Reforma Energética abre industria petrolera a inversión privada
1. Tlalnepantla, Estado de México, 13 de Diciembre de 2013.
La cámara de Diputados aprobó la Reforma Energética, esta reforma abre la industria
petrolera a la inversión privada y pone fin al monopolio estatal.
Al considerar una modificación a la constitución, dicha reforma deberá ser aprobada
cuando menos por 17 de los 31 congresos locales, si consideramos que el PRI cuenta
con la mayoría de los estados, es casi un hecho que esta va a ser aprobada.
Esta reforma va más allá de la propuesta por el ejecutivo federal al establecer mayores
modalidades para participar por parte de la iniciativa privada, la iniciativa original solo
consideraba contratos para compartir ganancias, se señala que no habrá concesiones,
pero si asignaciones en materia petrolera.
Los articulo transitorios señalan que se transformaran PEMEX y la CFE en empresas
productivas del estado, en dichos transitorios también se mencionan las modalidades
de contratos que se permitirán, de servicios, de utilidad o producción compartida o de
licencia.
En un cambio de última hora, se acordó remover al sindicato de su representación en
el consejo de administración de PEMEX.
Para el 2015 queda la posibilidad de que lo que se acaba de aprobar quede revocado
si se lleva la consulta popular que está solicitando la izquierda.
Los
siguientes
son
algunos
de
los
puntos
más
sobresalientes de
la reforma constitucional en materia energética aprobada por el Senado de la
República y por la Cámara de Diputados:
Pemex y CFD
1. Pemex y CFE pasarán de ser organismos descentralizados a “empresas
productivas del Estado”, Pemex y CFE podrán celebrar contratos con particulares bajo
el nuevo marco legal vigente mientras cambian de régimen. Establece un plazo de dos
años.
2. Se excluye al Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana
(STPRM) de participar en el Consejo de Administración de Pemex.
3. Pemex y CFE deberán establecer normas de administración, organización,
funcionamiento,
procedimientos
de
contratación
así
como
el
régimen
de
remuneraciones de su personal para garantizar eficacia, honestidad, productividad,
transparencia y rendición de cuentas
Av. Industria Eléctrica de México No. 57/83 Col. Vista Hermosa, Tlalnepantla Edo. de México, C.P. 54080.
2. 4. Se “despetrolizan” las finanzas públicas, al establecer que Pemex transferirá de sus
ganancias sólo hasta un 4.7% al Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF).
Hidrocarburos
5. Ya no se permitirá el esquema de concesiones, ya que el petróleo es propiedad de
la nación en carácter de inalienable e imprescriptible.
6. La nación llevará a cabo la exploración y explotación de los hidrocarburos (líquidos
y gaseosos) mediante asignaciones a empresas productivas del Estado o a través de
contratos con éstas o con particulares, en los términos de la ley reglamentaria. Las
empresas productivas del Estado podrán también contratar con particulares.
7. En materia de exploración y extracción de hidrocarburos, se establecen cuatro
modelos contractuales básicos. Serán, “entre otros”:
A) de servicios (con pagos en efectivo);
B) de utilidad compartida;
C) de producción compartida;
D) licencias (con pagos hechos por medio de la transmisión onerosa de los
hidrocarburos, una vez extraídos éstos del subsuelo). También es posible una
combinación de las cuatro opciones.
8. La Secretaría de Energía estará facultada a fin de otorgar permisos para tratamiento
y refinación de petróleo, así como para el procesamiento del gas natural. Es decir, una
vez extraídos del subsuelo, los hidrocarburos pueden ser vendidos por quien tenga su
posesión, a fin de ser procesados, incluso dentro de territorio nacional.
9. La Secretaría de Hacienda determinará las condiciones relativas a los
términos fiscales de los contratos y licitaciones en exploración y explotación de
hidrocarburos que expida la Secretaría de Energía.
10. La Comisión Reguladora de Energía tendrá facultades para otorgar permisos de
almacenamiento, transporte, distribución por ductos de petróleo, gas natural, gas
natural comercial, petrolíferos, la regulación de acceso de terceros a los ductos de
transporte y almacenamiento de hidrocarburos y la regulación de ventas de primera
mano de los mismos.
11. Pemex podría continuar trabajando en proyectos vigentes en exploración por
un plazo de tres años, prorrogables dos años más
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3. 12. Si en el proceso de adjudicación de asignaciones “se llegaran a afectar inversiones
de Petróleos Mexicanos, éstas serán reconocidas a su justo valor económico en los
términos que para tal efecto disponga (la Sener)”.
13. En un plazo no mayor a 12 meses de que entre en vigor la nueva Ley
Reglamentaria del artículo 27 constitucional, el Ejecutivo tendrá que crear el
organismo público descentralizado denominado Centro Nacional de Control del Gas
Natural, encargado de la operación del sistema nacional de ductos de transporte y
almacenamiento.
Fondo Mexicano del Petróleo (FMP)
14. Se llamará ahora Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el
Desarrollo y recibirá todos los ingresos, con excepción de los impuestos. Este Fondo
deberá transferir recursos de 10 por ciento al Sistema de Pensión Universal, de 30 por
ciento para las inversiones en infraestructura y hasta de 10 por ciento para la
formación de capital humano en universidades y postgrados. El fideicomiso se
constituirá en 2014 para comenzar a operar en 2015. Será un fideicomiso público con
el Banco de México como fiduciario.
Atentamente
Medina Aldui y Asociados, S.C.
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