El documento propone modificar el sistema de elección de cargos pluripersonales en Paraguay de listas cerradas a listas abiertas, permitiendo a los votantes seleccionar hasta 5 candidatos en las elecciones generales y en las internas de los partidos. Esto daría más participación a los ciudadanos y legitimaría a los funcionarios electos al permitir una representación más directa. Se presenta un proyecto de ley para implementar este cambio.
Ley N° 30315 - Ley que modifica la Ley N° 26300, Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos.
Esta ley modifica diversos artículos que regulan la REVOCATORIA de las autoridades.
Reglamento y anexo elecciones nacionales 2014Ema Raiz
Reglamento dictado por la Corte Electoral para las elecciones nacionales de 2014 y anexo referido a la presentación de los soportes informáticos para el registro de las hojas de votación.
-Votantes de 16 años
-Registro de infractores al deber de votar
-Personal de las fuerzas de seguridad
-Las autoridades de mesa
-Inadmisibilidad del voto
-Constancia de emisión de voto
-No emisión del voto
-Pago de la multa.
-Constancia de justificación administrativa
-Empleados públicos. Sanción
-Documentos para Votar
#ReformaPolíticaPAN Propuesta del Partido Acción NacionalLaura Rojas
En conferencia de prensa con el presidente nacional del PAN, Gustavo Madero Muñoz, el coordinador en el Senado de la República, Jorge Luis Preciado; el diputado Fernando Rodríguez Doval, así como senadores y diputados de los Grupos Parlamentarios de Acción Nacional, asistí a la presentación de la propuesta de Reforma Política-Electoral.
Se propone la conformación de un nuevo sistema electoral para el país, con un Instituto Nacional Electoral, un Tribunal de Justicia Electoral y la legislación única en esta materia.
Con ello, se quita la injerencia de los gobernadores en los institutos locales, sobre todo en aquellos estados donde no ha habido alternancia y supone el ahorro de recursos en aquellas funciones que hoy se duplican por el IFE y por esos organismos electorales.
La propuesta contempla el voto de los mexicanos que residen en el extranjero y la regulación del voto electrónico.
Se prevé fortalecer las instituciones y ampliar la participación de los ciudadanos en la vida democrática del país, al fomentar la democracia deliberativa que permita la participación ciudadana en la toma de las decisiones del Gobierno.
Se prevé la reelección de legisladores federales y locales, así como de los Presidentes municipales y los Jefes Delegacionales; y propone la ratificación por parte del Congreso de los Secretarios de Hacienda y de Relaciones Exteriores, así como del responsable de la seguridad pública del país, entre otros. Septiembre 23, 2013.
Ley N° 30315 - Ley que modifica la Ley N° 26300, Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos.
Esta ley modifica diversos artículos que regulan la REVOCATORIA de las autoridades.
Reglamento y anexo elecciones nacionales 2014Ema Raiz
Reglamento dictado por la Corte Electoral para las elecciones nacionales de 2014 y anexo referido a la presentación de los soportes informáticos para el registro de las hojas de votación.
-Votantes de 16 años
-Registro de infractores al deber de votar
-Personal de las fuerzas de seguridad
-Las autoridades de mesa
-Inadmisibilidad del voto
-Constancia de emisión de voto
-No emisión del voto
-Pago de la multa.
-Constancia de justificación administrativa
-Empleados públicos. Sanción
-Documentos para Votar
#ReformaPolíticaPAN Propuesta del Partido Acción NacionalLaura Rojas
En conferencia de prensa con el presidente nacional del PAN, Gustavo Madero Muñoz, el coordinador en el Senado de la República, Jorge Luis Preciado; el diputado Fernando Rodríguez Doval, así como senadores y diputados de los Grupos Parlamentarios de Acción Nacional, asistí a la presentación de la propuesta de Reforma Política-Electoral.
Se propone la conformación de un nuevo sistema electoral para el país, con un Instituto Nacional Electoral, un Tribunal de Justicia Electoral y la legislación única en esta materia.
Con ello, se quita la injerencia de los gobernadores en los institutos locales, sobre todo en aquellos estados donde no ha habido alternancia y supone el ahorro de recursos en aquellas funciones que hoy se duplican por el IFE y por esos organismos electorales.
La propuesta contempla el voto de los mexicanos que residen en el extranjero y la regulación del voto electrónico.
Se prevé fortalecer las instituciones y ampliar la participación de los ciudadanos en la vida democrática del país, al fomentar la democracia deliberativa que permita la participación ciudadana en la toma de las decisiones del Gobierno.
Se prevé la reelección de legisladores federales y locales, así como de los Presidentes municipales y los Jefes Delegacionales; y propone la ratificación por parte del Congreso de los Secretarios de Hacienda y de Relaciones Exteriores, así como del responsable de la seguridad pública del país, entre otros. Septiembre 23, 2013.
Este es el proyecto de Ley de Procesos Electorales que la Asamblea Nacional le envío al Presidente, la cual no ha promulgado todavía, porque se rumora que le va hacer unos cambios sin consultar a ningun otro organo del Estado. www.ismaelgarcia.net
ELECCIONES:L.26859/ELIMINAR EL VOTO PREFERENCIAL
Propone modificar los artículos 21º y 286º de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, referente a eliminar el voto preferencial, así como modificar el artículo 1º de la Ley Nº 28360, Ley de Elecciones de Representantes ante el Parlamento Andino.
El JNE estableció el número de candidatos por aplicación de la Cuota de Género, así como el número máximo de candidatos designados directamente por el Partido Político en las Listas de Candidatos para Representantes ante el Parlamento Andino.
La propuesta, generada a partir de la comunión de cinco proyectos de ley que fueron presentados en los últimos años por diferentes bloques, quedará así a disposición del pleno para que sea tratada en las próximas semanas, y así se implemente a partir de las próximas elecciones de renovación parcial del parlamente, en 2019.
Un Proyecto de ley para eliminar las cuadrillas de limpiavidrios Y Cuidacoche...alfredojaeggli
Circulando por las calles de la capital y ciudades del interior percibo, y también me lo hacen saber, que muchos ciudadanos se encuentran preocupados y hasta con miedo ante el avance incesante de las cuadrillas de limpiavidrios y cuidacoches en la vía pública, no solamente durante el día sino también en las noches. Considero de importancia legislar sobre el caso para establecer ciertas medidas y mejorar la situación.
Un Proyecto de ley para eliminar las cuadrillas de limpiavidrios Y Cuidacoche...
Proyecto ovelar velasquez
1. Asunción, 4 de marzo de 2010
Excmo. Señor Senador de la Nación
Doctor Miguel Carrizosa Galiano, Presidente
Honorable Cámara de Senadores
Congreso Nacional
Presente
Tenemos a honra dirigirnos a Vuestra Excelencia, a objeto de presentar el
adjunto proyecto de Ley “QUE ESTABLECE MODALIDADES Y DISPOSICIONES
PARA CARGOS PLURIPERSONALES NACIONALES EN ELECCIONES
PARTIDARIAS”, de conformidad a la Constitución Nacional y al Reglamento
Interno de nuestra Cámara.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La sanción de esta propuesta legislativa será de suma utilidad a fin de
modificar la elección de candidatos para los cargos pluripersonales realizadas por
el sistema de listas cerradas, que a la fecha es una forma muy cuestionada por la
ciudadanía, privando al elector de la libertad de escoger a sus genuinos
representantes. La misma Carta Magna expone una clara disposición de conferir
al ciudadano la posibilidad de distinguir dispositivos para elegir a sus futuras
autoridades; para ello es indispensable sancionar esta propuesta que
inmediatamente sea inserta en el código electoral vigente.
De esta manera proponemos la modificación del sistema de elección con el
afán de dar participación a la ciudadanía habilitándolos legalmente a escoger
hasta cinco nombres para los cargos en las elecciones generales o en las internas
de los partidos, movimiento y alianzas políticas electorales, de tal forma a lograr la
real representación y coadyuvar a la legitimización de las autoridades que salgan
electas en comicios libres y soberanos.
Consideramos oportuno que se proceda de la manera que estamos
fundamentando el esbozo y circunscribir el régimen de lista abierta para optar por
los aspirantes a cargos plurinominales, endosando así el voto más individualizado
y una responsabilidad más vertical entre el elector y su dignatario.
Sin otro particular, saludo a los señores Senadores con mi distinguida
consideración.
JULIO CÉSAR VELÁZQUEZ SILVIO A. OVELAR BENÍTEZ
Senador de la Nación Senador de la Nación
2. LEY Nº …….-
QUE ESTABLECE MODALIDADES Y DISPOSICIONES PARA CARGOS
PLURIPERSONALES NACIONALES EN ELECCIONES PARTIDARIAS
--------
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y:
Art. 1º.- Los Convencionales Constituyentes, Senadores y miembros titulares y
suplentes de la lista nacional de los partidos políticos, movimientos y alianzas
electorales serán electos por el sistema de lista abierta; así como Diputados,
miembros de juntas departamentales y municipales.
Art. 2º.- Para integrar los cargos colegiados electorales, la proporción se
determinará sumando el total de los votos válidos emitidos a favor del número del
candidato y de los partidos políticos, movimientos o alianzas y se divide por el
número de cargos establecidos en las listas nacionales, departamentales y
municipales por llenar. El sistema establecido se aplicará igualmente a los
suplentes.
Art. 3º.- El elector tendrá derecho a cinco opciones preferenciales, cuando el
número de cargos a elegir sea cuarenta y cinco; tres opciones cuando el número
de cargos a elegir sea igual o superior a diez; a dos opciones cuando el número
de cargos a elegir sea menor a diez y a una opción cuando sea igual o menor a
tres.
Art. 4º.- En las elecciones internas de los partidos, movimientos y alianzas
electorales, se regirá por las previsiones establecidas en el artículo precedente,
respetando el inciso r) del artículo 32 de la Ley Nº 834, que establece el Código
Electoral Paraguayo, debiendo marcar en los cuadros de la derecha el número de
orden de la ubicación de los candidatos de su predilección. Ejemplo:
BOLETÍN DE VOTO
Lista de ……….
Lista 20 13
Lista 21 40
3. Lista 22 9
Lista 23 28
Lista 25 3
Lista 26
Art. 5º.- Es nula la votación del ciudadano que marque más de los previstos en el
artículo tercero de la presente Ley, constatada por las autoridades de la mesa
receptora de votos.
Art. 6º.- En la entrada a los lugares o centros de votaciones, se habilitarán un
mural, en el que estarán adheridas las listas de candidatos a cargos electivos
nacionales, donde un funcionario designado por el TSJE, orientará a los votantes,
hasta el cierre del acto eleccionario. Otra lista de candidatos a cargos electivos
estará adherida a la pared del cuarto oscuro.
Art. 7º.- El escrutinio se realizará por listas de candidatos y contabilizándose las
preferencias efectuadas por los votantes. En primer término se efectuará el
escrutinio contabilizando los votos recibidos por cada lista. Se trata del
denominado “escrutinio por listas” aplicando el procedimiento vigente conocido
como “Sistema de D’Hondt” a fin de determinar la cantidad de escaños que
corresponderá a cada lista. En segundo término se efectuará el conteo de las
preferencias recibidas por cada candidato, estableciéndose de esta manera el
orden definitivo que corresponderá a los mismos en la lista respectiva.
Art. 8º.- Insértese esta disposición al Código Electoral Paraguayo.
Art. 9º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE CÁMARA DE
SENADORES DE LA NACIÓN A LOS ….. DÍAS DEL MES DE ……. DEL AÑO
DOS MIL NUEVE.-
JULIO CÉSAR VELÁZQUEZ SILVIO A. OVELAR BENÍTEZ
Senador de la Nación Senador de la Nación