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OBJETIVO

      Que el innovador conozca la
 importancia de realizar búsquedas
    tecnológicas, así como algunas
      estrategias y bases de datos
disponibles para obtener información
   relacionada con su innovación o
campo de estudio, particularmente en
documentos de patente, y el uso que
      puede hacer de las mismas.
              © Alberto Toxqui Terán   1
FUENTES DE INFORMACION

   Contacto directo: con otros técnicos,
    científicos, ingenieros, empresarios o
    profesionales de un sector dado.
   Obras de Consulta: Información Resumida
   Libros Técnicos: Aproximación más
    detallada de la información
   Revistas técnicas y científicas; Memorias;
    Tesis; Ferias; Exposiciones; Congresos;
    Patentes: Nivel Técnico Especializado 2
                © Alberto Toxqui Terán
¿Por qué buscar Información
         Tecnológica en Patentes?
   Información no divulgada en otro tipo de literatura
   Información reciente
   Información tecnológica avanzada y especializada
   Presentan un resumen, una clasificación, y datos
    bibliográficos
   Información detallada de la aplicación práctica en la
    industria
   Información no secreta
   Presentan diferencias de lo nuevo de lo ya conocido
   Disponibilidad en bases de datos
                         © Alberto Toxqui Terán       3
Información de Patentes

                            FUENTE DOCUMENTAL

                                                  COMPLETA.
                                                  ACCESIBLE.
                                              MANEJABLE.
                                                  PRACTICA.
                                          ACTUALIZADA


   Más de 40 millones de documentos
              © Alberto Toxqui Terán                            4
¿Qué influencia tienen las Patentes
     en el Ámbito Técnico y Científico?

   Indicadores del Desarrollo Industrial
   Elementos para Evaluar la Dinámica
    Económica
   Indicadores de la capacidad innovadora
   Elementos para monitorear la
    competencia doméstica o extranjera

                © Alberto Toxqui Terán   5
Ventajas de buscar en patentes
                                Evaluar Programas de
                           Investigación y Desarrollo (I+D)



Evaluar y Determinar
    la Novedad y
 Actividad Inventiva
   de la invención

 Como auxiliar en la
  redacción de una       Evitar la Duplicidad de Esfuerzos
      patente
                       © Alberto Toxqui Terán           6
Ventajas de buscar en patentes

                       Ayudar a superar dificultades
                       encontradas en ciertas etapas
                       técnicas de una tecnología.




  Investigar las líneas de
     investigación de la
        competencia

                    © Alberto Toxqui Terán             7
Ventajas de buscar en patentes

                   Evitar invadir derechos
                   vigentes

Conocer la situación jurídica de
determinadas patentes, para
llevar a cabo negociaciones en
materia de licencias



           Identificar tecnologías de “LIBRE USO”
                       © Alberto Toxqui Terán   8
Ventajas de buscar en patentes
Conocer tecnología de Dominio público

 Al concluir la vigencia de la patente
 (o caducar), la invención puede ser
   explotada por cualquier persona
 interesada, sin incurrir en infracción           Industria Nacional




    Universidades,
                             La información contenida en las
Tecnológicos o Centros        patentes puede emplearse en
   de Investigación
                         actividades no comerciales de manera
                               “libre” en cualquier momento
                         © Alberto Toxqui Terán                        9
PATENTES FARMACEUTICAS



   En el corto plazo los derechos de patente de
algunos medicamentos expiraran, los cuales tienen
un valor aproximado de 100 mil millones de dolares
  (Claritin de Shering-Plough, Prozac de Eli Lilly,
               Pepcid de Merck, etc.)


  Las ventas totales de medicamentos por año en
México son de 7500 millones de dolares. El mercado
 de los genéricos intercambiables ocupa el 5 por
              ciento total del ramo.
                    © Alberto Toxqui Terán            10
¿Cómo buscar en patentes?


                    Datos Bibliográficos

                        Datos Técnicos




        © Alberto Toxqui Terán            11
¿Cómo buscar en patentes?


                    Datos Bibliográficos

                        Datos Técnicos




        © Alberto Toxqui Terán            12
Número de Patente

I.M.P.I.   Clasificación Internacional


                Número de
                 Solicitud




                                                    Título de la
                                                      Patente




                 © Alberto Toxqui Terán                            13
U.S.P.T.O   Título de la Patente
                               Clasificación Internacional
                                                             Número de Patente
    .




                      Número de
                       Solicitud




                                 © Alberto Toxqui Terán                    14
O.E.P.
                                         Denota que
                                           es una
                                          solicitud
                                             Número de
                                              Solicitud

                                         Clasificación
                                         Internacional


  Prioridad
 reclamada
                                               Título de
                                              la Patente




                               Resumen




              © Alberto Toxqui Terán              15
SIMBOLISMO PARA LA CLASIFICACION
    INTERNACIONAL DE PATENTES (C.I.P.)

      A            01            B                1/00
      Sección
                  Clase
                             Subclase
                                     Grupo/Subgrupo
• http://www.wipo.int/classifications/fulltext/new_ipc/index.htm
• http://www.uspto.gov/go/classification/
• http://www.dagostini.it/patclass/patclass/              Acuerdo de
                                                         Estrasburgo
• http://www.ibiblio.org/patents/
• http://www.hpo.hu/english/classifications/locarno/enmn01.htm
                             © Alberto Toxqui Terán                    16
SECCIONES DE LA
     C.I.P.
A: NECESIDADES CORRIENTES DE LA VIDA
B: TÉCNICAS INDUSTRIALES DIVERSAS;
TRANSPORTES
C: QUÍMICA; METALURGIA
D: TEXTILES; PAPEL
E: CONSTRUCCIONES FIJAS
F: MECÁNICA; ILUMINACIÓN; CALEFACCIÓN;
ARMAMENTO; VOLADURA
G: FÍSICA
H: ELECTRICIDAD

      8 secciones, 118 clases, 624 subclases
             y más de 67.000 grupos.
                  © Alberto Toxqui Terán       17
SUBSECCIONES DE LA C. I.
        P.

A: NECESIDADES CORRIENTES DE LA VIDA
  SECCIÓN A          Necesidades Humanas
       4 SUBSECCIONES.
           ACTIVIDADES RURALES.

           ALIMENTACIÓN Y TABACO.

           OBJETOS PERSONALES O DOMÉSTICOS.

           SALUD, PROTECCIÓN, DIVERSIONES.




                  © Alberto Toxqui Terán   18
CLASES DE LA C. I. P.

               Subdivisión de secciones
   Número de dos dígitos (después de la letra de sección)
                 Indicación del alcance

    SUBSECCIÓN: ALIMENTACIÓN Y TABACO
    4 CLASES:
     A21 PANADERIA; PASTAS ALIMENTICIAS.

       A22 CARNICERIA, TRATAMIENTO DE LA CARNE,
        TRATAMIENTO DE AVES DE CORRAL O DEL PESCADO.
       A23 ALIMENTOS O PRODUCTOS ALIMENTICIOS; SU
        TRATAMIENTO NO CUBIERTO POR OTRAS CLASES.
       A24 TABACO, PUROS, CIGARILLOS, ARTICULOS PARA
        FUMADORES.                                   19
                       © Alberto Toxqui Terán
SUBCLASES DE LA C. I.
             P.
                         Subdivisión de clases
           Una letra (después de los símbolos de sección y clase)
                  Precisión más exacta del alcance
                        Ejemplo (de la clase A21)
   A21 PANADERIA, PASTAS ALIMENTICIAS
     3 SUBCLASES:
    •   A21B HORNOS DE PANADERIA, MAQUINAS O MATERIAL DE
        HORNEADO
    •   A21C MAQUINAS O MATERIAL PARA LA PREPARACIÓN O
        TRATAMIENTO DE LA PASTA;MANIPULACIÓN DE ARTÍCULOS
        COCIDOS HECHOS A BASE DE PASTA
    •   A21D TRATAMIENTO CONSERVACIÓN DE LA HARINA O DE LA
        PASTA, COCCIÓN, PRODUCTOS DE PANADERIA, CONSERVACIÓ.
                               © Alberto Toxqui Terán                20
GRUPOS DE LA C. I. P.
                      Subdivisión de subclases
Símbolo numérico (después de los símbolos de sección, clase y subclase)
                     Exacta definición del alcance
                    nn/mm (nn/00, grupo principal)
                   Ejemplo (de la subclase A21B)
    A21B HORNOS DE PANADERIA, MAQUINAS O MATERIAL DE HORNEADO

                  5 Grupos Principales: 1/00, 2/00, 3/00, 5/00 y 7/00

 A21B 1/00 Hornos de panadería (Grupo Principal A21B 1/00)  19 Subgrupos
 A21B 1/02 . caracterizados por los dispositivos para la calefacción
 A21B 1/04 .. hornos calentados por fuego solamente antes de la cocción
 A21B 1/06 .. hornos calentados por radiadores
 A21B 1/08 ... por radiadores calentados por vapor
                                © Alberto Toxqui Terán                  21
¿Cómo buscar en patentes?

   Datos Técnicos

       Título y/o Resumen,
        o Texto Completo

           Palabras Clave          (descriptores)
                Objetivo o ventajas o aplicaciones técnicas
                 de la invención
                Descripción técnica (definición de la
                 invención y sus partes más relevantes)

                          © Alberto Toxqui Terán               22
¿Cómo buscar en patentes?
         PARTES DE UN DOCUMENTO DE
              Datos PATENTE
                     Bibliográficos
   Portada
              Título y Resumen

   Descripción
   Reivindicaciones                         Datos
   Dibujos                                 Técnico
   Informe de búsqueda (EP o WO)              s
                   © Alberto Toxqui Terán         23
¿Cómo buscar en patentes?

            Palabras
             Claves
            Español u otro        idioma


SINÓNIMOS                                  TECNICISMOS




                NOMBRES
              COMUNES (Y/O
               QUIMICOS)
                © Alberto Toxqui Terán             24
   VENTAJAS:
                   SENCILLA, INTUITIVA, FLEXIBLE.
BUSQUEDA
                INCONVENIENTES:
   POR
                   INFLUENCIA DE PALABRAS UTILIZADAS EN LA
                    SOLICITUD DE PATENTE.
PALABRAS           PALABRAS O EXPRESIONES DIFERENTES PARA EL
 CLAVES             MISMO OBJETO.
                   PALABRAS O EXPRESIONES SIMILARES PARA
                    DIFERENTES OBJETOS.
                   ERRORES DE ORTOGRAFIA O DIFERENCIAS (US, GB)


                VENTAJAS:
                   INSTRUMENTO EFICAZ DE BUSQUEDA PARA LA
BUSQUEDA            RECUPERACION DE DOCUMENTOS DE PATENTE
UTILIZANDO         BUSQUEDA LIMITADA A UN GRUPO DE
   C.I.P.           DOCUMENTOS ALTAMENTE RELACIONADOS CON
                    EL CAMPO TECNICO.
                INCONVENIENTES:
                   CLASIFICACION CORRECTA.
                   AMBIGUEDAD EN LA CLASIFICACION.
                          © Alberto Toxqui Terán            25
¿Cómo buscar en patentes?
Herramientas para realizar una búsqueda


                   COMODINES


   OPERADORES                                 FECHAS DE
   DE PROXIMIDAD                             PUBLICACIÓN



                   OPERADORES
             LÓGICOS O BOOLEANOS
                    © Alberto Toxqui Terán                 26
Comodines



*: Sustituye número ilimitado de caracteres; bote* bote;
  botella; botellón; botes; botellones


?: Sustituye un carácter; ben?eno: benceno benzeno

$: Sustituye 1 ó 0 caracteres; proceso$: proceso o
  procesos

                       © Alberto Toxqui Terán         27
Operadores Lógicos o Booleanos


Y: Por lo menos dos palabras                 A   Y   B
  claves.
  Botella y tapa, A ∩ B

O: Cualquier palabra de las dos.             A O     B
  Botella o tapa, A U B

NO: Una palabra no deberá estar
                                                 N
 presente en el resultado.                   A
                                                 O
                                                     B
 Botella sin tapa, A NO B
                    © Alberto Toxqui Terán               28
 Usar O (or) para añadir conceptos.
                     Eliminar conceptos.
  Búsquedas de
                     Usar texto completo (free-text) o
alta Recuperación
                     Eliminar limitaciones.



                     Utilizar Y (and) al añadir conceptos.
                     Utilizar vocabulario controlado.
 Búsquedas de
 alta Precisión      Buscar solo en títulos o resúmenes.
                     Buscar según idioma, año de
                      publicación, etc.

                        © Alberto Toxqui Terán             29
Operadores de Proximidad
  Indican la cercanía o lejanía de las palabras sin importa
   si la referencia se encuentra a la derecha o izquierda
  Frase exacta:respeta una cadena de caracteres
       Universidad Autónoma de Nuevo León
Frase adyacente: una palabra debe estar junto a otra
              Champú acondicionador

             Fechas de Publicación
   El usar un intervalo de fechas es útil cuando se desea
    delimitar una búsqueda en un período determinado          30
                         © Alberto Toxqui Terán
Bases de Datos Accesibles
   a través de Internet
   Oficina Americana de Patentes y Marcas (U.S.P.T.O.)
            http://patft.uspto.gov
                Oficina Europea de Patentes (E.P.O.)
               http://ep.espacenet.com/
                      Oficina Alemana de Patentes
              http://www.depatisnet.de/
               Oficina Japonesa de Patentes (PAJ)
        http://www.ipdl.jpo.go.jp/homepg_e.ipdl
             © Alberto Toxqui Terán                 31
© Alberto Toxqui Terán   32
© Alberto Toxqui Terán   33
© Alberto Toxqui Terán   34
© Alberto Toxqui Terán   35
© Alberto Toxqui Terán   36
© Alberto Toxqui Terán   37
© Alberto Toxqui Terán   38
© Alberto Toxqui Terán   39
© Alberto Toxqui Terán   40
© Alberto Toxqui Terán   41
© Alberto Toxqui Terán   42
No. de solicitud
                                             Traducción
                                            de japonés a
                                                inglés




 Partes del
documento a
  traducir




                   © Alberto Toxqui Terán          43
Bases de Datos Accesibles
   a través de Internet
       Metabuscador de Patentes de Singapur
              http://www.surfip.com/

         Oficina Española de Patentes y Marcas
     http://www.oepm.es/internet/bases_datos/inven.htm



     Banco Nacional de Patentes (México)
 http://banapanet.impi.gob.mx/impi/welcome.pl
             © Alberto Toxqui Terán             44
Búsqueda Básica
                               Por Campos

      Palabras en Título y/o Resumen          brush tooth
      No. de solicitud                        US5316027
      Nombre de la Compañía                   Oral Logic
      Nombre del Inventor                     Ronald Klinkhammer

      Recomendaciones:
Uso de comodín y operadores              brush* and (tooth or dental*)
Identificación del País                 US, EP, WO, MX, ES, JP
                              © Alberto Toxqui Terán                45
Búsqueda Avanzada
      Por Secuencia de Comandos y Palabras Claves

   Uso de operadores booleanos y paréntesis

      (A o B o C) y (E o F o G) y (L o M o N)
   Uso de operadores comodines (truncación final)
               USPTO:               $
Espacenet y Banapanet:                       *
               Depatis:                  ?
      España (OEPM):                       +


                          © Alberto Toxqui Terán    46
Búsqueda Avanzada
           Por Secuencia de Comandos y Palabras Claves
               Problema: Conocer si existe un asador
                 desechable con carbón integrado.
              Palabras Claves: asador, desechable y carbón

                         Secuencias sugeridas:
USPTO: abst/(spit$ or gril$) and abst/disposable$ and abst/coal$
Depatis:      AB=((spit? or gril?) and disposable? and coal?)
Espacenet:   (spit* or gril*) and disposable* and coal*
                                                              Titulo y
Banapanet:    Asador* y desechable* y carb?n*
                                                             Resumen
OEPM:          Asador+ y desechable+ y carb?n+


                            © Alberto Toxqui Terán               47
Bases adicionales para investigar
      a través de Internet
                        Medline (artículos)
            http://www.ncbi.nlm.nih.gov/
                      Ingenta (artículos)

             http://www.ingenta.com/
            Chemfinder (nomenclatura química)
            http://www.chemfinder.com/
            Google (información en general)
             http://www.google.com.mx/
             © Alberto Toxqui Terán           48
PERFECCIONAMIENT
       O DE LA BUSQUEDA

   CONOCIMIENTO BASICO DEL CAMPO
    TECNICO DE LA INVENCION
   COMBINACION DE PALABRAS
    CLAVES Y HERRAMIENTAS PARA
    MAXIMIZAR LA EFECTIVIDAD DE LA
    BUSQUEDA
   MANEJO OPERACIONAL DE LAS
    BASES DE DATOS
               © Alberto Toxqui Terán   49
PROPIEDAD INTELECTUAL




                        M.C. David Martínez López
PROPIEDAD INTELECTUAL         LEGISLACIÓN
IMPORTANCIA DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

        “La Propiedad Intelectual es una figura jurídica creada por el
        gobierno y de la cual sólo se benefician las compañías
        transnacionales”
        La revolución tecnológica
        La globalización
        El valor monetario de los Activos Intangibles
        Los convenios y Tratados Comerciales en la materia.
        Los beneficios de la Propiedad Industrial
        Las necesidades de reprimir practicas de comercio ilícitas.




                                                         M.C. David Martínez López
PROPIEDAD INTELECTUAL                                          LEGISLACIÓN
ANTECEDENTES HISTÓRICOS…
          Indicaciones Geográficas:
                  En Francia (S.XIII) edicto prohibía usar la palabra SAISSON en
         toneles de vino AUXERRES (ambas regiones de Francia)
         Invenciones
                   En Florencia (S.XV) “Privilegio temporal para usar por 3 años en forma
                   exclusiva un diseño para transportar mármol a la Catedral”
         Derecho de hacer y usar
                   En 1952, Galileo Galilei solicito “privilegio” o derecho de hacer y usar
                   maquina que le había implicado grandes gastos “propiedad común de
                   todos”
         Delito
                 En Inglaterra,1623 condenaría a la horca a quien se atreviera a
         innovar proceso de fabricación de medios.


                                                             M.C. David Martínez López
PROPIEDAD INTELECTUAL                                              LEGISLACIÓN
ANTECEDENTES HISTÓRICOS…

          Titulo
             Derechos Reales adquiridos a finales del S.XVIII
         Derechos de Autor
                    Su protección         Imprenta
         Signos Distintivos
                    Sello
         En México
                  S. XVI el Virrey        “Privilegio de exclusividad en la
             explotación” a Miguel Pérez Alemán, Molino de agua




                                                           M.C. David Martínez López
PROPIEDAD INTELECTUAL                                            LEGISLACIÓN
ANTECEDENTES LEGALES…
          Disposiciones Constitucionales de México
              Articulo 28
             “En los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios,
             las practicas monopólicas, los estancos y las exenciones de impuestos
             en los términos y condiciones que fijan las leyes. El mismo tratamiento
             se dará a las prohibiciones a titulo de protección a la industria”
                  No obstante, con posterioridad hace un señalamiento
                    aplicable al contexto de la Propiedad Intelectual:
             “Tampoco constituyen monopolios los privilegios por
             determinado tiempo se conceden a los autores y artistas para
             la protección de sus obras y los que para el uso exclusivo de sus
             inventos, se otorguen a los inventos y perfeccionadores de
             alguna mejora”


                                                           M.C. David Martínez López
PROPIEDAD INTELECTUAL                                            LEGISLACIÓN
ANTECEDENTES LEGALES…
        Disposiciones Constitucionales en México
                Artículo 73
         “X .- Legislar en toda la República sobre hidrocarburos,
          minería, industria, cinematográfica, comercio, juegos con apuestas
          y sorteos, intermediación y servicios financieros, energía eléctrica
          nuclear y para expedir las leyes del trabajo reglamentarias del articulo 123”

         “XXIX – F Expedir leyes tendientes a la promoción de la inversión
          mexicana, la regulación de la inversión extranjera, la transferencia de
            tecnología y la generación , difusión y aplicación de los conocimientos
            científicos y tecnológicos que requiere el desarrollo nacional”.


                                                             M.C. David Martínez López
PROPIEDAD INTELECTUAL                                              LEGISLACIÓN
ANTECEDENTES LEGALES
     Propiedad Industrial                   Derechos de Autor

     Decreto de las cortes españolas del    Ordenes Reales de los años 1763 y 1764
     2 de Octubre de 1820                   primeras normas jurídicas
     Ley sobre Derecho de Propiedad de     Decreto sobre la Propiedad literaria en
     los Inventores o Perfeccionadores de   1864
     algún ramo de la industria 7 de mayo   En 1928, El código Civil, distingue la
     de 1832                                propiedad común de la P.I. Estableciendo
     Ley de Patentes de Invención o        el “Derecho de Autor”
     perfeccionamiento de 7 de junio 1890   En 1947 Ley Federal de Derecho de
     Código de Comercio que protege las    Autor
     marcas (artículos 1418 a 1423) 20 de   En 1956, Ley Federal sobre el Derecho
     abril de 1884                          de Autor
     De 1884 a 1903 se expiden 4 leyes     Reforma en 1963
     Ley de Invención en 1903              Reforma en 1991
     Ley de Propiedad industrial de 1942


                                                      M.C. David Martínez López
PROPIEDAD INTELECTUAL                                       LEGISLACIÓN
ANTECEDENTES LEGALES EN MÉXICO

              En 1976 Ley de Invenciones y
             Marcas.
             En 1987 reforma de Incorporación de la represión de
             la competencia desleal
             Junio de 1991 Ley de Fomento y Protección de la
             Propiedad Industrial.
             Reformas de 1994 (anexo reformas)
                                                              Ley Federal de Variedades
             Reforma en 1998 ( Titulo Quinto bis)                   Vegetales
             Diciembre de 1996 se presenta la iniciativa de una
             reforma profunda a la LFDA
             25 de marzo de 1997 entra en vigor la Ley Federal de
             Derechos de Autor



                                                           M.C. David Martínez López
PROPIEDAD INTELECTUAL                                            LEGISLACIÓN
RELEVANCIA INTERNACIONAL DE LA
                     PROPIEDAD INTELECTUAL

            Necesidad de un régimen internacional para la protección de
           Invenciones
           Convenio de Paris Anexo 5
           OMPI
           Arreglos y Convenios Multilaterales (anexo 6)
           Tratados (anexo 7)




                                                            M.C. David Martínez López
PROPIEDAD INTELECTUAL                                             LEGISLACIÓN
MARCO ADMINISTRATIVO MEXICANO EN
                       MATERIA DE P.I.

          Antecedentes
                   SECOFI         Dirección General de Desarrollo    Tecnológico


                   La SEP         Dirección General de Derechos      de Autor


                              Atribuciones      LFDA Articulo 118
          Situación Actual
                   En Derechos de Autor
                   En Propiedad Industrial


                                                            M.C. David Martínez López
PROPIEDAD INTELECTUAL                                             LEGISLACIÓN
FACTORES PARA LA CREACIÓN


             Políticas gubernamentales
                        Descentralización del Gobierno Federal
                        Plan Nacional de Desarrollo (1994 – 2000)
            Incremento en la demanda de servicios del IMPI en la Republica
            Mexicana.
            Necesidad de Modernización Tecnológica en el País.
            Programa Federal intensivo en atención a PyMes.




                                                            M.C. David Martínez López
PROPIEDAD INTELECTUAL                                             LEGISLACIÓN
FACTORES


            Desconocimiento en materia de Propiedad Intelectual


            Asesoría limitada en la presentación y seguimiento de tramites
           (Concentrada en el DF )


            Manifestación de conflictos sobre Derechos de Propiedad Industrial
           fuera del alcance de la Oficina Central.




                                                          M.C. David Martínez López
PROPIEDAD INTELECTUAL                                           LEGISLACIÓN
ANEXO 1
           DEFINICIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL
              Los activos intelectuales que     Conjunto de reglas, conceptos y
             reciben protección legal se        principios implicados en el intelecto
             denominan Propiedad Intelectual.   humano.
                                                Creación de obras artísticas,
                                                científicas, industriales y comerciales.
                   Capital Intelectual          Protegidas por la facultad que el
                                                Estado otorga.
                                                Tiempo y circunstancias
            Recursos
                                Activos         determinadas.
            Humanos          Intelectuales      Usen, exploten o licencien.
                                                Obras, Invenciones, Signos
                                                Distintivos.

                 Capital Estructural



                                                         M.C. David Martínez López
PROPIEDAD INTELECTUAL                                          LEGISLACIÓN
ANEXO 1.1
           ASPECTOS CONCEPTUALES DE LA PROPIEDAD
           INTELECTUAL

           Incluye dos conceptos el Público y el Privado
          Existencia Independiente de su protección
          No todos los productos intelectuales son susceptibles de protección
          bajo Propiedad Intelectual.
          Marca fronteras de protección en 2 ramas:
                   Propiedad Industrial
                   Propiedad Autoral (Derechos de Autor)




                                                            M.C. David Martínez López
PROPIEDAD INTELECTUAL                                             LEGISLACIÓN
ANEXO 2
           DEFINICIÓN DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

             Instrumento: Es un conjunto de reglas, conceptos y principios relativos a
            las Actividades del Intelecto.
            Buscan: soluciones concretas a problemas específicos.
            A través: Medios diferenciales de Establecimientos, Mercancías o
            Servicios.
            Mediante: protección de un derecho Patrimonial que otorga el Estado.
            Carácter: exclusivo
            Temporalidad: por un tiempo determinado
            Territorialidad: Protección únicamente en la República Mexicana.
            Fin: Proteger y Distinguir.


                                                           M.C. David Martínez López
PROPIEDAD INTELECTUAL                                            LEGISLACIÓN
ANEXO 3
           DEFINICIÓN DE DERECHOS DE AUTOR



          Instrumento : es un conjunto de normas jurídicas
         Regulan: Protección de obras artísticas o literarias.
         Otorgadas por : El Estado a autores
         Contenido: Moral y patrimonial.
         Derivado : Derechos Conexos.




                                                            M.C. David Martínez López
PROPIEDAD INTELECTUAL                                             LEGISLACIÓN
ANEXO 4
           UNIVERSO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
           PROPIEDAD INDUSTRIAL …
         Invenciones
         • Patente
         • Modelo de Utilidad
         • Diseño Industrial - Dibujo
                                - Modelo
         • Circuitos Integrados
         • Secretos Industriales
         Signos Distintivos
         • Marca, Nombre y Aviso Comercial
         • Indicaciones Geográficas -Marca Colectiva
                                     - Denominación de Origen


                                                            M.C. David Martínez López
PROPIEDAD INTELECTUAL                                             LEGISLACIÓN
ANEXO 4
           UNIVERSO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
           PROPIEDAD INDUSTRIAL
         Derechos de Autor
                                                Otras Obras
         Obras Autorales                        • Símbolos Patrios
         • Literarias
                                                • Expresiones Culturales
         • Musicales                            Populares
         • Plásticas y Graficas
         • Audiovisuales
         • Cinematográficas
         • Programas de Computación y Base de
         Datos




                                                       M.C. David Martínez López
PROPIEDAD INTELECTUAL                                        LEGISLACIÓN
MARCAS


         NECESIDAD: distinguir al ganado

         SOLUCION: impresión de sellos característicos símbolos hechos
         de metal.
         RESULTADOS: reducción del robo de ganado.

         MARCAR: a los animales, concepto que utiliza actualmente, pero
         ahora en los productos y servicios que vemos diariamente.




                                                    M.C. David Martínez López
PROPIEDAD INTELECTUAL                                     LEGISLACIÓN
REFORMAS 1994
          “Ley de la Propiedad Industrial”
          Se extienden los Requisitos de novedad absoluta
          Divulgación Previa      Protección de 1 año a partir del
          acontecimiento.
          En Patente no procederán derechos adicionales para
          solicitudes previamente presentadas en el extranjero.
          Efectuarse los pagos por los servicios que presta el IMPI,
          únicamente en dos ocasiones.
          Se definen los únicos supuestos respecto de los cuales no se
          otorgaran patentes.
          Se armonizaran los principios de libre competencia con los
          derechos de propiedad industrial.
          Se le otorgan las facultades de autoridad administrativa al IMPI

                                                      M.C. David Martínez López
PROPIEDAD INTELECTUAL                                       LEGISLACIÓN
PRINCIPALES DISPOSICIONES DE LA LFDA
        Se crea el Instituto nacional del Derecho de Autor (INDA)
       Se incorpora la protección de las obras culturales populares
       Se modifica el nombre de las sociedades de artistas a sociedades
       de gestión colectiva.
       Se incorporan las infracciones en materia de comercio
       Se refuerzan en general, las disposiciones para reprimir la
       reproducción y ejecución no autorizada de obras protegidas por esta
       Ley.
       Los contratos inscritos en el Registro Público del Derecho de autor
       producirán efectos contra terceros.




                                                      M.C. David Martínez López
PROPIEDAD INTELECTUAL                                       LEGISLACIÓN
LEY FEDERAL DE VARIEDADES VEGETALES

          Publicada: 25 de Octubre de 1996

         Administrada por : la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo
         Rural, Pesca y alimentación.

         A través de : El SNICS

         Objeto: Protección de los derechos de Obtentores Vegetales.

         Definición: Obtentor




                                                          M.C. David Martínez López
PROPIEDAD INTELECTUAL                                           LEGISLACIÓN
NECESIDAD DE UN REGIMEN INTERNACIONAL
            El desarrollo Industrial en el siglo pasado
           El Intercambio mercantil en el mundo
           La realización de ferias industriales
                     1ra reunión en 1873 Viena
                     1878 en Paris
                     1880 Conferencia de Paris
                     1883 surgiendo
                                La Unión Internacional para la Protección de la
                                Propiedad Industrial
                                Definición de principios suficientemente elásticos
                                2 principios        El trato Nacional
                                                    El Derecho de Prioridad

                                                                M.C. David Martínez López
PROPIEDAD INTELECTUAL                                                 LEGISLACIÓN
CONVENIO DE PARÍS

          En 1883, once países suscribieron el “Convenio de Paris”

         Para la Protección de la Propiedad Industrial

         Finalidad proteger a sus nacionales

         México se adhirió al convenio original 7 de septiembre de 1903

         Aprobó el acta de Estocolmo ( ultima reforma ) el 26 de julio de
         1976
         Al 1º de enero de 1992, 103 países habían aprobado el acta de
         Estocolmo.




                                                      M.C. David Martínez López
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CONVENIO DE PARÍS

                 Tiene 4 principios fundamentales:

                         Trato nacional
                         Prioridad
                         Independencia
                         Agotamiento del derecho de patente




                                                       M.C. David Martínez López
PROPIEDAD INTELECTUAL                                        LEGISLACIÓN
ARREGLOS Y CONVENIOS MULTILATERALES…

          • Arreglo de Lisboa relativo a la Protección de las
            denominaciones de origen y su registro internacional. Vigente
            en México desde enero de 2001.
          • Arreglo de Locarno que establece una clasificación para los
            dibujos y modelos industriales. Vigente en México desde
            enero de 2001.
          • Acuerdo de Viena por el que se establece una clasificación
            internacional de los elementos figurativos de las marcas.
            Vigente en México desde enero de 2001.




                                                  M.C. David Martínez López
PROPIEDAD INTELECTUAL                                   LEGISLACIÓN
ARREGLOS Y CONVENIOS MULTILATERALES…



         •Convenio de París para la protección de la propiedad industrial. Vigente en
         México desde julio de 1976.
         •Tratado de Nairobi sobre la Protección del símbolo Olímpico. Vigente en
         México desde mayo de 1985.
         •Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT). Vigente en México
         desde enero de 1995.
         •Acuerdo de los Aspectos de los Derechos de Propiedad intelectual
         relacionados con el comercio Anexo 1C del acuerdo de Marrakech por el
         que se establece la OMC. Vigente en México desde enero de 2000.




                                                           M.C. David Martínez López
PROPIEDAD INTELECTUAL                                            LEGISLACIÓN
ARREGLOS Y CONVENIOS MULTILATERALES



         •Arreglo de Niza Relativo a la clasificación internacional de productos y
         servicios para el registro de marcas. Vigente en México desde marzo de
         2001.
         •Tratado de Budapest sobre el reconocimiento internacional de depósito
         de microorganismos. Vigente en México desde marzo de 2001.

         •Arreglo e Estrasburgo relativo a la clasificación internacional de patentes.
         Vigente en México desde octubre de 2001.




                                                            M.C. David Martínez López
PROPIEDAD INTELECTUAL                                             LEGISLACIÓN
TRATADOS INTERNACIONALES
         A la fecha se han firmado 11 tratados de libre comercio que contiene un
         capitulo de propiedad intelectual:
         •TLC con América del Norte. (1994)
         •TLC con Costa Rica (1995)
         •TLC con Venezuela y Colombia (1995)
         •TLC con Bolivia (1995)
         •TLC con Nicaragua (1998)
         •TLC con Chile (1999)
         •TLC con la Unión Europea (2000)
         •TLC con Israel (2000)
         •TLC con la EFTA (2001)
         •TLC con Honduras, Guatemala y el Salvador. (2001)
         •TLC con Uruguay. (2001)
                                                          M.C. David Martínez López
PROPIEDAD INTELECTUAL                                           LEGISLACIÓN
ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD
                       INTELECTUAL

         •Organismo especializado de las Naciones Unidas, creado en 1967 con
         el fin de fomentar la cooperación internacional para la protección de la
         propiedad intelectual.

         •La OMPI administra hoy 23 tratados (dos de ellos con otras
         organizaciones internacionales).

         •La organización también crea leyes modelo para que las adopten los
         países en desarrollo.

         •179 países son miembros de la OMPI.




                                                           M.C. David Martínez López
PROPIEDAD INTELECTUAL                                            LEGISLACIÓN
MARCO ADMINISTRATIVO (DA)

               •INDA  SEP
               Atribuciones  LFDA reformada artículo 208
               •MARCO JURIDICO
                    •Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos.
                    •Ley Federal del Derecho de Autor.
                    •Reglamento de la Ley Federal de derechos de autor.
                    •Reglamento interior de INDAUTOR.
                    •Reglamento interior de la Secretaría de Educación Pública.
                    •Acuerdos y Circulares.
                    •Convenios internacionales.



                                                          M.C. David Martínez López
PROPIEDAD INTELECTUAL                                           LEGISLACIÓN
MARCO ADMINISTRATIVO (DA)

                                    •Dirección del Registro
                                    Público del Derecho de Autor.
                                    •Dirección de Reservas de
                INDAUTOR            derechos.
                Dirección General
                                    •Dirección Jurídica.
                                    •Dirección de protección
                                    contra la violación del derecho
                                    de autor.
                                    •Dirección de Arbitraje.



                                               M.C. David Martínez López
PROPIEDAD INTELECTUAL                                LEGISLACIÓN
MARCO ADMINISTRATIVO (PI)
           •IMPI
              •Atribuciones  LPI artículo 6º
           •Marco Jurídico
                •Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos.
                •Ley de la Propiedad Industrial
                •Reglamento de la ley de la propiedad industrial
                •Decreto por el que se reforma el reglamento de la LPI.
                •Decreto por el que se crea el IMPI.
                •Reglamento del IMPI
                •Acuerdo para la creación de Oficinas Regionales.
                •Convenios internacionales.


                                                       M.C. David Martínez López
PROPIEDAD INTELECTUAL                                        LEGISLACIÓN
MARCO ADMINISTRATIVO (PI)

                                     •Coordinación de Planeación
                                     Estratégica
                                     •Dirección divisional de Asuntos
                                     Jurídicos
                        IMPI
                                     •Dirección General Adjunta de la
                Dirección General.
                                     Propiedad industrial
                                     •Dirección General Adjunta de los
                                     servicios de apoyo.
                                     •Dirección Divisional de Oficinas
                                     regionales.


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PROPIEDAD INTELECTUAL                                LEGISLACIÓN
MARCO ADMINISTRATIVO (PI)


                                       •Dirección Divisional de
                                       Patentes.

                        IMPI           •Dirección divisional de
                                       Marcas.
                Dirección General
             Adjunta de la Propiedad   •Dirección Divisional de
                    Industrial.        Protección a la propiedad
                                       intelectual.




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PROPIEDAD INTELECTUAL                               LEGISLACIÓN
MARCO ADMINISTRATIVO (PI)


                                         •Dirección Divisional de
                                         Sistemas y Tecnología de la
                                         Información.
                        IMPI             •Dirección y división de
                Dirección General        Promoción y Servicios de
              Adjunta de los Servicios
                                         información Tecnológica.
                    de Apoyo.
                                         •Dirección divisional de
                                         Relaciones Internacionales.




                                               M.C. David Martínez López
PROPIEDAD INTELECTUAL                                LEGISLACIÓN
PATENTES



      M.C. David Martínez López
            LEGISLACIÓN
INVENCIONES


    FIGURAS JURÍDICAS:
    •PATENTE
    •REGISTRO DE MODELO DE UTILIDAD
    •REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIAL
    •LOS SECRETOS INDUSTRIALES.




                                     M.C. David Martínez López
PATENTES                                   LEGISLACIÓN
INVENCIONES


     ¿QUÉ INVENTAR?

     Transformar algo en algo
     + novedoso
     + inventivo
     + comercializable




                                M.C. David Martínez López
PATENTES                              LEGISLACIÓN
INVENCIONES


 PATENTES.

 Serían patentables las invenciones que
 sean nuevas, resultando de una
 actividad inventiva y susceptibles de
 aplicación industrial, en los términos de
 esta ley.



                                 M.C. David Martínez López
PATENTES                               LEGISLACIÓN
INVENCIONES
  EXCLUSIONES A LA PATENTABILIDAD:
  •Los procesos esencialmente biológicos para la
  producción, reproducción y propagación de plantas y
  animales.
  •El material biológico y genético tal como se encuentra
  en la naturaleza.
  •Las razas animales
  •El cuerpo humano y las partes vivas que lo
  componen.
  •Las variedades vegetales.
                          →
                                            M.C. David Martínez López
PATENTES                                          LEGISLACIÓN
INVENCIONES
  EXCLUSIONES A LA PATENTABILIDAD:

  • Los principios teóricos o científicos.
  • Los descubrimientos que consistan en dar a conocer
  o revelar algo que ya existía en la naturaleza, aún
  cuando anteriormente fuese desconocido para el
  hombre.
  •Los esquemas, planes, reglas y métodos para realizar
  actos mentales, juegos o negocios y los métodos
  matemáticos.
               →

                                             M.C. David Martínez López
PATENTES                                           LEGISLACIÓN
INVENCIONES
  EXCLUSIONES A LA PATENTABILIDAD:
  •Los programas de computación
  •Las formas de presentación de la información
  •Las creaciones estéticas y las obras artísticas o
  literarias.
  •Los métodos de tratamiento quirúrgico, terapéutico o
  de diagnostico aplicables al cuerpo humano y los
  relativos a animales.
  •La yuxtaposición de invenciones conocidas.



                                            M.C. David Martínez López
PATENTES                                          LEGISLACIÓN
INVENCIONES
  PUEDE PROTEGER:

  •Un producto y el proceso concebido para su
  fabricación o utilización.
  •Un proceso y el aparato o medio concebido
  especialmente para su aplicación.
  •Un producto determinado, un proceso especialmente
  concebido para su fabricación y un aparato o medio
  especialmente concebido para su aplicación.




                                         M.C. David Martínez López
PATENTES                                       LEGISLACIÓN
PUEDE PROTEGER:                                           INVENCIONES
                 Compuesto o familias de compuestos
   PRODUCTO      Aleaciones
                 Materiales

                 Métodos de preparación
                 Ruta de síntesis
    PROCESO
                 Condiciones de operación
                 Etapas de proceso
                 Equipo de procesos

     APARATO     Instrumentos de medición
                 Instrumentos de control de proceso

           USO   Aplicación industrial o comercial de un producto

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PATENTES                                                    LEGISLACIÓN
INVENCIONES

  MODELOS DE UTILIDAD
  Serán registrables los modelos
  de utilidad que sean nuevos y
  susceptibles de aplicación
  industrial.




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PATENTES                                 LEGISLACIÓN
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  PUEDE PROTEGER:
  Mejoras a un objeto:
  •Modificaciones
  •Estructura
  •Funcionalidad
  •Utilidad de las ventajas.




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PATENTES                             LEGISLACIÓN
INVENCIONES

           DISEÑOS INDUSTRIALES
           Se consideran nuevos los
           diseños que sean de creación
           independiente y difieran en grado
           significativo    de       diseños
           conocidos o de combinaciones
           de características conocidas de
           diseño. Se dividen en: Dibujos
           Industriales     y       Modelos
           Industriales
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           DIBUJOS INDUSTRIALES
           Toda combinación de figuras
           líneas o colores que se
           incorporen a un producto
           industrial con fines de
           ornamentación que le den un
           aspecto peculiar y propio.


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PATENTES                                LEGISLACIÓN
INVENCIONES

           MODELOS INDUSTRIALES
           Constituidos por toda forma
           tridimensional que sirva de tipo
           o patrón para la fabricación de
           un producto industrial, que le
           dé apariencia especial en
           cuanto no implique efectos
           técnicos.

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INVENCIONES


           PUEDE PROTEGER:
           Características visuales     de
           ornamentación:
           •Estampados
           •Tridimensionales.



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           SECRETOS INDUSTRIALES:
           Información confidencial
           referente a productos,
           procesos de producción o
           medios de distribución o
           comercialización de productos
           o servicios.


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PATENTES                                   LEGISLACIÓN
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           SECRETOS INDUSTRIALES:
           La información debe significar
           obtener o mantener una
           ventaja      competitiva     o
           económica frente a terceros en
           la realización de actividades
           económicas.


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PATENTES                                   LEGISLACIÓN
INVENCIONES

           SECRETOS INDUSTRIALES:
           La información no puede ser
           del dominio público o bien
           resultar evidente de la
           información       previamente
           disponible o que sea publicada
           por disposición legal o por
           orden judicial.

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PATENTES                                   LEGISLACIÓN
INVENCIONES

           SECRETOS INDUSTRIALES:
           La información deberá ser
           guardada o constar en
           documentos,             medios
           electrónicos o magnéticos,
           microfilmes       u      otros
           instrumentos similares.


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PATENTES                                   LEGISLACIÓN
INVENCIONES
           SECRETOS INDUSTRIALES:
           •La persona que guarde un
           secreto      industrial   podrá
           transmitirla o autorizar su uso
           a un tercero.
           •Las       condiciones      de
           confidencialidad se precisarán
           en convenios por los que se
           transmita la información del
           secreto industrial.
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PATENTES                                    LEGISLACIÓN
INVENCIONES

           SECRETOS INDUSTRIALES:
            El ejemplo más conocido de
            secreto       industrial      lo
            encontramos en la fórmula de
            la Coca-cola, gaseosa cuya
            fórmula, sin estar protegida por
            una patente, ha logrado
            mantenerse en secreto por
            casi dos siglos.
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PATENTES                                     LEGISLACIÓN
INVENCIONES

           SECRETOS INDUSTRIALES:
           •Información      confidencial     de
           aplicación industrial o comercial.
           •Representa ventaja económica
           frente a terceros.
           •Adoptar medios para preservar la
           confidencialidad y el acceso
           restringido a dicha información.

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PATENTES                                         LEGISLACIÓN
INVENCIONES
  DIVULGACIÓN PREVIA
  La divulgación de una invención no afectará la
  novedad:
  •Si esta fue hecha dentro de los doce meses
  previos a la fecha de presentación de la
  solicitud de patente (depósito), por el inventor
  o su causahabiente.
  •Debiéndose presentar la documentación
  comprobatoria.


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PATENTES                                     LEGISLACIÓN
LISTA DE VERIFICACIÓN
                                                             INVENCIONES
    PARA OTORGAR FECHA DE PRESENTACIÓN:
    1.     FORMATO DE SOLICITUD, FIRMA AUTÓGRAFA.
    2.     COMPROBANTE DE PAGO DE LA TARIFA.
    3.     DESCRIPICIÓN
    4.     REIVINDICACIONES
    5.     DIBUJOS (EN SU CASO), SI SON PROVISIONALES, 2 MESES PARA
           PRESENTAR LOS DEFINITIVOS, SIN MEDIAR OFICIO, (31 DEL
           REGLAMENTO)
    6.     RESUMEN

               POSTERIORMENTE PODRA PRESENTAR:

    7.     PODER
    8.     CESIÓN
    9.     CONSTANCIA DE DEPÓSITO DE MATERIAL BIOLÓGICO
    10.    DOCUMENTO DE PRIORIDAD (3 MESES), SIN MEDIAR OFICIO.
    11.    TRADUCCIONES (2 MESES DE PLAZO AUTOM.) SIN MEDIAR OFICIO
    12.    DOCUMENTO COMPROBATORIO DE DIVULGACIÓN PREVIA.

                                                     M.C. David Martínez López
PATENTES                                                   LEGISLACIÓN
INVENCIONES
  ELEMENTOS DE LA SOLICITUD
                                 •Antecedentes
  •Titulo                        •Ventajas
  •Descripción de la invención   •Descripción de
                                 figuras
  •Reivindicaciones              •Características
                                 técnicas
  •Dibujos (si se requieren para la comprensión
  de la invención)
  •Resumen de la descripción de la invención.



                                     M.C. David Martínez López
PATENTES                                   LEGISLACIÓN
REQUISITOS FORMALES:                 INVENCIONES
    Descripción, reivindicaciones, resumen:
    Tamaños de la hoja: CARTA (21.5 x 28 cms) o A4 (21 y 29.7 cms)
    Márgenes: MINIMO:
    2 CM SUP; 2 CM INF; 2 CM DER; 2.5 CMS IZQ.
    MAXIMO:
    4 CM SUP; 3 CM INF; 3 CM DER, 4 CM IZQ.
    PAPEL BOND 36 KGS.
    TAMAÑO LETRA MINIMOS .21 CMS.
    ESPACIO ENTRE RENGLONES 1.5 O 2 CMS.
    Dibujos:
    tamaño de la hoja: A4 O CARTA
    Superficie utilizable: CARTA: 17.5 X 24.5 CMS A4 17 x 26.2 cms


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PATENTES                                                 LEGISLACIÓN
INVENCIONES



  MANTENIMIENTO DE LOS DERECHOS:
  “Los derechos que amparan las patentes y los
  registros caen en el dominio público por no
  cubrir el pago de anualidades”.




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PATENTES                                  LEGISLACIÓN
OBJETIVOS DE LAS PATENTES:                         INVENCIONES

   •Ofrecer protección
   •Evitar problemas legales
   •Facilitar la transferencia de tecnología a través de su
   licenciamiento.
   •Fomentar el desarrollo tecnológico con base en la
   información que contienen.
   •Ofrecer información sobre oferentes tecnológicos.
   •Ayudar a definir adecuadamente proyectos y líneas
   de investigación, con el propósito de ahorrar tiempo y
   dinero.


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PATENTES                                            LEGISLACIÓN
INVENCIONES
   ASPECTOS FUNDAMENTALES DEL
   SISTEMA DE PATENTES.
   •Duración de la protección.
   •Territorialidad (en cada país)
   •Alcance de la protección
   •Derecho de exclusividad
   •Derecho de licenciamiento.
   •Desarrollo tecnológico.


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PATENTES                                   LEGISLACIÓN
INVENCIONES
   ¿REIVINDICACIONES?

   El derecho conferido por la patente estará
   determinado por las reivindicaciones
   aprobadas. La descripción y los dibujos o,
   en su caso, el depósito de material
   biológico a que se refiere el artículo 47
   fracción I de esta ley, servirán para
   interpretarlas.

                                   M.C. David Martínez López
PATENTES                                 LEGISLACIÓN
REIVINDICACIONES                                          INVENCIONES

                                 * Claras y concisas.
                                 * Entendibles por si mismas.
  Características técnicas       * Si son alusiones a la
  Art. 43, 45 y 47 LPI           descripción ni a las figuras.

  Art. 29 RPI                     * No exceder lo contenido
                                  en la descripción.
                                 * Referidas a una sola
                                 invención.

  Determinan la protección de la invención y la delimitan con respecto
  al estado de la técnica.



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PATENTES                                                   LEGISLACIÓN
PAQUETE TECNOLÓGICO.                                   INVENCIONES

 Estructura      Funciones         Bienes            Capital
 Productiva      Sociales          Servicios         Consumo



  La tecnología es necesaria para cumplir con tales funciones
  se desarrolla y se adquiere mediante operaciones
  económicas.

  LA TECNOLOGIA TIENE UN PRECIO, ES UNA...



    MERCANCIA                       VALOR DE USO

                                    VALOR DE CAMBIO


                                               M.C. David Martínez López
PATENTES                                             LEGISLACIÓN
CIRCULO VITAL
                                        INVENCIONES

                    Inventar

           $$$ CAPITAL HUMANO


Proteger                            Explotar
              •DESARROLLOS
              •MEJORAS.




                  Vincular

                                M.C. David Martínez López
PATENTES                              LEGISLACIÓN
INVENCIONES
 ¿RIQUEZA O FAMA?

      Tangibles                           Intangibles
      (materiales)                        (inmateriales)
                               MERCADO                PROPIEDAD AUTORIAL
                Maq



                                                      (derechos de autor)
                               Clientela,
      e n os




                                                      PROPIEDAD INDUSTRIAL
                               contratos,
                    uina




                                                      Patentes, marcas, secretos,
                               participación en las
  Terr




                                                      información tecnológica
                               ventas del sector.
                         ria




                                                      INFRAESTRUCTURA
                               Know-how
                                                      Métodos y fortalezas
                               conocimientos y        Administrables y
                               destrezas
                                                      financieras
         Edificios



                                                             M.C. David Martínez López
PATENTES                                                           LEGISLACIÓN
ENTORNO TECNOLÓGICO.                         INVENCIONES

                            MERCADO LIMITADO

                            TECNOLOGÍA CON
                            LICENCIA                         Mercado
                                                             exclusivo
                        e
       no


                ero ía d
     aje




                                                       gía
            terc nolog
      do




                                                        o
  rc a




                                                     nol
                   s
              Te c
Me




                                                    Te c

                                                           pia
                                                       Pro
                                                             Mercado a
                                                             compartir
                             Tecnología de domino
                             público                         (regalías)

                              Mercado libre

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  LA PATENTE O REGISTO SON:

  Solo una más de las operaciones estratégicas
  de negocios como la investigación de
  mercados, diseño de productos, canales de
  distribución.




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   TRATADOS INTERNACIONALES.


   •Convenio De París.
   •Tratado de Cooperación de Materia de
   Patentes (PCT)




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  FECHA DE DIVULGACIÓN PREVIA.
  Protección temporal al divulgar o dar a
  conocer la invención por cualquier medio, 12
  meses antes de hacer la solicitud formal o
  depósito.
  El articulo 11 del convenio de París establece
  la protección temporal, la cual no extenderá el
  plazo del derecho de prioridad.


DIVULGACIÓN         DEPÓSITO             PRIORIDAD

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   FECHA DE PRESENTACIÓN ORIGINAL

   Reclamo de prioridad
   Solicitud de:        Plazo (meses)
   patente              12
   Modelo de utilidad
   Diseño industrial    6
   Signos distintivos

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   CARACTERÍSTICAS

   •La evaluación de examen de forma será a
   partir de la fecha de prioridad hacia atrás.
   •Protección de la invención en los países
   miembros del tratado (a conveniencia del
   solicitante).
   •Presentación y trato nacional.


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   ÁMBITOS DE APLICACIÓN.

   Principios fundamentales:
   •Normas jurídicas que derivan del convenio.
   •Trato nacional a extranjeros.
   •Regulación de cada país.




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   RESUMEN.
   Una solicitud seguida a los 6 ó 12 meses por múltiples
   solicitudes extranjeras reclamando prioridad:
   •Múltiples requisitos de forma
   •Múltiples búsquedas
   •Múltiples publicaciones
   •Múltiples exámenes y oposiciones de solicitudes
   •Traducciones y pago de tarifas nacionales.



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   OMPI
   •Organización       responsable      de          la
   administración del tratado
   •http://www.wipo.org/about-ip/es
   •http://www.wipo.org/pct/es/index.html




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Oficina Regional Norte




Instituto Mexicano de la Propiedad
             Industrial
          Oficina Regional Norte
ASPECTOS GENERALES DE LOS
    SIGNOS DISTINTIVOS
¿QUIÉNES PUEDEN
        SOLICITAR UNA MARCA?
• Art. 87 de la L.P.I:
“ Los industriales, comerciantes o prestadores de servicios podrán
hacer uso de marcas en la industria, en el comercio o en los
servicios que presten. Sin embargo, el derecho a su uso exclusivo
se obtiene mediante su registro en el IMPI.”


   • No es necesario el acreditamiento
   • Se encuentra limitado
   • Uso exclusivo
SIGNOS DISTINTIVOS



 MARCAS         AVISOS
              COMERCIALES




  NOMBRES     DENOMINACIONE
COMERCIALES    S DE ORIGEN
DEFINICIÓN DE
                    MARCA
                            “ Se entiende por marca a todo signo
Art. 88 de la L.P.I.:
                            visible que distinga productos o
                            servicios de otros de su misma
                            especie o clase en el mercado.”

              Supuestos:       • Todo Signo Visible
                               • Distinga, de su misma especie.

Concepto Doctrinal:     Genaro Góngora Pimentel: “ ... las marcas son los
                        signos utilizados por industriales, fabricantes o
                        prestadores de servicios, en las mercancías o
                        establecimientos objeto de su actividad, o en
                        aquellos medios capaces de presentarlos
                        gráficamente, para distinguirlos, singularizarlos,
                        individualizarlos; denotar su procedencia y calidad,
                        en su caso, de otros idénticos o de su misma
                        clase o especie”.
Concepto común:
                       UNA EMPRESA

  UN PRODUCTO               UN MEDIO DE
                          INDENTIFICACIÓN
         UNA PERSONA

     UNA IMAGEN           UN SERVICIO

UNA FUENTE DE     UN SLOGAN         UN VALOR
 INFORMACIÓN                        AÑADIDO

          UNA IMAGEN PUBLICITARIA

UN LOGOTIPO
                       UNA IDENTIDAD
FUNCIÓN DE LA
• Distintividad:
                      MARCA
               • Novedosa
               • Veraz
               • Creativa
• Individualizadora


• Apegada al interés público:
               • Evitar confundir o engañar al público
               consumidor
               • Evitar dañar el orden público o las
               buenas costumbres.
MARCAS
                 REGISTRABLES
• Todas las que no contravengan a la
L.P.I. Y en específico al artículo 90 del
mismo ordenamiento.
• Todo aquello que sea suficientemente
distintivo:
   • Denominaciones y figuras visibles.
   • Formas tridimensionales.
   •   Nombres       comerciales      y
   denominaciones o razones sociales.
   • El nombre propio de una persona
   física.
INCLUSIÓN DE MARCAS EN NOMBRES
Y/O DENOMINACIONES COMERCIALES
Art. 91 de la L.P.I.:
“ No podrá usarse ni formar parte del nombre comercial,
denominación o razón social de ningún establecimiento o
persona moral, una marca registrada o una semejante en grado
de confusión a otra marca previamente registrada, cuando :
I.- Se trate de establecimientos o personas morales cuya
actividad sea la producción, importación o comercialización de
bienes o servicios iguales o similares a los que se aplica la
marca registrada, y
II.- No exista consentimiento manifestado por escrito del titular
del registro de la marca o de quien tenga facultades para
hacerlo”.
CLASIFICACIÓN DE NIZA

•    Actualmente forman parte
    del Arreglo y han adoptado
    la clasificación: 72 países.


•    En el caso de México, éste
    adoptó la Clasificación
    Internacional en 1997.


• El 21 de Marzo del 2001
  se adhirió oficialmente al
  Arreglo de Niza.
                                   + CAMBIO
CLASIFICACIÓN INTERNACIONAL




        + CAMBIO
CLASIFICACIÓN INTERNACIONAL

PRINCIPIO DE ESPECIALIDAD




                  “Presidente”
CLASIFICACIÓN INTERNACIONAL

EXCEPCIÓN A LA
REGLA
MARCAS NOTORIAMENTE CONOCIDAS
TIPOS DE MARCAS
Marcas Nominativas:
Es el tipo de marca que permite
identificar un producto y su
origen mediante una palabra o     BENAVIDES
un conjunto de palabras.


Figurativas o Innominadas:
Son    aquellas   marcas    que
carecen de contenido fonético y
que        se       representan
gráficamente, a través de un
dibujo, logotipo o combinación
de colores. Se protege una
imagen.
TIPOS DE MARCAS

Marca Mixta:
Combina       palabras       con
elementos      figurativos     o
tridimensionales.

Marcas Tridimensionales:
Es el tipo de marca que protege
los envoltorios,empaques y
envases de los productos, si
estos resultan distintivos de
otros de su misma especie o
clase,es decir son aquellos que
cuentan                     con
volumen(altura,anchura        y
profundidad).
MARCA COLECTIVA

• Es el signo destinado a ser colocado en productos
  para indicar especialmente que ha sido elaborado o
  fabricado por un grupo de personas o en cierta
  localidad, región o país determinado.


• Concepto similar a denominación de origen, con la
  peculiaridad que permite una mayor flexibilidad de
  operación a menores costos.


• El titular de la marca colectiva puede ser una
  asociación o sociedad de productores, fabricantes,
  etc., e inclusive, el estado, si así lo permite la
  legislación nacional (Conferencia de Londres,
  1934).
MARCAS COLECTIVAS
AVISO COMERCIAL


Sirve para identificar las ideas con fines publicitarios, a
través de frases u oraciones que tengan por objeto
anunciar en forma sugestiva, ingeniosa o directa
productos o servicios.
CARACTERÍSTICAS DEL AVISO
        COMERCIAL
• Art. 101 de la L.P.I..- “ Si el aviso comercial tiene por
objeto anunciar productos o servicios, éstos
deberán especificarse en la solicitud de registro”.
• Art. 102 de la L.P.I..- “ Si el aviso comercial tiene por
objeto anunciar          algún      establecimiento      o
negociación, sean éstos de la naturaleza que fueren,
se considerará comprendido en una clase especial,
complementaria de la clasificación que establezca el
reglamento de esta Ley. El registro no amparará en
estos casos productos o servicios, aun cuando estén
relacionados con el establecimiento o negociación”.
NOMBRE COMERCIAL

Denominación que distingue a               establecimientos
comerciales, industriales o de servicios, dentro de la zona
donde esta establecida su clientela, respecto de otros
establecimientos de su mismo giro. El nombre comercial
solo es para distinguir establecimientos y no productos.
CARACTERÍSTICAS DEL NOMBRE
        COMERCIAL
• Presunción de adopción y uso: Publicación. (Art. 105
de la L.P.I.).
• Ámbito de protección:
   • zona geográfica.
   • clientela efectiva.
• Deberá de comprobarse el uso efectivo mediante
diferentes documentos (Art.107 de la L.P.I.).
   • Preferentemente Fe de Hechos.
DENOMINACIÓN DE
                ORIGEN
Es aquella que utilice el nombre de una región o un
lugar geográfico del país que sirva para designar un
producto originario del mismo, cuya calidad o
características se deben exclusivamente a los factores
naturales y humanos.
EXAMEN DE FORMA

Se    revisa  que     se
cumplan con todos los
requisitos establecidos
en la L.P.I. y su
reglamento. (Art. 119 de
la L.P.I.).
SOLICITUD DE REGISTRO DE
                         MARCA
                                                                                   Se deberá de precisar el
                                                                                    Se deberá de precisar el
                                                                                   signo distintivo el cual se
                                                                                    signo distintivo el cual se
                                                                                   desea proteger.
                                                                                    desea proteger.




                                                      Uso exclusivo Delegaciones y            Uso exclusivo del IMPI
                                                  Subdelegaciones de SECOFI y Oficinas
                                                          Regionales del IMPI
            X   Registro de Marca                                 Sello                         No. de expediente
Solicitud       Registro de Marca Colectiva
   de           Registro de Aviso Comercial
                Publicación de Nombre Comercial

                                                         No. de folio de entrada              No. de folio de entrada
            Los espacios
             Los espacios
            señalados son para
             señalados son para
            uso exclusivo de la
             uso exclusivo de la                       Fecha y hora de recepción           Fecha y hora de presentación
            ORN, no podrá
             ORN, no podrá
            ponerse ninguna
             ponerse ninguna
            letra oopalabra sobre
             letra palabra sobre
            ellos.
             ellos.
El solicitante, es la persona física oomoral que será
                                                        El solicitante, es la persona física moral que será
                                                       titular de la marca, puede existir copropiedad.
                                                        titular de la marca, puede existir copropiedad.

 I                                                    DATOS DEL (DE LOS) SOLICITANTE (S)
1) Nombre (s):      EMPRESAS DEL NORTE S.A. DE C.V.

2) Nacionalidad (es):    MEXICANA

3) Domicilio del primer solicitante; calle, número, colonia, código postal : PRIVADA NOGALAR 650, COLONIA DEL BOSQUE, C.P. 6700



      Población, Estado y País: SAN NICOLAS DE LOS GARZA MONTERREY NUEVO LEON ..
4) Teléfono (clave): 018 319-00-00            5) Fax (clave): 018 319-00-00                  6) E-mail: edelnorte@hotmail.com

 II                                                   DATOS DEL (DE LOS) APODERADO (S)
7) Nombre (s): FRANCISCO DE LOS SANTOS GONZÁLEZ                                                        8) R G P:

9) Domicilio; calle, número, colonia, código postal: PRIVADA NOGALAR 650, COLONIA DEL BOSQUE, C.P. 6700




      Población y Estado: SAN NICOLAS DE LOS GARZA MONTERREY NUEVO LEON
10) Teléfono (clave):018319-00-10             11) Fax (clave):018319-00-11                   12) E-mail: fdelossantos@hotmail.com




        En caso de que se cuente con un representante legal ooapoderado que sea quien firme la
         En caso de que se cuente con un representante legal apoderado que sea quien firme la
        solicitud.
         solicitud.
En este apartado se mencionará la
                                                                        En este apartado se mencionará la
                                                                       denominación ( (en su caso), del signo distintivo
                                                                        denominación en su caso), del signo distintivo
                                                                       aaproteger.
                                                                          proteger.



13) Signo distintivo:          PATITO Y DISEÑO

14) Tipo de marca:                                  Nominativa                   Innominada           Tridimensional         Mixta     X

15) Fecha de primer uso:                                                                      16) No se ha usado       X
                                              Día      Mes       Año

17) Clase:                 2   5            18) Producto(s) o servicio(s)                                19) Giro preponderante:
                                     (Sólo en caso de Marca o Aviso Comercial)                    (Sólo en caso de Nombre Comercial)

                                   ROPA, CALZADO Y SOBRERERIA

Solamente se podrá
 Solamente se podrá
poner una clase por
 poner una clase por
cada solicitud yypor lo
 cada solicitud por lo
que respecta aalos                                    Sí la marca es nueva se tachara el apartado de no se ha
                                                       Sí la marca es nueva se tachara el apartado de no se ha
 que respecta los
productos ooservicios,                                usado, en caso de tener una fecha de primer uso deberá
                                                       usado, en caso de tener una fecha de primer uso deberá
 productos servicios,
deberán de                                            de establecerse esta, siempre yycuando de ser necesario,
                                                       de establecerse esta, siempre cuando de ser necesario,
 deberán de
mencionarse, no                                       puedan confirmarlo.
                                                       puedan confirmarlo.
 mencionarse, no
podrán usar la frase:
 podrán usar la frase:
“toda la clase”.
 “toda la clase”.
Siempre que se establezca una fecha de primer uso deberá de existir un
                      Siempre que se establezca una fecha de primer uso deberá de existir un
                     establecimiento, en caso de que se eligiera el apartado de: “no se ha usado”- no
                      establecimiento, en caso de que se eligiera el apartado de: “no se ha usado”- no
                     es necesario que se señale un establecimiento.
                      es necesario que se señale un establecimiento.



En caso de
  En caso de                               Esta se reclama solo en caso de que alguna marca haya
que          las                            Esta se reclama solo en caso de que alguna marca haya
  que          las                         sido solicitada en otro país con anterioridad (Convenio de
etiquetas                                   sido solicitada en otro país con anterioridad (Convenio de
  etiquetas                                París).
contengan                                   París).
  contengan
leyendas que
  leyendas que
no se pueden
  no se pueden
registrar, oono
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sese van van aa
incluir en la
  incluir en la
denominación
  denominación
se reservaran
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en          este
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apartado.
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Ejs.:
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contenido                                                          Se deberá de pagar la etiqueta
  contenido                                                         Se deberá de pagar la etiqueta
neto,                                                              cumpliendo con las medidas
  neto,                                                             cumpliendo con las medidas
ingredientes,
  ingredientes,                                                    reglamentarias.
peso, hecho
  peso, hecho
                                                                    reglamentarias.
en México,
  en México,
Etc.
  Etc.                                                                    Todas las solicitudes
                                                                           Todas las solicitudes
                                                                          deberán contener firmas
                                                                           deberán contener firmas
                                                                          autógrafas en todas las
                                                                           autógrafas en todas las
                                                                          solicitudes de no ser así
                                                                           solicitudes de no ser así
                                                                          se desecharán.
                                                                           se desecharán.
EXAMEN DE FONDO
EXAMEN DE FONDO
Articulo 90 L.P.I.: No serán registrables como
marcas:
I.- Denominaciones, figuras o formas tridimensionales animadas o
cambiantes aun cuando se expresen de manera visible.




II.-
MARCAS NO PROHIBIDAS
      POR ESTA FRACCION

Término genérico con término distintivo:
  JEANS LEVIS para pantalones de mezclilla
  DON CAFÉ para servicios de cafetería
  HOTEL PRESIDENTE para hotel
Denominaciones con solo una parte de un genérico:
 ZAPA para calzado
  MAYO para mayonesa

Marcas evocativas:
 PANADERO para pan
MARCAS NO PROHIBIDAS
        POR ESTA FRACCION
Dos medias palabras genéricas:
    BEBIFRUT para bebida de fruta
    CHOCOMILK para leche con chocolate
    LIJASPONJA para una esponja con lija

Genéricos con prefijos o sufijos que los hagan distintivos:
  MEGAJEANS para vestuario
  MILECHE para leche
Genéricos con aumentativos o diminutivos que los hagan distintivos:
  CATSUPCITA para salsa catsup
  TORTILLINAS para tortilla
  CHOCOLATIUX para chocolates
MARCAS NO PROHIBIDAS
         POR ESTA FRACCION
Términos que no describen literalmente las características de los
productos:
Deformación de términos genéricos:
              PINOLOR para detergente líquido
              ENVOLPACK para película para envolver
Metáforas de características del producto:
               EL CABALLO DE ACERO para bicicleta
               FUERA GRASA para productos limpiadores
               BEBE COMFORT para vestuario de bebé

Características de productos que no las puedan tener:
                VELOZ para muebles
                COMODO para velas
MARCAS NO PROHIBIDAS
         POR ESTA FRACCION
Combinación caprichosa de dos términos descriptivos que tengan
distintividad:
      LAVAFACIL para detergente
      COCOCHOCO para chocolate con coco
Términos calificativos con carga valorativa:
      FABULOSO
      SUPREMO
      SENSACIONAL
Combinación de una palabra descriptiva con una distintiva:

    ARIEL BLANQUEADOR para detergente
    LALA CREMOSA para leche
    CURAPIES para zapatos
EXAMEN DE FONDO
III.-Las formas tridimensionales que no sean del dominio publico o que
se hayan hecho de uso común y aquellas que carezcan de originalidad
que las distinga fácilmente.



IV.-Las denominaciones, figuras o formas tridimensionales que
considerando el conjunto de sus características sean descriptivas,
incluyendo las palabras descriptivas o indicativas que en el comercio
sirvan para designar la especie, calidad, cantidad, composición, destino
valor, lugar de origen de los productos o la época de producción.
DERECHOS QUE OTORGA EL
  REGISTRO DE UNA MARCA

• USO EXCLUSIVO DE LA MARCA
• IMPEDIR EL USO NO AUTORIZADO
• TRANSMITIR LOS DERECHOS

                FUSION

                ESCISION

                LIQUIDACION
                FIDEICOMISO
DERECHOS QUE OTORGA EL
  REGISTRO DE UNA MARCA

• AUTORIZAR EL USO




• PERCIBIR REGALIAS
DERECHOS QUE OTORGA EL
  REGISTRO DE UNA MARCA

• CONSTITUIR GRAVAMENES

• RENOVAR EL DERECHO

• USO DE LEYENDAS
TERMINACION DE LA
       PROTECCION

NULIDAD

  CADUCIDAD

     CANCELACION
NULIDAD

•   En contravención de las disposiciones de esta Ley o la
    que hubiese estado vigente en la época de su registro.
•   Semejanza
•   Datos falsos contenidos en su solicitud;
•   Se haya otorgado por error, inadvertencia, o diferencia
    de apreciación, existiendo en vigor otro que se considere
    invadido...
•   El agente, el representante, el usuario o el distribuidor
    del titular de una marca registrada en el extranjero,
    solicite y obtenga el registro a su nombre...
CADUCIDAD

•    No solicitar la renovación
•    No cumplir los requisitos para renovar:
    – seis meses anteriores o posteriores                al
       vencimiento
•    No usar la marca
    –   no usar la marca durante tres años consecutivos.
    –   dejar de usar la marca por tres años consecutivos.
    –   no usar o dejar de usar la marca en los productos o
        servicios para los que fue registrada.
    –   no inscribir los convenios de licencia de uso.
CONTRATOS
TRANSMISION DE DERECHOS

       CONTRATOS

          DO                      OTRAS FORMAS
             N   AC
   N




                    I
  IO




                        ON         TESTAMENTO
   S
CE




                                       HERENCIA

                 TA                    LEGADO
            RAVEN
       COMP
CONTRATOS
FIGURAS MERCANTILES



                      FUSION


                      ESCISION


                      LIQUIDACION


                      FIDEICOMISO
CONTRATOS



No existe formalidad
establecida para los
contratos en la Ley de
la Propiedad Industrial,
la única formalidad, es
la señalada en la
legislación común.
CONTRATOS


Para que la marca sea oponible a terceros, debe ser
registrada ante el Instituto Mexicano de la Propiedad
Industrial.


       Al ser registrada,
       también se cumple
       con el principio de
       publicidad.
RECONOCIENDO MARCAS
RELIEVE ECONÓMICO:

Empresario
• La dieferncia entre vender y no vender, dependerá
  del talento y cratividad con que se ditingan (marca).
• Actualmente los consumidores buscan las marcas,
  más que a los productos o servicios.
• El prestigio y posicionamiento de una marca es el
  mejor vendedor que una empresa pueda tener, ya
  que atre por sí solo al comprador.
• Contando con una marca se puede obtener mayor
  fidelidad de los consumidores.
• Una marca valiosa da la pauta para incrementar
  precios. (Garantía de calidad).
RELIEVE ECONÓMICO:

 Consumidor
• Posibilidad de elegir los productos o servicios de
  su interés y predilección.
• Garantía de calidad
  – MR.
  – Competencia
• Status
• Variedad
IMPORTANCIA INTERNACIONAL:

Los derechos de Propiedad Industrial, ya no son un sector
jurídico para especialistas, atraen el interés de Foros
Económicos Internacionales:

   • Tratados Internacionales para preever la protección
     de derechos de Propiedad Intelectual.

   • Se ha creado una reforma de administración
     responsable: “Corresponde   al  empresario
     defender sus derechos en el mercado ”
PARA TENER UNA MARCA VALIOSA
 POSICIONAMIENTO:
 • PLANEACION      CONTINUA     DEL
 NEGOCIO
 • OBTENER EL REGISTRO (IMPI)

 • VIGILANCIA Y PROTECCION DE
 LOS DERECHOS
 • VISION INTERNACIONAL
 • CONOCIMIENTO PLENO DE LAS
 EXPECTATIVAS DEL CONSUMIDOR
 • MANTENER E INCREMENTAR        LA
 CALIDAD
 • MARKETING DE IMAGEN:
    • Publicidad
IMPACTO DEL MARKETING DE
        IMÁGENES
Derechos de Autor
¿ Que es el Derecho de Autor ?



El derecho de autor es el reconocimiento que
hace el Estado a favor de todo creador de
obras literarias y artísticas, para que goce de
privilegios exclusivos. Y esta conformado por
dos tipos de derechos, el moral y patrimonial.



                       LEGISLACION         _____________________


                                     M.C. DAVID MARTNEZ LOPEZ
Diferencia entre Derecho de Autor
Y Propiedad Industrial
“En la medida que las obras apuntan a la satisfacción de
sentimientos estéticos o tienen que ver con el campo del
conocimiento y de la cultura en general, las reglas que
las protegen integran la propiedad intelectual en un
sentido estricto o de derechos de autor...
En cambio, si la actividad del intelecto humano se aplica
a la búsqueda de soluciones concretas de problemas
específicos en el campo de la industria y del comercio, o
a la selección de medios diferenciadores de
establecimientos, mercancías y servicios, entonces los
actos son objeto de propiedad industrial.”
Derecho Moral y Derecho Patrimonial

El derecho moral se considera unido al autor, es por ello
que no puede ser objeto de transmisión alguna y no
prescribe con el paso del tiempo, consiste en el derecho
de divulgación, paternidad,integridad,modificación y
retracto.
En cambio el derecho patrimonial, si se puede transmitir,
tiene una vigencia de la vida del autor y cien años
después de su muerte y consiste en la facultad que tiene
el autor de explotar su obra por si o por otros
( reproducción, comunicación publica, ejecución o
representación publica.)
                           LEGISLACION         _____________________


                                         M.C. DAVID MARTNEZ LOPEZ
Registro Publico del Derecho de Autor

Principales funciones


*Autoriza o niega los registros de obras y otros
documentos.
*Tiene a su cargo el archivo y resguardo de las obras y
documentos registrados.
*Autoriza anotaciones marginales
*Substancia la apertura del sobre que contenga los
datos de identificación del autor de obra bajo
seudónimo.                 LEGISLACION     _____________________


                                           M.C. DAVID MARTNEZ LOPEZ
Registro Publico del Derecho de Autor

Su objeto busca dos finalidades:
*Garantizar la seguridad jurídica de:
Autores, titulares de derechos conexos y titulares de
derechos patrimoniales respectivos y sus
causahabientes.
*Dar una adecuada publicidad a las obras, actos y
documentos a través de su inscripción.



                           LEGISLACION         _____________________


                                         M.C. DAVID MARTNEZ LOPEZ
¿ Que obras se pueden registrar?

*Literarias, musicales con o sin letra;
*Programas de computo, de radio, de televisión;
*De danza y dramáticas;
*Pictóricas o de dibujo, caricaturas o historietas;
*Escultóricas y de carácter plástico;
*Arquitectónicas, fotográficas;
*Cinematográficas y demás obras audiovisuales;
*De arte aplicado incluyendo diseño grafico o textil; y
*De compilación             LEGISLACION         _____________________


                                          M.C. DAVID MARTNEZ LOPEZ
¿ Sabia usted que...?


*Cualquier creador de obras literarias, científicas,
musicales y artísticas es considerado “AUTOR”
*No es necesario que se registre una obra para que
goce de la protección que el Estado le brinda.
*El registro de una obra literaria o artística no debe de
negarse ni suspenderse bajo el supuesto de ser
contraria a la moral, al respeto a la vida privada o al
orden publico, salvo por sentencia judicial. Ni son
pretexto de algún motivo político, ideológico, o
documentario.
                            LEGISLACION         _____________________


                                          M.C. DAVID MARTNEZ LOPEZ
¿ Sabia usted que...?

•Cuando dos o mas personas soliciten la inscripción
de una misma obra, esta se inscribirá en los términos
de la primera solicitud prejuicio del derecho de
impugnación de registro.
•Las inscripciones en el registro establecen la
presunción de ser ciertos los hechos y actos que en
ellas consten, salvo prueba en contrario.
• Toda inscripción deja a salvo los derechos de
terceros. Si surge controversia, los efectos de la
inscripción quedaran suspendidos en tanto que se
pronuncie resolución firme por autoridad competente.
                         LEGISLACION         _____________________


                                       M.C. DAVID MARTNEZ LOPEZ
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  • 1. OBJETIVO Que el innovador conozca la importancia de realizar búsquedas tecnológicas, así como algunas estrategias y bases de datos disponibles para obtener información relacionada con su innovación o campo de estudio, particularmente en documentos de patente, y el uso que puede hacer de las mismas. © Alberto Toxqui Terán 1
  • 2. FUENTES DE INFORMACION  Contacto directo: con otros técnicos, científicos, ingenieros, empresarios o profesionales de un sector dado.  Obras de Consulta: Información Resumida  Libros Técnicos: Aproximación más detallada de la información  Revistas técnicas y científicas; Memorias; Tesis; Ferias; Exposiciones; Congresos; Patentes: Nivel Técnico Especializado 2 © Alberto Toxqui Terán
  • 3. ¿Por qué buscar Información Tecnológica en Patentes?  Información no divulgada en otro tipo de literatura  Información reciente  Información tecnológica avanzada y especializada  Presentan un resumen, una clasificación, y datos bibliográficos  Información detallada de la aplicación práctica en la industria  Información no secreta  Presentan diferencias de lo nuevo de lo ya conocido  Disponibilidad en bases de datos © Alberto Toxqui Terán 3
  • 4. Información de Patentes  FUENTE DOCUMENTAL  COMPLETA.  ACCESIBLE.  MANEJABLE.  PRACTICA.  ACTUALIZADA  Más de 40 millones de documentos © Alberto Toxqui Terán 4
  • 5. ¿Qué influencia tienen las Patentes en el Ámbito Técnico y Científico?  Indicadores del Desarrollo Industrial  Elementos para Evaluar la Dinámica Económica  Indicadores de la capacidad innovadora  Elementos para monitorear la competencia doméstica o extranjera © Alberto Toxqui Terán 5
  • 6. Ventajas de buscar en patentes Evaluar Programas de Investigación y Desarrollo (I+D) Evaluar y Determinar la Novedad y Actividad Inventiva de la invención Como auxiliar en la redacción de una Evitar la Duplicidad de Esfuerzos patente © Alberto Toxqui Terán 6
  • 7. Ventajas de buscar en patentes Ayudar a superar dificultades encontradas en ciertas etapas técnicas de una tecnología. Investigar las líneas de investigación de la competencia © Alberto Toxqui Terán 7
  • 8. Ventajas de buscar en patentes Evitar invadir derechos vigentes Conocer la situación jurídica de determinadas patentes, para llevar a cabo negociaciones en materia de licencias Identificar tecnologías de “LIBRE USO” © Alberto Toxqui Terán 8
  • 9. Ventajas de buscar en patentes Conocer tecnología de Dominio público Al concluir la vigencia de la patente (o caducar), la invención puede ser explotada por cualquier persona interesada, sin incurrir en infracción Industria Nacional Universidades, La información contenida en las Tecnológicos o Centros patentes puede emplearse en de Investigación actividades no comerciales de manera “libre” en cualquier momento © Alberto Toxqui Terán 9
  • 10. PATENTES FARMACEUTICAS En el corto plazo los derechos de patente de algunos medicamentos expiraran, los cuales tienen un valor aproximado de 100 mil millones de dolares (Claritin de Shering-Plough, Prozac de Eli Lilly, Pepcid de Merck, etc.) Las ventas totales de medicamentos por año en México son de 7500 millones de dolares. El mercado de los genéricos intercambiables ocupa el 5 por ciento total del ramo. © Alberto Toxqui Terán 10
  • 11. ¿Cómo buscar en patentes?  Datos Bibliográficos  Datos Técnicos © Alberto Toxqui Terán 11
  • 12. ¿Cómo buscar en patentes?  Datos Bibliográficos  Datos Técnicos © Alberto Toxqui Terán 12
  • 13. Número de Patente I.M.P.I. Clasificación Internacional Número de Solicitud Título de la Patente © Alberto Toxqui Terán 13
  • 14. U.S.P.T.O Título de la Patente Clasificación Internacional Número de Patente . Número de Solicitud © Alberto Toxqui Terán 14
  • 15. O.E.P. Denota que es una solicitud Número de Solicitud Clasificación Internacional Prioridad reclamada Título de la Patente Resumen © Alberto Toxqui Terán 15
  • 16. SIMBOLISMO PARA LA CLASIFICACION INTERNACIONAL DE PATENTES (C.I.P.) A 01 B 1/00 Sección Clase Subclase Grupo/Subgrupo • http://www.wipo.int/classifications/fulltext/new_ipc/index.htm • http://www.uspto.gov/go/classification/ • http://www.dagostini.it/patclass/patclass/ Acuerdo de Estrasburgo • http://www.ibiblio.org/patents/ • http://www.hpo.hu/english/classifications/locarno/enmn01.htm © Alberto Toxqui Terán 16
  • 17. SECCIONES DE LA C.I.P. A: NECESIDADES CORRIENTES DE LA VIDA B: TÉCNICAS INDUSTRIALES DIVERSAS; TRANSPORTES C: QUÍMICA; METALURGIA D: TEXTILES; PAPEL E: CONSTRUCCIONES FIJAS F: MECÁNICA; ILUMINACIÓN; CALEFACCIÓN; ARMAMENTO; VOLADURA G: FÍSICA H: ELECTRICIDAD 8 secciones, 118 clases, 624 subclases y más de 67.000 grupos. © Alberto Toxqui Terán 17
  • 18. SUBSECCIONES DE LA C. I. P. A: NECESIDADES CORRIENTES DE LA VIDA SECCIÓN A Necesidades Humanas  4 SUBSECCIONES.  ACTIVIDADES RURALES.  ALIMENTACIÓN Y TABACO.  OBJETOS PERSONALES O DOMÉSTICOS.  SALUD, PROTECCIÓN, DIVERSIONES. © Alberto Toxqui Terán 18
  • 19. CLASES DE LA C. I. P. Subdivisión de secciones  Número de dos dígitos (después de la letra de sección) Indicación del alcance SUBSECCIÓN: ALIMENTACIÓN Y TABACO 4 CLASES:  A21 PANADERIA; PASTAS ALIMENTICIAS.  A22 CARNICERIA, TRATAMIENTO DE LA CARNE, TRATAMIENTO DE AVES DE CORRAL O DEL PESCADO.  A23 ALIMENTOS O PRODUCTOS ALIMENTICIOS; SU TRATAMIENTO NO CUBIERTO POR OTRAS CLASES.  A24 TABACO, PUROS, CIGARILLOS, ARTICULOS PARA FUMADORES. 19 © Alberto Toxqui Terán
  • 20. SUBCLASES DE LA C. I. P. Subdivisión de clases  Una letra (después de los símbolos de sección y clase) Precisión más exacta del alcance  Ejemplo (de la clase A21)  A21 PANADERIA, PASTAS ALIMENTICIAS 3 SUBCLASES: • A21B HORNOS DE PANADERIA, MAQUINAS O MATERIAL DE HORNEADO • A21C MAQUINAS O MATERIAL PARA LA PREPARACIÓN O TRATAMIENTO DE LA PASTA;MANIPULACIÓN DE ARTÍCULOS COCIDOS HECHOS A BASE DE PASTA • A21D TRATAMIENTO CONSERVACIÓN DE LA HARINA O DE LA PASTA, COCCIÓN, PRODUCTOS DE PANADERIA, CONSERVACIÓ. © Alberto Toxqui Terán 20
  • 21. GRUPOS DE LA C. I. P. Subdivisión de subclases Símbolo numérico (después de los símbolos de sección, clase y subclase) Exacta definición del alcance nn/mm (nn/00, grupo principal) Ejemplo (de la subclase A21B) A21B HORNOS DE PANADERIA, MAQUINAS O MATERIAL DE HORNEADO 5 Grupos Principales: 1/00, 2/00, 3/00, 5/00 y 7/00 A21B 1/00 Hornos de panadería (Grupo Principal A21B 1/00)  19 Subgrupos A21B 1/02 . caracterizados por los dispositivos para la calefacción A21B 1/04 .. hornos calentados por fuego solamente antes de la cocción A21B 1/06 .. hornos calentados por radiadores A21B 1/08 ... por radiadores calentados por vapor © Alberto Toxqui Terán 21
  • 22. ¿Cómo buscar en patentes?  Datos Técnicos  Título y/o Resumen, o Texto Completo  Palabras Clave (descriptores)  Objetivo o ventajas o aplicaciones técnicas de la invención  Descripción técnica (definición de la invención y sus partes más relevantes) © Alberto Toxqui Terán 22
  • 23. ¿Cómo buscar en patentes? PARTES DE UN DOCUMENTO DE  Datos PATENTE Bibliográficos  Portada  Título y Resumen  Descripción  Reivindicaciones Datos  Dibujos Técnico  Informe de búsqueda (EP o WO) s © Alberto Toxqui Terán 23
  • 24. ¿Cómo buscar en patentes? Palabras Claves Español u otro idioma SINÓNIMOS TECNICISMOS NOMBRES COMUNES (Y/O QUIMICOS) © Alberto Toxqui Terán 24
  • 25. VENTAJAS:  SENCILLA, INTUITIVA, FLEXIBLE. BUSQUEDA  INCONVENIENTES: POR  INFLUENCIA DE PALABRAS UTILIZADAS EN LA SOLICITUD DE PATENTE. PALABRAS  PALABRAS O EXPRESIONES DIFERENTES PARA EL CLAVES MISMO OBJETO.  PALABRAS O EXPRESIONES SIMILARES PARA DIFERENTES OBJETOS.  ERRORES DE ORTOGRAFIA O DIFERENCIAS (US, GB)  VENTAJAS:  INSTRUMENTO EFICAZ DE BUSQUEDA PARA LA BUSQUEDA RECUPERACION DE DOCUMENTOS DE PATENTE UTILIZANDO  BUSQUEDA LIMITADA A UN GRUPO DE C.I.P. DOCUMENTOS ALTAMENTE RELACIONADOS CON EL CAMPO TECNICO.  INCONVENIENTES:  CLASIFICACION CORRECTA.  AMBIGUEDAD EN LA CLASIFICACION. © Alberto Toxqui Terán 25
  • 26. ¿Cómo buscar en patentes? Herramientas para realizar una búsqueda COMODINES OPERADORES FECHAS DE DE PROXIMIDAD PUBLICACIÓN OPERADORES LÓGICOS O BOOLEANOS © Alberto Toxqui Terán 26
  • 27. Comodines *: Sustituye número ilimitado de caracteres; bote* bote; botella; botellón; botes; botellones ?: Sustituye un carácter; ben?eno: benceno benzeno $: Sustituye 1 ó 0 caracteres; proceso$: proceso o procesos © Alberto Toxqui Terán 27
  • 28. Operadores Lógicos o Booleanos Y: Por lo menos dos palabras A Y B claves. Botella y tapa, A ∩ B O: Cualquier palabra de las dos. A O B Botella o tapa, A U B NO: Una palabra no deberá estar N presente en el resultado. A O B Botella sin tapa, A NO B © Alberto Toxqui Terán 28
  • 29.  Usar O (or) para añadir conceptos.  Eliminar conceptos. Búsquedas de  Usar texto completo (free-text) o alta Recuperación  Eliminar limitaciones.  Utilizar Y (and) al añadir conceptos.  Utilizar vocabulario controlado. Búsquedas de alta Precisión  Buscar solo en títulos o resúmenes.  Buscar según idioma, año de publicación, etc. © Alberto Toxqui Terán 29
  • 30. Operadores de Proximidad Indican la cercanía o lejanía de las palabras sin importa si la referencia se encuentra a la derecha o izquierda Frase exacta:respeta una cadena de caracteres Universidad Autónoma de Nuevo León Frase adyacente: una palabra debe estar junto a otra Champú acondicionador Fechas de Publicación El usar un intervalo de fechas es útil cuando se desea delimitar una búsqueda en un período determinado 30 © Alberto Toxqui Terán
  • 31. Bases de Datos Accesibles a través de Internet Oficina Americana de Patentes y Marcas (U.S.P.T.O.) http://patft.uspto.gov Oficina Europea de Patentes (E.P.O.) http://ep.espacenet.com/ Oficina Alemana de Patentes http://www.depatisnet.de/ Oficina Japonesa de Patentes (PAJ) http://www.ipdl.jpo.go.jp/homepg_e.ipdl © Alberto Toxqui Terán 31
  • 32. © Alberto Toxqui Terán 32
  • 33. © Alberto Toxqui Terán 33
  • 34. © Alberto Toxqui Terán 34
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  • 37. © Alberto Toxqui Terán 37
  • 38. © Alberto Toxqui Terán 38
  • 39. © Alberto Toxqui Terán 39
  • 40. © Alberto Toxqui Terán 40
  • 41. © Alberto Toxqui Terán 41
  • 42. © Alberto Toxqui Terán 42
  • 43. No. de solicitud Traducción de japonés a inglés Partes del documento a traducir © Alberto Toxqui Terán 43
  • 44. Bases de Datos Accesibles a través de Internet Metabuscador de Patentes de Singapur http://www.surfip.com/ Oficina Española de Patentes y Marcas http://www.oepm.es/internet/bases_datos/inven.htm Banco Nacional de Patentes (México) http://banapanet.impi.gob.mx/impi/welcome.pl © Alberto Toxqui Terán 44
  • 45. Búsqueda Básica Por Campos Palabras en Título y/o Resumen brush tooth No. de solicitud US5316027 Nombre de la Compañía Oral Logic Nombre del Inventor Ronald Klinkhammer Recomendaciones: Uso de comodín y operadores brush* and (tooth or dental*) Identificación del País US, EP, WO, MX, ES, JP © Alberto Toxqui Terán 45
  • 46. Búsqueda Avanzada Por Secuencia de Comandos y Palabras Claves Uso de operadores booleanos y paréntesis (A o B o C) y (E o F o G) y (L o M o N) Uso de operadores comodines (truncación final) USPTO: $ Espacenet y Banapanet: * Depatis: ? España (OEPM): + © Alberto Toxqui Terán 46
  • 47. Búsqueda Avanzada Por Secuencia de Comandos y Palabras Claves Problema: Conocer si existe un asador desechable con carbón integrado. Palabras Claves: asador, desechable y carbón Secuencias sugeridas: USPTO: abst/(spit$ or gril$) and abst/disposable$ and abst/coal$ Depatis: AB=((spit? or gril?) and disposable? and coal?) Espacenet: (spit* or gril*) and disposable* and coal* Titulo y Banapanet: Asador* y desechable* y carb?n* Resumen OEPM: Asador+ y desechable+ y carb?n+ © Alberto Toxqui Terán 47
  • 48. Bases adicionales para investigar a través de Internet Medline (artículos) http://www.ncbi.nlm.nih.gov/ Ingenta (artículos) http://www.ingenta.com/ Chemfinder (nomenclatura química) http://www.chemfinder.com/ Google (información en general) http://www.google.com.mx/ © Alberto Toxqui Terán 48
  • 49. PERFECCIONAMIENT O DE LA BUSQUEDA  CONOCIMIENTO BASICO DEL CAMPO TECNICO DE LA INVENCION  COMBINACION DE PALABRAS CLAVES Y HERRAMIENTAS PARA MAXIMIZAR LA EFECTIVIDAD DE LA BUSQUEDA  MANEJO OPERACIONAL DE LAS BASES DE DATOS © Alberto Toxqui Terán 49
  • 50. PROPIEDAD INTELECTUAL M.C. David Martínez López PROPIEDAD INTELECTUAL LEGISLACIÓN
  • 51. IMPORTANCIA DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL “La Propiedad Intelectual es una figura jurídica creada por el gobierno y de la cual sólo se benefician las compañías transnacionales” La revolución tecnológica La globalización El valor monetario de los Activos Intangibles Los convenios y Tratados Comerciales en la materia. Los beneficios de la Propiedad Industrial Las necesidades de reprimir practicas de comercio ilícitas. M.C. David Martínez López PROPIEDAD INTELECTUAL LEGISLACIÓN
  • 52. ANTECEDENTES HISTÓRICOS…  Indicaciones Geográficas: En Francia (S.XIII) edicto prohibía usar la palabra SAISSON en toneles de vino AUXERRES (ambas regiones de Francia) Invenciones En Florencia (S.XV) “Privilegio temporal para usar por 3 años en forma exclusiva un diseño para transportar mármol a la Catedral” Derecho de hacer y usar En 1952, Galileo Galilei solicito “privilegio” o derecho de hacer y usar maquina que le había implicado grandes gastos “propiedad común de todos” Delito En Inglaterra,1623 condenaría a la horca a quien se atreviera a innovar proceso de fabricación de medios. M.C. David Martínez López PROPIEDAD INTELECTUAL LEGISLACIÓN
  • 53. ANTECEDENTES HISTÓRICOS…  Titulo Derechos Reales adquiridos a finales del S.XVIII Derechos de Autor Su protección Imprenta Signos Distintivos Sello En México S. XVI el Virrey “Privilegio de exclusividad en la explotación” a Miguel Pérez Alemán, Molino de agua M.C. David Martínez López PROPIEDAD INTELECTUAL LEGISLACIÓN
  • 54. ANTECEDENTES LEGALES…  Disposiciones Constitucionales de México Articulo 28 “En los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios, las practicas monopólicas, los estancos y las exenciones de impuestos en los términos y condiciones que fijan las leyes. El mismo tratamiento se dará a las prohibiciones a titulo de protección a la industria” No obstante, con posterioridad hace un señalamiento aplicable al contexto de la Propiedad Intelectual: “Tampoco constituyen monopolios los privilegios por determinado tiempo se conceden a los autores y artistas para la protección de sus obras y los que para el uso exclusivo de sus inventos, se otorguen a los inventos y perfeccionadores de alguna mejora” M.C. David Martínez López PROPIEDAD INTELECTUAL LEGISLACIÓN
  • 55. ANTECEDENTES LEGALES…  Disposiciones Constitucionales en México Artículo 73 “X .- Legislar en toda la República sobre hidrocarburos, minería, industria, cinematográfica, comercio, juegos con apuestas y sorteos, intermediación y servicios financieros, energía eléctrica nuclear y para expedir las leyes del trabajo reglamentarias del articulo 123” “XXIX – F Expedir leyes tendientes a la promoción de la inversión mexicana, la regulación de la inversión extranjera, la transferencia de tecnología y la generación , difusión y aplicación de los conocimientos científicos y tecnológicos que requiere el desarrollo nacional”. M.C. David Martínez López PROPIEDAD INTELECTUAL LEGISLACIÓN
  • 56. ANTECEDENTES LEGALES Propiedad Industrial Derechos de Autor Decreto de las cortes españolas del  Ordenes Reales de los años 1763 y 1764 2 de Octubre de 1820 primeras normas jurídicas Ley sobre Derecho de Propiedad de Decreto sobre la Propiedad literaria en los Inventores o Perfeccionadores de 1864 algún ramo de la industria 7 de mayo En 1928, El código Civil, distingue la de 1832 propiedad común de la P.I. Estableciendo Ley de Patentes de Invención o el “Derecho de Autor” perfeccionamiento de 7 de junio 1890 En 1947 Ley Federal de Derecho de Código de Comercio que protege las Autor marcas (artículos 1418 a 1423) 20 de En 1956, Ley Federal sobre el Derecho abril de 1884 de Autor De 1884 a 1903 se expiden 4 leyes Reforma en 1963 Ley de Invención en 1903 Reforma en 1991 Ley de Propiedad industrial de 1942 M.C. David Martínez López PROPIEDAD INTELECTUAL LEGISLACIÓN
  • 57. ANTECEDENTES LEGALES EN MÉXICO  En 1976 Ley de Invenciones y Marcas. En 1987 reforma de Incorporación de la represión de la competencia desleal Junio de 1991 Ley de Fomento y Protección de la Propiedad Industrial. Reformas de 1994 (anexo reformas) Ley Federal de Variedades Reforma en 1998 ( Titulo Quinto bis) Vegetales Diciembre de 1996 se presenta la iniciativa de una reforma profunda a la LFDA 25 de marzo de 1997 entra en vigor la Ley Federal de Derechos de Autor M.C. David Martínez López PROPIEDAD INTELECTUAL LEGISLACIÓN
  • 58. RELEVANCIA INTERNACIONAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL  Necesidad de un régimen internacional para la protección de Invenciones Convenio de Paris Anexo 5 OMPI Arreglos y Convenios Multilaterales (anexo 6) Tratados (anexo 7) M.C. David Martínez López PROPIEDAD INTELECTUAL LEGISLACIÓN
  • 59. MARCO ADMINISTRATIVO MEXICANO EN MATERIA DE P.I.  Antecedentes SECOFI Dirección General de Desarrollo Tecnológico La SEP Dirección General de Derechos de Autor Atribuciones LFDA Articulo 118  Situación Actual En Derechos de Autor En Propiedad Industrial M.C. David Martínez López PROPIEDAD INTELECTUAL LEGISLACIÓN
  • 60. FACTORES PARA LA CREACIÓN  Políticas gubernamentales Descentralización del Gobierno Federal Plan Nacional de Desarrollo (1994 – 2000) Incremento en la demanda de servicios del IMPI en la Republica Mexicana. Necesidad de Modernización Tecnológica en el País. Programa Federal intensivo en atención a PyMes. M.C. David Martínez López PROPIEDAD INTELECTUAL LEGISLACIÓN
  • 61. FACTORES  Desconocimiento en materia de Propiedad Intelectual  Asesoría limitada en la presentación y seguimiento de tramites (Concentrada en el DF )  Manifestación de conflictos sobre Derechos de Propiedad Industrial fuera del alcance de la Oficina Central. M.C. David Martínez López PROPIEDAD INTELECTUAL LEGISLACIÓN
  • 62. ANEXO 1 DEFINICIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL  Los activos intelectuales que  Conjunto de reglas, conceptos y reciben protección legal se principios implicados en el intelecto denominan Propiedad Intelectual. humano. Creación de obras artísticas, científicas, industriales y comerciales. Capital Intelectual Protegidas por la facultad que el Estado otorga. Tiempo y circunstancias Recursos Activos determinadas. Humanos Intelectuales Usen, exploten o licencien. Obras, Invenciones, Signos Distintivos. Capital Estructural M.C. David Martínez López PROPIEDAD INTELECTUAL LEGISLACIÓN
  • 63. ANEXO 1.1 ASPECTOS CONCEPTUALES DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL  Incluye dos conceptos el Público y el Privado Existencia Independiente de su protección No todos los productos intelectuales son susceptibles de protección bajo Propiedad Intelectual. Marca fronteras de protección en 2 ramas: Propiedad Industrial Propiedad Autoral (Derechos de Autor) M.C. David Martínez López PROPIEDAD INTELECTUAL LEGISLACIÓN
  • 64. ANEXO 2 DEFINICIÓN DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL  Instrumento: Es un conjunto de reglas, conceptos y principios relativos a las Actividades del Intelecto. Buscan: soluciones concretas a problemas específicos. A través: Medios diferenciales de Establecimientos, Mercancías o Servicios. Mediante: protección de un derecho Patrimonial que otorga el Estado. Carácter: exclusivo Temporalidad: por un tiempo determinado Territorialidad: Protección únicamente en la República Mexicana. Fin: Proteger y Distinguir. M.C. David Martínez López PROPIEDAD INTELECTUAL LEGISLACIÓN
  • 65. ANEXO 3 DEFINICIÓN DE DERECHOS DE AUTOR  Instrumento : es un conjunto de normas jurídicas Regulan: Protección de obras artísticas o literarias. Otorgadas por : El Estado a autores Contenido: Moral y patrimonial. Derivado : Derechos Conexos. M.C. David Martínez López PROPIEDAD INTELECTUAL LEGISLACIÓN
  • 66. ANEXO 4 UNIVERSO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL PROPIEDAD INDUSTRIAL … Invenciones • Patente • Modelo de Utilidad • Diseño Industrial - Dibujo - Modelo • Circuitos Integrados • Secretos Industriales Signos Distintivos • Marca, Nombre y Aviso Comercial • Indicaciones Geográficas -Marca Colectiva - Denominación de Origen M.C. David Martínez López PROPIEDAD INTELECTUAL LEGISLACIÓN
  • 67. ANEXO 4 UNIVERSO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL PROPIEDAD INDUSTRIAL Derechos de Autor Otras Obras Obras Autorales • Símbolos Patrios • Literarias • Expresiones Culturales • Musicales Populares • Plásticas y Graficas • Audiovisuales • Cinematográficas • Programas de Computación y Base de Datos M.C. David Martínez López PROPIEDAD INTELECTUAL LEGISLACIÓN
  • 68. MARCAS NECESIDAD: distinguir al ganado SOLUCION: impresión de sellos característicos símbolos hechos de metal. RESULTADOS: reducción del robo de ganado. MARCAR: a los animales, concepto que utiliza actualmente, pero ahora en los productos y servicios que vemos diariamente. M.C. David Martínez López PROPIEDAD INTELECTUAL LEGISLACIÓN
  • 69. REFORMAS 1994 “Ley de la Propiedad Industrial” Se extienden los Requisitos de novedad absoluta Divulgación Previa Protección de 1 año a partir del acontecimiento. En Patente no procederán derechos adicionales para solicitudes previamente presentadas en el extranjero. Efectuarse los pagos por los servicios que presta el IMPI, únicamente en dos ocasiones. Se definen los únicos supuestos respecto de los cuales no se otorgaran patentes. Se armonizaran los principios de libre competencia con los derechos de propiedad industrial. Se le otorgan las facultades de autoridad administrativa al IMPI M.C. David Martínez López PROPIEDAD INTELECTUAL LEGISLACIÓN
  • 70. PRINCIPALES DISPOSICIONES DE LA LFDA  Se crea el Instituto nacional del Derecho de Autor (INDA) Se incorpora la protección de las obras culturales populares Se modifica el nombre de las sociedades de artistas a sociedades de gestión colectiva. Se incorporan las infracciones en materia de comercio Se refuerzan en general, las disposiciones para reprimir la reproducción y ejecución no autorizada de obras protegidas por esta Ley. Los contratos inscritos en el Registro Público del Derecho de autor producirán efectos contra terceros. M.C. David Martínez López PROPIEDAD INTELECTUAL LEGISLACIÓN
  • 71. LEY FEDERAL DE VARIEDADES VEGETALES  Publicada: 25 de Octubre de 1996 Administrada por : la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y alimentación. A través de : El SNICS Objeto: Protección de los derechos de Obtentores Vegetales. Definición: Obtentor M.C. David Martínez López PROPIEDAD INTELECTUAL LEGISLACIÓN
  • 72. NECESIDAD DE UN REGIMEN INTERNACIONAL  El desarrollo Industrial en el siglo pasado El Intercambio mercantil en el mundo La realización de ferias industriales 1ra reunión en 1873 Viena 1878 en Paris 1880 Conferencia de Paris 1883 surgiendo La Unión Internacional para la Protección de la Propiedad Industrial Definición de principios suficientemente elásticos 2 principios El trato Nacional El Derecho de Prioridad M.C. David Martínez López PROPIEDAD INTELECTUAL LEGISLACIÓN
  • 73. CONVENIO DE PARÍS  En 1883, once países suscribieron el “Convenio de Paris” Para la Protección de la Propiedad Industrial Finalidad proteger a sus nacionales México se adhirió al convenio original 7 de septiembre de 1903 Aprobó el acta de Estocolmo ( ultima reforma ) el 26 de julio de 1976 Al 1º de enero de 1992, 103 países habían aprobado el acta de Estocolmo. M.C. David Martínez López PROPIEDAD INTELECTUAL LEGISLACIÓN
  • 74. CONVENIO DE PARÍS  Tiene 4 principios fundamentales: Trato nacional Prioridad Independencia Agotamiento del derecho de patente M.C. David Martínez López PROPIEDAD INTELECTUAL LEGISLACIÓN
  • 75. ARREGLOS Y CONVENIOS MULTILATERALES… • Arreglo de Lisboa relativo a la Protección de las denominaciones de origen y su registro internacional. Vigente en México desde enero de 2001. • Arreglo de Locarno que establece una clasificación para los dibujos y modelos industriales. Vigente en México desde enero de 2001. • Acuerdo de Viena por el que se establece una clasificación internacional de los elementos figurativos de las marcas. Vigente en México desde enero de 2001. M.C. David Martínez López PROPIEDAD INTELECTUAL LEGISLACIÓN
  • 76. ARREGLOS Y CONVENIOS MULTILATERALES… •Convenio de París para la protección de la propiedad industrial. Vigente en México desde julio de 1976. •Tratado de Nairobi sobre la Protección del símbolo Olímpico. Vigente en México desde mayo de 1985. •Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT). Vigente en México desde enero de 1995. •Acuerdo de los Aspectos de los Derechos de Propiedad intelectual relacionados con el comercio Anexo 1C del acuerdo de Marrakech por el que se establece la OMC. Vigente en México desde enero de 2000. M.C. David Martínez López PROPIEDAD INTELECTUAL LEGISLACIÓN
  • 77. ARREGLOS Y CONVENIOS MULTILATERALES •Arreglo de Niza Relativo a la clasificación internacional de productos y servicios para el registro de marcas. Vigente en México desde marzo de 2001. •Tratado de Budapest sobre el reconocimiento internacional de depósito de microorganismos. Vigente en México desde marzo de 2001. •Arreglo e Estrasburgo relativo a la clasificación internacional de patentes. Vigente en México desde octubre de 2001. M.C. David Martínez López PROPIEDAD INTELECTUAL LEGISLACIÓN
  • 78. TRATADOS INTERNACIONALES A la fecha se han firmado 11 tratados de libre comercio que contiene un capitulo de propiedad intelectual: •TLC con América del Norte. (1994) •TLC con Costa Rica (1995) •TLC con Venezuela y Colombia (1995) •TLC con Bolivia (1995) •TLC con Nicaragua (1998) •TLC con Chile (1999) •TLC con la Unión Europea (2000) •TLC con Israel (2000) •TLC con la EFTA (2001) •TLC con Honduras, Guatemala y el Salvador. (2001) •TLC con Uruguay. (2001) M.C. David Martínez López PROPIEDAD INTELECTUAL LEGISLACIÓN
  • 79. ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL •Organismo especializado de las Naciones Unidas, creado en 1967 con el fin de fomentar la cooperación internacional para la protección de la propiedad intelectual. •La OMPI administra hoy 23 tratados (dos de ellos con otras organizaciones internacionales). •La organización también crea leyes modelo para que las adopten los países en desarrollo. •179 países son miembros de la OMPI. M.C. David Martínez López PROPIEDAD INTELECTUAL LEGISLACIÓN
  • 80. MARCO ADMINISTRATIVO (DA) •INDA  SEP Atribuciones  LFDA reformada artículo 208 •MARCO JURIDICO •Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos. •Ley Federal del Derecho de Autor. •Reglamento de la Ley Federal de derechos de autor. •Reglamento interior de INDAUTOR. •Reglamento interior de la Secretaría de Educación Pública. •Acuerdos y Circulares. •Convenios internacionales. M.C. David Martínez López PROPIEDAD INTELECTUAL LEGISLACIÓN
  • 81. MARCO ADMINISTRATIVO (DA) •Dirección del Registro Público del Derecho de Autor. •Dirección de Reservas de INDAUTOR derechos. Dirección General •Dirección Jurídica. •Dirección de protección contra la violación del derecho de autor. •Dirección de Arbitraje. M.C. David Martínez López PROPIEDAD INTELECTUAL LEGISLACIÓN
  • 82. MARCO ADMINISTRATIVO (PI) •IMPI •Atribuciones  LPI artículo 6º •Marco Jurídico •Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos. •Ley de la Propiedad Industrial •Reglamento de la ley de la propiedad industrial •Decreto por el que se reforma el reglamento de la LPI. •Decreto por el que se crea el IMPI. •Reglamento del IMPI •Acuerdo para la creación de Oficinas Regionales. •Convenios internacionales. M.C. David Martínez López PROPIEDAD INTELECTUAL LEGISLACIÓN
  • 83. MARCO ADMINISTRATIVO (PI) •Coordinación de Planeación Estratégica •Dirección divisional de Asuntos Jurídicos IMPI •Dirección General Adjunta de la Dirección General. Propiedad industrial •Dirección General Adjunta de los servicios de apoyo. •Dirección Divisional de Oficinas regionales. M.C. David Martínez López PROPIEDAD INTELECTUAL LEGISLACIÓN
  • 84. MARCO ADMINISTRATIVO (PI) •Dirección Divisional de Patentes. IMPI •Dirección divisional de Marcas. Dirección General Adjunta de la Propiedad •Dirección Divisional de Industrial. Protección a la propiedad intelectual. M.C. David Martínez López PROPIEDAD INTELECTUAL LEGISLACIÓN
  • 85. MARCO ADMINISTRATIVO (PI) •Dirección Divisional de Sistemas y Tecnología de la Información. IMPI •Dirección y división de Dirección General Promoción y Servicios de Adjunta de los Servicios información Tecnológica. de Apoyo. •Dirección divisional de Relaciones Internacionales. M.C. David Martínez López PROPIEDAD INTELECTUAL LEGISLACIÓN
  • 86. PATENTES M.C. David Martínez López LEGISLACIÓN
  • 87. INVENCIONES FIGURAS JURÍDICAS: •PATENTE •REGISTRO DE MODELO DE UTILIDAD •REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIAL •LOS SECRETOS INDUSTRIALES. M.C. David Martínez López PATENTES LEGISLACIÓN
  • 88. INVENCIONES ¿QUÉ INVENTAR? Transformar algo en algo + novedoso + inventivo + comercializable M.C. David Martínez López PATENTES LEGISLACIÓN
  • 89. INVENCIONES PATENTES. Serían patentables las invenciones que sean nuevas, resultando de una actividad inventiva y susceptibles de aplicación industrial, en los términos de esta ley. M.C. David Martínez López PATENTES LEGISLACIÓN
  • 90. INVENCIONES EXCLUSIONES A LA PATENTABILIDAD: •Los procesos esencialmente biológicos para la producción, reproducción y propagación de plantas y animales. •El material biológico y genético tal como se encuentra en la naturaleza. •Las razas animales •El cuerpo humano y las partes vivas que lo componen. •Las variedades vegetales. → M.C. David Martínez López PATENTES LEGISLACIÓN
  • 91. INVENCIONES EXCLUSIONES A LA PATENTABILIDAD: • Los principios teóricos o científicos. • Los descubrimientos que consistan en dar a conocer o revelar algo que ya existía en la naturaleza, aún cuando anteriormente fuese desconocido para el hombre. •Los esquemas, planes, reglas y métodos para realizar actos mentales, juegos o negocios y los métodos matemáticos. → M.C. David Martínez López PATENTES LEGISLACIÓN
  • 92. INVENCIONES EXCLUSIONES A LA PATENTABILIDAD: •Los programas de computación •Las formas de presentación de la información •Las creaciones estéticas y las obras artísticas o literarias. •Los métodos de tratamiento quirúrgico, terapéutico o de diagnostico aplicables al cuerpo humano y los relativos a animales. •La yuxtaposición de invenciones conocidas. M.C. David Martínez López PATENTES LEGISLACIÓN
  • 93. INVENCIONES PUEDE PROTEGER: •Un producto y el proceso concebido para su fabricación o utilización. •Un proceso y el aparato o medio concebido especialmente para su aplicación. •Un producto determinado, un proceso especialmente concebido para su fabricación y un aparato o medio especialmente concebido para su aplicación. M.C. David Martínez López PATENTES LEGISLACIÓN
  • 94. PUEDE PROTEGER: INVENCIONES Compuesto o familias de compuestos PRODUCTO Aleaciones Materiales Métodos de preparación Ruta de síntesis PROCESO Condiciones de operación Etapas de proceso Equipo de procesos APARATO Instrumentos de medición Instrumentos de control de proceso USO Aplicación industrial o comercial de un producto M.C. David Martínez López PATENTES LEGISLACIÓN
  • 95. INVENCIONES MODELOS DE UTILIDAD Serán registrables los modelos de utilidad que sean nuevos y susceptibles de aplicación industrial. M.C. David Martínez López PATENTES LEGISLACIÓN
  • 96. INVENCIONES PUEDE PROTEGER: Mejoras a un objeto: •Modificaciones •Estructura •Funcionalidad •Utilidad de las ventajas. M.C. David Martínez López PATENTES LEGISLACIÓN
  • 97. INVENCIONES DISEÑOS INDUSTRIALES Se consideran nuevos los diseños que sean de creación independiente y difieran en grado significativo de diseños conocidos o de combinaciones de características conocidas de diseño. Se dividen en: Dibujos Industriales y Modelos Industriales M.C. David Martínez López PATENTES LEGISLACIÓN
  • 98. INVENCIONES DIBUJOS INDUSTRIALES Toda combinación de figuras líneas o colores que se incorporen a un producto industrial con fines de ornamentación que le den un aspecto peculiar y propio. M.C. David Martínez López PATENTES LEGISLACIÓN
  • 99. INVENCIONES MODELOS INDUSTRIALES Constituidos por toda forma tridimensional que sirva de tipo o patrón para la fabricación de un producto industrial, que le dé apariencia especial en cuanto no implique efectos técnicos. M.C. David Martínez López PATENTES LEGISLACIÓN
  • 100. INVENCIONES PUEDE PROTEGER: Características visuales de ornamentación: •Estampados •Tridimensionales. M.C. David Martínez López PATENTES LEGISLACIÓN
  • 101. INVENCIONES SECRETOS INDUSTRIALES: Información confidencial referente a productos, procesos de producción o medios de distribución o comercialización de productos o servicios. M.C. David Martínez López PATENTES LEGISLACIÓN
  • 102. INVENCIONES SECRETOS INDUSTRIALES: La información debe significar obtener o mantener una ventaja competitiva o económica frente a terceros en la realización de actividades económicas. M.C. David Martínez López PATENTES LEGISLACIÓN
  • 103. INVENCIONES SECRETOS INDUSTRIALES: La información no puede ser del dominio público o bien resultar evidente de la información previamente disponible o que sea publicada por disposición legal o por orden judicial. M.C. David Martínez López PATENTES LEGISLACIÓN
  • 104. INVENCIONES SECRETOS INDUSTRIALES: La información deberá ser guardada o constar en documentos, medios electrónicos o magnéticos, microfilmes u otros instrumentos similares. M.C. David Martínez López PATENTES LEGISLACIÓN
  • 105. INVENCIONES SECRETOS INDUSTRIALES: •La persona que guarde un secreto industrial podrá transmitirla o autorizar su uso a un tercero. •Las condiciones de confidencialidad se precisarán en convenios por los que se transmita la información del secreto industrial. M.C. David Martínez López PATENTES LEGISLACIÓN
  • 106. INVENCIONES SECRETOS INDUSTRIALES: El ejemplo más conocido de secreto industrial lo encontramos en la fórmula de la Coca-cola, gaseosa cuya fórmula, sin estar protegida por una patente, ha logrado mantenerse en secreto por casi dos siglos. M.C. David Martínez López PATENTES LEGISLACIÓN
  • 107. INVENCIONES SECRETOS INDUSTRIALES: •Información confidencial de aplicación industrial o comercial. •Representa ventaja económica frente a terceros. •Adoptar medios para preservar la confidencialidad y el acceso restringido a dicha información. M.C. David Martínez López PATENTES LEGISLACIÓN
  • 108. INVENCIONES DIVULGACIÓN PREVIA La divulgación de una invención no afectará la novedad: •Si esta fue hecha dentro de los doce meses previos a la fecha de presentación de la solicitud de patente (depósito), por el inventor o su causahabiente. •Debiéndose presentar la documentación comprobatoria. M.C. David Martínez López PATENTES LEGISLACIÓN
  • 109. LISTA DE VERIFICACIÓN INVENCIONES PARA OTORGAR FECHA DE PRESENTACIÓN: 1. FORMATO DE SOLICITUD, FIRMA AUTÓGRAFA. 2. COMPROBANTE DE PAGO DE LA TARIFA. 3. DESCRIPICIÓN 4. REIVINDICACIONES 5. DIBUJOS (EN SU CASO), SI SON PROVISIONALES, 2 MESES PARA PRESENTAR LOS DEFINITIVOS, SIN MEDIAR OFICIO, (31 DEL REGLAMENTO) 6. RESUMEN POSTERIORMENTE PODRA PRESENTAR: 7. PODER 8. CESIÓN 9. CONSTANCIA DE DEPÓSITO DE MATERIAL BIOLÓGICO 10. DOCUMENTO DE PRIORIDAD (3 MESES), SIN MEDIAR OFICIO. 11. TRADUCCIONES (2 MESES DE PLAZO AUTOM.) SIN MEDIAR OFICIO 12. DOCUMENTO COMPROBATORIO DE DIVULGACIÓN PREVIA. M.C. David Martínez López PATENTES LEGISLACIÓN
  • 110. INVENCIONES ELEMENTOS DE LA SOLICITUD •Antecedentes •Titulo •Ventajas •Descripción de la invención •Descripción de figuras •Reivindicaciones •Características técnicas •Dibujos (si se requieren para la comprensión de la invención) •Resumen de la descripción de la invención. M.C. David Martínez López PATENTES LEGISLACIÓN
  • 111. REQUISITOS FORMALES: INVENCIONES Descripción, reivindicaciones, resumen: Tamaños de la hoja: CARTA (21.5 x 28 cms) o A4 (21 y 29.7 cms) Márgenes: MINIMO: 2 CM SUP; 2 CM INF; 2 CM DER; 2.5 CMS IZQ. MAXIMO: 4 CM SUP; 3 CM INF; 3 CM DER, 4 CM IZQ. PAPEL BOND 36 KGS. TAMAÑO LETRA MINIMOS .21 CMS. ESPACIO ENTRE RENGLONES 1.5 O 2 CMS. Dibujos: tamaño de la hoja: A4 O CARTA Superficie utilizable: CARTA: 17.5 X 24.5 CMS A4 17 x 26.2 cms M.C. David Martínez López PATENTES LEGISLACIÓN
  • 112. INVENCIONES MANTENIMIENTO DE LOS DERECHOS: “Los derechos que amparan las patentes y los registros caen en el dominio público por no cubrir el pago de anualidades”. M.C. David Martínez López PATENTES LEGISLACIÓN
  • 113. OBJETIVOS DE LAS PATENTES: INVENCIONES •Ofrecer protección •Evitar problemas legales •Facilitar la transferencia de tecnología a través de su licenciamiento. •Fomentar el desarrollo tecnológico con base en la información que contienen. •Ofrecer información sobre oferentes tecnológicos. •Ayudar a definir adecuadamente proyectos y líneas de investigación, con el propósito de ahorrar tiempo y dinero. M.C. David Martínez López PATENTES LEGISLACIÓN
  • 114. INVENCIONES ASPECTOS FUNDAMENTALES DEL SISTEMA DE PATENTES. •Duración de la protección. •Territorialidad (en cada país) •Alcance de la protección •Derecho de exclusividad •Derecho de licenciamiento. •Desarrollo tecnológico. M.C. David Martínez López PATENTES LEGISLACIÓN
  • 115. INVENCIONES ¿REIVINDICACIONES? El derecho conferido por la patente estará determinado por las reivindicaciones aprobadas. La descripción y los dibujos o, en su caso, el depósito de material biológico a que se refiere el artículo 47 fracción I de esta ley, servirán para interpretarlas. M.C. David Martínez López PATENTES LEGISLACIÓN
  • 116. REIVINDICACIONES INVENCIONES * Claras y concisas. * Entendibles por si mismas. Características técnicas * Si son alusiones a la Art. 43, 45 y 47 LPI descripción ni a las figuras. Art. 29 RPI * No exceder lo contenido en la descripción. * Referidas a una sola invención. Determinan la protección de la invención y la delimitan con respecto al estado de la técnica. M.C. David Martínez López PATENTES LEGISLACIÓN
  • 117. PAQUETE TECNOLÓGICO. INVENCIONES Estructura Funciones Bienes Capital Productiva Sociales Servicios Consumo La tecnología es necesaria para cumplir con tales funciones se desarrolla y se adquiere mediante operaciones económicas. LA TECNOLOGIA TIENE UN PRECIO, ES UNA... MERCANCIA VALOR DE USO VALOR DE CAMBIO M.C. David Martínez López PATENTES LEGISLACIÓN
  • 118. CIRCULO VITAL INVENCIONES Inventar $$$ CAPITAL HUMANO Proteger Explotar •DESARROLLOS •MEJORAS. Vincular M.C. David Martínez López PATENTES LEGISLACIÓN
  • 119. INVENCIONES ¿RIQUEZA O FAMA? Tangibles Intangibles (materiales) (inmateriales) MERCADO PROPIEDAD AUTORIAL Maq (derechos de autor) Clientela, e n os PROPIEDAD INDUSTRIAL contratos, uina Patentes, marcas, secretos, participación en las Terr información tecnológica ventas del sector. ria INFRAESTRUCTURA Know-how Métodos y fortalezas conocimientos y Administrables y destrezas financieras Edificios M.C. David Martínez López PATENTES LEGISLACIÓN
  • 120. ENTORNO TECNOLÓGICO. INVENCIONES MERCADO LIMITADO TECNOLOGÍA CON LICENCIA Mercado exclusivo e no ero ía d aje gía terc nolog do o rc a nol s Te c Me Te c pia Pro Mercado a compartir Tecnología de domino público (regalías) Mercado libre M.C. David Martínez López PATENTES LEGISLACIÓN
  • 121. PCT - EASY LA PATENTE O REGISTO SON: Solo una más de las operaciones estratégicas de negocios como la investigación de mercados, diseño de productos, canales de distribución. M.C. David Martínez López PATENTES LEGISLACIÓN
  • 122. PCT - EASY TRATADOS INTERNACIONALES. •Convenio De París. •Tratado de Cooperación de Materia de Patentes (PCT) M.C. David Martínez López PATENTES LEGISLACIÓN
  • 123. PCT - EASY FECHA DE DIVULGACIÓN PREVIA. Protección temporal al divulgar o dar a conocer la invención por cualquier medio, 12 meses antes de hacer la solicitud formal o depósito. El articulo 11 del convenio de París establece la protección temporal, la cual no extenderá el plazo del derecho de prioridad. DIVULGACIÓN DEPÓSITO PRIORIDAD M.C. David Martínez López PATENTES LEGISLACIÓN
  • 124. PCT - EASY FECHA DE PRESENTACIÓN ORIGINAL Reclamo de prioridad Solicitud de: Plazo (meses) patente 12 Modelo de utilidad Diseño industrial 6 Signos distintivos M.C. David Martínez López PATENTES LEGISLACIÓN
  • 125. PCT - EASY CARACTERÍSTICAS •La evaluación de examen de forma será a partir de la fecha de prioridad hacia atrás. •Protección de la invención en los países miembros del tratado (a conveniencia del solicitante). •Presentación y trato nacional. M.C. David Martínez López PATENTES LEGISLACIÓN
  • 126. PCT - EASY ÁMBITOS DE APLICACIÓN. Principios fundamentales: •Normas jurídicas que derivan del convenio. •Trato nacional a extranjeros. •Regulación de cada país. M.C. David Martínez López PATENTES LEGISLACIÓN
  • 127. PCT - EASY RESUMEN. Una solicitud seguida a los 6 ó 12 meses por múltiples solicitudes extranjeras reclamando prioridad: •Múltiples requisitos de forma •Múltiples búsquedas •Múltiples publicaciones •Múltiples exámenes y oposiciones de solicitudes •Traducciones y pago de tarifas nacionales. M.C. David Martínez López PATENTES LEGISLACIÓN
  • 128. PCT - EASY OMPI •Organización responsable de la administración del tratado •http://www.wipo.org/about-ip/es •http://www.wipo.org/pct/es/index.html M.C. David Martínez López PATENTES LEGISLACIÓN
  • 129. Oficina Regional Norte Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial Oficina Regional Norte
  • 130. ASPECTOS GENERALES DE LOS SIGNOS DISTINTIVOS
  • 131. ¿QUIÉNES PUEDEN SOLICITAR UNA MARCA? • Art. 87 de la L.P.I: “ Los industriales, comerciantes o prestadores de servicios podrán hacer uso de marcas en la industria, en el comercio o en los servicios que presten. Sin embargo, el derecho a su uso exclusivo se obtiene mediante su registro en el IMPI.” • No es necesario el acreditamiento • Se encuentra limitado • Uso exclusivo
  • 132. SIGNOS DISTINTIVOS MARCAS AVISOS COMERCIALES NOMBRES DENOMINACIONE COMERCIALES S DE ORIGEN
  • 133. DEFINICIÓN DE MARCA “ Se entiende por marca a todo signo Art. 88 de la L.P.I.: visible que distinga productos o servicios de otros de su misma especie o clase en el mercado.” Supuestos: • Todo Signo Visible • Distinga, de su misma especie. Concepto Doctrinal: Genaro Góngora Pimentel: “ ... las marcas son los signos utilizados por industriales, fabricantes o prestadores de servicios, en las mercancías o establecimientos objeto de su actividad, o en aquellos medios capaces de presentarlos gráficamente, para distinguirlos, singularizarlos, individualizarlos; denotar su procedencia y calidad, en su caso, de otros idénticos o de su misma clase o especie”.
  • 134. Concepto común: UNA EMPRESA UN PRODUCTO UN MEDIO DE INDENTIFICACIÓN UNA PERSONA UNA IMAGEN UN SERVICIO UNA FUENTE DE UN SLOGAN UN VALOR INFORMACIÓN AÑADIDO UNA IMAGEN PUBLICITARIA UN LOGOTIPO UNA IDENTIDAD
  • 135. FUNCIÓN DE LA • Distintividad: MARCA • Novedosa • Veraz • Creativa • Individualizadora • Apegada al interés público: • Evitar confundir o engañar al público consumidor • Evitar dañar el orden público o las buenas costumbres.
  • 136. MARCAS REGISTRABLES • Todas las que no contravengan a la L.P.I. Y en específico al artículo 90 del mismo ordenamiento. • Todo aquello que sea suficientemente distintivo: • Denominaciones y figuras visibles. • Formas tridimensionales. • Nombres comerciales y denominaciones o razones sociales. • El nombre propio de una persona física.
  • 137. INCLUSIÓN DE MARCAS EN NOMBRES Y/O DENOMINACIONES COMERCIALES Art. 91 de la L.P.I.: “ No podrá usarse ni formar parte del nombre comercial, denominación o razón social de ningún establecimiento o persona moral, una marca registrada o una semejante en grado de confusión a otra marca previamente registrada, cuando : I.- Se trate de establecimientos o personas morales cuya actividad sea la producción, importación o comercialización de bienes o servicios iguales o similares a los que se aplica la marca registrada, y II.- No exista consentimiento manifestado por escrito del titular del registro de la marca o de quien tenga facultades para hacerlo”.
  • 138. CLASIFICACIÓN DE NIZA • Actualmente forman parte del Arreglo y han adoptado la clasificación: 72 países. • En el caso de México, éste adoptó la Clasificación Internacional en 1997. • El 21 de Marzo del 2001 se adhirió oficialmente al Arreglo de Niza. + CAMBIO
  • 140. CLASIFICACIÓN INTERNACIONAL PRINCIPIO DE ESPECIALIDAD “Presidente”
  • 141. CLASIFICACIÓN INTERNACIONAL EXCEPCIÓN A LA REGLA MARCAS NOTORIAMENTE CONOCIDAS
  • 142. TIPOS DE MARCAS Marcas Nominativas: Es el tipo de marca que permite identificar un producto y su origen mediante una palabra o BENAVIDES un conjunto de palabras. Figurativas o Innominadas: Son aquellas marcas que carecen de contenido fonético y que se representan gráficamente, a través de un dibujo, logotipo o combinación de colores. Se protege una imagen.
  • 143. TIPOS DE MARCAS Marca Mixta: Combina palabras con elementos figurativos o tridimensionales. Marcas Tridimensionales: Es el tipo de marca que protege los envoltorios,empaques y envases de los productos, si estos resultan distintivos de otros de su misma especie o clase,es decir son aquellos que cuentan con volumen(altura,anchura y profundidad).
  • 144. MARCA COLECTIVA • Es el signo destinado a ser colocado en productos para indicar especialmente que ha sido elaborado o fabricado por un grupo de personas o en cierta localidad, región o país determinado. • Concepto similar a denominación de origen, con la peculiaridad que permite una mayor flexibilidad de operación a menores costos. • El titular de la marca colectiva puede ser una asociación o sociedad de productores, fabricantes, etc., e inclusive, el estado, si así lo permite la legislación nacional (Conferencia de Londres, 1934).
  • 146. AVISO COMERCIAL Sirve para identificar las ideas con fines publicitarios, a través de frases u oraciones que tengan por objeto anunciar en forma sugestiva, ingeniosa o directa productos o servicios.
  • 147. CARACTERÍSTICAS DEL AVISO COMERCIAL • Art. 101 de la L.P.I..- “ Si el aviso comercial tiene por objeto anunciar productos o servicios, éstos deberán especificarse en la solicitud de registro”. • Art. 102 de la L.P.I..- “ Si el aviso comercial tiene por objeto anunciar algún establecimiento o negociación, sean éstos de la naturaleza que fueren, se considerará comprendido en una clase especial, complementaria de la clasificación que establezca el reglamento de esta Ley. El registro no amparará en estos casos productos o servicios, aun cuando estén relacionados con el establecimiento o negociación”.
  • 148. NOMBRE COMERCIAL Denominación que distingue a establecimientos comerciales, industriales o de servicios, dentro de la zona donde esta establecida su clientela, respecto de otros establecimientos de su mismo giro. El nombre comercial solo es para distinguir establecimientos y no productos.
  • 149. CARACTERÍSTICAS DEL NOMBRE COMERCIAL • Presunción de adopción y uso: Publicación. (Art. 105 de la L.P.I.). • Ámbito de protección: • zona geográfica. • clientela efectiva. • Deberá de comprobarse el uso efectivo mediante diferentes documentos (Art.107 de la L.P.I.). • Preferentemente Fe de Hechos.
  • 150. DENOMINACIÓN DE ORIGEN Es aquella que utilice el nombre de una región o un lugar geográfico del país que sirva para designar un producto originario del mismo, cuya calidad o características se deben exclusivamente a los factores naturales y humanos.
  • 151. EXAMEN DE FORMA Se revisa que se cumplan con todos los requisitos establecidos en la L.P.I. y su reglamento. (Art. 119 de la L.P.I.).
  • 152. SOLICITUD DE REGISTRO DE MARCA Se deberá de precisar el Se deberá de precisar el signo distintivo el cual se signo distintivo el cual se desea proteger. desea proteger. Uso exclusivo Delegaciones y Uso exclusivo del IMPI Subdelegaciones de SECOFI y Oficinas Regionales del IMPI X Registro de Marca Sello No. de expediente Solicitud Registro de Marca Colectiva de Registro de Aviso Comercial Publicación de Nombre Comercial No. de folio de entrada No. de folio de entrada Los espacios Los espacios señalados son para señalados son para uso exclusivo de la uso exclusivo de la Fecha y hora de recepción Fecha y hora de presentación ORN, no podrá ORN, no podrá ponerse ninguna ponerse ninguna letra oopalabra sobre letra palabra sobre ellos. ellos.
  • 153. El solicitante, es la persona física oomoral que será El solicitante, es la persona física moral que será titular de la marca, puede existir copropiedad. titular de la marca, puede existir copropiedad. I DATOS DEL (DE LOS) SOLICITANTE (S) 1) Nombre (s): EMPRESAS DEL NORTE S.A. DE C.V. 2) Nacionalidad (es): MEXICANA 3) Domicilio del primer solicitante; calle, número, colonia, código postal : PRIVADA NOGALAR 650, COLONIA DEL BOSQUE, C.P. 6700 Población, Estado y País: SAN NICOLAS DE LOS GARZA MONTERREY NUEVO LEON .. 4) Teléfono (clave): 018 319-00-00 5) Fax (clave): 018 319-00-00 6) E-mail: edelnorte@hotmail.com II DATOS DEL (DE LOS) APODERADO (S) 7) Nombre (s): FRANCISCO DE LOS SANTOS GONZÁLEZ 8) R G P: 9) Domicilio; calle, número, colonia, código postal: PRIVADA NOGALAR 650, COLONIA DEL BOSQUE, C.P. 6700 Población y Estado: SAN NICOLAS DE LOS GARZA MONTERREY NUEVO LEON 10) Teléfono (clave):018319-00-10 11) Fax (clave):018319-00-11 12) E-mail: fdelossantos@hotmail.com En caso de que se cuente con un representante legal ooapoderado que sea quien firme la En caso de que se cuente con un representante legal apoderado que sea quien firme la solicitud. solicitud.
  • 154. En este apartado se mencionará la En este apartado se mencionará la denominación ( (en su caso), del signo distintivo denominación en su caso), del signo distintivo aaproteger. proteger. 13) Signo distintivo: PATITO Y DISEÑO 14) Tipo de marca: Nominativa Innominada Tridimensional Mixta X 15) Fecha de primer uso: 16) No se ha usado X Día Mes Año 17) Clase: 2 5 18) Producto(s) o servicio(s) 19) Giro preponderante: (Sólo en caso de Marca o Aviso Comercial) (Sólo en caso de Nombre Comercial) ROPA, CALZADO Y SOBRERERIA Solamente se podrá Solamente se podrá poner una clase por poner una clase por cada solicitud yypor lo cada solicitud por lo que respecta aalos Sí la marca es nueva se tachara el apartado de no se ha Sí la marca es nueva se tachara el apartado de no se ha que respecta los productos ooservicios, usado, en caso de tener una fecha de primer uso deberá usado, en caso de tener una fecha de primer uso deberá productos servicios, deberán de de establecerse esta, siempre yycuando de ser necesario, de establecerse esta, siempre cuando de ser necesario, deberán de mencionarse, no puedan confirmarlo. puedan confirmarlo. mencionarse, no podrán usar la frase: podrán usar la frase: “toda la clase”. “toda la clase”.
  • 155. Siempre que se establezca una fecha de primer uso deberá de existir un Siempre que se establezca una fecha de primer uso deberá de existir un establecimiento, en caso de que se eligiera el apartado de: “no se ha usado”- no establecimiento, en caso de que se eligiera el apartado de: “no se ha usado”- no es necesario que se señale un establecimiento. es necesario que se señale un establecimiento. En caso de En caso de Esta se reclama solo en caso de que alguna marca haya que las Esta se reclama solo en caso de que alguna marca haya que las sido solicitada en otro país con anterioridad (Convenio de etiquetas sido solicitada en otro país con anterioridad (Convenio de etiquetas París). contengan París). contengan leyendas que leyendas que no se pueden no se pueden registrar, oono registrar, no sese van van aa incluir en la incluir en la denominación denominación se reservaran se reservaran en este en este apartado. apartado. Ejs.: Ejs.: contenido Se deberá de pagar la etiqueta contenido Se deberá de pagar la etiqueta neto, cumpliendo con las medidas neto, cumpliendo con las medidas ingredientes, ingredientes, reglamentarias. peso, hecho peso, hecho reglamentarias. en México, en México, Etc. Etc. Todas las solicitudes Todas las solicitudes deberán contener firmas deberán contener firmas autógrafas en todas las autógrafas en todas las solicitudes de no ser así solicitudes de no ser así se desecharán. se desecharán.
  • 157. EXAMEN DE FONDO Articulo 90 L.P.I.: No serán registrables como marcas: I.- Denominaciones, figuras o formas tridimensionales animadas o cambiantes aun cuando se expresen de manera visible. II.-
  • 158. MARCAS NO PROHIBIDAS POR ESTA FRACCION Término genérico con término distintivo: JEANS LEVIS para pantalones de mezclilla DON CAFÉ para servicios de cafetería HOTEL PRESIDENTE para hotel Denominaciones con solo una parte de un genérico: ZAPA para calzado MAYO para mayonesa Marcas evocativas: PANADERO para pan
  • 159. MARCAS NO PROHIBIDAS POR ESTA FRACCION Dos medias palabras genéricas: BEBIFRUT para bebida de fruta CHOCOMILK para leche con chocolate LIJASPONJA para una esponja con lija Genéricos con prefijos o sufijos que los hagan distintivos: MEGAJEANS para vestuario MILECHE para leche Genéricos con aumentativos o diminutivos que los hagan distintivos: CATSUPCITA para salsa catsup TORTILLINAS para tortilla CHOCOLATIUX para chocolates
  • 160. MARCAS NO PROHIBIDAS POR ESTA FRACCION Términos que no describen literalmente las características de los productos: Deformación de términos genéricos: PINOLOR para detergente líquido ENVOLPACK para película para envolver Metáforas de características del producto: EL CABALLO DE ACERO para bicicleta FUERA GRASA para productos limpiadores BEBE COMFORT para vestuario de bebé Características de productos que no las puedan tener: VELOZ para muebles COMODO para velas
  • 161. MARCAS NO PROHIBIDAS POR ESTA FRACCION Combinación caprichosa de dos términos descriptivos que tengan distintividad: LAVAFACIL para detergente COCOCHOCO para chocolate con coco Términos calificativos con carga valorativa: FABULOSO SUPREMO SENSACIONAL Combinación de una palabra descriptiva con una distintiva: ARIEL BLANQUEADOR para detergente LALA CREMOSA para leche CURAPIES para zapatos
  • 162. EXAMEN DE FONDO III.-Las formas tridimensionales que no sean del dominio publico o que se hayan hecho de uso común y aquellas que carezcan de originalidad que las distinga fácilmente. IV.-Las denominaciones, figuras o formas tridimensionales que considerando el conjunto de sus características sean descriptivas, incluyendo las palabras descriptivas o indicativas que en el comercio sirvan para designar la especie, calidad, cantidad, composición, destino valor, lugar de origen de los productos o la época de producción.
  • 163. DERECHOS QUE OTORGA EL REGISTRO DE UNA MARCA • USO EXCLUSIVO DE LA MARCA • IMPEDIR EL USO NO AUTORIZADO • TRANSMITIR LOS DERECHOS FUSION ESCISION LIQUIDACION FIDEICOMISO
  • 164. DERECHOS QUE OTORGA EL REGISTRO DE UNA MARCA • AUTORIZAR EL USO • PERCIBIR REGALIAS
  • 165. DERECHOS QUE OTORGA EL REGISTRO DE UNA MARCA • CONSTITUIR GRAVAMENES • RENOVAR EL DERECHO • USO DE LEYENDAS
  • 166. TERMINACION DE LA PROTECCION NULIDAD CADUCIDAD CANCELACION
  • 167. NULIDAD • En contravención de las disposiciones de esta Ley o la que hubiese estado vigente en la época de su registro. • Semejanza • Datos falsos contenidos en su solicitud; • Se haya otorgado por error, inadvertencia, o diferencia de apreciación, existiendo en vigor otro que se considere invadido... • El agente, el representante, el usuario o el distribuidor del titular de una marca registrada en el extranjero, solicite y obtenga el registro a su nombre...
  • 168. CADUCIDAD • No solicitar la renovación • No cumplir los requisitos para renovar: – seis meses anteriores o posteriores al vencimiento • No usar la marca – no usar la marca durante tres años consecutivos. – dejar de usar la marca por tres años consecutivos. – no usar o dejar de usar la marca en los productos o servicios para los que fue registrada. – no inscribir los convenios de licencia de uso.
  • 169. CONTRATOS TRANSMISION DE DERECHOS CONTRATOS DO OTRAS FORMAS N AC N I IO ON TESTAMENTO S CE HERENCIA TA LEGADO RAVEN COMP
  • 170. CONTRATOS FIGURAS MERCANTILES FUSION ESCISION LIQUIDACION FIDEICOMISO
  • 171. CONTRATOS No existe formalidad establecida para los contratos en la Ley de la Propiedad Industrial, la única formalidad, es la señalada en la legislación común.
  • 172. CONTRATOS Para que la marca sea oponible a terceros, debe ser registrada ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. Al ser registrada, también se cumple con el principio de publicidad.
  • 174. RELIEVE ECONÓMICO: Empresario • La dieferncia entre vender y no vender, dependerá del talento y cratividad con que se ditingan (marca). • Actualmente los consumidores buscan las marcas, más que a los productos o servicios. • El prestigio y posicionamiento de una marca es el mejor vendedor que una empresa pueda tener, ya que atre por sí solo al comprador. • Contando con una marca se puede obtener mayor fidelidad de los consumidores. • Una marca valiosa da la pauta para incrementar precios. (Garantía de calidad).
  • 175. RELIEVE ECONÓMICO: Consumidor • Posibilidad de elegir los productos o servicios de su interés y predilección. • Garantía de calidad – MR. – Competencia • Status • Variedad
  • 176. IMPORTANCIA INTERNACIONAL: Los derechos de Propiedad Industrial, ya no son un sector jurídico para especialistas, atraen el interés de Foros Económicos Internacionales: • Tratados Internacionales para preever la protección de derechos de Propiedad Intelectual. • Se ha creado una reforma de administración responsable: “Corresponde al empresario defender sus derechos en el mercado ”
  • 177. PARA TENER UNA MARCA VALIOSA POSICIONAMIENTO: • PLANEACION CONTINUA DEL NEGOCIO • OBTENER EL REGISTRO (IMPI) • VIGILANCIA Y PROTECCION DE LOS DERECHOS • VISION INTERNACIONAL • CONOCIMIENTO PLENO DE LAS EXPECTATIVAS DEL CONSUMIDOR • MANTENER E INCREMENTAR LA CALIDAD • MARKETING DE IMAGEN: • Publicidad
  • 178. IMPACTO DEL MARKETING DE IMÁGENES
  • 180. ¿ Que es el Derecho de Autor ? El derecho de autor es el reconocimiento que hace el Estado a favor de todo creador de obras literarias y artísticas, para que goce de privilegios exclusivos. Y esta conformado por dos tipos de derechos, el moral y patrimonial. LEGISLACION _____________________ M.C. DAVID MARTNEZ LOPEZ
  • 181. Diferencia entre Derecho de Autor Y Propiedad Industrial “En la medida que las obras apuntan a la satisfacción de sentimientos estéticos o tienen que ver con el campo del conocimiento y de la cultura en general, las reglas que las protegen integran la propiedad intelectual en un sentido estricto o de derechos de autor... En cambio, si la actividad del intelecto humano se aplica a la búsqueda de soluciones concretas de problemas específicos en el campo de la industria y del comercio, o a la selección de medios diferenciadores de establecimientos, mercancías y servicios, entonces los actos son objeto de propiedad industrial.”
  • 182. Derecho Moral y Derecho Patrimonial El derecho moral se considera unido al autor, es por ello que no puede ser objeto de transmisión alguna y no prescribe con el paso del tiempo, consiste en el derecho de divulgación, paternidad,integridad,modificación y retracto. En cambio el derecho patrimonial, si se puede transmitir, tiene una vigencia de la vida del autor y cien años después de su muerte y consiste en la facultad que tiene el autor de explotar su obra por si o por otros ( reproducción, comunicación publica, ejecución o representación publica.) LEGISLACION _____________________ M.C. DAVID MARTNEZ LOPEZ
  • 183. Registro Publico del Derecho de Autor Principales funciones *Autoriza o niega los registros de obras y otros documentos. *Tiene a su cargo el archivo y resguardo de las obras y documentos registrados. *Autoriza anotaciones marginales *Substancia la apertura del sobre que contenga los datos de identificación del autor de obra bajo seudónimo. LEGISLACION _____________________ M.C. DAVID MARTNEZ LOPEZ
  • 184. Registro Publico del Derecho de Autor Su objeto busca dos finalidades: *Garantizar la seguridad jurídica de: Autores, titulares de derechos conexos y titulares de derechos patrimoniales respectivos y sus causahabientes. *Dar una adecuada publicidad a las obras, actos y documentos a través de su inscripción. LEGISLACION _____________________ M.C. DAVID MARTNEZ LOPEZ
  • 185. ¿ Que obras se pueden registrar? *Literarias, musicales con o sin letra; *Programas de computo, de radio, de televisión; *De danza y dramáticas; *Pictóricas o de dibujo, caricaturas o historietas; *Escultóricas y de carácter plástico; *Arquitectónicas, fotográficas; *Cinematográficas y demás obras audiovisuales; *De arte aplicado incluyendo diseño grafico o textil; y *De compilación LEGISLACION _____________________ M.C. DAVID MARTNEZ LOPEZ
  • 186. ¿ Sabia usted que...? *Cualquier creador de obras literarias, científicas, musicales y artísticas es considerado “AUTOR” *No es necesario que se registre una obra para que goce de la protección que el Estado le brinda. *El registro de una obra literaria o artística no debe de negarse ni suspenderse bajo el supuesto de ser contraria a la moral, al respeto a la vida privada o al orden publico, salvo por sentencia judicial. Ni son pretexto de algún motivo político, ideológico, o documentario. LEGISLACION _____________________ M.C. DAVID MARTNEZ LOPEZ
  • 187. ¿ Sabia usted que...? •Cuando dos o mas personas soliciten la inscripción de una misma obra, esta se inscribirá en los términos de la primera solicitud prejuicio del derecho de impugnación de registro. •Las inscripciones en el registro establecen la presunción de ser ciertos los hechos y actos que en ellas consten, salvo prueba en contrario. • Toda inscripción deja a salvo los derechos de terceros. Si surge controversia, los efectos de la inscripción quedaran suspendidos en tanto que se pronuncie resolución firme por autoridad competente. LEGISLACION _____________________ M.C. DAVID MARTNEZ LOPEZ

Notas del editor

  1. Toda Industria, Centros de Investigación y Desarrollo, Profesionales en Materia de Patentes, Buscadores, Instituciones Educativas, Inventores, para mantenerse en la vanguardia del desarrollo tecnológico o bien para crear nuevas tecnologías, requieren constantemente de nuevas ideas basadas en la información tecnológica que esté a su alcance. Por lo que deben contemplarse dos aspectos importantes: Definir con exactitud lo que buscamos y Saber lo que existe sobre lo que deseamos conocer.