2. *
• De la responsabilidad: Por cada equipo de
computo, habrá un servidor publico responsable,
quien deberá observar las disposiciones de esta
normatividad, auxiliado por el administrador de
la unidad informática, quien a su vez es
responsable directo, de todos los bienes
informáticos que por función le corresponda
administrar; Tanto laos responsables como los
administradores de unidades informáticas,
deberán verificar los equipos de computo con
objeto
3. • Del respaldo, ambiente y limpieza: El equipo de computo deberá
mantenerse en un sitio apropiado, iluminado, ventilado, limpio y
libre de polvo, así como los responsables a través de los
administradores de la unidad informática, deberán solicitar, a la
Dirección General de Modernización y sistemas su inclusión en el
programa permanente de mantenimiento preventivo. Queda
estrictamente prohibido el almacenamiento de archivos que
contengan, música, pornografía, videos, imágenes y de cualquier
otro tipo que no estén relacionados con la actividad o función,
para la cual se destino el equipo de computo.
4. • De los servicios institucionales: Art. 6 es responsabilidad de los
administradores de unidades informáticas instalar o en su caso
solicitar la instalación del software correspondiente a los servicios
institucionales que le hayan sido autorizados al equipo de computo
de su área de competencia a fin de mantenerlos vigentes
5. *
• La Dirección General de Modernización y Sistemas
analizara y presentara el dictamen técnico de las
requisiciones de equipo, software y suministros
para equipo de computo a fin de asegurar que
alcancen la mayor utilidad y compatibilidad con los
proyectores implementados, en proceso o futuros,
a fín de que, en términos de la Ley aplicable, se
determines su adquisición.