La resolución modifica parcialmente una resolución anterior sobre seguridad en trabajos en altura. Ahora, las capacitaciones para trabajos en altura deben ser realizadas a través del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) o entidades autorizadas por él. El SENA expedirá las certificaciones de competencia. Los empleadores tienen 16 meses para acreditar la competencia laboral del personal que trabaja en alturas. El Ministerio de Protección Social actualizará periódicamente la normativa técnica sobre seguridad en alturas.