2. ESTADO DE DERECHO
El concepto de Estado de derecho, tal como se le conoce en
la época moderna, nace en el ámbito jurídico- político
alemán entre los siglos XVIII y XIX y tiene su origen
claramente liberal. Se trata de oponer un Estado respetuoso
de la ley y de las libertades del ciudadano al despotismo del
estado absolutista. La idea básica de este Estado de derecho
consiste en el aseguramiento de la libertad y propiedad del
ciudadano.
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3. Todo estado debe dotarse de unas
normas que todo ciudadano sea
tratado por igual, a estas normas y
principios se les llama Estado de
Derecho.
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4. HISTORIA DE ESTADO DE
DERECHO
Si se puede señalar una fecha clave para el comienzo se
podría decir que es el año 1798 con la Revolución Francesa.
Con la revolución de los burgueses, se comienza a
considerar a todo ciudadano por igual. Los representantes
del pueblo francés, constituidos en Asamblea nacional,
considerando que la ignorancia, el olvido o el menosprecio
de los derechos del hombre son las únicas causas de las
calamidades públicas y de la corrupción de los gobiernos.
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5. han resuelto exponer, en una
declaración solemne, los derechos
naturales, inalienables y sagrados del
hombre, a fin de que esta declaración,
constantemente presente para todos los
miembros del cuerpo social, les
recuerde sin cesar sus derechos y sus
deberes.
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6. PRINCIPIOS GENERALES DEL
ESTADO DE DERECHO
El Estado de derecho tiene como principio general cumplir
ciertas normas que son:
Ley como mandato fundamental.
Derechos y Libertades fundamentales garantizados.
La Administración limitada y sujeta por la Ley.
Separación de los poderes de Estado
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7. CLASIFICACIÓN DE DERECHO
Tradicionalmente, el Derecho se ha dividido en las
categorías de Derecho Público, de Derecho Procesal y de
Derecho Privado.
• Derecho público:
Derecho administrativo.
Derecho internacional público.
• Derecho Procesal:
Derecho procesal orgánico.
Derecho procesal funcional.
• Derecho privado:
Derecho civil.
Derecho mercantil.
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8. ESTADO DE DERECHO Y
CONSTITUCIONALISMO
• Las características del Estado de Derecho han permitido
definir al sistema constitucional. En este sentido se
advierten cuatro grandes tendencias: la liberal, la social, la
democrática y la cultural. Cuando entró el siglo XX
dominaba el constitucionalismo liberal fraguado a todo lo
largo de la centuria precedente. Las constituciones se
estructuraban a partir de los derechos de libertad,
propiedad, seguridad jurídica e igualdad. Algunos de sus
corolarios eran los derechos de asociación, petición,
sufragio y libertad de conciencia.
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9. ESTADO DE/CON DERECHO
La función del Derecho en este tipo de Estados es la de
legitimar las acciones del monarca, es decir, el monarca
somete al pueblo a su poder o derecho. A este Estado se le
denomina Estado con Derecho. Las sociedades de estos
estados absolutistas son estamentales, es decir, se dividían
en estamentos. Se pueden distinguir tres estamentos: la
nobleza, el clero y el pueblo llano. Estos tres estamentos
están sometidos al poder del rey o gobernante sobre el que
residen todos los poderes. Este rey o gobernante esta
exento de cumplir la norma que el mismo dicta y las cortes
tienen una función muy limitada.
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10. En conclusión, el Estado con
Derecho es aquel en el que el
gobernador somete, médiate la
fuerza y el Derecho, al pueblo
mientras que el Estado de Derecho
es aquel en el que el estado esta
sometido y controlado por el
derecho.
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11. LA UNIVERSALIDAD DE LA LEY Y EL
LIBERALISMO
Hobbes había logrado basar la legitimidad de un gobierno y
sus leyes en el consentimiento de los individuos. Locke
daría un paso adelante al proponer que esta legitimidad no
sólo estaba, como en Hobbes, en el origen del gobierno y
las leyes, sino también en su control y vigilancia por parte
de los ciudadanos. Para que esto sucediera, Locke tuvo que
proponer la libertad de los individuos como un valor
inmutable, es decir, como un derecho natural no sujeto a
regateos ni negociaciones.
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12. KANT: ÉTICA Y ESTADO DE
DERECHO
La definición más precisa de la noción de Estado de
derecho en el pensamiento moderno está probablemente
en la obra del filósofo alemán de finales del siglo XVIII
Emmanuel Kant. Este pensador, fuertemente influido por
Rousseau, trató de justificar a plenitud la fundamentación
de las leyes públicas en la razón y libertad individuales,
aunque, a diferencia de él, retornó a la senda liberal al
preconizar un ámbito moral estrictamente individual como
garantía de cualquier ordenamiento externo.
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13. Para Kant, lo característico de los seres humanos es que
pueden ser guiados por leyes de la libertad, es decir, por
principios que les permiten actuar autónomamente en
términos de libre decisión y responsabilidad moral.
Como él dice:
Estas leyes de la libertad, a diferencia de las leyes de la
naturaleza, se llaman morales. Si afectan a acciones
meramente externas y a su conformidad con la ley, se llaman
jurídicas; pero si exigen también que ellas mismas [las leyes]
deban ser los fundamentos de determinación de las
acciones, entonces son éticas, y se dice, por tanto, que la
coincidencia con las primeras es la legalidad, la coincidencia
con las segundas, la moralidad de la acción.
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14. FUNDAMENTOS LIBERALES Y
DEMOCRÁTICOS DEL ESTADO DE
DERECHO
El liberalismo ofrece los criterios mínimos para la
existencia de un Estado de derecho, es decir, los que
organizan la estructura básica de un régimen político
orientado a la protección de los derechos individuales
elementales.
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15. EL ESTADO DE DERECHO: ÉTICA
PUBLICA Y ÉTICA PRIVADA
LA ÉTICA PRIVADA: establece valores individuales de comportamiento
abarcando no solo los aspectos laicos sino que incluye conceptos
religiosos, culturales y de otra índole que enriquecen y hacen crecer al
individuo en todos los aspectos.
LA ÉTICA PUBLICA: persigue la creación de un espacio donde el
individuo puede practicar su ética privada y en el cual el único limite es
la posible interferencia entre la libertad del individuo o la practica de la
ética privada frente a la libertad del resto de los ciudadanos. La ética
publica se manifiesta mediante una serie de normas cuyo conjunto
forma lo que llamamos Derecho y la defensa y administración del
mismo es la Justicia.
El gran reto del Estado de Derecho en el futuro es que esta atomización
de la ética publica mantenga al ciudadano su interés por las cuestiones
del estado y que el individuo mantenga su integridad frente a esa gran
cantidad de información muchas veces desordenada y otras veces
exhaustiva.
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16. LOS DESAFÍOS PARA EL
ESTADO DE DERECHO
El Estado de derecho choca con los sistemas
totalitarios y autoritarios, es decir, con los sistemas
donde no existe control efectivo sobre el gobierno y los
derechos elementales de los ciudadanos no son
respetados. Su principio básico es que no toda
legalidad es deseable, aunque sea efectiva. La historia
ha registrado sistemas legales que no pueden ser
considerados genuinos Estados de derecho.
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