Este documento es la sentencia de un caso judicial en la Audiencia Nacional de España. Se juzgó a un hombre por un delito de injurias contra la corona por un artículo publicado en un periódico digital. La sentencia declara probado que el acusado escribió el artículo e injurió al Rey de España llamándolo borracho, putero y otros insultos. El tribunal determina que esto constituye un delito de injurias pero no el delito agravado propuesto por la fiscalía. Se le condena a una multa.
En 3 oraciones:
El documento describe una clase de historia romana impartida por Don Patricio Sarmiento a un grupo de niños en la calle Coloreros de Madrid en 1821. Sarmiento narra apasionadamente la vida y muerte de Cayo Graco mientras los niños participan haciendo preguntas. La clase es interrumpida por gritos en la calle que anuncian disturbios políticos.
Pruebas selectividad y textos sobre la Guerra civilFranciscoJ62
En su discurso del 15 de agosto de 1936, el general Mola justifica el levantamiento militar contra el gobierno de la República como una necesidad para evitar una revolución comunista en España y para restaurar el orden y la unidad nacional. Mola acusa al gobierno republicano de alentar la desmembración del país y el saqueo del tesoro nacional. Promete imponer el orden y la justicia tras la victoria militar, rechazando cualquier rendición.
Este documento contiene numerosas citas atribuidas a Francisco Franco, tanto sobre su visión política como sobre opiniones de otros acerca de él. Incluye citas de Franco defendiendo el nacionalcatolicismo y oponiéndose a la democracia y la masonería. También citas de líderes políticos, religiosos y artistas que elogiaron a Franco por salvar a España del comunismo o criticaron su dictadura.
El documento describe las reacciones negativas que recibe el autor cuando revela que es colombiano, pero argumenta que Colombia tiene muchos aspectos positivos, incluyendo su gente, cultura, paisajes y éxitos económicos. El autor evita criticar a otros países y en cambio enfatiza los logros y cualidades de Colombia para contrarrestar los estereotipos negativos.
Benjamin Vicuña Mackenna: Guerra del Pacífico. Historia de la Campaña de Tara...Jhonny Antelo Films
Guerra del Pacífico. Historia de la Campaña de Tarapaca. Desde la ocupación de Antofagasta hasta la proclamación de la dictadura en el Perú.
Tomo I.
Benjamin Vicuña Mackenna.
Rafel Jover editor - Calle del puente Nº 15
Santiago de Chile
1880.
El documento resume los principales eventos de la crisis del Antiguo Régimen en España entre 1808 y 1833, incluyendo la invasión francesa, la guerra de independencia contra Napoleón, el trienio liberal y la década ominosa bajo el reinado de Fernando VII, así como las guerras carlistas.
El documento resume los últimos días del imperio azteca y el sitio de Tenochtitlán por parte de los españoles dirigidos por Hernán Cortés. Describe cómo Cortés reunió un gran ejército de españoles y aliados tlaxcaltecas para atacar la ciudad, a pesar de la resistencia del príncipe Cuauhtémoc que intentó animar a los mexicanos a defender su patria. Finalmente, los mexicanos lucharon valientemente pero fueron superados en número, lo que llevó a la caída de Tenochtitlán y
El documento resume fragmentos de la novela "El siglo de las luces" de Alejo Carpentier que describen cómo la Revolución Francesa fue percibida en el Caribe y cómo sus ideales se extendieron entre los esclavos. Relata la llegada de la guillotina a la isla y su uso para ejecutar a monárquicos, así como las celebraciones populares que acompañaron estas ejecuciones.
En 3 oraciones:
El documento describe una clase de historia romana impartida por Don Patricio Sarmiento a un grupo de niños en la calle Coloreros de Madrid en 1821. Sarmiento narra apasionadamente la vida y muerte de Cayo Graco mientras los niños participan haciendo preguntas. La clase es interrumpida por gritos en la calle que anuncian disturbios políticos.
Pruebas selectividad y textos sobre la Guerra civilFranciscoJ62
En su discurso del 15 de agosto de 1936, el general Mola justifica el levantamiento militar contra el gobierno de la República como una necesidad para evitar una revolución comunista en España y para restaurar el orden y la unidad nacional. Mola acusa al gobierno republicano de alentar la desmembración del país y el saqueo del tesoro nacional. Promete imponer el orden y la justicia tras la victoria militar, rechazando cualquier rendición.
Este documento contiene numerosas citas atribuidas a Francisco Franco, tanto sobre su visión política como sobre opiniones de otros acerca de él. Incluye citas de Franco defendiendo el nacionalcatolicismo y oponiéndose a la democracia y la masonería. También citas de líderes políticos, religiosos y artistas que elogiaron a Franco por salvar a España del comunismo o criticaron su dictadura.
El documento describe las reacciones negativas que recibe el autor cuando revela que es colombiano, pero argumenta que Colombia tiene muchos aspectos positivos, incluyendo su gente, cultura, paisajes y éxitos económicos. El autor evita criticar a otros países y en cambio enfatiza los logros y cualidades de Colombia para contrarrestar los estereotipos negativos.
Benjamin Vicuña Mackenna: Guerra del Pacífico. Historia de la Campaña de Tara...Jhonny Antelo Films
Guerra del Pacífico. Historia de la Campaña de Tarapaca. Desde la ocupación de Antofagasta hasta la proclamación de la dictadura en el Perú.
Tomo I.
Benjamin Vicuña Mackenna.
Rafel Jover editor - Calle del puente Nº 15
Santiago de Chile
1880.
El documento resume los principales eventos de la crisis del Antiguo Régimen en España entre 1808 y 1833, incluyendo la invasión francesa, la guerra de independencia contra Napoleón, el trienio liberal y la década ominosa bajo el reinado de Fernando VII, así como las guerras carlistas.
El documento resume los últimos días del imperio azteca y el sitio de Tenochtitlán por parte de los españoles dirigidos por Hernán Cortés. Describe cómo Cortés reunió un gran ejército de españoles y aliados tlaxcaltecas para atacar la ciudad, a pesar de la resistencia del príncipe Cuauhtémoc que intentó animar a los mexicanos a defender su patria. Finalmente, los mexicanos lucharon valientemente pero fueron superados en número, lo que llevó a la caída de Tenochtitlán y
El documento resume fragmentos de la novela "El siglo de las luces" de Alejo Carpentier que describen cómo la Revolución Francesa fue percibida en el Caribe y cómo sus ideales se extendieron entre los esclavos. Relata la llegada de la guillotina a la isla y su uso para ejecutar a monárquicos, así como las celebraciones populares que acompañaron estas ejecuciones.
El secuestro de “El Jueves” y las injurias periodísticas a la Corona, un inj...fernando ramos
1) El secuestro de la revista "El Jueves" y la acusación de injurias a la Corona por una caricatura del príncipe Felipe y su esposa fue un ataque injustificado a la libertad de expresión y reabrió el debate sobre los privilegios de la familia real y la continuidad de la monarquía en España.
2) Aunque la caricatura era una crítica humorística habitual de la revista hacia la familia real, su secuestro judicial hizo que el asunto tuviera cobertura mundial y reforzó la
Este documento resume un trabajo más amplio sobre la Guerra de Restauración de Portugal en Encinasola. Explica que la guerra consistió principalmente en incursiones para destruir cosechas y robar ganado entre los pueblos fronterizos de Portugal y Castilla. También describe brevemente la difícil situación económica de Castilla durante la guerra, con arcas reales vacías y altos impuestos sobre los ciudadanos.
Este documento presenta un resumen histórico de los eventos que llevaron al matrimonio secreto de Isabel de Castilla y Fernando de Aragón en 1469. Describe la inestabilidad política en Castilla y Aragón debido a conflictos de sucesión y revueltas internas. Explica cómo Fernando y Juan II de Aragón urdieron un plan para unir a Castilla y Aragón a través del matrimonio, a pesar de la oposición del rey Enrique IV de Castilla. Relata brevemente el encuentro y matrimonio secre
El documento presenta una introducción a la orden secreta de los Iluminati, fundada en 1776 en Baviera. Explica brevemente la estructura jerárquica de la orden en grados ascendentes, y los objetivos declarados de cada grado, que incluían obediencia absoluta a los superiores y luchar contra la superstición y el despotismo. También menciona que la orden tuvo hasta 600 miembros en su apogeo en 1783, aunque su éxito habría sido de corta duración según su versión oficial.
La canción se burla de la segunda intervención francesa en México y de los intentos de establecer una monarquía apoyada por Francia. Menciona la derrota de los franceses a manos de los mexicanos y se mofa de sus pretensiones de dominar el país.
El diecinueve de marzo y el dos de mayo edición resumida y comentadaguest11a54c
El documento resume los eventos del 19 de marzo y 2 de mayo de 1808 en España. El 19 de marzo ocurrió el Motín de Aranjuez contra Manuel Godoy, que resultó en la abdicación del rey Carlos IV a favor de Fernando VII. Luego, el 2 de mayo, los madrileños se levantaron contra la ocupación francesa liderada por Murat, dando inicio a la guerra de independencia contra Napoleón. La novela narra estos eventos a través de personajes como don Celestino, Gabriel y Pujitos.
Este documento presenta la historia de Isabel de Castilla y Fernando de Aragón y su matrimonio, el cual unió a los reinos de Castilla y Aragón. Describe cómo la nobleza castellana desafió la autoridad del rey Enrique IV, obligándolo a nombrar a su hermanastra Isabel como heredera en lugar de su hija Juana. También explica cómo el rey de Aragón sobornó al arzobispo de Toledo para que aconsejara a Isabel casarse con Fernando, uniendo así los reinos de Castilla y Arag
Crónica privada que narra la vida y aventuras de una aragonesa nacida el mismo día de la toma de Granada y que, a su pesar, participó en la conquista de Tierra Firme (el norte de Colombia), Panamá y Cuba, acompañada por personajes tan controvertidos como Juan de la Cosa, Alonso de Ojeda, Diego Nicuesa, Martín Fernández Enciso, Vasco Núñez de Balboa, Francisco Pizarro, Pánfilo de Narváez, Bartolomé de Las Casas y Pedro Arias Dávila.
Este documento narra la decisión de Hernán Cortés de aprisionar a Moctezuma, el emperador azteca, en su propio palacio en Tenochtitlan. Cortés y sus hombres no habían encontrado el oro que buscaban y temían un levantamiento del pueblo azteca. Por lo tanto, Cortés decidió aprisionar a Moctezuma para asegurar el control sobre la ciudad y el imperio azteca. Sin embargo, esta acción fue considerada una gran afrenta e indignación por el pueblo azteca.
Este documento resume las diferentes perspectivas sobre el 12 de octubre de 1492, cuando Cristóbal Colón llegó a América. Para algunos marcó el descubrimiento de un nuevo mundo, mientras que para otros significó el comienzo de la explotación y destrucción de las culturas indígenas. También discute las visiones de Eduardo Galeano sobre este evento histórico y presenta el discurso de un cacique mexicano ante líderes europeos, cuestionando la deuda histórica de Europa con América.
Este documento presenta un resumen de la historia de la Casa de Pilatos en Lima, Perú. En 3 oraciones:
La Casa de Pilatos data de 1590 y fue construida por jesuitas para un mercader llamado Esquivel, aunque pasó por varios dueños a lo largo de los años. Existe una leyenda popular que dice que en 1635 un espía judío observó una reunión de judíos portugueses en la casa donde castigaban una imagen de Cristo, lo que llevó a su arresto por la Inquisición, y el líder
Bertolt+brecht la opera-de_dos_centavos-1 (1)jennifer lidid
Este documento resume la obra de teatro "La ópera de dos centavos" de Bertolt Brecht. Presenta la trama de la obra, que trata sobre Jonatán Jeremías Peachum, quien dirige un negocio de préstamos para mendigos en Londres. Peachum le enseña a un nuevo recluta, Carlos Filch, cómo fingir diferentes discapacidades para generar más compasión y así obtener más dinero de los transeúntes. La obra también presenta a otros personajes como Macheath, un famoso criminal conocido como Mackie Navaja.
Dumas, alejandro trilogía de los mosqueteros 01 - los tres mosqueterosYilda Diaz
La saga de Los Tres Mosqueteros es, principalmente, la historia de D´Artagnan, desde su llegada a París, para formar parte de la guardia personal del Rey, hasta su muerte. En este primer libro se narra como este joven gascón que llega a París para unirse a tan famoso y valiente grupo. Allí conoce a los otros tres protagonistas de esta historia: Athos, Porthos y Aramis. De inmediato se ve metido en las luchas callejeras contra los guardias del Cardenal Richelieu y en otras muchas peripecias, entre ellas el duelo triple contra los otros tres Mosqueteros que luego se convertirían en sus grandes amigos. La historia de los diamantes de la reina, el rapto de Constanza, las aventuras amorosas de D´Artagnan, el asedio de La Rochela, la cabalgata en pos de Milady. Todas estas aventuras principales se suceden con otras menores que sazonan aún mas si cabe la novela. Convirtiéndola en una novela por excelencia a través de los tiempos.
El documento presenta esquemas sobre el sistema absolutista implantado por Felipe V en España, la administración borbónica, la sociedad estamental del Antiguo Régimen, el comercio exterior español a finales del siglo XVIII y otros aspectos políticos, económicos y sociales de la época, como la educación, la censura, las revueltas sociales y tratados internacionales.
1. Felipe V suprimió los fueros de Aragón y Valencia en 1707 para uniformar las leyes en toda España y someter estos reinos tras la guerra de sucesión.
2. En 1716, Felipe V estableció la Real Audiencia de Cataluña y abolió las instituciones y leyes propias de este principado tras la guerra de sucesión, sometiéndolo a la legislación de Castilla.
3. Por el Tratado de Utrecht de 1713, Felipe V cedió Gibraltar y Menorca a Inglaterra, y
Este documento narra los eventos del 26 de marzo de 1848 en Madrid, España, cuando hubo un enfrentamiento entre republicanos y el ejército monárquico. Un capitán resultó herido durante la refriega y fue llevado a una casa cercana por tres mujeres - una viuda, su hija y una criada - para recibir atención médica. La hija insiste en ir a buscar al doctor a pesar de los riesgos, motivada por salvar la vida del capitán.
El documento es una carta dirigida al presidente del Congreso de los Diputados solicitando la creación de una comisión de investigación para investigar las presuntas irregularidades cometidas por el rey Juan Carlos I, incluyendo su posible participación en el golpe de Estado del 23F, la creación de los grupos antiterroristas GAL, el enriquecimiento ilícito, y la muerte de su hermano cuando era joven. El autor ha enviado varios informes sobre estos asuntos a lo largo de los años sin recibir respuesta, y pide urgente
1) El documento presenta varios textos históricos relacionados con la crisis del Antiguo Régimen en España entre 1808 y 1833, incluyendo extractos de las memorias de Manuel Godoy sobre la Revolución Francesa, la orden del día del general Murat tras el levantamiento del 2 de mayo de 1808 en Madrid, y varios artículos de la Constitución de 1812.
2) Se incluye también el Manifiesto de los Persas de 1814 que critica la Constitución de Cádiz de 1812, y decretos de 18
El documento presenta varios extractos históricos de España:
1) Memorias de Godoy sobre la inquietud ante la Revolución francesa y el temor a su propagación.
2) Extractos clave de la Constitución española de 1812 que establece los principios de soberanía nacional y monarquía constitucional.
3) Un manifiesto que pide anular las reformas del Trienio Liberal y volver a la constitución tradicional.
El primer texto es un fragmento del Decreto de Fernando VII de 1814 en el que declara nulos la Constitución de 1812 y los decretos de las Cortes. El segundo texto es la primera proclama del ejército de Cádiz de 1820 en la que se pronuncian a favor de la Constitución de 1812 y piden el apoyo del pueblo español. Ambos textos se refieren a la Constitución de 1812 y a la lucha entre absolutismo y liberalismo en España en el siglo XIX.
El secuestro de “El Jueves” y las injurias periodísticas a la Corona, un inj...fernando ramos
1) El secuestro de la revista "El Jueves" y la acusación de injurias a la Corona por una caricatura del príncipe Felipe y su esposa fue un ataque injustificado a la libertad de expresión y reabrió el debate sobre los privilegios de la familia real y la continuidad de la monarquía en España.
2) Aunque la caricatura era una crítica humorística habitual de la revista hacia la familia real, su secuestro judicial hizo que el asunto tuviera cobertura mundial y reforzó la
Este documento resume un trabajo más amplio sobre la Guerra de Restauración de Portugal en Encinasola. Explica que la guerra consistió principalmente en incursiones para destruir cosechas y robar ganado entre los pueblos fronterizos de Portugal y Castilla. También describe brevemente la difícil situación económica de Castilla durante la guerra, con arcas reales vacías y altos impuestos sobre los ciudadanos.
Este documento presenta un resumen histórico de los eventos que llevaron al matrimonio secreto de Isabel de Castilla y Fernando de Aragón en 1469. Describe la inestabilidad política en Castilla y Aragón debido a conflictos de sucesión y revueltas internas. Explica cómo Fernando y Juan II de Aragón urdieron un plan para unir a Castilla y Aragón a través del matrimonio, a pesar de la oposición del rey Enrique IV de Castilla. Relata brevemente el encuentro y matrimonio secre
El documento presenta una introducción a la orden secreta de los Iluminati, fundada en 1776 en Baviera. Explica brevemente la estructura jerárquica de la orden en grados ascendentes, y los objetivos declarados de cada grado, que incluían obediencia absoluta a los superiores y luchar contra la superstición y el despotismo. También menciona que la orden tuvo hasta 600 miembros en su apogeo en 1783, aunque su éxito habría sido de corta duración según su versión oficial.
La canción se burla de la segunda intervención francesa en México y de los intentos de establecer una monarquía apoyada por Francia. Menciona la derrota de los franceses a manos de los mexicanos y se mofa de sus pretensiones de dominar el país.
El diecinueve de marzo y el dos de mayo edición resumida y comentadaguest11a54c
El documento resume los eventos del 19 de marzo y 2 de mayo de 1808 en España. El 19 de marzo ocurrió el Motín de Aranjuez contra Manuel Godoy, que resultó en la abdicación del rey Carlos IV a favor de Fernando VII. Luego, el 2 de mayo, los madrileños se levantaron contra la ocupación francesa liderada por Murat, dando inicio a la guerra de independencia contra Napoleón. La novela narra estos eventos a través de personajes como don Celestino, Gabriel y Pujitos.
Este documento presenta la historia de Isabel de Castilla y Fernando de Aragón y su matrimonio, el cual unió a los reinos de Castilla y Aragón. Describe cómo la nobleza castellana desafió la autoridad del rey Enrique IV, obligándolo a nombrar a su hermanastra Isabel como heredera en lugar de su hija Juana. También explica cómo el rey de Aragón sobornó al arzobispo de Toledo para que aconsejara a Isabel casarse con Fernando, uniendo así los reinos de Castilla y Arag
Crónica privada que narra la vida y aventuras de una aragonesa nacida el mismo día de la toma de Granada y que, a su pesar, participó en la conquista de Tierra Firme (el norte de Colombia), Panamá y Cuba, acompañada por personajes tan controvertidos como Juan de la Cosa, Alonso de Ojeda, Diego Nicuesa, Martín Fernández Enciso, Vasco Núñez de Balboa, Francisco Pizarro, Pánfilo de Narváez, Bartolomé de Las Casas y Pedro Arias Dávila.
Este documento narra la decisión de Hernán Cortés de aprisionar a Moctezuma, el emperador azteca, en su propio palacio en Tenochtitlan. Cortés y sus hombres no habían encontrado el oro que buscaban y temían un levantamiento del pueblo azteca. Por lo tanto, Cortés decidió aprisionar a Moctezuma para asegurar el control sobre la ciudad y el imperio azteca. Sin embargo, esta acción fue considerada una gran afrenta e indignación por el pueblo azteca.
Este documento resume las diferentes perspectivas sobre el 12 de octubre de 1492, cuando Cristóbal Colón llegó a América. Para algunos marcó el descubrimiento de un nuevo mundo, mientras que para otros significó el comienzo de la explotación y destrucción de las culturas indígenas. También discute las visiones de Eduardo Galeano sobre este evento histórico y presenta el discurso de un cacique mexicano ante líderes europeos, cuestionando la deuda histórica de Europa con América.
Este documento presenta un resumen de la historia de la Casa de Pilatos en Lima, Perú. En 3 oraciones:
La Casa de Pilatos data de 1590 y fue construida por jesuitas para un mercader llamado Esquivel, aunque pasó por varios dueños a lo largo de los años. Existe una leyenda popular que dice que en 1635 un espía judío observó una reunión de judíos portugueses en la casa donde castigaban una imagen de Cristo, lo que llevó a su arresto por la Inquisición, y el líder
Bertolt+brecht la opera-de_dos_centavos-1 (1)jennifer lidid
Este documento resume la obra de teatro "La ópera de dos centavos" de Bertolt Brecht. Presenta la trama de la obra, que trata sobre Jonatán Jeremías Peachum, quien dirige un negocio de préstamos para mendigos en Londres. Peachum le enseña a un nuevo recluta, Carlos Filch, cómo fingir diferentes discapacidades para generar más compasión y así obtener más dinero de los transeúntes. La obra también presenta a otros personajes como Macheath, un famoso criminal conocido como Mackie Navaja.
Dumas, alejandro trilogía de los mosqueteros 01 - los tres mosqueterosYilda Diaz
La saga de Los Tres Mosqueteros es, principalmente, la historia de D´Artagnan, desde su llegada a París, para formar parte de la guardia personal del Rey, hasta su muerte. En este primer libro se narra como este joven gascón que llega a París para unirse a tan famoso y valiente grupo. Allí conoce a los otros tres protagonistas de esta historia: Athos, Porthos y Aramis. De inmediato se ve metido en las luchas callejeras contra los guardias del Cardenal Richelieu y en otras muchas peripecias, entre ellas el duelo triple contra los otros tres Mosqueteros que luego se convertirían en sus grandes amigos. La historia de los diamantes de la reina, el rapto de Constanza, las aventuras amorosas de D´Artagnan, el asedio de La Rochela, la cabalgata en pos de Milady. Todas estas aventuras principales se suceden con otras menores que sazonan aún mas si cabe la novela. Convirtiéndola en una novela por excelencia a través de los tiempos.
El documento presenta esquemas sobre el sistema absolutista implantado por Felipe V en España, la administración borbónica, la sociedad estamental del Antiguo Régimen, el comercio exterior español a finales del siglo XVIII y otros aspectos políticos, económicos y sociales de la época, como la educación, la censura, las revueltas sociales y tratados internacionales.
1. Felipe V suprimió los fueros de Aragón y Valencia en 1707 para uniformar las leyes en toda España y someter estos reinos tras la guerra de sucesión.
2. En 1716, Felipe V estableció la Real Audiencia de Cataluña y abolió las instituciones y leyes propias de este principado tras la guerra de sucesión, sometiéndolo a la legislación de Castilla.
3. Por el Tratado de Utrecht de 1713, Felipe V cedió Gibraltar y Menorca a Inglaterra, y
Este documento narra los eventos del 26 de marzo de 1848 en Madrid, España, cuando hubo un enfrentamiento entre republicanos y el ejército monárquico. Un capitán resultó herido durante la refriega y fue llevado a una casa cercana por tres mujeres - una viuda, su hija y una criada - para recibir atención médica. La hija insiste en ir a buscar al doctor a pesar de los riesgos, motivada por salvar la vida del capitán.
El documento es una carta dirigida al presidente del Congreso de los Diputados solicitando la creación de una comisión de investigación para investigar las presuntas irregularidades cometidas por el rey Juan Carlos I, incluyendo su posible participación en el golpe de Estado del 23F, la creación de los grupos antiterroristas GAL, el enriquecimiento ilícito, y la muerte de su hermano cuando era joven. El autor ha enviado varios informes sobre estos asuntos a lo largo de los años sin recibir respuesta, y pide urgente
1) El documento presenta varios textos históricos relacionados con la crisis del Antiguo Régimen en España entre 1808 y 1833, incluyendo extractos de las memorias de Manuel Godoy sobre la Revolución Francesa, la orden del día del general Murat tras el levantamiento del 2 de mayo de 1808 en Madrid, y varios artículos de la Constitución de 1812.
2) Se incluye también el Manifiesto de los Persas de 1814 que critica la Constitución de Cádiz de 1812, y decretos de 18
El documento presenta varios extractos históricos de España:
1) Memorias de Godoy sobre la inquietud ante la Revolución francesa y el temor a su propagación.
2) Extractos clave de la Constitución española de 1812 que establece los principios de soberanía nacional y monarquía constitucional.
3) Un manifiesto que pide anular las reformas del Trienio Liberal y volver a la constitución tradicional.
El primer texto es un fragmento del Decreto de Fernando VII de 1814 en el que declara nulos la Constitución de 1812 y los decretos de las Cortes. El segundo texto es la primera proclama del ejército de Cádiz de 1820 en la que se pronuncian a favor de la Constitución de 1812 y piden el apoyo del pueblo español. Ambos textos se refieren a la Constitución de 1812 y a la lucha entre absolutismo y liberalismo en España en el siglo XIX.
Este documento presenta tres resúmenes breves de los textos propuestos:
1. Godoy describe en sus memorias la inquietud del rey Carlos IV y María Luisa ante la Revolución francesa y su deseo de encontrar un hombre de confianza que protegiera al Estado.
2. La Constitución de 1812 establece los principios de soberanía nacional y monarquía constitucional en España.
3. El Manifiesto de los Persas critica las Cortes de Cádiz y pide la restauración de la monarquía
Tema 12.4: El sexenio democrático (1868-1874)Emilydavison
El documento resume el periodo de la historia de España conocido como Sexenio Democrático (1868-1874), que incluyó varios intentos de establecer un gobierno democrático tras el derrocamiento de Isabel II. Hubo una breve monarquía constitucional bajo el reinado de Amadeo I y una primera república que se vio afectada por conflictos como la Tercera Guerra Carlista, la insurrección cantonalista y la guerra por la independencia de Cuba. Finalmente, el general Martínez Campos restauró la monarqu
1) El alcalde de Móstoles convoca a las milicias para defender Madrid de los franceses en 1808.
2) La Constitución de 1812 establece los derechos y deberes fundamentales de los españoles.
3) El manifiesto de los persas de 1814 apoya el restablecimiento de la monarquía absoluta.
Este documento presenta instrucciones para analizar diferentes tipos de fuentes históricas como mapas, estadísticas, gráficas e imágenes. Explica los pasos a seguir que incluyen clasificar la fuente, observar y describir sus elementos, analizar y comentar el contexto histórico y valorar críticamente la fiabilidad y importancia de la información.
El documento resume las reacciones negativas de varios periodistas y editoriales a la propuesta del PSOE de reconocer y reparar el desafuero cometido contra los moriscos en los siglos XVI y XVII. Los comentaristas critican la propuesta, ridiculizándola y afirmando que solo busca distraer de los "verdaderos" problemas de España. Argumentan que la expulsión de los moriscos fue necesaria para la seguridad nacional y que ahora solo buscan victimizarse. El autor del documento expresa su indignación por tanto desprecio y falta de
En 3 oraciones o menos:
El general Mola defiende en su discurso del 15 de agosto de 1936 que el levantamiento militar era necesario para salvar a España del caos y la anarquía causados por el Frente Popular. Critica duramente a Azaña, a quien acusa de querer llevar a cabo la más sangrienta de las revoluciones. Finaliza afirmando que no habrá rendición sino victoria aplastante sobre los republicanos.
Pruebas selectividad y Textos sobre la Guerra CivilDepartamentoGH
El discurso del general Mola defiende el levantamiento militar del 36 contra el gobierno de la República por considerar que estaba llevando a España al caos y la anarquía. Acusa al gobierno de instigar la desmembración de España y el saqueo del tesoro nacional. Anuncia que no aceptarán rendición sino sólo victoria aplastante. La declaración de Julián Besteiro ante el tribunal franquista reconoce la derrota republicana por haberse dejado arrastrar por la línea bolchevique y ve en el lev
El general Mola defiende el levantamiento militar del 18 de julio de 1936 argumentando que evitó una revolución comunista más sangrienta y llevó orden a España, asegurando la victoria del bando sublevado. También critica duramente a los líderes del Frente Popular, a los que acusa de traición a España. Mola rechaza cualquier posibilidad de rendición y promete imponer su victoria definitiva.
El documento presenta esquemas sobre el sistema absolutista implantado por Felipe V en España, la administración borbónica, la sociedad estamental del Antiguo Régimen, el comercio exterior español a finales del siglo XVIII y otros aspectos políticos, económicos y sociales de la época, como la educación, la censura, las revueltas sociales y tratados internacionales.
El documento critica la decisión de la Audiencia Provincial de Madrid de anular una orden judicial que prohibía a una banda de carteristas bosnias el acceso al metro de Madrid. Argumenta que esta decisión permite que el grupo continúe cometiendo delitos sin consecuencias y pone en riesgo a los pasajeros del metro. También sugiere que el sistema judicial español a menudo falla en proteger a los ciudadanos inocentes y castigar a los delincuentes.
Este documento presenta un resumen crítico de la biografía no autorizada del rey Juan Carlos I de España. En tres oraciones, resume lo siguiente:
1) Critica la desigualdad institucionalizada en la Constitución española que otorga inmunidad legal absoluta al rey y lo convierte en el ciudadano más desigual.
2) Señala que los poderes complementarios como la Iglesia y las Fuerzas Armadas son los ejecutores de un sistema diseñado para perpetuar las desigualdades mediante la violencia y la repres
Este documento presenta un resumen crítico de la biografía no autorizada del rey Juan Carlos I de España. En tres oraciones, resume lo siguiente:
1) Critica la desigualdad institucionalizada en la Constitución española que otorga inmunidad legal absoluta al rey y lo convierte en el ciudadano más desigual.
2) Señala que los sistemas que mantienen la polarización del poder y la desigualdad en la sociedad, como la monarquía española, sólo pueden sostenerse mediante la violencia y
El documento describe la crisis del Antiguo Régimen en España entre 1808-1833. Incluye la política exterior española durante la Revolución Francesa, la Guerra de Independencia contra Napoleón (1808-1813), el reinado de Fernando VII (1814-1833) y el proceso de independencia de América Latina.
El documento presenta extractos de varios textos históricos españoles. Incluye artículos de la Constitución de 1812, el Manifiesto de los Persas de 1814, artículos del Estatuto Real de 1834, el Convenio de Vergara de 1839, artículos de la Constitución de 1837, artículos de la Constitución de 1845, un Real Decreto de 1836 sobre la venta de bienes del clero, y un extracto sobre la desamortización de Madoz. El resumen ofrece una visión general de los
El documento es un manifiesto de Francisco Morazán al pueblo de Centroamérica en el que acusa a sus enemigos políticos de traicionar a la patria y abusar de los derechos del pueblo por su propio beneficio. Morazán argumenta que él y sus aliados lucharon por la independencia y libertad de Centroamérica, mientras que sus opositores apoyaron la dominación española y luego mexicana. Afirma que sus enemigos han destruido la República Federal de Centroamérica a través de gu
NUMERO 1 DE LA REVISTA DOBLE J, UNA REVISTA DIGITAL DE OCIO (TEATRO, CINE, MUSICA, LIBROS, VIAJES, MUSEOS Y EXPOSICIONES, ESPACIOS LUDICOS, PLANES CON NIÑOS)
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1. AUDIENCIA NACIONAL
JUZGADO CENTRAL DE LO PENAL
PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 54/2012
DIMANA PROC. ABREVIADO 17/2012
DEL JUZGADO CENTRAL DE INSTRUCCIÓN Nº 2
MAGISTRADO:
D. JOSE MARIA VAZQUEZ HONRUBIA
El Juzgado Central de lo Penal de la Audiencia Nacional
de Madrid, en la causa referenciada, ha dictado,
EN NOMBRE DE SU MAJESTAD, EL REY,
La siguiente
SENTENCIA Nº.- 16/2.013
En MADRID, a catorce de Marzo de dos mil trece
VISTO en Juicio Oral y Público ante el Juzgado
Central de lo Penal de la Audiencia Nacional el
procedimiento arriba referenciado, procedente de JUZGADO
CENTRAL INSTRUCCION nº: 2 seguido por un delito CALUMNIAS
E INJURIAS GRAVES CONTRA LA CORONA, contra AMADEO MARTINEZ
INGLES, nacido en Zaragoza el 7/05/1936 hijo de José y
Elvira con DNI. 17330513-J, en libertad provisional por
esta causa de la que no ha estado privado durante el curso
de la misma, representado por la Procuradora Dña. Mª.
Isabel García Espinar y defendido por la Letrada Dña. Mª.
Luisa Pérez Alvarez, habiendo sido partes el Ministerio
Fiscal representado por la Ilma. Sra. Dña. Carmen Monfort y
celebrado en ausencia de dicho acusado.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones
provisionales calificó los hechos procesales como
constitutivos de un delito de CALUMNIAS E INJURIAS GRAVES
CONTRA LA CORONA del art. 490.3 en relación con los art.
205,208 y 211 del C.P. y solicitó se le impusieran las
penas de un año y tres meses de prisión, inhabilitación
especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo
durante la condena. Abono de costas procesales.
La defensa solicita la libre absolución.
SEGUNDO.- Celebrada la sesión del Juicio Oral el día
12 de marzo de 2013, en los términos que consta en la
grabación por medio audiovisual (DVD) quedando unido en
autos.
HECHOS PROBADOS
Amadeo Martínez Inglés, nacido el 7 de mayo de 1936, cuyos
antecedentes penales no constan escribió el siguiente
2. artículo, que publicó el día 12 de diciembre de 2011, en el
periódico digital “Canarias-Semanal”.
Sí, sí, regio suegro del atlético Urdanga; divino monarca enviado por el
Espíritu Santo a este bendito país para velar por la democracia, la felicidad, la
salud y el bienestar de sus sufridos ciudadanos; rey sin par que crees provenir del
testículo derecho del emperador Carlomagno cuando en realidad lo haces de la
pérfida bocamanga del genocida Franco.
Sí, tú, último representante en España de la banda de borrachos, puteros,
idiotas, descerebrados, cabrones, ninfómanas, vagos y maleantes que a lo largo de
los siglos han conformado la foránea estirpe real borbónica culpable del atraso, la
ignorancia, la degradación, la pobreza, el odio y la miseria generalizada de
centenares de generaciones de españoles; presunto (estamos en un Estado de
derecho aunque no lo parezca) malversador de fondos públicos para pagar
francachelas sexuales; corrupto máximo en un país donde, desgraciadamente, la
corrupción se mama desde la cuna; impune muñidor de una descomunal fortuna
personal que nadie en este país sabe de donde ha salido; vil autogolpista castrense
en aquél recordado 23-F que organizaste in extremis para salvaguardar tu
detestable corona franquista; fratricida confeso (o presunto asesino) en tu
juventud; reo de un delito de alta traición a la nación española al pactar en 1975
con el Departamento de Estado norteamericano, ostentando interinamente la
Jefatura del Estado español por enfermedad del dictador Franco, la entrega
vergonzante a Marruecos de la totalidad de la antigua provincia española del
Sahara Occidental (territorio bajo administración española, según la ONU) en
evitación egoísta de una guerra con ese país que hubiera puesto en peligro tu
tambaleante corona; corresponsable, en consecuencia, del espantoso genocidio
posterior (más de tres mil víctimas) cometido por el rey alauí, Hassan II, para
dominar el inmenso territorio abandonado por España... tú que mandas callar a
voz en grito a jefes de Estado extranjeros.
¿Por qué callas ahora? ¿Por qué no hablas, y cuanto antes, a los
españoles? Primero ¡faltaría más! de las andanzas presuntamente delictivas (los
jueces hablarán próximamente) de tu deportivo yerno, ese caradura integral que se
ha valido de su matrimonio (con el, seguramente, también delictivo consenso de su
gentil esposa) y de la impunidad casi absoluta de que ha gozado hasta ahora la
llamada familia real española, para apropiarse de millones de euros del erario
público. Con la gentil colaboración de políticos y altos cargos de las derrochadoras
y detestables administraciones públicas de este país (central y autonómicas).
Y en segundo lugar, supremo líder de la ya amortizada monarquía
franquista del 18 de julio, y ya va siendo hora, háblanos de todas las
irregularidades y presuntos delitos cometidos por tu regia persona, algunos de los
cuales acabo de señalar y que este humilde mortal (o plebeyo, como quieras) ha
denunciado repetidas veces en los últimos años ante las Cortes Españolas, única
institución que puede entender de los mismos en base a la absoluta impunidad
constitucional de la que gozas gracias a tu amado generalísimo, el tercer dictador
más sanguinario de la historia europea después de Hitler y Stalin. Presuntos
delitos de los que más tarde o más temprano tendrás que responder ante el pueblo
español y que, no te quepa la menor duda, ocuparán algún día páginas y páginas
en la triste historia de este país de la modélica transición y gaitas parecidas.
Porque, amigo monarca, ya conoces los populares dichos: "A todo cerdo le
llega su San Martín" y "El tiempo coloca a cada uno en su lugar". Y a ti, y a toda
tu familia y parentela más o menos cercana de enchufados, vagos y maleantes de
toda laya, parece ser que está a punto de llegaros esa suculenta y tradicional
onomástica de ancestral raíz gastronómica a la vez que el justiciero "devenir
temporal de la historia" os arrincona sádicamente contra vuestro propio latrocinio
y contra vuestra y escandalosa corrupción; decidido a bajaros a todos a las negras
profundidades del infierno político y social.
3. El largo tiempo del vino (Vega Sicilia, naturalmente) y las rosas de palacios y
lujosas residencias veraniegas (más de siete lustros), gastándoos a espuertas el
escaso dinero de los amados y tontorrones súbditos, toca a su fin. Y todos,
absolutamente todos los componentes de esa tu despreciable familia real, tendréis
que comparecer algún día ante la justicia; unos, como el atlético y descerebrado
deportista de elite que creyó que le había tocado la bonoloto cuando la infantita
de marras le eligió como dulce esposo de su particular cuento de hadas, muy
pronto, porque las pruebas son irrefutables y porque, aunque torpe y lenta, la bella
diosa ciega celtibérica de la balanza de oro, no podrá esta vez mirar para otro lado
y tendrá que castigar como se merece tanto derroche, tanto latrocinio y tanta
vagancia familiar e institucional; otros, como las infantitas borbónicas casadas o
separadas temporalmente de sus parejas, que se dejan querer cobrando
espectaculares sueldos millonarios de grandes empresas españolas y
multinacionales y que, con tribunales o sin ellos, pronto tendrán que renunciar a
tanta bicoca; y tú, todavía rey franquista de todos los españoles, aún protegido
como estás por la larga mano del dictador y por la nefasta herencia constitucional
de unos cuantos pelotas de intramuros del régimen (padres de la patria, qué risa)
que parieron una Carta Magna a tu medida haciéndote divino e inviolable... no te
confíes demasiado que el horno no está para bollos y muy pronto pintarán bastos
en las calles y avenidas de muchas ciudades españolas.
¡Deja ya de hacerte el muerto! ¡Deja ya de emplear medios del Estado
(aviones militares y demás) para acudir a grandes premios de Fórmula I o torneos
internacionales de tenis a la par que eludes con total desvergüenza las escasas y
ridículas obligaciones de tu medieval cargo...y habla! Cuéntanos a los españoles si
conocías o no las presuntamente delictivas andanzas de tu todavía yerno, el
Urdanga ése, y por qué te hiciste el sueco si, como es de cajón, las conocías. Y,
también, nos pones al corriente de a cuanto asciende a día de hoy tu amañada
fortunita, de como se desarrollaron (sin entrar en detalles morbosos, desde luego)
tus pícaras alegrías amatorias con cargo a los fondos reservados del Estado
español, de como transcurrió el tortuoso día (23-F del 81) en el que salvaste a
todos los españoles... y de todas las demás guarrerías personales y familiares
cometidas en tu ya largo reinado. Así los españoles nos iremos enterando de todo
ello sin tener que acudir a Internet y los jueces y los diputados electos del Partido
Popular del hoy "muy asustado y mudo Rajoy" podrán ir tomando nota. Para
cuando haga falta, naturalmente... (De Kaosenlared).
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.-Los hechos declarados probados son legalmente
constitutivos de un delito de injurias a la corona del art.
491-1º del Código Penal pues no se considera cometido el
delito agravado de la misma especie imputado por el
Ministerio Fiscal, el artículo 490.3 en cuanto se exige por
la redacción del precepto que el Rey esté en el ejercicio
de sus funciones o con motivo u ocasión de éstas lo cual
implica una situación presencial o cuasi-presencial del
Monarca o cuando menos esté en el ejercicio de sus
funciones establecidas en el art. 56.1, 62 y 63 de la C.E.
Por lo demás la interpretación sistemática de ambos
preceptos lleva a la misma conclusión pues la pena agravada
(prisión) la impone para las injurias presenciales y la que
aquí debe aplicarse (multa) art. 491-1º para el resto de
calumnias e injurias.
Respecto del acusado debidamente citado ha comparecido a
juicio en el día y hora señalado pero antes de su comienzo
ha manifestado su oposición a estar presente en el mismo
por lo que se le ha advertido de que dada la pena que se
4. solicita (inferior a dos años de prisión) que el juicio
podría celebrarse en su ausencia manifestando su
conformidad a tal forma de celebración, conformidad que
también ha sido prestada por el Ministerio Fiscal y la
defensa (art. 786 1.2).
SEGUNDO.- Reduciéndose pues la prueba a la documental
obrante en autos, en concreto al artículo objeto de la
acusación de la Fiscalía, pues no hay duda ni se ha
planteado cuestión alguna acerca de su autoría, se debe
distinguir en el mismo dos partes.
En la primera a modo de prólogo o introducción se dan
las notas que permiten concluir la comisión del delito pues
se vierten expresiones de forme innecesaria para la
finalidad perseguida de crítica a la Corona, y también se
ataca la privacidad en cuanto el Rey como cualquier
ciudadano tiene derecho a mantener un espacio inmune a
intromisiones exteriores dentro de la esfera que es propia
de su intimidad personal.
Literalmente en el párrafo 2º del artículo de autos el
autor llama al Rey, borracho, putero, idiota, descerebrado,
cabrón ninfómana ¿….? sic, vago y maleante y auque la
defensa ha realizado una tímida alegación refiriendo los
epítetos a la dinastía borbónica en general, es evidente
que la intención del autor del artículo era referirse el
actual Monarca. Tanto en cuanto en el párrafo primero lo
denomina “regio suegro del atlético Urdanga” como que en
este segundo utiliza la expresión último representante en
España de la banda de etc….El representante, sin entrar en
disquisiciones jurídicas, es el que se coloca en lugar de
otro, o personifica a otro, por lo que es claro que pese el
circunloquio o perífrasis retórica utilizada por el autor
que sin duda consciente de los expresiones altamente
ultrajantes utilizadas prefirió tratar de evitar
responsabilidades sin hacer una designación nominal, no va
a eludirlas teniendo en cuenta lo expuesto y lo evidente de
la designación del Rey actual conforme resulta por el
párrafo anterior y subsiguientes y no va a impedir el
reproche penal pues pese al rodeo lingüístico empleado es
clarísimo, hasta para el lector menos avisado, que se está
refiriendo a D. Juan Carlos I.
Y como viene siendo habitual la defensa ha opuesto la
consabida alegación en estos casos, de que el acusado
actuaba amparado por el derecho fundamental de la libertad
de expresión que habría que reconducir a la causa de
justificación del nº 7 del art. 20 del C. Penal es decir la
eximente de obrar en el ejercicio legítimo de un derecho. Y
tal alegación es disparatada y absurda.
La STC 107/88 establece: “En caso de invocación de la
libertad de expresión, la concesión del amparo depende de
que en la manifestación de la idea u opinión se hayan
añadido o no expresiones injuriosas desprovistas de interés
público e innecesarias a la esencialidad del pensamiento
que se trata de emitir o formalmente injuriosas. Esta
doctrina esta avalada por el Tribunal Europeo de Derechos
Humanos en la Sentencia 23/04/92 recogida por el TC en su
Sentencia 190/92. Dicho Tribunal Europeo en Sentencia de 7
de Diciembre de 1976 tratando el tema de injurias verbales
5. establece que la sanción procederá “cuando los términos
usados son desmesurados respecto del legítimo objeto de la
crítica perseguida”. Y la STC 6/2000 de 17/01 establece una
vez más la nota de la innecesariedad: el art. 21.1 a) de la
CE (que recoge la libertad de expresión no reconoce un
pretendido derecho al insulto”.
Y aquí están las notas esenciales por las que no puede
pretender el acusado ampararse en la libertad de expresión:
la innecesariedad y la desmesura.
Para manifestar el rechazo a la Monarquía no es
necesario vilipendiar al Rey hasta la desmesura de llamarle
entre otras cosas, cabrón, putero y borracho.
Y con todo esto llegamos a la nota de la literalidad
de las expresiones utilizadas: es decir expresiones
formalmente injuriosas constituidas por epítetos y
locuciones que tanto una interpretación jurídica como
vulgar concluyen que son obviamente hirientes e insultantes
(ver STS 192/2001) o más bien aquellas que no requieren
interpretación alguna en cuanto cualquier persona las
entiende como injuriosas.
En atención a lo expuesto es fácilmente rechazable la
alegación defensiva de que se considere la condición del
acusado de escritor y periodista guiado por el ánimo de
informar, pues para ejercitar ese derecho es innecesario y
desmesurado el uso de epítetos insultantes y vejatorios de
ámbito personal y es claro que dichas profesiones no
colocan a quien las ejerce en un ámbito de inmunidad frente
al imperio de la Ley pues no otorgan una a manera de
patente de corso para insultar a otros ciudadanos sean o no
cargos públicos.
Como ya se ha considerado en un caso análogo por este
juzgador “el sistema constitucional ampara incluso a
quienes, como el acusado son contrarios al mismo y así lo
expresan y exteriorizan pero no se puede pretender que no
responda cuando se llega a la comisión de hechos
delictivos”.
En puridad es artificial la disputa en suponer que hay una
colisión de derechos constitucionales como ocurre, por
ejemplo, entre el derecho al honor y la propia imagen y el
derecho a la libre difusión de información porque en casos
como el presente no hay colisión alguna de derechos pues el
derecho a la libertad de expresión no puede ponderarse como
más o menos prevalente frente al honor de la Corona,
(recordemos como Institución Constitucional) en cuanto lo
que se está contraponiendo o enfrentando es que la comisión
de un delito viene justificada por la libertad de
expresión. No se contraponen, para ponderar cual sea el
derecho más digno de protección dos derechos, sino un
delito con un derecho. Por ello el Código Penal establece
como eximente el actuar en el ejercicio legítimo de un
derecho. Y mal puede invocarse legitimidad en la acción
cuando esta, como en el caso, contraviene el ordenamiento
jurídico. Recordar, una vez más, que la libertad de
expresión no es un derecho absoluto e ilimitado y que su
6. ejercicio no puede anular o convertir en inaplicables
cualesquiera normas jurídicas, incluso las penales.
TERCERO.- Y el resto del artículo publicado no es sino
una serie de opiniones del acusado tanto sobre cuestiones
de máxima actualidad como el encausamiento de Iñaki
Undargarin, instando al Rey a tomar partido sobre el mismo
aunque, curiosamente, reconociendo que el caso está “sub-
iudice” y que serán los jueces los que “hablarán
próximamente”.
También se explaya sobre acontecimientos pretéritos
desde la muerte del hermano del Rey en 1956 que le achaca,
hasta supuestos gastos excesivos de dinero público, se le
denomina autogolpista (literal) en el 23-F, autor de alta
traición por el tema del Sáhara y otras opiniones sobre su
modo de vida y fortuna personal, así como su papel en la
transición y la nefasta (sic) Constitución Española. Y en
este caso estas meras opiniones o ideas del acusado aunque
plasmadas en el fondo y en la forma con un lenguaje
especialmente hiriente o vejatorio, si podrían verse
exentas de reproche penal, como incluso ha argumentado el
Ministerio Fiscal por lo que es preciso traer a colación la
sentencia de 7 de diciembre de 1976 del Tribunal Europeo de
Derechos Humanos que en síntesis establece:
“ 1º) La libertad de expresión es fundamento de la
sociedad democrática y protege también aquellas ideas que
chocan, inquietan u ofenden al Estado.
2º) Debe protegerse en cuanto contribuye al
intercambio de ideas y opiniones, no desmotivando a los
miembros del público por miedo a sanciones, y así poder
expresar sus opiniones sobre cuestiones de interés público.
3º) El límite en el ejercicio de la libertad de
expresión, en cuanto esta conlleva deberes y
responsabilidades es la difamación no siendo siempre fácil
distinguir en el contexto de una crítica política la
utilización de un lenguaje fuerte (admisible como medio de
crítica) con lo que es difamación.
4º) La cuestión clave es pues el equilibrio entre la
finalidad perseguida, informar sobre una cuestión de
interés general que exige o puede exigir el uso de un
vocabulario fuerte y los derechos a la imagen, la
reputación o la vida privada de instituciones o personas.
La última a modo de CONCLUSIÓN: la respuesta que los
órganos del Convenio han dado a esta delicada cuestión es
que el uso de un lenguaje fuerte..... solo debe ser
restringido (sancionado) “cuando los términos usados son
desmesurados respecto del legítimo objeto de la crítica
perseguida”.”
Así pues según el TEDH para preservar uno de los
fundamentos de la sociedad democrática debe buscarse el
equilibrio entre informar sobre una cuestión de interés
general que exige o puede exigir el uso de un vocabulario
fuerte y los derechos a la imagen, la reputación y la vida
privada de instituciones o personas. En el artículo el
acusado pretende que informa de toda una serie de
cuestiones antes sucintamente apuntadas y aunque incurre en
7. algún exceso lingüístico así como opiniones sobre otras
diversas cuestiones de interés público, todas estas ideas y
otras que expone con lenguaje fuerte no dejan de ser ideas
del autor evidentemente chocantes e inquietantes o si se
quiere extravagantes (T.E.D.H) pero llegar a la desmesura
del insulto personal especialmente vejatorio en la esfera
de la privacidad de la persona, asimismo le llama vil
(golpista), cerdo al que llegará su “San Martín”, corrupto
máximo, genocida o, nuevamente vago y maleante que no hacen
sino reforzar por el uso de expresiones absolutamente
vejatorias e insultantes que son innecesarias y
desmesuradas para transmitir la opinión o idea que se
expone, incurriendo en la difamación y refuerzan la
conclusión culpabilizadora antes considerada.
La crítica a actuaciones o supuestas actuaciones
reales puede ser amparada por la libertad de expresión, el
insulto gratuito e innecesario no.
En apretada síntesis el TS establece que la libertad
de expresión no ampara intervenciones que afectan al núcleo
último de la dignidad de las personas, ni el uso de
apelativos insultantes o vejatorios, el TC recuerda que por
que unas personas tengan carácter público no quedan
privados del derecho al honor que el art. 18.1 de la CE
garantiza, como la Constitución no tutela un pretendido
derecho al insulto siendo el límite de dicha libertad de
expresión la “reputación ajena”.
CUARTO.- La defensa también ha traído a colación el
art. 14 de la C.E. relativo a la igualdad de todos los
españoles, frente a la ley y precisamente y conforme a lo
expuesto desde el punto de vista del sujeto pasivo o
destinatario de los vocablos injuriosos, el Rey como
cualquier cargo público, tiene los mismos derechos que
cualquier otro ciudadano español es decir que se respete su
derecho al honor que afecta al núcleo último de la dignidad
de toda persona.
También ha mostrado su extrañeza la defensa por el
tratamiento especial que da el Código Penal a las injurias
a la Corona y conviene en este punto, recordar la singular
protección jurídica que el legislador otorga a la Corona,
como a otras altas Instituciones del Estado, para procurar
la defensa del estado Constitucional de tal modo que el
término injurias y calumnias en este tipo de acciones se
extrae del Titulo XI del Código Penal, Delitos contra el
Honor, para regularlo dentro del título dedicado a los
delitos contra la Constitución- titulo XXI-. Delito pues de
naturaleza pública pues lo que se protege no es, como en
aquellos, la dignidad personal de particulares sino la
propia estabilidad del sistema de tal modo que otorga una
protección reforzada de la Corona en cuanto la figura del
Rey es el símbolo de la unidad y permanencia del Estado
(art. 56.1 CE), pues el bien jurídico protegido es la
preservación del propio sistema constitucional frente a
ataques que conforme los arts. 485 a 491 se regulan de
mayor a menor desde la violencia física extrema contra el
Rey y personas de su familia, especialmente protegidas,
8. hasta la violencia psíquica, (coacciones en todas sus
modalidades) para terminar con la violencia verbal.
Protección pues instrumental pues tratando de proteger
la figura del Rey y personas afines se estás tratando de
proteger la persona que encarna la institución que
representa y simboliza el Estado Constitucional. El T.S. en
la citada sentencia de 31/10/2005 es el que ha recogido
esta idea estudiando un caso análogo de ataques verbales a
S.M. el Rey consignando expresamente, como límite a la
libertad de expresión “el respeto a los fundamentos del
orden político y de la paz social que establece el art.
10.1 de la CE”. Este artículo declara expresamente que el
respeto a la ley y a los derechos de los demás son el
fundamento del orden político y de la paz social.
En síntesis lo que protege esta figura es la figura del Rey
como símbolo de la unidad y permanencia del Estado
Constitucional es decir de la España Constitucional. No es
pues delito privado, el bien jurídico protegido es la
preservación del sistema constitucional.
QUINTO.-No concurren modificativas. Para la
individualización de la pena hay que estar a lo dispuesto
en el art. 66. 7º del CP y respecto a la mayor o menor
gravedad del hecho en esta figura delictiva ha de
ponderarse, además de las injurias en sí evidentemente
graves su mayor o menor difusión pública y habida cuenta de
la escasa repercusión pública del periódico digital
“Canarias –Semanal” conviene examinar como establece dicho
artículo cuáles sean las circunstancias personales del
delincuente y es el caso que el acusado ha sido hasta el
19/04/1999 Coronel del Ejército español fecha en la que
tras el oportuno expediente fue separado del servicio y
quedó fuera del Ejército (fue expulsado) perdiendo todos
sus derechos militares adquiridos. También gusta de
presentarse como historiador y/o escritor por lo que no es
persona iletrada o marginal que pudiera argumentar
desconocer la gravedad de las expresiones utilizadas. Unido
a ello su condición, hasta su expulsión del Ejército, de
militar de carrera se considera de una especial
reprochabilidad su conducta en cuanto el art. 8 de la CE le
venía encomendando, mientras estuvo en activo, la defensa
del orden constitucional como miembro integrante de las
Fuerzas Armadas, siendo precisamente el delito cometido,
delito contra la Constitución. Por lo tanto sancionando el
precepto que se aplica (injurias al Rey no presenciales) la
acción con multa de cuatro a veinte meses, la pena se
impone en su grado medio es decir doce meses de multa que
es la que se considera adecuada.
En cuanto su importe, que luego se especifica,
considerando que tanto el acusado en escrito dirigido al
Juzgado como su defensa han insistido que es autor de
múltiples libros y publicaciones debe ser proporcionado a
tales ingresos.
Por último como consta en diligencia establecida antes
de iniciarse el juicio oral, el acusado se personó en el
juzgado vestido con uniforme militar de campaña con las
insignias correspondientes al último rango que ostentó en
9. el Ejército a pesar de haber sido apercibido en la citación
personal que le fue entregada que se abstuviera de hacerlo
al haber sido separado del servicio por el Ministerio de
Defensa en la fecha antes indicada perdiendo la condición
de militar de carrera (art. 65.1 2 de la Ley 17/1989 de 19
de julio) y por lo tanto perdiendo el derecho a vestir el
uniforme reglamentario militar por lo que procede remitir
testimonio de los particulares necesarios por si el hecho
pudiera constituir una falta de uso público e indebido de
uniforme prevista y penada en el art. 637 del CP.
VISTOS los artículos citados y demás de pertinente y
general aplicación.
FALLO
Que debo condenar y condeno a AMADEO MARTÍNEZ INGLÉS
como responsable criminalmente en concepto de autor de un
delito DE INJURIAS GRAVES CONTRA LA CORONA, sin
concurrencia de modificativas a la pena de DOCE MESES DE
MULTA CON CUOTA DE 18€ DIARIOS (6.480€ DE MULTA) Y AL PAGO
DE LAS COSTAS SI LAS HUBIERE.
Y líbrese sin más trámite, testimonio de los
particulares que procedan al Juzgado Decano de los de
Madrid respecto del uso público indebido de uniforme
militar.
Esta Sentencia NO ES FIRME. Contra ella cabe
interponer recurso de apelación, que habrá de prepararse,
en la forma prevista en el artículo 790 de la Ley de
Enjuiciamiento Criminal, estándose para su notificación a
lo establecido en el art. 160 de la LECrim.
También puede interponerse el recurso especial de anulación
con los requisitos y términos previsto en el art. 793 de la
LECrim.
Notifíquese esta resolución al Ministerio Fiscal, a las
demás partes procesales y a los perjudicados.
Así por esta Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo