El documento presenta tres problemas relacionados con la atención a jubilados en la Caja de Seguro Social y propone soluciones: 1) Las policlínicas no son accesibles para jubilados; 2) Hay largas filas y esperas debido a falta de personal; 3) No permiten citas médicas múltiples el mismo día. Se proponen mejoras de infraestructura, control de personal y uso de expedientes digitales para agilizar la atención.
El documento resume las siguientes cuestiones:
1) La Dirección General de Justicia ha publicado la lista de vacantes para el concurso de traslados de 2015 para los cuerpos de gestión, tramitación y auxilio judicial. Se pide que se comuniquen posibles plazas faltantes.
2) La lista de vacantes es escasa debido a los recortes y a que no se han consolidado plazas de refuerzo. También limita las opciones el plan de amortización de 2012.
3) Se informa sobre el calendario de semanas
Este Seminario Taller Práctico es la plataforma idónea para el conocimiento y el acercamiento a los procesos relacionados con las empresas proveedoras del gobierno, así como también la revisión de las actualizaciones y manejo del Sistema Oficial de Contratación del Estado S.O.C.E., así como el uso adecuado de sus principales opciones y recursos.
Este taller también es la oportunidad perfecta para actualizar y complementar sus conocimientos sobre el manejo adecuado de los procesos de venta que su Empresa quiere entablar, o que mantiene ya con el Estado, esta capacitación incluye los principales cambios de la Nueva Ley de Contratación Pública “LOSNCP” definidas por la SERCOP ex – INCOP.
La propuesta legislativa tiene como objetivos principales procurar la paz, felicidad y prosperidad entre los salvadoreños; lograr que convivan con seguridad, bienestar y oportunidades justas; y asegurar un sano desarrollo económico y social. Propone iniciativas en 10 áreas clave como reformas constitucionales, probidad y transparencia, seguridad ciudadana, reactivación económica, educación, oportunidades para mujeres y jóvenes, medio ambiente, gobiernos municipales, impuestos y apoyo a
Este documento contiene las comunicaciones de la Secretaría de Gobernación remitiendo respuestas de otras dependencias a diversos puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados. Incluye respuestas sobre campañas contra el dengue, diabetes, robo de identidad, embarazos en adolescentes y otros temas. También contiene actas de comisiones, convocatorias a grupos de amistad parlamentaria e invitaciones a diplomados y eventos.
El documento resume la crítica de Román Rodríguez, portavoz parlamentario de Nueva Canarias, a la aprobación forzada del III Plan de Salud de Canarias después de ocho años de retraso. Rodríguez critica la ficha financiera con más recortes y que se tramite de forma apresurada al final de la legislatura. Nueva Canarias considera que no es posible mejorar la sanidad sin recuperar los 400 millones recortados por gobiernos anteriores.
Sigmund Freud vivió gran parte de su vida en Viena, donde desarrolló sus teorías psicoanalíticas revolucionarias. Nació en 1865 en la actual República Checa y se mudó a Viena de niño. Allí estudió medicina y neurología y desarrolló sus ideas sobre el inconsciente y la importancia de la sexualidad en la mente humana. A pesar de enfrentar resistencia, fundó el movimiento psicoanalítico y publicó obras influyentes. Freud dejó Viena en 1938 huyendo del régimen nazi y m
La revolución rusa de 1917 derrocó al gobierno provisional y estableció el primer estado socialista en el mundo bajo el liderazgo de Lenin y los bolcheviques. Las causas incluyeron las derrotas militares de Rusia en la Primera Guerra Mundial, el hambre generalizado y la opresión de las clases bajas por el régimen zarista, lo que llevó a dos revoluciones ese año que terminaron con el zarismo y dieron paso a un nuevo gobierno comunista.
El documento describe la evolución de la Enseñanza de Lenguas Asistida por Ordenador (ELAO) a través de tres etapas: 1) conductista, con énfasis en la repetición de ejercicios; 2) comunicativa o constructivista, enfocada en el uso real de la lengua; y 3) integral, que utiliza diversos recursos digitales como video y juegos interactivos para enseñar contenidos además de la lengua.
El documento resume las siguientes cuestiones:
1) La Dirección General de Justicia ha publicado la lista de vacantes para el concurso de traslados de 2015 para los cuerpos de gestión, tramitación y auxilio judicial. Se pide que se comuniquen posibles plazas faltantes.
2) La lista de vacantes es escasa debido a los recortes y a que no se han consolidado plazas de refuerzo. También limita las opciones el plan de amortización de 2012.
3) Se informa sobre el calendario de semanas
Este Seminario Taller Práctico es la plataforma idónea para el conocimiento y el acercamiento a los procesos relacionados con las empresas proveedoras del gobierno, así como también la revisión de las actualizaciones y manejo del Sistema Oficial de Contratación del Estado S.O.C.E., así como el uso adecuado de sus principales opciones y recursos.
Este taller también es la oportunidad perfecta para actualizar y complementar sus conocimientos sobre el manejo adecuado de los procesos de venta que su Empresa quiere entablar, o que mantiene ya con el Estado, esta capacitación incluye los principales cambios de la Nueva Ley de Contratación Pública “LOSNCP” definidas por la SERCOP ex – INCOP.
La propuesta legislativa tiene como objetivos principales procurar la paz, felicidad y prosperidad entre los salvadoreños; lograr que convivan con seguridad, bienestar y oportunidades justas; y asegurar un sano desarrollo económico y social. Propone iniciativas en 10 áreas clave como reformas constitucionales, probidad y transparencia, seguridad ciudadana, reactivación económica, educación, oportunidades para mujeres y jóvenes, medio ambiente, gobiernos municipales, impuestos y apoyo a
Este documento contiene las comunicaciones de la Secretaría de Gobernación remitiendo respuestas de otras dependencias a diversos puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados. Incluye respuestas sobre campañas contra el dengue, diabetes, robo de identidad, embarazos en adolescentes y otros temas. También contiene actas de comisiones, convocatorias a grupos de amistad parlamentaria e invitaciones a diplomados y eventos.
El documento resume la crítica de Román Rodríguez, portavoz parlamentario de Nueva Canarias, a la aprobación forzada del III Plan de Salud de Canarias después de ocho años de retraso. Rodríguez critica la ficha financiera con más recortes y que se tramite de forma apresurada al final de la legislatura. Nueva Canarias considera que no es posible mejorar la sanidad sin recuperar los 400 millones recortados por gobiernos anteriores.
Sigmund Freud vivió gran parte de su vida en Viena, donde desarrolló sus teorías psicoanalíticas revolucionarias. Nació en 1865 en la actual República Checa y se mudó a Viena de niño. Allí estudió medicina y neurología y desarrolló sus ideas sobre el inconsciente y la importancia de la sexualidad en la mente humana. A pesar de enfrentar resistencia, fundó el movimiento psicoanalítico y publicó obras influyentes. Freud dejó Viena en 1938 huyendo del régimen nazi y m
La revolución rusa de 1917 derrocó al gobierno provisional y estableció el primer estado socialista en el mundo bajo el liderazgo de Lenin y los bolcheviques. Las causas incluyeron las derrotas militares de Rusia en la Primera Guerra Mundial, el hambre generalizado y la opresión de las clases bajas por el régimen zarista, lo que llevó a dos revoluciones ese año que terminaron con el zarismo y dieron paso a un nuevo gobierno comunista.
El documento describe la evolución de la Enseñanza de Lenguas Asistida por Ordenador (ELAO) a través de tres etapas: 1) conductista, con énfasis en la repetición de ejercicios; 2) comunicativa o constructivista, enfocada en el uso real de la lengua; y 3) integral, que utiliza diversos recursos digitales como video y juegos interactivos para enseñar contenidos además de la lengua.
El Salvador necesita una Ley de Probidad respetuosa de la ConstituciónAlexander Bonilla Paz
La Ley de Probidad tiene un grave vicio de inconstitucionalidad, al suprimir lo relativo al juicio civil por enriquecimiento ilícito que ordena el art. 240 Cn., cuyo fin es restituir al Estado los bienes o recursos que puedan haber sido sustraídos ilícitamente, y que puedan haber ingresado al patrimonio personal de un determinado servidor público. Es también inconstitucional, por ser una ley que transgrede el art. 144 inciso 2º Cn., al modificar o derogar lo acordado en tratados vigentes en El Salvador.
El artículo discute la demora del Gobierno Regional de Ayacucho en transferir el presupuesto solicitado hace tres meses por el Director del Hospital Regional de Ayacucho para fortalecer la infraestructura del hospital. Aunque el director confía en que la autoridad regional atenderá las necesidades, la burocracia en la sede del gobierno regional parece ser la causa de la demora. Mientras tanto, el principal problema del hospital sigue siendo su infraestructura a pesar de los nuevos especialistas contratados.
El Salvador necesita una Ley de Probidad respetuosa de la Constitución FUSADES
La Ley de Probidad tiene un grave vicio de inconstitucionalidad, al suprimir lo relativo al juicio civil por enriquecimiento ilícito que ordena el art. 240 Cn., cuyo fin es restituir al Estado los bienes o recursos que puedan haber sido sustraídos ilícitamente, y que puedan haber ingresado al patrimonio personal de un determinado servidor público. Es también inconstitucional, por ser una ley que transgrede el art. 144 inciso 2º Cn., al modificar o derogar lo acordado en tratados vigentes en El Salvador.
Nuevo anteproyecto de Ley de Probidad Pública: un esfuerzo de la sociedad c...FUSADES
El art. 240 de la Constitución establece que “los
funcionarios y empleados públicos que se enriquecieren
sin justa causa a costa de la Hacienda Pública o
Municipal, estarán obligados a restituir al Estado o al
Municipio, lo que hubieren adquirido ilegítimamente, sin
perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido,
conforme a las leyes.(…) Los funcionarios y empleados
que la ley determine están obligados a declarar el estado
de su patrimonio ante la Corte Suprema de Justicia (…)
dentro de los sesenta días siguientes a aquél en que
tomen posesión de sus cargos. (…) Al cesar en sus cargos,
los funcionarios y empleados aludidos, deberán hacer
una nueva declaración del estado de sus patrimonios.
(… )Los juicios por enriquecimiento sin causa justa sólo
podrán incoarse dentro de diez años siguientes a la fecha
en que el funcionario o empleado haya cesado en el cargo
cuyo ejercicio pudo dar lugar a dicho enriquecimiento.”
Lo relativo a esta disposición se regula en la Ley sobre
el Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados
Públicos (LEIFEP), la cual fue emitida hace 55 años,
antes que la Constitución de 1983.
Iniciativas de reforma en materia de fiscalización superior en NLConsejo Cívico
La Red Anti Corrupción presentó varias iniciativas para reformar las leyes relacionadas con la rendición de cuentas y la corrupción en Nuevo León. Las reformas propuestas buscan fortalecer la autonomía y facultades de la Auditoría Superior del Estado, como permitirle imponer sanciones administrativas y presentar denuncias penales sin aprobación del Congreso. También se propone aumentar los plazos de prescripción para responsabilidades administrativas y penales de funcionarios, e integrar un consejo ciudadano para supervisar la fiscalización.
Investigación penal en seguridad_IAFJSRMauri Rojas
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germina legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación de los futuros profesionales en el derecho en su fase incipiente, preparándolo para entender, comprender y desarrollar exitosamente su futura profesión y mejorar las habilidades y destrezas de profesionales que ya estén en su ejercicio profesional.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela
www.iafjsr.com.ve
Ley de Probidad Pública: una necesidad improrrogableFUSADES
La probidad pública es la honradez, integridad y rectitud
en el actuar de los servidores públicos en cuanto al
manejo de los recursos del Estado. Durante muchos años,
FUSADES ha criticado los defectos de la actual Ley Sobre
el Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados
Públicos (LEIFEP), pues se trata de un texto jurídico
obsoleto e ineficaz para servir a su propósito1.
Según consta en un informe proporcionado en marzo
de 2015 por la Unidad de Acceso a la Información
Pública (UAIP) de la CSJ, de los 1,296 servidores
públicos que tomaron posesión de su cargo a partir del
1 de junio de 2014, aún hay 325 que no han presentado
su declaración patrimonial correspondiente, a pesar
de que el plazo que establece la Constitución venció
en agosto de 2014. Destacan las autónomas, en las
que 162 obligados no han presentado su declaración,
y los distintos ministerios del Órgano Ejecutivo, en los
que 129 no han atendido el mandato constitucional.
Además, de los 906 servidores que han cesado en
el cargo desde el 1 de junio de 2014, hay 324 que
1 FUSADES, (2006). “La legislación salvadoreña en materia de control de los
fondos públicos, segunda parte.” Véase también: FUSADES, (2008). “Las
Instituciones Democráticas en El Salvador II”. Pág. 267.
tampoco han presentado su declaración patrimonial,
siendo nuevamente las instituciones más señaladas,
las autónomas y los ministerios. Ante este tipo de
incumplimientos en este y otros años, la Sección
de Probidad ha elaborado proyectos de resolución
para firma de Corte Plena, pero cabe destacar que
actualmente 83 de estos están pendientes de firma,
algunos desde el año 20102. A pesar de que la ley
contempla incluso la destitución para los servidores
que se nieguen a presentar su declaración patrimonial,
a la fecha la Sección de Probidad no ha accionado esta
vía3.
Comparación de la propuesta de sociedad civil con la propuesta de la asambleaLeyProbidadPublica
El documento discute la necesidad de aprobar una nueva Ley de Probidad Pública en El Salvador. Señala que la ley actual es obsoleta e ineficaz para prevenir el enriquecimiento ilícito de funcionarios públicos. También describe el proceso de elaboración de un nuevo anteproyecto de ley impulsado por la sociedad civil, el cual incorpora estándares internacionales de probidad. Sin embargo, la comisión legislativa prefiere estudiar primero otro proyecto elaborado por asesores del legislativo.
El documento informa que la Dirección Regional de Educación de Ayacucho (DREA) está investigando el proceso de designación del director de la Institución Educativa Nuestra Señora de Fátima tras una denuncia de docentes. La DREA solicita información a la Unidad de Gestión Educativa Local sobre el encargo del puesto de director al profesor Edwin Zaga Llantoy, cuyo plazo de encargo habría expirado y debió convocarse a un concurso público. Adicionalmente, el documento reporta sobre el inicio de
BoletíN Informativo 26 Mayo 2009 Temas Corporativos O EmpresarialesYATACO ARIAS ABOGADOS
Este boletín informativo de Estudio Yataco Arias Abogados contiene: 1) Resumen de normas legales recientes, 2) Artículos de noticias sobre temas legales y económicos de diversos diarios, 3) Extractos de fallos judiciales recientes, y 4) Secciones de opinión y entrevistas. El boletín provee información relevante sobre leyes, política y economía en Perú.
El documento analiza las nuevas obligaciones impuestas a las empresas por la reciente reforma del Código Penal español en materia de prevención de delitos. La reforma establece que las empresas solo podrán evitar responsabilidad penal por delitos cometidos en su seno si tienen implantados modelos eficaces de cumplimiento normativo. Estos cambios afectan tanto a grandes corporaciones como a pymes y entrarán en vigor el próximo 1 de julio, por lo que las empresas deben iniciar la evaluación de sus implicaciones con la ayuda de especialistas.
Este boletín informativo de Estudio Yataco Arias Abogados resume las principales normas legales, noticias, artículos y jurisprudencia de la semana. Incluye modificaciones a reglamentos sobre inversión pública, ferrovías y placas vehiculares, así como noticias sobre la convocatoria de concesión de seis aeropuertos regionales del sur y comentarios sobre la liberación de fondos de CTS y modificaciones de contratos de concesión. Finalmente, resume casos jurisprudenciales sobre primacía de la realidad y deb
Derecho administrativo. Defensa de las personas en el acceso a bienes y servi...ErianaM
La ley de protección al consumidor en Venezuela ha evolucionado desde su creación para ampliar su alcance y protecciones. Actualmente, la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios de 2007 otorga amplias facultades al Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS) para fiscalizar, imponer sanciones por especulación, acaparamiento u otros delitos, y expropiar bienes cuando sea necesario para garantizar el acceso a alimentos y bienes de primera neces
Nuevo anteproyecto de Ley de Probidad Pública: un esfuerzo de la sociedad civilLeyProbidadPublica
El documento presenta un resumen del nuevo anteproyecto de Ley de Probidad Pública elaborado por varias organizaciones de la sociedad civil. El anteproyecto propone fortalecer la institucionalidad encargada de velar por la probidad al crear una nueva Dirección de Probidad con mayor autonomía e independencia. También busca mejorar los controles de probidad ampliando el universo de sujetos obligados a presentar declaraciones patrimoniales y facilitando el inicio de investigaciones. Asimismo, robustece el sistema de sanciones por incumplimientos a
Solicita a la codeco la reorganizacion del indecopi y el cnpcEXPAUK
Las AACC solicitan a Jose Luna Morales presidente de la CODECO, su intervencion y apoyo a la solicitud de URGENTE REORGANIZACION DEL INDECOPI Y DEL CNPC, solicita audiencia en el pleno para presentar el caso y sus fundamentos, y absolver consultas y dudas. Del 22JUN2020
Ayer los diputados aprobaron por mayoría que el Ejecutivo solicite un préstamo por mil 500 mdp para reforzar la seguridad del estado. Sin embargo, los legisladores colocaron candados para que el gobernador tenga que informar sobre el manejo de este dinero cada 30 días - ¿Que piensan de eso?
defensa de las personas en el acceso a bienes y servicios francys1500
Este documento describe los derechos de las personas al acceso de bienes y servicios según la ley venezolana. Explica que el gobierno crea normas para garantizar que la población tenga acceso a necesidades básicas. También establece el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a Bienes y Servicios (INDEPABIS) para proteger los intereses de las personas y regular la publicidad. Finalmente, resume algunos cambios realizados por la nueva ley respecto a las autoridades responsables y la responsabilidad de los
La Sección 22 del SNTE ratificó continuar negociando con el gobierno federal las leyes secundarias de la reforma educativa. También acordó fortalecer las propuestas de la comisión interdisciplinaria con asesoría jurídica y exigir el respeto a todos los niveles educativos en las leyes. Por otro lado, el INAI aprobó ampliar la declaración patrimonial de los funcionarios públicos para incluir bienes de familiares y revelar saldos bancarios completos con el fin de combatir la corrupción. Finalmente,
Este documento resume las asociaciones público-privadas (APP) en el sector salud en Perú. Se explica que las APP se originaron en Inglaterra y fueron reguladas legalmente en Perú en 2008, con el objetivo de transferir responsabilidades estatales al sector privado. Actualmente, varios hospitales en Lima se han concesionado a empresas privadas bajo modelos de gestión de "bata blanca", "bata verde" y "bata gris". Algunos cuestionan que las APP privatizan la salud y vulneran los derechos de los trabaj
La Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios fusiona leyes anteriores relacionadas con la protección del consumidor. Esta ley busca salvaguardar los derechos de los ciudadanos y regular las acciones de proveedores y consumidores. Se creó el INDEPABIS para defender a los consumidores contra abusos. La ley establece sanciones como multas para quienes violen los derechos de acceso a bienes y servicios de las personas.
El Salvador necesita una Ley de Probidad respetuosa de la ConstituciónAlexander Bonilla Paz
La Ley de Probidad tiene un grave vicio de inconstitucionalidad, al suprimir lo relativo al juicio civil por enriquecimiento ilícito que ordena el art. 240 Cn., cuyo fin es restituir al Estado los bienes o recursos que puedan haber sido sustraídos ilícitamente, y que puedan haber ingresado al patrimonio personal de un determinado servidor público. Es también inconstitucional, por ser una ley que transgrede el art. 144 inciso 2º Cn., al modificar o derogar lo acordado en tratados vigentes en El Salvador.
El artículo discute la demora del Gobierno Regional de Ayacucho en transferir el presupuesto solicitado hace tres meses por el Director del Hospital Regional de Ayacucho para fortalecer la infraestructura del hospital. Aunque el director confía en que la autoridad regional atenderá las necesidades, la burocracia en la sede del gobierno regional parece ser la causa de la demora. Mientras tanto, el principal problema del hospital sigue siendo su infraestructura a pesar de los nuevos especialistas contratados.
El Salvador necesita una Ley de Probidad respetuosa de la Constitución FUSADES
La Ley de Probidad tiene un grave vicio de inconstitucionalidad, al suprimir lo relativo al juicio civil por enriquecimiento ilícito que ordena el art. 240 Cn., cuyo fin es restituir al Estado los bienes o recursos que puedan haber sido sustraídos ilícitamente, y que puedan haber ingresado al patrimonio personal de un determinado servidor público. Es también inconstitucional, por ser una ley que transgrede el art. 144 inciso 2º Cn., al modificar o derogar lo acordado en tratados vigentes en El Salvador.
Nuevo anteproyecto de Ley de Probidad Pública: un esfuerzo de la sociedad c...FUSADES
El art. 240 de la Constitución establece que “los
funcionarios y empleados públicos que se enriquecieren
sin justa causa a costa de la Hacienda Pública o
Municipal, estarán obligados a restituir al Estado o al
Municipio, lo que hubieren adquirido ilegítimamente, sin
perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido,
conforme a las leyes.(…) Los funcionarios y empleados
que la ley determine están obligados a declarar el estado
de su patrimonio ante la Corte Suprema de Justicia (…)
dentro de los sesenta días siguientes a aquél en que
tomen posesión de sus cargos. (…) Al cesar en sus cargos,
los funcionarios y empleados aludidos, deberán hacer
una nueva declaración del estado de sus patrimonios.
(… )Los juicios por enriquecimiento sin causa justa sólo
podrán incoarse dentro de diez años siguientes a la fecha
en que el funcionario o empleado haya cesado en el cargo
cuyo ejercicio pudo dar lugar a dicho enriquecimiento.”
Lo relativo a esta disposición se regula en la Ley sobre
el Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados
Públicos (LEIFEP), la cual fue emitida hace 55 años,
antes que la Constitución de 1983.
Iniciativas de reforma en materia de fiscalización superior en NLConsejo Cívico
La Red Anti Corrupción presentó varias iniciativas para reformar las leyes relacionadas con la rendición de cuentas y la corrupción en Nuevo León. Las reformas propuestas buscan fortalecer la autonomía y facultades de la Auditoría Superior del Estado, como permitirle imponer sanciones administrativas y presentar denuncias penales sin aprobación del Congreso. También se propone aumentar los plazos de prescripción para responsabilidades administrativas y penales de funcionarios, e integrar un consejo ciudadano para supervisar la fiscalización.
Investigación penal en seguridad_IAFJSRMauri Rojas
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germina legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación de los futuros profesionales en el derecho en su fase incipiente, preparándolo para entender, comprender y desarrollar exitosamente su futura profesión y mejorar las habilidades y destrezas de profesionales que ya estén en su ejercicio profesional.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela
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Ley de Probidad Pública: una necesidad improrrogableFUSADES
La probidad pública es la honradez, integridad y rectitud
en el actuar de los servidores públicos en cuanto al
manejo de los recursos del Estado. Durante muchos años,
FUSADES ha criticado los defectos de la actual Ley Sobre
el Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados
Públicos (LEIFEP), pues se trata de un texto jurídico
obsoleto e ineficaz para servir a su propósito1.
Según consta en un informe proporcionado en marzo
de 2015 por la Unidad de Acceso a la Información
Pública (UAIP) de la CSJ, de los 1,296 servidores
públicos que tomaron posesión de su cargo a partir del
1 de junio de 2014, aún hay 325 que no han presentado
su declaración patrimonial correspondiente, a pesar
de que el plazo que establece la Constitución venció
en agosto de 2014. Destacan las autónomas, en las
que 162 obligados no han presentado su declaración,
y los distintos ministerios del Órgano Ejecutivo, en los
que 129 no han atendido el mandato constitucional.
Además, de los 906 servidores que han cesado en
el cargo desde el 1 de junio de 2014, hay 324 que
1 FUSADES, (2006). “La legislación salvadoreña en materia de control de los
fondos públicos, segunda parte.” Véase también: FUSADES, (2008). “Las
Instituciones Democráticas en El Salvador II”. Pág. 267.
tampoco han presentado su declaración patrimonial,
siendo nuevamente las instituciones más señaladas,
las autónomas y los ministerios. Ante este tipo de
incumplimientos en este y otros años, la Sección
de Probidad ha elaborado proyectos de resolución
para firma de Corte Plena, pero cabe destacar que
actualmente 83 de estos están pendientes de firma,
algunos desde el año 20102. A pesar de que la ley
contempla incluso la destitución para los servidores
que se nieguen a presentar su declaración patrimonial,
a la fecha la Sección de Probidad no ha accionado esta
vía3.
Comparación de la propuesta de sociedad civil con la propuesta de la asambleaLeyProbidadPublica
El documento discute la necesidad de aprobar una nueva Ley de Probidad Pública en El Salvador. Señala que la ley actual es obsoleta e ineficaz para prevenir el enriquecimiento ilícito de funcionarios públicos. También describe el proceso de elaboración de un nuevo anteproyecto de ley impulsado por la sociedad civil, el cual incorpora estándares internacionales de probidad. Sin embargo, la comisión legislativa prefiere estudiar primero otro proyecto elaborado por asesores del legislativo.
El documento informa que la Dirección Regional de Educación de Ayacucho (DREA) está investigando el proceso de designación del director de la Institución Educativa Nuestra Señora de Fátima tras una denuncia de docentes. La DREA solicita información a la Unidad de Gestión Educativa Local sobre el encargo del puesto de director al profesor Edwin Zaga Llantoy, cuyo plazo de encargo habría expirado y debió convocarse a un concurso público. Adicionalmente, el documento reporta sobre el inicio de
BoletíN Informativo 26 Mayo 2009 Temas Corporativos O EmpresarialesYATACO ARIAS ABOGADOS
Este boletín informativo de Estudio Yataco Arias Abogados contiene: 1) Resumen de normas legales recientes, 2) Artículos de noticias sobre temas legales y económicos de diversos diarios, 3) Extractos de fallos judiciales recientes, y 4) Secciones de opinión y entrevistas. El boletín provee información relevante sobre leyes, política y economía en Perú.
El documento analiza las nuevas obligaciones impuestas a las empresas por la reciente reforma del Código Penal español en materia de prevención de delitos. La reforma establece que las empresas solo podrán evitar responsabilidad penal por delitos cometidos en su seno si tienen implantados modelos eficaces de cumplimiento normativo. Estos cambios afectan tanto a grandes corporaciones como a pymes y entrarán en vigor el próximo 1 de julio, por lo que las empresas deben iniciar la evaluación de sus implicaciones con la ayuda de especialistas.
Este boletín informativo de Estudio Yataco Arias Abogados resume las principales normas legales, noticias, artículos y jurisprudencia de la semana. Incluye modificaciones a reglamentos sobre inversión pública, ferrovías y placas vehiculares, así como noticias sobre la convocatoria de concesión de seis aeropuertos regionales del sur y comentarios sobre la liberación de fondos de CTS y modificaciones de contratos de concesión. Finalmente, resume casos jurisprudenciales sobre primacía de la realidad y deb
Derecho administrativo. Defensa de las personas en el acceso a bienes y servi...ErianaM
La ley de protección al consumidor en Venezuela ha evolucionado desde su creación para ampliar su alcance y protecciones. Actualmente, la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios de 2007 otorga amplias facultades al Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS) para fiscalizar, imponer sanciones por especulación, acaparamiento u otros delitos, y expropiar bienes cuando sea necesario para garantizar el acceso a alimentos y bienes de primera neces
Nuevo anteproyecto de Ley de Probidad Pública: un esfuerzo de la sociedad civilLeyProbidadPublica
El documento presenta un resumen del nuevo anteproyecto de Ley de Probidad Pública elaborado por varias organizaciones de la sociedad civil. El anteproyecto propone fortalecer la institucionalidad encargada de velar por la probidad al crear una nueva Dirección de Probidad con mayor autonomía e independencia. También busca mejorar los controles de probidad ampliando el universo de sujetos obligados a presentar declaraciones patrimoniales y facilitando el inicio de investigaciones. Asimismo, robustece el sistema de sanciones por incumplimientos a
Solicita a la codeco la reorganizacion del indecopi y el cnpcEXPAUK
Las AACC solicitan a Jose Luna Morales presidente de la CODECO, su intervencion y apoyo a la solicitud de URGENTE REORGANIZACION DEL INDECOPI Y DEL CNPC, solicita audiencia en el pleno para presentar el caso y sus fundamentos, y absolver consultas y dudas. Del 22JUN2020
Ayer los diputados aprobaron por mayoría que el Ejecutivo solicite un préstamo por mil 500 mdp para reforzar la seguridad del estado. Sin embargo, los legisladores colocaron candados para que el gobernador tenga que informar sobre el manejo de este dinero cada 30 días - ¿Que piensan de eso?
defensa de las personas en el acceso a bienes y servicios francys1500
Este documento describe los derechos de las personas al acceso de bienes y servicios según la ley venezolana. Explica que el gobierno crea normas para garantizar que la población tenga acceso a necesidades básicas. También establece el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a Bienes y Servicios (INDEPABIS) para proteger los intereses de las personas y regular la publicidad. Finalmente, resume algunos cambios realizados por la nueva ley respecto a las autoridades responsables y la responsabilidad de los
La Sección 22 del SNTE ratificó continuar negociando con el gobierno federal las leyes secundarias de la reforma educativa. También acordó fortalecer las propuestas de la comisión interdisciplinaria con asesoría jurídica y exigir el respeto a todos los niveles educativos en las leyes. Por otro lado, el INAI aprobó ampliar la declaración patrimonial de los funcionarios públicos para incluir bienes de familiares y revelar saldos bancarios completos con el fin de combatir la corrupción. Finalmente,
Este documento resume las asociaciones público-privadas (APP) en el sector salud en Perú. Se explica que las APP se originaron en Inglaterra y fueron reguladas legalmente en Perú en 2008, con el objetivo de transferir responsabilidades estatales al sector privado. Actualmente, varios hospitales en Lima se han concesionado a empresas privadas bajo modelos de gestión de "bata blanca", "bata verde" y "bata gris". Algunos cuestionan que las APP privatizan la salud y vulneran los derechos de los trabaj
La Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios fusiona leyes anteriores relacionadas con la protección del consumidor. Esta ley busca salvaguardar los derechos de los ciudadanos y regular las acciones de proveedores y consumidores. Se creó el INDEPABIS para defender a los consumidores contra abusos. La ley establece sanciones como multas para quienes violen los derechos de acceso a bienes y servicios de las personas.
4. Guía A fuego Cruzado , La disyuntiva de los camisas rojas El flagelo del contrabando Preocupación en el colegio nacional de laboralistas clínicos de Panamá Diferentes opiniones sobre la segunda vuelta electoral La necesidad de un buen servicio al jubilado en la caja del seguro social. Mediación en la Autoridad Nacional de Aseo Inseguridad aeronáutica por fatiga del personal de vuelo PRESIDENTE Saskia Sánchez C. DIRECTORES Jonathan Abramovish y Vielka Yau EDITORES Jonathan Abramovichy Vielka Yau FOTOS Abilo Agrazal y Dinelkis y Patricia Higuero. PUBLICIDAD Jonathan Abramovichy Vielka Yau
5. Guía Cambios con el sistema Penal Acusatorio. . Conflictos y trabas en el Sistema Migratorio Panameño. . Asociación de Trabajadores del IDAAN. . Las condiciones infrahumanas que envuelven el centro de cumplimiento de menores. . Educación continua de ex funcionarios del IFARHU. . Morosidad que mantienen los juzgados de transito e instancias superiores. PRESIDENTE Saskia Sánchez C. DIRECTORES Jonathan Abramovish y Vielka Yau EDITORES Jonathan Abramovichy Vielka Yau FOTOS Abilo Agrazal y Dinelkis y Patricia Higuero. PUBLICIDAD Jonathan Abramovichy Vielka Yau
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7. A FUEGO CRUZADO: La disyuntiva de los camisas rojas Por: IsbethQuiel Siurania Mirones La explosión inmobiliaria que vive la Ciudad de Panamá, cuyo acelerado crecimiento -positivo para unos e indiscriminado para otros-, es sin lugar a dudas, motivo de preocupación para nuestro benemérito Cuerpo de Bomberos. insuficiencia de recursos necesarios para la propia existencia (no subsistencia) de una institución integrada por un importante número de voluntarios remunerados con la satisfacción del deber cumplido, armados con su coraje y protegidos por una fuerza divina, porque la priorización de los recursos está dirigida a proyectos de mayor importancia -que la vida humana-, ya que resultan económicamente más rentables y por ende, de mayor peso para constituirse en íconos de poderosas compañas políticas. La ley 84 que reorganizó la institución y estableció la creación de un patronato -gobierno y gremios empresariales (SPIA y APEDE)-, que funja como custodio del nuevo presupuesto, serán medidas exiguas si no alcanzan la velocidad del desarrollo inmobiliario. Ante este panorama, es imperativo voltear la mirada y legislar para que ese capital foráneo también cumpla una responsabilidad social y alcance a quienes con “Disciplina, Honor y Abnegación”, hacen guardia permanente en una institución con trayectoria probada. La razón: no fue hasta el 2010 cuando producto de exigencias y protestas, se dotó a la institución de un presupuesto más o menos funcional, pero históricamente el Estado ha destinado recursos precarios a una entidad que está llamada a salvar vidas, limitándole su necesaria modernización. Megaproyectos y rascacielos que sugieren asemejarnos a ciudades como Dubai o Taiwán, pero que a diferencia de aquellos, no necesariamente se construyen con planificación y cumpliendo los más altos estándares de seguridad, para que ante situaciones de desastre, permitan el acceso oportuno de los bomberos. Eso, aunado a la posibilidad de que los camisas rojas tampoco dispongan de verdaderos equipos sofisticados para hacerle frente a un siniestro de magnitudes semejantes a tales edificaciones. Y como una moneda, esta situación también tiene dos caras. Por un lado, ese supuesto desarrollo de la ciudad que busca consolidarse como las del primer mundo con la fuerte participación del capital foráneo; pero por otra, la Como dicen, Dios es panameño y por eso nos ha protegido de los desastres, pero también la fuerza de nuestros bomberos nos ha librado de las cenizas día tras día. Entreguémosle aquello que podrá hacer la diferencia, cuando nuestras vidas dependan de ellos
8. EL FLAGELO DEL CONTRABANDO Jessica Rivera Anabell Solórzano Universidad Latinoamericana de Ciencia y Tecnología (ULACIT) Panamá. Se crea la Autoridad Nacional de Aduanas como una institución de Seguridad y Fiscalización, a la cual le corresponde ejercer los controles necesarios para las Importaciones y Exportaciones de mercancías para el consumo nacional, así como las que van en tránsito hacia otros países, de conformidad con la legislación penal aduanera Ley 30 de 1984, la cual establece las “Medidas sobre el Contrabando y Defraudación Aduanera”. Pese a la implementación de los diferentes niveles o medios de controles, vigilancia y fiscalización del ingreso, salida y movimiento de las mercancías, personas y medios de transporte por las fronteras, puertos y aeropuertos del país, el sistema ha tenido que enfrentarse al siniestro flagelo del contrabando. Se contempla al Contrabando como:”la introducción o extracción de mercancías al territorio aduanero eludiendo la intervención de la autoridad aduanera aunque no se cause perjuicio fiscal”. Siendo este delito de tipo económico, que perjudica el desarrollo de la economía nacional, ya que produce perdidas en la recaudación de tributos, promueve la competencia desleal para que los empresarios transgresores de la normativa se valgan de este ilícito para enriquecerse mediante la comercialización de productos que no han cumplido con todas las exigencias establecidas en materia sanitaria o de seguridad. Esta institución se encarga de investigar este delito desde su inicio como hecho punible hasta la fase de segunda instancia. Su investigación es iniciada por el Departamento de Fiscalización Aduanera (DEFA), quien prepara la vista fiscal, posteriormente pasa a la administrador regional del área donde fue cometido el delito, que a su vez emitirá una resolución formulando los cargos con la sanción respectiva o dictando un sobreseimiento. El imputado tiene derecho a impugnar por medio de una reconsideración o apelación ante la Comisión de Apelaciones Aduaneras que está formada por tres comisionados y un secretario, todos funcionarios de la aduana. No obstante, nuestra normativa es muy flexible comparado con otras legislaciones como la del Perú que establece penas para los contrabandistas que puede fluctuar entre 5 a 12 años de cárcel hasta el comiso de las mercancías e instrumentos con los que se cometieron los delitos. Actualmente en nuestro país, se analiza la posibilidad de fusionar la Dirección de Migración y la Autoridad de Aduana. La sola fusión de estas dos instituciones, no logrará frenar este flagelo.
9. PREOCUPACIÓN EN EL COLEGIO NACIONAL DE LABORATORISTAS CLÍNICOS DE PANAMÁ JOSÉ GÓNGORA LETICIA PITERSON Cronológicamente el conflicto tripartita entre Colegio Nacional de Laboratoristas Clínicos, el Ministerio de Salud y la Caja de Seguro Social encuentra su génesis en septiembre de 2003, cuando el primero aprovechando el paro decretado por los trabajadores de esta última institución, decide unirse al mismo. Esta situación tenía que ver con una serie de despidos y nombramientos injustificados, luego de la destitución de su entonces Director Juan Jované. Ya en junio de 2008, se suscita un paro de labores por los especialistas del laboratorio de la unidad de trasplante renal, donde la CSS se compromete a proveer los insumos necesarios, mejorar las instalaciones y atender lo relativo al pago de los turnos extras que no eran remunerados. En febrero de 2009, las solicitudes reivindicatorias de un año atrás toman fuerza, adicionando a las anteriores el establecimiento del departamento nacional de laboratorio a la estructura del MINSA. Las desavenencias surgen una vez que el MINSA y la CSS emiten un comunicado cuando todavía no se había logrado ningún acuerdo. Esto hace que el gremio de laboratoristas tome acciones de paro de labores como muestra del descontento que ha provocado el conflicto. El colegio, manifestó a través de su Presidenta, que el MINSA ha hecho caso omiso a las leyes que rigen la profesión, los acuerdos económicos pactados y ha dejado sin efecto los nombramientos por concurso ya que se ha nombrado personal que no cumple con el procedimiento de concurso. Además, forma parte de las reclamaciones la dotación de insumos y nombramiento de más personal. Ante lo sucedido, estos profesionales acudieron a la institución y en conversaciones con el Ministro de Salud en junio del año pasado se plantearon las inquietudes del gremio. La propuesta tuvo una acogida positiva por parte del Ministro quien se comprometió a resolver los puntos sensitivos. Como otros gremios, los laboratoristas han encausado una lucha en reclamo de derechos adquiridos, mediante el acuerdo entre la CSS, MINSA y el Colegio Nacional de Laboratoristas el 5 de marzo de 2009, por el cual se comprometieron a mejorar la escala salarial a todos los laboratoristas clínicos a partir de 1 de abril de 2010. Este conflicto se ve marcado por la falta de comunicación, la irresponsabilidad y poca disposición, para la solución de problemas generados por el incumplimiento de un acuerdo entre las partes.
10. DIFERENTES OPINIONES SOBRE LA SEGUNDA VUELTA ELECTORAL. BEATRIZ PIMENTEL V. beatrizp302@hotmail.com MARICELA GARCIA D. mgarciadp@hotmail.com Otro hecho que está causado revuelo en el país, es la propuesta de la segunda vuelta electoral, impulsada por el Ejecutivo. Idea que ha recibido fuertes críticas de diversos sectores políticos, grupos organizados y la sociedad civil. Entre los señalamientos que se hacen a esta propuesta, es que de aprobarse la segunda vuelta por medio de una reforma al Código Electoral se violaría la Constitución Política Nacional, a la cual los diputados juraron respetar. El artículo 177 de nuestra Constitución Política señala la forma como debe ser elegido el presidente de la República. ‘El Presidente de la República será elegido por sufragio popular directo y por mayoría de votos, para un periodo de cinco años’. Por ello, agregar una segunda ronda de votación en las elecciones generales para dilucidar un margen reñido entre los dos candidatos a presidente de la República más votados, o será una estrategia política para distraer al pueblo con otros asuntos que requieren la mirada de las diferentes instituciones, como lo es salud, alimentación, educación etc. Es más los políticos criollos no nos brindan mayores explicaciones. La segunda vuelta por lo que consideramos que los panameños merecemos estar informados para saber por quién votar en las próximas elecciones. Por lo que nos preguntamos es importante la segunda vuelta en Panamá a quién beneficia a los partidos políticos tradicionales, o la llamada democracia que mantenemos actualmente. El trasfondo de esta situación, por qué el Presidente Ricardo Martinelli, con su partido CD, desean una segunda vuelta, si había ganado con una mayoría absoluta (60%), o simplemente sus asesores más cercanos le hicieron notar que no calificaba para una segunda vuelta. Puesto que tenía más del 51% para ganar una elección presidencial. Pero continúan las diferentes opiniones de la sociedad panameña sobre este tema que ha creado controversias, la publicación en los medios de comunicaciones, diversos debates, hasta entrevista exclusivas del presidente en vivo en Telemetro, explicando a buen entendedor a la ciudadanía sobre la segunda vuelta electoral, inclusive abogados reconocidos aseguran que si se aprueba la segunda vuelta electoral, sería motivo suficiente para presentar una demanda de inconstitucionalidad ante la Corte, pues sólo puede ser establecida a través de una reforma constitucional. Este gran tema vuelve a enfrentar los partidos de oposición, a los de la alianza oficialista y al Tribunal Electoral.
11. La atención al jubilado(a) en la Caja del Seguro Social no es óptima, pero propondremos algunas sugeren-cias que podrían mejorar grandemen-te los servicios que se les ofrecen. DISEÑO DE LAS POLICLÍNICAS Es muy complicado para la mayoría de los jubilados(as) el tener un fácil acceso a las instalaciones de estos centros de salud. La ausencia de rampas, ascensores y sillas de ruedas para el uso de ellos(as) se hace imprescindible. La solución que brinda el Seguro Social es la de pedir dos cupos para que el/la doctor(a) que los va a atender baje a examinarlos(as). Remodelando los edificios y diseñando las futuras policlínicas conforme a las necesidades de los jubilados(as) se beneficiaría a todos los asegurados(as) en general. LARGAS FILAS Y HORAS DE ESPERA Por la mala distribución del personal de prestaciones médicas y en general en todas las ventanillas donde se debe atender al jubilado(a) hay largas filas porque son pocos los funcionarios y el resto del personal no está en sus puestos. Con controles estrechos sobre el desempeño del personal administrativo es viable lograr una mejor y expedita atención. LA NECESIDAD DE UN BUEN SERVICIO AL JUBILADO(A) EN LA CAJA DEL SEGURO SOCIAL Por: Ana Del C. San Martín y Martha Rosales CITAS CON DOS MÉDICOS EL MISMO DÍA Otra situación muy común es que no dan dos citas para consultar a dos médicos en la misma policlínica. El expediente demora en regresar al archivo no ubicándolo a tiempo para la segunda cita. La solución se encuentra en la integración de los expedientes a una base de datos que los médicos consulten desde la computadora en su consultorio. LA FALTA DE MEDICAMENTOS Luego está el tema del desabastecimiento de los medicamentos que no forman parte del cuadro básico de medicamentos del Seguro Social. La solución que se propone es que exista una red de proveedores privados para abastecer las medicinas que no tiene el Seguro. LOS EXÁMENES DE LABORATORIO Y ESTUDIOS ESPECIALIZADOS Son muy pocos los exámenes de laboratorio que realizan por falta de reactivos o equipo. No se hacen estudios como resonancias magnéticas, centelleos óseos, electromiografías, etc., Los equipos se encuentran dañados o por el exceso de pacientes existen largas listas de espera de hasta dos o más años. Con una red de proveedores de estos servicios médicos se solucionarían estas carencias y se le brindaría una buena atención al jubilado(a) de la Caja del Seguro Social.
12. Mediación en la Autoridad Nacional de Aseo. enviada por la compañía recolectora de basura a los moradores en donde les exige pagar la suma de 84.00 dólares en concepto de mora en el pago de la tasas de basura en los sectores de Cerro Batea, Torrijos Carter, San Marta y parte del Mirador. Sobre este punto los moradores se negaron a pagar esta suma alegando que no le recogen la basura con la regularidad requerida pero por otro lado los que no están morosos alegan que no pueden vivir en medio de la basura porque algunos cuantos no la pagan, deberían recoger la basura de los que si la pagan y multar a los que no. Sin embargo, la poca cultura sanitaria que hay en el sector, aunado a otros factores como el problema de los animales en soltura que riegan la basura que está debidamente depositada en bolsas plásticas, no contribuye a mejorar el ornato, desmejorando la calidad de vida de los habitantes de Panamá. Para tratar de mejor esta situación que tanto les aqueja, nuestros ciudadanos han decido resolver este conflicto mediante el nuevo método de resolución de conflicto La mediación. Por: Correa, Vanessa; Urrutia, Ulises La queja es conocida y el problema es viejo. La acumulación de basura por falta del servicio de recolección es cada vez más notoria en los 19 corregimientos del distrito de Panamá La comunidad se queja ante la Autoridad Nacional de Aseo que los que pagan el servicio no lo están recibiendo por culpa de los que no pagan la recolección de basura ante esta problemática el funcionario explicó que en Panamá el verdadero tiene problema que reside en la cultura del “no pago” y por eso el 91% de los contribuyentes a los que la Autoridad le recoge la basura no paga y “mientras no se ponga en práctica una medida coercitiva de cobro, ni la empresa privada ni la pública, puede soportar tal situación”. La institución asegura que desde que inició operaciones, el nuevo gobierno ha echado mano de todos sus recursos con miras a prestar cada día un mejor servicio de recolección de desechos. Por otra parte dirigentes de las distintas comunidades, manifestaron su preocupación sobre el mal servicio de recolección de basura que se registra en varias barriadas, sobre todo en los sectores más apartados de Torrijos Carter, Roberto Durán y Cerro Batea.
13. INSEGURIDAD AERONÁUTICA POR FATIGA DEL PERSONAL DE VUELO Por: Rodríguez/von Seidlitz En la actualidad, diversas actividades económicas comerciales han entrado en franca expansión y desarrollo, y es entre estas que encontramos a la Aviación Civil. No obstante a la bonanza que se experimenta, la expansión y desarrollo de la aviación, como en otros sectores, han traído percances colaterales. Para ser más específicos, en materia de aviación patria, se ha considerado un gran logro del Sindicato de Pilotos de Panamá (SIPAC) la modificación del Reglamento de Aviación Civil (RACP) mediante la Resolución de Junta Directiva 095 de 2002, que incluye limitación al tiempo de servicio a bordo nunca antes vista en reglamentos de aviación civil de los diferentes Estados que conforman la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI). Debido al crecimiento de las aerolíneas y como resultado de Auditorías de la OACI, la Autoridad de Aeronáutica Civil (AAC) decide unilateralmente aplicar parámetros de los Modelos de Regulaciones de Aviación Civil de la Administración Federal de Aviación de los Estados Unidos de América (FAA), en materia de períodos de servicio a bordo, para ello emite la Resolución de Junta Directiva 013 de 2007, la cual impone aumentos en el tiempo de servicio a bordo de las tripulaciones, lo que compromete la seguridad aeronáutica en desmedro de logros adquiridos. El SIPAC ha respondido ante lo que considera un abuso por parte de la Administración con acusaciones ante los medios de comunicación en contra del Director de la AAC, de estar en complicidad con las principales aerolíneas panameñas, y asimismo, ante la Comisión de Transporte de la Asamblea Nacional, para que se le cuestione por poner en riesgo al sistema de transporte aéreo, por fatiga de las tripulaciones. Además, se ha presentado demanda de ilegalidad contra artículos del Libro XIV del RACP, modificados por la Resolución 013. La AAC ha señalado que transporte aéreo lejos de ser inseguro, se encuentra en desarrollo, que sus medidas tienden a proteger una próspera industria, y no sea que por el emocionalismo del SIPAC afectemos nuestra industria aeronáutica. Conflictos tan sensibles como el presentado, con implicancia que podrían inclusive comprometer vidas humanas, millones de dólares en equipos y una industria en expansión, podrían fácilmente someterse a procesos de mediación en la administración, que ponga sobre la palestra a representantes representativos de cada uno de los gremios, en este caso, los tripulantes de vuelo, la AAC y las aerolíneas.