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PROGRAMA FORMATIVO DEL PUNTO
  DE ACTIVACIÓN EMPRESARIAL
JORNADA
   “SUBVENCIONES PARA
EMPRESAS EN EXTREMADURA”




       Mérida, 31 de julio de 2012
                                     2
¿ En qué va a consistir mi proyecto
             empresarial ?

Creación de una nueva empresa
Ampliación de una empresa existente
Traslado de una empresa existente
Creación de empleo


                                        3
TIPOS DE AYUDAS

Subvenciones directas a la inversión
Líneas de financiación
Ayudas directas para facilitar el autoempleo
Ayudas directas para contratación de personal



                                                4
¿ Cuál es el sector empresarial en el
         que voy a invertir ?
Agrícola/ganadero
Industria
Educación
Comercio
Artesano
Turismo
Otros Servicios
 En función del sector y del proyecto podré optar
            a una u otra línea de ayuda.         5
SUBVENCIONES DIRECTAS

•
    Incentivos Regionales
•
    Incentivos Industriales
•
    Incentivos Agroindustriales
•
    Fomento y apoyo de la actividad comercial
Promoción exterior de las empresas y apertura a nuevos
•



mercados
•
    Fomento y apoyo de la actividad artesana
•
    Fomento de la calidad del sector turístico

                                                         6
SUBVENCIONES DIRECTAS



Incentivos Regionales




                        7
Incentivos Regionales

    ¿En qué consiste?
         Es una línea de subvención directa para empresas de que
         realicen inversiones en Extremadura.



    ¿Qué proyectos se subvencionan?
     −   Creación de empresas
     −   Ampliación y Modernización de empresas


                                                                   8
Incentivos Regionales

    ¿Quién puede acogerse ?
     Empresas extremeñas en general.

    Actividades subvencionables:
     −   Industrias transformadoras (incluida la agroalimentaria).
     −   Establecimientos turísticos:
     
       HOTELES: 4 Estrellas en ciudades / 3 Estrellas en resto de localidades).
     
       CAMPING / CAMPAMENTOS TURÍSTICOS: de elevada calidad (primera
       categoría).
     
       ALOJAMIENTOS RURALES: equivalente a 4 Estrellas o superior.
     
       INSTALACIONES COMPLEMENTARIAS DE OCIO ( que propicien la
       implantación de establecimientos hoteleros).
     * CAMPOS DE GOLF: mínimo 18 hoyos/ sin promociones inmobiliarias
       asociadas/ acceso libre.


                                                                                  9
Incentivos Regionales
   Inversiones subvencionables:
- Obra civil.
- Bienes de equipo.
- Estudios previos de viabilidad
- Otros conceptos, excepcionalmente.



    NO subvencionables: terrenos, ...


Inversión mínima: 600.000 €
Cuantía de la ayuda: hasta el 40%

                                        10
Incentivos Regionales
   REQUISITOS:
     −   Iniciar las inversiones con posterioridad a la presentación de la
         solicitud y a la recepción de la elegibilidad.
     −   Obligación de crear puestos de trabajo en proyectos de creación y
         ampliación.
     −   Obligación de mantener los puestos de trabajo en proyectos de
         modernización.
     −   El promotor deberá financiar el 25% del proyecto.
     −   Mantenimiento de la actividad, la inversión y el empleo, 5 años
         desde la fecha de cumplimiento del proyecto.
     −   Tramitación: Presentación de la solicitud+ Elegibilidad+ Resolución+
         Ejecución del Proyecto+ Presentación   de   la   solicitud   de   liquidación+
         Comprobación de inversiones+ Pago


                                                                                      11
Incentivos Regionales

    Condiciones en Proyectos de Ampliación de empresas:
     
         Inversión > 600.000 €
     
         Representar, al menos, el 40 % del inmovilizado material del
         establecimiento objeto de la inversión, referido al último balance de
         situación cerrado.
     
         Finalizada la inversión, se deberá alcanzar un incremento mínimo del 25
         % de la capacidad productiva referida al centro objeto de la inversión.
     
         Amortizaciones: superar el 200% de la media aritmética de dotaciones
         para amortizaciones referidas al establecimiento objeto de inversión.
     
         Creación y mantenimiento de puestos de trabajo.




                                                                               12
Incentivos Regionales

    Condiciones en Proyectos de Modernización de empresas:
     
         Inversión > 600.000 €
     
         Representar, al menos, el 50 % del inmovilizado material del
         establecimiento objeto de la inversión, referido al último balance de
         situación cerrado.
     
         Finalizada la inversión, se deberá alcanzar un incremento mínimo del 15
         % de la capacidad productiva referida al centro objeto de la inversión.
     
         Amortizaciones: superar el 250% de la media aritmética de dotaciones
         para amortizaciones referidas al establecimiento objeto de inversión.
     
         Mantenimiento de puestos de trabajo.




                                                                               13
Incentivos Regionales
¿Quién la gestiona? Ministerio de Hacienda y Administración
Pública a través de la D.G. Empresa y Actividad Emprendedora.
Presentación de la solicitud

 Oficinas que realicen funciones de registro de la Administración
Autonómica.

 Oficinas de correo (sobre abierto)

  Representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en
el extranjero.
Plazos: hasta 31/12/2013
Modelo de solicitud en: www.extremaduraempresarial.es


                                                                     14
SUBVENCIONES DIRECTAS




Incentivos Industriales




                          15
Incentivos Industriales

    ¿ En qué consiste?
       Es una línea de subvención directa para empresas que realicen
       inversiones en Extremadura* en determinados sectores.




    ¿ Quién puede acogerse ?
       Empresas, especialmente pymes, que tengan ánimo de lucro.
       (personas físicas, S.A., S.L., S.Coop. C.B. y sociedades civiles,
                 incluidas las empresas de economía social)

     * Domicilio de la actividad en Extremadura


                                                                           16
Incentivos Industriales

    ¿ Qué proyectos se subvencionan?
     −   PROYECTOS DE Creación de empresas (12 meses de antigüedad)
     −   PROYECTO DE Ampliación y modernización de centros productivos (se
         incluyen traslados del casco urbano a terrenos o zonas industriales pero no
         traslados a Polígonos Industriales)
     −   PROYECTOS DE Traslado de centros productivos (del casco urbano a un
         Polígono Industrial)
     −   PROYECTOS DE Integración de tecnologías limpias (protección medio
         ambiente)




                                                                                   17
Incentivos Industriales

    Requisitos:
     −   Financiación del promotor: 25%
     −   Realizar las inversiones al día siguiente a la presentación de la solicitud.
         
             ¿Cómo acreditarlo?
             
                 Acta notarial
             
                 Visita técnica
             
                 Declaración jurada (proyectos sin obra civil)
     −   Inversión mínima: 15.000 €
     −   Mantenimiento de la actividad y la inversión, 5 años. (desde la presentación solicitud de
         Liquidación)
     −   Colocar cartel anunciador en lugar visible si: subvención concedida>6.000€


                                                                                            18
Incentivos Industriales
Sectores subvencionables:           Cuando una empresa realice 2 o más
 actividades, se entenderá como principal la que genere más de un 40% de
 beneficio.
  −   Grupo 1: Energía y agua
  −   Grupo 2: Extracción de minerales no energéticos y productos
      derivados.
  −   Grupo 3: Otras industrias manufactureras. ( panadería,
      pastelería, envasado de agua y otras bebidas sin alcohol, textil,
      madera, corcho, papel, plástico, joyas, fabricación instrumentos
      musicales, juguetes, otros )



                                                                       19
Incentivos Industriales

    Sectores subvencionables:
     −   Grupo 6: Comercio, Restaurantes, hospedaje y reparación.
          
              Comercio mayor de chatarra y metales de desecho. Las actividades de
              recuperación de productos, serán subvencionables siempre que tengan un
              carácter industrial, conlleven un proceso productivo que desemboque en un
              producto semielaborado o totalmente elaborado.
          
              Hospedaje en hoteles y moteles, hostales y pensiones (baño individual),
              apartahoteles, campamentos de lujo, campamentos 1ª, 2ª y 3ªclase.
    - Grupo 9:
          
              Guardería infantil
          
              Residencias geriátricas
          
              Producción de películas cinematográficas


                                                                                        20
Incentivos Industriales
                        Inversiones subvencionables:
-   Terrenos: (con obra civil e instalaciones). < 10% del gasto total del proyecto.
-    Inmuebles industriales nuevos (primera transmisión y antigüedad<4años). (excluidas
viviendas, excepto si se trata de una actividad del grupo 68 del IAE).

-    Obra civil e instalaciones en terrenos propiedad de la empresa. De lo contrario, sólo
se admitirán reformas no superiores al 20% del total de la inversión aprobada (máximo 30.000 €)

- Bienes de equipo y equipamiento nuevos (maquinaria, transporte interior,
equipos de seguridad, mobiliario, equipos informáticos) (primer uso y fecha de fabricación
<3 años): .

-    Trabajos de ingeniería de proyectos ( este gasto se podrá realizar hasta 6 meses antes de
la solicitud )


                                                                                                  21
Incentivos Industriales
                    Inversiones NO subvencionables:
- Adquisición de Terrenos entre familiares por consanguinidad o afinidad, de primer
grado.
- Máquinas recreativas y expendedoras.
- Bienes de equipo fuera de las instalaciones de la empresa.
- IVA
- Mera sustitución de equipamiento.
- Inversiones mediante leasing (salvo que previo cumplimiento del expediente se ejerza
la opción de compra), lease-back.

- Gastos financieros o habituales de la empresa.
- Gastos de exportación.                                                        22
Incentivos Industriales
    EJEMPLOS DE PROYECTOS/ACTIVIDADES/INVERSIONES
                           NO SUBVENCIONABLES:
• Casas rurales
• Elementos de transporte exterior
• Almacenes
• Establecimientos o salas comerciales para al venta de productos
• Industria agroalimentaria (Incentivos Agroindustriales)
• Etc



                                                                    23
Incentivos Industriales

• Cuantía:
      
          Proyectos < 600.000 € = hasta 40%
      
          Proyectos > 600.000 € = hasta 30%


•  Incompatibles con otras subvenciones directas para el
mismo fin.
•   Complementarias a Incentivos Regionales.
                                                    24
Incentivos Industriales
      Complementariedad con INCENTIVOS REGIONALES:


Podrán complementarse los proyectos de inversión inferior a   5.000.000 €
   Inversiones <2.500.000 €= mismo porcentaje de subvención de I.Regionales
    Inversiones >2.500.000 €=50% de I.Regionales



      Límite de subvención entre ambas ayudas:
         Máximo 30%
         Mínimo 20%



                                                                         25
Incentivos Industriales
                    Criterios de valoración y ponderación:
•   Sector de actividad (Anexo A, entre 12-16 puntos)
•   Domicilio fiscal de la empresa (Extremadura, 1 punto)
•   Tamaño de la empresa (pymes 2 puntos, no pymes 1 punto)
•   Factor de ruralidad ( 2 puntos localidades inferiores a 10.000 hab.)
•   Apoyo autónomos y economía social ( 3 puntos para Autónomos, S.A.L. S.L.L. O
S.C.T.A.)
•   Modalidad de la inversión ( 4 A/M- 6 C – 8 T - 10 T.L. puntos)
•   Equilibrio técnico-financiero ( en función de la inversión)
•   Respeto al medio ambiente (2 puntos: reciclaje, traslados o integración
tecnologías limpias)                                                          26
Incentivos Industriales
                              Tramitación:
    Presentación de la solicitud
    Elegibilidad
•
    Resolución (máximo 6 meses)
•
    Ejecución del Proyecto (en todo caso, antes de 15/09/2015)
•
    (2 años Proyectos < 600.000                  3 años Proyectos > 600.000 €)
•
    Prórrogas (solicitud ates de fin de plazo de vigencia)
•
    Presentación de la solicitud de liquidación (1 mes después de la vigencia)
    Comprobación de inversiones
    Pago

                                                                             27
Incentivos Industriales
                        Documentación a aportar junto a la solicitud:
Anexo I




Memoria (valoración económica)




Declaración responsable de la condición de beneficiario (C.B.)




Facturas pro-forma o presupuestos de los activos.




Planos




Escrituras




NIF O CIF del solicitante (si no autoriza de oficio en la solicitud)




I.S. o I.R.P.F




Declaración censal (036) o compromiso.




Acreditación de la propiedad de los terrenos.




    No será necesaria la presentación de documentación que estuviere en la Administración cuando no hayan
                                          transcurrido más de 5 años.
                                                                                                   28
Incentivos Industriales
             Modificaciones de proyectos:
•
    Durante el 1º Año de ejecución (desde Resolución Individual), la
    empresa podrá presentar modificaciones del proyecto + ó –
    (superior a un 25% de lo aprobado).
•
    No se admitirán modificaciones que supongan mayor subvención a la
    aprobada.


    Se podrán admitir       cambios       de   titularidad   a   personas
    físicas/jurídicas.




                                                                      29
Incentivos Industriales
    Justificación de inversiones: 1 mes desde fin de vigencia
•
    Obra civil e inmuebles: mediante escrituras.
•
    Gastos < 300 €: ticket de compra, no superando más de 3% de la inversión
    aprobada y no más de 1.000 € de mismo proveedor.
•
    Trabajos realizados por el beneficiario para su inmobilizado: certificación
    contable de auditor.
•
    Pagos en metálico: facturas < 1.000 €
•
    Pagos a través de entidad financiera: facturas >1.000 €
•
    Obras >30.000 € y adquisición bienes equipo y servicios>12.000, aportación
    3 presupuestos de diferentes proveedores.
•
    Pagos aplazados: vencimiento antes de fin del plazo de ejecución.
    El beneficiario de la subvención deberá ser titular de la cuenta bancaria
    para cobrar la ayuda.
    El beneficiario deberá estar al corriente de sus obligaciones tributarias y
    ante la Seguridad Social.
                                                                           30
Incentivos Industriales
¿Quién la gestiona? D.G. Empresa y Actividad Emprendedora.
Presentación de la solicitud
Oficinas que realicen funciones de registro de la Administración Autonómica.




Oficinas de correo (sobre abierto)




    Representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero.
Plazos: hasta 15/03/2013 (ó agotamiento de fondos)
Modelo de solicitud en: www.extremaduraempresarial.es
Normativa: Decreto 55/2012 de 13 de abril.




                                                                             31
SUBVENCIONES DIRECTAS



Incentivos Agroindustriales




                              32
Incentivos Agroindustriales

    En qué consiste?
Ayudas en forma de subvención a fondo perdido, para empresas del sector
agroindustrial que realicen inversiones en Extremadura.


    Quién la gestiona?
Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía.
D.G. Incentivos agroindustriales y energía.
Servicio de Incentivos Agroindustriales.
Avda Portugal s/n. Mérida.
924005771


    Normativa: Decreto 136/2012 (D.O.E. 19/07/2012)


                                                                         33
Incentivos Agroindustriales

    ¿Quién puede acogerse ?
    Empresas que realicen inversiones destinadas a la transformación y
    comercialización de productos indicados en el Anexo I del Tratado de
    Funcionamiento de la UE, siempre que el producto obtenido no esté incluido en este
    Anexo.

    Proyectos subvencionables:
    
        Creación de nuevos centros productivos.
    
        Ampliación- modernización de centros productivos existentes.
    
        Proyectos de integración de tecnologías limpias en la empresa.
    
        Inversiones para adaptar el centro productivo a normas nacionales más estrictas que la
        normativa comunitaria.
    
        Inversiones por microempresas para adaptarse a nuevas normas comunitarias obligatorias
        (periodo de 3 años desde la entrada en vigor).


                                                                                                 34
Incentivos Agroindustriales
   Inversiones        subvencionables:      (nueva      adquisición        o
construcción)
- Maquinaria y equipamiento.
- Otras inversiones:
Trabajos de ingeniería de proyectos y dirección facultativa de los trabajos
relativos a la legalización de las instalaciones objeto de inversión ante
organismos oficiales.



    Además, si se trata de:
    
        Nuevas empresas (<12 meses de constitución)
    
        Cooperativas ya existentes que implanten nuevas secciones
    - Obra civil
                                                                       35
    - Adquisición de inmuebles nuevos
Incentivos Agroindustriales
    Cuantía
* Inversión auxiliable, entre 15.000 € y 20.000.000 €
   Inversiones subvencionables: (nueva adquisición o construcción)

- Maquinaria y equipamiento.                                          Entre 36 % y 44%

- Otras inversiones.




    Además, si se trata de:
    
        Nuevas empresas (<12 meses de constitución)
    
        Cooperativas ya existentes que implanten nuevas secciones

    - Obra civil                                                      20%

    - Adquisición de inmuebles nuevos



                                                                                36
Incentivos Agroindustriales
Presentación de la solicitud

 Oficinas que realicen funciones de registro de la Administración
Autonómica.

 Oficinas de correo (sobre abierto)

  Representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en
el extranjero.
Plazos: hasta 19 de octubre 2012
Modelo de solicitud en: www.extremaduraempresarial.es




                                                                     37
SUBVENCIONES DIRECTAS



Fomento y apoyo de la actividad
          comercial




                                  38
Fomento de la actividad comercial
En qué consiste?
Se trata de ayudas directas para pymes comerciales dirigidas a realizar
inversiones en el pequeño y mediano comercio.

Quién las gestiona?
Dirección General de Ordenación Industrial y Comercio

Convocatoria: mediante orden anual (abierta aproximadamente 1 mes)

Normativa: Decreto 300/2011, de 23 de diciembre



                                                                     39
Fomento de la actividad comercial
              ACCIONES SUBVENCIONABLES
         Modernización del pequeño y mediano comercio
1. Apoyo a al expansión del comercio asociado regional.
Implantación, transformación, adaptación o traslado de un establecimiento comercial
(inversiones en la sala de ventas) que se integre en una cooperativa de detallistas o
franquicia regional.

Cuantía: 50% (límite 20.000 €)

Gastos subvencionables: obras, adquisición mobiliario, equipos, elementos de
decoración, rotulación y señalización, iluminación, protección y seguridad, terminales de
punto de venta, programas de gestión, otros (excepto vehículos).



                                                                                      40
Fomento de la actividad comercial
              ACCIONES SUBVENCIONABLES
         Modernización del pequeño y mediano comercio
2. Modernización del comercio tradicional independiente.
Proyectos de reforma, ampliación o traslado de establecimientos en la misma localidad
(con cierre del anterior), llevados a cabo por pymes comerciales que tengan
preexistencia en la misma actividad de 5 años y el proyecto conserve la misma
actividad y contemple informatización del punto de venta..

Cuantía: 40% (límite 30.000 €)

Gastos subvencionables: obras, adquisición mobiliario, equipos, elementos de
decoración, rotulación y señalización, iluminación, protección y seguridad, terminales de
punto de venta y programas de gestión.



                                                                                      41
Fomento de la actividad comercial
              ACCIONES SUBVENCIONABLES
         Modernización del pequeño y mediano comercio
3. Incorporación de la pyme comercial a la distribución organizada.
Proyectos de adaptación a los requerimientos exigidos por un grupo de distribución:
equipamiento, reforma, ampliación o traslado del establecimiento. Se exige una
antigüedad de 2 años.

Cuantía: 30% (límite 20.000 €)

Gastos subvencionables: obras, adquisición mobiliario e instalaciones, equipos,
elementos de decoración, rotulación y señalización, iluminación, protección y seguridad,
terminales de punto de venta y programas de gestión.



                                                                                      42
Fomento de la actividad comercial

                   ACCIONES SUBVENCIONABLES
            Fomento de la actividad comercial en el ámbito rural

1. Implantación de comercios rurales de servicios básicos. Proyectos
en localidades menores a 5.000 habitantes, llevados a cabo por empresas de nueva
creación, nuevos autónomos o ya preexistentes, en la actividad de comercio al por
menor de toda clase de artículos, incluyendo bazar, alimentación, bebidas y
productos autóctonos.

Cuantía: 50% (límite 30.000€)

Gastos subvencionables: obras, adquisición e instalación de mobiliario, equipos y
elementos de decoración, rotulación y señalización, iluminación, protección y seguridad,
adquisición de equipamiento comercial para sala de ventas, terminales de punto de
venta y programas de gestión.

                                                                                      43
Fomento de la actividad comercial

                  ACCIONES SUBVENCIONABLES
   Ayudas para la creación de franquicias (titular de la franquicia)

1. Creación de franquicias. Siempre que se trate de una pyme comercial o de
servicios minoristas que ejerzan una actividad franquiciable y tenga una antigüedad en
la actividad de 2 años.

Cuantía: 40% (límite 5.000€)

Gastos subvencionables: confección del contrato de franquicia, diseño de
identidad e imagen corporativa, elaboración de manuales de franquicia y de desarrollo
del catálogo de productos y servicios.


                                                                                    44
Fomento de la actividad comercial

                 ACCIONES SUBVENCIONABLES
  Ayudas para el desarrollo de franquicias (titular de la franquicia)

2. Instalación del primer y segundo establecimiento piloto. El 2º fuera
de Extremadura y la red debe contar con al menos tres franquiciados.

Cuantía: 40% (límite 30.000€)

Gastos subvencionables: obras de reforma y adaptación del local, adquisición de
mobiliario y equipamiento comercial para sala de venta o de servicios, decoración,
rotulación y señalización, iluminación, protección y seguridad, equipos de reproducción,
equipos informáticos de gestión y terminales del punto de venta.


                                                                                      45
Fomento de la actividad comercial

                 ACCIONES SUBVENCIONABLES
         Ayudas para la creación y desarrollo de franquicias
                      (titular de la franquicia)

3. Promoción comercial de franquicias. Las empresas inscritas en el
Registro de franquiciadores de Extremadura dispondrán de ayudas para promoción de
su franquicia y asistencia a ferias del sector.

Cuantía: 30% (límite de 10.000 €)

Gastos subvencionables: publicidad de lanzamiento en medios de comunicación,
alquiler de espacios en ferias, transporte de materiales y mercancías para exposición,
gastos de viaje y estancia para certámenes (2 personas).

                                                                                    46
Fomento de la actividad comercial

                      ACCIONES SUBVENCIONABLES

Ayudas para la promoción del comercio electrónico en la pyme comercial

1. Proyectos de comercio electrónico. Ayudas para la creación y desarrollo
de tiendas virtuales y plataformas de comercio electrónico, así como cualquier otro
proyecto dirigido al acceso de la pyme comercial minorista al comercio electrónico.

Cuantía: 40% (límite de 2.000 €)

Gastos subvencionables: consultoría y asistencia técnica del proyecto, diseño y
creación de la plataforma o tienda virtual, implementación de protocolos de
transacciones y sistemas de pago seguros, registro de dominio, módulos de publicidad
virtual, alojamiento inicial en el servidor.
                                                                                  47
Fomento de la actividad comercial

                      ACCIONES SUBVENCIONABLES

    Ayudas para la incorporación de la pyme comercial mayorista a las
            tecnologías de la información y la comunicación

1. Proyectos de comercio electrónico. Ayudas para la implantación de
soluciones basadas en las tecnologías de la información y la comunicación en la gestión
de procesos de negocios, para las pymes mayoristas (comercio al por mayor).

Cuantía: 30% (límite de 10.000 €)

Gastos subvencionables: SOFWARE. sistemas de gestión de clientes, gestión de
la cadena de suministro, otros sistemas integrados de gestión, sistemas de explotación
de datos, sistemas interoperables para el intercambio de información, mejora de
sistemas logísticos y mejora de la seguridad lógica.
                                                                                     48
Fomento de la actividad comercial
                                  Tramitación:

Presentación de la solicitud+ Acreditación de no inicio*+ Resolución+
Ejecución del Proyecto+ Presentación de la solicitud de liquidación+
Comprobación de inversiones+ Pago

* Mediante Acta notarial o visita técnica




                                                                   49
SUBVENCIONES DIRECTAS

  Promoción exterior de las
empresas y apertura a nuevos
        mercados




                               50
Promoción Exterior de las empresas de
    Extremadura y apertura a nuevos mercados

    ¿ Quién puede acogerse ? Empresas con domicilio fiscal y social en
    Extremadura       cuyas    actividades    estén    relacionadas    con:   la
    transformación o fabricación y actividades de servicios.
    Agrupaciones y asociaciones.

    Normativa: Decreto 126/2012, de 6 de julio.

    Plazos: 2ª Convocatoria, hasta el 13/08/2012.

    Cuantía: hasta el 40% (en función de criterios de valoración públicos)

    Inversión mínima: 2.000 €

    ¿ Quién las gestiona ?
Dirección General de Ordenación Industrial y Comercio

                                                                               51
Promoción Exterior de las empresas de
               Extremadura y apertura a nuevos mercados
Proyectos subvencionables:

a) Acciones promocionales y/o comerciales para la apertura de
nuevos mercados y organización o asistencia a misiones comerciales
directas e inversas.

Conceptos subvencionables:
     Realización de campañas publicitarias en medios de comunicación del mercado de
     destino.
     Presentaciones de productos, desfiles, demostraciones técnicas y publicidad en puntos
     de venta. Serán subvencionables exclusivamente los gastos de alquiler y
     acondicionamiento de locales, transporte de mercancía, organización, montaje, azafatas,
     modelos, traducción e interpretación.
     Homologación, certificación y registro de productos fuera del territorio español.
 –   Traducción, actualización y/o mejora de la página web de la empresa en el/los idioma/s
     oficial/es del mercado de destino. No serán subvencionables el registro del dominio y el
     mantenimiento de la página, así como los demás gastos corrientes.
     Edición de catálogos o folletos en soporte papel o digital necesario para el desarrollo del
     proyecto.
                                                                                               52
Promoción Exterior de las empresas de
              Extremadura y apertura a nuevos mercados
Proyectos subvencionables:

b) Participación directa en ferias y certámenes de relevancia
comercial.
• Inscripción, alquiler de los espacios de exposición.
• Montaje, desmontaje y alquiler de stand, no su construcción, salvo que la empresa

demuestre fehacientemente que la duración del stand está limitada a una edición
concreta de la actividad ferial.
• Servicios para la gestión del stand de exposición: seguros, consumo de energía

eléctrica, inserción de datos o publicidad en catálogo, limpieza del stand, suministro de
agua y desagües, azafatas, traducción e interpretación.
• Gastos de transporte de la mercancía necesaria para exponer, degustar, demostrar o

presentar.
• Gastos de autoconsumo y otros necesarios para degustación.
• Gastos de viaje para dos personas. Gastos de alojamiento y manutención para dos

personas durante las fechas de celebración de la feria o certamen.
• Gastos de realización de folletos, de vídeos o catálogos.


                                                                                        53
SUBVENCIONES DIRECTAS


Fomento y apoyo de la actividad
          artesana




                              54
Fomento de la actividad artesana
En qué consiste?
Se trata de ayudas directas para empresas inscritas en el Registro de
Artesanos y empresas artesanas de Extremadura, destinadas a actividades
formativas e inversiones en medios de producción y comercialización.

Quién las gestiona?
Dirección General de Ordenación Industrial y Comercio

Convocatoria: abierta hasta el 4 de junio de 2012.

Normativa: Decreto 65/2012, de 27 de abril.

                                                                     55
Fomento de la actividad artesana

                      ACCIONES SUBVENCIONABLES

           Cursos de perfeccionamiento recibidos por el artesano

Requisitos.
Materia del curso: introducción de nuevas técnicas que mejoren sus productos y
ampliación de conocimientos para la comercialización, íntimamente relacionados con la
actividad artesana desarrollada.

Cuantía: 50%

Gastos subvencionables: matriculación, transporte, alojamiento y manutención.
Inversión máxima subvencionable = 6.000 €

                                                                                   56
Fomento de la actividad artesana

                         ACCIONES SUBVENCIONABLES

          Inversiones en medios de producción y comercialización.

Gastos subvencionables:
- Obras de instalación, modernización, acondicionamiento, ampliación de locales de
producción y comercialización. Superficie máxima: 350 m2 para obras en locales de producción y
250 m2 para locales de comercialización. (hasta 60.000 €)

- Útiles, herramientas y equipos (hasta 30.000 €)

- Adquisición de sofware (hasta 3.000 €)

- Diseño y producción de catálogos (hasta 5.000 €)

- Organización de exposiciones fuera de la localidad del promotor (hasta 10.000 €)

Cuantía: 50%
                                                                                             57
SUBVENCIONES DIRECTAS



Fomento de la calidad del sector
          turístico




                               58
Fomento de la calidad del sector turístico
En qué consiste? Subvenciones destinadas a fomentar la calidad del
sector turístico de Extremadura, para elevar el nivel de las
infraestructuras turísticas y la prestación de servicios con mayor valor
añadido. (Empresas con domicilio social y fiscal en Extremadura).

Quién las gestiona?
Dirección General de Turismo

Convocatoria: abierta hasta el 16 de junio de 2012.

Normativa: Decreto 78/2012, de 11 de mayo.

                                                                      59
Fomento de la calidad del sector turístico
- Línea de Ayudas a Alojamientos Rurales: hoteles rurales, apartamentos rurales,
casas rurales.
- Línea de Ayudas a Balnearios.
- Línea de Ayudas al Fomento de la Calidad de Alojamientos y Restauración:
    *Alojamientos     turísticos    hoteleros   (hoteles,   hoteles-apartamentos,   hotel
balneario, hostales y pensiones),
    *Alojamientos turísticos extrahoteleros (apartamentos turísticos, albergues
turísticos y campamentos de turismo),
    *Establecimientos de restauración (restaurantes, cafeterías, empresas de
catering y salones de banquetes).
- Línea de Ayudas a Empresas de Actividades Turísticas Alternativas y de
Intermediación Turístico: Empresas de intermediación turística (agencias de
viajes y centrales de reservas) y Empresas de actividades turísticas alternativas.
                                                                                       60
Fomento de la calidad del sector turístico

•Gastos       subvencionables (inversiones realizadas a partir del primer
día de cada año):
    
        Inversiones   en    equipamiento,     construcciones   y   reformas   en
        establecimientos ya existentes.
    
        Proyectos de creación de nuevas empresas para el caso de de actividades
        turísticas alternativas, centrales de reservas y la puesta en marcha de
        agencias de viajes de turismo receptivo.

Cuantía:
•
  Carácter general: 30% (límite 50.000 €)
•
 Inversiones para la obtención o mantenimiento de distintivos y marcas de
calidad: 50%
                                                                              61
LÍNEAS DE FINANCIACIÓN
Programa de financiación a empresas:
  
      Préstamos: puros /complementarios
  
      Leasing
  
      Avales
Programa Reindustrialización
Otras líneas de financiación:
  
      Líneas Avante
  
      Líneas Enisa
  
      Líneas ICO
  
      Microcréditos Injuve-Microbank      62
Programa de financiación a empresas

    Préstamos: puros /complementarios
    Leasing
    Avales


    Normativa: Decreto 56/2012, de 13 de abril

    ¿ Quién las gestiona?
Dirección General de Empresa y Actividad Emprendedora

    Plazos: hasta 15/03/2013
                                                        63
Líneas de Financiación
Quién puede acogerse a estas ayudas?

Empresas, especialmente pymes, que tengan ánimo de lucro y realicen
inversiones en Extremadura.
(personas físicas, S.A., S.L., S.Coop., C.B., S.C.)

Qué tipos de proyectos se subvencionan?

- Creación de empresas

- Ampliación y modernización de centros productivos

- Proyectos de traslado de centros productivos

Cuantía

Varios puntos porcentuales de interés de la operación. En ningún caso la subvención
podrá superar euribor determinado para cada semestre, ni el límite de 300.000 € .     64
Líneas de Financiación

Sectores subvencionables:

- Industrias extractivas y transformadoras
- Industrias agroindustriales
- Artesanía
- Establecimientos de alojamiento hotelero y turístico
- Transporte
- Comercio
- Sector de las telecomunicaciones, medios audiovisuales y
sociedad de la información
- Sector servicios.
                                                             65
PRÉSTAMOS : PUROS o COMPLEMENTARIOS
                                 Características

 Inversión: No hay límites.

 Tipo de interés: Euribor +1 (variable semestralmente) (2% segundo semestre 2012)

 Carencia: uno o más periodos.

 Financiación: 75% de la Inversión Subvencionable. (posibilidad de amortizar en caso
de haber formalizado por más importe, siempre el promotor deberá formalizar
como máximo por el 75% de la I.Proyectada)

 Amortización: la que acuerden las partes.

 Plazo de la operación: hasta 25 años.

 Comisión de apertura: 0,5 %. No se permite ninguna otra comisión.

 Cuantía de la ayuda: hasta 3 puntos sobre el interés (durante los primeros 5 años)

 Importe subvencionable:
Inversión subvencionable (complementaria+no complementaria) - 25% aportación
propia - % ayuda a fondo perdido

 Pago único o trimestral.
                                                                                      66

 Ejecución del proyecto: 18-24 meses (excepto complementarios).
PRÉSTAMOS : PUROS o COMPLEMENTARIOS


                    Inversiones subvencionables
    Terrenos (límite 10%)
    Inmuebles (nuevos o de ocasión)
    Obra civil
    Bienes de equipo y equipamiento. (nuevos)
Incluidos vehículos de transporte exterior comerciales y/o industriales y vehículos
turismos para autoescuelas.

 Vehículos de transporte comerciales y/o industriales subvencionables aquellos
que tengan dicha catalogación en la publicación que realiza la asociación nacional de
vendedores de vehículos a motor, reparaciones y recambios (www.ganvam.es)
siempre que sean necesarios para el desarrollo de la actividad, estén adscritos al
servicio privado exclusivamente y su matriculación se realice con posterioridad al
día de la fecha de presentación de la solicitud de ayuda.
    Otros gastos: programas informáticos y trabajos de ingeniería de proyectos.
                                                                                   67
PRÉSTAMOS : PUROS o COMPLEMENTARIOS


              Inversiones NO subvencionables
Adquisición de terrenos entre familiares de primer grado.
Máquinas recreativas y expendedoras
Bienes de equipo con ubicación fuera de la empresa.
Vehículos pick-up .
Vehículos de transporte para el sector del transporte.
Inmuebles para la actividad de alquiler de inmuebles.
IVA
 Sustitución de equipos, inversiones mediante leasing, lease-back, gastos
habituales de una empresa.


                                                                            68
PRÉSTAMOS : PUROS o COMPLEMENTARIOS
                         Requisitos / Obligaciones
Formalización de operación financiera: día siguiente a la presentación de la
•

solicitud.

Límite: seis meses tras la notificación de la resolución -sólo admisible una
renovación-)
•Remisión de póliza a la D.G. y a la entidad financiera: dentro de un mes
tras la formalización.
Presentación de la solicitud de liquidación: hasta un mes después de fin
•

del periodo de vigencia).

    Estar al corriente de obligaciones tributarias y S.S.

 Subrogaciones, novaciones y amortizaciones: previa autorización de la
D.G. durante los 5 primeros años en los que se subvenciona la operación.

    Cartel anunciador: Subvención>6.000 €
                                                                          69
PRÉSTAMOS : PUROS
                  Documentación a aportar junto a la Solicitud
General:

    Modelo 036 (nuevas empresas)

    Declaración responsable de la condición de beneficiario.

    Breve exposición de la empresa.

    Escrituras.

    I.S. o I.R.P.F.

    NIF o CIF. (en caso de no autorizar en la solicitud)

Para Activos fijos:

    Facturas pro-forma o presupuestos de los activos.

    Planos.

    Acreditación de procedencia de terrenos.
                                                                 70
PRÉSTAMOS COMPLEMENTARIOS


•   Complementariedad con:
    Incentivos Industriales
    Incentivos Económicos Regionales
    Incentivos Agroindustriales
    Ayudas D.G. De Ordenación Industrial y Comercio
    Ayudas Eje Leader


     Sólo será necesario la presentación de la solicitud y no los demás
        •

documentos adjuntos cuando se trate de complementarios a I.Industriales e
                              I. Regionales.
                                                                       71
LEASING
                                Características
Inversión Subvencionable: 100% en bienes de equipo y equipamiento:
Maquinaria de proceso, vehículos de transporte comerciales y/o industriales, elementos
de transporte interior, equipos de medida y control, equipos de seguridad, medios de
protección del medio ambiente, mobiliario y enseres, equipos para proceso de
información y otros bienes de equipo ligados al proyecto. Excepcionalmente, en la
actividad de enseñanza de conductores, se podrán admitir vehículos turismo.

Formalización de la operación: día siguiente a la presentación de la solicitud.
Remisión de póliza a la D.G.: dentro de un mes tras la formalización.
Tipo de interés: fijo. Euribor +2 (fijo) (segundo semestre 2012 - 3 %)
Obligación de ejercer opción de compra
Amortización: mensualmente.
Plazo: entre 2 – 5 años.
Comisión de apertura: 0,5 %. No se permite ninguna otra comisión.
Cuantía de la ayuda: 3 puntos sobre el interés (durante los primeros 5 años)
                                                                          72
LEASING
                  Documentación a aportar junto a la Solicitud
•   General:

    Modelo 036 (nuevas empresas)

    Declaración responsable de la condición de beneficiario.

    Breve exposición de la empresa.

    Escrituras.

    I.S. o I.R.P.F.

    NIF o CIF. (en caso de no autorizar en la solicitud)

Para Activos fijos:
•



    Facturas pro-forma o presupuestos de los activos.

    Planos

    Acreditación de procedencia de terrenos
                                                                 73
LEASING


Documentación a aportar tras la presentación de la Solicitud y
             la formalización de la operación

    Contrato de arrendamiento financiero.

    Facturas en firme.

    Permiso de circulación, en su caso.

    Ficha técnica de ITV, en su caso.

    Tarjeta de transporte, en su caso.


        NO SERÁ NECESARIO APORTAR SOLICITUD DE LIQUIDACIÓN


                                                             74
AVALES

¿ En que consiste?
Subvención de hasta 1 punto porcentual sobre el coste del aval, en
  operaciones de préstamos o leasing avaladas por EXTRAVAL.


Solicitud:
    Instancia solicitud + Contrato de aval
–   1 mes desde la formalización del aval ( antes de fin de convocatoria)




                                                                            75
Programa de Reindustrialización
Financiación de inversiones industriales con objeto de potenciar, regenerar o
crear el tejido industrial, a la vez que incidan positivamente en las variables
socioeconómicas del entorno geográfico de referencia.


 Normativa: Orden IET/1173/2012, de 29 de mayo
     ¿ Quién las gestiona?
    Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
     Plazos:
    Convocatoria general: del 3 de junio al 2 de julio de 2012 , ambos
     inclusive.

    Convocatoria específica para Extremadura...Pendiente


                                                                             76
Otras líneas de financiación a empresas


Línea Avante E2i: dirigida a proyectos de carácter innovador.
      Préstamos:
        • línea emprendedores: máximo 60.000 €                    Puede o no
        • línea inversión: máximo 200.000 €                    intervenir Extraval


    – Microcréditos: hasta 25.000 € ( sujero a las condiciones de Extraval)
      Participación en capital

Más información: 924 002 900
                                                                                     77
www.extremaduraavante.es
Otras líneas de financiación a empresas


Línea Avante Directo: dirigida a proyectos emprendedores y empresas en fase de
  crecimiento.

      Préstamos:
        • línea emprendedores: máximo 60.000 €                    Puede o no
        • línea inversión: máximo 200.000 €                    intervenir Extraval


    – Microcréditos: hasta 25.000 € ( sujero a las condiciones de Extraval)
      Participación en capital

Más información: 924 002 900                                                         78

www.extremaduraavante.es
Otras líneas de financiación a empresas

     −   Préstamos participativos ENISA: Creación, crecimiento,
         consolidación y colaboradores.
          Más información: 915 708 200
          www.enisa.es


     −   Préstamos ICO: Emprendedores, Inversión,
         Internacionalización, Liquidez
          Más información: 900 121 121
          www.ico.es

     - Microcréditos Injuve-Microbank:
          Cuantía: 25.000 €
          Financiación: 95%
          Tipo de Interés: 7,5%
          Beneficiarios: jóvenes<35 años                          79
LÍNEAS DE AYUDA AL AUTOEMPLEO Y LA
    CONTRATACIÓN DE TRABAJADORES

Fomento del autoempleo
Fomento del empleo de calidad en la contratación
indefinida.
Fomento del empleo en el ámbito de la economía social.
Programa de Escuelas profesionales de Extremadura.




                                                         80
Fomento del autoempleo
PROGRAMA I.
Ayudas al establecimiento de desempleados como trabajadores autónomos


PROGRAMA II.
Ayudas al autónomo/a que propicie la inserción laboral de un familiar
colaborador.
Normativa: Decreto 230/2010, de 29 de diciembre

Plazos: hasta el 30 de octubre de 2012.
Se podrá presentar la solicitud de la ayuda en el mes en que se produce el alta como autónomo y en los
cinco meses naturales siguientes.

                                                                                              81
Fomento del autoempleo
¿Quién puede acogerse?

- Personas que figuren inscritas como demandantes de empleo en el SEXPE y
a su vez carezca de ocupación según el informe de vida laboral de la TGSS, y
vayan a darse de alta como autónomos/as.
- Debe suponer una creación real y efectiva del empleo.
- La actividad deberá radicar y mantenerse en el territorio de Extremadura.
- El beneficiario deberá tener vecindad administrativa en Extremadura.


Obligaciones:
Mantenimiento del puesto de trabajo 2 años ininterrupidamente.




                                                                              82
Fomento del autoempleo
Requisitos específicos: Programa I
•Acreditarque posee, a la fecha de presentación de la solicitud de
subvención, formación relacionada con la gestión y/o dirección
empresarial. http://www.autonomosextremadura.com/formacion/

•Disponer   de un plan que acredite la viabilidad de la iniciativa
emprendedora y que permita evaluar el potencial económico y la
rentabilidad esperada del proyecto.

•Haber   realizado una inversión mínima de 2.000 €




                                                                     83
Fomento del autoempleo
Cuantía programa I:


    MUJERES DESEMPLEADAS
    VARONES DESEMPLEADOS DISCAPACITADOS
    VARONES     DESEMPLEADOS   (menores   30
    años)                                      7.500 €
    PERSONAS     DESEMPLEADAS     AGOTADO
    PRESTACIONES    O    SUBSIDIOS    POR
    DESEMPLEO
    DESEMPLEADOS     NO         ENCUADRADOS 5.000 €
    APARTADOS ANTERIORES

                                                         84
Fomento del autoempleo
Requisitos específicos: Programa II
•Incorporación como autónomo colaborador de un familiar del autónomo principal y que
presta servicios en el negocio familiar.

•Dará derecho a la ayuda una sola incorporación al negocio familiar

•El familiar colaborador no debe haber mantenido relación laboral con el autónomo
principal en cualquiera de los regímenes de la seguridad social en los seis meses anteriores
a la fecha de alta en reta de referencia.

•El autónomo colaborador no debe haber sido partícipe anteriormente de las ayudas
para el establecimiento de trabajadores autónomos en concepto de renta de inserción o
subsistencia.



                                                                                     85
Fomento del autoempleo
Cuantía programa II:



    HOMBRE DESEMPLEADO FAMILIAR
                                  5.000 €
    COLABORADOR
    MUJER DESEMPLEADA FAMILIAR
                                  7.500 €
    COLABORADORA




                                            86
Fomento del empleo de calidad en la
              contratación indefinida
¿ En qué consiste ?
Fomentar el empleo estable en la Comunidad Autónoma de Extremadura así como favorecer la
inserción laboral de determinados colectivos de desempleados con mayor dificultad de acceso al
mercado de trabajo. Dos programas:

PROGRAMA I: Ayudas a las contrataciones indefinidas iniciales.
PROGRAMA II: Ayudas por transformación de contratos de duración determinada en contratos
indefinidos.

Normativa:
ORDEN de 25 de noviembre de 2011. NUEVO DECRETO 2012/13 PRÓXIMAMENTE

Plazos:
Hasta el 30 de abril de 2012.
Durante el periodo de vigencia de la convocatoria, los interesados deberán solicitar las subvenciones dentro
del plazo de un mes, contado a partir de la fecha de inicio de la contratación objeto de los beneficios.
                                                                                                   87
Fomento del empleo de calidad en la
             contratación indefinida
Cuantía
Programa I, por contratación indefinida a tiempo completo:
a) Mujeres: 4.000 €.
b) Hombres: 2.500 €.
Estas cuantías se incrementarán con 1.000 € en los siguientes supuestos: jóvenes menores
de 30 años, parado de larga duración, empleo creado en localidades de menos de 5.000
habitantes, en el caso de trabajadores por cuenta propia, que con la formalización de la
contratación por la que se solicita subvención creen su primer puesto de trabajo
indefinido.

Programa II, por transformación de contratos temporales:
a) Mujeres: 3.000 €.
b) Hombres: 2.000 €.


                                                                                    88
Fomento del empleo en el ámbito
                   de la economía social
¿ En qué consiste ?
Fomento de la creación de puestos de trabajo estables en las empresas de la Economía
Social (Cooperativas, Sociedades Laborales y Asociaciones de las mismas).
Normativa:
Decreto 126/2008, de 20 de junio (modificado por el Decreto 284/2011, de 25 de noviembre)
PROGRAMAS:
I: Incorporación de personas desempleadas como socias trabajadoras o transformar
contratos temporales en contratos indefinidos, al mismo tiempo que se adquiere la
condición de personas socias-trabajadoras.

II: Contratación de personas trabajadoras, con la categoría de técnicos (grado medio o
superior) o contratación indefinida de personas trabajadoras para funciones de Gerencia
o de Dirección (Grado Medio o superior) y/o experiencia profesional en gestión y dirección de
empresas.
                                                                                       89
Fomento del empleo en el ámbito
                de la economía social
Beneficiarios:
PROGRAMA I:
1. Sociedades Cooperativas (ordinarias o especiales) inscritas en el Registro de
Sociedades Cooperativas de Extremadura, excepto las cooperativas de crédito y
las de seguros.


2. Sociedades Laborales (Anónimas laborales o Limitadas Laborales) inscritas en
el Registro de Sociedades Laborales de Extremadura


EXCLUSION: En ambos casos están excluidas las que desarrollen actividades
que se correspondan con las propias de empresas de trabajo temporal o de
agencias de colocación.

                                                                            90
Fomento del empleo en el ámbito
             de la economía social
Cuantía:
PROGRAMA I:

Subvenciones de 7.500, 10.000 y 12.500 €, según los perfiles de las
personas incorporadas como socias – trabajadoras

Incremento adicional de la subvención (por Cláusula de
Responsabilidad Social), de 1.000€ por puesto de trabajo estable
creado

Subvención de los Gastos de Constitución, por importe máximo de
1.000 €.
                                                                  91
Fomento del empleo en el ámbito
                de la economía social
Beneficiarios:
PROGRAMA II:
1. Sociedades Cooperativas (ordinarias o especiales) inscritas en el Registro de
Sociedades Cooperativas de Extremadura, excepto las cooperativas de crédito y
las de seguros.
2. Sociedades Laborales (Anónimas laborales o Limitadas Laborales) inscritas
en el Registro de Sociedades Laborales de Extremadura.
3. Entidades Asociativas de Sociedades Cooperativas o de Sociedades
Laborales, inscritas en el Registro de Asociaciones Empresariales y Profesionales
de la Comunidad Autónoma (Dirección General de Trabajo) o bien, en el Registro
de Sociedades Cooperativas de Extremadura, siempre y cuando cuenten con un
mínimo de 10 sociedades (cooperativas o laborales) extremeñas asociadas.



                                                                             92
Fomento del empleo en el ámbito
          de la economía social

Cuantía PROGRAMA II:


Subvenciones de 13.000, 19.000 y 26.000 €, según los perfiles
de las personas contratadas

Incremento adicional de la subvención (por Cláusula de
Responsabilidad Social), de 1.000 € por contrato.




                                                                93
Fomento del empleo en el ámbito
                de la economía social
Plazos:
La solicitud podrá presentarse durante el mes en que se realice la incorporación a la
sociedad y el Alta en la Seguridad Social, y en los 5 meses naturales siguientes.

Convocatoria vigente:
ORDEN de 25 de noviembre de 2011 (DOE Nº 231, de 1 de diciembre de 2011).

PLAZO DE VIGENCIA: hasta el 30 de octubre de 2012.




                                                                               94
Programa de Escuelas profesionales de
                  Extremadura
¿ En qué consiste ?
Programa de formación profesional para el empleo de carácter dual teórico-práctico
acompañado de un compromiso de inserción laboral de al menos el 50 % de los
participantes formados.
Alumnos participantes: entre 5-15 alumnos.
Desempleados de larga duración* mayores de 18 años y menores de 30 años.


* Inscritos como desempleados durante al menos 360 días en los 18 meses anteriores y
permanezcan desempleados a la fecha de la presentación de la oferta.




                                                                              95
Programa de Escuelas profesionales de
                  Extremadura
¿ Entidades promotoras ?
Empresas que no pertenezcan al sector público y que tengan centro de trabajo en
Extremadura y cuenten con una plantilla mínima de 10 trabajadores a jornada completa en
cómputo medio anual por cada alumno que quiera formar.
Asociaciones empresariales de trabajadores autónomos y de la economía social.
Tipo de proyecto
INDIVIDUAL: empresas de más de 50 trabajadores.
ASOCIADO: autónomos y empresas que sumen el mínimo de plantilla exigido.

Plazo de presentación: hasta el 17 de mayo de 2013.
Normativa: Decreto 74/2012, de 11 de mayo

                                                                                96
Programa de Escuelas profesionales de
                     Extremadura
Cuantía:
Será la suma de las siguientes cantidades:

 8 €/alumno (modalidad presencial) o 5,5 €/alumno (modalidad distancia) por el número de
horas de formación en la Escuela Profesional (máximo 40% de la duración total).

    1,5 €/alumno por el número de horas de formación práctica no laboral.

    3 € por cada hora asistida por cada alumno.
Conceptos subvencionables:
•   Retribución de los formadores.
•   Otros gastos.
•   Compensaciones del alumnado.

                                                                                 97
Buscador de ayudas,
     solicitudes y
      normativa

www.extremaduraempresarial.es




                         98
Más información




                  99
¡MUCHAS GRACIAS POR VUESTRA ATENCIÓN!

Dirección General de Empresa y Actividad Emprendedora

            Ponente: ELENA DÍEZ BLANCO

           elena.diez@juntaextremadura.es

       informacion@extremaduraempresarial.es

               Teléfono: 924 00 45 55


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Subvenciones para empresas en extremadura 31 julio 2012

  • 1. PROGRAMA FORMATIVO DEL PUNTO DE ACTIVACIÓN EMPRESARIAL
  • 2. JORNADA “SUBVENCIONES PARA EMPRESAS EN EXTREMADURA” Mérida, 31 de julio de 2012 2
  • 3. ¿ En qué va a consistir mi proyecto empresarial ? Creación de una nueva empresa Ampliación de una empresa existente Traslado de una empresa existente Creación de empleo 3
  • 4. TIPOS DE AYUDAS Subvenciones directas a la inversión Líneas de financiación Ayudas directas para facilitar el autoempleo Ayudas directas para contratación de personal 4
  • 5. ¿ Cuál es el sector empresarial en el que voy a invertir ? Agrícola/ganadero Industria Educación Comercio Artesano Turismo Otros Servicios En función del sector y del proyecto podré optar a una u otra línea de ayuda. 5
  • 6. SUBVENCIONES DIRECTAS • Incentivos Regionales • Incentivos Industriales • Incentivos Agroindustriales • Fomento y apoyo de la actividad comercial Promoción exterior de las empresas y apertura a nuevos • mercados • Fomento y apoyo de la actividad artesana • Fomento de la calidad del sector turístico 6
  • 8. Incentivos Regionales  ¿En qué consiste? Es una línea de subvención directa para empresas de que realicen inversiones en Extremadura.  ¿Qué proyectos se subvencionan? − Creación de empresas − Ampliación y Modernización de empresas 8
  • 9. Incentivos Regionales  ¿Quién puede acogerse ? Empresas extremeñas en general.  Actividades subvencionables: − Industrias transformadoras (incluida la agroalimentaria). − Establecimientos turísticos:  HOTELES: 4 Estrellas en ciudades / 3 Estrellas en resto de localidades).  CAMPING / CAMPAMENTOS TURÍSTICOS: de elevada calidad (primera categoría).  ALOJAMIENTOS RURALES: equivalente a 4 Estrellas o superior.  INSTALACIONES COMPLEMENTARIAS DE OCIO ( que propicien la implantación de establecimientos hoteleros). * CAMPOS DE GOLF: mínimo 18 hoyos/ sin promociones inmobiliarias asociadas/ acceso libre. 9
  • 10. Incentivos Regionales  Inversiones subvencionables: - Obra civil. - Bienes de equipo. - Estudios previos de viabilidad - Otros conceptos, excepcionalmente.  NO subvencionables: terrenos, ... Inversión mínima: 600.000 € Cuantía de la ayuda: hasta el 40% 10
  • 11. Incentivos Regionales  REQUISITOS: − Iniciar las inversiones con posterioridad a la presentación de la solicitud y a la recepción de la elegibilidad. − Obligación de crear puestos de trabajo en proyectos de creación y ampliación. − Obligación de mantener los puestos de trabajo en proyectos de modernización. − El promotor deberá financiar el 25% del proyecto. − Mantenimiento de la actividad, la inversión y el empleo, 5 años desde la fecha de cumplimiento del proyecto. − Tramitación: Presentación de la solicitud+ Elegibilidad+ Resolución+ Ejecución del Proyecto+ Presentación de la solicitud de liquidación+ Comprobación de inversiones+ Pago 11
  • 12. Incentivos Regionales  Condiciones en Proyectos de Ampliación de empresas:  Inversión > 600.000 €  Representar, al menos, el 40 % del inmovilizado material del establecimiento objeto de la inversión, referido al último balance de situación cerrado.  Finalizada la inversión, se deberá alcanzar un incremento mínimo del 25 % de la capacidad productiva referida al centro objeto de la inversión.  Amortizaciones: superar el 200% de la media aritmética de dotaciones para amortizaciones referidas al establecimiento objeto de inversión.  Creación y mantenimiento de puestos de trabajo. 12
  • 13. Incentivos Regionales  Condiciones en Proyectos de Modernización de empresas:  Inversión > 600.000 €  Representar, al menos, el 50 % del inmovilizado material del establecimiento objeto de la inversión, referido al último balance de situación cerrado.  Finalizada la inversión, se deberá alcanzar un incremento mínimo del 15 % de la capacidad productiva referida al centro objeto de la inversión.  Amortizaciones: superar el 250% de la media aritmética de dotaciones para amortizaciones referidas al establecimiento objeto de inversión.  Mantenimiento de puestos de trabajo. 13
  • 14. Incentivos Regionales ¿Quién la gestiona? Ministerio de Hacienda y Administración Pública a través de la D.G. Empresa y Actividad Emprendedora. Presentación de la solicitud  Oficinas que realicen funciones de registro de la Administración Autonómica.  Oficinas de correo (sobre abierto)  Representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero. Plazos: hasta 31/12/2013 Modelo de solicitud en: www.extremaduraempresarial.es 14
  • 16. Incentivos Industriales  ¿ En qué consiste? Es una línea de subvención directa para empresas que realicen inversiones en Extremadura* en determinados sectores.  ¿ Quién puede acogerse ? Empresas, especialmente pymes, que tengan ánimo de lucro. (personas físicas, S.A., S.L., S.Coop. C.B. y sociedades civiles, incluidas las empresas de economía social) * Domicilio de la actividad en Extremadura 16
  • 17. Incentivos Industriales  ¿ Qué proyectos se subvencionan? − PROYECTOS DE Creación de empresas (12 meses de antigüedad) − PROYECTO DE Ampliación y modernización de centros productivos (se incluyen traslados del casco urbano a terrenos o zonas industriales pero no traslados a Polígonos Industriales) − PROYECTOS DE Traslado de centros productivos (del casco urbano a un Polígono Industrial) − PROYECTOS DE Integración de tecnologías limpias (protección medio ambiente) 17
  • 18. Incentivos Industriales  Requisitos: − Financiación del promotor: 25% − Realizar las inversiones al día siguiente a la presentación de la solicitud.  ¿Cómo acreditarlo?  Acta notarial  Visita técnica  Declaración jurada (proyectos sin obra civil) − Inversión mínima: 15.000 € − Mantenimiento de la actividad y la inversión, 5 años. (desde la presentación solicitud de Liquidación) − Colocar cartel anunciador en lugar visible si: subvención concedida>6.000€ 18
  • 19. Incentivos Industriales Sectores subvencionables: Cuando una empresa realice 2 o más actividades, se entenderá como principal la que genere más de un 40% de beneficio. − Grupo 1: Energía y agua − Grupo 2: Extracción de minerales no energéticos y productos derivados. − Grupo 3: Otras industrias manufactureras. ( panadería, pastelería, envasado de agua y otras bebidas sin alcohol, textil, madera, corcho, papel, plástico, joyas, fabricación instrumentos musicales, juguetes, otros ) 19
  • 20. Incentivos Industriales  Sectores subvencionables: − Grupo 6: Comercio, Restaurantes, hospedaje y reparación.  Comercio mayor de chatarra y metales de desecho. Las actividades de recuperación de productos, serán subvencionables siempre que tengan un carácter industrial, conlleven un proceso productivo que desemboque en un producto semielaborado o totalmente elaborado.  Hospedaje en hoteles y moteles, hostales y pensiones (baño individual), apartahoteles, campamentos de lujo, campamentos 1ª, 2ª y 3ªclase. - Grupo 9:  Guardería infantil  Residencias geriátricas  Producción de películas cinematográficas 20
  • 21. Incentivos Industriales Inversiones subvencionables: - Terrenos: (con obra civil e instalaciones). < 10% del gasto total del proyecto. - Inmuebles industriales nuevos (primera transmisión y antigüedad<4años). (excluidas viviendas, excepto si se trata de una actividad del grupo 68 del IAE). - Obra civil e instalaciones en terrenos propiedad de la empresa. De lo contrario, sólo se admitirán reformas no superiores al 20% del total de la inversión aprobada (máximo 30.000 €) - Bienes de equipo y equipamiento nuevos (maquinaria, transporte interior, equipos de seguridad, mobiliario, equipos informáticos) (primer uso y fecha de fabricación <3 años): . - Trabajos de ingeniería de proyectos ( este gasto se podrá realizar hasta 6 meses antes de la solicitud ) 21
  • 22. Incentivos Industriales Inversiones NO subvencionables: - Adquisición de Terrenos entre familiares por consanguinidad o afinidad, de primer grado. - Máquinas recreativas y expendedoras. - Bienes de equipo fuera de las instalaciones de la empresa. - IVA - Mera sustitución de equipamiento. - Inversiones mediante leasing (salvo que previo cumplimiento del expediente se ejerza la opción de compra), lease-back. - Gastos financieros o habituales de la empresa. - Gastos de exportación. 22
  • 23. Incentivos Industriales EJEMPLOS DE PROYECTOS/ACTIVIDADES/INVERSIONES NO SUBVENCIONABLES: • Casas rurales • Elementos de transporte exterior • Almacenes • Establecimientos o salas comerciales para al venta de productos • Industria agroalimentaria (Incentivos Agroindustriales) • Etc 23
  • 24. Incentivos Industriales • Cuantía:  Proyectos < 600.000 € = hasta 40%  Proyectos > 600.000 € = hasta 30% • Incompatibles con otras subvenciones directas para el mismo fin. • Complementarias a Incentivos Regionales. 24
  • 25. Incentivos Industriales Complementariedad con INCENTIVOS REGIONALES: Podrán complementarse los proyectos de inversión inferior a 5.000.000 €  Inversiones <2.500.000 €= mismo porcentaje de subvención de I.Regionales Inversiones >2.500.000 €=50% de I.Regionales Límite de subvención entre ambas ayudas: Máximo 30% Mínimo 20% 25
  • 26. Incentivos Industriales Criterios de valoración y ponderación: • Sector de actividad (Anexo A, entre 12-16 puntos) • Domicilio fiscal de la empresa (Extremadura, 1 punto) • Tamaño de la empresa (pymes 2 puntos, no pymes 1 punto) • Factor de ruralidad ( 2 puntos localidades inferiores a 10.000 hab.) • Apoyo autónomos y economía social ( 3 puntos para Autónomos, S.A.L. S.L.L. O S.C.T.A.) • Modalidad de la inversión ( 4 A/M- 6 C – 8 T - 10 T.L. puntos) • Equilibrio técnico-financiero ( en función de la inversión) • Respeto al medio ambiente (2 puntos: reciclaje, traslados o integración tecnologías limpias) 26
  • 27. Incentivos Industriales Tramitación: Presentación de la solicitud Elegibilidad • Resolución (máximo 6 meses) • Ejecución del Proyecto (en todo caso, antes de 15/09/2015) • (2 años Proyectos < 600.000 3 años Proyectos > 600.000 €) • Prórrogas (solicitud ates de fin de plazo de vigencia) • Presentación de la solicitud de liquidación (1 mes después de la vigencia) Comprobación de inversiones Pago 27
  • 28. Incentivos Industriales Documentación a aportar junto a la solicitud: Anexo I  Memoria (valoración económica)  Declaración responsable de la condición de beneficiario (C.B.)  Facturas pro-forma o presupuestos de los activos.  Planos  Escrituras  NIF O CIF del solicitante (si no autoriza de oficio en la solicitud)  I.S. o I.R.P.F  Declaración censal (036) o compromiso.  Acreditación de la propiedad de los terrenos.  No será necesaria la presentación de documentación que estuviere en la Administración cuando no hayan transcurrido más de 5 años. 28
  • 29. Incentivos Industriales Modificaciones de proyectos: • Durante el 1º Año de ejecución (desde Resolución Individual), la empresa podrá presentar modificaciones del proyecto + ó – (superior a un 25% de lo aprobado). • No se admitirán modificaciones que supongan mayor subvención a la aprobada. Se podrán admitir cambios de titularidad a personas físicas/jurídicas. 29
  • 30. Incentivos Industriales Justificación de inversiones: 1 mes desde fin de vigencia • Obra civil e inmuebles: mediante escrituras. • Gastos < 300 €: ticket de compra, no superando más de 3% de la inversión aprobada y no más de 1.000 € de mismo proveedor. • Trabajos realizados por el beneficiario para su inmobilizado: certificación contable de auditor. • Pagos en metálico: facturas < 1.000 € • Pagos a través de entidad financiera: facturas >1.000 € • Obras >30.000 € y adquisición bienes equipo y servicios>12.000, aportación 3 presupuestos de diferentes proveedores. • Pagos aplazados: vencimiento antes de fin del plazo de ejecución. El beneficiario de la subvención deberá ser titular de la cuenta bancaria para cobrar la ayuda. El beneficiario deberá estar al corriente de sus obligaciones tributarias y ante la Seguridad Social. 30
  • 31. Incentivos Industriales ¿Quién la gestiona? D.G. Empresa y Actividad Emprendedora. Presentación de la solicitud Oficinas que realicen funciones de registro de la Administración Autonómica.  Oficinas de correo (sobre abierto)   Representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero. Plazos: hasta 15/03/2013 (ó agotamiento de fondos) Modelo de solicitud en: www.extremaduraempresarial.es Normativa: Decreto 55/2012 de 13 de abril. 31
  • 33. Incentivos Agroindustriales  En qué consiste? Ayudas en forma de subvención a fondo perdido, para empresas del sector agroindustrial que realicen inversiones en Extremadura.  Quién la gestiona? Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía. D.G. Incentivos agroindustriales y energía. Servicio de Incentivos Agroindustriales. Avda Portugal s/n. Mérida. 924005771  Normativa: Decreto 136/2012 (D.O.E. 19/07/2012) 33
  • 34. Incentivos Agroindustriales  ¿Quién puede acogerse ? Empresas que realicen inversiones destinadas a la transformación y comercialización de productos indicados en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la UE, siempre que el producto obtenido no esté incluido en este Anexo.  Proyectos subvencionables:  Creación de nuevos centros productivos.  Ampliación- modernización de centros productivos existentes.  Proyectos de integración de tecnologías limpias en la empresa.  Inversiones para adaptar el centro productivo a normas nacionales más estrictas que la normativa comunitaria.  Inversiones por microempresas para adaptarse a nuevas normas comunitarias obligatorias (periodo de 3 años desde la entrada en vigor). 34
  • 35. Incentivos Agroindustriales  Inversiones subvencionables: (nueva adquisición o construcción) - Maquinaria y equipamiento. - Otras inversiones: Trabajos de ingeniería de proyectos y dirección facultativa de los trabajos relativos a la legalización de las instalaciones objeto de inversión ante organismos oficiales.  Además, si se trata de:  Nuevas empresas (<12 meses de constitución)  Cooperativas ya existentes que implanten nuevas secciones - Obra civil 35 - Adquisición de inmuebles nuevos
  • 36. Incentivos Agroindustriales  Cuantía * Inversión auxiliable, entre 15.000 € y 20.000.000 €  Inversiones subvencionables: (nueva adquisición o construcción) - Maquinaria y equipamiento. Entre 36 % y 44% - Otras inversiones.  Además, si se trata de:  Nuevas empresas (<12 meses de constitución)  Cooperativas ya existentes que implanten nuevas secciones - Obra civil 20% - Adquisición de inmuebles nuevos 36
  • 37. Incentivos Agroindustriales Presentación de la solicitud  Oficinas que realicen funciones de registro de la Administración Autonómica.  Oficinas de correo (sobre abierto)  Representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero. Plazos: hasta 19 de octubre 2012 Modelo de solicitud en: www.extremaduraempresarial.es 37
  • 38. SUBVENCIONES DIRECTAS Fomento y apoyo de la actividad comercial 38
  • 39. Fomento de la actividad comercial En qué consiste? Se trata de ayudas directas para pymes comerciales dirigidas a realizar inversiones en el pequeño y mediano comercio. Quién las gestiona? Dirección General de Ordenación Industrial y Comercio Convocatoria: mediante orden anual (abierta aproximadamente 1 mes) Normativa: Decreto 300/2011, de 23 de diciembre 39
  • 40. Fomento de la actividad comercial ACCIONES SUBVENCIONABLES Modernización del pequeño y mediano comercio 1. Apoyo a al expansión del comercio asociado regional. Implantación, transformación, adaptación o traslado de un establecimiento comercial (inversiones en la sala de ventas) que se integre en una cooperativa de detallistas o franquicia regional. Cuantía: 50% (límite 20.000 €) Gastos subvencionables: obras, adquisición mobiliario, equipos, elementos de decoración, rotulación y señalización, iluminación, protección y seguridad, terminales de punto de venta, programas de gestión, otros (excepto vehículos). 40
  • 41. Fomento de la actividad comercial ACCIONES SUBVENCIONABLES Modernización del pequeño y mediano comercio 2. Modernización del comercio tradicional independiente. Proyectos de reforma, ampliación o traslado de establecimientos en la misma localidad (con cierre del anterior), llevados a cabo por pymes comerciales que tengan preexistencia en la misma actividad de 5 años y el proyecto conserve la misma actividad y contemple informatización del punto de venta.. Cuantía: 40% (límite 30.000 €) Gastos subvencionables: obras, adquisición mobiliario, equipos, elementos de decoración, rotulación y señalización, iluminación, protección y seguridad, terminales de punto de venta y programas de gestión. 41
  • 42. Fomento de la actividad comercial ACCIONES SUBVENCIONABLES Modernización del pequeño y mediano comercio 3. Incorporación de la pyme comercial a la distribución organizada. Proyectos de adaptación a los requerimientos exigidos por un grupo de distribución: equipamiento, reforma, ampliación o traslado del establecimiento. Se exige una antigüedad de 2 años. Cuantía: 30% (límite 20.000 €) Gastos subvencionables: obras, adquisición mobiliario e instalaciones, equipos, elementos de decoración, rotulación y señalización, iluminación, protección y seguridad, terminales de punto de venta y programas de gestión. 42
  • 43. Fomento de la actividad comercial ACCIONES SUBVENCIONABLES Fomento de la actividad comercial en el ámbito rural 1. Implantación de comercios rurales de servicios básicos. Proyectos en localidades menores a 5.000 habitantes, llevados a cabo por empresas de nueva creación, nuevos autónomos o ya preexistentes, en la actividad de comercio al por menor de toda clase de artículos, incluyendo bazar, alimentación, bebidas y productos autóctonos. Cuantía: 50% (límite 30.000€) Gastos subvencionables: obras, adquisición e instalación de mobiliario, equipos y elementos de decoración, rotulación y señalización, iluminación, protección y seguridad, adquisición de equipamiento comercial para sala de ventas, terminales de punto de venta y programas de gestión. 43
  • 44. Fomento de la actividad comercial ACCIONES SUBVENCIONABLES Ayudas para la creación de franquicias (titular de la franquicia) 1. Creación de franquicias. Siempre que se trate de una pyme comercial o de servicios minoristas que ejerzan una actividad franquiciable y tenga una antigüedad en la actividad de 2 años. Cuantía: 40% (límite 5.000€) Gastos subvencionables: confección del contrato de franquicia, diseño de identidad e imagen corporativa, elaboración de manuales de franquicia y de desarrollo del catálogo de productos y servicios. 44
  • 45. Fomento de la actividad comercial ACCIONES SUBVENCIONABLES Ayudas para el desarrollo de franquicias (titular de la franquicia) 2. Instalación del primer y segundo establecimiento piloto. El 2º fuera de Extremadura y la red debe contar con al menos tres franquiciados. Cuantía: 40% (límite 30.000€) Gastos subvencionables: obras de reforma y adaptación del local, adquisición de mobiliario y equipamiento comercial para sala de venta o de servicios, decoración, rotulación y señalización, iluminación, protección y seguridad, equipos de reproducción, equipos informáticos de gestión y terminales del punto de venta. 45
  • 46. Fomento de la actividad comercial ACCIONES SUBVENCIONABLES Ayudas para la creación y desarrollo de franquicias (titular de la franquicia) 3. Promoción comercial de franquicias. Las empresas inscritas en el Registro de franquiciadores de Extremadura dispondrán de ayudas para promoción de su franquicia y asistencia a ferias del sector. Cuantía: 30% (límite de 10.000 €) Gastos subvencionables: publicidad de lanzamiento en medios de comunicación, alquiler de espacios en ferias, transporte de materiales y mercancías para exposición, gastos de viaje y estancia para certámenes (2 personas). 46
  • 47. Fomento de la actividad comercial ACCIONES SUBVENCIONABLES Ayudas para la promoción del comercio electrónico en la pyme comercial 1. Proyectos de comercio electrónico. Ayudas para la creación y desarrollo de tiendas virtuales y plataformas de comercio electrónico, así como cualquier otro proyecto dirigido al acceso de la pyme comercial minorista al comercio electrónico. Cuantía: 40% (límite de 2.000 €) Gastos subvencionables: consultoría y asistencia técnica del proyecto, diseño y creación de la plataforma o tienda virtual, implementación de protocolos de transacciones y sistemas de pago seguros, registro de dominio, módulos de publicidad virtual, alojamiento inicial en el servidor. 47
  • 48. Fomento de la actividad comercial ACCIONES SUBVENCIONABLES Ayudas para la incorporación de la pyme comercial mayorista a las tecnologías de la información y la comunicación 1. Proyectos de comercio electrónico. Ayudas para la implantación de soluciones basadas en las tecnologías de la información y la comunicación en la gestión de procesos de negocios, para las pymes mayoristas (comercio al por mayor). Cuantía: 30% (límite de 10.000 €) Gastos subvencionables: SOFWARE. sistemas de gestión de clientes, gestión de la cadena de suministro, otros sistemas integrados de gestión, sistemas de explotación de datos, sistemas interoperables para el intercambio de información, mejora de sistemas logísticos y mejora de la seguridad lógica. 48
  • 49. Fomento de la actividad comercial Tramitación: Presentación de la solicitud+ Acreditación de no inicio*+ Resolución+ Ejecución del Proyecto+ Presentación de la solicitud de liquidación+ Comprobación de inversiones+ Pago * Mediante Acta notarial o visita técnica 49
  • 50. SUBVENCIONES DIRECTAS Promoción exterior de las empresas y apertura a nuevos mercados 50
  • 51. Promoción Exterior de las empresas de Extremadura y apertura a nuevos mercados  ¿ Quién puede acogerse ? Empresas con domicilio fiscal y social en Extremadura cuyas actividades estén relacionadas con: la transformación o fabricación y actividades de servicios. Agrupaciones y asociaciones.  Normativa: Decreto 126/2012, de 6 de julio.  Plazos: 2ª Convocatoria, hasta el 13/08/2012.  Cuantía: hasta el 40% (en función de criterios de valoración públicos)  Inversión mínima: 2.000 €  ¿ Quién las gestiona ? Dirección General de Ordenación Industrial y Comercio 51
  • 52. Promoción Exterior de las empresas de Extremadura y apertura a nuevos mercados Proyectos subvencionables: a) Acciones promocionales y/o comerciales para la apertura de nuevos mercados y organización o asistencia a misiones comerciales directas e inversas. Conceptos subvencionables: Realización de campañas publicitarias en medios de comunicación del mercado de destino. Presentaciones de productos, desfiles, demostraciones técnicas y publicidad en puntos de venta. Serán subvencionables exclusivamente los gastos de alquiler y acondicionamiento de locales, transporte de mercancía, organización, montaje, azafatas, modelos, traducción e interpretación. Homologación, certificación y registro de productos fuera del territorio español. – Traducción, actualización y/o mejora de la página web de la empresa en el/los idioma/s oficial/es del mercado de destino. No serán subvencionables el registro del dominio y el mantenimiento de la página, así como los demás gastos corrientes. Edición de catálogos o folletos en soporte papel o digital necesario para el desarrollo del proyecto. 52
  • 53. Promoción Exterior de las empresas de Extremadura y apertura a nuevos mercados Proyectos subvencionables: b) Participación directa en ferias y certámenes de relevancia comercial. • Inscripción, alquiler de los espacios de exposición. • Montaje, desmontaje y alquiler de stand, no su construcción, salvo que la empresa demuestre fehacientemente que la duración del stand está limitada a una edición concreta de la actividad ferial. • Servicios para la gestión del stand de exposición: seguros, consumo de energía eléctrica, inserción de datos o publicidad en catálogo, limpieza del stand, suministro de agua y desagües, azafatas, traducción e interpretación. • Gastos de transporte de la mercancía necesaria para exponer, degustar, demostrar o presentar. • Gastos de autoconsumo y otros necesarios para degustación. • Gastos de viaje para dos personas. Gastos de alojamiento y manutención para dos personas durante las fechas de celebración de la feria o certamen. • Gastos de realización de folletos, de vídeos o catálogos. 53
  • 54. SUBVENCIONES DIRECTAS Fomento y apoyo de la actividad artesana 54
  • 55. Fomento de la actividad artesana En qué consiste? Se trata de ayudas directas para empresas inscritas en el Registro de Artesanos y empresas artesanas de Extremadura, destinadas a actividades formativas e inversiones en medios de producción y comercialización. Quién las gestiona? Dirección General de Ordenación Industrial y Comercio Convocatoria: abierta hasta el 4 de junio de 2012. Normativa: Decreto 65/2012, de 27 de abril. 55
  • 56. Fomento de la actividad artesana ACCIONES SUBVENCIONABLES Cursos de perfeccionamiento recibidos por el artesano Requisitos. Materia del curso: introducción de nuevas técnicas que mejoren sus productos y ampliación de conocimientos para la comercialización, íntimamente relacionados con la actividad artesana desarrollada. Cuantía: 50% Gastos subvencionables: matriculación, transporte, alojamiento y manutención. Inversión máxima subvencionable = 6.000 € 56
  • 57. Fomento de la actividad artesana ACCIONES SUBVENCIONABLES Inversiones en medios de producción y comercialización. Gastos subvencionables: - Obras de instalación, modernización, acondicionamiento, ampliación de locales de producción y comercialización. Superficie máxima: 350 m2 para obras en locales de producción y 250 m2 para locales de comercialización. (hasta 60.000 €) - Útiles, herramientas y equipos (hasta 30.000 €) - Adquisición de sofware (hasta 3.000 €) - Diseño y producción de catálogos (hasta 5.000 €) - Organización de exposiciones fuera de la localidad del promotor (hasta 10.000 €) Cuantía: 50% 57
  • 58. SUBVENCIONES DIRECTAS Fomento de la calidad del sector turístico 58
  • 59. Fomento de la calidad del sector turístico En qué consiste? Subvenciones destinadas a fomentar la calidad del sector turístico de Extremadura, para elevar el nivel de las infraestructuras turísticas y la prestación de servicios con mayor valor añadido. (Empresas con domicilio social y fiscal en Extremadura). Quién las gestiona? Dirección General de Turismo Convocatoria: abierta hasta el 16 de junio de 2012. Normativa: Decreto 78/2012, de 11 de mayo. 59
  • 60. Fomento de la calidad del sector turístico - Línea de Ayudas a Alojamientos Rurales: hoteles rurales, apartamentos rurales, casas rurales. - Línea de Ayudas a Balnearios. - Línea de Ayudas al Fomento de la Calidad de Alojamientos y Restauración: *Alojamientos turísticos hoteleros (hoteles, hoteles-apartamentos, hotel balneario, hostales y pensiones), *Alojamientos turísticos extrahoteleros (apartamentos turísticos, albergues turísticos y campamentos de turismo), *Establecimientos de restauración (restaurantes, cafeterías, empresas de catering y salones de banquetes). - Línea de Ayudas a Empresas de Actividades Turísticas Alternativas y de Intermediación Turístico: Empresas de intermediación turística (agencias de viajes y centrales de reservas) y Empresas de actividades turísticas alternativas. 60
  • 61. Fomento de la calidad del sector turístico •Gastos subvencionables (inversiones realizadas a partir del primer día de cada año):  Inversiones en equipamiento, construcciones y reformas en establecimientos ya existentes.  Proyectos de creación de nuevas empresas para el caso de de actividades turísticas alternativas, centrales de reservas y la puesta en marcha de agencias de viajes de turismo receptivo. Cuantía: • Carácter general: 30% (límite 50.000 €) • Inversiones para la obtención o mantenimiento de distintivos y marcas de calidad: 50% 61
  • 62. LÍNEAS DE FINANCIACIÓN Programa de financiación a empresas:  Préstamos: puros /complementarios  Leasing  Avales Programa Reindustrialización Otras líneas de financiación:  Líneas Avante  Líneas Enisa  Líneas ICO  Microcréditos Injuve-Microbank 62
  • 63. Programa de financiación a empresas Préstamos: puros /complementarios Leasing Avales  Normativa: Decreto 56/2012, de 13 de abril  ¿ Quién las gestiona? Dirección General de Empresa y Actividad Emprendedora  Plazos: hasta 15/03/2013 63
  • 64. Líneas de Financiación Quién puede acogerse a estas ayudas? Empresas, especialmente pymes, que tengan ánimo de lucro y realicen inversiones en Extremadura. (personas físicas, S.A., S.L., S.Coop., C.B., S.C.) Qué tipos de proyectos se subvencionan? - Creación de empresas - Ampliación y modernización de centros productivos - Proyectos de traslado de centros productivos Cuantía Varios puntos porcentuales de interés de la operación. En ningún caso la subvención podrá superar euribor determinado para cada semestre, ni el límite de 300.000 € . 64
  • 65. Líneas de Financiación Sectores subvencionables: - Industrias extractivas y transformadoras - Industrias agroindustriales - Artesanía - Establecimientos de alojamiento hotelero y turístico - Transporte - Comercio - Sector de las telecomunicaciones, medios audiovisuales y sociedad de la información - Sector servicios. 65
  • 66. PRÉSTAMOS : PUROS o COMPLEMENTARIOS Características  Inversión: No hay límites.  Tipo de interés: Euribor +1 (variable semestralmente) (2% segundo semestre 2012)  Carencia: uno o más periodos.  Financiación: 75% de la Inversión Subvencionable. (posibilidad de amortizar en caso de haber formalizado por más importe, siempre el promotor deberá formalizar como máximo por el 75% de la I.Proyectada)  Amortización: la que acuerden las partes.  Plazo de la operación: hasta 25 años.  Comisión de apertura: 0,5 %. No se permite ninguna otra comisión.  Cuantía de la ayuda: hasta 3 puntos sobre el interés (durante los primeros 5 años)  Importe subvencionable: Inversión subvencionable (complementaria+no complementaria) - 25% aportación propia - % ayuda a fondo perdido  Pago único o trimestral. 66  Ejecución del proyecto: 18-24 meses (excepto complementarios).
  • 67. PRÉSTAMOS : PUROS o COMPLEMENTARIOS Inversiones subvencionables Terrenos (límite 10%) Inmuebles (nuevos o de ocasión) Obra civil Bienes de equipo y equipamiento. (nuevos) Incluidos vehículos de transporte exterior comerciales y/o industriales y vehículos turismos para autoescuelas.  Vehículos de transporte comerciales y/o industriales subvencionables aquellos que tengan dicha catalogación en la publicación que realiza la asociación nacional de vendedores de vehículos a motor, reparaciones y recambios (www.ganvam.es) siempre que sean necesarios para el desarrollo de la actividad, estén adscritos al servicio privado exclusivamente y su matriculación se realice con posterioridad al día de la fecha de presentación de la solicitud de ayuda. Otros gastos: programas informáticos y trabajos de ingeniería de proyectos. 67
  • 68. PRÉSTAMOS : PUROS o COMPLEMENTARIOS Inversiones NO subvencionables Adquisición de terrenos entre familiares de primer grado. Máquinas recreativas y expendedoras Bienes de equipo con ubicación fuera de la empresa. Vehículos pick-up . Vehículos de transporte para el sector del transporte. Inmuebles para la actividad de alquiler de inmuebles. IVA Sustitución de equipos, inversiones mediante leasing, lease-back, gastos habituales de una empresa. 68
  • 69. PRÉSTAMOS : PUROS o COMPLEMENTARIOS Requisitos / Obligaciones Formalización de operación financiera: día siguiente a la presentación de la • solicitud. Límite: seis meses tras la notificación de la resolución -sólo admisible una renovación-) •Remisión de póliza a la D.G. y a la entidad financiera: dentro de un mes tras la formalización. Presentación de la solicitud de liquidación: hasta un mes después de fin • del periodo de vigencia).  Estar al corriente de obligaciones tributarias y S.S.  Subrogaciones, novaciones y amortizaciones: previa autorización de la D.G. durante los 5 primeros años en los que se subvenciona la operación.  Cartel anunciador: Subvención>6.000 € 69
  • 70. PRÉSTAMOS : PUROS Documentación a aportar junto a la Solicitud General:  Modelo 036 (nuevas empresas)  Declaración responsable de la condición de beneficiario.  Breve exposición de la empresa.  Escrituras.  I.S. o I.R.P.F.  NIF o CIF. (en caso de no autorizar en la solicitud) Para Activos fijos:  Facturas pro-forma o presupuestos de los activos.  Planos.  Acreditación de procedencia de terrenos. 70
  • 71. PRÉSTAMOS COMPLEMENTARIOS • Complementariedad con: Incentivos Industriales Incentivos Económicos Regionales Incentivos Agroindustriales Ayudas D.G. De Ordenación Industrial y Comercio Ayudas Eje Leader Sólo será necesario la presentación de la solicitud y no los demás • documentos adjuntos cuando se trate de complementarios a I.Industriales e I. Regionales. 71
  • 72. LEASING Características Inversión Subvencionable: 100% en bienes de equipo y equipamiento: Maquinaria de proceso, vehículos de transporte comerciales y/o industriales, elementos de transporte interior, equipos de medida y control, equipos de seguridad, medios de protección del medio ambiente, mobiliario y enseres, equipos para proceso de información y otros bienes de equipo ligados al proyecto. Excepcionalmente, en la actividad de enseñanza de conductores, se podrán admitir vehículos turismo. Formalización de la operación: día siguiente a la presentación de la solicitud. Remisión de póliza a la D.G.: dentro de un mes tras la formalización. Tipo de interés: fijo. Euribor +2 (fijo) (segundo semestre 2012 - 3 %) Obligación de ejercer opción de compra Amortización: mensualmente. Plazo: entre 2 – 5 años. Comisión de apertura: 0,5 %. No se permite ninguna otra comisión. Cuantía de la ayuda: 3 puntos sobre el interés (durante los primeros 5 años) 72
  • 73. LEASING Documentación a aportar junto a la Solicitud • General:  Modelo 036 (nuevas empresas)  Declaración responsable de la condición de beneficiario.  Breve exposición de la empresa.  Escrituras.  I.S. o I.R.P.F.  NIF o CIF. (en caso de no autorizar en la solicitud) Para Activos fijos: •  Facturas pro-forma o presupuestos de los activos.  Planos  Acreditación de procedencia de terrenos 73
  • 74. LEASING Documentación a aportar tras la presentación de la Solicitud y la formalización de la operación  Contrato de arrendamiento financiero.  Facturas en firme.  Permiso de circulación, en su caso.  Ficha técnica de ITV, en su caso.  Tarjeta de transporte, en su caso. NO SERÁ NECESARIO APORTAR SOLICITUD DE LIQUIDACIÓN 74
  • 75. AVALES ¿ En que consiste? Subvención de hasta 1 punto porcentual sobre el coste del aval, en operaciones de préstamos o leasing avaladas por EXTRAVAL. Solicitud: Instancia solicitud + Contrato de aval – 1 mes desde la formalización del aval ( antes de fin de convocatoria) 75
  • 76. Programa de Reindustrialización Financiación de inversiones industriales con objeto de potenciar, regenerar o crear el tejido industrial, a la vez que incidan positivamente en las variables socioeconómicas del entorno geográfico de referencia.  Normativa: Orden IET/1173/2012, de 29 de mayo ¿ Quién las gestiona? Ministerio de Industria, Energía y Turismo. Plazos: Convocatoria general: del 3 de junio al 2 de julio de 2012 , ambos inclusive. Convocatoria específica para Extremadura...Pendiente 76
  • 77. Otras líneas de financiación a empresas Línea Avante E2i: dirigida a proyectos de carácter innovador. Préstamos: • línea emprendedores: máximo 60.000 € Puede o no • línea inversión: máximo 200.000 € intervenir Extraval – Microcréditos: hasta 25.000 € ( sujero a las condiciones de Extraval) Participación en capital Más información: 924 002 900 77 www.extremaduraavante.es
  • 78. Otras líneas de financiación a empresas Línea Avante Directo: dirigida a proyectos emprendedores y empresas en fase de crecimiento. Préstamos: • línea emprendedores: máximo 60.000 € Puede o no • línea inversión: máximo 200.000 € intervenir Extraval – Microcréditos: hasta 25.000 € ( sujero a las condiciones de Extraval) Participación en capital Más información: 924 002 900 78 www.extremaduraavante.es
  • 79. Otras líneas de financiación a empresas − Préstamos participativos ENISA: Creación, crecimiento, consolidación y colaboradores. Más información: 915 708 200 www.enisa.es − Préstamos ICO: Emprendedores, Inversión, Internacionalización, Liquidez Más información: 900 121 121 www.ico.es - Microcréditos Injuve-Microbank: Cuantía: 25.000 € Financiación: 95% Tipo de Interés: 7,5% Beneficiarios: jóvenes<35 años 79
  • 80. LÍNEAS DE AYUDA AL AUTOEMPLEO Y LA CONTRATACIÓN DE TRABAJADORES Fomento del autoempleo Fomento del empleo de calidad en la contratación indefinida. Fomento del empleo en el ámbito de la economía social. Programa de Escuelas profesionales de Extremadura. 80
  • 81. Fomento del autoempleo PROGRAMA I. Ayudas al establecimiento de desempleados como trabajadores autónomos PROGRAMA II. Ayudas al autónomo/a que propicie la inserción laboral de un familiar colaborador. Normativa: Decreto 230/2010, de 29 de diciembre Plazos: hasta el 30 de octubre de 2012. Se podrá presentar la solicitud de la ayuda en el mes en que se produce el alta como autónomo y en los cinco meses naturales siguientes. 81
  • 82. Fomento del autoempleo ¿Quién puede acogerse? - Personas que figuren inscritas como demandantes de empleo en el SEXPE y a su vez carezca de ocupación según el informe de vida laboral de la TGSS, y vayan a darse de alta como autónomos/as. - Debe suponer una creación real y efectiva del empleo. - La actividad deberá radicar y mantenerse en el territorio de Extremadura. - El beneficiario deberá tener vecindad administrativa en Extremadura. Obligaciones: Mantenimiento del puesto de trabajo 2 años ininterrupidamente. 82
  • 83. Fomento del autoempleo Requisitos específicos: Programa I •Acreditarque posee, a la fecha de presentación de la solicitud de subvención, formación relacionada con la gestión y/o dirección empresarial. http://www.autonomosextremadura.com/formacion/ •Disponer de un plan que acredite la viabilidad de la iniciativa emprendedora y que permita evaluar el potencial económico y la rentabilidad esperada del proyecto. •Haber realizado una inversión mínima de 2.000 € 83
  • 84. Fomento del autoempleo Cuantía programa I: MUJERES DESEMPLEADAS VARONES DESEMPLEADOS DISCAPACITADOS VARONES DESEMPLEADOS (menores 30 años) 7.500 € PERSONAS DESEMPLEADAS AGOTADO PRESTACIONES O SUBSIDIOS POR DESEMPLEO DESEMPLEADOS NO ENCUADRADOS 5.000 € APARTADOS ANTERIORES 84
  • 85. Fomento del autoempleo Requisitos específicos: Programa II •Incorporación como autónomo colaborador de un familiar del autónomo principal y que presta servicios en el negocio familiar. •Dará derecho a la ayuda una sola incorporación al negocio familiar •El familiar colaborador no debe haber mantenido relación laboral con el autónomo principal en cualquiera de los regímenes de la seguridad social en los seis meses anteriores a la fecha de alta en reta de referencia. •El autónomo colaborador no debe haber sido partícipe anteriormente de las ayudas para el establecimiento de trabajadores autónomos en concepto de renta de inserción o subsistencia. 85
  • 86. Fomento del autoempleo Cuantía programa II: HOMBRE DESEMPLEADO FAMILIAR 5.000 € COLABORADOR MUJER DESEMPLEADA FAMILIAR 7.500 € COLABORADORA 86
  • 87. Fomento del empleo de calidad en la contratación indefinida ¿ En qué consiste ? Fomentar el empleo estable en la Comunidad Autónoma de Extremadura así como favorecer la inserción laboral de determinados colectivos de desempleados con mayor dificultad de acceso al mercado de trabajo. Dos programas: PROGRAMA I: Ayudas a las contrataciones indefinidas iniciales. PROGRAMA II: Ayudas por transformación de contratos de duración determinada en contratos indefinidos. Normativa: ORDEN de 25 de noviembre de 2011. NUEVO DECRETO 2012/13 PRÓXIMAMENTE Plazos: Hasta el 30 de abril de 2012. Durante el periodo de vigencia de la convocatoria, los interesados deberán solicitar las subvenciones dentro del plazo de un mes, contado a partir de la fecha de inicio de la contratación objeto de los beneficios. 87
  • 88. Fomento del empleo de calidad en la contratación indefinida Cuantía Programa I, por contratación indefinida a tiempo completo: a) Mujeres: 4.000 €. b) Hombres: 2.500 €. Estas cuantías se incrementarán con 1.000 € en los siguientes supuestos: jóvenes menores de 30 años, parado de larga duración, empleo creado en localidades de menos de 5.000 habitantes, en el caso de trabajadores por cuenta propia, que con la formalización de la contratación por la que se solicita subvención creen su primer puesto de trabajo indefinido. Programa II, por transformación de contratos temporales: a) Mujeres: 3.000 €. b) Hombres: 2.000 €. 88
  • 89. Fomento del empleo en el ámbito de la economía social ¿ En qué consiste ? Fomento de la creación de puestos de trabajo estables en las empresas de la Economía Social (Cooperativas, Sociedades Laborales y Asociaciones de las mismas). Normativa: Decreto 126/2008, de 20 de junio (modificado por el Decreto 284/2011, de 25 de noviembre) PROGRAMAS: I: Incorporación de personas desempleadas como socias trabajadoras o transformar contratos temporales en contratos indefinidos, al mismo tiempo que se adquiere la condición de personas socias-trabajadoras. II: Contratación de personas trabajadoras, con la categoría de técnicos (grado medio o superior) o contratación indefinida de personas trabajadoras para funciones de Gerencia o de Dirección (Grado Medio o superior) y/o experiencia profesional en gestión y dirección de empresas. 89
  • 90. Fomento del empleo en el ámbito de la economía social Beneficiarios: PROGRAMA I: 1. Sociedades Cooperativas (ordinarias o especiales) inscritas en el Registro de Sociedades Cooperativas de Extremadura, excepto las cooperativas de crédito y las de seguros. 2. Sociedades Laborales (Anónimas laborales o Limitadas Laborales) inscritas en el Registro de Sociedades Laborales de Extremadura EXCLUSION: En ambos casos están excluidas las que desarrollen actividades que se correspondan con las propias de empresas de trabajo temporal o de agencias de colocación. 90
  • 91. Fomento del empleo en el ámbito de la economía social Cuantía: PROGRAMA I: Subvenciones de 7.500, 10.000 y 12.500 €, según los perfiles de las personas incorporadas como socias – trabajadoras Incremento adicional de la subvención (por Cláusula de Responsabilidad Social), de 1.000€ por puesto de trabajo estable creado Subvención de los Gastos de Constitución, por importe máximo de 1.000 €. 91
  • 92. Fomento del empleo en el ámbito de la economía social Beneficiarios: PROGRAMA II: 1. Sociedades Cooperativas (ordinarias o especiales) inscritas en el Registro de Sociedades Cooperativas de Extremadura, excepto las cooperativas de crédito y las de seguros. 2. Sociedades Laborales (Anónimas laborales o Limitadas Laborales) inscritas en el Registro de Sociedades Laborales de Extremadura. 3. Entidades Asociativas de Sociedades Cooperativas o de Sociedades Laborales, inscritas en el Registro de Asociaciones Empresariales y Profesionales de la Comunidad Autónoma (Dirección General de Trabajo) o bien, en el Registro de Sociedades Cooperativas de Extremadura, siempre y cuando cuenten con un mínimo de 10 sociedades (cooperativas o laborales) extremeñas asociadas. 92
  • 93. Fomento del empleo en el ámbito de la economía social Cuantía PROGRAMA II: Subvenciones de 13.000, 19.000 y 26.000 €, según los perfiles de las personas contratadas Incremento adicional de la subvención (por Cláusula de Responsabilidad Social), de 1.000 € por contrato. 93
  • 94. Fomento del empleo en el ámbito de la economía social Plazos: La solicitud podrá presentarse durante el mes en que se realice la incorporación a la sociedad y el Alta en la Seguridad Social, y en los 5 meses naturales siguientes. Convocatoria vigente: ORDEN de 25 de noviembre de 2011 (DOE Nº 231, de 1 de diciembre de 2011). PLAZO DE VIGENCIA: hasta el 30 de octubre de 2012. 94
  • 95. Programa de Escuelas profesionales de Extremadura ¿ En qué consiste ? Programa de formación profesional para el empleo de carácter dual teórico-práctico acompañado de un compromiso de inserción laboral de al menos el 50 % de los participantes formados. Alumnos participantes: entre 5-15 alumnos. Desempleados de larga duración* mayores de 18 años y menores de 30 años. * Inscritos como desempleados durante al menos 360 días en los 18 meses anteriores y permanezcan desempleados a la fecha de la presentación de la oferta. 95
  • 96. Programa de Escuelas profesionales de Extremadura ¿ Entidades promotoras ? Empresas que no pertenezcan al sector público y que tengan centro de trabajo en Extremadura y cuenten con una plantilla mínima de 10 trabajadores a jornada completa en cómputo medio anual por cada alumno que quiera formar. Asociaciones empresariales de trabajadores autónomos y de la economía social. Tipo de proyecto INDIVIDUAL: empresas de más de 50 trabajadores. ASOCIADO: autónomos y empresas que sumen el mínimo de plantilla exigido. Plazo de presentación: hasta el 17 de mayo de 2013. Normativa: Decreto 74/2012, de 11 de mayo 96
  • 97. Programa de Escuelas profesionales de Extremadura Cuantía: Será la suma de las siguientes cantidades:  8 €/alumno (modalidad presencial) o 5,5 €/alumno (modalidad distancia) por el número de horas de formación en la Escuela Profesional (máximo 40% de la duración total).  1,5 €/alumno por el número de horas de formación práctica no laboral.  3 € por cada hora asistida por cada alumno. Conceptos subvencionables: • Retribución de los formadores. • Otros gastos. • Compensaciones del alumnado. 97
  • 98. Buscador de ayudas, solicitudes y normativa www.extremaduraempresarial.es 98
  • 100. ¡MUCHAS GRACIAS POR VUESTRA ATENCIÓN! Dirección General de Empresa y Actividad Emprendedora Ponente: ELENA DÍEZ BLANCO elena.diez@juntaextremadura.es informacion@extremaduraempresarial.es Teléfono: 924 00 45 55 100