El documento habla sobre la ley de propiedad intelectual. Explica que la propiedad intelectual se refiere a las creaciones de la mente humana como inventos, obras literarias y artísticas. También cubre los derechos de autor, derechos conexos, y organismos nacionales e internacionales que se encargan de la protección de la propiedad intelectual como la OMPI y la CISAC.
2. LEY DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
La propiedad intelectual, según la definición de la
Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI),
se refiere a toda creación de la mente humana.1 Los
derechos de propiedad intelectual protegen los intereses
de los creadores al ofrecerles prerrogativas en relación
con sus creaciones.
La propiedad intelectual tiene que ver con las creaciones
de la mente: los inventos, las obras literarias y artísticas,
los símbolos, los nombres, las imágenes, los dibujos y
modelos utilizados en el comercio.
3. • Los derechos relacionados con el derecho de
autor son los derechos de los artistas
intérpretes y ejecutantes sobre sus
interpretaciones y ejecuciones, los derechos
de los productores de fonogramas sobre sus
grabaciones y los derechos de los organismos
de radiodifusión sobre sus programas de radio
y de televisión.
4. LEY DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
• Existe además una corriente, especialmente la
que proviene del movimiento de software
libre, que considera que el término propiedad
intelectual es engañoso y reúne bajo un
mismo concepto diferentes regímenes
jurídicos no equiparables entre sí, como las
patentes, el derecho de autor, las marcas y las
denominaciones de origen, entre otros.
5. Derechos de Autor
• Es la representación de los derechos que
confiere la Ley de Propiedad Intelectual
El derecho de autor comprende los derechos
patrimonial y moral, que protegen el
aprovechamiento, la paternidad y la integridad
de la obra. El derecho de autor es el conjunto de
normas, legales que protegen al autor y a su
obra intelectual.
6. Derechos conexos
Los derechos conexos al derecho de autor
proporcionan protección a los artistas intérpretes y
ejecutantes (por ejemplo, actores y músicos), los
productores, y los organismos de radiodifusión: el
derecho de autor y sus beneficios financieros tienen
una duración de por lo menos 50 años contados a
partir de la muerte del autor; ese plazo de vigencia es
de hasta 90 años en algunos países.
7. Derechos Sobre la Propiedad
Intelectual
La Propiedad Intelectual, conlleva a dos clases
de derecho:
• Derecho Moral
• Derecho Patrimonial
9. OMPI • La Organización Mundial
de la Propiedad Intelectual
(OMPI) es un organismo
especializado del sistema
de organizaciones de las
Naciones Unidas. Su
objetivo es desarrollar un
sistema de propiedad
intelectual (P.I.)
internacional, que sea
equilibrado y accesible y
recompense la creatividad,
estimule la innovación y
contribuya al desarrollo
económico,
salvaguardando a la vez el
interés público.
10. CISAC • La CISAC, la Confederación
Internacional de Sociedades
de Autores y Compositores,
trabaja para incrementar el
reconocimiento y la
protección de los derechos
de los creadores. En 2006,
la CISAC agrupa 217
sociedades de autores en
114 países y representa
indirectamente a más de
2,5 millones de creadores
dentro de todos los
repertorios artísticos:
música, teatro, literatura,
obras audiovisuales y artes
gráficas y visuales.
11. SCD
• El propósito fundamental de
esta institución es el de
administrar los derechos de
ejecución pública y de
reproducción de las obras
musicales de sus asociados, lo
cual implica:
• 1. El otorgamiento de una
licencia (autorización) a los
usuarios, toda vez que la
música es comunicada al
público o grabada en soportes
sonoros o audiovisuales.
• 2. La recaudación de los
derechos generados por dicho
concepto.
• 3. La distribución de estos
derechos a sus respectivos
titulares.
12. CREAIMAGEN
• Tiene por objetivo proteger y
administrar el derecho de
autor de los artistas plásticos,
escultores, fotógrafos,
diseñadores e ilustradores,
administrar el uso de las obras
de artes plásticas, diseño,
fotografía y escultura, tanto
de nuestros socios como de
los miembros extranjeros
representados y detectar e
impedir el uso no autorizado,
de las obras del repertorio de
CREAIMAGEN.