICA
1er.
Semestre
2o.
Semestre
• PROGRAMA OPERATIVO ANUAL 20XX
Municipio de ____________________________
Dirección General de_____________________
Departamento de_________________________
Hoja 1 de 2
96. LA PLANEACION OPERATIVA
• PROGRAMA OPERATIVO ANUAL 20XX
Municipio de ____________________________
Dirección General de_____________________
Departamento de_________________________
•
•Acciones
•Presupuesto
Hoja 2 de 2
FEDERAL
ESTATAL
SUMA
Director del área responsable Responsable de operación del proyecto
Total
Servicios
Personales
Materiales y
Suministros
Servicios
Generales
Inversión
97. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL
DIVISION DEL TRABAJO, ASIGNACION DE RESPONSABILIDADES Y ESTILO DE DIRECCIÓN
1.- PRESIDENTE MUNICIPAL
1.- SINDICO
- R E G I D O R E S
PRESIDENCIA
MUNICIPAL
ORGANOS
DESCONCENTRADOS
D.I.F.
ORGANISMOS
DESCENTRALIZADOS
S I A P A
IMPLAN
“PLAN MPAL DE
DESARROLLO”
11 COMISIONES DEL
AYUNTAMIENTO VIGILAN
LA PRESTACION DE LOS
SERVICIOS ORGANISMOS
AUXILIARES
SECRETARIA DEL
AYUNTAMIENTO
PROTECCION
CIVIL
TESORERIA
MUNICIPAL
CONTRALORIA
MUNICIPAL
PLANEACION Y
DESARROLLO
DESARROLLO
URBANO
FOMENTO
AGROPECUARIO
REGISTRO
CIVIL
DIRECCION
SEGURIDAD PUBLICA
DIRECCION DE OBRAS
PUBLICAS
ASUNTOS
INDIGENAS
98. LINEAMIENTOS DE LA PLANEACION
• POLÍTICOS.- Capacidad de negociación del Gobernante con
la Federación, El Estado y la Comunidad.
• ECONÓMICOS.- La realidad económica posibilita la ejecución
del plan y sus programas, es la guía para el desarrollo y su
financiamiento. (DISPONIBILIDADES FISCALES, Y
FINANCIAMIENTO ALTERNATIVO)
• JURÍDICOS.- El marco normativo que rige la actividad de la
planeación.
• ADMINISTRATIVOS.- Infraestructura técnico-administrativa
que permita ejercer las actividades de planeación, de acuerdo a
criterios de eficiencia y racionalidad.
• SOCIALES.- La planeación debe concebir la necesidad de la
participación social en el señalamiento de las prioridades
estatales para alcanzar un desarrollo integral y armónico.
99. EL PROCESO DE PLANEACION
FORMULACION
APROBACION
EJECUCION
CONTROL Y
EVALUACION
1. ANALISIS DEL ENTORNO
2. DEMANDAS SOCIALES
3. ASPIRACIONES DE LOS
SECTORES SOCIALES
A TRAVES DE LA ASAMBLEA
PLENARIA DEL IMPLAN
SE ESTABLECEN LOS PLANES
OPERATIVOS QUE ESTABLECEN
SEGUIMIENTO DE LA GESTION Y
COMPARACION DE RESULTADOS
• CAMPAÑA POLITICA
• FOROS DE CONSULTA
• AUDIENCIA PUBLICA
• PARTICIPA EL SECTOR
PUBLICO, PRIVADO Y
. SOCIAL
• FUNCIONES
• PROGRAMAS
• ACTIVIDADES
• PARA MEDIR LOS
RESULTADOS CON LOS
OBJETIVOS Y METAS
PROGRAMADAS.
100. EL PROCESO DE PLANEACION
• DEFINICION: Es el programa de gobierno el cual
se define atendiendo a los planes Estatal y
Nacional de desarrollo.
• ESTRUCTURA:
PRESENTACION
INTRODUCCION
DIAGNOSTICO
OBJETIVOS
ESTRATEGIAS
LINEAMIENTOS
SEGUIMIENTO. EVALUACION
PLAN
MUNICIPAL
DE
DESARROLLO
101. MARCO JURIDICO DE LA PLANEACION
•,
• ESTATAL
• Articulo 133 Constitución Política Estatal
• La planeación para el desarrollo estatal y municipal
facilitara la programación del gasto público con base en
objetivos y metas, claros y cuantificables, que permitan
evaluar adecuadamente su cumplimiento, a fin de conocer
los resultados obtenidos
• Articulo No. 3 Ley de Planeación del Estado de Nayarit
• La planeación del desarrollo se llevará a cabo a través de
los instrumentos de planeación establecidos en esta Ley,
los cuales determinarán los objetivos, estrategias,
acciones, metas e indicadores para el desarrollo del
Estado, y responderán a las siguientes premisas:
102. MARCO JURIDICO DE LA PLANEACION
•,
• MUNICIPAL
• Articulo 208 Ley Municipal
• para el Estado de Nayarit
• Los municipios para el cumplimiento de sus fines y
aprovechamiento de sus recursos formularán los planes y
programas. El Plan Mpal de Desarrollo deberá elaborarse,
aprobarse y publicarse dentro de un plazo de 90 días
contados a partir de la fecha de toma de posesión de los
Ayuntamientos respectivos.
103. LOS INDICADORES
•,
DE: EFICIENCIA DE: EFICACIA DE: IMPACTO
MIDE LA
PRODUCTIVIDAD
DE LOS RECURSOS
UTILIZADOS
MIDE EL GRADO
DE CUMPLIMIENTO
DE LOS
OBJETIVOS
MIDE CUAN
ADECUADAMENTE
SON
ADMINISTRADOS
LOS RECURSOS
UTILIZADOS.
MIDE RESULTADOS
A NIVEL DEL FIN
ULTIMO ESPERADO
CON LA ENTREGA
DE LOS BIENES O
SERVICIOS A LA
CIUDADANIA.
DE: ECONOMIA
Unidad de medida que permite el seguimiento y evaluación
periódica de las variables clave de la institución mediante su
comparación permanente y sistemática
104. P
L
A
N
E
A
C
I
O
N
PROGRAMACION PRESUPUESTACION
E
J
E
C
U
C
I
O
N
CONTROL, SEGUIMIENTO Y EVALUACION
DEPENDENCIAS
EJECUTORAS
SECRETARIA
DE FINANZAS
DEPENDENCIAS
EJECUTORAS
IPLANAY CONTRALORIAS
IPLANAY
BENCHMARKING
(OTROS ESTADOS)
RENDICION DE CUENTAS
MEJORA CONTINUA
OBJETIVOS
ESTRATEGICOS
DEL P.E.D
IMPLANes
MUNICIPALES
LEGISLATURA LOCAL Y SOCIEDAD
La Planeación Gubernamental/Proceso Continuo
106. LOS SERVIDORES PUBLICOS Y EL DESEMPEÑO EN
SUS FUNCIONES.
ACCIONES OMISIONES
• HACER
• NO HACER
• PERMITIR
• TOLERAR
107. MARCO JURIDICO DE LAS RESPONSABILIDADES DE
LOS SERVIDORES PUBLICOS.
A) De carácter federal
• Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
• Ley General de Responsabilidades Administrativas.
• Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Inf. Pub. Gub.
• Ley del Servicio Profesional de Carrera.
B) De carácter estatal
Constitución Política Local
• Ley General de Responsabilidades Administrativas.
• Otras.
108. LAS RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES
PUBLICOS.
A) Políticas
B) Penales
C) Admitvas.
D) C i v i l e s
E) Patrimoniales
UNA MISMA
CONDUCTA
PUEDE
ORIGINAR
LA
CONCURRENCIA
DE TODAS
109. LA RESPONSABILIDADES POLITICAS
SON SUJETOS DE JUICIO POLITICO
a) De carácter federal
• Los señalados en el artículo 110 de la CPEUM
a) De carácter estatal
• El gobernador del Estado.
• Los diputados al congreso del Estado
• Los magistrados del supremo tribunal de justica
• Los titulares de las dependencias de la Admón Estatal
• Los directores generales de las paraestatales.
• Los miembros de los ayuntamientos (Presidente municipal,
regidores y síndicos)
• Servidores públicos municipales que mencione la Ley
110. ES PROCEDENTE EL JUICIO POLITICO
CUANDO LOS ACTOS U OMISIONES
DE LOS SERV. PUB. REDUNDEN EN
PERJUICIO DE LOS INTERESES
PÚBLICOS FUNDAMENTALES
O DE SU BUEN DESPACHO
I.- El ataque a las instituciones democráticas.
II.- El ataque a la forma de gobierno republicano y representativo
III.- Violaciones graves y sistemáticas a las garantías individuales
IV.- Atacar la libertad de sufragio
V.- La usurpación de atribuciones
VI.- Las infracciones a la Constitución o leyes federales que cause
perjuicios graves a la federación o motive trastornos en la Instituciones.
VII.- Las omisiones de carácter grave en los términos anteriores
VIII.- Las violaciones sistemáticas o graves, a los planes, programas y
presupuestos de la Administración Pública Municipal.
111. LA RESPONSABILIDAD PENAL
PROCEDE: Por actos u omisiones que constituyen un delito
previsto y sancionado en la Ley o Código Respectivo.
• Ejercicio indebido del servicio público.
• Abuso de autoridad
• Uso indebido de atribuciones y facultades.
• Concusión (cuando se exigen cantidades mayores a las que
se debe recaudar por impuestos o contribuciones)
• Intimidación
• Ejercicio abusivo de funciones
• Trafico de influencia
• Cohecho (cuando solicite o reciba dinero u otra dádiva para
hacer algo relacionado con sus funciones)
• Peculado (distraer dinero,valores u otros para otros usos)
112. CUANDO EL SERVIDOR
PUBLICO NO PUEDE
ACREDITAR EL
AUMENTO DE SU
PATRIMONIO
DELITO DE ENRIQUECIMIENTO ILICITO
113. LA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA
PROCEDE CUANDO EL SERVIDOR PUBLICO........
CAUSE DAÑO O PERJUICIO A LA HACIENDA
PUBLICA POR UNA ACCION O OMISION IRREGULAR
SE APLICA SANCION
REPARACION DEL DAÑO
DISCIPLINARIA
• AMONESTACION PRIVADA O PUBLICA
• SUSPENSION DEL EMPLEO (HASTA POR UN AÑO)
• DESTITUCION DEL PUESTO
• SANCION ECONÓMICA
• INHABILITACION TEMPORAL (HASTA POR UN AÑO)
115. LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO
ARTICULO 109 C.P.E.U.M)
LA RESPONSABILIDAD DEL ESTADO por los daños que con motivo
de su actividad administrativa irregular, cause en los bienes o derechos
de los particulares, será objetiva y directa.
Los particulares tendrán derecho a una
indemnización conforme a las bases, limites y
procedimientos que establezcan las leyes.
ARTICULO 1927 CODIGO CIVIL FEDERAL.-
El Estado tiene la obligación de responder del pago de los daños y
perjuicios causados por sus servidores públicos con motivo del ejercicio
de las atribuciones que le están encomendadas. Esta responsabilidad
será solidaria tratándose de actos ilícitos dolosos, y subsidiaria en los
demás casos, en los que sólo podrá hacerse efectiva en contra del
Estado, cuando el servidor público directamente responsable no tenga
bienes o los que tenga no sean suficientes para responder de los daños
y perjuicios causados por sus servidores públicos.”
116. PROCEDIMIENTO
QUE SIENTA AFECTADA
SU ESFERA JURÍDICA
POR UN ACTO
ADMINISTRATIVO FISCAL
QUE LESIONE SUS
DERECHOS
1. Acudir a los Tribunales
Locales
2.- Interponer los recursos
Administrativos
El particular
(GOBERNADO O
CONTRIBUYENTE)
117.
118. Fin de la presentación
Gracias por su atención…!!!
119. Lecturas obligadas
• SALDAR DEUDAS: EL COMPROMISO DE TODOS
https://www.facebook.com/1519472228/posts/pfbid02bK8uEtZumovo8LN6yaqxEfHPqBmY
WhmKahbgdP7tfHpVsGLWA2SsSCCvtcp5MwSwl/?d=n
• EL PUNTO DE PARTIDA 2021 SEPTIEMBRE (INDICADORES DEL ESTADO DE
NAYARIT)
https://www.facebook.com/photo/?fbid=353260022912054&set=pb.100046841779284.-
2207520000..
• CODIGO DE CONDUCTA DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DEL ESTADO DE NAYARIT
http://periodicooficial.nayarit.gob.mx:8080/periodico/resources/archivos/150717%20(07).pdf
CONVENIO DE ADHESIÓN AL SISTEMA NACIONAL DE COORDINACIÓN FISCAL QUE
CELEBRAN LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO Y EL GOBIERNO
DEL ESTADO DE NAYARIT.
https://www.nayarit.gob.mx/transparenciafiscal/des/1_marco_regulatorio/mas_informacio
n/marco_regulatorio_coordinacion/convenio_adhesion_sistema_coordinacion.pdf
LEY DE COORDINACION FISCAL
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/31_300118.pdf
Notas del editor
Filosofo y Jurista Frances, representativo del movimiento cultural denominado “Ilustración francesa”