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CAPÍTULO CUARTO

             PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN - ADMISIÓN Y MATRÍCULA

ARTÍCULO 7º: INSCRIPCIÓN

Es el acto mediante el cual un estudiante formaliza su aspiración de ingresar mediante la
adquisición y diligenciamiento del formulario de inscripción a alguno de los niveles
educativos que brinda la Institución Simón Bolívar (Preescolar, primaria, Secundaria,
media Vocacional, CEDEBOY y demás programas de educación adscritos). Para lo cual
se contemplan las opciones de: ingreso por primera vez y renovación de matrícula.

PARAGRAFO: Los estudiantes antiguos presentarán a secretaria los documentos que
requieran de su renovación: Fotos, Tarjeta de Identidad ó Cédula.


ARTÍCULO 8º: ADMISIÓN

Es el acto por el cual la I. E. Simón Bolívar de Soracá, selecciona de acuerdo con
criterios pedagógicos a los estudiantes que realizaron previamente y por primera vez su
inscripción. Asumiéndolos como miembros de la comunidad educativa para que cursen
y se matriculen en alguno de los niveles que se ofrecen.

Requisitos
• Hacer la inscripción en las fechas señaladas por la institución, cada año
   (estudiantes nuevos y antiguos)
• Presentar el formulario de inscripción diligenciado
• Registro Civil de Nacimiento
• Fotocopia informe de calificaciones de último año cursado
• Que exista la disponibilidad de cupos
• Todo estudiante que aspire a cualquier grado de educación, debe estar en edad
   escolar, según lo dispuesto por ley
• La institución se reserva el derecho de admitir o no a los estudiantes que hayan sido
   sancionados por faltas graves o casos de repitencia
• Para su admisión el Consejo Directivo estudiará los casos especiales de estudiantes
   que hayan presentado problemas disciplinarios graves, dentro o fuera del plantel
• La institución se reserva el derecho de admitir a estudiantes nuevos con logros
   pendientes de años anteriores o que no estén debidamente promovidos.
• Aspirantes con edades fuera de lo dispuesto por la ley, para educación presencial,
   tendrán derecho a ingresar al CEDEBOY ó cualquier otro programa de Educación
   para Adultos.

PARÁGRAFO 1: Para su admisión el Consejo Directivo estudiará los casos especiales de
aspirantes con problemas disciplinarios. Soportado en la sentencia de la corte (ST-
519;92), anteriormente mencionada en los Fundamentos legales.

PARÁGRAFO 2: Los padres de familia o acudientes de los estudiantes nuevos, en el
momento de la matrícula adquirirán el Manual de Convivencia, comprometiéndose a
propiciar con sus hijos la apropiación del mismo. Los padres de familia o acudientes de
estudiantes antiguos, al momento de renovar la matrícula deberán adquirir el Manual,
en el evento en que haya sido modificado significativamente; de lo contrario, la
institución dará a conocer mediante circular los cambios mínimos.

ARTÍCULO 9º: MATRÍCULA

Es el acto académico y administrativo ante la autoridad competente, por medio de la cual
el aspirante admitido adquiere la calidad de estudiante para el año escolar. Dado este
hecho, los firmantes se comprometen a observar y cumplir el Manual de Convivencia
Escolar y demás normas legales vigentes. De conformidad con la sentencia de la Corte
(ST- 612/92).
Se establecen los siguientes parámetros generales de matrícula:

•   El establecimiento educativo garantizará la disponibilidad de cupos a los alumnos
    antiguos.
•   La matrícula extraordinaria se realizará de acuerdo con el calendario establecido por
    la Secretaria de Educación Departamental de Boyacá.
•   Presentarse con el uniforme de diario, acompañado del padre de familia ó acudiente,
    este último debe ser mayor de edad y debe presentar autorización escrita de ambos
    padres.
•   Estudiante que no tenga la documentación completa y correctamente diligenciada no
    podrá ser matriculado.
•   La institución no admite estudiantes asistentes.

REQUISITOS:

Estudiantes nuevos: Preescolar Sección Primaria, Secundaria, CEDEBOY y otros
programas de educación, adscritos a la institución

1. Inscripción aprobada por rectoría
2. Documento de identidad
3. Registro civil de nacimiento
4. Certificado médico reciente, con valoración.
5. Certificado R.H.
6. Tres (3) fotografías tamaño 2 X 3.
7. Certificado (s) original (es) de estudio año(s) anteriores
8. Legajador con gancho
9. Paz y Salvo del año anterior
10. Comprobante de pago del Seguro Estudiantil.
11. Reporte del Observador del estudiante expedido por la Institución de procedencia.
12. Cancelar costos complementarios establecidos por la Secretaria de Educación
    y acordados por el Consejo Directivo de la institución.

Estudiantes antiguos: Sección Primaria, Secundaria, CEDEBOY y otros programas de
educación, adscritos a la institución

Formulario de inscripción
Carnet estudiantil
Boletín final de calificaciones del año anterior
Certificado médico reciente, con valoración.
Paz y Salvo año anterior
Seguro estudiantil
Cancelar costos complementarios establecidos por la Secretaria de Educación
  y acordados por el Consejo Directivo de la institución.




ARTÍCULO 10º: TRANSFERENCIAS

•   Se aceptan las transferencias provenientes de otros Centros Educativos y
    Posprimarias de la región, siguiendo las disposiciones vigentes emanadas del
    Ministerio de Educación Nacional y de acuerdo con la disponibilidad de cupos.
•   Las solicitudes de transferencia deben hacerse a la Rectoría, acompañada de los
    siguientes documentos:
1. Solicitud de los padres de familia, exponiendo los motivos por los cuales desea
        ingresar a la Institución.
     2. Certificados de estudio originales de los grados cursados. Si son expedidos por
        una Institución privada deben ser autenticados.
     3. Registro civil de nacimiento con firma original.
     4. Certificación de buena conducta.
ARTÍCULO 11º: REQUISITOS DE TRANSFERENCIA

El estudio de los documentos para la transferencia, se hace con base en los siguientes
criterios.

1. Promedio Académico : Básico
2. Estudio comparativo de los planes y programas de estudio e intensidades horarias.
3. Que exista la disponibilidad de cupo en el grado correspondiente.
ARTÍCULO 12º: Los estudiantes que hayan perdido el curso, tendrán derecho a solicitar
renovación de matrícula para el año siguiente en las fechas señaladas por la Institución,
siempre y cuando acrediten un comportamiento excelente y cuando no exista otra causal
de exclusión contemplada en este manual. La institución se reserva el derecho de
admisión en caso de que el estudiante presente una valoración de conducta Básica o
Inferior.

ARTÍCULO 13º: Todo estudiante en el momento de firmar la matrícula se compromete a:

1. Asistir puntualmente para dar cumplimiento al horario correspondiente y en caso
     contrario, justificar por escrito su inasistencia.
2. Disponer del tiempo necesario para cumplir debidamente con las tareas y demás
     obligaciones académicas y formativas que le señale la institución.
3.   Estar representado por el padre de familia, acudiente o tutor con condiciones
     morales para asistirlo en las situaciones que los requieran o cuando la Institución lo
     solicite. Firmará la matrícula para expresar la aceptación de esta responsabilidad.
4.   Las partes: estudiantes, padres de familia, acudientes ó tutores e Institución
     Educativa, se comprometen a cumplir con las disposiciones del Ministerio de
     Educación Nacional, con el Manual de Convivencia, Código del Menor, normas
     pertinentes a la Ley de Infancia y Adolescencia, Ley General de Educación,
     Constitución Política y demás disposiciones legales vigentes relacionadas con la
     educación.
5.    Presentar los documentos legales auténticos requeridos y no cometer fraude para
     diligenciar o resolver una situación escolar.
6.   El Reglamento o Manual de Convivencia escolar, tiene carácter de norma o
     disposición legal que regula el contrato de matrícula y la permanencia en la
     institución como estudiante.


ARTÍCULO 14º: PERDIDA DEL CARACTER DE ESTUDIANTE

Una persona pierde el carácter de estudiante de esta institución y por tanto todos los
derechos como tal, por:

1. Haber sido excluido de la institución, luego del debido proceso y de conformidad con
   la sentencia de la Corte Constitucional (ST 316;94).
2. Cancelación voluntaria de la matrícula.
3. Inasistencia habitual injustificada según Decreto 1860 de l.994 Artículo 53
4. Presentar documentos falsos, cometer fraude en el momento de la matrícula o para
   resolver otra situación de la vida escolar.
5. Cuando se le compruebe faltas graves a la moral que atenten contra el individuo y la
    comunidad

ARTÍCULO 15º: IMPEDIMENTO PARA SER ACUDIENTE O TUTOR

1. Ser menor de edad
2. Personas que tengan antecedentes judiciales pendientes con la justicia.


                                   CAPÍTULO QUINTO

          UNIFORMES Y PRESENTACIÓN PERSONAL DE LOS ESTUDIANTES

ARTÍCULO 16º : UNIFORMES

•   El uniforme de la Institución es expresión de identidad, exige compostura, relaciones
    de calidad humana y nos distingue particularmente de los demás.
•   La Institución Educativa Simón Bolívar establece para los estudiantes dos
    uniformes: el de diario y el uniforme de Educación Física según modelo acordado
    por la misma, a través del Consejo Directivo y Asociación de Padres de Familia.
•   Para el cambio de modelo se deberá realizar una asamblea de padres de familia
    donde se tomará esta determinación.
•   El uniforme de diario, lo portarán los estudiantes para asistir a clase, jornadas
    culturales y demás actos comunitarios que lo requieran; el de Educación Física
    para las respectivas clases y eventos de carácter deportivo.
•   El diseño establecido del uniforme, de ninguna manera se debe ver afectado por
    modas y/o tendencias que puedan afectar la integridad, dignidad y buen nombre de
    los alumnos o alumnas.

•   Para las Niñas: jardinera de prenses, buzo azul oscuro en cuello V con el escudo de
    la Institución al lado izquierdo, blusa blanca cuello sport, medias a la rodilla color
    blanco y zapato negro de amarrar. Para eventos especiales, se llevará blusa cuello
    redondo, corbatín azul oscuro y guantes blancos.

•   Para los Niños: blue jean, buzo en cuello V azul oscuro con el escudo de la
    Institución al lado izquierdo, camisa blanca cuello sport y zapato negro de amarrar.

•   Uniforme de Educación Física: Único. Sudadera roja, según modelo establecido,
    camiseta y pantaloneta azul oscura y tenis blancos.

•   Las estudiantes deben usar la falda del uniforme, cubriendo la rodilla, en caso de
    usar maquillaje este debe ser discreto. Para los estudiantes, el corte de cabello debe
    ser ordenado, aseado y bien peinado; los pantalones deben ser portados de
    manera adecuada a la cintura y sin exhibir la ropa interior o pantalonetas.

•   Los estudiantes que usen piercing o cualquier similar, lo podrán hacer fuera de la
    jornada escolar y de las instalaciones de la institución educativa, autorizados por
    sus padres y/o acudientes; jamás usarán dichos accesorios con el uniforme.

ARTÍCULO 17º: REGLAS DE HIGIENE

La institución las concibe como bases fundamentales en la presentación y autoestima
de la persona, que contribuyen poderosamente a la conservación de la salud física,
mental y del ambiente, además revela hábitos de orden y responsabilidad en todos los
actos de la vida.

En la práctica se deben tener en cuenta las siguientes:
•   Asear diariamente nuestro cuerpo.
•   Hacer uso correcto del cepillo y crema dental, mantener sana la dentadura, para
    fortalecer la autoestima y las relaciones interpersonales. Así mismo, el uso frecuente
    del servicio odontológico.
•   Asistir a la Institución pulcramente vestido(a), con el uniforme debidamente lavado y
    planchado, los zapatos embolados y para Educación Física, con el respectivo
    uniforme.
•   Mantener uñas y cabello arreglado. El corte de cabello es obligatorio.
•   Mantener limpios salones, patios, baños, entre otros, para generar un ambiente
    agradable dentro de la institución.
•   Utilizar correctamente el pañuelo.
•   Abstenerse de asistir y permanecer en la institución, cuando se padezca de una
    enfermedad infectocontagiosa.
•   Traer papel higiénico e implementos de aseo y emplearlos correctamente.
•   Hacer uso adecuado de las baterías sanitarias.


                                       CAPÍTULO SEXTO

       DERECHOS, DEBERES, PROHIBICIONES Y ESTÍMULOS A LOS ESTUDIANTES

ARTÍCULO 18º: DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
Para el presente Manual niñas, niños y adolescentes, también son declarados personas
de deberes, apoyados en el artículo 15 de la Ley de 1098 de 2006.

                  DERECHOS                                      DEBERES
    1. Obtener al iniciar el año escolar,       1. Leer, comprender y aplicar el
       amplia     información  sobre   el          Manual     de   Convivencia:     Ser
       Manual de Convivencia para                  conscientes y asumir la condición de
       cumplirlo por convicción, como eje          primer responsable de su propia
       fundamental para la convivencia             formación, de su dignidad, de su
       pacífica y democrática. (Ley 1098,          autodisciplina   y    su   ejemplar
       Art. 7 y 17)                                comportamiento y actitud.


                                                2. Respetar           los        derechos
                                                    fundamentales      de   la   dignidad
    2. Ser respetado en su integridad y             humana, aceptar y tolerar las
       dignidad personal. (Ley 1098, art.           diferencias entre personas, evitar la
       18.)                                         agresión física, verbal y psicológica,
                                                    expresada en acciones como: riñas,
                                                    graffiti, murmullos, gestos, muecas,
                                                    panfletos, motines, apodos, acoso,
                                                    manifestaciones             amorosas
                                                    inadecuadas, retención arbitraria de
                                                    personas y otros similares.
    3. Conocer al iniciar el año lectivo,       3. Aprovechar la          información
       los contenidos de los programas              recibida       para obtener un
       curriculares,            bibliografía,   Desempeño académico excelente. Asistir
       calendario de actividades y demás        a las clases extras acordadas que por
       elementos necesarios para el             algún motivo hayan dejado de dictarse,
       desarrollo de las asignaturas.           máxime si las clases son valiosas 0
       Recibir orientación adecuada y           fundamentales para el éxito del área.
       oportuna sobre la forma de
       evaluación en cada área académica
       y técnica. (Articulaciones)
    4. Obtener       oportunamente       las    4. Respaldar con su firma, el recibido
       Actividades de apoyo en las áreas           de las actividades de apoyo; para ser
que presente dificultades. Ser                 evaluadas en la fecha establecida.
   evaluados dentro del término de                Hacerse presente a la totalidad de
   (10) días hábiles cuando medie                 actividades de refuerzo y superación
   excusa      justificada    por    su           programadas por la Institución.
   inasistencia, autorizada por el
   rector y/o coordinador.
5. Conocer       oportunamente      los      5.   Preservar y respetar el observador
   registros sobre el comportamiento            del estudiante, los controles de
   y      desempeño         académico.          asistencia, planillas, evaluaciones,
   Respaldar compromisos con su                 circulares y demás documentos
   firma.                                       institucionales.
6. Conocer y en consecuencia, ser            6. Leer y apropiarse de todos los
   evaluado integralmente de acuerdo            procedimientos establecidos en el
   con la escala establecida por el             Sistema Institucional de Evaluación
   Sistema        Institucional      de         de Estudiantes para Cumplir los
   Evaluación        de    Estudiantes.         compromisos académicos y de
   (Decreto 1290 de 2009) Conocer los           convivencia (Dto. 1290 de 2009).
   resultados de las evaluaciones
   orales en el momento de ser
   evaluado, las escritas y trabajos y
   las definitivas antes de ser
   entregadas a secretaría.
7. Elegir y ser elegido a los                7. Participar democráticamente en la
   organismos de representación en               elección       de    las       diferentes
   la Comunidad Educativa según la               representaciones estudiantiles.
   Ley General de educación. Las             Participar directamente en la evaluación
   demás que contemple la Ley 1098           Institucional. ( Ley 1098. art. 31 y 42)    I
   y sus correspondientes adiciones.

8.     Expresar ideas, sugerencias,          8.      Asumir     responsablemente el
    reclamos y desacuerdos, dentro de             derecho a la Libre expresión y
    las normas de la educación, el                respeto por la de los demás.
    respeto y la cultura. ( ley 1098: art.
    42,43y44)
9.    Representar a la Institución y         9.     Asumir compostura y civismo en
    participar en actividades cívicas,            actos     públicos      y    actividades
    sociales, deportivas, académicas,             comunitarias dentro y fuera de la
    investigativas y culturales. (Ley             Institución. (Art. 15, Ley 1098).
    1098 Art. 42)
10. Obtener permiso en caso de               10. Justificar las ausencias, retardos 0
    enfermedad,                 mediante          salidas, dentro de los cinco días
    presentación de certificación y/o             siguientes de haber ocurrido el
    incapacidad      médica      y    por         evento,    respaldados      con  la
    calamidad familiar, siempre que               respectiva   autorización     de la
    sea el padre de familia o acudiente           Coordinación de Disciplina.
    quien solicite el permiso.

11. Que se le preste buena atención
    en los servicios ofrecidos por la        11. Mantener adecuadamente cada una
    institución, tales como: medios              de las instalaciones y elementos de
    audiovisuales, biblioteca, campos            la Institución, dándoles el     uso
    deportivos, laboratorios, servicios          apropiado a estos.
    sanitarios, transporte escolar y
    restaurante.

                                             12. Decir la verdad en los descargos,
12. Que sea tratado con equidad, de              aplicaciones, faltas, etc. Ante los
    acuerdo con su edad. (Ley 1098               comités y/o personas donde tuviere
    Art. 18)                                     que    presentarlos,   firmarlos  y
                                                 hacerlos firmar de sus padres y
acudientes, para lograr justicia y
                                                  equidad en los fallos, sanciones y
                                                  valoraciones.

13. Recibir educación para la paz, la         13. Participar en todas las actividades
    convivencia y la democracia, al               diseñadas      por    los     docentes
    igual que la educación sexual. (Ley           tendientes      a   desarrollar      los
    1098. Art. 44 )                               proyectos     transversales     de     la
                                                  Institución educativa.
14. Al descanso y a la recreación. Que        14. Utilizar apropiadamente, los espacios
    sus trabajos realizados          sean         que la institución ofrece; al igual que
    exaltados en comunidad.                       respetar los horarios establecidos.
15. A ser promovidos y proclamados,           15. Leer y apropiarse de todos los
    cuando hayan alcanzado los logros             procedimientos establecidos en el
    mínimos propuestos en cada una                Sistema Institucional de Evaluación
    de las áreas académicas en los                de Estudiantes para Cumplir los
    diferentes grados y requerimientos            compromisos académicos y de
    de los diferentes convenios de                convivencia (Dto. 1290 de 2009).
    articulación.
16. No      ser     discriminado       por     16. Practicar el respeto hacia los
    limitaciones físicas, raza o religión.         derechos de todos los miembros de
    (Ley 1098. Art. 42. Numeral 12)                la comunidad educativa.
17. Ser       valorado,      escuchado,        17. Promover la sana convivencia social,
    orientado     y   protegido     como           la salud física y mental propia y la de
    persona. (Ley 1098. Art. 26 y 44)              los demás. Abstenerse de consumir,
                                                   portar y distribuir sustancias que
                                                   atenten contra la integridad personal.
18. Recibir garantía sobre el debido           18. Seguir      el    Conducto     Regular
    proceso, en caso de cometer faltas             establecido por el Manual de
    académicas y/o disciplinarias. A la            Convivencia para la solución de
    privacidad   en los llamados de                cualquier conflicto o dificultad de
    atención.                                      orden académico, disciplinario o
                                                   administrativo. (Ley 1098 Art. 26, 43
                                                   y 44 )
19. A   no     ser  amenazados,     ni         19. Informar        sobre      situaciones
   intimidados.         (Ley 1098. Art.            anómalas, daños y actos ejecutados
   45)                                             por cualquier medio, que atenten
A gozar de la amistad de sus maestros              contra el bienestar, dignidad e
dentro de las normas del respeto                   integridad de algún miembro de la
mutuo. (Ley 1098. Art. 41y 44)                     comunidad educativa, dentro y fuera
                                                   de la institución.
20. Estar afiliado (a) a seguridad social    20. Portar los documentos que acrediten
    (seguro      estudiantil,   EPS     0    seguridad social e identificación.
    SISBEN), Y poseer documento de
    identificación.
21. Hacer uso de las incapacidades y/o       21.    Cumplir    responsablemente      las
    licencias médicas (enfermedad,           indicaciones médicas para preservar la
    maternidad y otras).(Ley 755 de          salud. En estado de embarazo asistir a sus
    2002 Ley María)                          labores académicas vestida de particular.
22. Beneficiarse de las políticas de
    gratuidad de la educación para la        22. Aprovechar el beneficio de la gratuidad
    población con NEE.                       de la educación, respondiendo
                                             óptimamente con un rendimiento
                                             adecuado a sus condiciones particulares.


23. Contar con los apoyos particulares       23. Responder a las exigencias
    entendidos según el Decreto              académicas propias de su nivel.
    366/09, como: "Los procesos,
    procedimientos,       estrategias,
materiales,      infraestructura,
       metodologías y personal que los
       establecimientos      educativos
       estatales de educación formal
       ofrecen a los estudiantes con
       discapacidad y aquellos con
       capacidades y/o con talentos
       excepcionales."

Los demás derechos y deberes contemplados en la normatividad vigente.

PARAGRAFO 1: Se concibe que, los grupos urbanos, subculturas, modas y tribus
Urbanas NO constituyen una raza, religión o etnia.

PARAGRAFO 2: Para pertenecer a los grupos de danzas, banda marcial, deportes,
robótica, entre otros, se requiere que el estudiante demuestre habilidades para la
actividad seleccionada, que tenga buen desempeño en sus compromisos académicos y
que comprendan, acepten así como sus padres o acudientes que los ensayos para
dichas actividades y prácticas se realizaran extraclase.

PARAGRAFO 3:

   1. El estudiante de grado 11º que no haya cumplido con los programas de Servicio
      Social y Vigía de la Salud, no será promovido, ni proclamado hasta tanto cumpla
      con los requisitos exigidos por la ley.
   2. Estudiantes en grado 10º y 11º, que no estén integrados al SENA, como
      requisitos para su graduación deberá cumplir además de los logros mínimos
      propuestos por la modalidad de Procesamiento y Conservación de Alimentos
      con 80 horas prácticas como PASANTIA, en una entidad que tenga relación con
      el sector productivo que esté constituida legalmente. La pasantía se puede
      desarrollar en grado 10º y 11º
   3. Los estudiantes de grado 10º y 11º que no cumplan con las COMPETENCIAS
      SENA, no recibirán el título de “Técnico en procesamiento de carnes y sus
      derivados”, otorgado por esta institución.

PARÁGRAFO 4:

  1. Los permisos para salir de la institución por una hora, los concederá el profesor de
     disciplina y si es por más tiempo, el Coordinador de Disciplina.
  2. En Caso de incapacidad médica, se debe presentar el certificado debidamente
     diligenciado por el médico u organismo de salud competente.
  3. En caso de inasistencia por situación familiar (mediata), el alumno deberá
     presentar por escrito la debida excusa justificada, firmada por padre de familia ó
     acudiente.
  4. Para la participación en eventos deportivos o culturales, el docente a cargo, debe
     informar a coordinación con anticipación sobre los mismos, anexando las
     autorizaciones firmadas por el padre de familia o acudiente. No se correrán fallas
     pero, el estudiante deberá cumplir con los deberes académicos pertinentes. La
     representación y el permiso para ésta, no son causa de INCUMPLIMIENTO.


ARTÍCULO 19º: PROHIBICIONES PARA LOS ESTUDIANTES

   1. Utilizar el nombre de la Institución Educativa para cualquier actividad diferente a
      las labores académicas, culturales, artísticas, recreativas y deportivas
      autorizadas por la rectoría del plantel.
   2. Portar, distribuir, almacenar, comercializar o consumir sustancias psicotrópicas,
      bebidas alcohólicas, fumar tabaco o cigarrillo y todas aquellas que pongan en
riesgo su salud física y mental, dentro y fuera de la institución, cuando se porte
     el uniforme del Colegio o desarrollando actividades en representación del
     mismo.
 3. Portar armas de cualquier tipo u objetos que pongan en peligro su propia
     integridad o la    de los demás miembros de la comunidad educativa.
 4. Irrespetar en forma lesiva, calumniar o injuriar a las directivas, profesores,
     funcionarios, estudiantes del plantel.
 5. Abandonar el plantel, sin el permiso respectivo del profesor de disciplina ó
     coordinador, en periodos de actividad ordinaria.
 6. Ejercer y propiciar cualquier género de violencia o irrespeto contra las personas
     o contra los elementos de la institución.
 7. Introducir al colegio libros, folletos, revistas y otros medios de divulgación
     pornográfica o que atente contra la moral pública.
 8. Hacer o colocar dibujos y expresiones vulgares, irrespetuosas o pornográficas
     en cualquier sitio del colegio.
 9. Sustraer o retener elementos que no sean de su propiedad.
 10. Realizar, promover o participar, sin la correspondiente autorización de rectoría,
     en cualquier género de ventas, rifas y negocios con los compañeros, profesores
     y otros funcionarios del plantel.
 11. Jugar dinero o participar en juegos de azar.
 12. Difundir o propiciar en el Colegio cualquier género de propaganda política,
     religiosa o proselitista.
 13. Cometer cualquier infracción o delitos castigables por las leyes penales
     colombianas.
 14. Permanecer fuera de clase durante la jornada de estudio interrumpiendo la labor
     académica de otros cursos.
 15. Jugar dentro del aula de clase con balones u otros elementos que puedan causar
     daño alguno o distraer la labor educativa
 16. Usar celulares durante los periodos de clase o actividades complementarias
 17. Usar joyas, elementos innecesarios y de alto valor, portar dinero en cantidades
 Superiores a las necesarias para los gastos básicos del estudiante.
 18. Protagonizar peleas dentro y fuera del plantel y cualquier tipo de escándalo
     público.
 19. Portar el uniforme en establecimientos públicos en los que se expendan bebidas
     alcohólicas, videojuegos, discotecas ó citas de tipo amoroso.

PARAGRAFO: la Institución Educativa no se hace responsable por la pérdida de joyas,
elementos de valor y dinero en efectivo.

ARTÍCULO 20º: ESTIMULOS A LOS ESTUDIANTES

 •   Felicitación pública por sobresalir en algún aspecto de la vida escolar.
 •   Felicitación a los estudiantes que se hayan destacado en las pruebas SABER
 •   Ser elegido para representar al curso como vocero ante las instancias directivas,
     docentes y administrativas.
 •   Registro de cualidades y meritos en el Observador del Estudiante.
 •   Izar Bandera cuando se destaque en el curso por algún aspecto de la formación
     integral.
 •   Representar a la Institución en actividades y eventos deportivos, artísticos,
     académicos, científicos y culturales.
 •   Obtener reconocimiento por trabajos de investigación a nivel Municipal,
     Departamental y/o Nacional.

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Capítulo cuarto

  • 1. CAPÍTULO CUARTO PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN - ADMISIÓN Y MATRÍCULA ARTÍCULO 7º: INSCRIPCIÓN Es el acto mediante el cual un estudiante formaliza su aspiración de ingresar mediante la adquisición y diligenciamiento del formulario de inscripción a alguno de los niveles educativos que brinda la Institución Simón Bolívar (Preescolar, primaria, Secundaria, media Vocacional, CEDEBOY y demás programas de educación adscritos). Para lo cual se contemplan las opciones de: ingreso por primera vez y renovación de matrícula. PARAGRAFO: Los estudiantes antiguos presentarán a secretaria los documentos que requieran de su renovación: Fotos, Tarjeta de Identidad ó Cédula. ARTÍCULO 8º: ADMISIÓN Es el acto por el cual la I. E. Simón Bolívar de Soracá, selecciona de acuerdo con criterios pedagógicos a los estudiantes que realizaron previamente y por primera vez su inscripción. Asumiéndolos como miembros de la comunidad educativa para que cursen y se matriculen en alguno de los niveles que se ofrecen. Requisitos • Hacer la inscripción en las fechas señaladas por la institución, cada año (estudiantes nuevos y antiguos) • Presentar el formulario de inscripción diligenciado • Registro Civil de Nacimiento • Fotocopia informe de calificaciones de último año cursado • Que exista la disponibilidad de cupos • Todo estudiante que aspire a cualquier grado de educación, debe estar en edad escolar, según lo dispuesto por ley • La institución se reserva el derecho de admitir o no a los estudiantes que hayan sido sancionados por faltas graves o casos de repitencia • Para su admisión el Consejo Directivo estudiará los casos especiales de estudiantes que hayan presentado problemas disciplinarios graves, dentro o fuera del plantel • La institución se reserva el derecho de admitir a estudiantes nuevos con logros pendientes de años anteriores o que no estén debidamente promovidos. • Aspirantes con edades fuera de lo dispuesto por la ley, para educación presencial, tendrán derecho a ingresar al CEDEBOY ó cualquier otro programa de Educación para Adultos. PARÁGRAFO 1: Para su admisión el Consejo Directivo estudiará los casos especiales de aspirantes con problemas disciplinarios. Soportado en la sentencia de la corte (ST- 519;92), anteriormente mencionada en los Fundamentos legales. PARÁGRAFO 2: Los padres de familia o acudientes de los estudiantes nuevos, en el momento de la matrícula adquirirán el Manual de Convivencia, comprometiéndose a propiciar con sus hijos la apropiación del mismo. Los padres de familia o acudientes de estudiantes antiguos, al momento de renovar la matrícula deberán adquirir el Manual, en el evento en que haya sido modificado significativamente; de lo contrario, la institución dará a conocer mediante circular los cambios mínimos. ARTÍCULO 9º: MATRÍCULA Es el acto académico y administrativo ante la autoridad competente, por medio de la cual el aspirante admitido adquiere la calidad de estudiante para el año escolar. Dado este hecho, los firmantes se comprometen a observar y cumplir el Manual de Convivencia Escolar y demás normas legales vigentes. De conformidad con la sentencia de la Corte (ST- 612/92).
  • 2. Se establecen los siguientes parámetros generales de matrícula: • El establecimiento educativo garantizará la disponibilidad de cupos a los alumnos antiguos. • La matrícula extraordinaria se realizará de acuerdo con el calendario establecido por la Secretaria de Educación Departamental de Boyacá. • Presentarse con el uniforme de diario, acompañado del padre de familia ó acudiente, este último debe ser mayor de edad y debe presentar autorización escrita de ambos padres. • Estudiante que no tenga la documentación completa y correctamente diligenciada no podrá ser matriculado. • La institución no admite estudiantes asistentes. REQUISITOS: Estudiantes nuevos: Preescolar Sección Primaria, Secundaria, CEDEBOY y otros programas de educación, adscritos a la institución 1. Inscripción aprobada por rectoría 2. Documento de identidad 3. Registro civil de nacimiento 4. Certificado médico reciente, con valoración. 5. Certificado R.H. 6. Tres (3) fotografías tamaño 2 X 3. 7. Certificado (s) original (es) de estudio año(s) anteriores 8. Legajador con gancho 9. Paz y Salvo del año anterior 10. Comprobante de pago del Seguro Estudiantil. 11. Reporte del Observador del estudiante expedido por la Institución de procedencia. 12. Cancelar costos complementarios establecidos por la Secretaria de Educación y acordados por el Consejo Directivo de la institución. Estudiantes antiguos: Sección Primaria, Secundaria, CEDEBOY y otros programas de educación, adscritos a la institución Formulario de inscripción Carnet estudiantil Boletín final de calificaciones del año anterior Certificado médico reciente, con valoración. Paz y Salvo año anterior Seguro estudiantil Cancelar costos complementarios establecidos por la Secretaria de Educación y acordados por el Consejo Directivo de la institución. ARTÍCULO 10º: TRANSFERENCIAS • Se aceptan las transferencias provenientes de otros Centros Educativos y Posprimarias de la región, siguiendo las disposiciones vigentes emanadas del Ministerio de Educación Nacional y de acuerdo con la disponibilidad de cupos. • Las solicitudes de transferencia deben hacerse a la Rectoría, acompañada de los siguientes documentos:
  • 3. 1. Solicitud de los padres de familia, exponiendo los motivos por los cuales desea ingresar a la Institución. 2. Certificados de estudio originales de los grados cursados. Si son expedidos por una Institución privada deben ser autenticados. 3. Registro civil de nacimiento con firma original. 4. Certificación de buena conducta. ARTÍCULO 11º: REQUISITOS DE TRANSFERENCIA El estudio de los documentos para la transferencia, se hace con base en los siguientes criterios. 1. Promedio Académico : Básico 2. Estudio comparativo de los planes y programas de estudio e intensidades horarias. 3. Que exista la disponibilidad de cupo en el grado correspondiente. ARTÍCULO 12º: Los estudiantes que hayan perdido el curso, tendrán derecho a solicitar renovación de matrícula para el año siguiente en las fechas señaladas por la Institución, siempre y cuando acrediten un comportamiento excelente y cuando no exista otra causal de exclusión contemplada en este manual. La institución se reserva el derecho de admisión en caso de que el estudiante presente una valoración de conducta Básica o Inferior. ARTÍCULO 13º: Todo estudiante en el momento de firmar la matrícula se compromete a: 1. Asistir puntualmente para dar cumplimiento al horario correspondiente y en caso contrario, justificar por escrito su inasistencia. 2. Disponer del tiempo necesario para cumplir debidamente con las tareas y demás obligaciones académicas y formativas que le señale la institución. 3. Estar representado por el padre de familia, acudiente o tutor con condiciones morales para asistirlo en las situaciones que los requieran o cuando la Institución lo solicite. Firmará la matrícula para expresar la aceptación de esta responsabilidad. 4. Las partes: estudiantes, padres de familia, acudientes ó tutores e Institución Educativa, se comprometen a cumplir con las disposiciones del Ministerio de Educación Nacional, con el Manual de Convivencia, Código del Menor, normas pertinentes a la Ley de Infancia y Adolescencia, Ley General de Educación, Constitución Política y demás disposiciones legales vigentes relacionadas con la educación. 5. Presentar los documentos legales auténticos requeridos y no cometer fraude para diligenciar o resolver una situación escolar. 6. El Reglamento o Manual de Convivencia escolar, tiene carácter de norma o disposición legal que regula el contrato de matrícula y la permanencia en la institución como estudiante. ARTÍCULO 14º: PERDIDA DEL CARACTER DE ESTUDIANTE Una persona pierde el carácter de estudiante de esta institución y por tanto todos los derechos como tal, por: 1. Haber sido excluido de la institución, luego del debido proceso y de conformidad con la sentencia de la Corte Constitucional (ST 316;94). 2. Cancelación voluntaria de la matrícula. 3. Inasistencia habitual injustificada según Decreto 1860 de l.994 Artículo 53 4. Presentar documentos falsos, cometer fraude en el momento de la matrícula o para resolver otra situación de la vida escolar.
  • 4. 5. Cuando se le compruebe faltas graves a la moral que atenten contra el individuo y la comunidad ARTÍCULO 15º: IMPEDIMENTO PARA SER ACUDIENTE O TUTOR 1. Ser menor de edad 2. Personas que tengan antecedentes judiciales pendientes con la justicia. CAPÍTULO QUINTO UNIFORMES Y PRESENTACIÓN PERSONAL DE LOS ESTUDIANTES ARTÍCULO 16º : UNIFORMES • El uniforme de la Institución es expresión de identidad, exige compostura, relaciones de calidad humana y nos distingue particularmente de los demás. • La Institución Educativa Simón Bolívar establece para los estudiantes dos uniformes: el de diario y el uniforme de Educación Física según modelo acordado por la misma, a través del Consejo Directivo y Asociación de Padres de Familia. • Para el cambio de modelo se deberá realizar una asamblea de padres de familia donde se tomará esta determinación. • El uniforme de diario, lo portarán los estudiantes para asistir a clase, jornadas culturales y demás actos comunitarios que lo requieran; el de Educación Física para las respectivas clases y eventos de carácter deportivo. • El diseño establecido del uniforme, de ninguna manera se debe ver afectado por modas y/o tendencias que puedan afectar la integridad, dignidad y buen nombre de los alumnos o alumnas. • Para las Niñas: jardinera de prenses, buzo azul oscuro en cuello V con el escudo de la Institución al lado izquierdo, blusa blanca cuello sport, medias a la rodilla color blanco y zapato negro de amarrar. Para eventos especiales, se llevará blusa cuello redondo, corbatín azul oscuro y guantes blancos. • Para los Niños: blue jean, buzo en cuello V azul oscuro con el escudo de la Institución al lado izquierdo, camisa blanca cuello sport y zapato negro de amarrar. • Uniforme de Educación Física: Único. Sudadera roja, según modelo establecido, camiseta y pantaloneta azul oscura y tenis blancos. • Las estudiantes deben usar la falda del uniforme, cubriendo la rodilla, en caso de usar maquillaje este debe ser discreto. Para los estudiantes, el corte de cabello debe ser ordenado, aseado y bien peinado; los pantalones deben ser portados de manera adecuada a la cintura y sin exhibir la ropa interior o pantalonetas. • Los estudiantes que usen piercing o cualquier similar, lo podrán hacer fuera de la jornada escolar y de las instalaciones de la institución educativa, autorizados por sus padres y/o acudientes; jamás usarán dichos accesorios con el uniforme. ARTÍCULO 17º: REGLAS DE HIGIENE La institución las concibe como bases fundamentales en la presentación y autoestima de la persona, que contribuyen poderosamente a la conservación de la salud física, mental y del ambiente, además revela hábitos de orden y responsabilidad en todos los actos de la vida. En la práctica se deben tener en cuenta las siguientes:
  • 5. Asear diariamente nuestro cuerpo. • Hacer uso correcto del cepillo y crema dental, mantener sana la dentadura, para fortalecer la autoestima y las relaciones interpersonales. Así mismo, el uso frecuente del servicio odontológico. • Asistir a la Institución pulcramente vestido(a), con el uniforme debidamente lavado y planchado, los zapatos embolados y para Educación Física, con el respectivo uniforme. • Mantener uñas y cabello arreglado. El corte de cabello es obligatorio. • Mantener limpios salones, patios, baños, entre otros, para generar un ambiente agradable dentro de la institución. • Utilizar correctamente el pañuelo. • Abstenerse de asistir y permanecer en la institución, cuando se padezca de una enfermedad infectocontagiosa. • Traer papel higiénico e implementos de aseo y emplearlos correctamente. • Hacer uso adecuado de las baterías sanitarias. CAPÍTULO SEXTO DERECHOS, DEBERES, PROHIBICIONES Y ESTÍMULOS A LOS ESTUDIANTES ARTÍCULO 18º: DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES Para el presente Manual niñas, niños y adolescentes, también son declarados personas de deberes, apoyados en el artículo 15 de la Ley de 1098 de 2006. DERECHOS DEBERES 1. Obtener al iniciar el año escolar, 1. Leer, comprender y aplicar el amplia información sobre el Manual de Convivencia: Ser Manual de Convivencia para conscientes y asumir la condición de cumplirlo por convicción, como eje primer responsable de su propia fundamental para la convivencia formación, de su dignidad, de su pacífica y democrática. (Ley 1098, autodisciplina y su ejemplar Art. 7 y 17) comportamiento y actitud. 2. Respetar los derechos fundamentales de la dignidad 2. Ser respetado en su integridad y humana, aceptar y tolerar las dignidad personal. (Ley 1098, art. diferencias entre personas, evitar la 18.) agresión física, verbal y psicológica, expresada en acciones como: riñas, graffiti, murmullos, gestos, muecas, panfletos, motines, apodos, acoso, manifestaciones amorosas inadecuadas, retención arbitraria de personas y otros similares. 3. Conocer al iniciar el año lectivo, 3. Aprovechar la información los contenidos de los programas recibida para obtener un curriculares, bibliografía, Desempeño académico excelente. Asistir calendario de actividades y demás a las clases extras acordadas que por elementos necesarios para el algún motivo hayan dejado de dictarse, desarrollo de las asignaturas. máxime si las clases son valiosas 0 Recibir orientación adecuada y fundamentales para el éxito del área. oportuna sobre la forma de evaluación en cada área académica y técnica. (Articulaciones) 4. Obtener oportunamente las 4. Respaldar con su firma, el recibido Actividades de apoyo en las áreas de las actividades de apoyo; para ser
  • 6. que presente dificultades. Ser evaluadas en la fecha establecida. evaluados dentro del término de Hacerse presente a la totalidad de (10) días hábiles cuando medie actividades de refuerzo y superación excusa justificada por su programadas por la Institución. inasistencia, autorizada por el rector y/o coordinador. 5. Conocer oportunamente los 5. Preservar y respetar el observador registros sobre el comportamiento del estudiante, los controles de y desempeño académico. asistencia, planillas, evaluaciones, Respaldar compromisos con su circulares y demás documentos firma. institucionales. 6. Conocer y en consecuencia, ser 6. Leer y apropiarse de todos los evaluado integralmente de acuerdo procedimientos establecidos en el con la escala establecida por el Sistema Institucional de Evaluación Sistema Institucional de de Estudiantes para Cumplir los Evaluación de Estudiantes. compromisos académicos y de (Decreto 1290 de 2009) Conocer los convivencia (Dto. 1290 de 2009). resultados de las evaluaciones orales en el momento de ser evaluado, las escritas y trabajos y las definitivas antes de ser entregadas a secretaría. 7. Elegir y ser elegido a los 7. Participar democráticamente en la organismos de representación en elección de las diferentes la Comunidad Educativa según la representaciones estudiantiles. Ley General de educación. Las Participar directamente en la evaluación demás que contemple la Ley 1098 Institucional. ( Ley 1098. art. 31 y 42) I y sus correspondientes adiciones. 8. Expresar ideas, sugerencias, 8. Asumir responsablemente el reclamos y desacuerdos, dentro de derecho a la Libre expresión y las normas de la educación, el respeto por la de los demás. respeto y la cultura. ( ley 1098: art. 42,43y44) 9. Representar a la Institución y 9. Asumir compostura y civismo en participar en actividades cívicas, actos públicos y actividades sociales, deportivas, académicas, comunitarias dentro y fuera de la investigativas y culturales. (Ley Institución. (Art. 15, Ley 1098). 1098 Art. 42) 10. Obtener permiso en caso de 10. Justificar las ausencias, retardos 0 enfermedad, mediante salidas, dentro de los cinco días presentación de certificación y/o siguientes de haber ocurrido el incapacidad médica y por evento, respaldados con la calamidad familiar, siempre que respectiva autorización de la sea el padre de familia o acudiente Coordinación de Disciplina. quien solicite el permiso. 11. Que se le preste buena atención en los servicios ofrecidos por la 11. Mantener adecuadamente cada una institución, tales como: medios de las instalaciones y elementos de audiovisuales, biblioteca, campos la Institución, dándoles el uso deportivos, laboratorios, servicios apropiado a estos. sanitarios, transporte escolar y restaurante. 12. Decir la verdad en los descargos, 12. Que sea tratado con equidad, de aplicaciones, faltas, etc. Ante los acuerdo con su edad. (Ley 1098 comités y/o personas donde tuviere Art. 18) que presentarlos, firmarlos y hacerlos firmar de sus padres y
  • 7. acudientes, para lograr justicia y equidad en los fallos, sanciones y valoraciones. 13. Recibir educación para la paz, la 13. Participar en todas las actividades convivencia y la democracia, al diseñadas por los docentes igual que la educación sexual. (Ley tendientes a desarrollar los 1098. Art. 44 ) proyectos transversales de la Institución educativa. 14. Al descanso y a la recreación. Que 14. Utilizar apropiadamente, los espacios sus trabajos realizados sean que la institución ofrece; al igual que exaltados en comunidad. respetar los horarios establecidos. 15. A ser promovidos y proclamados, 15. Leer y apropiarse de todos los cuando hayan alcanzado los logros procedimientos establecidos en el mínimos propuestos en cada una Sistema Institucional de Evaluación de las áreas académicas en los de Estudiantes para Cumplir los diferentes grados y requerimientos compromisos académicos y de de los diferentes convenios de convivencia (Dto. 1290 de 2009). articulación. 16. No ser discriminado por 16. Practicar el respeto hacia los limitaciones físicas, raza o religión. derechos de todos los miembros de (Ley 1098. Art. 42. Numeral 12) la comunidad educativa. 17. Ser valorado, escuchado, 17. Promover la sana convivencia social, orientado y protegido como la salud física y mental propia y la de persona. (Ley 1098. Art. 26 y 44) los demás. Abstenerse de consumir, portar y distribuir sustancias que atenten contra la integridad personal. 18. Recibir garantía sobre el debido 18. Seguir el Conducto Regular proceso, en caso de cometer faltas establecido por el Manual de académicas y/o disciplinarias. A la Convivencia para la solución de privacidad en los llamados de cualquier conflicto o dificultad de atención. orden académico, disciplinario o administrativo. (Ley 1098 Art. 26, 43 y 44 ) 19. A no ser amenazados, ni 19. Informar sobre situaciones intimidados. (Ley 1098. Art. anómalas, daños y actos ejecutados 45) por cualquier medio, que atenten A gozar de la amistad de sus maestros contra el bienestar, dignidad e dentro de las normas del respeto integridad de algún miembro de la mutuo. (Ley 1098. Art. 41y 44) comunidad educativa, dentro y fuera de la institución. 20. Estar afiliado (a) a seguridad social 20. Portar los documentos que acrediten (seguro estudiantil, EPS 0 seguridad social e identificación. SISBEN), Y poseer documento de identificación. 21. Hacer uso de las incapacidades y/o 21. Cumplir responsablemente las licencias médicas (enfermedad, indicaciones médicas para preservar la maternidad y otras).(Ley 755 de salud. En estado de embarazo asistir a sus 2002 Ley María) labores académicas vestida de particular. 22. Beneficiarse de las políticas de gratuidad de la educación para la 22. Aprovechar el beneficio de la gratuidad población con NEE. de la educación, respondiendo óptimamente con un rendimiento adecuado a sus condiciones particulares. 23. Contar con los apoyos particulares 23. Responder a las exigencias entendidos según el Decreto académicas propias de su nivel. 366/09, como: "Los procesos, procedimientos, estrategias,
  • 8. materiales, infraestructura, metodologías y personal que los establecimientos educativos estatales de educación formal ofrecen a los estudiantes con discapacidad y aquellos con capacidades y/o con talentos excepcionales." Los demás derechos y deberes contemplados en la normatividad vigente. PARAGRAFO 1: Se concibe que, los grupos urbanos, subculturas, modas y tribus Urbanas NO constituyen una raza, religión o etnia. PARAGRAFO 2: Para pertenecer a los grupos de danzas, banda marcial, deportes, robótica, entre otros, se requiere que el estudiante demuestre habilidades para la actividad seleccionada, que tenga buen desempeño en sus compromisos académicos y que comprendan, acepten así como sus padres o acudientes que los ensayos para dichas actividades y prácticas se realizaran extraclase. PARAGRAFO 3: 1. El estudiante de grado 11º que no haya cumplido con los programas de Servicio Social y Vigía de la Salud, no será promovido, ni proclamado hasta tanto cumpla con los requisitos exigidos por la ley. 2. Estudiantes en grado 10º y 11º, que no estén integrados al SENA, como requisitos para su graduación deberá cumplir además de los logros mínimos propuestos por la modalidad de Procesamiento y Conservación de Alimentos con 80 horas prácticas como PASANTIA, en una entidad que tenga relación con el sector productivo que esté constituida legalmente. La pasantía se puede desarrollar en grado 10º y 11º 3. Los estudiantes de grado 10º y 11º que no cumplan con las COMPETENCIAS SENA, no recibirán el título de “Técnico en procesamiento de carnes y sus derivados”, otorgado por esta institución. PARÁGRAFO 4: 1. Los permisos para salir de la institución por una hora, los concederá el profesor de disciplina y si es por más tiempo, el Coordinador de Disciplina. 2. En Caso de incapacidad médica, se debe presentar el certificado debidamente diligenciado por el médico u organismo de salud competente. 3. En caso de inasistencia por situación familiar (mediata), el alumno deberá presentar por escrito la debida excusa justificada, firmada por padre de familia ó acudiente. 4. Para la participación en eventos deportivos o culturales, el docente a cargo, debe informar a coordinación con anticipación sobre los mismos, anexando las autorizaciones firmadas por el padre de familia o acudiente. No se correrán fallas pero, el estudiante deberá cumplir con los deberes académicos pertinentes. La representación y el permiso para ésta, no son causa de INCUMPLIMIENTO. ARTÍCULO 19º: PROHIBICIONES PARA LOS ESTUDIANTES 1. Utilizar el nombre de la Institución Educativa para cualquier actividad diferente a las labores académicas, culturales, artísticas, recreativas y deportivas autorizadas por la rectoría del plantel. 2. Portar, distribuir, almacenar, comercializar o consumir sustancias psicotrópicas, bebidas alcohólicas, fumar tabaco o cigarrillo y todas aquellas que pongan en
  • 9. riesgo su salud física y mental, dentro y fuera de la institución, cuando se porte el uniforme del Colegio o desarrollando actividades en representación del mismo. 3. Portar armas de cualquier tipo u objetos que pongan en peligro su propia integridad o la de los demás miembros de la comunidad educativa. 4. Irrespetar en forma lesiva, calumniar o injuriar a las directivas, profesores, funcionarios, estudiantes del plantel. 5. Abandonar el plantel, sin el permiso respectivo del profesor de disciplina ó coordinador, en periodos de actividad ordinaria. 6. Ejercer y propiciar cualquier género de violencia o irrespeto contra las personas o contra los elementos de la institución. 7. Introducir al colegio libros, folletos, revistas y otros medios de divulgación pornográfica o que atente contra la moral pública. 8. Hacer o colocar dibujos y expresiones vulgares, irrespetuosas o pornográficas en cualquier sitio del colegio. 9. Sustraer o retener elementos que no sean de su propiedad. 10. Realizar, promover o participar, sin la correspondiente autorización de rectoría, en cualquier género de ventas, rifas y negocios con los compañeros, profesores y otros funcionarios del plantel. 11. Jugar dinero o participar en juegos de azar. 12. Difundir o propiciar en el Colegio cualquier género de propaganda política, religiosa o proselitista. 13. Cometer cualquier infracción o delitos castigables por las leyes penales colombianas. 14. Permanecer fuera de clase durante la jornada de estudio interrumpiendo la labor académica de otros cursos. 15. Jugar dentro del aula de clase con balones u otros elementos que puedan causar daño alguno o distraer la labor educativa 16. Usar celulares durante los periodos de clase o actividades complementarias 17. Usar joyas, elementos innecesarios y de alto valor, portar dinero en cantidades Superiores a las necesarias para los gastos básicos del estudiante. 18. Protagonizar peleas dentro y fuera del plantel y cualquier tipo de escándalo público. 19. Portar el uniforme en establecimientos públicos en los que se expendan bebidas alcohólicas, videojuegos, discotecas ó citas de tipo amoroso. PARAGRAFO: la Institución Educativa no se hace responsable por la pérdida de joyas, elementos de valor y dinero en efectivo. ARTÍCULO 20º: ESTIMULOS A LOS ESTUDIANTES • Felicitación pública por sobresalir en algún aspecto de la vida escolar. • Felicitación a los estudiantes que se hayan destacado en las pruebas SABER • Ser elegido para representar al curso como vocero ante las instancias directivas, docentes y administrativas. • Registro de cualidades y meritos en el Observador del Estudiante. • Izar Bandera cuando se destaque en el curso por algún aspecto de la formación integral. • Representar a la Institución en actividades y eventos deportivos, artísticos, académicos, científicos y culturales. • Obtener reconocimiento por trabajos de investigación a nivel Municipal, Departamental y/o Nacional.