1. Tema:
TRIBUTACIÓN EN LA MÚSICA
Universidad Nacional
DANIELALOMÍA ROBLES
FORMALIZACIÓN EMPRESARIAL MUSICAL
MG. JUAN CARLOS CONDEZO CABRERA
HUÁNUCO – PERÚ
2020
2. “La música es una revelación más
alta que la ciencia o la Filosofía”.
Ludwig Van Beethoven
3.
4. RENTAS QUE DETERMINAN LA FORMA DE TRIBUTAR
Renta de Primera
Categoría
Renta de Cuarta
Categoría
Renta de Segunda
Categoría
Renta de Quinta
Categoría
Renta de Tercera
Categoría
RENTAS NO
EMPRESARIALES
RENTAS
EMPRESARIALES
EL IMPUESTO A LA RENTA
NRUS RER RMT RG
REGÍMENES
5. LOS MÚSICOS Y SU FORMA DE TRIBUTAR
Si
Actividad Empresarial
No
Actividad Empresarial
Colectivo de Músicos Músicos Independientes
Si
Empresas
No
Empresas
Grupos, bandas y
orquestas musicales
Autores, Compositores,
interpretes
Tributan por medio de
una Sociedad
Tributan por cuenta
propia
6.
7. RENTAS DE SEGUNDA CATEGORÍA
REGALIAS POR DERECHOS DE AUTOR
Autores y/o compositores
OBLIGACIONES:
- Emitir facturas físicas cuando reciben las regalías por sus creaciones
- llevar un Libro de Ingresos cuando en el ejercicio gravable anterior o en el curso del
ejercicio hubieran percibido rentas brutas de segunda categoría que excedan veinte 20
UIT,
IMPUESTO:
Renta Bruta xxxx
20% Deducciones (xxx)
Renta Neta xxxx
Tasa del impuesto 6.25%
8. RENTAS DE CUARTA CATEGORÍA
LOCACIÓN DE SERVICIOS
CONTRATO CIVIL
OBLIGACIONES:
- Emitir Recibos por Honorarios Electrónicos cuando reciben sus honorarios
IMPUESTO:
- Retención del 8% cuando los honorarios percibidos superen los S/ 1,500 (sin suspensión
de retenciones)
- Pagos a cuenta del 8% cuando los honorarios percibidos supere los S/ 3,135 (con
suspensión de retenciones)
11. RÉGIMEN TRIBUTARIOS PARA LAS EMPRESAS
DE MÚSICA
NRUS
Nuevo Régimen
Único Simplificado
Grupos, bandas y orquestas
musicales
RER
Régimen Especial
del Impuesto a la
Renta
RMT
Régimen MYPE
Tributario
RG
Régimen General
del impuesto a la
Renta
RENTAS DE TERCERA CATEGORÍA
O RENTAS EMPRESARIALES
12. RENTAS DE TERCERA CATEGORÍA
Régimen MYPE Tributario
OBLIGACIONES:
- Llevar libros de contabilidad
- Emitir comprobantes de pago
- Realizar declaraciones juradas mensuales y anuales
- Pagar los tributos correspondientes
- Conservar los libros, registros, documentos tributarios 5 años o durante le
plazo de prescripción del tributo, el que fuera mayor.
Régimen General del I.R.
15. OBLIGACIONES LABORALES DE LAS EMPRESAS DE
MÚSICA
- Celebrar los contratos de trabajo (físico) con los músicos siempre que se
cumpla los supuestos para que exista vinculo laboral: 1) Que la labor la
desarrolló personalmente el trabajador, 2) Que existía una subordinación o
dependencia y 3) Que exista un pago (salario) por la labor desarrollada.
- Declarar y pagar los tributos de la planilla mensual
- Pagar los beneficios laborales dentro de los plazos establecidos
- Conservar los documentos y constancias de pago de las obligaciones
laborales económicas solamente hasta cinco años después de efectuado el
pago.
- Conservar los documentos relacionados con la seguridad y salud en el
trabajo 20 años si son registros de enfermedades ocupacionales, 10 años si
son registro de accidentes de trabajo y 5 años otros registros.
16. Pasos para la constitución de una empresa cuya actividad
es la música
- Búsqueda del nombre (denominación social) en los RR.PP.
- Reserva Registral del nombre (30 días) en los RR.PP.
- Elaboración de la minuta (pacto social, socios, denominación, objeto,
capital, representante legal, otros) firmado por un abogado.
- Elaboración de la Escritura Publica de constitución de la empresa. En la
Notaria
- Inscripción de la Escritura Publica de constitución en los RR.PP. Para la
obtención de la PARTIDA REGISTRAL
- Obtención del numero de RUC en la SUNAT
- Obtención la licencia de funcionamiento
- Inscripción de los empleados en el T-Registro plataforma de SUNAT
- Registro de un nombre Comercial en INDECOPI