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REGLAMENTO QUE NORMA EL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
2014 EN LE MARCO DE PRESUPUESTO POR RESULTADOS DE LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN GREGORIO
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º.- Objeto:
El presente Reglamento tiene por objeto normar y orientar las acciones y/o
procedimientos que aseguren el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo
Basado en Resultados, para el Año Fiscal 2014.
Artículo 2º.- Alcances:
El presente reglamento será de cumplimiento por las organizaciones de la sociedad civil e
instituciones públicas, con actividad en el ámbito del distrito de San Gregorio
reconocidos como Agentes Participantes para el Proceso del Presupuesto Participativo,
convocado por la Municipalidad Distrital de San Gregorio para el Año Fiscal 2014.
Artículo 3º.- Base Legal:
 Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional.
 Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización.
 Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
 Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
 Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo.
 Ley Nº 29298, Ley que Modifica la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto
Participativo”.
 Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, disposiciones
complementarias y modificatorias.
 Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Marco
del Presupuesto Participativo,
 Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, se precisan los criterios de alcance, cobertura
y montos de ejecución para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y
distrital.
 Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01 que aprueba el Instructivo Nº 001-
2010-EF/76.01, “Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo basado
en Resultados”.
CAPÍTULO II
DEL ROL DE LOS ACTORES DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO
PARTICIPATIVO
Artículo 4º.- Del Alcalde
a) Convocar a reuniones del Presupuesto Participativo en su calidad de Presidente del
Consejo de Coordinación Local Distrital.
b) Organizar las actividades del proceso participativo, haciéndolas de conocimiento
público.
c) Proponer la cartera de proyectos a ser sometida al Presupuesto Participativo,
señalando explícitamente su conexión al resultado prioritario que corresponda.
e) Determinar el porcentaje del presupuesto institucional que corresponderá al
Presupuesto Participativo.
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f) Desarrollar las acciones necesarias para la implementación y cumplimiento de los
acuerdos.
g) Informar sobre el cumplimiento de acuerdos y compromisos asumidos en el
Presupuesto Participativo del año anterior.
Artículo 05º.- Del Concejo Municipal
a) Aprobar las normas complementarias que se requieran para llevar a cabo el proceso.
b) Fiscalizar el desarrollo oportuno de cada una de las fases del proceso.
c) Velar por el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos por la
Municipalidad Distrital de San Gregorio.
Artículo 06º.- Agentes Participantes
a) Participar activamente con voz y voto en la discusión, definición, priorización y toma de
decisiones respecto de los resultados a ser priorizados en el proceso, así como de los
proyectos de inversión a ser considerados para contribuir al logro de dichos resultados.
b) Suscribir las actas y demás instrumentos que garanticen la formalidad del proceso.
c) Respetar los acuerdos adoptados en las diferentes fases del proceso.
Artículo 07º.- Equipo Técnico.
a) Brindar apoyo para la organización y desarrollo del proceso.
b) Facilitar información para el desarrollo de los talleres de trabajo.
c) Realizar la evaluación técnica y financiera de los proyectos propuestos.
d) Preparar y presentar la lista de proyectos que aprobaron la evaluación técnica y
financiera.
Artículo 08º.- Oficina de Planificación y Presupuesto y Racionalización.
a) Proponer a las instancias correspondientes el Presupuesto Institucional de Apertura,
incorporando los proyectos de inversión priorizados en el Presupuesto Participativo.
b) Remitir copia del Acta de Acuerdos y Compromisos, así como el Documento del
proceso a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y
Finanzas.
c) Ingresar información y mantener actualizado el aplicativo interactivo del Ministerio de
Economía y Finanzas.
Artículo 09º.- Conceptos básicos:
a. Presupuesto Participativo.- Proceso que fortalece las relaciones Estado-Sociedad
Civil, definiendo las prioridades sobre acciones a implementar en el nivel del Gobierno
Municipal, así como la asignación de recursos necesarios, generando compromisos
de los actores públicos y privados para la consecución de objetivos estratégicos.
b. Sociedad Civil.- Comprende a las organizaciones de base territorial o temática, sean
estas sociales, políticas, económicas, religiosas o culturales, así como a organismos e
instituciones privadas del ámbito distrital y a los ciudadanos no organizados.
c. Agentes Participantes.- Son aquellos miembros que participan con voz y voto, en la
discusión y/o toma de decisiones en el proceso de planeamiento y del Presupuesto
Participativo. Están integrados por los miembros del Consejo de Coordinación Local,
los representantes de la Sociedad Civil identificados y acreditados para este
propósito, de acuerdo al Art. 5º del Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto
Participativo y los representantes de las entidades del Gobierno Nacional que
desarrollan acciones en el ámbito del distrito.
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d. Acciones de Impacto Distrital.- Entiéndase por acciones de impacto distrital a las
que se desarrollan en la ejecución de Programas y Proyectos estratégicos cuyos
beneficios directos alcanzan a la población de un distrito.
Art. 10º.- Principios del Presupuesto Participativo.- Son Principios del Presupuesto
Participativo los siguientes:
a) El principio de la democracia participativa.- Este principio permite que sea la
ciudadanía y sus organizaciones representativas quienes, desde las asambleas y talleres,
analicen su realidad local, definan sus problemas más importantes y encuentren
alternativas de solución.
b) El principio de la inclusión.- El presupuesto participativo debe favorecer la
participación y la satisfacción de las necesidades de los sectores tradicionalmente
excluidos de la sociedad, pues los toma en cuenta y permite que la distribución de los
recursos asignados ayude a disminuir las exclusiones sociales, como por ejemplo la que
viven las niñas, los niños, jóvenes, personas con capacidades diferentes; ancianos, etc.
c) El principio de la transparencia.- El Presupuesto Participativo se debe caracterizar
por la transparencia, ya que sin información de los actos de gobierno, la ciudadanía no
podrá tomar las decisiones más adecuadas.
d) El principio de la tolerancia.- El presupuesto participativo ha cambiado radicalmente
la manera de tomar decisiones, pues ahora involucra al conjunto de ciudadanos y
ciudadanas quienes tienen la posibilidad de discutir y concertar. Pero para ello requiere
que haya tolerancia para escuchar y aceptar las diferentes maneras de pensar. Sin
tolerancia es imposible pensar y elaborar el Presupuesto Participativo.
e) El principio de la solidaridad.- Ligado al principio de la inclusión, este principio nos
permite pensar en el conjunto de necesidades de la población y proyectar su atención
pensando que se debe asignar más recursos a los que menos tienen, a quienes se
encuentran en situaciones más desventajosas, como son las mujeres, los niños, niñas,
personas con discapacidades, asentamientos humanos, zonas rurales, etc.
f) El principio de la subsidiariedad.- El gobierno más cercano a la población es el más
idóneo para ejercer la competencia o función por consiguiente el gobierno nacional no
debe asumir competencias que pueden ser cumplidas más eficientemente por los
gobiernos regionales y éstos a su vez no deben hacer aquello que puede ser ejecutado
por los gobiernos locales, evitándose la duplicidad y superposición de funciones.
CAPITULO III
DE LA CONVOCATORIA
ARTÍCULO 11°.- El Alcalde del Gobierno Local Distrital de San Gregorio, en su condición
de titular del pliego y del Consejo de Coordinación Local es el responsable de conducir
las distintas fases del proceso, conforme a los mecanismos que se establecen en la Ley y
en el presente Reglamento.
ARTÍCULO 12°.- Durante todo el proceso de difusión de la convocatoria para el
Presupuesto Participativo, el Gobierno Local deberá tener en cuenta los siguientes
criterios que permitan asegurar la participación más amplia posible de ciudadanos y
ciudadanas.
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a) La publicidad y difusión se deberá realizar, a través de los diferentes medios de
comunicación de la localidad y con la ayuda de material informativo (Trípticos, afiches,
volantes).
b) Asegurar que la difusión sea de alcance distrital, especialmente en los lugares y
territorios más alejados como los Centros Poblados, Caseríos y otros Sectores de la
Ciudad, a fin de evitar que las distancias geográficas sean causantes de la poca
participación de las poblaciones que habitan en estas zonas.
d) Participación sensible al género y con igualdad de oportunidades. Se deberá
promover, en especial, la participación de mujeres, jóvenes, personas con capacidades
diferentes, personas adultas mayores, comunidades rurales, para alcanzar una mayor
representatividad de los grupos en situación de vulnerabilidad.
CAPÍTULO IV
DE LA IDENTIFICACION Y ACREDITACION DE AGENTES PARTICIPANTES
Artículo 13º.- Identificación y Registro de Agentes Participantes:
Las organizaciones de la sociedad civil en el proceso de Presupuesto Participativo 2014
Etapa Distrital, serán identificados por el Equipo Técnico encargado del proceso y serán
inscritos en un Libro de Registro de Participantes de la Municipalidad, previo
cumplimiento de los siguientes requisitos:
a) Solicitud de Inscripción, de acuerdo al formato del Anexo 01
b) Constancia de Inscripción de la organización en Registros de carácter público u otro
documento que acredite que realiza actividades en el distrito con una antigüedad no
menor de 01 año.
c) Copia simple del Documento Nacional de Identidad vigente del agente participante
titular y alterno.
ARTÍCULO 14°.- La inscripción para la participación de las instituciones y
organizaciones, así como de las personas de la sociedad civil, en el proceso del
Presupuesto Participativo del Año Fiscal 2014, deberá realizarse, teniendo en cuenta los
siguientes requisitos:
1. Las organizaciones que participaron en el último proceso participativo convocado
por la Municipalidad, cuyo status sigue siendo la misma, solo deberán confirmar
su participación presentando la Solicitud de Inscripción (Anexo 01).
2. Para representantes de organizaciones e instituciones del distrito de San
Gregorio que todavía no forman parte del Registro de Agentes Participantes de la
Municipalidad y que deseen participar en el Proceso de Presupuesto Participativo
Año Fiscal 2014, deberán presentar los siguientes documentos:
a) Solicitud de Inscripción, de acuerdo al formato del Anexo 01
b) Constancia de Inscripción de la organización en Registros de carácter público u otro
documento que acredite que realiza actividades en el distrito con una antigüedad no
menor de 01 año.
c) Copia simple del Documento Nacional de Identidad vigente del agente participante
titular y alterno.
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d) Copia simple del Acta que contenga el acuerdo de participar en el proceso, y la
designación de sus representantes.
ARTÍCULO 15°.- El plazo para la inscripción de los Agentes Participantes es de diez (05)
días hábiles, contados a partir de la fecha de la aprobación del presente Reglamento.
CAPÍTULO V
DEL PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCION
ARTÍCULO 16°.- Los documentos y requisitos señalados en el artículo 13° del presente
Reglamento, son de carácter obligatorio, y deberán ser dirigidos al Alcalde de la
Municipalidad Distrital de San Gregorio.
ARTÍCULO 17°.- Las personas que tengan alguna observación en su solicitud de
inscripción, tendrán un plazo no mayor de un día (01) día útil, contados a partir de la
fecha de notificada la Observación correspondiente, para absolverla.
ARTÍCULO 18°.- La Gerencia Municipal, vencido el plazo de inscripción de agentes
participantes, dispondrá la publicación de la lista de las organizaciones e instituciones
que solicitaron su inscripción para el proceso del Presupuesto Participativo 2014, la
misma que será puesta de conocimiento público en el Portal de Anuncios de la
Municipalidad.
ARTÍCULO 19°.- El plazo para presentar observaciones y tachas sobre algún nombre
de la lista es de un (01) días útiles contados a partir del día siguiente de la publicación de
la lista a que se refiere el artículo 13° del presente Reglamento.
Dichas observaciones o tachas serán cursadas a los interesados para que las
absuelvan en el plazo de dos (02) días útiles contados a partir del día siguiente de
notificados; con su absolución o sin esta, Gerencia Municipal procederá a elevar al
Despacho de Alcaldía los resultados del proceso de inscripción, para su aprobación.
ARTÍCULO 20.- Vencidos los plazos señalados en el artículo 19° del presente
Reglamento, el Despacho de Alcaldía mediante Resolución, aprobará la Relación de
Agentes Participantes de la Sociedad Civil acreditados para el proceso del Presupuesto
Participativo Distrital 2014, la misma que se publicará en el portal web de la municipalidad
y en el bando Municipal.
ARTÍCULO 21°.- El Gobierno Local de San Gregorio, deberá promover la aplicación de
cuotas de equidad de género en los Agentes Participantes.
Asimismo, deberá tenerse en cuenta las cuotas para la igualdad de oportunidades. En
este sentido el Gobierno Local deberá realizar una campaña de información-
sensibilización, para que todas las instituciones y organizaciones, así como las personas
excluidas o que se encuentran en situación de vulnerabilidad participen en el proceso.
CAPÍTULO VI
DE SUS ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES
Artículo 22º.- Atribución de los Agentes Participantes:
Son atribuciones de los Agentes Participantes debidamente acreditados:
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a) Asistir a la capacitación y a los talleres de trabajo que convocará la municipalidad.
b) Respetar las pautas metodológicas establecidas en el presente reglamento.
c) Participar en forma democrática, responsable y objetiva en el proceso.
d) Proponer los proyectos de inversión que contribuyan a solucionar los problemas del
distrito y respondan a los objetivos del Plan de Desarrollo Concertado.
e) Priorizar las propuestas de proyectos de inversión de acuerdo a los ejes estratégicos
considerados en el Plan de Desarrollo Concertado
f) Asegurar la retroalimentación del proceso, para lo cual al interior de sus organizaciones
debatirán y propondrán las propuestas de desarrollo de acuerdo al Plan de Desarrollo
Concertado Distrital.
g) Suscribir el acta de formalización de los acuerdos y compromisos.
CAPITULO VII
DE LA PARTICIPACION EN LOS TALLERES
Artículo 23º.- Mecanismos de Participación en los Talleres:
Los Agentes Participantes deberán asistir de manera obligatoria a los Talleres de
Capacitación y de Trabajo para la elaboración del Presupuesto Participativo. Para este fin
los Agentes Participantes deberán tener en cuenta lo siguiente:
1. La participación debe ser activa y responsable; puntual e integral.
2. El dialogo entre los agentes participantes y el equipo técnico debe ser constante y
fluido en el marco del respeto mutuo, tolerancia y comprensión.
3. Es importante fijar la importancia de los temas a discutir a fin de garantizar el
cumplimiento de los objetivos en procura del desarrollo socio-económico de la población
San Gregoriana.
Antes de asistir a los Talleres y en el curso de su desarrollo, los agentes participantes
deberán reunirse con las personas a las que representan para:
1. Informarles acerca del proceso.
2. Establecer las prioridades del sector, organización o territorio que representan, de
acuerdo al Plan de Desarrollo Concertado y otros planes específicos vigentes del Distrito.
-Para el desarrollo de los Talleres se establece dos instancias: La Plenaria y Los Grupos
de Trabajo. En la Plenaria que es organizada por el Equipo Técnico y conducida por el
Alcalde Distrital o su representante, actúan con voz y voto todos los agentes participantes
debidamente identificados y registrados, para tratar asuntos de interés común, aprobar
acuerdos de carácter general y validar aquellos que resulten de los grupos de trabajo.
Los Grupos de Trabajo, se integran obedeciendo a criterios territoriales de la procedencia
de los agentes participantes organizados, quienes adoptarán acuerdos sobre las
acciones de impacto distrital que se implementarán en su ámbito; para cumplir con su
propósito designarán entre sus miembros a un Coordinador (a), un Relator (a) y un
Secretario (a).
Los agentes participantes, durante el desarrollo de la Plenaria y las Reuniones de los
Grupos de Trabajo, se ceñirán a los siguientes mecanismos de participación:
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a. Los representantes de las Organizaciones e Instituciones debidamente inscritas harán
su uso de la palabra por un tiempo máximo de diez minutos, los mismos que pueden ser
distribuidos en dos intervenciones por cada tema en debate.
b. En caso de que en alguno de los talleres existiere participación individual de
ciudadanos no organizados, adicional a la Lista tendrán una duración máxima de 03
minutos por cada tema en debate.
c. Los agentes participantes que deseen hacer uso de la palabra, la solicitarán
levantando la mano y esperarán su turno.
d. Con la finalidad de mejorar la participación de los agentes, se sugiere que en sus
intervenciones éstos indiquen los aspectos siguientes:
 Nombre y apellidos.
 Organización a la que representa.
 Breve comentario sobre el tema en debate.
 Propuesta de solución.
 Compromisos a asumir por su representada o individualmente de ser el caso, en
relación a la solución de la propuesta.
e. El Gobierno Local formula una propuesta de proyectos de impacto distrital y de
Impacto de la zona urbana del distrito capital, que sirve de base para la Priorización de
los Proyectos a considerarse dentro del Presupuesto Participativo 2014.
Los agentes participantes pueden agregar otros Proyectos que consideren importantes
para ser debatidos en conjunto por la Plenaria.
Los representantes de Instituciones Descentralizadas participarán según las
competencias de su sector; es decir en la zona rural y/o urbana.
Artículo 24º.- Quórum.-
El quórum necesario para la instalación de la Plenaria, es de la mitad más uno de los
agentes participantes inscritos. De no poder instalarse la Plenaria por falta de quórum
requerido, la responsabilidad de decidir sobre el Presupuesto Participativo, será
trasladada al Consejo de Coordinación Local, y en caso de no operar el CCL, la
responsabilidad corresponde al Concejo Distrital.
Artículo 25º.- Acuerdos:
En caso de no lograr consensos en torno a los acuerdos se procederá a votar a mano
alzada, teniendo en cuenta los criterios de priorización establecidos en el presente
reglamento, de cuyo resultado se dejará constancia en el Acta de Acuerdos y
Compromisos del Presupuesto Participativo.
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CAPITULO VIII
ESTIMULOS, FALTAS Y SANCIONES
Artículo 26°.- Se consideran faltas a las normas de convivencia democrática de los
Agentes Participantes ante el proceso de elaboración del Presupuesto Participativo, las
siguientes:
a) Inasistencia injustificada a los Talleres convocados.
b) Agresión física y/o verbal a un Agente Participante, autoridad o funcionario del Concejo
Municipal.
c) Asistir a los talleres o sesiones en estado etílico o de alteración por consumo de
drogas.
d) Alterar de manera violenta el normal desarrollo de los talleres y/o sesiones.
Artículo 27°.- Las sanciones que se aplicarán según la gravedad o reiteración de la las
faltas serán las siguientes:
a) Por primera vez: Llamada de atención en el taller o sesión.
b) Por segunda vez, comunicación expresa de llamada de atención suscrita por el Alcalde
dirigida al agente respectivo, haciendo de conocimiento de la organización de la sociedad
civil o institución pública a la que representa.
c) Por tercera vez, denuncia pública de la falta y de ser el caso el envío de una solicitud a
la organización de la sociedad civil o institución pública que representa, para la
sustitución del representante.
d) En caso de inasistencia a más del 50 % de los talleres, no podrán continuar
participando en taller de priorización de proyectos, dándose cuenta de lo actuado, por
escrito al Consejo de Coordinación Local, con copia a la organización a la que
representa.
Artículo 28º.- Al finalizar el proceso del Presupuesto Participativo, el Alcalde emitirá
una Resolución de reconocimiento a todos los Agentes Participantes de la Sociedad
Civil y del Estado que hayan participado en todo el proceso de elaboración del
Presupuesto Participativo Distrital Año 2014.
Artículo 29º.- Acreditación de los Agentes Participantes:
Los agentes participantes, para tener expedito su derecho a voz y voto, se acreditará de
la siguiente manera:
 Los del CCL con su respectivo credencial.
 Alcaldes de Centros Poblados con su resolución de reconocimiento.
 A los de la Administración Pública (Instituciones Descentralizadas) con documento
suscrito por la más alta autoridad Distrital del Sector.
 Los representantes de las Organizaciones Sociales con un documento firmado y
sellado por el presidente de la organización.
Las Instituciones Descentralizadas del Estado designarán a un titular y un suplente, quien
reemplazará al titular en caso de ausencia.
Con la finalidad de facilitar el trámite de registro, es requisito indispensable para todos los
agentes participantes, la presentación del documento nacional de identificación (DNI).
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CAPITULO IX
DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
FASES DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
Artículo 30º.- El proceso del Presupuesto Participativo, se realiza a través de reuniones y
talleres de trabajo con los Agentes Participantes acreditados para este propósito. Se
desarrollará las siguientes fases:
a) Preparación
b) Concertación
c) Coordinación entre los niveles de gobierno
d) Formalización
Artículo 31°.- Fase de preparación
Esta fase es desarrollada por la Municipalidad y el Consejo de Coordinación Local
Distrital. Comprende las acciones de comunicación, sensibilización, convocatoria,
identificación y registro; así como la capacitación de los agentes participantes:
a) Comunicación: Se informará a la población, a través de los medios de comunicación,
sobre los avances y resultados del proceso del Presupuesto Participativo, así como el
monto que será destinado a los proyectos aprobados en el Presupuesto Participativo.
b) Sensibilización: Se promoverá la participación de la sociedad civil organizada como
agente fundamental para el éxito del proceso participativo.
c) Convocatoria: Se convocará a la sociedad civil organizada, a través de los medios de
comunicación, para que participen en el proceso, informando sobre las disposiciones
establecidas en el presente reglamento.
d) Identificación y Registro: se dispondrá en las formas de registro y acreditación de los
agentes participantes, los que deben ser designados o elegidos en forma democrática por
las organizaciones a las que pertenecen.
e) Capacitación: Se implementará programas permanentes de desarrollo de
capacidades para los agentes participantes.
Artículo 32º.- Fase de Concertación
Comprende las actividades relacionadas con el trabajo concertado del diagnóstico,
identificación y priorización de resultados y de proyectos de inversión. Las actividades se
desarrollaran en talleres de trabajo convocados por la municipalidad.
Artículo 33.- Desarrollo de Talleres de Trabajo
Los talleres de trabajo son convocados por la Municipalidad Distrital de San Gregorio y
tienen por objeto la priorización de los proyectos de inversión así como la definición de
los compromisos que los diversos actores asumirán durante la ejecución del Presupuesto
Participativo. Se seguirá la siguiente secuencia:
33.1 Taller de Plan de Desarrollo Concertado y Rendición de Cuentas
En este taller, se presenta la visión, objetivos y líneas estratégicas contenidos en el Plan
de Desarrollo Concertado – PDC, su avance de ejecución y logro de resultados. Así
mismo, se informará sobre el porcentaje de la asignación presupuestaria destinada al
presupuesto participativo.
En la segunda parte de este taller se realizará la Rendición de Cuentas, que tiene por
objetivo dar a conocer sobre el cumplimiento de los compromisos asumidos en el proceso
participativo del año anterior.
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Como mecanismo de corresponsabilidad entre la Municipalidad y la sociedad civil, esta
última también dará cuenta de sus compromisos asumidos.
33.2 Taller de Diagnóstico, Identificación y Priorización de Problemas
En este taller, los agentes participantes identifican los problemas, determinan las causas
y efectos, y proponen alternativas. Se plantea una situación optimizada con la finalidad de
que los resultados de los proyectos de inversión priorizados sean la solución a los
problemas que afectan a la ciudadanía:
a) Diagnóstico e Identificación y Priorización de Resultados, especificados en términos de
mejoras en el bienestar ciudadano, sobre la base del diagnóstico que se utilizará en el
desarrollo del proceso participativo, los agentes participantes identifican y priorizan los
principales resultados que darán solución a los problemas que afectan al distrito, en el
marco del Plan de Desarrollo Concertado.
b) Identificación de Proyectos y Evaluación Técnica, El equipo técnico seleccionará de la
cartera de proyectos viables, aquellos que guarden correspondencia con los resultados
priorizados, tomando en cuenta los criterios de alcance, cobertura y montos de inversión
que definen los proyectos de impacto distrital, así como los recursos asignados al
proceso participativo, preservando siempre el equilibrio entre los recursos disponibles y
los montos de recursos requeridos para el financiamiento de los proyectos priorizados.
33.3 Taller de Priorización de Proyectos, en base a la cartera de proyectos de
inversión presentados, los Agentes participantes proceden a la priorización de proyectos
de acuerdo a los problemas identificados. Los proyectos priorizados se incluyen en el
Acta de Acuerdos y Compromisos del proceso.
Artículo 34º.- Fase de Coordinación entre Niveles de Gobierno
El Alcalde distrital efectúa las coordinaciones que sean necesarias con el Gobierno
Regional o gobierno local provincial para definir acciones de intervención en el ámbito de
su competencia, a fin de armonizar políticas en base a intereses de desarrollo de la
población de los respectivos ámbitos jurisdiccionales.
Artículo 35º.- Fase de Formalización
Comprende la inclusión de proyectos de inversión priorizados y con financiamiento en el
Presupuesto Institucional de Apertura.
Los Acuerdos y Compromisos que se adoptarán, seguirán la siguiente secuencia:
a) El Equipo Técnico elabora el Acta de Acuerdo y Compromisos del presupuesto
participativo.
b) La oficina de Planificación y Presupuesto, presenta los resultados del proceso
participativo consolidados en el Acta de Acuerdos y Compromisos a los agentes
participantes para su consideración y aprobación final.
c) Si alguno de los proyectos priorizados en el presupuesto participativo no puede ser
ejecutado, el Alcalde dispondrá el reemplazo de dicho proyecto por otro, según la escala
de prioridades establecida y el nivel de recursos disponibles, hecho que debe hacerse de
conocimiento al Consejo de Coordinación Local Distrital y al Comité de Vigilancia.
d) Todos los Agentes Participantes en el acto formalizarán los acuerdos suscribiendo el
Acta de Acuerdos y Compromisos.
Artículo 35º.- Una vez suscrita el Acta de Acuerdos y Compromisos, el Equipo Técnico
elabora el “Documento Presupuesto Participativo Año Fiscal 2014”, los que deben ser
elevados ante el Concejo Municipal para su aprobación, conforme las facultades que le
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confiere el Artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. Los
documentos aprobados por el Concejo Municipal, serán puestos en conocimiento de la
Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas y a su
vez serán publicados en el Portal Electrónico de dicho organismo. Al mismo tiempo que la
publicación se hará también en el Portal Electrónico de la Municipalidad.
CAPITULO X
DEL EQUIPO TÉCNICO
Artículo 36º.- El Equipo Técnico estará integrado por profesionales y técnicos,
trabajadores de la Municipalidad Distrital de San Gregorio con experiencia en el tema,
teniendo en cuenta que deberá ser multidisciplinario. Los integrantes del Equipo Técnico
deberán contar con criterios básicos mínimos sobre planificación y presupuesto
participativo.
 El Equipo Técnico iniciará sus actividades oficiales y en forma permanente, al día
siguiente de aprobado el presente Reglamento.
 Tiene la misión de cumplir con el desarrollo de actividades orientadas a brindar
soporte técnico en el proceso de planeamiento del desarrollo concertado y
presupuesto participativo , desarrollar la evaluación técnica de los proyectos; y la
armonización de las acciones de capacitación de los agentes participantes; entre
ellas:
-La preparación y suministro de información que precede a la convocatoria a los
Talleres de Trabajo y tiene como objeto dotar a los participantes de información
actualizada y relevante para el proceso.
-La evaluación técnica y financiera de los programas y proyectos identificados en el
Taller de diagnóstico y priorización de alternativas, de acuerdo a las competencias del
nivel de Gobierno y a los estándares técnicos del SNIP.
-Prepara y presenta la lista de proyectos que superaron la evaluación técnica.
-Asesoría y orientación general a los agentes participantes en temas de su
competencia para la participación en los talleres de capacitación y demás Talleres de
Trabajo.
-Apoyo permanente para la sistematización de la información, toma de actas, archivo
del acervo documentario, así como cualquier otro por encargo del Gobierno Local que
se requiera ejecutarse para los fines del proceso.
 Los integrantes del Equipo Técnico participan en todos los Talleres de Trabajo, con
voz pero sin voto.
 El Equipo Técnico es el responsable de formular los informes correspondientes del
proceso del Presupuesto Participativo 2014 y mantendrá su vigencia hasta el inicio
del próximo proceso.
CAPITULO XI
DE LA VIGILANCIA CIUDADANA
Artículo 37º.- El Comité de Vigilancia
El Comité de Vigilancia estará integrado como mínimo por cuatro (04) miembros que
serán elegidos entre los agentes participantes de la sociedad civil, en la fase de
Formalización de Acuerdos y Compromisos. Sus funciones son las siguientes:
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a) Vigilar el cumplimiento de los acuerdos del proceso del presupuesto participativo
b) Vigilar que cuente con un cronograma aprobado de ejecución de obras, de los
proyectos de inversión priorizados en el proceso participativo.
c) Vigilar que los recursos municipales destinados al presupuesto participativo del año
fiscal, sean invertidos de conformidad con los acuerdos y compromisos asumidos.
d) Vigilar que los proyectos priorizados y ejecutados se vinculen efectivamente con la
mejor provisión de servicios o productos a la población, en el marco de los resultados
identificados, incluyendo los niveles de cobertura alcanzados.
e) Vigilar que la sociedad civil cumpla con los compromisos asumidos en el
cofinanciamiento de los proyectos de inversión, incluidos en el proceso participativo.
f) Informar semestralmente al Consejo de Coordinación Local Distrital, sobre los
resultados de la vigilancia.
Articulo 38º.- Los requisitos para ser elegidos miembros del Comité de Vigilancia son:
b) Haber asistido a la capacitación y a los talleres de trabajo, hasta un 70% de asistencia
efectiva.
c) Radicar en el distrito de San Gregorio.
d) No haber sido condenado por delitos o faltas.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES
PRIMERA.- Para el caso de proyectos presentados por las Instituciones Educativas estos
deberán formar parte de los Planes Estratégicos actualizados de las respectivas
Instituciones Educativas, debiendo adjuntar copia del mencionado Plan debidamente
visado por la UGEL Provincial.
Además en caso de Proyectos de infraestructura deberán presentar un Plano de Uso de
Área, debidamente visado por la UGEL.
SEGUNDA.- Lo no contemplado en el presente reglamento será resuelto de acuerdo a lo
establecido en la Ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo, Decreto
Supremo Nº 171-2003-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056 , para lo cual
se faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía disponga las acciones
complementarias.
TERCERA.- El presente Reglamento entrará en vigencia al día siguiente de su
publicación.
Dado en el Palacio Municipal, a los 04 días del mes de Junio del año dos mil trece.
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ANEXO Nº 01
“Año de la integración Nacional y el Reconocimiento de Nuestra
Diversidad”
SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN
San Gregorio,……. de mayo del 2013
Señor:
Herman Rodas Coscol
Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Gregorio
Asunto: Inscripción al Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal
2014
Por el presente me dirijo a usted para expresarle mis saludos y solicitar la inscripción de
nuestra organización en el Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal
2014, que ha convocado por la Municipalidad Distrital de San Gregorio, conforme lo
dispone la Ley 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo:
Organización o Razón Social:
……………………………………………………………………………………………………….
Dirección:.................................................................................Nº................,Urb……………
……….Distrito:……….....................
Provincia......................, Departamento……………………………………..
Región.....................................
Nº de Asociados:……………………………..
Documentos que se adjunta: (para las organizaciones que se inscriban por primera vez)
- Constancia de Inscripción en Registros Públicos: Sí (….) No (….)
- Resolución Municipal de reconocimiento: Sí (….) No (….)
Asimismo, por acuerdo de asamblea acreditamos a los representantes de nuestra
organización (titular y alterno) para que sean inscritos como Agente Participantes en el
proceso participativo convocado por su representada:
TITULAR:
Nombres y Apellidos:
...........................................................................................................................................
Cargo que ocupa en la organización: ...........................
Ocupación/Profesión:........................................................................................................
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Teléfono:............................................
E-mail:….................................................................
Género: M F
Fecha de Nacimiento: ........../........./......... D.N.I. Nº............................
ALTERNO:
Nombres y Apellidos:
...........................................................................................................................................
Cargo que ocupa en la organización:
..................................................................................
Ocupación/Profesión:..........................................................................................................
Teléfono:........................................ E-mail:........................................................................
Género: M F
Fecha de Nacimiento: ........../........./......... D.N.I. Nº............................
Se Adjunta:
- Copia simple del DNI del titular y alterno.
Sin otro particular, aprovecho de la oportunidad para reiterarle mis saludos.
AUTOCALIFICACIÓN TIPO DE ORGANIZACIÓN DE LA
SOCIEDAD CIVIL
SELECCIONAR
(SI)
GOBIERNO LOCAL (MUNICIPAL)
GOBIERNO NACIONAL (Especificar)
ORGANIZACIÓN DE BASE
COMUNIDAD
OTRO (Especificar)
………………………………………………
Firma y Sello del Representante Legal
De la Organización
C.c.
Archivo.
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Mdsg reglamento del proceso del presupuesto participativo

  • 1. REGLAMENTO QUE NORMA EL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2014 EN LE MARCO DE PRESUPUESTO POR RESULTADOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN GREGORIO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Objeto: El presente Reglamento tiene por objeto normar y orientar las acciones y/o procedimientos que aseguren el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, para el Año Fiscal 2014. Artículo 2º.- Alcances: El presente reglamento será de cumplimiento por las organizaciones de la sociedad civil e instituciones públicas, con actividad en el ámbito del distrito de San Gregorio reconocidos como Agentes Participantes para el Proceso del Presupuesto Participativo, convocado por la Municipalidad Distrital de San Gregorio para el Año Fiscal 2014. Artículo 3º.- Base Legal:  Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional.  Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización.  Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.  Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.  Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo.  Ley Nº 29298, Ley que Modifica la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo”.  Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, disposiciones complementarias y modificatorias.  Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo,  Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, se precisan los criterios de alcance, cobertura y montos de ejecución para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital.  Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01 que aprueba el Instructivo Nº 001- 2010-EF/76.01, “Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo basado en Resultados”. CAPÍTULO II DEL ROL DE LOS ACTORES DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Artículo 4º.- Del Alcalde a) Convocar a reuniones del Presupuesto Participativo en su calidad de Presidente del Consejo de Coordinación Local Distrital. b) Organizar las actividades del proceso participativo, haciéndolas de conocimiento público. c) Proponer la cartera de proyectos a ser sometida al Presupuesto Participativo, señalando explícitamente su conexión al resultado prioritario que corresponda. e) Determinar el porcentaje del presupuesto institucional que corresponderá al Presupuesto Participativo. pdfMachine - is a pdf writer that produces quality PDF files with ease! Get yours now! “Thank you very much! I can use Acrobat Distiller or the Acrobat PDFWriter but I consider your product a lot easier to use and much preferable to Adobe's" A.Sarras - USA
  • 2. f) Desarrollar las acciones necesarias para la implementación y cumplimiento de los acuerdos. g) Informar sobre el cumplimiento de acuerdos y compromisos asumidos en el Presupuesto Participativo del año anterior. Artículo 05º.- Del Concejo Municipal a) Aprobar las normas complementarias que se requieran para llevar a cabo el proceso. b) Fiscalizar el desarrollo oportuno de cada una de las fases del proceso. c) Velar por el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos por la Municipalidad Distrital de San Gregorio. Artículo 06º.- Agentes Participantes a) Participar activamente con voz y voto en la discusión, definición, priorización y toma de decisiones respecto de los resultados a ser priorizados en el proceso, así como de los proyectos de inversión a ser considerados para contribuir al logro de dichos resultados. b) Suscribir las actas y demás instrumentos que garanticen la formalidad del proceso. c) Respetar los acuerdos adoptados en las diferentes fases del proceso. Artículo 07º.- Equipo Técnico. a) Brindar apoyo para la organización y desarrollo del proceso. b) Facilitar información para el desarrollo de los talleres de trabajo. c) Realizar la evaluación técnica y financiera de los proyectos propuestos. d) Preparar y presentar la lista de proyectos que aprobaron la evaluación técnica y financiera. Artículo 08º.- Oficina de Planificación y Presupuesto y Racionalización. a) Proponer a las instancias correspondientes el Presupuesto Institucional de Apertura, incorporando los proyectos de inversión priorizados en el Presupuesto Participativo. b) Remitir copia del Acta de Acuerdos y Compromisos, así como el Documento del proceso a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. c) Ingresar información y mantener actualizado el aplicativo interactivo del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 09º.- Conceptos básicos: a. Presupuesto Participativo.- Proceso que fortalece las relaciones Estado-Sociedad Civil, definiendo las prioridades sobre acciones a implementar en el nivel del Gobierno Municipal, así como la asignación de recursos necesarios, generando compromisos de los actores públicos y privados para la consecución de objetivos estratégicos. b. Sociedad Civil.- Comprende a las organizaciones de base territorial o temática, sean estas sociales, políticas, económicas, religiosas o culturales, así como a organismos e instituciones privadas del ámbito distrital y a los ciudadanos no organizados. c. Agentes Participantes.- Son aquellos miembros que participan con voz y voto, en la discusión y/o toma de decisiones en el proceso de planeamiento y del Presupuesto Participativo. Están integrados por los miembros del Consejo de Coordinación Local, los representantes de la Sociedad Civil identificados y acreditados para este propósito, de acuerdo al Art. 5º del Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo y los representantes de las entidades del Gobierno Nacional que desarrollan acciones en el ámbito del distrito. pdfMachine - is a pdf writer that produces quality PDF files with ease! Get yours now! “Thank you very much! I can use Acrobat Distiller or the Acrobat PDFWriter but I consider your product a lot easier to use and much preferable to Adobe's" A.Sarras - USA
  • 3. d. Acciones de Impacto Distrital.- Entiéndase por acciones de impacto distrital a las que se desarrollan en la ejecución de Programas y Proyectos estratégicos cuyos beneficios directos alcanzan a la población de un distrito. Art. 10º.- Principios del Presupuesto Participativo.- Son Principios del Presupuesto Participativo los siguientes: a) El principio de la democracia participativa.- Este principio permite que sea la ciudadanía y sus organizaciones representativas quienes, desde las asambleas y talleres, analicen su realidad local, definan sus problemas más importantes y encuentren alternativas de solución. b) El principio de la inclusión.- El presupuesto participativo debe favorecer la participación y la satisfacción de las necesidades de los sectores tradicionalmente excluidos de la sociedad, pues los toma en cuenta y permite que la distribución de los recursos asignados ayude a disminuir las exclusiones sociales, como por ejemplo la que viven las niñas, los niños, jóvenes, personas con capacidades diferentes; ancianos, etc. c) El principio de la transparencia.- El Presupuesto Participativo se debe caracterizar por la transparencia, ya que sin información de los actos de gobierno, la ciudadanía no podrá tomar las decisiones más adecuadas. d) El principio de la tolerancia.- El presupuesto participativo ha cambiado radicalmente la manera de tomar decisiones, pues ahora involucra al conjunto de ciudadanos y ciudadanas quienes tienen la posibilidad de discutir y concertar. Pero para ello requiere que haya tolerancia para escuchar y aceptar las diferentes maneras de pensar. Sin tolerancia es imposible pensar y elaborar el Presupuesto Participativo. e) El principio de la solidaridad.- Ligado al principio de la inclusión, este principio nos permite pensar en el conjunto de necesidades de la población y proyectar su atención pensando que se debe asignar más recursos a los que menos tienen, a quienes se encuentran en situaciones más desventajosas, como son las mujeres, los niños, niñas, personas con discapacidades, asentamientos humanos, zonas rurales, etc. f) El principio de la subsidiariedad.- El gobierno más cercano a la población es el más idóneo para ejercer la competencia o función por consiguiente el gobierno nacional no debe asumir competencias que pueden ser cumplidas más eficientemente por los gobiernos regionales y éstos a su vez no deben hacer aquello que puede ser ejecutado por los gobiernos locales, evitándose la duplicidad y superposición de funciones. CAPITULO III DE LA CONVOCATORIA ARTÍCULO 11°.- El Alcalde del Gobierno Local Distrital de San Gregorio, en su condición de titular del pliego y del Consejo de Coordinación Local es el responsable de conducir las distintas fases del proceso, conforme a los mecanismos que se establecen en la Ley y en el presente Reglamento. ARTÍCULO 12°.- Durante todo el proceso de difusión de la convocatoria para el Presupuesto Participativo, el Gobierno Local deberá tener en cuenta los siguientes criterios que permitan asegurar la participación más amplia posible de ciudadanos y ciudadanas. pdfMachine - is a pdf writer that produces quality PDF files with ease! Get yours now! “Thank you very much! I can use Acrobat Distiller or the Acrobat PDFWriter but I consider your product a lot easier to use and much preferable to Adobe's" A.Sarras - USA
  • 4. a) La publicidad y difusión se deberá realizar, a través de los diferentes medios de comunicación de la localidad y con la ayuda de material informativo (Trípticos, afiches, volantes). b) Asegurar que la difusión sea de alcance distrital, especialmente en los lugares y territorios más alejados como los Centros Poblados, Caseríos y otros Sectores de la Ciudad, a fin de evitar que las distancias geográficas sean causantes de la poca participación de las poblaciones que habitan en estas zonas. d) Participación sensible al género y con igualdad de oportunidades. Se deberá promover, en especial, la participación de mujeres, jóvenes, personas con capacidades diferentes, personas adultas mayores, comunidades rurales, para alcanzar una mayor representatividad de los grupos en situación de vulnerabilidad. CAPÍTULO IV DE LA IDENTIFICACION Y ACREDITACION DE AGENTES PARTICIPANTES Artículo 13º.- Identificación y Registro de Agentes Participantes: Las organizaciones de la sociedad civil en el proceso de Presupuesto Participativo 2014 Etapa Distrital, serán identificados por el Equipo Técnico encargado del proceso y serán inscritos en un Libro de Registro de Participantes de la Municipalidad, previo cumplimiento de los siguientes requisitos: a) Solicitud de Inscripción, de acuerdo al formato del Anexo 01 b) Constancia de Inscripción de la organización en Registros de carácter público u otro documento que acredite que realiza actividades en el distrito con una antigüedad no menor de 01 año. c) Copia simple del Documento Nacional de Identidad vigente del agente participante titular y alterno. ARTÍCULO 14°.- La inscripción para la participación de las instituciones y organizaciones, así como de las personas de la sociedad civil, en el proceso del Presupuesto Participativo del Año Fiscal 2014, deberá realizarse, teniendo en cuenta los siguientes requisitos: 1. Las organizaciones que participaron en el último proceso participativo convocado por la Municipalidad, cuyo status sigue siendo la misma, solo deberán confirmar su participación presentando la Solicitud de Inscripción (Anexo 01). 2. Para representantes de organizaciones e instituciones del distrito de San Gregorio que todavía no forman parte del Registro de Agentes Participantes de la Municipalidad y que deseen participar en el Proceso de Presupuesto Participativo Año Fiscal 2014, deberán presentar los siguientes documentos: a) Solicitud de Inscripción, de acuerdo al formato del Anexo 01 b) Constancia de Inscripción de la organización en Registros de carácter público u otro documento que acredite que realiza actividades en el distrito con una antigüedad no menor de 01 año. c) Copia simple del Documento Nacional de Identidad vigente del agente participante titular y alterno. pdfMachine - is a pdf writer that produces quality PDF files with ease! Get yours now! “Thank you very much! I can use Acrobat Distiller or the Acrobat PDFWriter but I consider your product a lot easier to use and much preferable to Adobe's" A.Sarras - USA
  • 5. d) Copia simple del Acta que contenga el acuerdo de participar en el proceso, y la designación de sus representantes. ARTÍCULO 15°.- El plazo para la inscripción de los Agentes Participantes es de diez (05) días hábiles, contados a partir de la fecha de la aprobación del presente Reglamento. CAPÍTULO V DEL PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCION ARTÍCULO 16°.- Los documentos y requisitos señalados en el artículo 13° del presente Reglamento, son de carácter obligatorio, y deberán ser dirigidos al Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Gregorio. ARTÍCULO 17°.- Las personas que tengan alguna observación en su solicitud de inscripción, tendrán un plazo no mayor de un día (01) día útil, contados a partir de la fecha de notificada la Observación correspondiente, para absolverla. ARTÍCULO 18°.- La Gerencia Municipal, vencido el plazo de inscripción de agentes participantes, dispondrá la publicación de la lista de las organizaciones e instituciones que solicitaron su inscripción para el proceso del Presupuesto Participativo 2014, la misma que será puesta de conocimiento público en el Portal de Anuncios de la Municipalidad. ARTÍCULO 19°.- El plazo para presentar observaciones y tachas sobre algún nombre de la lista es de un (01) días útiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la lista a que se refiere el artículo 13° del presente Reglamento. Dichas observaciones o tachas serán cursadas a los interesados para que las absuelvan en el plazo de dos (02) días útiles contados a partir del día siguiente de notificados; con su absolución o sin esta, Gerencia Municipal procederá a elevar al Despacho de Alcaldía los resultados del proceso de inscripción, para su aprobación. ARTÍCULO 20.- Vencidos los plazos señalados en el artículo 19° del presente Reglamento, el Despacho de Alcaldía mediante Resolución, aprobará la Relación de Agentes Participantes de la Sociedad Civil acreditados para el proceso del Presupuesto Participativo Distrital 2014, la misma que se publicará en el portal web de la municipalidad y en el bando Municipal. ARTÍCULO 21°.- El Gobierno Local de San Gregorio, deberá promover la aplicación de cuotas de equidad de género en los Agentes Participantes. Asimismo, deberá tenerse en cuenta las cuotas para la igualdad de oportunidades. En este sentido el Gobierno Local deberá realizar una campaña de información- sensibilización, para que todas las instituciones y organizaciones, así como las personas excluidas o que se encuentran en situación de vulnerabilidad participen en el proceso. CAPÍTULO VI DE SUS ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES Artículo 22º.- Atribución de los Agentes Participantes: Son atribuciones de los Agentes Participantes debidamente acreditados: pdfMachine - is a pdf writer that produces quality PDF files with ease! Get yours now! “Thank you very much! I can use Acrobat Distiller or the Acrobat PDFWriter but I consider your product a lot easier to use and much preferable to Adobe's" A.Sarras - USA
  • 6. a) Asistir a la capacitación y a los talleres de trabajo que convocará la municipalidad. b) Respetar las pautas metodológicas establecidas en el presente reglamento. c) Participar en forma democrática, responsable y objetiva en el proceso. d) Proponer los proyectos de inversión que contribuyan a solucionar los problemas del distrito y respondan a los objetivos del Plan de Desarrollo Concertado. e) Priorizar las propuestas de proyectos de inversión de acuerdo a los ejes estratégicos considerados en el Plan de Desarrollo Concertado f) Asegurar la retroalimentación del proceso, para lo cual al interior de sus organizaciones debatirán y propondrán las propuestas de desarrollo de acuerdo al Plan de Desarrollo Concertado Distrital. g) Suscribir el acta de formalización de los acuerdos y compromisos. CAPITULO VII DE LA PARTICIPACION EN LOS TALLERES Artículo 23º.- Mecanismos de Participación en los Talleres: Los Agentes Participantes deberán asistir de manera obligatoria a los Talleres de Capacitación y de Trabajo para la elaboración del Presupuesto Participativo. Para este fin los Agentes Participantes deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La participación debe ser activa y responsable; puntual e integral. 2. El dialogo entre los agentes participantes y el equipo técnico debe ser constante y fluido en el marco del respeto mutuo, tolerancia y comprensión. 3. Es importante fijar la importancia de los temas a discutir a fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos en procura del desarrollo socio-económico de la población San Gregoriana. Antes de asistir a los Talleres y en el curso de su desarrollo, los agentes participantes deberán reunirse con las personas a las que representan para: 1. Informarles acerca del proceso. 2. Establecer las prioridades del sector, organización o territorio que representan, de acuerdo al Plan de Desarrollo Concertado y otros planes específicos vigentes del Distrito. -Para el desarrollo de los Talleres se establece dos instancias: La Plenaria y Los Grupos de Trabajo. En la Plenaria que es organizada por el Equipo Técnico y conducida por el Alcalde Distrital o su representante, actúan con voz y voto todos los agentes participantes debidamente identificados y registrados, para tratar asuntos de interés común, aprobar acuerdos de carácter general y validar aquellos que resulten de los grupos de trabajo. Los Grupos de Trabajo, se integran obedeciendo a criterios territoriales de la procedencia de los agentes participantes organizados, quienes adoptarán acuerdos sobre las acciones de impacto distrital que se implementarán en su ámbito; para cumplir con su propósito designarán entre sus miembros a un Coordinador (a), un Relator (a) y un Secretario (a). Los agentes participantes, durante el desarrollo de la Plenaria y las Reuniones de los Grupos de Trabajo, se ceñirán a los siguientes mecanismos de participación: pdfMachine - is a pdf writer that produces quality PDF files with ease! Get yours now! “Thank you very much! I can use Acrobat Distiller or the Acrobat PDFWriter but I consider your product a lot easier to use and much preferable to Adobe's" A.Sarras - USA
  • 7. a. Los representantes de las Organizaciones e Instituciones debidamente inscritas harán su uso de la palabra por un tiempo máximo de diez minutos, los mismos que pueden ser distribuidos en dos intervenciones por cada tema en debate. b. En caso de que en alguno de los talleres existiere participación individual de ciudadanos no organizados, adicional a la Lista tendrán una duración máxima de 03 minutos por cada tema en debate. c. Los agentes participantes que deseen hacer uso de la palabra, la solicitarán levantando la mano y esperarán su turno. d. Con la finalidad de mejorar la participación de los agentes, se sugiere que en sus intervenciones éstos indiquen los aspectos siguientes:  Nombre y apellidos.  Organización a la que representa.  Breve comentario sobre el tema en debate.  Propuesta de solución.  Compromisos a asumir por su representada o individualmente de ser el caso, en relación a la solución de la propuesta. e. El Gobierno Local formula una propuesta de proyectos de impacto distrital y de Impacto de la zona urbana del distrito capital, que sirve de base para la Priorización de los Proyectos a considerarse dentro del Presupuesto Participativo 2014. Los agentes participantes pueden agregar otros Proyectos que consideren importantes para ser debatidos en conjunto por la Plenaria. Los representantes de Instituciones Descentralizadas participarán según las competencias de su sector; es decir en la zona rural y/o urbana. Artículo 24º.- Quórum.- El quórum necesario para la instalación de la Plenaria, es de la mitad más uno de los agentes participantes inscritos. De no poder instalarse la Plenaria por falta de quórum requerido, la responsabilidad de decidir sobre el Presupuesto Participativo, será trasladada al Consejo de Coordinación Local, y en caso de no operar el CCL, la responsabilidad corresponde al Concejo Distrital. Artículo 25º.- Acuerdos: En caso de no lograr consensos en torno a los acuerdos se procederá a votar a mano alzada, teniendo en cuenta los criterios de priorización establecidos en el presente reglamento, de cuyo resultado se dejará constancia en el Acta de Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participativo. pdfMachine - is a pdf writer that produces quality PDF files with ease! Get yours now! “Thank you very much! I can use Acrobat Distiller or the Acrobat PDFWriter but I consider your product a lot easier to use and much preferable to Adobe's" A.Sarras - USA
  • 8. CAPITULO VIII ESTIMULOS, FALTAS Y SANCIONES Artículo 26°.- Se consideran faltas a las normas de convivencia democrática de los Agentes Participantes ante el proceso de elaboración del Presupuesto Participativo, las siguientes: a) Inasistencia injustificada a los Talleres convocados. b) Agresión física y/o verbal a un Agente Participante, autoridad o funcionario del Concejo Municipal. c) Asistir a los talleres o sesiones en estado etílico o de alteración por consumo de drogas. d) Alterar de manera violenta el normal desarrollo de los talleres y/o sesiones. Artículo 27°.- Las sanciones que se aplicarán según la gravedad o reiteración de la las faltas serán las siguientes: a) Por primera vez: Llamada de atención en el taller o sesión. b) Por segunda vez, comunicación expresa de llamada de atención suscrita por el Alcalde dirigida al agente respectivo, haciendo de conocimiento de la organización de la sociedad civil o institución pública a la que representa. c) Por tercera vez, denuncia pública de la falta y de ser el caso el envío de una solicitud a la organización de la sociedad civil o institución pública que representa, para la sustitución del representante. d) En caso de inasistencia a más del 50 % de los talleres, no podrán continuar participando en taller de priorización de proyectos, dándose cuenta de lo actuado, por escrito al Consejo de Coordinación Local, con copia a la organización a la que representa. Artículo 28º.- Al finalizar el proceso del Presupuesto Participativo, el Alcalde emitirá una Resolución de reconocimiento a todos los Agentes Participantes de la Sociedad Civil y del Estado que hayan participado en todo el proceso de elaboración del Presupuesto Participativo Distrital Año 2014. Artículo 29º.- Acreditación de los Agentes Participantes: Los agentes participantes, para tener expedito su derecho a voz y voto, se acreditará de la siguiente manera:  Los del CCL con su respectivo credencial.  Alcaldes de Centros Poblados con su resolución de reconocimiento.  A los de la Administración Pública (Instituciones Descentralizadas) con documento suscrito por la más alta autoridad Distrital del Sector.  Los representantes de las Organizaciones Sociales con un documento firmado y sellado por el presidente de la organización. Las Instituciones Descentralizadas del Estado designarán a un titular y un suplente, quien reemplazará al titular en caso de ausencia. Con la finalidad de facilitar el trámite de registro, es requisito indispensable para todos los agentes participantes, la presentación del documento nacional de identificación (DNI). pdfMachine - is a pdf writer that produces quality PDF files with ease! Get yours now! “Thank you very much! I can use Acrobat Distiller or the Acrobat PDFWriter but I consider your product a lot easier to use and much preferable to Adobe's" A.Sarras - USA
  • 9. CAPITULO IX DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO FASES DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Artículo 30º.- El proceso del Presupuesto Participativo, se realiza a través de reuniones y talleres de trabajo con los Agentes Participantes acreditados para este propósito. Se desarrollará las siguientes fases: a) Preparación b) Concertación c) Coordinación entre los niveles de gobierno d) Formalización Artículo 31°.- Fase de preparación Esta fase es desarrollada por la Municipalidad y el Consejo de Coordinación Local Distrital. Comprende las acciones de comunicación, sensibilización, convocatoria, identificación y registro; así como la capacitación de los agentes participantes: a) Comunicación: Se informará a la población, a través de los medios de comunicación, sobre los avances y resultados del proceso del Presupuesto Participativo, así como el monto que será destinado a los proyectos aprobados en el Presupuesto Participativo. b) Sensibilización: Se promoverá la participación de la sociedad civil organizada como agente fundamental para el éxito del proceso participativo. c) Convocatoria: Se convocará a la sociedad civil organizada, a través de los medios de comunicación, para que participen en el proceso, informando sobre las disposiciones establecidas en el presente reglamento. d) Identificación y Registro: se dispondrá en las formas de registro y acreditación de los agentes participantes, los que deben ser designados o elegidos en forma democrática por las organizaciones a las que pertenecen. e) Capacitación: Se implementará programas permanentes de desarrollo de capacidades para los agentes participantes. Artículo 32º.- Fase de Concertación Comprende las actividades relacionadas con el trabajo concertado del diagnóstico, identificación y priorización de resultados y de proyectos de inversión. Las actividades se desarrollaran en talleres de trabajo convocados por la municipalidad. Artículo 33.- Desarrollo de Talleres de Trabajo Los talleres de trabajo son convocados por la Municipalidad Distrital de San Gregorio y tienen por objeto la priorización de los proyectos de inversión así como la definición de los compromisos que los diversos actores asumirán durante la ejecución del Presupuesto Participativo. Se seguirá la siguiente secuencia: 33.1 Taller de Plan de Desarrollo Concertado y Rendición de Cuentas En este taller, se presenta la visión, objetivos y líneas estratégicas contenidos en el Plan de Desarrollo Concertado – PDC, su avance de ejecución y logro de resultados. Así mismo, se informará sobre el porcentaje de la asignación presupuestaria destinada al presupuesto participativo. En la segunda parte de este taller se realizará la Rendición de Cuentas, que tiene por objetivo dar a conocer sobre el cumplimiento de los compromisos asumidos en el proceso participativo del año anterior. pdfMachine - is a pdf writer that produces quality PDF files with ease! Get yours now! “Thank you very much! I can use Acrobat Distiller or the Acrobat PDFWriter but I consider your product a lot easier to use and much preferable to Adobe's" A.Sarras - USA
  • 10. Como mecanismo de corresponsabilidad entre la Municipalidad y la sociedad civil, esta última también dará cuenta de sus compromisos asumidos. 33.2 Taller de Diagnóstico, Identificación y Priorización de Problemas En este taller, los agentes participantes identifican los problemas, determinan las causas y efectos, y proponen alternativas. Se plantea una situación optimizada con la finalidad de que los resultados de los proyectos de inversión priorizados sean la solución a los problemas que afectan a la ciudadanía: a) Diagnóstico e Identificación y Priorización de Resultados, especificados en términos de mejoras en el bienestar ciudadano, sobre la base del diagnóstico que se utilizará en el desarrollo del proceso participativo, los agentes participantes identifican y priorizan los principales resultados que darán solución a los problemas que afectan al distrito, en el marco del Plan de Desarrollo Concertado. b) Identificación de Proyectos y Evaluación Técnica, El equipo técnico seleccionará de la cartera de proyectos viables, aquellos que guarden correspondencia con los resultados priorizados, tomando en cuenta los criterios de alcance, cobertura y montos de inversión que definen los proyectos de impacto distrital, así como los recursos asignados al proceso participativo, preservando siempre el equilibrio entre los recursos disponibles y los montos de recursos requeridos para el financiamiento de los proyectos priorizados. 33.3 Taller de Priorización de Proyectos, en base a la cartera de proyectos de inversión presentados, los Agentes participantes proceden a la priorización de proyectos de acuerdo a los problemas identificados. Los proyectos priorizados se incluyen en el Acta de Acuerdos y Compromisos del proceso. Artículo 34º.- Fase de Coordinación entre Niveles de Gobierno El Alcalde distrital efectúa las coordinaciones que sean necesarias con el Gobierno Regional o gobierno local provincial para definir acciones de intervención en el ámbito de su competencia, a fin de armonizar políticas en base a intereses de desarrollo de la población de los respectivos ámbitos jurisdiccionales. Artículo 35º.- Fase de Formalización Comprende la inclusión de proyectos de inversión priorizados y con financiamiento en el Presupuesto Institucional de Apertura. Los Acuerdos y Compromisos que se adoptarán, seguirán la siguiente secuencia: a) El Equipo Técnico elabora el Acta de Acuerdo y Compromisos del presupuesto participativo. b) La oficina de Planificación y Presupuesto, presenta los resultados del proceso participativo consolidados en el Acta de Acuerdos y Compromisos a los agentes participantes para su consideración y aprobación final. c) Si alguno de los proyectos priorizados en el presupuesto participativo no puede ser ejecutado, el Alcalde dispondrá el reemplazo de dicho proyecto por otro, según la escala de prioridades establecida y el nivel de recursos disponibles, hecho que debe hacerse de conocimiento al Consejo de Coordinación Local Distrital y al Comité de Vigilancia. d) Todos los Agentes Participantes en el acto formalizarán los acuerdos suscribiendo el Acta de Acuerdos y Compromisos. Artículo 35º.- Una vez suscrita el Acta de Acuerdos y Compromisos, el Equipo Técnico elabora el “Documento Presupuesto Participativo Año Fiscal 2014”, los que deben ser elevados ante el Concejo Municipal para su aprobación, conforme las facultades que le pdfMachine - is a pdf writer that produces quality PDF files with ease! Get yours now! “Thank you very much! I can use Acrobat Distiller or the Acrobat PDFWriter but I consider your product a lot easier to use and much preferable to Adobe's" A.Sarras - USA
  • 11. confiere el Artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. Los documentos aprobados por el Concejo Municipal, serán puestos en conocimiento de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas y a su vez serán publicados en el Portal Electrónico de dicho organismo. Al mismo tiempo que la publicación se hará también en el Portal Electrónico de la Municipalidad. CAPITULO X DEL EQUIPO TÉCNICO Artículo 36º.- El Equipo Técnico estará integrado por profesionales y técnicos, trabajadores de la Municipalidad Distrital de San Gregorio con experiencia en el tema, teniendo en cuenta que deberá ser multidisciplinario. Los integrantes del Equipo Técnico deberán contar con criterios básicos mínimos sobre planificación y presupuesto participativo.  El Equipo Técnico iniciará sus actividades oficiales y en forma permanente, al día siguiente de aprobado el presente Reglamento.  Tiene la misión de cumplir con el desarrollo de actividades orientadas a brindar soporte técnico en el proceso de planeamiento del desarrollo concertado y presupuesto participativo , desarrollar la evaluación técnica de los proyectos; y la armonización de las acciones de capacitación de los agentes participantes; entre ellas: -La preparación y suministro de información que precede a la convocatoria a los Talleres de Trabajo y tiene como objeto dotar a los participantes de información actualizada y relevante para el proceso. -La evaluación técnica y financiera de los programas y proyectos identificados en el Taller de diagnóstico y priorización de alternativas, de acuerdo a las competencias del nivel de Gobierno y a los estándares técnicos del SNIP. -Prepara y presenta la lista de proyectos que superaron la evaluación técnica. -Asesoría y orientación general a los agentes participantes en temas de su competencia para la participación en los talleres de capacitación y demás Talleres de Trabajo. -Apoyo permanente para la sistematización de la información, toma de actas, archivo del acervo documentario, así como cualquier otro por encargo del Gobierno Local que se requiera ejecutarse para los fines del proceso.  Los integrantes del Equipo Técnico participan en todos los Talleres de Trabajo, con voz pero sin voto.  El Equipo Técnico es el responsable de formular los informes correspondientes del proceso del Presupuesto Participativo 2014 y mantendrá su vigencia hasta el inicio del próximo proceso. CAPITULO XI DE LA VIGILANCIA CIUDADANA Artículo 37º.- El Comité de Vigilancia El Comité de Vigilancia estará integrado como mínimo por cuatro (04) miembros que serán elegidos entre los agentes participantes de la sociedad civil, en la fase de Formalización de Acuerdos y Compromisos. Sus funciones son las siguientes: pdfMachine - is a pdf writer that produces quality PDF files with ease! Get yours now! “Thank you very much! I can use Acrobat Distiller or the Acrobat PDFWriter but I consider your product a lot easier to use and much preferable to Adobe's" A.Sarras - USA
  • 12. a) Vigilar el cumplimiento de los acuerdos del proceso del presupuesto participativo b) Vigilar que cuente con un cronograma aprobado de ejecución de obras, de los proyectos de inversión priorizados en el proceso participativo. c) Vigilar que los recursos municipales destinados al presupuesto participativo del año fiscal, sean invertidos de conformidad con los acuerdos y compromisos asumidos. d) Vigilar que los proyectos priorizados y ejecutados se vinculen efectivamente con la mejor provisión de servicios o productos a la población, en el marco de los resultados identificados, incluyendo los niveles de cobertura alcanzados. e) Vigilar que la sociedad civil cumpla con los compromisos asumidos en el cofinanciamiento de los proyectos de inversión, incluidos en el proceso participativo. f) Informar semestralmente al Consejo de Coordinación Local Distrital, sobre los resultados de la vigilancia. Articulo 38º.- Los requisitos para ser elegidos miembros del Comité de Vigilancia son: b) Haber asistido a la capacitación y a los talleres de trabajo, hasta un 70% de asistencia efectiva. c) Radicar en el distrito de San Gregorio. d) No haber sido condenado por delitos o faltas. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES PRIMERA.- Para el caso de proyectos presentados por las Instituciones Educativas estos deberán formar parte de los Planes Estratégicos actualizados de las respectivas Instituciones Educativas, debiendo adjuntar copia del mencionado Plan debidamente visado por la UGEL Provincial. Además en caso de Proyectos de infraestructura deberán presentar un Plano de Uso de Área, debidamente visado por la UGEL. SEGUNDA.- Lo no contemplado en el presente reglamento será resuelto de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo, Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056 , para lo cual se faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía disponga las acciones complementarias. TERCERA.- El presente Reglamento entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Dado en el Palacio Municipal, a los 04 días del mes de Junio del año dos mil trece. pdfMachine - is a pdf writer that produces quality PDF files with ease! Get yours now! “Thank you very much! I can use Acrobat Distiller or the Acrobat PDFWriter but I consider your product a lot easier to use and much preferable to Adobe's" A.Sarras - USA
  • 13. ANEXO Nº 01 “Año de la integración Nacional y el Reconocimiento de Nuestra Diversidad” SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN San Gregorio,……. de mayo del 2013 Señor: Herman Rodas Coscol Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Gregorio Asunto: Inscripción al Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2014 Por el presente me dirijo a usted para expresarle mis saludos y solicitar la inscripción de nuestra organización en el Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2014, que ha convocado por la Municipalidad Distrital de San Gregorio, conforme lo dispone la Ley 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo: Organización o Razón Social: ………………………………………………………………………………………………………. Dirección:.................................................................................Nº................,Urb…………… ……….Distrito:………..................... Provincia......................, Departamento…………………………………….. Región..................................... Nº de Asociados:…………………………….. Documentos que se adjunta: (para las organizaciones que se inscriban por primera vez) - Constancia de Inscripción en Registros Públicos: Sí (….) No (….) - Resolución Municipal de reconocimiento: Sí (….) No (….) Asimismo, por acuerdo de asamblea acreditamos a los representantes de nuestra organización (titular y alterno) para que sean inscritos como Agente Participantes en el proceso participativo convocado por su representada: TITULAR: Nombres y Apellidos: ........................................................................................................................................... Cargo que ocupa en la organización: ........................... Ocupación/Profesión:........................................................................................................ pdfMachine - is a pdf writer that produces quality PDF files with ease! Get yours now! “Thank you very much! I can use Acrobat Distiller or the Acrobat PDFWriter but I consider your product a lot easier to use and much preferable to Adobe's" A.Sarras - USA
  • 14. Teléfono:............................................ E-mail:…................................................................. Género: M F Fecha de Nacimiento: ........../........./......... D.N.I. Nº............................ ALTERNO: Nombres y Apellidos: ........................................................................................................................................... Cargo que ocupa en la organización: .................................................................................. Ocupación/Profesión:.......................................................................................................... Teléfono:........................................ E-mail:........................................................................ Género: M F Fecha de Nacimiento: ........../........./......... D.N.I. Nº............................ Se Adjunta: - Copia simple del DNI del titular y alterno. Sin otro particular, aprovecho de la oportunidad para reiterarle mis saludos. AUTOCALIFICACIÓN TIPO DE ORGANIZACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL SELECCIONAR (SI) GOBIERNO LOCAL (MUNICIPAL) GOBIERNO NACIONAL (Especificar) ORGANIZACIÓN DE BASE COMUNIDAD OTRO (Especificar) ……………………………………………… Firma y Sello del Representante Legal De la Organización C.c. Archivo. pdfMachine - is a pdf writer that produces quality PDF files with ease! Get yours now! “Thank you very much! I can use Acrobat Distiller or the Acrobat PDFWriter but I consider your product a lot easier to use and much preferable to Adobe's" A.Sarras - USA