Ponencia breve para mesa redonda en el curso Repensar Canfranc, analizando la situación urbanística del entorno de la Estación Internacional y, a mayor escala, retomando reflexiones del curso bilbaíno sobre el modelo urbanístico y las políticas de rehabilitación y regeneración urbana.
1. julio
tejedor
bielsa
profesor
titular
de
derecho
administrativo
repensar
Canfranc.
Taller
de
rehabilitación,
regeneración
urbana
y
paisaje
2. una
estación
de
ferrocarril…
La
línea
y
la
estación
internacional
se
inauguraron
el
18
de
julio
de
1928
El
27
de
marzo
de
1970,
tras
el
descarrilamiento
de
un
tres
francés
que
hacía
el
trayecto
entre
Pau,
Olorón
y
Canfranc
en
el
río
Aspe,
derrumbando
el
puente
del
Estanguet,
se
interrumpió
el
tráfico
ferroviario
internacional
a
través
del
paso
de
Canfranc
Titularidad.
La
estación
de
Canfranc,
sus
edificios,
sus
playa
de
vías,
sus
diferentes
instalaciones,
pese
al
evidente
y
prolongado
abandono,
han
venido
constituyendo
patrimonio
ferroviario,
demanial
en
su
mayor
parte.
Hoy
forman
parte
del
patrimonio
de
ADIF
(Ley
39/2003,
de
17
de
noviembre,
del
sector
ferroviario,
LSF)
Canfranc,
en
el
imaginario
colectivo
aragonés.
Una
reivindicación
constante…
Más
información
en
http://urbanismouz.blogspot.com.es/
2012/06/canfranc-‐estacion-‐la-‐
necesidad-‐de-‐un_25.html
3. una
playa
de
vías…
• ¿Qué
tipo
de
bien
es
la
EIC?
Demanial,
por
incluirse
en
la
red
ferroviaria
de
interés
general
(13
LSF).
Desafectación
tácita
• ¿Está
abierta
la
línea?
Régimen
de
clausura
de
líneas
o
tramos
de
infraestructura
ferroviaria
(11
LSF)
• ¿Qué
implica
que
estemos
antes
bienes
demaniales
estatales?
Limitación
a
las
competencias
autonómicas
y
locales.
Ordenación
urbanística
y
uso
del
suelo
sujetos
a
reglas
especiales
¿Qué
especialidades
se
aplican
según
LSF?
• Limitaciones
al
planeamiento
(7
LSF).
Sistema
general
ferroviario
• Zonas
de
servicio
ferroviario
(9-‐10
LSF)
• Limitaciones
a
la
propiedad.
Zonas
de
dominio
público,
de
protección
y
límite
de
edificación
(12-‐18
LSF)
• Administración
es
servicio
de
interés
general
y
esencial,
encargado
legalmente
al
ADIF
(19-‐28
LSF)
4. una
maraña
de
ineficaz
normativa
protectora…
Decreto
87/2002,
de
6
de
marzo,
del
Gobierno
de
Aragón,
de
declaración
como
BIC,
categoría
monumento,
de
la
EI
de
Canfranc
Declaración
como
bien
de
interés
cultural
era
competencia
del
Estado
¿Por
qué
el
Estado?
6
Ley
16/1985,
de
25
de
junio,
de
Patrimonio
Histórico
Español
(STC
17/1991,
FJ
8)
y
11
RD
111/1986,
de
10
de
enero.
Son
bienes
demaniales
estatales.
¿Y
quién
debía
conservar?
Conforme
a
reglas
generales
su
titular.
Ineficacia
del
régimen
del
deber
de
conservación.
Riesgo
de
ruina,
pero,
mediante
declaración
de
BIC,
imposibilidad
de
demoler
Órdenes
de
ejecución,
urbanísticas
y
culturales.
Posible
extensión
del
alcance
económico
del
deber
de
conservación
en
la
medida
de
las
órdenes
de
ejecución
incumplidas
5. Ensanche
-‐ Gestión
directa
financiada
por
presupuesto
y
fiscalidad
especiales
y
finalistas.
-‐ Bonificaciones
fiscales
para
los
propietarios
que
cedan
y/
o
urbanicen
-‐ Expropiación-‐sanción
para
quienes
no
asuman
cesiones
mínimas
y,
luego,
medias
-‐ Equidistribución
arcaica
Antecedente.
Proyecto
de
Ley
Coetáneo
al
proceso
que
condujo
a
la
construcción
general
para
la
reforma,
de
la
línea
internacional
y
la
estación
de
Canfranc
fue
saneamiento
y
ensanche
de
las
el
de
construcción
del
derecho
urbanístico
español…
poblaciones
1861
En
la
evolución
del
derecho
urbanístico,
desde
el
Legislación
de
reforma
interior
ensanche
y
la
reforma
interior
de
poblaciones,
a)
Ley
de
exprop.
forzosa
1879
encontramos
la
explicación
al
déficit
de
técnicas
de
b)
Ley
de
ref.
interior
1895
intervención
sobre
la
ciudad
consolidada
o
de
regeneración
y
renovación
urbanas…
Legislación
de
ensanche
a)
Ley
de
ensanche
1864
La
volatilidad
de
la
legislación
urbanística
es,
b)Ley
de
ensanche
1876
sorprendentemente,
una
constante
histórica
en
Reforma
interior
c)
Ley
de
ensanche
1892
nuestro
país.
Es
bueno
echar
la
vista
atrás,
a
los
-‐ Expropiación
por
franjas
laterales
con
anchura
En
tan
sólo
30
años
se
sucedieron
orígenes,
para
comprobarlo
y
para
comprobar
en
nuestro
país,
en
una
época
en
también
cómo
los
debates
son
recurrentes,
cómo
si
creciente.
Plusvalía
financia
que
el
dinamismo
normativo
era
la
reforma
interior
el
diseño
de
la
ciudad
fue
originariamente
función
-‐ Al
valorar,
no
se
consideran
muy
inferior,
mucho
antes
de
la
pública,
su
gestión
y
el
tratamiento
de
la
plusvalía
las
plusvalías
derivadas
de
la
motorización
legislativa
actual
siempre
han
dado
lugar
a
debate
y
tratamientos
(casi
hipermotorización,
ejecución
del
proyecto
podríamos
decir
hoy),
hasta
alternativos.
-‐ Gestión
directa
o
por
cinco
grandes
normas
concesión
urbanísticas,
cinco.
6. ¡ Vivimos
un
urbanismo
en
el
que
los
planes
duran
mucho
más
que
las
leyes,
inestable
normativamente
¡ Desde
1956,
sólo
en
el
ámbito
estatal,
se
han
aprobado
LRLS1975
(y
TRLS1976,
Reglamentos
estatales),
LRRUVS1990
(y
TRLS1992),
LRSV1998,
LS2007
(y
TRLS2008).
Cuatro
leyes
profundamente
reformistas,
especialmente
en
valoraciones,
en
apenas
treinta
años.
¡ En
ese
mismo
periodo,
Zaragoza,
quinta
ciudad
de
España,
ha
revisado
su
plan
general
de
ordenación
urbana
en
dos
ocasiones,
en
1986
y
2002.
Hoy
día
ni
tan
siquiera
está
sobre
la
mesa
la
posibilidad
de
iniciar
un
procedimiento
de
revisión.
¡ Pero
ya
contamos
con
un
nuevo
borrador
de
amplia
reforma
de
la
legislación
estatal
de
suelo
y
de
la
legislación
urbanística
aragonesa.
La
situación
no
es
anómala
en
nuestro
modelo
de
Estado,
donde
las
Comunidades
legislan
y
legislan
en
lugar
de
concentrarse
en
gestionar
y
gestionar…
¡ ¿Es
éste
el
escenario
adecuado
para
nuestras
ciudades,
para
nuestros
ciudadanos?
§ En
los
ochenta
la
construcción
autonómica
otorgó
el
protagonismo
en
la
“democratización”
del
urbanismo
y
su
vinculación
a
los
ciudadanos
a
los
municipios.
Y
no
se
legisló
apenas…
§ En
los
noventa
prevaleció
el
debate
competencial
entre
Comunidades
Autónomas
y
Municipios
por
un
lado
(Tribunal
Supremo)
y
Comunidades
Autónomas
y
Estado
por
otro
(Tribunal
Constitucional).
Desencadenó
frenesí
normativo...
§ Y
en
la
última
década
prevaleció
el
debate
sobre
la
inaccesibilidad
de
la
primera
vivienda,
su
encarecimiento,
y
la
burbuja
inmobiliaria.
De
nuevo
inflación
normativa
para
tratar
de
paliar
déficits
de
gestión...
¡ Vivimos,
en
fin,
un
urbanismo
complejo,
no
tanto
por
las
técnicas
que
lo
soportan,
que
lo
son
también,
cuanto
por
los
intereses
entrecruzados
que
confluyen
sobre
él
(sociedad,
especulación
estructural,
repercusión
mediática,
conflictos
de
intereses
y
equipos
técnicos,
conflictos
competenciales
y
sistema
de
partidos,
demografía,
economía,
medio
ambiente…)
7. ¿Mejores
ciudades
y
pueblos?
¿Vivienda
accesible?
¡ Balance
muy
desigual,
muy
vinculado
¡ Reservas
para
vivienda
protegida.
Existe
suelo
a
las
dinámicas
locales,
más
calificado
para
vivienda
protegida
en
nuevos
desarrollos.
No
en
ciudad
histórica
dependiente
de
la
gestión
que
de
la
Vivienda
dotacional
viene
a
tratar
de
paliar
tales
legislación
¡
déficits.
Es
necesidad
permanente
¡ Poco
o
nada
tienen
que
ver
las
¡ Conexión
entre
planes
de
vivienda
y
planeamiento
dinámicas
urbanísticas
en
municipios
urbanístico.
Rehabilitación,
regeneración
urbana
y
renovación
urbana
vs.
nuevos
desarrollos.
Memoria
muy
pequeños
del
interior
con
las
de
grandes
municipios,
ciudades
medias,
el
litoral
o
la
alta
montaña.
¿Un
mercado
y
un
modelo
eficientes?
¡ Efecto
positivo
de
los
estándares
de
reserva,
hoy
en
cuestión
dada
su
¡ El
urbanismo
de
la
equidistribución.
De
la
reparcelación
al
aprovechamiento
medio,
del
aprovechamiento
medio
a
la
concepción
como
cargas
económicas
cesión
de
suelo
no
urbanizable
especial
vinculada
a
la
sobre
un
sector
colapsado
reclasificación
de
suelo
urbanizable.
La
reparcelación
¡ En
los
últimos
años
crece
la
reflexión
universal
es
imposible...
interdisciplinar
sobre
la
ciudad,
¡ El
urbanismo
de
la
repercusión.
Modelo
inflacionista,
en
proveniente
del
propio
urbanismo,
perjuicio
del
destinatario
final
del
producto
inmobiliario.
como
ciencia,
la
arquitectura,
el
No
se
puede
trasladar
todo
sobre
capacidad
máxima
de
pago
derecho,
la
sociología,
la
ingeniería,
la
participación…
¡ El
urbanismo
financiero.
Se
planifica
para
generar
valor
(no
sólo
ciudad).
Plusvalías
de
papel,
hoy
mojado...
Se
¡ Concepción
de
la
ciudad
como
hábitat
financia
el
futuro
humano
integrado,
como
entorno…
¡ El
urbanismo
de
la
burbuja.
Producto
del
agotamiento
de
márgenes
económicos
8. En
el
sector
inmobiliario
cunde
el
desconcierto.
Lo
que
se
concibió
inicialmente
como
una
crisis
cíclica
más,
pese
a
los
avisos
que
provenían
desde
ámbitos
académicos
y,
ocasionalmente,
políticos,
se
trató
como
una
crisis
cíclica
más,
aplicando
refinanciaciones
que
diferían
el
problema
a
un
escenario
económico
futuro
que
se
esperaba
mejor.
Frustrada
la
expectativa
de
mejora,
la
refinanciación
a
los
promotores
inmobiliarios
fracasó,
se
Millones
de
euros.
BdE
Crédito
Constructor
Crédito
Promotor
generalizaron
daciones
en
pago,
se
incrementó
el
desempleo
y
el
sector
se
paralizó.
El
sistema
Jun'98
28190
16461
financiero,
por
su
parte,
comenzó
a
arbitrar
procedimientos
para
refinanciarse
a
sí
mismo,
Mar'02
47487
43594
estrangulando
el
crédito,
limitando
sus
gastos
operativos,
incrementando
comisiones,
aprovechando
la
liquidez
del
BCE…
Dic'08
151477
318031
Así
estamos
hoy.
En
2008
se
desechó
una
bajada
generalizada
de
precios
que
hubiera
permitido
Dic'11
98505
298266
desinflar
de
manera
ordenada
la
burbuja
ajustando
el
valor
de
los
activos
inmobiliarios
por
que
ni
la
banca
ni
los
promotores
inmobiliarios
estaban
entonces
dispuestos,
confiados
en
el
carácter
cíclico
y
no
sistémico
de
la
crisis,
a
asumir
pérdidas.
Su
probable
y
parcial
intervención
era
previsible,
y
se
previó.
Los
Gobiernos,
estatal
y
autonómicos,
se
enfrentaron
a
una
situación
en
la
cual
los
tenedores
del
problema
negaban
su
misma
existencia.
Lo
cierto
es
que,
ni
uno
ni
otros
mostraron
tampoco
la
menor
disposición
para
atacar
el
problema
donde
estaba
evitando
la
tradicional
patada
hacia
adelante
vía
refinanciación.
¿Y
ahora?
Contamos
con
mucho
más
suelo
clasificado
susceptible
de
transformación
que
nunca,
muchos
menos
ordenado
que
nunca,
también,
resultado
de
unas
dinámicas
de
planeamiento
en
las
que
el
interés
general
(salvo
el
financiero)
pasó
a
un
segundo
plano
y
en
el
que
el
análisis
global
quedó
postergado
a
las
múltiples
percepciones
sectoriales
que
se
plasman
en
los
numerosísimos
informes
emitidos
en
el
curso
de
los
procedimientos
de
planeamiento.
El
declive
inmobiliario
tras
la
década
prodigiosa
afectó
directamente
a
las
iniciativas
de
renovación
del
uso
urbanístico
de
la
estación
y
el
entorno
de
la
Estación
de
Canfranc.
Hoy
ese
proyecto
parece
inviable.
9.
10. Parámetros
urbanísticos
para
la
ordenación
del
entorno
de
la
Estación
Internacional
de
Canfranc
Problemas
jurídico-‐urbanísticos:
Densidad,
torre…
Relación
con
las
Directrices
Parcial
de
Ordenación
del
Territorio
del
Pirineo…
Normativa
del
Texto
Refundido
del
Plan
General
de
Canfranc.
En
2001,
en
plena
“década
Art.
197.
Sector
Entorno
de
la
Estación
Internacional
prodigiosa”
se
celebró
un
1.
Objetivo
de
la
actuación.
La
propuesta
se
basa
en
las
iniciativas
en
curso
por
parte
del
Consorcio
Urbanístico
concurso
internacional
para
Canfranc
2000,
que
pretende
el
desarrollo
urbanístico
de
los
antiguos
terrenos
la
ordenación
del
entorno
ferroviarios,
que
en
su
mayor
parte
no
se
utilizan
en
la
actualidad,
para
dar
lugar
a
nuevos
de
la
estación
internacional
usos
residenciales
(hotelero,
residencia
comunitaria,
vivienda)
y
terciarios,
restringiendo
de
Canfranc.
El
ganador
fue
el
ámbito
de
uso
ferroviario.
El
desarrollo
del
nuevo
sector
de
suelo
urbanizable
“Entorno
de
la
Estación
Internacional”
el
proyecto
de
MBM
permitirá:
(Martorell,
Bohigas,
a)
la
restauración
del
edificio
de
la
Estación
Internacional
Mackay).
Sobre
tal
proyecto
b)
la
recuperación
de
plusvalías
de
urbanización
por
el
Ayuntamiento;
en
particular
las
se
impulsó
una
ordenación
cesiones
gratuitas
de
espacios
libres,
suelo
para
dotaciones,
c)
la
completa
urbanización
y
la
cesión
del
10%
de
aprovechamiento
medio
la
puesta
en
del
ámbito
con
uso
marcha
de
una
operación
que
significará
una
oferta
de
suelo
para
el
desarrollo
de
usos
predominante
residencial
fundamentalmente
dirigidos
al
desarrollo
turístico
del
municipio.
turístico
y
hotelero
2.
(…)
3.
(…)
11. Art.
197.
Sector
Entorno
de
la
Estación
Internacional
1.
(…)
2.
Criterios
de
la
ordenación.
El
Plan
Parcial
contemplará:
a)
la
rehabilitación
de
la
Estación
Internacional
(BIC)
b)
un
nuevo
viario
del
sistema
general
con
objeto
de
dar
servicio
a
la
plataforma
ferroviaria:
arranca
de
la
carretera
N-‐330
en
el
Poblado
Oficial,
cruza
el
río
Aragón
mediante
un
nuevo
puente,
asciende
por
la
ladera
de
la
plataforma
ferroviaria
hasta
el
extremo
sur
de
la
misma,
discurre
en
línea
recta
por
la
plataforma
delimitando
la
nueva
zona
ferroviaria,
y
vuelve
a
la
carretera
N-‐330
por
el
nudo
existente
para
acceso
a
la
zona
industrial
al
norte
de
la
misma.
El
trazado
descrito
puede
observarse
en
los
planos
del
presente
PGOU.
c)
como
hipótesis
de
futuro
la
restitución
de
tráfico
ferroviario
por
el
túnel
internacional,
si
bien
modifica
el
trazado
de
la
vía
que
conecta
el
túnel
con
la
nueva
estación
que
se
proyecta
en
la
zona
este
de
la
plataforma,
junto
al
vial
de
sistema
general
descrito,
con
objeto
de
posibilitar
un
futuro
paso
superior
del
mencionado
vial
sobre
la
vía
hacia
el
túnel
d)
nuevas
conexiones
de
la
plataforma
ferroviaria
con
el
núcleo
residencial,
a
saber:
• 2
nuevos
pasos
peatonales
sobre
el
río
Aragón,
uno
al
norte
del
Paseo
de
Ribera
(paseo
marítimo),
junto
al
“Pepito
Grillo”,
y
otro
al
norte
del
Poblado
Oficial
• un
nuevo
puente
para
vehículos
con
objeto
de
dar
accesibilidad
a
la
nueva
zona
edificable
de
“Los
Huertos”
integrada
en
el
nuevo
sector
de
suelo
urbanizable
del
Entorno
de
la
Estación
Internacional
• remodelación
del
antiguo
puente
ferroviario
hacia
el
túnel
para
dar
lugar
a
un
vial
que
conecte
con
la
zona
del
Patronato
Norte
además
de
la
nueva
vía
hacia
el
túnel
e)
rotonda
de
máquinas
y
casa
aneja:
uso
dotacional
f)
rotonda
de
máquinas:
edificio
catalogado
(protección
arquitectónica).
3.
(…)
12. Art.
197.
Sector
Entorno
de
la
Estación
Internacional
1.
(…)
2.
(…)
3.
Parámetros
de
aprovechamiento
del
Sector
y
de
las
cesiones
obligatorias.
Superficie:
19,4
Ha.
(193.993,31
m2.)
Ordenación:
por
definición
volumétrica
cuyas
características
se
detallan
a
continuación:
a)
Usos
admisibles:
residencial
(vivienda,
hoteles,
etc.),
terciario,
dotacional,
ferroviario,
logístico,
industrial
en
zona
específica
b)
Condiciones
de
volumen:
• Índice
de
edificabilidad
bruta
residencial
de
nueva
planta:
0,30
m2/m2.
• Índice
de
edificabilidad
en
terrenos
ferroviarios
y
logísticos:
0,10
m2/m2.
• Edificabilidad
adicional
en
rehabilitación
de
la
Estación
• Edificabilidad
dotacional:
no
computa
• Densidad
máxima:
25
viv/Ha.
(la
superficie
edificable
en
plazas
hoteleras
no
será
computable
a
efectos
de
densidad
de
viviendas)
• Número
máximo
de
viviendas:
440
c)
Cesiones
y
dotaciones.
• 10%
del
aprovechamiento
medio
a
favor
del
Ayuntamiento
• 30%
mínimo
para
zonas
verdes
públicas
y
equipamientos
(cesión
obligatoria,
gratuita
y
urbanizada
al
Ayuntamiento)
• Los
estándares
dotacionales
del
Plan
Parcial
deberán
cumplir
los
módulos
de
reserva
fijados
por
el
art.
47
de
la
LUA.
• Se
preverá
una
plaza
de
aparcamiento
por
vivienda,
que
deberá
ubicarse
en
el
interior
de
los
perímetros
reguladores,
pudiendo
ocuparse
en
éstos
la
totalidad
de
su
superficie
en
planta
sótano.
d)
Condiciones
especiales.
• 30%
del
terreno
espacio
libre
de
edificación
e)
Sistema
de
actuación
y
desarrollo.
• sistema
de
actuación
por
“compensación”
• el
desarrollo
del
planeamiento
se
efectuará
mediante
Plan
Parcial,
Proyecto
de
Compensación
y
Proyecto
de
Urbanización.
13. Nuevo
régimen
civil,
fiscal
y
administrativo
de
la
rehabilitación
arquitectónica,
regeneración
urbana
y
renovación
urbana
§ Ley
19/2009,
de
23
de
noviembre,
de
medidas
de
fomento
y
agilización
procesal
del
alquiler
y
de
la
eficiencia
energética
de
los
edificios
Simplificar
el
ordenamiento,
el
sistema
de
planeamiento
§ Ley
2/2011,
de
4
de
marzo,
de
y
la
práctica
urbanística.
Debemos
caminar
hacia
otro
Economía
Sostenible
modelo
porque
el
pasado
probablemente
no
volverá,
§ Real
Decreto-‐ley
6/2010,
de
9
de
abril,
porque
resulta
financieramente
inviable,
y,
de
medidas
para
el
impulso
de
la
recuperación
económica
y
el
empleo
probablemente,
no
debe
volver,
porque
el
modelo
que
§ Real
Decreto-‐ley
5/2011,
de
29
de
generó
la
burbuja
hipoteca
a
las
futuras
generaciones
abril,
de
medidas
de
regularización
y
control
del
empleo
sumergido
y
• Rehabilitación,
regeneración
urbana,
renovación
fomento
de
la
rehabilitación
de
viviendas
urbana.
Concepto
§ Real
Decreto-‐ley
8/2011,
de
1
de
julio,
• Colmar
vacíos
urbanos.
¿Es
necesario
clasificar
o
de
medidas
de
apoyo
a
los
deudores
hipotecarios,
de
control
del
gasto
urbanizar
más
suelo?
¿Es
necesario
edificar
el
ya
público
y
de
cancelación
de
deudas
urbanizado?
con
empresas
y
autónomos
contraídas
por
las
entidades
locales,
• Ponderar
conjuntamente
la
capacidad
residencial
del
de
fomento
de
la
actividad
empresarial
e
impulso
de
la
parque
edificado
en
uso
o
rehabilitable
para
modular
rehabilitación
y
de
la
simplificación
crecimientos
administrativa
§ Planes
de
viviendas
estatales
y
autonómicos
14. Conectar
urbanismo
y
vivienda.
Pensar
la
ciudad
existente
n No
puede
marginarse
ni
despreciarse
el
tratamiento
de
la
ciudad
existente
en
el
planeamiento.
Es
preciso
superar
de
una
vez
por
todas
en
nuestro
país
el
urbanismo
de
ensanche
n Evaluación
de
la
capacidad
de
la
ciudad
existente
para
acoger
la
demanda
de
usos
previsibles
en
el
horizonte
de
vigencia
del
planeamiento,
ponderando
el
potencial
que
la
rehabilitación,
la
regeneración
y
la
renovación
urbanas
pueden
tener
para
mejorarlo.
n Establecer
ya
indicadores
de
sostenibilidad
y
evaluación
del
planeamiento.
n Introducir
límites
temporales
y
espaciales
al
planeamiento
con
objeto
de
evitar
condicionamientos
a
largo
plazo,
lastrados
por
Jaca
(Huesca),
intervención
hipotéticas
indemnizaciones,
o
impactos
en
C/Rapitán,
9-‐11-‐13.
supralocales
Fotografías
termográficas
y
n En
suma,
generar
una
nueva
cultura
de
de
estado
antes
y
después
planeamiento
que
afronte
la
labor
de
ordenar
la
ciudad
sobre
las
siguientes
bases:
n Estudio
exhaustivo
del
parque
inmobiliario
del
municipio
n Dinámicas
de
ocupación
y
flujos
de
población
localizando
uso
anómalo
n Estudio
de
la
segmentación
social
o
Mejora
sustancial
de
la
generacional
de
la
ciudad
envolvente
térmica
del
edificio,
n Necesidades
acreditables
de
nuevo
suelo
sobre
entre
otros
objetivos
las
variables
anteriores,
ponderando
junto
a
ellas
las
de
mercado
15. Nuevo
régimen
de
la
Inspección
técnica
de
edificios
(RDL
8/2011)
rehabilitación
y
de
la
n Combatir
el
incumplimiento
del
deber
de
regeneración
urbana
conservación
y
prácticas
tendentes
a
lograr
la
ruina
y
expulsión
de
ocupantes
legales
n Sistema
continuo
de
verificación
de
la
Deber
de
conservación,
rehabilitación
y
regeneración
(RDL
8/2011)
situación
del
parque
edificado,
vinculado
al
régimen
jurídico
y
extensión
del
deber
de
n Más
amplio:
Conservación
(habitabilidad,
conservación.
Incumplidas
medidas,
seguridad,
salubridad,
accesibilidad,
ornato);
incumplido
deber
mejora
(calidad
o
sostenibilidad
del
medio
n Exigible
en
capitales
de
provincia
y
urbano,
turismo,
cultura);
regeneración
urbana
(urbanización,
dotaciones,
edificios,
en
ámbitos
municipios
de
más
de
25.000
habitantes
o,
en
degradados)
(17
RDL
8/2011)
general,
en
los
que
establezcan
las
CCAA
n Objeto:
Precisar
obras
precisas
por
razones
n Modulable,
en
virtud
de
“planes,
programas
o
instrumentos
integrales”
(urbanístico,
social,
de
seguridad,
salubridad,
accesibilidad
y
ambiental,
arquitectónico...)
[109.b)
LES]
ornato
n Integrado,
al
cumplirse
cuando
proceda
en
régimen
de
equidistribución
y
vincularse
a
las
Propiedad
horizontal
(Ley
19/2009,
Ley
2/2011,
RDL
8/2011)
comunidades
de
propietarios
(18.1
RDL
8/2011)
n Protagonismo
creciente
de
las
comunidades,
agrupaciones
o
cooperativas
de
n Ampliable
por
incumplimiento,
tanto
propietarios,
con
reconocimiento
de
amplia
capacidad
jurídica.
Les
corresponde
la
cuantitativa
(hasta
el
75%
del
coste
de
condición
de
promotores
de
actuaciones
de
rehabilitación
con
“empresas,
entidades
reposición)
y
cualitativamente
(hasta
rehabilitar,
o
sociedades
no
propietarios”
en
régimen
de
equidistribución
(19.2
RDL
8/2011
y
no
sólo
conservar)
(18
RDL
8/2011)
110.2
LES)
n Ampliación
de
obras
legalmente
necesarias
y
regímenes
específicos
de
adopción
de
acuerdos
para
las
obras
de
mejora
de
la
calidad
y
sostenibilidad
del
medio
urbano,
Tratamiento
fiscal
favorable
(y
contingente)
salvo
que
existan
unidades
familiares
de
rentas
bajas
(110
y
111.2
LES).
(RRDDLL
6/2010
y
5/2011)
n ¿Qué
obras?
Las
vinculadas
a
la
garantía
de
derechos
de
las
personas,
n Deducción
en
IRPF
sobre
importe
de
obras
especialmente
discapacitadas;
impuestas
por
normas
legales
sobrevenidas
por
realizadas
en
vivienda
habitual
o
edificio
para
razones
de
seguridad,
adecuación
de
instalaciones
y
servicios
mínimos,
reducción
de
eficiencia,
mejora
ambiental,
accesibilidad,
redes,
emisiones
e
inmisiones
contaminantes
y
las
necesarias
para
reducir
consumos
de
seguridad,
estanqueidad...
agua
y
energía;
siempre
que
la
construcción
o
edificio
estén
afectados
por
un
n IVA.
Ampliación
del
concepto
de
rehabilitación
instrumento
legal
de
rehabilitación.
La
administración
puede
imponer
su
ejecución
estructural,
tipo
reducido
a
obras
de
mejora
y
(18
RDL
8/2011)
rehabilitación
de
vivienda.
n Afección
real
de
las
fincas
privativas
al
cumplimiento
del
deber
de
costear
las
obras
n ¿Cabe
pensar
en
sociedades
de
rehabilitación
con
por
la
aprobación
administrativa
del
proyecto
técnico
o
la
orden
de
ejecución.
régimen
fiscal
especial,
similares
o
vinculadas
a
las
n Previsión
de
declaración
de
utilidad
pública
y
necesidad
de
ocupación
de
los
SOCIMI?
elementos
privativos
indispensables
para
la
ejecución
de
las
obras
de
mejora
(no
habrá
alternativa
viable
y
mantendrán
superficie
y
programa
mínimos)
16. julio
tejedor
bielsa
profesor
titular
de
derecho
administrativo
repensar
Canfranc.
Taller
de
rehabilitación,
regeneración
urbana
y
paisaje
www.repensarcanfranc.blogspot.com.es
urbanismouz.blogspot.com.es
www.crefco.org