Este documento publica los nuevos precios de venta al público de diferentes productos de tabaco como cigarrillos, cigarros, picaduras de liar y otros. Establece los nuevos precios unitarios o por envase de marcas populares como West, JPS, R1, Calypso, La Dalia, entre otras. También incluye información sobre la entrada en vigor de los nuevos precios el mismo día de la publicación del documento.
1. 3420 Jueves 17 enero 2008 BOE núm. 15
817 RESOLUCIÓN de 16 de enero de 2008, de la Precio total
de venta
Presidencia del Comisionado para el Mercado al público
de Tabacos, por la que se publican los precios –
Euros/unidad
de venta al público de determinadas labores de
tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre de
Roly:
la Península e Illes Balears.
Rothschild (20) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1,30
En virtud de lo establecido en el artículo 4 de la Torpedo (20) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1,50
Ley 13/1998, de Ordenación del Mercado de Tabacos, se
publican los precios de venta al público de determinadas Precio total
de venta
labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre al público
de la Península e Illes Balears, que han sido propuestos –
por los correspondientes fabricantes e importadores. Euros/envase
Primero.–Los precios de venta al público de las labo- C) Cigarros y cigarritos
res de tabaco que se indican a continuación, incluidos los
diferentes tributos, en Expendedurías de Tabaco y Timbre Braniff:
de la Península e Illes Balears, serán los siguientes: Azul Filter (El envase de 20) . . . . . . . . . . . . . . 1,50
Precio total Calypso:
de venta
al público
– Dannemann Espresso (el envase de 20) . . . . 4,30
Euros/cajetilla Dannemann Espresso (el envase de 5) . . . . . 1,25
Dannemann Moods (el envase de 20) . . . . . . 4,30
A) Cigarrillos Dannemann Moods (el envase de 5) . . . . . . . 1,25
Dannemann Moods Filter (el envase de 20) . 4,50
Bastos Filter Blando . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3,40 Dannemann Moods Filter (el envase de 5) . . 1,35
Davidoff Classic . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3,10 Reig Mini (el envase de 20) . . . . . . . . . . . . . . . 4,10
Davidoff Gold . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3,10 Reig Mini (el envase de 5) . . . . . . . . . . . . . . . . 1,20
JPS American Blend Red . . . . . . . . . . . . . . . . 2,30 Reig Mini Filter (el envase de 20) . . . . . . . . . . 4,30
JPS American Blend Red 100’S . . . . . . . . . . . 2,30 Reig Mini Filter (el envase de 5) . . . . . . . . . . . 1,25
JPS American Blend Silver . . . . . . . . . . . . . . . 2,30
JPS American Blend White . . . . . . . . . . . . . . . 2,30 La Dalia:
JPS Green Menthol . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2,30 D. Julián Mini (el envase de 20) . . . . . . . . . . . 4,60
R1 Azul . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3,00
R1 Rojo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3,00
Precio total
R1 Slim Line . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3,00 de venta
West Blue . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2,30 al público
West Ice . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2,30 –
Euros/unidad
West Red . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2,30
West Silver . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2,30
D) Picaduras de liar
Precio total
de venta Drum (50 g) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3,90
al público Drum Bright (50 g) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3,90
–
Euros/unidad Drum Yellow (50 g) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3,90
Pall Mall Roll New Orleans Sun Ripened
B) Cigarros y cigarritos Tobacco (200 g) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9,00
Van Nelle Halfzware (50 g) . . . . . . . . . . . . . . . 4,00
Calypso: Van Nelle Zware (50 g) . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4,35
Reig 15 (10) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,48 Segundo.–La presente Resolución entrará en vigor el
Reig 15 Minor (10) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,35 mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del
Reig 15 Minor (5) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,37 Estado.
Reig 15 Pack 2 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,50
Reig Minor Pack (2) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,38 Madrid, 16 de enero de 2008.–El Presidente del Comi-
Rössli Habana (25) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,65 sionado para el Mercado de Tabacos, Felipe Sivit Gañán.
Rössli Habana (5) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,65
Don Ernesto:
Churchill Capa Clara (10) . . . . . . . . . . . . . . . . . 1,65
Robusta Capa Clara (10) . . . . . . . . . . . . . . . . . 1,40 MINISTERIO
La Dalia:
D. Julián N.º 1 (25) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2,10 DE EDUCACIÓN Y CIENCIA
D. Julián N.º 1 (5) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2,10
D. Julián N.º 3 (25) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1,70 818 REAL DECRETO 1689/2007, de 14 de diciembre,
D. Julián N.º 3 (5) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1,70 por el que se establece el título de Técnico en
D. Julián N.º 5 (25) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1,11 Farmacia y Parafarmacia y se fijan sus ense-
D. Julián N.º 5 (5) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1,11 ñanzas mínimas.
Reig 7 Cortados (100) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,48
Reig 7 Cortados Pack (2) . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,50 La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación,
Reig 7 Minor (10) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,35 dispone en el artículo 39.6 que el Gobierno, previa con-
Reig 7 Minor Pack (2) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,38 sulta a las Comunidades Autónomas, establecerá las titu-
Reig 7 Minor Pack (5) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,37
2. BOE núm. 15 Jueves 17 enero 2008 3421
laciones correspondientes a los estudios de formación En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación
profesional, así como los aspectos básicos del currículo y Ciencia y previa deliberación del Consejo de Ministros
de cada una de ellas. en su reunión del día 14 de diciembre de 2007,
La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualifi-
caciones y de la Formación Profesional, establece en el
artículo 10.1 que la Administración General del Estado, de DISPONGO:
conformidad con lo dispuesto en el artículo 149.1.30.ª y 7.ª
de la Constitución y previa consulta al Consejo General de
la Formación Profesional, determinará los títulos y los CAPÍTULO I
certificados de profesionalidad, que constituirán las ofer-
tas de formación profesional referidas al Catálogo Nacio- Disposiciones generales
nal de Cualificaciones Profesionales.
El Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, ha Artículo 1. Objeto.
establecido la ordenación general de la formación profe-
sional del sistema educativo y, define en el artículo 6 la 1. El presente real decreto tiene por objeto el estable-
estructura de los títulos de formación profesional cimiento del título de Técnico en Farmacia y Parafarmacia,
tomando como base el Catálogo Nacional de Cualificacio- con carácter oficial y validez en todo el territorio nacional,
nes Profesionales, las directrices fijadas por la Unión así como de sus correspondientes enseñanzas mínimas.
Europea y otros aspectos de interés social. 2. Lo dispuesto en este real decreto sustituye a la
Por otra parte, del mismo modo, concreta en el ar- regulación del título de Técnico en Farmacia contenido en
tículo 7 el perfil profesional de dichos títulos, que incluirá el Real Decreto 547/1995, de 7 de abril.
la competencia general, las competencias profesionales,
personales y sociales, las cualificaciones y, en su caso, las
unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cuali- CAPÍTULO II
ficaciones Profesionales incluidas en los títulos, de modo
que cada título incorporará, al menos, una cualificación Identificación del título, perfil profesional, entorno profe-
profesional completa, con el fin de lograr que, en efecto, sional y prospectiva del título en el sector o sectores
los títulos de formación profesional respondan a las nece-
sidades demandadas por el sistema productivo y a los
valores personales y sociales para ejercer una ciudadanía Artículo 2. Identificación.
democrática.
Este marco normativo hace necesario que ahora el El título de Técnico en Farmacia y Parafarmacia queda
Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autóno- identificado por los siguientes elementos:
mas, establezca cada uno de los títulos que formarán el
Catálogo de títulos de la formación profesional del sis- Denominación: Farmacia y Parafarmacia.
tema educativo, sus enseñanzas mínimas y aquellos otros Nivel: Formación Profesional de Grado Medio.
aspectos de la ordenación académica que, sin perjuicio de Duración: 2.000 horas.
las competencias atribuidas a las Administraciones edu- Familia Profesional: Sanidad.
cativas en esta materia, constituyan los aspectos básicos Referente europeo: CINE-3 (Clasificación Internacional
del currículo que aseguren una formación común y garan- Normalizada de la Educación).
ticen la validez de los títulos, en cumplimiento con lo dis-
puesto en el artículo 6.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de Artículo 3. Perfil profesional del título.
mayo, de Educación.
A estos efectos, procede determinar para cada título El perfil profesional del título de Técnico en Farmacia y
su identificación, su perfil profesional, el entorno profe- Parafarmacia queda determinado por su competencia
sional, la prospectiva del título en el sector o sectores, general, sus competencias profesionales, personales y
las enseñanzas del ciclo formativo, la correspondencia sociales, y por la relación de cualificaciones y, en su caso,
de los módulos profesionales con las unidades de com- unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cuali-
petencia para su acreditación, convalidación o exención, ficaciones Profesionales incluidas en el título.
los parámetros básicos de contexto formativo para cada
módulo profesional: espacios, equipamientos necesa-
rios, las titulaciones y especialidades del profesorado y Artículo 4. Competencia general.
sus equivalencias a efectos de docencia, previa consulta
a las Comunidades Autónomas, según lo previsto en el La competencia general de este título consiste en asis-
artículo 95 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de tir en la dispensación y elaboración de productos farma-
Educación. céuticos y afines, y realizar la venta de productos parafar-
Asimismo, en cada título también se determinarán los macéuticos, fomentando la promoción de la salud y
accesos a otros estudios y, en su caso, las modalidades y ejecutando tareas administrativas y de control de alma-
materias de bachillerato que facilitan la conexión con el cén, cumpliendo con las especificaciones de calidad,
ciclo formativo de grado superior, las convalidaciones, seguridad y protección ambiental.
exenciones y equivalencias y la información sobre los
requisitos necesarios según la legislación vigente para el Artículo 5. Competencias profesionales, personales y
ejercicio profesional, cuando proceda. sociales.
Así, el presente real decreto conforme a lo previsto en
el Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, establece Las competencias profesionales, personales y socia-
y regula, en los aspectos y elementos básicos antes indi- les de este título son las que se relacionan a continua-
cados, el título de formación profesional del sistema edu- ción:
cativo de Técnico en Farmacia y Parafarmacia.
En el proceso de elaboración de este real decreto han a) Controlar las existencias y la organización de pro-
sido consultadas las Comunidades Autónomas y han emi- ductos farmacéuticos y parafarmacéuticos, almacenándo-
tido informe el Consejo General de la Formación Profesio- los según los requisitos de conservación.
nal, el Consejo Escolar del Estado y el Ministerio de Admi- b) Asistir en la dispensación de productos farmacéuti-
nistraciones Públicas. cos informando de sus características y de su uso racional.
3. 3422 Jueves 17 enero 2008 BOE núm. 15
c) Realizar la venta de productos parafarmacéuticos, UC0366_2: Asistir en la elaboración de fórmulas
atendiendo las demandas e informando con claridad a los magistrales, preparados oficinales, dietéticos y cosméti-
usuarios. cos, bajo la supervisión del facultativo.
d) Preparar los productos farmacéuticos para su dis- UC0367_2: Asistir en la realización de análisis clínicos
tribución a las distintas unidades hospitalarias, bajo la elementales y normalizados, bajo la supervisión del facul-
supervisión del facultativo. tativo.
e) Asistir en la elaboración de productos farmacéuti- UC0368_2: Colaborar en la promoción, protección de
cos y parafarmacéuticos, aplicando protocolos de seguri- la salud, prevención de enfermedades y educación sanita-
dad y calidad. ria, bajo la supervisión del facultativo.
f) Apoyar al facultativo en el seguimiento fármaco-
terapéutico del usuario.
g) Obtener valores de parámetros somatométricos y Artículo 7. Entorno profesional.
de constantes vitales del usuario bajo la supervisión del
facultativo. 1. Este profesional ejerce su actividad en estableci-
h) Efectuar controles analíticos bajo la supervisión mientos de venta de productos farmacéuticos, parafarma-
del facultativo preparando material y equipos según pro- céuticos y en general productos relacionados con la salud
tocolos de seguridad y calidad establecidos. humana o animal, así como con la cosmética, fitoterapia
i) Mantener el material, el instrumental, los equipos y otros. De igual modo puede ejercer su actividad en
y la zona de trabajo en óptimas condiciones para su utili- pequeños laboratorios de elaboración de productos far-
zación. macéuticos y afines.
j) Fomentar en los usuarios hábitos de vida saluda- 2. Las ocupaciones y puestos de trabajo más rele-
bles para mantener o mejorar su salud y evitar la enfer- vantes son los siguientes:
medad.
k) Tramitar la facturación de recetas manejando apli- Técnico en Farmacia.
caciones informáticas. Técnico Auxiliar de Farmacia.
l) Realizar tareas administrativas a partir de la docu- Técnico de Almacén de Medicamentos.
mentación generada en el establecimiento. Técnico en Farmacia Hospitalaria.
m) Prestar atención básica inicial en situaciones de Técnico en Establecimientos de Parafarmacia.
emergencia, según el protocolo establecido.
n) Apoyar psicológicamente a los usuarios, mante- Artículo 8. Prospectiva del título en el sector o sectores.
niendo discreción, y un trato cortés y de respeto.
ñ) Intervenir con prudencia y seguridad respetando Las Administraciones educativas tendrán en cuenta,
las instrucciones de trabajo recibidas. al desarrollar el currículo correspondiente, las siguientes
o) Seleccionar residuos y productos caducados para consideraciones:
su eliminación de acuerdo con la normativa vigente.
p) Aplicar procedimientos de calidad y de preven- a) La tendencia del sector sanitario determina que se
ción de riesgos laborales y ambientales, de acuerdo con potencien las actividades asistenciales orientadas al
lo establecido en los procesos de farmacia. usuario que consume medicamentos. Para ello se está
q) Ejercer sus derechos y cumplir con las obligacio- promoviendo un modelo de atención farmacéutica que
nes que se derivan de las relaciones laborales, de acuerdo tiende a la generalización del seguimiento del tratamiento
con lo establecido en la legislación vigente. farmacoterapéutico individualizado con el fin de conse-
r) Gestionar su carrera profesional, analizando opor- guir la máxima efectividad de los medicamentos que el
tunidades de empleo, autoempleo y aprendizaje. paciente ha de utilizar.
s) Crear y gestionar una pequeña empresa, reali- b) El seguimiento farmacoterapéutico personalizado
zando estudios de viabilidad de productos, de planifica- se realiza mediante la detección, prevención y resolución
ción de la producción y de comercialización. de problemas relacionados con la medicación. Este servi-
t) Participar de forma activa en la vida económica, cio implica la colaboración del propio paciente con los
social y cultural, con una actitud crítica y responsable. demás profesionales del sistema de salud, con el fin de
u) Resolver problemas y tomar decisiones individua- mejorar resultados en su tratamiento. El adecuado desa-
les siguiendo las normas y procedimientos establecidos, rrollo del seguimiento farmacoterapéutico personalizado
definidos dentro del ámbito de su competencia. requerirá un esfuerzo especial de estudio y formación con-
tinua, y además el profesional deberá desarrollar habilida-
des nuevas que le permitan mejorar su comunicación con
Artículo 6. Relación de cualificaciones y unidades de el paciente y con otros profesionales sanitarios.
competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones c) En el modelo tradicional de farmacia, se atiende a
Profesionales incluidas en el título. las necesidades del usuario por medio del llamado consejo
farmacéutico. Sin embargo, el cambio de modelo introduce
Cualificaciones profesionales completas: nuevos elementos, fundamentalmente una actitud más
activa y una asunción de responsabilidad profesional sobre
a) Farmacia SAN123_2. (R.D. 1087/2005, de 16 de el resultado del uso del medicamento en todos los actos de
septiembre) que comprende las siguientes unidades de dispensación, de manera que esta atención no sea un fin
competencia: sino un medio. La actuación del profesional en este caso
UC0363_2: Controlar los productos y materiales, la debe ir orientada a discernir la posible existencia de proble-
facturación y la documentación en establecimientos y mas potenciales, e ir acompañada de instrucciones sobre la
servicios de farmacia. adecuada utilización del medicamento.
UC0364_2: Asistir en la dispensación de productos d) El constante crecimiento de productos parafarma-
farmacéuticos, informando a los usuarios sobre su utiliza- céuticos, asociado a una gran demanda por parte del
ción, determinando parámetros somatométricos senci- usuario, introduce cambios que necesitan de una forma-
llos, bajo la supervisión del facultativo. ción adecuada en actividades de venta para mejorar la
UC0365_2: Asistir en la dispensación de productos atención al usuario y ofrecer mayores posibilidades
sanitarios y parafarmacéuticos, informando a los usua- comerciales a los establecimientos.
rios sobre su utilización, bajo la supervisión del faculta- e) En lo referente a aspectos de gestión y adminis-
tivo. tración, la mayoría de las oficinas de farmacia están infor-
4. BOE núm. 15 Jueves 17 enero 2008 3423
matizadas y se aprecia una inversión creciente en nuevas tocolos y normas de eliminación de residuos para mante-
tecnologías al servicio de la mejora de la prestación far- nerlos en óptimas condiciones en su utilización.
macéutica; ello exigirá la formación adecuada del perso- n) Identificar situaciones de riesgo seleccionando
nal auxiliar en estos campos. informaciones recibidas del usuario para fomentar hábi-
tos de vida saludables.
Finalmente, hay que tener en cuenta los continuos ñ) Sensibilizar a los usuarios seleccionando la infor-
cambios en el sector; tal es el caso de la Dermofarmacia, mación, según sus necesidades, para fomentar hábitos de
por los avances de la cosmética, que generan continua- vida saludables para mantener o mejorar su salud y evitar
mente nuevas formulaciones e ingredientes activos; o el la enfermedad.
caso de la Fitoterapia, que debe considerar los posibles o) Efectuar operaciones administrativas organizando
efectos de los productos naturales o de su administración y cumplimentando la documentación según la legislación
conjunta con otros medicamentos. vigente para tramitar la facturación de recetas y gestionar
la documentación generada en el establecimiento.
CAPÍTULO III p) Identificar técnicas de primeros auxilios según los
protocolos de actuación establecidos para prestar aten-
Enseñanzas del ciclo formativo y parámetros básicos ción básica inicial en situaciones de emergencia.
de contexto q) Identificar el estado psicológico del usuario detec-
tando necesidades y conductas anómalas para atender
Artículo 9. Objetivos generales. sus necesidades psicológicas.
r) Interpretar técnicas de apoyo psicológico y de comu-
Los objetivos generales de este ciclo formativo son nicación detectando necesidades y conductas anómalas
los siguientes: para atender las necesidades psicológicas de los usuarios.
a) Analizar los sistemas de gestión y de recepción de s) Valorar la diversidad de opiniones como fuente de
pedidos, manejando programas informáticos de gestión y enriquecimiento, reconociendo otras prácticas, ideas o
otros sistemas, para controlar las existencias de produc- creencias, para resolver problemas y tomar decisiones.
tos farmacéuticos y parafarmacéuticos. t) Reconocer e identificar posibilidades de mejora
b) Verificar la recepción de los productos farmacéuti- profesional, recabando información y adquiriendo cono-
cos y parafarmacéuticos para controlar sus existencias. cimientos, para la innovación y actualización en el ámbito
c) Planificar el proceso de almacenamiento aplicando de su trabajo.
criterios de clasificación y cumpliendo las condiciones de u) Reconocer sus derechos y deberes como agente
conservación requeridas para controlar la organización de activo en la sociedad, analizando el marco legal que
los productos farmacéuticos y parafarmacéuticos. regula las condiciones sociales y laborales para participar
d) Reconocer las características y la presentación de como ciudadano democrático.
los productos farmacéuticos y parafarmacéuticos relacio- v) Reconocer e identificar posibilidades de negocio
nándolos con sus aplicaciones para asistir en la dispensa- analizando el mercado y estudiando la viabilidad, para la
ción de productos. generación de su propio empleo.
e) Informar sobre la utilización adecuada del pro-
ducto interpretando la información técnica suministrada Artículo 10. Módulos profesionales.
para dispensar productos farmacéuticos y parafarmacéu-
ticos, atendiendo las consultas e informando con claridad 1. Los módulos profesionales de este ciclo formativo:
a los usuarios sobre las características y uso racional de a) Quedan desarrollados en el anexo I del presente
los productos. real decreto, cumpliendo lo previsto en el artículo 14 del
f) Elaborar lotes de productos farmacéuticos dosifi- Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre.
cándolos y envasándolos en condiciones de calidad y b) Son los que a continuación se relacionan:
seguridad para prepararlos y distribuirlos a las distintas
0099 Disposición y venta de productos.
unidades hospitalarias. 0100 Oficina de farmacia.
g) Preparar equipos, materias primas y reactivos 0101 Dispensación de productos farmacéuticos.
necesarios siguiendo instrucciones técnicas y protocolos 0102 Dispensación de productos parafarmacéuticos.
de seguridad y calidad para asistir al facultativo en la ela- 0103 Operaciones básicas de laboratorio.
boración de fórmulas magistrales, preparados oficinales 0104 Formulación magistral.
y cosméticos. 0105 Promoción de la salud.
h) Realizar operaciones básicas de laboratorio 0020 Primeros auxilios.
siguiendo instrucciones técnicas y protocolos de seguridad 0061 Anatomofisiología y patología básicas.
y calidad para asistir al facultativo en la elaboración de fór- 0106 Formación y orientación laboral.
mulas magistrales, preparados oficinales y cosméticos. 0107 Empresa e iniciativa emprendedora.
i) Registrar los datos relativos al tratamiento cumpli- 0108 Formación en centros de trabajo.
mentando formularios para apoyar al facultativo en el
seguimiento fármaco-terapéutico del usuario. 2. Las Administraciones educativas establecerán
j) Aplicar procedimientos de realización de somato- los currículos correspondientes respetando lo estable-
metrías y de toma de constantes vitales interpretando los cido en este real decreto y de acuerdo con lo dispuesto
protocolos y las instrucciones técnicas para obtener pará- en el artículo 17 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de
metros somatométricos y constantes vitales del usuario. diciembre, por el que se establece la ordenación general
k) Preparar material y equipos de análisis siguiendo de la formación profesional del sistema educativo.
instrucciones técnicas y aplicando normas de calidad,
seguridad e higiene y procedimientos para realizar análi-
sis clínicos elementales. Artículo 11. Espacios y equipamientos.
l) Efectuar determinaciones analíticas clínicas siguien-
do instrucciones técnicas y aplicando normas de calidad, 1. Los espacios necesarios para el desarrollo de las
seguridad e higiene y procedimientos para realizar análi- enseñanzas de este ciclo formativo son los establecidos
sis clínicos elementales. en el anexo II de este real decreto.
m) Higienizar el material, el instrumental, y los equi- 2. Los espacios dispondrán de la superficie necesa-
pos limpiando, desinfectando y esterilizando según pro- ria y suficiente para desarrollar las actividades de ense-
5. 3424 Jueves 17 enero 2008 BOE núm. 15
ñanza que se deriven de los resultados de aprendizaje de las enseñanzas conducentes a la titulación engloben los
cada uno de los módulos profesionales que se imparten objetivos de los módulos profesionales o se acredite,
en cada uno de los espacios, además deberán cumplir las mediante «certificación», una experiencia laboral de, al
siguientes condiciones: menos tres años, en el sector vinculado a la familia profe-
sional, realizando actividades productivas en empresas
a) La superficie se establecerá en función del número relacionadas implícitamente con los resultados de apren-
de personas que ocupen el espacio formativo y deberá dizaje.
permitir el desarrollo de las actividades de enseñanza- 4. Las Administraciones competentes velarán para
aprendizaje con la «ergonomía» y la movilidad requerida que los profesores que imparten los módulos profesiona-
dentro del mismo. les cumplan con los requisitos especificados y garantizar
b) Cubrir la necesidad espacial de mobiliario, equi- así la calidad de estas enseñanzas.
pamiento e instrumentos auxiliares de trabajo, así como
la observación de los espacios o superficies de seguridad
de las máquinas y equipos en su funcionamiento. CAPÍTULO IV
c) Cumplir con la normativa referida a la prevención
de riesgos laborales, la seguridad y salud en el puesto de Accesos y vinculación a otros estudios, y correspon-
trabajo y cuantas otras normas les sean de aplicación. dencia de módulos profesionales con las unidades de
competencia
3. Los espacios formativos establecidos pueden ser
ocupados por diferentes grupos de alumnos que cursen Artículo 13. Acceso a otros estudios.
el mismo u otros ciclos formativos, o etapas educativas.
4. Los diversos espacios formativos identificados no 1. El título de Técnico en Farmacia y Parafarmacia
deben diferenciarse necesariamente mediante cerramientos. permite el acceso directo para cursar cualquier otro ciclo
5. Los equipamientos que se incluyen en cada espa- formativo de grado medio, en las condiciones de acceso
cio han de ser los necesarios y suficientes para garantizar que se establezcan.
la adquisición de los resultados de aprendizaje y la cali- 2. El título de Técnico en Farmacia y Parafarmacia
dad de la enseñanza a los alumnos según el sistema de permitirá acceder mediante prueba, con dieciocho años
calidad adoptado, además deberán cumplir las siguientes cumplidos, y sin perjuicio de la correspondiente exención,
condiciones: a todos los ciclos formativos de grado superior de la
misma familia profesional y a otros ciclos formativos en
a) El equipamiento (equipos, máquinas, etc.) dispon- los que coincida la modalidad de Bachillerato que facilite
drá de la instalación necesaria para su correcto funciona- la conexión con los ciclos solicitados.
miento, cumplirá con las normas de seguridad y preven- 3. El título de Técnico en Farmacia y Parafarmacia
ción de riesgos y con cuantas otras sean de aplicación. permitirá el acceso a cualquiera de las modalidades de
b) La cantidad y características del equipamiento Bachillerato de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44.1
deberá estar en función del número de alumnos y permitir de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y
la adquisición de los resultados de aprendizaje, teniendo en el artículo 16.3 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de
en cuenta los criterios de evaluación y los contenidos que diciembre.
se incluyen en cada uno de los módulos profesionales que
se impartan en los referidos espacios.
Artículo 14. Convalidaciones y exenciones.
6. Las Administraciones competentes velarán para
1. Las convalidaciones de módulos profesionales de
que los espacios y el equipamiento sean los adecuados
los títulos de formación profesional establecidos al amparo
en cantidad y características para el desarrollo de los pro-
cesos de enseñanza y aprendizaje que se derivan de los de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación
resultados de aprendizaje de los módulos correspondien- General del Sistema Educativo, con los módulos profesio-
tes y garantizar así la calidad de estas enseñanzas. nales de los títulos establecidos al amparo de la Ley Orgá-
nica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se establecen en
el anexo IV del presente real decreto.
Artículo 12. Profesorado. 2. Serán objeto de convalidación los módulos profe-
sionales, comunes a varios ciclos formativos, de igual
1. La atribución docente de los módulos profesiona- denominación, contenidos, objetivos expresados como
les que constituyen las enseñanzas de este ciclo forma- resultados de aprendizaje, criterios de evaluación y simi-
tivo corresponde al profesorado del Cuerpo de Profesores lar duración. No obstante lo anterior, y de acuerdo con el
de Enseñanza Secundaria y del Cuerpo de Profesores Téc- artículo 45.2 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciem-
nicos de Formación Profesional, según proceda, de las bre, quienes hubieran superado el módulo profesional de
especialidades establecidas en el anexo III A) de este real Formación y orientación laboral o el módulo profesional
decreto. de Empresa e Iniciativa Emprendedora en cualquiera de
2. Las titulaciones requeridas al profesorado de los los ciclos formativos correspondientes a los títulos esta-
cuerpos docentes, con carácter general, son las estableci- blecidos al amparo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
das en el artículo 13 del Real Decreto 276/2007, de 23 de mayo, de Educación tendrán convalidados dichos módu-
febrero. Las titulaciones equivalentes, a efectos de docen- los en cualquier otro ciclo formativo establecido al
cia, a las anteriores para las distintas especialidades del amparo de la misma ley.
profesorado son las recogidas en el anexo III B) del pre- 3. El módulo profesional de Formación y orientación
sente real decreto. laboral de cualquier título de formación profesional podrá
3. Las titulaciones requeridas y los requisitos nece- ser objeto de convalidación siempre que se cumplan los
sarios para la impartición de los módulos profesionales requisitos establecidos en el artículo 45.3 del Real Decre-
que conforman el título para el profesorado de los centros to 1538/2006, de 15 de diciembre, que se acredite, al
de titularidad privada o de titularidad pública de otras menos, un año de experiencia laboral, y se posea el certi-
administraciones distintas de las educativas se concretan ficado de Técnico en Prevención de Riesgos Laborales,
en el anexo III C) del presente real decreto, siempre que Nivel Básico, expedido de acuerdo con lo dispuesto en el
6. BOE núm. 15 Jueves 17 enero 2008 3425
Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención,
aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención de siempre que tenga, al menos, 45 horas lectivas.
Riesgos Laborales.
4. De acuerdo con lo establecido en el artículo 49 del Disposición adicional cuarta. Regulación del ejercicio de
Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, podrá deter- la profesión.
minarse la exención total o parcial del módulo profesio-
nal de formación en centros de trabajo por su correspon- 1. De conformidad con lo establecido en el Real
dencia con la experiencia laboral, siempre que se acredite Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, por el que se esta-
una experiencia relacionada con este ciclo formativo en blece la ordenación general de la formación profesional
los términos previstos en dicho artículo. del sistema educativo, los elementos recogidos en el pre-
sente real decreto no constituyen una regulación del ejer-
Artículo 15. Correspondencia de los módulos profesio- cicio de profesión titulada alguna.
nales con las unidades de competencia para su acredi- 2. Asimismo, las equivalencias de titulaciones aca-
tación, convalidación o exención. démicas establecidas en el apartado 1 de la disposición
adicional tercera de este real decreto, se entenderán sin
1. La correspondencia de las unidades de competen- perjuicio del cumplimiento de las disposiciones que habi-
cia con los módulos profesionales que forman las ense- litan para el ejercicio de las profesiones reguladas.
ñanzas del título de Técnico en Farmacia y Parafarmacia
para su convalidación o exención queda determinada en Disposición adicional quinta. Equivalencias a efectos de
el anexo V A) de este real decreto. docencia en los procedimientos selectivos de ingreso
2. La correspondencia de los módulos profesionales en el Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación
que forman las enseñanzas del título de Técnico en Farma- Profesional.
cia y Parafarmacia con las unidades de competencia para
su acreditación, queda determinada en el anexo V B) de Se declaran equivalentes a efectos de docencia las
este real decreto. titulaciones de Técnico Especialista y Técnico Superior en
una especialidad de formación profesional, siempre que
se acredite una experiencia docente en la misma de al
Disposición adicional primera. Referencia del título en el menos dos años en centros educativos públicos depen-
marco europeo. dientes de la Administración educativa convocante, cum-
plidos a 31 de agosto de 2007.
Una vez establecido el marco nacional de cualificacio-
nes, de acuerdo con las recomendaciones europeas, se
determinará el nivel correspondiente de esta titulación en Disposición adicional sexta. Accesibilidad universal en
el marco nacional y su equivalente en el europeo. las enseñanzas de este título.
Las Administraciones educativas, en el ámbito de
Disposición adicional segunda. Oferta a distancia del sus respectivas competencias, incluirán en el currículo
presente título. de este ciclo formativo los elementos necesarios para
garantizar que las personas que lo cursen desarrollen las
Los módulos profesionales que forman las enseñan- competencias incluidas en el currículo en diseño para
zas de este ciclo formativo podrán ofertarse a distancia, todos.
siempre que se garantice que el alumno puede conse- Asimismo, dichas Administraciones adoptarán las
guir los resultados de aprendizaje de los mismos, de medidas que estimen necesarias para que este alumnado
acuerdo con lo dispuesto en el presente real decreto. pueda acceder y cursar dicho ciclo formativo en las condi-
Para ello, las Administraciones educativas, en el ámbito ciones establecidas en la disposición final décima de la
de sus respectivas competencias, adoptarán las medidas Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportuni-
que estimen necesarias y dictarán las instrucciones pre- dades, no discriminación y accesibilidad universal de las
cisas. personas con discapacidad.
Disposición adicional tercera. Titulaciones equivalentes Disposición derogatoria única. Derogación de normas.
y vinculación con capacitaciones profesionales.
Quedan derogadas todas y cuantas disposiciones de
1. De acuerdo con lo establecido en la disposición igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este
adicional trigésima primera de la Ley Orgánica 2/2006, de real decreto.
3 de mayo, de Educación, el título de Técnico Auxiliar de
Farmacia la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Edu-
cación y Financiamiento de la Reforma Educativa, tendrá Disposición final primera. Título competencial.
los mismos efectos profesionales que el título de Técnico
en Farmacia y Parafarmacia establecido en el presente El presente real decreto tiene carácter de norma
real decreto. básica, al amparo de las competencias que atribuye al
2. El título de Técnico en Farmacia, establecido por el Estado el artículo 149.1.1.ª y 30.ª de la Constitución. Se
Real Decreto 547/1995, de 7 de abril, tendrá los mismos exceptúa del carácter de norma básica el artículo 13.2.
efectos profesionales y académicos que el título de Téc-
nico en Farmacia y Parafarmacia establecido en el pre-
sente real decreto. Disposición final segunda. Implantación del Título.
3. La formación establecida en este real decreto en el
módulo profesional de Formación y orientación laboral Las Administraciones educativas implantarán el
capacita para llevar a cabo responsabilidades profesiona- nuevo currículo de estas enseñanzas en el curso esco-
les equivalentes a las que precisan las actividades de lar 2009/2010. No obstante, podrán anticipar al año
nivel básico en prevención de riesgos laborales estableci- académico 2008/2009 la implantación de este ciclo for-
das en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que mativo.
7. 3426 Jueves 17 enero 2008 BOE núm. 15
Disposición final tercera. Entrada en vigor. el ambiente acogedor, la educación, la comunicación y las
habilidades sociales del vendedor.
El presente real decreto entrará en vigor el día h) Se ha definido la importancia de mantener actua-
siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del lizado el fichero de usuarios para la aplicación del plan de
Estado. fidelización.
Dado en Madrid, el 14 de diciembre de 2007. 3. Organiza los productos de parafarmacia en el
punto de venta, aplicando técnicas de merchandising.
JUAN CARLOS R. Criterios de evaluación:
a) Se ha identificado la relación libre y personal que
La Ministra de Educación y Ciencia,
se establece entre usuario y productos expuestos según
MERCEDES CABRERA CALVO-SOTELO organización, colocación o decoración.
b) Se han clasificado los productos de parafarmacia
según su utilidad observando la normativa vigente.
ANEXO I c) Se han establecido los parámetros físicos y
comerciales que determinan la colocación (puntos calien-
Módulos Profesionales tes) del surtido (productos) en los niveles del lineal (mobi-
liario).
Módulo Profesional: Disposición y venta de productos d) Se han desarrollado procedimientos de etiquetaje
Código: 0099 y se han elaborado elementos publicitarios de apoyo para
la información sobre los productos.
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación: e) Se ha valorado la importancia de reposición del
1. Aplica técnicas de atención a usuarios descri- stock de acuerdo con el procedimiento establecido por la
biendo y aplicando procedimientos y protocolos de empresa.
comunicación. f) Se han analizado diferentes sistemas antihurto.
Criterios de evaluación: g) Se han descrito los tipos de embalaje y empaque-
tado según el producto, las características del mismo y la
a) Se han identificado conceptos, elementos, barre- imagen que quiere transmitir la empresa.
ras, factores modificadores y tipos de comunicación. h) Se han valorado las sugerencias que el vendedor
b) Se han analizado los diferentes tipos de lenguaje, puede aportar basándose en la información recopilada
las técnicas y las estrategias para una buena comunica- acerca de las demandas o sugerencias de los posibles
ción. usuarios.
c) Se ha valorado la importancia de la cortesía, la
amabilidad, el respeto, la discreción, la cordialidad y el 4. Atiende reclamaciones presentadas por los usua-
interés en la interrelación con el usuario. rios reconociendo y aplicando criterios y procedimientos
d) Se han establecido las habilidades personales y de actuación.
sociales a desarrollar para lograr una perfecta comunica- Criterios de evaluación:
ción. a) Se han tipificado la actitud, la postura y el interés
e) Se han distinguido los elementos fundamentales que deben adoptarse ante quejas y reclamaciones, utili-
para transmitir la imagen de la empresa como un depar-
zando un estilo asertivo para informar al usuario.
tamento de atención al usuario.
b) Se han desarrollado las técnicas que se utilizan
f) Se ha simulado la obtención de la información nece-
saria de posibles usuarios y en diferentes situaciones. para la resolución de conflictos y reclamaciones.
g) Se ha analizado el comportamiento de diferentes c) Se han reconocido los aspectos de las reclamacio-
tipos de usuarios. nes en los que incide la legislación vigente.
h) Se han definido las características de la informa- d) Se ha descrito el procedimiento para la presenta-
ción (inmediatez, precisión) y el asesoramiento (claridad, ción de reclamaciones.
exactitud). e) Se han identificado las alternativas al procedi-
i) Se han descrito las fases que componen la aten- miento que pueden ser ofrecidas al usuario ante reclama-
ción al usuario según el plan de acción definido. ciones fácilmente subsanables.
f) Se ha valorado la importancia que, para el control
2. Ejecuta actividades de venta de productos para- de calidad del servicio, tienen los sistemas de información
farmacéuticos describiendo y aplicando las fases de un manuales e informáticos que organizan la información.
proceso de venta. g) Se ha establecido la información registrada del
Criterios de evaluación: seguimiento posventa, de incidencias, de peticiones y de
reclamaciones de usuarios como indicadores para mejorar
a) Se han analizado las cualidades y actitudes que la calidad del servicio prestado y aumentar la fidelización.
debe desarrollar el vendedor hacia el usuario y la empresa
(marketing interno). Duración: 60 horas.
b) Se han identificado la tipología del usuario, sus Contenidos básicos:
motivaciones y sus necesidades de compra.
c) Se ha descrito la importancia del conocimiento Atención al usuario:
por parte del vendedor de las características del pro- Habilidades personales y sociales que mejoran la
ducto. comunicación interpersonal.
d) Se han determinado las líneas de actuación en la Técnicas de comunicación.
venta según el plan de acción establecido por la Fases de atención al usuario.
empresa. Fichero de usuarios.
e) Se han desarrollado las fases de un proceso de
venta (captar la atención, provocar el interés, despertar el
deseo, mover a la acción del usuario). Actividades de venta:
f) Se ha relacionado el concepto de marketing con la Fases de la venta.
satisfacción de los deseos del consumidor. Marketing interno y externo.
g) Se han valorado como facilitadores, en el proceso Plan de acción de la empresa.
de decisión de compra, la información, el asesoramiento, Normativa y legislación.
8. BOE núm. 15 Jueves 17 enero 2008 3427
Organización de los productos de parafarmacia: 2. Controla el almacén de productos farmacéuticos y
«Puntos calientes» y «puntos fríos» en el estableci- parafarmacéuticos describiendo y aplicando las operacio-
miento comercial. nes administrativas de control de existencias.
Colocación del surtido. Niveles del lineal. Criterios de evaluación:
Tipos de empaquetado y embalaje. a) Se ha realizado la valoración de las existencias en
Informe comercial del vendedor. función de la demanda y de los requerimientos mínimos.
b) Se han diferenciado los códigos farmacéuticos
Atención de reclamaciones: que permiten la identificación de las diferentes presenta-
Procedimientos para reclamar. Legislación. ciones de los productos farmacéuticos y parafarmacéu-
Indicadores para el control de calidad del estableci- ticos.
miento. c) Se han realizado diferentes tipos de inventario.
Sistemas de información. Registro manual y automa- d) Se han registrado y controlado movimientos de
tizado. almacén de los distintos productos.
Mejora del servicio prestado. e) Se ha valorado la relevancia del control de alma-
cén en el servicio farmacéutico y parafarmacéutico.
Orientaciones pedagógicas: Este módulo profesional
f) Se han establecido las zonas diferenciadas para la
contiene la formación necesaria para desempeñar la fun-
ordenación y el almacenaje de las existencias de produc-
ción de prestación del servicio de atención al usuario y
tos farmacéuticos y parafarmacéuticos.
venta. g) Se han identificado los criterios de almacena-
La función de prestación del servicio incluye aspectos miento y las condiciones de conservación de productos
como: farmacéuticos y parafarmacéuticos según sus caracterís-
Atención al usuario, informando y asesorando al ticas.
usuario sobre productos parafarmacéuticos. h) Se han descrito las manifestaciones de las altera-
Venta de productos parafarmacéuticos. ciones más frecuentes en los productos farmacéuticos,
Organización de los productos en la parafarmacia. relacionándolas con las causas que las producen.
i) Se han identificado las alteraciones que pueden
Las actividades profesionales asociadas a esta fun- sufrir los productos en el transporte.
ción se aplican en: j) Se ha descrito el procedimiento que se debe utili-
Oficinas de farmacia. zar para la devolución de los productos caducados, cum-
Establecimientos de parafarmacia. pliendo la normativa legal vigente.
Establecimientos de ortopedia y ortoprótesis.
3. Controla los pedidos analizando las características
La formación del módulo contribuye a alcanzar los de adquisición de productos farmacéuticos y parafarma-
objetivos generales d), e), o) y s) del ciclo formativo y las céuticos.
competencias c), n), ñ), o) y p) del título. Criterios de evaluación:
Las líneas de actuación en el proceso enseñanza- a) Se han descrito los documentos específicos de
aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del operaciones de compraventa.
módulo versarán sobre: b) Se han identificado las distintas modalidades de
La aplicación de técnicas de venta de productos para- los pedidos que se pueden realizar.
farmacéuticos. c) Se han comprobado los datos incluidos en los
La implantación y animación del surtido en el espacio albaranes para la comprobación de pedidos.
físico. d) Se han validado los pedidos, en cuanto a provee-
La aplicación de técnicas de comunicación. dores, artículos y bonificaciones.
La atención de reclamaciones. e) Se han descrito las condiciones especiales para la
adquisición, la devolución y el registro de las sustancias
Módulo Profesional: Oficina de farmacia estupefacientes y psicotrópicas, según su legislación
específica.
Código: 0100
f) Se ha realizado la transmisión y la recepción de los
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación: pedidos a través de un programa informático.
g) Se han detallado las circunstancias y las causas
1. Administra la documentación farmacéutica, rela- de las devoluciones de los productos recibidos a los alma-
cionándola con la información que debe contener. cenes de distribución y a los laboratorios, para su abono.
Criterios de evaluación:
a) Se han definido los rasgos fundamentales del sis- 4. Tramita la facturación de las recetas, detallando el
tema sanitario señalando las particularidades del sistema proceso administrativo y legal.
público y privado de asistencia. Criterios de evaluación:
b) Se han definido las características de los estableci- a) Se han descrito las características de las distintas
mientos y servicios farmacéuticos en el sistema sanitario. recetas emitidas para la prestación farmacéutica según los
c) Se han descrito las funciones y competencias del diferentes regímenes y entidades, así como los datos que
profesional sanitario en los diferentes servicios y estable- deben ir consignados obligatoriamente en las mismas.
cimientos farmacéuticos y parafarmacéuticos. b) Se han identificado las características y los requi-
d) Se ha reconocido la legislación vigente sobre sitos que, de no cumplirse, causarían la nulidad de las
estructura sanitaria y regulación de servicios en estableci- recetas.
mientos y servicios farmacéuticos. c) Se han diferenciado los tipos de recetas según la
e) Se han clasificado los distintos tipos de documen- especialidad farmacéutica y las especiales condiciones de
tos utilizados, en soporte informático y papel. prescripción de las mismas.
f) Se ha cumplimentado la documentación utilizada d) Se han calculado las aportaciones de cobro que se
en servicios farmacéuticos. han de aplicar según las distintas modalidades de recetas,
g) Se ha interpretado la normativa legal vigente en en función de la normativa legal vigente.
cuanto al registro y la contabilidad de sustancias y prepa- e) Se ha identificado la información del cartonaje y el
rados medicinales psicotrópicos y estupefacientes. cupón-precinto de los productos.
9. 3428 Jueves 17 enero 2008 BOE núm. 15
f) Se han clasificado las recetas según el organismo y ción y la documentación en establecimientos y servicios
entidad aseguradora, según el tipo de beneficiario de la de farmacia.
prestación y según la especialidad farmacéutica prescrita. La función de prestación del servicio incluye aspectos
g) Se han cumplimentado los impresos y trámites como:
necesarios para la facturación de recetas en los plazos y Manejo de una aplicación informática de gestión de
condiciones adecuadas para su liquidación económica. oficina de farmacia.
h) Se ha tramitado una facturación a entidades ase-
Facturación de recetas.
guradoras a través de un programa informático.
Control de almacén.
5. Maneja las aplicaciones informáticas valorando
su utilidad en el control de almacén. Las actividades profesionales asociadas a estas fun-
Criterios de evaluación: ciones se aplican en:
a) Se han caracterizado las aplicaciones informáti- Oficinas de farmacia.
cas. Establecimientos de parafarmacia.
b) Se han identificado los parámetros iniciales de la Establecimientos de ortopedia y ortoprótesis.
aplicación según los datos propuestos. La formación del módulo contribuye a alcanzar los
c) Se han modificado los archivos de productos, pro- objetivos generales a), b) y c) del ciclo formativo, y las
veedores y usuarios realizando altas y bajas. competencias profesionales a), k), l), p) y q) del título.
d) Se han registrado las entradas y salidas de exis- Las líneas de actuación en el proceso enseñanza-
tencias, actualizando los archivos correspondientes. aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del
e) Se han elaborado, archivado e impreso los docu- módulo versarán sobre:
mentos de control de almacén.
f) Se han elaborado, archivado e impreso el inventa- El almacenamiento y la clasificación de existencias.
rio de existencias. La gestión de stocks y la reposición de productos.
La gestión administrativa de recetas.
Duración: 100 horas. La gestión y control de albaranes y facturas.
Contenidos básicos:
Administración de documentación farmacéutica: Módulo Profesional: Dispensación de productos farma-
céuticos
Establecimientos y servicios farmacéuticos.
Distribución farmacéutica. Almacenes farmacéuticos. Código: 0101
Organizaciones farmacéuticas. Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación:
Legislación vigente aplicada al ámbito de actividad.
Documentación en establecimientos y servicios de 1. Aplica protocolos de dispensación de productos
farmacia. farmacéuticos interpretando la prescripción o la demanda.
Información y documentación relativas al sistema de Criterios de evaluación:
fármaco-vigilancia. a) Se ha diferenciado entre dispensación y venta de
Control del almacén de productos farmacéuticos y productos.
parafarmacéuticos: b) Se han descrito los casos en los que es necesario
remitir al usuario a consulta médica.
Normas de seguridad e higiene en almacenes sanita- c) Se han identificado las condiciones de dispensa-
rios. ción del producto según la simbología y leyendas que
Sistema de almacenaje y criterios de ordenación de aparecen en el embalaje.
productos. d) Se ha identificado el tiempo de validez del pro-
Gestión de stock. ducto, las pautas posológicas, interacciones y contraindi-
Códigos farmacéuticos identificativos de los medica- caciones.
mentos. e) Se ha verificado la correspondencia, en composi-
Aplicaciones informáticas de gestión y control de ción, vía de administración y presentación, entre el pro-
almacén. ducto prescrito y el dispensado.
Control de productos. f) Se han interpretado pautas posológicas en los
Control de pedidos: prospectos y documentación técnica.
g) Se ha localizado el medicamento en la base de
Adquisición de productos: Elaboración y recepción de datos correspondiente.
pedidos. h) Se han identificado los productos farmacéuticos
Requisitos necesarios en condiciones especiales de describiendo las características de los mismos.
adquisición de estupefacientes y productos psicotrópicos. i) Se han registrado datos relativos al tratamiento
Aplicaciones informáticas.
del usuario en soporte informático.
Trámite de facturación de recetas:
2. Dispensa medicamentos relacionándolos con las
Modalidades y tipos de aportaciones en la prestación aplicaciones terapéuticas y las condiciones de uso.
farmacéutica. Criterios de evaluación:
La receta médica.
Aplicaciones informáticas en la facturación de recetas. a) Se han descrito las clasificaciones anatómico-
terapéuticas de los medicamentos.
Aplicación de las «TIC» en la gestión de almacén: b) Se han identificado los principios activos más
Aplicaciones informáticas (hojas de cálculo, procesa- representativos relacionándolos con las aplicaciones tera-
dores de texto y aplicaciones específicas). péuticas.
Transmisión de la información: redes de comunica- c) Se han relacionado los grupos terapéuticos con
ción y correo electrónico. lugar de acción, principales aplicaciones, condiciones de
uso y efecto producido.
Orientaciones pedagógicas: Este módulo profesional d) Se han descrito los efectos adversos de los fár-
contiene la formación necesaria para desempeñar las fun- macos y las situaciones de intoxicación por medica-
ciones de control de productos y materiales, la factura- mentos.
10. BOE núm. 15 Jueves 17 enero 2008 3429
e) Se han descrito las situaciones fisiológicas espe- e) Se han detallado, para cada planta medicinal, las
ciales que pueden modificar la respuesta esperada tras la acciones farmacológicas, el modo de empleo y las contra-
administración de un medicamento. indicaciones.
f) Se han localizado los datos relativos a medica- f) Se ha informado al usuario sobre el modo de
mentos en el catálogo de especialidades farmacéuticas. empleo y las contraindicaciones del preparado o del pro-
g) Se han relacionado productos farmacéuticos con ducto fitoterapéutico.
otros similares en su función, efecto, características y g) Se han identificado fuentes documentales útiles
condiciones de uso. en Fitoterapia diferenciándolas de las que carecen del
h) Se ha informado al usuario sobre el medica- rigor preciso para ser consultadas.
mento. h) Se han utilizado programas informáticos de bases
i) Se han descrito los riesgos de la automedicación. de datos de plantas medicinales.
j) Se ha realizado el servicio personalizado de dosifi- i) Se ha explicado la normativa legal vigente sobre
cación. medicamentos de plantas medicinales.
j) Se ha informado al usuario sobre el producto fito-
3. Dispensa productos farmacéuticos de uso hospi- terapéutico.
talario identificando los protocolos organizativos del cen-
tro hospitalario. 6. Dispensa productos de uso animal relacionándo-
Criterios de evaluación: los con las principales aplicaciones, condiciones de uso y
a) Se ha definido la dispensación por el sistema de efecto producido.
distribución en dosis unitarias (SDMDU). Criterios de evaluación:
b) Se han interpretado los protocolos y las órdenes a) Se ha definido el concepto de medicamento de
hospitalarias de dispensación. uso animal.
c) Se ha descrito el control hospitalario de los distin- b) Se han descrito los medicamentos de uso animal
tos productos farmacéuticos. más utilizados en terapéutica.
d) Se han detallado los sistemas de distribución c) Se han señalado las principales acciones terapéu-
intrahospitalaria de medicamentos. ticas de los medicamentos de uso animal.
e) Se ha asistido a la revisión y reposición de los d) Se han relacionado las precauciones y las pautas
botiquines de las distintas unidades del hospital. de utilización de medicamentos de uso animal, así como
f) Se han detallado las diferentes condiciones de el uso racional de los mismos.
prescripción y requisitos de dispensación según los pro- e) Se han localizado los datos relativos a medica-
ductos solicitados. mentos de uso animal en el catálogo de especialidades
g) Se ha verificado que el producto coincide en com- farmacéuticas.
posición, forma farmacéutica, vía de administración y f) Se han utilizado programas informáticos de base
presentación con la prescripción. de datos de medicamentos de uso animal.
h) Se han elaborado las fichas de dispensación. g) Se ha informado al usuario sobre el producto de
i) Se ha cumplimentado la documentación y otros uso animal dispensado describiendo las condiciones de
requisitos que establezca la legislación vigente. uso, su aplicación y contraindicaciones.
4. Dispensa productos homeopáticos relacionándo- Duración: 110 horas.
los con las principales aplicaciones, condiciones de uso y Contenidos básicos:
efecto producido.
Criterios de evaluación: Interpretación de la demanda o prescripción de pro-
ductos farmacéuticos:
a) Se han descrito los principios homeopáticos.
b) Se han señalado las principales acciones terapéu- Dispensación y venta de medicamentos.
ticas de los medicamentos homeopáticos. Registro de medicamentos dispensados.
c) Se ha interpretado el significado de las notaciones Acondicionamiento de medicamentos.
de las prescripciones homeopáticas. Aplicaciones informáticas de dispensación de produc-
d) Se han explicado las precauciones y las pautas de tos farmacéuticos y consejos de utilización.
utilización de los medicamentos homeopáticos, así como
las pautas de uso racional de los mismos. Dispensación de medicamentos:
e) Se han identificado fuentes documentales útiles
en homeoterapia. Proceso de LADMER.
f) Se han utilizado programas informáticos de bases Interacciones de los medicamentos.
de datos de productos homeopáticos. Medicamentos en circunstancias especiales.
g) Se ha informado al usuario sobre el producto Administración de medicamentos.
homeopático. Sistemas de clasificación de medicamentos.
Grupos terapéuticos.
Aplicaciones informáticas de bases de datos del medi-
5. Dispensa productos fitoterapéuticos relacionán- camento.
dolos con las principales aplicaciones, condiciones de uso
y efecto producido.
Criterios de evaluación: Dispensación de productos farmacéuticos de uso hos-
pitalario:
a) Se han clasificado los principios activos según su El sistema de distribución de dosis unitarias.
origen biosintético y se ha descrito su importancia tera- Fármacos con controles específicos.
péutica. Legislación vigente.
b) Se han descrito los grupos principales de metabo- Aplicación informática de gestión y distribución en el
litos secundarios de interés fitoterapéutico. servicio hospitalario.
c) Se han descrito los procedimientos de aisla-
miento, identificación y cuantificación de principios acti- Dispensación de productos homeopáticos:
vos de plantas medicinales.
d) Se han citado las plantas medicinales utilizadas Farmacología y farmacognosia homeopática.
para cada patología. Homeopatía veterinaria.
11. 3430 Jueves 17 enero 2008 BOE núm. 15
Dispensación de productos fitoterapéuticos: h) Se ha transmitido información con claridad, orden
y precisión.
Fitoterapia en la terapéutica actual.
Utilización terapéutica de las plantas medicinales. 2. Selecciona productos sanitarios y biocidas descri-
Bases de datos de plantas medicinales. biendo sus características y relacionando sus aplicacio-
nes con la demanda o prescripción.
Dispensación de medicamentos de uso animal: Criterios de evaluación:
Medicamentos de uso animal más habituales en la a) Se han clasificado los productos sanitarios.
aplicación terapéutica. b) Se ha descrito la utilidad de los productos sanita-
Residuos de los medicamentos en los alimentos de rios para la prevención, control, tratamiento o alivio de
origen animal. enfermedades o lesiones, corrección de deficiencias y
Bases de datos de medicamentos de uso animal. regulación de la concepción.
c) Se ha asociado el producto sanitario a la demanda
Orientaciones pedagógicas: Este módulo profesional o necesidad del usuario.
contiene la formación de soporte necesaria para desem- d) Se han interpretado instrucciones de uso de
peñar la función de asistir en la prestación del servicio de materiales y equipos sanitarios.
dispensación e información. e) Se han clasificado los agentes biocidas.
La función de prestación del servicio incluye aspectos f) Se han diferenciado los agentes biocidas y sus
como: aplicaciones.
g) Se han reconocido las infestaciones parasitarias
Dispensación de productos farmacéuticos. susceptibles de ser tratadas con agentes biocidas.
h) Se ha tratado al usuario con cortesía, respeto y
Las actividades profesionales asociadas a esta fun- discreción.
ción se aplican en:
3. Selecciona productos dermofarmacéuticos rela-
Oficinas de farmacia. cionándolos con las necesidades de cuidado y protección
de la piel, cabello y anejos cutáneos.
La formación del módulo contribuye a alcanzar los Criterios de evaluación:
objetivos generales d), e), f), i) y s) del ciclo formativo, y
las competencias b), d), f) y ñ) del título. a) Se ha descrito la estructura y la fisiología de la piel
Las líneas de actuación en el proceso enseñanza- y los anejos cutáneos.
aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del b) Se han identificado las alteraciones susceptibles
módulo versarán sobre: de consulta médica.
c) Se han clasificado los productos dermofarmacéu-
El reconocimiento de las características de los produc- ticos.
tos. d) Se han descrito las características y prestaciones
La interpretación de prospectos, instrucciones y docu- de los productos utilizados en dermofarmacia.
mentación técnica. e) Se han identificado los productos dermofarma-
La búsqueda de información en bases de datos espe- céuticos para el cuidado, protección y tratamiento de
cializadas. problemas relacionados con la piel y el cabello del bebé.
La realización de mapas mentales relacionando pro- f) Se han descrito las características y las aplicacio-
ductos farmacéuticos y los efectos que producen. nes de los productos utilizados en la fotoprotección.
La preparación de dosis personalizadas. g) Se ha cumplimentado la ficha de cosmetovigilan-
Módulo Profesional: Dispensación de productos parafar- cia ante reacciones adversas producidas por productos
macéuticos cosméticos.
h) Se han identificado las necesidades del usuario
Código: 0102 determinando los productos dermofarmacéuticos que
pueden satisfacerle.
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación:
4. Selecciona productos para la higiene bucodental
1. Aplica protocolos de dispensación de productos relacionando sus aplicaciones con las necesidades del
parafarmacéuticos interpretando la prescripción o la usuario.
demanda. Criterios de evaluación:
Criterios de evaluación: a) Se han identificado las condiciones de salud
a) Se ha diferenciado entre productos farmacéuticos bucodental.
y parafarmacéuticos. b) Se han reconocido trastornos bucodentales que
b) Se han identificado casos en los que es necesario requieren consulta médica.
remitir al usuario a consulta médica. c) Se han clasificado los productos para la higiene
c) Se han detallado los tipos de productos, materia- bucal y dental en función de sus aplicaciones.
les y equipos de parafarmacia que pueden satisfacer las d) Se han descrito las condiciones de uso de los pro-
demandas. ductos para la higiene bucal y dental.
d) Se han distinguido los productos del catálogo de e) Se ha diferenciado entre productos con regis-
material de ortopedia, prótesis, audioprótesis y óptica tro DENT y productos cosméticos utilizados para la
oftálmica de uso más habitual en establecimientos de higiene bucal y dental.
farmacia, parafarmacia y ortopedia.
e) Se ha identificado el régimen de suministro y dis- 5. Selecciona productos dietéticos justificando su
pensación de productos de parafarmacia incluidos en la utilización en situaciones fisiológicas y de requerimientos
financiación del Sistema Nacional de Salud y otras entida- nutricionales especiales.
des aseguradoras. Criterios de evaluación:
f) Se ha interpretado la información técnica del pro- a) Se han descrito los diferentes grupos de nutrien-
ducto y los símbolos del material de acondicionamiento. tes y sus principales funciones.
g) Se ha informado de forma clara y concisa sobre b) Se han identificado los grupos de edad con reque-
las características y la forma de utilización del producto. rimientos nutricionales especiales.
12. BOE núm. 15 Jueves 17 enero 2008 3431
c) Se han analizado los requerimientos nutricionales Productos dietéticos.
en situaciones fisiológicas especiales y patológicas. Tipos de dietas y productos dietéticos susceptibles de
d) Se han reconocido los tipos de dietas utilizadas en financiación.
dietoterapia.
e) Se han diferenciado los preparados dietéticos uti- Dispensación de productos de ortopedia, prótesis,
lizados en situaciones fisiológicas especiales. audioprótesis y óptica oftálmica:
f) Se han valorado los efectos que puede ocasionar Material de ortopedia, prótesis, audioprótesis y óptica
sobre la salud el uso inadecuado de productos dietéticos. oftálmica más habituales en establecimientos y servicios
g) Se ha demostrado interés por atender satisfacto- farmacéuticos.
riamente las necesidades de los pacientes. Registro de material de ortopedia, prótesis y audio-
prótesis.
6. Dispensa productos de ortopedia, prótesis, audio- Condiciones de dispensación.
prótesis y óptica oftálmica describiendo sus característi- Aplicaciones informáticas de bases de datos de mate-
cas y aplicaciones. rial de ortopedia, prótesis y audioprótesis.
Criterios de evaluación:
Orientaciones pedagógicas: Este módulo profesional
a) Se ha clasificado el material de ortopedia, próte- contiene la formación necesaria para desempeñar la fun-
sis, audioprótesis y óptica oftálmica habitual en estableci- ción de prestación del servicio de dispensación e informa-
mientos y servicios farmacéuticos. ción.
b) Se han relacionado las necesidades del usuario La función de prestación del servicio incluye aspectos
con las prestaciones del producto. como:
c) Se han identificado casos en los que es necesario
remitir al usuario a consulta médica. Dispensación y venta de productos parafarmacéuticos.
d) Se han identificado las condiciones de dispensa- Dispensación y venta de productos ortopédicos y pro-
ción del material de ortopedia, prótesis, audioprótesis y tésicos.
óptica oftálmica. Las actividades profesionales asociadas a estas fun-
e) Se ha interpretado la información técnica de los ciones se aplican en:
productos.
f) Se ha indicado la forma de utilización y precaucio- Oficinas de farmacia.
nes de uso del producto ortopédico, protésico y óptico. Establecimientos de parafarmacia.
g) Se ha tratado al usuario con cortesía, respeto y Establecimientos de ortopedia y ortoprótesis.
discreción. La formación del módulo contribuye a alcanzar los
Duración: 110 horas. objetivos generales d), e) y s) del ciclo formativo, y las
Contenidos básicos: competencias c) y ñ) del título.
Las líneas de actuación en el proceso enseñanza-
Interpretación de demandas y prescripciones de pro- aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del
ductos parafarmacéuticos: módulo versarán sobre:
Codificación de productos de parafarmacia. El reconocimiento de las características y aplicaciones
Regulación comunitaria de los productos sanitarios. de productos parafarmacéuticos.
Material de acondicionamiento de productos sanita- La interpretación de prospectos, instrucciones y docu-
rios. Marcado de conformidad «CE». Datos que deben mentación técnica de productos.
figurar obligatoriamente en los envases y en la etiqueta. La rigurosidad científica en la información que se pro-
Aplicaciones informáticas de bases de datos de para- porciona al usuario.
farmacia. La utilización de la terminología adecuada.
Selección de productos sanitarios y biocidas:
Módulo Profesional: Operaciones básicas de laboratorio
Material de cura y sutura.
Productos sanitarios para inmovilización y sujeción. Código: 0103
Equipos de inyección. Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación:
Sondas, catéteres y cánulas.
Material de protección e higiene. 1. Mantiene materiales e instalaciones de servicios
Productos infantiles. auxiliares de laboratorio, identificando los recursos nece-
Productos sanitarios de uso específico en hospitales. sarios y relacionando los instrumentos adecuados con las
principales técnicas empleadas.
Selección de los productos dermofarmacéuticos: Criterios de evaluación:
Formas cosméticas más usuales. a) Se han identificado, mediante su denominación
Cosmética de la piel. habitual y esquema o representación gráfica, los materia-
Productos para la protección solar. les de vidrio, corcho, caucho y metálicos, relacionándolos
Cosmética del cabello. con la función que desempeñan.
Productos de higiene infantil. b) Se han preparado los sistemas de calefacción y
Cosmética decorativa. refrigeración en el laboratorio, reconociendo los elemen-
Selección de productos para la higiene bucodental: tos, equipos y aparatos para utilizar en las operaciones
que requieren calor o frío.
Salud bucodental. c) Se han descrito los equipos de producción de
Principales trastornos bucodentales. vacío en el laboratorio y sus conexiones para realizar
Productos con registro DENT. operaciones básicas a presión reducida, así como el
instrumento de medida de presión asociado.
Selección de preparados dietéticos: d) Se han aplicado técnicas de tratamiento de aguas
Características específicas de la alimentación del lac- para utilizar en el laboratorio mediante los equipos
tante. Defectos enzimáticos en la lactancia. adecuados, explicando el principio de las posibles técni-
Preparados alimenticios infantiles. cas aplicadas.
Nutrición y embarazo. e) Se han clasificado los materiales e instrumentos
Nutrición y vejez. del laboratorio, relacionándolos con su función y con el