1. CAPÍTULO CUARTO
PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN - ADMISIÓN Y MATRÍCULA
ARTÍCULO 7º: INSCRIPCIÓN
Es el acto mediante el cual un estudiante formaliza su aspiración de ingresar mediante la
adquisición y diligenciamiento del formulario de inscripción a alguno de los niveles
educativos que brinda la Institución Simón Bolívar (Preescolar, primaria, Secundaria,
media Vocacional, CEDEBOY y demás programas de educación adscritos). Para lo cual
se contemplan las opciones de: ingreso por primera vez y renovación de matrícula.
PARAGRAFO: Los estudiantes antiguos presentarán a secretaria los documentos que
requieran de su renovación: Fotos, Tarjeta de Identidad ó Cédula.
ARTÍCULO 8º: ADMISIÓN
Es el acto por el cual la I. E. Simón Bolívar de Soracá, selecciona de acuerdo con
criterios pedagógicos a los estudiantes que realizaron previamente y por primera vez su
inscripción. Asumiéndolos como miembros de la comunidad educativa para que cursen
y se matriculen en alguno de los niveles que se ofrecen.
Requisitos
• Hacer la inscripción en las fechas señaladas por la institución, cada año
(estudiantes nuevos y antiguos)
• Presentar el formulario de inscripción diligenciado
• Registro Civil de Nacimiento
• Fotocopia informe de calificaciones de último año cursado
• Que exista la disponibilidad de cupos
• Todo estudiante que aspire a cualquier grado de educación, debe estar en edad
escolar, según lo dispuesto por ley
• La institución se reserva el derecho de admitir o no a los estudiantes que hayan sido
sancionados por faltas graves o casos de repitencia
• Para su admisión el Consejo Directivo estudiará los casos especiales de estudiantes
que hayan presentado problemas disciplinarios graves, dentro o fuera del plantel
• La institución se reserva el derecho de admitir a estudiantes nuevos con logros
pendientes de años anteriores o que no estén debidamente promovidos.
• Aspirantes con edades fuera de lo dispuesto por la ley, para educación presencial,
tendrán derecho a ingresar al CEDEBOY ó cualquier otro programa de Educación
para Adultos.
PARÁGRAFO 1: Para su admisión el Consejo Directivo estudiará los casos especiales de
aspirantes con problemas disciplinarios. Soportado en la sentencia de la corte (ST-
519;92), anteriormente mencionada en los Fundamentos legales.
PARÁGRAFO 2: Los padres de familia o acudientes de los estudiantes nuevos, en el
momento de la matrícula adquirirán el Manual de Convivencia, comprometiéndose a
propiciar con sus hijos la apropiación del mismo. Los padres de familia o acudientes de
estudiantes antiguos, al momento de renovar la matrícula deberán adquirir el Manual,
en el evento en que haya sido modificado significativamente; de lo contrario, la
institución dará a conocer mediante circular los cambios mínimos.
ARTÍCULO 9º: MATRÍCULA
Es el acto académico y administrativo ante la autoridad competente, por medio de la cual
el aspirante admitido adquiere la calidad de estudiante para el año escolar. Dado este
hecho, los firmantes se comprometen a observar y cumplir el Manual de Convivencia
Escolar y demás normas legales vigentes. De conformidad con la sentencia de la Corte
(ST- 612/92).
2. Se establecen los siguientes parámetros generales de matrícula:
• El establecimiento educativo garantizará la disponibilidad de cupos a los alumnos
antiguos.
• La matrícula extraordinaria se realizará de acuerdo con el calendario establecido por
la Secretaria de Educación Departamental de Boyacá.
• Presentarse con el uniforme de diario, acompañado del padre de familia ó acudiente,
este último debe ser mayor de edad y debe presentar autorización escrita de ambos
padres.
• Estudiante que no tenga la documentación completa y correctamente diligenciada no
podrá ser matriculado.
• La institución no admite estudiantes asistentes.
REQUISITOS:
Estudiantes nuevos: Preescolar Sección Primaria, Secundaria, CEDEBOY y otros
programas de educación, adscritos a la institución
1. Inscripción aprobada por rectoría
2. Documento de identidad
3. Registro civil de nacimiento
4. Certificado médico reciente, con valoración.
5. Certificado R.H.
6. Tres (3) fotografías tamaño 2 X 3.
7. Certificado (s) original (es) de estudio año(s) anteriores
8. Legajador con gancho
9. Paz y Salvo del año anterior
10. Comprobante de pago del Seguro Estudiantil.
11. Reporte del Observador del estudiante expedido por la Institución de procedencia.
12. Cancelar costos complementarios establecidos por la Secretaria de Educación
y acordados por el Consejo Directivo de la institución.
Estudiantes antiguos: Sección Primaria, Secundaria, CEDEBOY y otros programas de
educación, adscritos a la institución
Formulario de inscripción
Carnet estudiantil
Boletín final de calificaciones del año anterior
Certificado médico reciente, con valoración.
Paz y Salvo año anterior
Seguro estudiantil
Cancelar costos complementarios establecidos por la Secretaria de Educación
y acordados por el Consejo Directivo de la institución.
ARTÍCULO 10º: TRANSFERENCIAS
• Se aceptan las transferencias provenientes de otros Centros Educativos y
Posprimarias de la región, siguiendo las disposiciones vigentes emanadas del
Ministerio de Educación Nacional y de acuerdo con la disponibilidad de cupos.
• Las solicitudes de transferencia deben hacerse a la Rectoría, acompañada de los
siguientes documentos:
3. 1. Solicitud de los padres de familia, exponiendo los motivos por los cuales desea
ingresar a la Institución.
2. Certificados de estudio originales de los grados cursados. Si son expedidos por
una Institución privada deben ser autenticados.
3. Registro civil de nacimiento con firma original.
4. Certificación de buena conducta.
ARTÍCULO 11º: REQUISITOS DE TRANSFERENCIA
El estudio de los documentos para la transferencia, se hace con base en los siguientes
criterios.
1. Promedio Académico : Básico
2. Estudio comparativo de los planes y programas de estudio e intensidades horarias.
3. Que exista la disponibilidad de cupo en el grado correspondiente.
ARTÍCULO 12º: Los estudiantes que hayan perdido el curso, tendrán derecho a solicitar
renovación de matrícula para el año siguiente en las fechas señaladas por la Institución,
siempre y cuando acrediten un comportamiento excelente y cuando no exista otra causal
de exclusión contemplada en este manual. La institución se reserva el derecho de
admisión en caso de que el estudiante presente una valoración de conducta Básica o
Inferior.
ARTÍCULO 13º: Todo estudiante en el momento de firmar la matrícula se compromete a:
1. Asistir puntualmente para dar cumplimiento al horario correspondiente y en caso
contrario, justificar por escrito su inasistencia.
2. Disponer del tiempo necesario para cumplir debidamente con las tareas y demás
obligaciones académicas y formativas que le señale la institución.
3. Estar representado por el padre de familia, acudiente o tutor con condiciones
morales para asistirlo en las situaciones que los requieran o cuando la Institución lo
solicite. Firmará la matrícula para expresar la aceptación de esta responsabilidad.
4. Las partes: estudiantes, padres de familia, acudientes ó tutores e Institución
Educativa, se comprometen a cumplir con las disposiciones del Ministerio de
Educación Nacional, con el Manual de Convivencia, Código del Menor, normas
pertinentes a la Ley de Infancia y Adolescencia, Ley General de Educación,
Constitución Política y demás disposiciones legales vigentes relacionadas con la
educación.
5. Presentar los documentos legales auténticos requeridos y no cometer fraude para
diligenciar o resolver una situación escolar.
6. El Reglamento o Manual de Convivencia escolar, tiene carácter de norma o
disposición legal que regula el contrato de matrícula y la permanencia en la
institución como estudiante.
ARTÍCULO 14º: PERDIDA DEL CARACTER DE ESTUDIANTE
Una persona pierde el carácter de estudiante de esta institución y por tanto todos los
derechos como tal, por:
1. Haber sido excluido de la institución, luego del debido proceso y de conformidad con
la sentencia de la Corte Constitucional (ST 316;94).
2. Cancelación voluntaria de la matrícula.
3. Inasistencia habitual injustificada según Decreto 1860 de l.994 Artículo 53
4. Presentar documentos falsos, cometer fraude en el momento de la matrícula o para
resolver otra situación de la vida escolar.
4. 5. Cuando se le compruebe faltas graves a la moral que atenten contra el individuo y la
comunidad
ARTÍCULO 15º: IMPEDIMENTO PARA SER ACUDIENTE O TUTOR
1. Ser menor de edad
2. Personas que tengan antecedentes judiciales pendientes con la justicia.
CAPÍTULO QUINTO
UNIFORMES Y PRESENTACIÓN PERSONAL DE LOS ESTUDIANTES
ARTÍCULO 16º : UNIFORMES
• El uniforme de la Institución es expresión de identidad, exige compostura, relaciones
de calidad humana y nos distingue particularmente de los demás.
• La Institución Educativa Simón Bolívar establece para los estudiantes dos
uniformes: el de diario y el uniforme de Educación Física según modelo acordado
por la misma, a través del Consejo Directivo y Asociación de Padres de Familia.
• Para el cambio de modelo se deberá realizar una asamblea de padres de familia
donde se tomará esta determinación.
• El uniforme de diario, lo portarán los estudiantes para asistir a clase, jornadas
culturales y demás actos comunitarios que lo requieran; el de Educación Física
para las respectivas clases y eventos de carácter deportivo.
• El diseño establecido del uniforme, de ninguna manera se debe ver afectado por
modas y/o tendencias que puedan afectar la integridad, dignidad y buen nombre de
los alumnos o alumnas.
• Para las Niñas: jardinera de prenses, buzo azul oscuro en cuello V con el escudo de
la Institución al lado izquierdo, blusa blanca cuello sport, medias a la rodilla color
blanco y zapato negro de amarrar. Para eventos especiales, se llevará blusa cuello
redondo, corbatín azul oscuro y guantes blancos.
• Para los Niños: blue jean, buzo en cuello V azul oscuro con el escudo de la
Institución al lado izquierdo, camisa blanca cuello sport y zapato negro de amarrar.
• Uniforme de Educación Física: Único. Sudadera roja, según modelo establecido,
camiseta y pantaloneta azul oscura y tenis blancos.
• Las estudiantes deben usar la falda del uniforme, cubriendo la rodilla, en caso de
usar maquillaje este debe ser discreto. Para los estudiantes, el corte de cabello debe
ser ordenado, aseado y bien peinado; los pantalones deben ser portados de
manera adecuada a la cintura y sin exhibir la ropa interior o pantalonetas.
• Los estudiantes que usen piercing o cualquier similar, lo podrán hacer fuera de la
jornada escolar y de las instalaciones de la institución educativa, autorizados por
sus padres y/o acudientes; jamás usarán dichos accesorios con el uniforme.
ARTÍCULO 17º: REGLAS DE HIGIENE
La institución las concibe como bases fundamentales en la presentación y autoestima
de la persona, que contribuyen poderosamente a la conservación de la salud física,
mental y del ambiente, además revela hábitos de orden y responsabilidad en todos los
actos de la vida.
En la práctica se deben tener en cuenta las siguientes:
5. • Asear diariamente nuestro cuerpo.
• Hacer uso correcto del cepillo y crema dental, mantener sana la dentadura, para
fortalecer la autoestima y las relaciones interpersonales. Así mismo, el uso frecuente
del servicio odontológico.
• Asistir a la Institución pulcramente vestido(a), con el uniforme debidamente lavado y
planchado, los zapatos embolados y para Educación Física, con el respectivo
uniforme.
• Mantener uñas y cabello arreglado. El corte de cabello es obligatorio.
• Mantener limpios salones, patios, baños, entre otros, para generar un ambiente
agradable dentro de la institución.
• Utilizar correctamente el pañuelo.
• Abstenerse de asistir y permanecer en la institución, cuando se padezca de una
enfermedad infectocontagiosa.
• Traer papel higiénico e implementos de aseo y emplearlos correctamente.
• Hacer uso adecuado de las baterías sanitarias.
CAPÍTULO SEXTO
DERECHOS, DEBERES, PROHIBICIONES Y ESTÍMULOS A LOS ESTUDIANTES
ARTÍCULO 18º: DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
Para el presente Manual niñas, niños y adolescentes, también son declarados personas
de deberes, apoyados en el artículo 15 de la Ley de 1098 de 2006.
DERECHOS DEBERES
1. Obtener al iniciar el año escolar, 1. Leer, comprender y aplicar el
amplia información sobre el Manual de Convivencia: Ser
Manual de Convivencia para conscientes y asumir la condición de
cumplirlo por convicción, como eje primer responsable de su propia
fundamental para la convivencia formación, de su dignidad, de su
pacífica y democrática. (Ley 1098, autodisciplina y su ejemplar
Art. 7 y 17) comportamiento y actitud.
2. Respetar los derechos
fundamentales de la dignidad
2. Ser respetado en su integridad y humana, aceptar y tolerar las
dignidad personal. (Ley 1098, art. diferencias entre personas, evitar la
18.) agresión física, verbal y psicológica,
expresada en acciones como: riñas,
graffiti, murmullos, gestos, muecas,
panfletos, motines, apodos, acoso,
manifestaciones amorosas
inadecuadas, retención arbitraria de
personas y otros similares.
3. Conocer al iniciar el año lectivo, 3. Aprovechar la información
los contenidos de los programas recibida para obtener un
curriculares, bibliografía, Desempeño académico excelente. Asistir
calendario de actividades y demás a las clases extras acordadas que por
elementos necesarios para el algún motivo hayan dejado de dictarse,
desarrollo de las asignaturas. máxime si las clases son valiosas 0
Recibir orientación adecuada y fundamentales para el éxito del área.
oportuna sobre la forma de
evaluación en cada área académica
y técnica. (Articulaciones)
4. Obtener oportunamente las 4. Respaldar con su firma, el recibido
Actividades de apoyo en las áreas de las actividades de apoyo; para ser
6. que presente dificultades. Ser evaluadas en la fecha establecida.
evaluados dentro del término de Hacerse presente a la totalidad de
(10) días hábiles cuando medie actividades de refuerzo y superación
excusa justificada por su programadas por la Institución.
inasistencia, autorizada por el
rector y/o coordinador.
5. Conocer oportunamente los 5. Preservar y respetar el observador
registros sobre el comportamiento del estudiante, los controles de
y desempeño académico. asistencia, planillas, evaluaciones,
Respaldar compromisos con su circulares y demás documentos
firma. institucionales.
6. Conocer y en consecuencia, ser 6. Leer y apropiarse de todos los
evaluado integralmente de acuerdo procedimientos establecidos en el
con la escala establecida por el Sistema Institucional de Evaluación
Sistema Institucional de de Estudiantes para Cumplir los
Evaluación de Estudiantes. compromisos académicos y de
(Decreto 1290 de 2009) Conocer los convivencia (Dto. 1290 de 2009).
resultados de las evaluaciones
orales en el momento de ser
evaluado, las escritas y trabajos y
las definitivas antes de ser
entregadas a secretaría.
7. Elegir y ser elegido a los 7. Participar democráticamente en la
organismos de representación en elección de las diferentes
la Comunidad Educativa según la representaciones estudiantiles.
Ley General de educación. Las Participar directamente en la evaluación
demás que contemple la Ley 1098 Institucional. ( Ley 1098. art. 31 y 42) I
y sus correspondientes adiciones.
8. Expresar ideas, sugerencias, 8. Asumir responsablemente el
reclamos y desacuerdos, dentro de derecho a la Libre expresión y
las normas de la educación, el respeto por la de los demás.
respeto y la cultura. ( ley 1098: art.
42,43y44)
9. Representar a la Institución y 9. Asumir compostura y civismo en
participar en actividades cívicas, actos públicos y actividades
sociales, deportivas, académicas, comunitarias dentro y fuera de la
investigativas y culturales. (Ley Institución. (Art. 15, Ley 1098).
1098 Art. 42)
10. Obtener permiso en caso de 10. Justificar las ausencias, retardos 0
enfermedad, mediante salidas, dentro de los cinco días
presentación de certificación y/o siguientes de haber ocurrido el
incapacidad médica y por evento, respaldados con la
calamidad familiar, siempre que respectiva autorización de la
sea el padre de familia o acudiente Coordinación de Disciplina.
quien solicite el permiso.
11. Que se le preste buena atención
en los servicios ofrecidos por la 11. Mantener adecuadamente cada una
institución, tales como: medios de las instalaciones y elementos de
audiovisuales, biblioteca, campos la Institución, dándoles el uso
deportivos, laboratorios, servicios apropiado a estos.
sanitarios, transporte escolar y
restaurante.
12. Decir la verdad en los descargos,
12. Que sea tratado con equidad, de aplicaciones, faltas, etc. Ante los
acuerdo con su edad. (Ley 1098 comités y/o personas donde tuviere
Art. 18) que presentarlos, firmarlos y
hacerlos firmar de sus padres y
7. acudientes, para lograr justicia y
equidad en los fallos, sanciones y
valoraciones.
13. Recibir educación para la paz, la 13. Participar en todas las actividades
convivencia y la democracia, al diseñadas por los docentes
igual que la educación sexual. (Ley tendientes a desarrollar los
1098. Art. 44 ) proyectos transversales de la
Institución educativa.
14. Al descanso y a la recreación. Que 14. Utilizar apropiadamente, los espacios
sus trabajos realizados sean que la institución ofrece; al igual que
exaltados en comunidad. respetar los horarios establecidos.
15. A ser promovidos y proclamados, 15. Leer y apropiarse de todos los
cuando hayan alcanzado los logros procedimientos establecidos en el
mínimos propuestos en cada una Sistema Institucional de Evaluación
de las áreas académicas en los de Estudiantes para Cumplir los
diferentes grados y requerimientos compromisos académicos y de
de los diferentes convenios de convivencia (Dto. 1290 de 2009).
articulación.
16. No ser discriminado por 16. Practicar el respeto hacia los
limitaciones físicas, raza o religión. derechos de todos los miembros de
(Ley 1098. Art. 42. Numeral 12) la comunidad educativa.
17. Ser valorado, escuchado, 17. Promover la sana convivencia social,
orientado y protegido como la salud física y mental propia y la de
persona. (Ley 1098. Art. 26 y 44) los demás. Abstenerse de consumir,
portar y distribuir sustancias que
atenten contra la integridad personal.
18. Recibir garantía sobre el debido 18. Seguir el Conducto Regular
proceso, en caso de cometer faltas establecido por el Manual de
académicas y/o disciplinarias. A la Convivencia para la solución de
privacidad en los llamados de cualquier conflicto o dificultad de
atención. orden académico, disciplinario o
administrativo. (Ley 1098 Art. 26, 43
y 44 )
19. A no ser amenazados, ni 19. Informar sobre situaciones
intimidados. (Ley 1098. Art. anómalas, daños y actos ejecutados
45) por cualquier medio, que atenten
A gozar de la amistad de sus maestros contra el bienestar, dignidad e
dentro de las normas del respeto integridad de algún miembro de la
mutuo. (Ley 1098. Art. 41y 44) comunidad educativa, dentro y fuera
de la institución.
20. Estar afiliado (a) a seguridad social 20. Portar los documentos que acrediten
(seguro estudiantil, EPS 0 seguridad social e identificación.
SISBEN), Y poseer documento de
identificación.
21. Hacer uso de las incapacidades y/o 21. Cumplir responsablemente las
licencias médicas (enfermedad, indicaciones médicas para preservar la
maternidad y otras).(Ley 755 de salud. En estado de embarazo asistir a sus
2002 Ley María) labores académicas vestida de particular.
22. Beneficiarse de las políticas de
gratuidad de la educación para la 22. Aprovechar el beneficio de la gratuidad
población con NEE. de la educación, respondiendo
óptimamente con un rendimiento
adecuado a sus condiciones particulares.
23. Contar con los apoyos particulares 23. Responder a las exigencias
entendidos según el Decreto académicas propias de su nivel.
366/09, como: "Los procesos,
procedimientos, estrategias,
8. materiales, infraestructura,
metodologías y personal que los
establecimientos educativos
estatales de educación formal
ofrecen a los estudiantes con
discapacidad y aquellos con
capacidades y/o con talentos
excepcionales."
Los demás derechos y deberes contemplados en la normatividad vigente.
PARAGRAFO 1: Se concibe que, los grupos urbanos, subculturas, modas y tribus
Urbanas NO constituyen una raza, religión o etnia.
PARAGRAFO 2: Para pertenecer a los grupos de danzas, banda marcial, deportes,
robótica, entre otros, se requiere que el estudiante demuestre habilidades para la
actividad seleccionada, que tenga buen desempeño en sus compromisos académicos y
que comprendan, acepten así como sus padres o acudientes que los ensayos para
dichas actividades y prácticas se realizaran extraclase.
PARAGRAFO 3:
1. El estudiante de grado 11º que no haya cumplido con los programas de Servicio
Social y Vigía de la Salud, no será promovido, ni proclamado hasta tanto cumpla
con los requisitos exigidos por la ley.
2. Estudiantes en grado 10º y 11º, que no estén integrados al SENA, como
requisitos para su graduación deberá cumplir además de los logros mínimos
propuestos por la modalidad de Procesamiento y Conservación de Alimentos
con 80 horas prácticas como PASANTIA, en una entidad que tenga relación con
el sector productivo que esté constituida legalmente. La pasantía se puede
desarrollar en grado 10º y 11º
3. Los estudiantes de grado 10º y 11º que no cumplan con las COMPETENCIAS
SENA, no recibirán el título de “Técnico en procesamiento de carnes y sus
derivados”, otorgado por esta institución.
PARÁGRAFO 4:
1. Los permisos para salir de la institución por una hora, los concederá el profesor de
disciplina y si es por más tiempo, el Coordinador de Disciplina.
2. En Caso de incapacidad médica, se debe presentar el certificado debidamente
diligenciado por el médico u organismo de salud competente.
3. En caso de inasistencia por situación familiar (mediata), el alumno deberá
presentar por escrito la debida excusa justificada, firmada por padre de familia ó
acudiente.
4. Para la participación en eventos deportivos o culturales, el docente a cargo, debe
informar a coordinación con anticipación sobre los mismos, anexando las
autorizaciones firmadas por el padre de familia o acudiente. No se correrán fallas
pero, el estudiante deberá cumplir con los deberes académicos pertinentes. La
representación y el permiso para ésta, no son causa de INCUMPLIMIENTO.
ARTÍCULO 19º: PROHIBICIONES PARA LOS ESTUDIANTES
1. Utilizar el nombre de la Institución Educativa para cualquier actividad diferente a
las labores académicas, culturales, artísticas, recreativas y deportivas
autorizadas por la rectoría del plantel.
2. Portar, distribuir, almacenar, comercializar o consumir sustancias psicotrópicas,
bebidas alcohólicas, fumar tabaco o cigarrillo y todas aquellas que pongan en
9. riesgo su salud física y mental, dentro y fuera de la institución, cuando se porte
el uniforme del Colegio o desarrollando actividades en representación del
mismo.
3. Portar armas de cualquier tipo u objetos que pongan en peligro su propia
integridad o la de los demás miembros de la comunidad educativa.
4. Irrespetar en forma lesiva, calumniar o injuriar a las directivas, profesores,
funcionarios, estudiantes del plantel.
5. Abandonar el plantel, sin el permiso respectivo del profesor de disciplina ó
coordinador, en periodos de actividad ordinaria.
6. Ejercer y propiciar cualquier género de violencia o irrespeto contra las personas
o contra los elementos de la institución.
7. Introducir al colegio libros, folletos, revistas y otros medios de divulgación
pornográfica o que atente contra la moral pública.
8. Hacer o colocar dibujos y expresiones vulgares, irrespetuosas o pornográficas
en cualquier sitio del colegio.
9. Sustraer o retener elementos que no sean de su propiedad.
10. Realizar, promover o participar, sin la correspondiente autorización de rectoría,
en cualquier género de ventas, rifas y negocios con los compañeros, profesores
y otros funcionarios del plantel.
11. Jugar dinero o participar en juegos de azar.
12. Difundir o propiciar en el Colegio cualquier género de propaganda política,
religiosa o proselitista.
13. Cometer cualquier infracción o delitos castigables por las leyes penales
colombianas.
14. Permanecer fuera de clase durante la jornada de estudio interrumpiendo la labor
académica de otros cursos.
15. Jugar dentro del aula de clase con balones u otros elementos que puedan causar
daño alguno o distraer la labor educativa
16. Usar celulares durante los periodos de clase o actividades complementarias
17. Usar joyas, elementos innecesarios y de alto valor, portar dinero en cantidades
Superiores a las necesarias para los gastos básicos del estudiante.
18. Protagonizar peleas dentro y fuera del plantel y cualquier tipo de escándalo
público.
19. Portar el uniforme en establecimientos públicos en los que se expendan bebidas
alcohólicas, videojuegos, discotecas ó citas de tipo amoroso.
PARAGRAFO: la Institución Educativa no se hace responsable por la pérdida de joyas,
elementos de valor y dinero en efectivo.
ARTÍCULO 20º: ESTIMULOS A LOS ESTUDIANTES
• Felicitación pública por sobresalir en algún aspecto de la vida escolar.
• Felicitación a los estudiantes que se hayan destacado en las pruebas SABER
• Ser elegido para representar al curso como vocero ante las instancias directivas,
docentes y administrativas.
• Registro de cualidades y meritos en el Observador del Estudiante.
• Izar Bandera cuando se destaque en el curso por algún aspecto de la formación
integral.
• Representar a la Institución en actividades y eventos deportivos, artísticos,
académicos, científicos y culturales.
• Obtener reconocimiento por trabajos de investigación a nivel Municipal,
Departamental y/o Nacional.