1. Contrato UM El siguiente documento, es un estudio del contrato que firman los estudiantes de la UM para acceder a sus servicios educacionales. Este estudio está sujeto a cambios e interpretaciones particulares. Cualquier consulta o duda sobre el mismo escríbanos a movilizate.mayor@gmail.comEste documento es propiedad de movilízate mayor, su acceso distribución está garantizado para todo aquel que quiera obtener esta información, sin embargo cualquier tipo de cambio que se le intente hacer sin previa consulta será causal de demanda por violación a los Derechos intelectuales.Agosto 2011
2. Derechos contractuales del estudiante previa firma del contrato Recibir los “servicios educacionales de la UM. Usar las instalaciones de la UM para el “desarrollo de actividades académicas”. Reservar el cupo académico personal según vigencia del contrato. El alumno podrá renunciar a la carrera o programa en los términos establecidos en la Reglamentación de la Universidad Mayor. En dicho caso las obligaciones pecuniarias se encontraren pendientes hasta el cierre del período, deberán ser cumplidas.
3. Deberes pecuniarios del Estudiante y el Apoderado A pagar los derechos y aranceles establecidos para el periodo académico. A pagar la totalidad de la deuda aún cuando el estudiante no hiciere uso del servicio educacional. No se podrá eximir, requerir devolución ni anular los pagos suscritos desde el momento en que se paga la matrícula. [excepción del derecho de retracto del artículo 3° de la ley 19.496]
4. Artículos necesarios de conocer ARTÍCULO QUINTO:“Las partes aceptan la facultad de la universidad para modificar la malla curricular en sus contenidos, programas, reordenamiento de los procesos académicos, etc.”“Este reconocimiento incluye la prerrogativa de la universidad de no iniciar o modificar el periodo de vigencia del plan de estudios.”
5. Sobre las Repitencias Académicas ARTÍCULO SEXTO: La universidad no se hará responsable de las alteraciones en el orden académico, número de ramos u horarios de asistencia en caso de que un alumno deba repetir una o más asignaturas o respecto del vencimiento de los plazos para cursarla. En estos casos no variarán los valores de matrícula y arancel.
6. Sobre el tratamiento de la información personal ARTÍCULO SÉPTIMO:El contrato autoriza a la universidad para:“el tratamiento de los datos contenidos en este contrato los que podrán ser entregados a TERCEROS para efectos de obtención, distribución y entrega de beneficios, tales como tarjetas de identificación universitaria u otros servicios proporcionados u ofrecidos por terceros conforme a las disposiciones de la ley 19.628 de protección a la vida privada o datos personales.”
7. Sobre los derechos y deberes académicos y relacionales del estudiante ARTÍCULO OCTAVO: Los derechos y deberes del alumno(a) así como sus relaciones con la universidad se rige y están sujetos a lo dispuesto, en lo que le resulte aplicable a lo establecido en la Reglamentación de la Universidad Mayor, el que se declara conocer y aceptar en todas sus partes.
8. Sobre el término anticipado del contrato ARTÍCULO NOVENO:“La Universidad podrá poner término anticipado al presente contrato en caso de incumplimiento del alumno a los deberes y obligaciones impuestas en la normativa de la Universidad, sin reembolso de ninguna especie y sin necesidad de declaración judicial previa, manteniéndose vigente todas las obligaciones pecuniarias.”
9. ANEXO DE CONTRATO SE AUTORIZA A SOLVENCIA S.A. PARA RELIZAR COBRANZAS EXTRAJUDICIALES.TASAS DE INTERÉS ABUSIVAS PERO PERMITIDAS. POSIBILIDAD DE REPACTACIÓNCobradora con directorio presente en inversiones norte sur U central.