Los ciudadanos argentinos que residen en el extranjero tienen derecho a votar en las elecciones de Argentina. Pueden votar solo en las embajadas y consulados donde se hayan inscrito. La votación es voluntaria, no obligatoria. Para inscribirse deben ser mayores de 18 años, residir en el extranjero de forma permanente, y haber cambiado su domicilio. Una vez inscritos, deben proporcionar datos como nombre completo, documento de identidad, domicilios actual y previo, y la embajada o
Los alumnos de la EESO N° 572 van a ver "Cuidado con el Jettatore" al teatro "la Nave" dentro del proyecto de la Universidad de Rosario "Nuevos Públicos en Formación"
Los alumnos de la EESO N° 572 van a ver "Cuidado con el Jettatore" al teatro "la Nave" dentro del proyecto de la Universidad de Rosario "Nuevos Públicos en Formación"
2. Presentación
● ¿Quienes tienen derecho a votar?
● Donde deben votar.
● ¿Es obligatorio la emisión del voto?
● ¿Qué requisitos deben cumplir?
● Datos necesarios para inscribirse.
● Justificación del NO voto.
● Video
3. ¿Quienes tienen derecho a votar?
●
Todo cuidadano que
reside en el
extranjero tiene
derecho a votar.
(Voto en la embajada de Berna-Suiza)
4. Donde deben votar.
●
Se puede votar únicamente en las
representaciones diplomáticas y consulares
en que se haya inscripto el ciudadano o en
aquellas mesas que habilite la Cámara
Nacional Electoral.
5. ¿Es obligatorio la emisión del voto?
●
Los residentes en el
extranjero no están
obligados a la
emisión de sufragio
la cual es voluntaria.
6. ¿Qué requisitos deben cumplir?
●
Todo argentino mayor de 18 años que resida
en el exterior de forma efectiva y
permanente.
●
Que tenga echo el cambio de domicilio.
●
Y estén inscritos en el Registro de
Electores Residentes en el Exterior.
7. Datos necesarios para inscribirse.
● Apellidos y nombres completos conforme
figuran en su documento cívico;
● Sexo;
● Fecha y lugar de nacimiento;
● Número y clase de documento cívico;
● Ultimo domicilio en la República - ciudad o
localidad, departamento, provincia. En caso de
tener residencia previa en el exterior deberá
consignarse dicho domicilio;
●
8. ● Domicilio completo en el exterior - ciudad o
localidad, departamento, provincia o estado y
nación;
● Profesión;
● Embajada, Consulado General, Consulado o
Sección Consular correspondiente al domicilio.
9. Justificación del NO voto.
●
Todo ciudadano que viva en el exterior y NO
haya realizado el cambio de domicilio en su
DNI, deberá justificar su NO emisión del
voto en las representaciones diplomáticas o
consulares.