Datos sobre los riesgos en la utilización de recursos federalizados en Sonora; contiene datos de la ASF, documento hecho por el ISAF, utilizado en la entrevista de Dip. Miguel Pompa para Junio 7
(1) alcance en el ejercicio del gasto federalizado 2010 (actualizado) (1)
Sonora riesgos en la aplicacion de recursos feder
1. RIESGOS EN LA APLICACIÓN DE
RECURSOS FEDERALES EN EL ESTADO
DE SONORA
Expositor:
M.A.P. RUBÉN CUEVAS PLANCARTE
“Compartir para Progresar”
30 Junio 2011
2. Agenda
I Tipo de Recursos Federales 3
II Ramos Presupuestarios Federales 15
III Destino y Riesgos en su Aplicación 51
IV Responsabilidad Pública 120
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3. I
Tipos de Recursos Federales
PEF
Compartir para progresar
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4. Tipo de Recursos Federales
I
Clasificación Recursos Federales
LOS RECURSOS QUE RECIBEN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS,
PROVENIENTES DE LA FEDERACIÓN SE CLASIFICAN EN:
PARTICIPACIONES APORTACIONES CONVENIOS INGRESOS
EXCEDENTES
Son aquellos Son aquellos
Son aquellos Son aquellos
recursos recursos
recursos que se obtienen
derivados del transferidos a
transferidos a en exceso de los
Sistema las Entidades
las Entidades aprobados en la
Nacional de Federativas para
Federativas y Ley de Ingresos,
Coordinación descentralizar o
Municipios a o en su caso, de
Fiscal que reasignar la
través de los los ingresos
corresponden a ejecución de
fondos a que se propios de las
los Estados, funciones,
refiere el artículo Entidades de
Municipios y programas o
25 de la Ley de Control Directo.
Distrito Federal, proyectos
Coordinación
y que se federales.
Fiscal.
constituyen de la
Recaudación
Federal
Participable que
se obtenga en el
ejercicio fiscal.
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5. Tipo de Recursos Federales
I
Participaciones
De acuerdo con la Ley de Coordinación Fiscal las
Entidades Federativas que estén adheridas al Sistema
Nacional de Coordinación Fiscal, participarán en el total
de los impuestos federales y en los otros ingresos que
señale la propia Ley, mediante la distribución de los
fondos que en la misma se establecen.
El cálculo del monto de recursos que corresponde a
cada entidad federativa por Participaciones, se integra el
concepto de Recaudación Federal Participable (RFP),
mismo que se refiere a la recaudación que obtenga la
Federación por todos sus impuestos, así como por los
derechos sobre la extracción de petróleo y de minería,
disminuidos con el total de las devoluciones por los
mismos conceptos.
Su ejercicio se realiza conforme a los criterios
establecidos en cada Entidad Federativa para atender la
producción de bienes y servicios que consideren
necesarios.
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6. Tipo de Recursos Federales
I
Aportaciones Federales
Se entiende por aportaciones federales a los recursos
que transfiere la Federación, en virtud de la
descentralización de funciones, los cuales tienen fines
específicos establecidos en la Ley de Coordinación
Fiscal, para complementar las acciones que realizan los
Estados y Municipios en materia de:
- Educación básica, normal, tecnológica y de adultos
- Servicios de salud.
- Infraestructura social.
-Fortalecimiento de las finanzas
estatales y municipales.
- Asistencia Social.
- Seguridad Pública.
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7. Tipo de Recursos Federales
I
Convenios Federales
Los recursos transferidos a través de convenios de
coordinación no pierden su naturaleza federal, por
lo que se rigen por la normatividad federal y
pueden sujetarse a reglas de operación.
Para el 2011 se cuentan con 112 programas
federales con reglas de operación, en las cuales se
señalan los objetivos del programa, la población a
la que se dirige el programa, los apoyos que se
otorgan, requisitos y el lugar a acudir para
incorporarse al programa, entre otros.
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8. Tipo de Recursos Federales
I
Programas con Reglas de Operación
Ramo 2010 2011
06 Hacienda y Crédito Público 17 21
08 Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y
8 5
Alimentación
09 Comunicaciones y Transportes 1 1
10 Economía 8 7
11 Educación 30 28
12 Salud 9 9
14 Trabajo y Previsión Social 1 1
15 Reforma Agraria 3 3
16 Medio Ambiente y Recursos Naturales 16 11
19 Aportaciones a Seguridad Social 1 1
20 Desarrollo Social 19 20
38 Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología 4 5
TOTAL 119 112
Las Reglas de operación se pueden consultar en la siguiente liga: http://www.funcionpublica.gob.mx/index.php/reglas-de-operacion.html
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9. Tipo de Recursos Federales
I
Ingresos Excedentes
El Ejecutivo Federal podrá autorizar erogaciones
adicionales a las contenidas en el Presupuesto de
Egresos, con cargo a excedentes de ingresos no
previstos en la Ley de Ingresos. Para determinar
los excedentes, se deberá compensar los posibles
incrementos en el gasto no programable, mismo
que considera los siguientes rubros:
• Participaciones
• Costo financiero por modificaciones a la tasa de
interés o tipo de cambio
• ADEFAS
• FONDEN
• Incremento de costos de CFE por aumento en
combustibles
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10. Tipo de Recursos Federales
I
Ingresos Excedentes
Una vez que se efectuaron las compensaciones señaladas
anteriormente, los ingresos excedentes se distribuyen de la
siguiente manera:
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11. Tipo de Recursos Federales
I
Importancia por tipo de recurso
Fuente: Foro de Análisis del Sistema de Evaluación del Desempeño y el Proceso Presupuestal 2009.- SHCP.- Octubre 2008
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12. Tipo de Recursos Federales
I
Importancia por tipo de recurso
2.7 % 3.1 % 2.3 % 3.4 % 0.1 % 2.9 %
Fuente: El Gasto Federalizado al IV Trimestre del Ejercicio 2009.- Centro de Estudio de Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados.-17
febrero del 2010. www.cecadep.com.mx 12
13. Tipo de Recursos Federales
SONORA: PARTICIPACIONES Y APORTACIONES 2011
I
VI. Participaciones y Aportaciones 24,260,451,750
1. Participaciones 12,357,904,417
Fondo General de Participaciones 9,099,061,503
Fondo de Fiscalización 2,713,441,935
Fondo de Fomento Municipal 236,642,471
Fondo de Impuestos Especiales sobre Producción y Servicios 308,758,508
2. Aportaciones 10,866,922,333
A) Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal 6,303,647,457
B) Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud 1,493,726,077
C) Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social 457,307,525
a) Fondo para la Infraestructura Social Municipal 401, 881,853
b) Fondo para la Infraestructura Social Estatal 55,425,672
D) Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios
y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal. 1,111,042,057
E) Fondo de Aportaciones Múltiples 296,948,456
F)Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública 289,027,018
G) Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de
Adultos 203,798,656
H) Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de la Entidades
Federativas 711,425,077
3. Convenios de Descentra. y Reasignación de Recursos 1,035,625,000
Fuente: Ley de ingresos y Presupuesto de Ingresos del Gobierno del Estado para el Ejercicio Fiscal 2011 del jueves 30 de diciembre de
2010 (Boletín número 53 Secc. I) www.cecadep.com.mx
13
14. Tipo de Recursos Federales
Importancia recursos federales para el Estado de I
Sonora
INGRESOS 2011
1,035.6
4% Total: 24,260.4 mdp
12,357.9 Participaciones
10,866.9
51% Aportaciones
45%
Convenios
Fuente: Ley de ingresos y Presupuesto de Ingresos del Gobierno del Estado para el Ejercicio Fiscal 2011 del jueves 30 de diciembre de
2010 (Boletín número 53 Secc. I)
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16. Ramos Presupuestarios
II
Definición de Ramo
Es el elemento
que identifica y
clasifica el Gasto
Público Federal
por Entidades y
representa el
mayor nivel de
agregación en el
Presupuesto de
Egresos de la
Federación.
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17. Ramos Presupuestarios
II
Clasificación de Ramo
De acuerdo con el Decreto de Presupuesto de Egresos de la
Federación para el Ejercicio Fiscal 2011, los ramos se
clasifican en:
Ramos Autónomos 4 Presupuesto de
Egresos de la
Federación
Ramos Administrativos 24 2011
Ramos Generales 8
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18. Ramos Presupuestarios
II
Ramos Autónomos
Son los ramos por medio de los cuales se asignan recursos en
el Presupuesto de Egresos a los Poderes Legislativo y
Judicial, y a los entes autónomos.
01 Poder Legislativo
03 Poder Judicial
22 Instituto Federal Electoral
35 Comsión Nacional de
Derechos Humanos
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19. Ramos Presupuestarios
II
Ramos Administrativos
Son los ramos por medio de los cuales se asignan recursos
en el Presupuesto de Egresos a las dependencias y en su
caso entidades, a la Presidencia de la República, a la
Procuraduría General de la República y a los tribunales
administrativos.
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20. Ramos Presupuestarios
II
Ramos Generales
Son los ramos cuya asignación de recursos se prevé en el
Presupuesto de Egresos derivada de disposiciones legales o
por disposición expresa de la Cámara de Diputados en el
Presupuesto de Egresos, que no corresponden al gasto
directo de las dependencias, aunque su ejercicio esté a cargo
de éstas.
R-19 R-28
Aportaciones Seguridad Participaciones a Entidades
Social Federativas y Municipios
R-23 R-30
Provisiones Salariales 8 Adeudos de Ejercicios
y Económicas Fiscales Anteriores
Ramos
R-24 Generales R-33
Aportaciones Federales
Deuda Pública Estados y Municipios
R-25 R-34
Previsiones y Aportaciones Programas Apoyo
Sistemas de Educación Ahorradores y Deudores de
la Banca
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21. Ramos Presupuestarios
II
Ramo General 23
Provisiones Salariales y Económicas
El Ramo 23 tiene el propósito de integrar, registrar, administrar
y hacer el seguimiento del ejercicio de las provisiones de
gasto destinadas a la atención de obligaciones y
responsabilidades del Gobierno Federal, que por su naturaleza
no es posible prever en otros ramos administrativos o
generales, o cuando su ejercicio sólo es posible por conducto
de este Ramo.
A través de este Ramo se otorgan subsidios a entidades
federativas, municipios y demarcaciones territoriales en el
marco de los programas regionales que se derivan del Plan
Nacional de Desarrollo 2007-2012 y, en su caso, a los sectores
social y privado.
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22. Ramos Presupuestarios
II
Ramo General 23
Ejemplos de Provisiones Salariales
Fondo de Ahorro Seguros a cargo del
Capitalizable Gobierno Federal
(FONAC)
Control Resoluciones y Sentencias
Presupuestario Definitivas
Retiro Voluntario Creación de Plazas
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23. Ramos Presupuestarios
II
Ramo General 23
Ejemplos de Provisiones Económicas
Apoyo a la Seguridad Pública Fondos de Desastres Naturales
(FONDEN Y FOPREDEN)
Fondo de Reconstrución para
Seguridad y Logística Entidades Federativas
Programas Regionales
Fondo de Apoyo a
Migrantes Fondo de Apoyo para el
Desarrollo Rural
Programa de Sustentable
Fiscalización
Fondo Regional
Fondo para la Accesabilidad
En el Transporte Público Fondo de Modernización de
Personas con Discapacidad los Municipios
Fondo de Pavimentación y
Proyecto de Cámaras de Espacios Deportivos para
Seguridad Pública Municipios
en el Distrito Federal Fondos Metropolitanos
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24. Ramos Presupuestarios
II
Ramo General 23
Presupuesto de Ingresos Sonora 2011
Fuente: LEY DE INGRESOS Y PRESUPUESTO DE INGRESOS DEL ESTADO DE SONORA PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2011
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25. Ramos Presupuestarios
II
Ramo General 25
Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de
Educación Básica, Normal, Tecnológica y de Adultos
Este ramo integra los recursos que la SEP destina para la
prestación de los servicios de educación básica y normal
en el distrito federal, así como las previsiones salariales y
económicas para los fondos de gasto educativos del ramo
general 33.
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26. Ramos Presupuestarios
II
Ramo General 28
Participaciones a Entidades Federativas y
Municipios
El Ramo General 28 transfiere los recursos correspondientes
a las participaciones en ingresos federales e incentivos
económicos a las entidades federativas y los municipios, de
acuerdo con la Ley de Coordinación Fiscal y los Convenios
de Adhesión al Sistema de Coordinación Fiscal y de
Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal y sus
anexos.
Los incentivos económicos se derivan de la retribución que
reciben las entidades federativas por las actividades de
colaboración administrativa que realizan con la Federación.
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27. Ramos Presupuestarios
II
Ramo General 28
Fondos que integran el Ramo en el 2011
Fondo General de Participaciones
Fondo de Fomento Municipal
Derecho Ordinario Impuesto Especial
sobre Hidrocarburos sobre
Producción y Servicios
Municipios Fronterizos Fondo de Fiscalización
y Marítimos
Fondo de Compensación Fondo de Compensación
del ISAN
Fondo de Extracción de Hidrocarburos
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28. Ramos Presupuestarios
II
Ramo General 28
Fuente: Manual de Transferencias Federales para Municipios.- Secretaría de Gobernación.- Instituto Nacional para el Federalismo y Desarrollo
Municipal.- México 2008
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29. Ramos Presupuestarios
II
Participaciones 2010
Lugar Nacional 2009 2010 Incremento %
Total 320,342 378,707 58,365 18.2
1 México 38,374 47,232 8,858 23.1
2 Distrito Federal 38,758 44,515 5,757 14.9
3 Jalisco 20,052 23,814 3,762 18.8
4 Veracruz 18,836 22,791 3,955 21.0
5 Nuevo León 14,823 17,164 2,341 15.8
16 SONORA 9,997 11,294 1,297 12.9
27 Aguascalientes 3,860 4,406 546 14.1
30 Nayarit 3,265 3,774 509 15.6
32 Baja California Sur 2,282 2,558 276 12.1
Fuente: Comunicado de prensa 108/2010 del 28-12-2010.- SHCP.
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30. Ramos Presupuestarios
II
Ramo General 28
Para el Ejercicio Fiscal 2011, la Ley de Ingresos y Presupuesto
de Ingresos del estado de Sonora estima que los ingresos por
concepto de participaciones ascenderán a 12,357.9 millones
de pesos, lo que representa un incremento del 2.8% respecto a
lo recaudado en el año 2010 (12,017.0 mdp).
12,400.0 12,357.9
12,300.0
12,200.0
12,100.0
12,017.0
12,000.0
11,900.0
11,800.0
2010 2011
Fuente: LEY DE INGRESOS Y PRESUPUESTO DE INGRESOS DEL ESTADO PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2010 y 2011.
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31. Ramos Presupuestarios
II
Ramo General 28
Participaciones 2010-2011 para el Estado de Sonora (mdp)
12,600,000,000
12,375.3
12,400,000,000
12,200,000,000
12,000,000,000
11,800,000,000
11,600,000,000
11,326.4
11,400,000,000
11,200,000,000
11,000,000,000
10,800,000,000
2010 2011
Fuente: Distribución y calendarización para la ministración durante el ejercicio fiscal 2010 y 2011, de los recursos correspondientes
a los Ramos Generales 28 Participaciones a Entidades Federativas y Municipios, y 33 Aportaciones Federales para Entidades
Federativas y Municipios.
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32. Ramos Presupuestarios
II
Ramo General 33
Aportaciones Federales para Entidades Federativas y
Municipios
Las aportaciones federales son recursos que la Federación
transfiere a las haciendas públicas de los Estados, Distrito
Federal, y en su caso, de los Municipios cuyo gasto está
condicionado a la consecución y cumplimiento de los
objetivos que la Ley de Coordinación Fiscal
dispone, relacionadas con áreas prioritarias para el desarrollo
nacional, como la educación básica y normal, salud, combate
a la pobreza, asistencia social, infraestructura
educativa, fortalecimiento de las entidades federativas y para
los municipios y demarcaciones territoriales del distrito
federal, seguridad pública, educación tecnológica y de
adultos.
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33. Ramos Presupuestarios
II
Ramo General 33
Presupuesto Sonora 2011
(Millones de pesos)
Total: 10,866.9 mdp
FASP FAETA
289.0 203.7
3% 2% FAFEF
FAM 711.4
296.9 6%
3%
FORTAMUN-DF
1,111.0
10%
FAIS
457.3
4% FAEB
6,303.6
58%
FASSA 1,493.7
14%
Fuente: LEY DE INGRESOS Y PRESUPUESTO DE INGRESOS DEL ESTADO PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2011.
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34. Ramos Presupuestarios
II
Ramo General 33
Presupuesto Sonora 2011
(Millones de pesos)
FASP FAETA Total: 10,703.9 mdp
285.6 203.7
FAM FAFEF
3% 2%
124,206,551 711.6
1% 7%
FORTAMUN-DF
1,123.9
10%
FAIS
457.3
4% FAEB
FASSA
6,303.6
1,493.7
59%
14%
Fuente: Distribución y calendarización para la ministración durante el ejercicio fiscal 2011, de los recursos correspondientes a los
Ramos Generales 28 Participaciones a Entidades Federativas y Municipios, y 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas
y Municipios.
Distribución y calendarización para la ministración durante el ejercicio fiscal 2011, de los recursos correspondientes al Fondo de
Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal
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48. II
Resumen Ejecutivo
PARTICIPA INGRESOS
APORTACIONES CONVENIOS
CIONES EXCEDENTES
Ley Federal de Convenio Ley Federal de
Ley de
Presupuesto y autorizado. Presupuesto y
Asignación Coordinación
Responsabilida Responsabilidad
Fiscal
d Hacendaria Hacendaria
Restricciones No SI SI SI
Normatividad Local Federal y Local Federal Federal
Devolución a
No No Si Si
la Federación
Estados y Estados y Estados y
Ejecutor Estados
Municipios Municipios Municipios
SCGES SCGES
SCGES
Fiscalizable SCGES ASF ASF
ASF
Por: ISAF SFP SFP
ISAF
ISAF ISAF
SCGES: Secretaría de la Contraloría General del Estado de Sonora
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49. Tipo de Recurso y Ramos Presupuestarios
II
R I E S G OS
Que se desconozca la normatividad aplicable de
acuerdo con el tipo de recurso federal recibido.
Que no se tenga la certeza del origen del recurso federal
recibido.
Que se emitan lineamientos normativos sin contar con
atribuciones para su aplicación.
Que se realice “mezcla” de recursos y no sea factible
identificar el origen del recurso federal.
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50. II
TIPOS DE RECURSOS Y RAMOS FEDERALES
SESIÓN DE PREGUNTAS Y
RESPUESTAS
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51. III
Destino y Riesgo en la Aplicación
¿CUÁLES SON LOS DESTINOS ESPECÍFICOS Y
RIESGOS EN LA APLICACIÓN DE LOS
RECURSOS?
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52. Destino y Riesgo en la Aplicación
III
Ramo General 33
Fondos
FORTA FAM
FAIS MUN DF FAETA
FASSA
FASP
FAEB FAFEF
Subfondos
FISE FISM CONA INEA
LEP
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53. Destino y Riesgo en la Aplicación
III
Ramo General 33: FAEB
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54. Destino y Riesgo en la Aplicación
III
Ramo General 33: FAEB
Criterios de Asignación de Recursos
Desde la creación del ramo general
33, se establecieron en la ley de
coordinación fiscal los criterios para
distribuir a las entidades federativas
los recursos del FAEB, de acuerdo
con lo siguiente:
Registro común de escuelas.
Plantilla de personal.
Los recursos presupuestarios
transferidos con cargo al FAEB
durante el ejercicio inmediato
anterior adicionándole:
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55. Destino y Riesgo en la Aplicación
III
Ramo General 33: FAEB
Criterios de Asignación de Recursos
Las ampliaciones presupuestarias autorizadas con
cargo al Ramo General 25.
El importe que, en su caso, resulte de aplicar en el
ejercicio que se presupueste las medidas autorizadas con
cargo a las citadas previsiones derivadas del ejercicio
anterior (Complemento a la Anualidad).
La actualización de los gastos de operación, distintos a
servicios personales y mantenimiento de escuelas.
El 21 de diciembre del 2007, se publicó en el diario oficial de la
federación el decreto de modificación de la ley de
coordinación fiscal, en el cual se incorpora una nueva fórmula
para calcular la distribución de los recursos del FAEB entre
las entidades federativas, de acuerdo con lo siguiente:
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56. Destino y Riesgo en la Aplicación
III
Ramo General 33: FAEB
Criterios de Asignación de Recursos
Matrícula escolar de cada estado
50%
Estados con costo promedio por
alumno inferior a la media nacional
20%
Gasto estatal en educación básica
20%
Índice de calidad educativa
determinado por la SEP
10%
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57. Destino y Riesgo en la Aplicación
Fondo de Aportaciones para la Educación Básica III
y Normal (FAEB)
DESTINO ESPECÍFICO
Prestar servicios de educación en los siguientes aspectos:
• Inicial
* Básica, incluyendo la indígena
* Especial
* Normal
• Formación para maestros
• Contenidos regionales de planes y programas de estudios.
*Formación, actualización, capacitación y superación profesional de
los maestros.
*Revalidación y equivalencia de estudios.
*Autorización a particulares para brindar el servicio educativo.
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58. Destino y Riesgo en la Aplicación
Fondo de Aportaciones para la Educación Básica III
y Normal (FAEB)
RIESGOS
1. Que se utilicen recursos para el pago del servicio de educación
media superior y superior.
2. Que el personal que no desempeña funciones asociadas a la
educación básica.
3. Que se otorguen apoyos a instituciones ajenas a la educación
básica.
4. Que se paguen remuneraciones sin sustento normativo.
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60. Destino y Riesgo en la Aplicación
Fondo de Aportaciones para la Educación Básica III
y Normal (FAEB)
Fuente: Informes sobre la Situación Económica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública Cuarto Trimestre de 2010. Estado de
Sonora.
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61. Destino y Riesgo en la Aplicación
III
Ramo General 33: FASSA
www.cecadep.com.mx 61
62. Destino y Riesgo en la Aplicación
III
Ramo General 33: FASSA
Criterios de Asignación de Recursos
Inventario de Infraestructura
Médica.
Plantilla de personal.
Las ampliaciones presupuestarias
autorizadas (regularizable de
servicios personales y gasto de
operación).
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63. Destino y Riesgo en la Aplicación
III
Ramo General 33: FASSA
Criterios de Asignación de Recursos
Recursos autorizados expresamente
en el Decreto de Presupuesto de
Egresos de la Federación para
promover la equidad en los
Servicios de Salud.
Se excluye de las previsiones los
gastos de inversión no
regularizables acordados entre el
Estado y la Federación.
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64. Destino y Riesgo en la Aplicación
Fondo de Aportaciones para los Servicios de III
Salud (FASSA)
DESTINO ESPECÍFICO
Prestar servicios de atención médica:
• La atención materno-infantil.
•La salud visual.
•La planificación familiar.
•La salud mental.
•Organizar, operar, supervisar y evaluar la prestación de
los servicios de salubridad general.
•Llevar a cabo los programas y acciones que en materia
de salubridad local les competan.
•Elaborar información estadística local.
•Las demás que establezca la Ley General de Salud.
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65. Destino y Riesgo en la Aplicación
Fondo de Aportaciones para los Servicios de III
Salud (FASSA)
RIESGOS
1. Que se combinen recursos con programas federales
(Seguro Popular).
2. Que el personal no cubra el perfil para brindar el
servicio de atención médica.
3. Que se otorguen apoyos al sindicato sin sustento
normativo.
4. Que se paguen prestaciones en efectivo.
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66. Destino y Riesgo en la Aplicación
III
Ejemplo Riesgo FASSA
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67. Destino y Riesgo en la Aplicación
Fondo de Aportaciones para los Servicios de III
Salud (FASSA)
Fuente: Informes sobre la Situación Económica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública Cuarto Trimestre de 2010. Estado de
Sonora.
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68. Destino y Riesgo en la Aplicación
III
Ramo General 33: FAIS
Aumenta el número de habitantes en situación de
pobreza en Sonora
Más de un millón
280 mil habitantes
de Sonora viven en
situación de
pobreza; de
ellos, 300 mil se
han agregado
durante los últimos
20 años, reveló el
Centro de
Investigación en
Alimentación y
Desarrollo (CIAD).
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69. Destino y Riesgo en la Aplicación
III
Ramo General 33: FAIS
Criterios de Asignación de Recursos
Se destina un monto
equivalente al 2.5% de la
recaudación federal
participable, según estimación
que de la misma se realice en
el Presupuesto de Egresos de
la Federación, con base en lo
que al efecto establezca la Ley
de Ingresos de la Federación
para el ejercicio presupuestal
correspondiente.
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70. Destino y Riesgo en la Aplicación
III
Ramo General 33: FAIS
Criterios de Asignación de Recursos
Los recursos asignados al FAIS se distribuyen en
dos subfondos de acuerdo con lo siguiente:
• FISE 0.303%
• FISM 2.197%
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71. Destino y Riesgo en la Aplicación
Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social III
(FAIS)
DESTINO ESPECÍFICO
Los recursos deberán destinarse exclusivamente para:
Financiamiento de obras, acciones sociales básicas y a
inversiones que beneficien directamente a sectores de su
población que se encuentren en condiciones de rezago
social y pobreza extrema.
Las obras y acciones que se realizan a través de este
Subfondo deberán tener un alcance o ámbito de beneficio
regional o intermunicipal.
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72. Destino y Riesgo en la Aplicación
III
Ramo General 33: FAIS
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73. Destino y Riesgo en la Aplicación
III
Ramo General 33: FAIS
Fuente: Metodología de la Medición Multidimensional de la Pobreza. Sonora 2008.- CONEVAL.
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74. Destino y Riesgo en la Aplicación
III
Ramo General 33: FAIS
Fuente: Metodología de la Medición Multidimensional de la Pobreza. Sonora 2008.- CONEVAL.
www.cecadep.com.mx 74
75. Destino y Riesgo en la Aplicación
III
Ramo General 33: FAIS
Fuente: Metodología de la Medición Multidimensional de la Pobreza. Sonora 2005.- CONEVAL.
www.cecadep.com.mx 75
76. Destino y Riesgo en la Aplicación
III
Ramo General 33: FAIS
Fuente: Metodología de la Medición Multidimensional de la Pobreza. Sonora 2005.- CONEVAL.
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77. Destino y Riesgo en la Aplicación
III
Ramo General 33: FAIS
Fuente: Metodología de la Medición Multidimensional de la Pobreza. Sonora 2005.- CONEVAL.
www.cecadep.com.mx 77
78. Destino y Riesgo en la Aplicación
Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social III
(FAIS)
RIESGOS
1. Que se realicen obras que no beneficie a la población
objetiva establecida en la Ley de Coordinación Fiscal.
2. Que se desconozca la información que emite el
CONEVAL como responsable de la definición de
pobreza en el país.
3. Que se realicen erogaciones en gasto corriente.
4. Que se combinen los recursos con programas
federales y/o estatales y municipales.
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79. Destino y Riesgo en la Aplicación
III
Ejemplo Riesgo FISE
Fuente: Periódico Reforma
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80. Destino y Riesgo en la Aplicación
Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social III
(FAIS)
Fuente: Informes sobre la Situación Económica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública Cuarto Trimestre de 2010. Estado de
Sonora.
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81. Destino y Riesgo en la Aplicación
III
Ramo General 33: FAM
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82. Destino y Riesgo en la Aplicación
III
Fondo de Aportaciones Múltiples (FAM)
Criterios de Asignación de Recursos
Se destina un monto
equivalente al 0.814% de la
Recaudación Federal
Participable, según
estimación que de la misma
se realice en el Presupuesto
de Egresos de la
Federación, con base en lo
que al efecto establezca la
Ley de Ingresos de la
Federación para el ejercicio
presupuestal
correspondiente.
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83. Destino y Riesgo en la Aplicación
III
Fondo de Aportaciones Múltiples (FAM)
Los recursos asignados al FAM se distribuyen en tres
subfondos de acuerdo con lo siguiente:
• Asistencia Social
• Infraestructura para Educación Básica
• Infraestructura para Educación Superior
El 24 de junio del 2009, se reformó la Ley de Coordinación
Fiscal para incorporar la infraestructura para Educación
Media Superior, y en el primer transitorio se señala que en el
período 2010-2014 la H. Cámara de Diputados incrementará
los recursos para atender a este nivel de educación.
La distribución de los subfondos de infraestructura no se
incluye en el PEF y se realiza posteriormente (junio).
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84. Destino y Riesgo en la Aplicación
III
Fondo de Aportaciones Múltiples (FAM)
DESTINO ESPECÍFICO
Los recursos deberán destinarse exclusivamente para:
• Otorgamiento de desayunos escolares.
• Apoyos alimentarios y de asistencia social
a la población en condiciones de pobreza
extrema.
• Apoyos a la población en desamparo.
• Construcción, equipamiento y
rehabilitación de infraestructura física de los
niveles de educación básica, media superior
y superior en su modalidad universitaria.
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85. Destino y Riesgo en la Aplicación
III
Fondo de Aportaciones Múltiples (FAM)
RIESGOS
1. Gastos que no se destinaron a los fines establecidos
en la Ley de Coordinación Fiscal
2. Que la Secretaría de Finanzas no transfiera los
recursos y/o rendimientos financieros al ejecutor del
gasto.
3. Transferencia de recursos a entidades que no son
ejecutoras de los recursos del FAM.
4. Aplicación de gastos indirectos de obra no asociados
a su ejecución.
5. Falta de transparencia en el ejercicio de los recursos.
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86. Destino y Riesgo en la Aplicación
III
Ejemplo Riesgos FAM
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87. Destino y Riesgo en la Aplicación
III
Ejemplo Riesgos FAM
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88. Destino y Riesgo en la Aplicación
Fondo de Aportaciones Múltiples (FAM) III
Fuente: Informes sobre la Situación Económica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública Cuarto Trimestre de 2010. Estado de
Sonora.
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89. Destino y Riesgo en la Aplicación
III
Ramo General 33: FAETA
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90. Destino y Riesgo en la Aplicación
Fondo de Aportaciones para la Educación III
Tecnológica y de Adultos (FAETA)
Criterios de Asignación de Recursos
Los recursos se autorizan de acuerdo
con los convenios suscritos entre el
Estado y la Federación, de
conformidad con:
Registro de planteles
Instalaciones Educativas
Plantilla de personal
Se incluye el pago de impuestos
federales y las aportaciones para
seguridad social.
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91. Destino y Riesgo en la Aplicación
Fondo de Aportaciones para la Educación III
Tecnológica y de Adultos (FAETA)
Criterios de Asignación de Recursos
Asimismo, se consideran también las modificaciones
presupuestarias siguientes:
Presupuesto regularizable del
ejercicio anterior.
Actualización de los gastos de
operación distintos a servicios
personales.
Las prioridades específicas y
estrategias compensatorias para el
abatimiento del rezago en materia de
alfabetización, educación básica y
formación para el trabajo.
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92. Destino y Riesgo en la Aplicación
Fondo de Aportaciones para la Educación III
Tecnológica y de Adultos (FAETA)
DESTINO ESPECÍFICO
Los recursos complementarios deberán destinarse
exclusivamente para:
Apoyar la prestación de los servicios de educación
tecnológica y de educación para adultos, cuya operación
asuman de conformidad con los convenios de
coordinación suscritos con el Ejecutivo Federal, para la
transferencia de recursos humanos, materiales y
financieros necesarios para la prestación de dichos
servicios.
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93. Destino y Riesgo en la Aplicación
Fondo de Aportaciones para la Educación III
Tecnológica y de Adultos (FAETA)
RIESGOS
1. Pago de prestaciones no autorizadas.
2. Pago de puestos y plazas no autorizadas.
3. Pago de bonos y estímulos improcedentes.
4. Pago a personal de honorarios que no cumplen con la
normatividad vigente.
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94. Destino y Riesgo en la Aplicación
III
Ejemplo Riesgos FAETA
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95. Destino y Riesgo en la Aplicación
III
Ejemplo Riesgos FAETA
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96. Destino y Riesgo en la Aplicación
Fondo de Aportaciones para la Educación III
Tecnológica y de Adultos (FAETA)
Fuente: Informes sobre la Situación Económica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública Cuarto Trimestre de 2010. Estado de
Sonora.
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97. Destino y Riesgo en la Aplicación
III
Ramo General 33: FASP
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98. Destino y Riesgo en la Aplicación
III
Ramo General 33: FASP
Criterios de Asignación de Recursos
Se asignan a propuesta de la Secretaría de Seguridad
Pública, considerando los siguientes criterios:
Número de habitantes de los Estados y
del Distrito Federal;
Índice de ocupación penitenciaria;
La implementación de programas de
prevención del delito; así como el
avance en la aplicación del Programa
Nacional de Seguridad Pública en
materia de
profesionalización, equipamiento, mode
rnización tecnológica e infraestructura.
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99. Destino y Riesgo en la Aplicación
III
Ramo General 33: FASP
Fuente: http://www.secretariadoejecutivo.gob.mx/es/SecretariadoEjecutivo/28_de_Diciembre
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100. Destino y Riesgo en la Aplicación
Fondo de Aportaciones para Seguridad Pública III
(FASP)
DESTINO ESPECÍFICO
Los recursos deberán destinarse exclusivamente para:
• Reclutamiento, selección, depuración, evaluación y
formación de los recursos humanos, vinculados a las
tareas de seguridad pública. PLATAFORMAS DE
Mexicali COMUNICACIONES
• Equipamiento
BC
Sonora
Hermosillo Chihuahua
Chihuahua
BCS Coahuila
Nuevo
Sinaloa Saltillo León
• Telecomunicaciones
Culiacán Durango Monterrey
La Paz Durango
Zacatecas Cd. Victoria
Tamaulipas
San Luis Potosí
Nayarit
Ags. Golfo de México
Yucatán
Guanajuato Mérida
Guadalajara Qro.Hidalgo
Jalisco Quintana
Campeche
Edo. Tlax.
Colima Méx. Roo
• Sistema Nacional de Emergencia
de Puebla
Michoacán Mor. Veracruz Tabasco
Méx.
Guerrero
Océano Pacífico Oaxaca Chiapas
Oaxaca
•Instalaciones de Seguridad Pública, Impartición de
Justicia y Readaptación Social
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101. Destino y Riesgo en la Aplicación
Fondo de Aportaciones para Seguridad Pública III
(FASP)
RIESGOS
1. Subejercicio de los recursos autorizados.
2. Pago de estímulos a personal que no aprobó
evaluaciones establecidas.
3. Erogaciones realizadas que no se encontraban
acordadas en los Convenios de Coordinación
suscritos con la Federación.
4. Falta de documentación comprobatoria y justificatoria
del gasto.
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102. Destino y Riesgo en la Aplicación
Fondo de Aportaciones para Seguridad Pública III
(FASP)
Fuente: Periódico Reforma del 19 de Noviembre del 2010
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103. Destino y Riesgo en la Aplicación
III
Ejemplo de Riesgos FASP
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104. Destino y Riesgo en la Aplicación
Fondo de Aportaciones para Seguridad Pública III
(FASP)
Fuente: Informes sobre la Situación Económica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública Cuarto Trimestre de 2010. Estado de
Sonora.
www.cecadep.com.mx 104
105. Destino y Riesgo en la Aplicación
III
Ramo General 33: FAFEF
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106. Destino y Riesgo en la Aplicación
Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento III
de las Entidades Federativas (FAFEF)
Criterios de Asignación de Recursos
Se destina un monto equivalente al 1.40% de la
Recaudación Federal Participable, según
estimación que de la misma se realice en el
Presupuesto de Egresos de la Federación, con base
en lo que al efecto establezca la Ley de Ingresos de
la Federación para el ejercicio presupuestal
correspondiente.
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107. Destino y Riesgo en la Aplicación
Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento III
de las Entidades Federativas (FAFEF)
DESTINO ESPECÍFICO
Los recursos deberán destinarse exclusivamente para:
• Infraestructura física y 3% de gastos indirectos.
• Saneamiento financiero y amortización de la deuda.
• Saneamiento de pensiones.
• Modernización del Registro Público de la Propiedad y el
Catastro.
• Modernización de los Sistemas de Recaudación.
• Las demás que establezca el Art. 47 de la LCF.
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108. Destino y Riesgo en la Aplicación
Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento III
de las Entidades Federativas (FAFEF)
DESTINO ESPECÍFICO
• Para proyectos de investigación científica y desarrollo
tecnológico, siempre y cuando las aportaciones federales
destinadas a este rubro sean adicionales a los recursos
locales.
•Para los sistemas de protección civil, siempre y cuando
las aportaciones federales destinadas a este rubro sean
adicionales a los recursos locales.
• Para apoyar la educación pública, siempre y cuando las
aportaciones federales sean adicionales a los recursos
locales para dicha materia y que el monto de los recursos
locales se incremente en términos reales respecto al
presupuestado en el año inmediato anterior.
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109. Destino y Riesgo en la Aplicación
Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento III
de las Entidades Federativas (FAFEF)
DESTINO ESPECÍFICO
• Los recursos del FAFEF no se pueden utilizar en gasto
corriente o de operación, con excepción de aquellos
conceptos señalados en los puntos anteriores.
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110. Destino y Riesgo en la Aplicación
III
Ramo General 33: FAFEF
Fuente: Periódico Milenio del 10-06-2010
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111. Destino y Riesgo en la Aplicación
Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento III
de las Entidades Federativas (FAFEF)
RIESGOS
1. Recursos aplicados que no se ajustan a los fines de
la Ley de Coordinación Fiscal.
2. Pago de deuda sin documentar la fortaleza en las
finanzas públicas.
3. Carencia de documentación comprobatoria del
gasto.
4. Pagos de obras por conceptos pagados no
ejecutados.
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112. Destino y Riesgo en la Aplicación
III
Ejemplo de Riesgos FAFEF
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113. Destino y Riesgo en la Aplicación
Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento III
de las Entidades Federativas (FAFEF)
Fuente: Informes sobre la Situación Económica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública Cuarto Trimestre de 2010. Estado de
Sonora.
www.cecadep.com.mx 113
114. Destino y Riesgo en la Aplicación
III
Convenios Federales
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115. Destino y Riesgo en la Aplicación
III
Convenios Federales
DESTINO ESPECÍFICO
Los convenios presentan de manera general la
estructura siguiente:
•Objetivos a alcanzar.
• Aportación financiera federal, y en su caso, la
contraparte estatal.
• Obligaciones en materia de transparencia.
• Metas a alcanzar
• Plazos y calendario de ministraciones.
• Apertura de cuentas bancarias específicas para la
identificación del recurso.
• Instancias de fiscalización.
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116. Destino y Riesgo en la Aplicación
III
Convenios Federales
RIESGOS
1. Duplicidad de apoyos con diversos programas
federales o estatales.
2. Falta de control sobre los padrones de beneficiarios
de los programas.
3. Diferencias entre el avance del ejercicio de los
recursos reportado a las instancias federales y el
registrado en el estado.
4. Falta de documentación comprobatoria del gasto.
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117. Destino y Riesgo en la Aplicación
III
Ejemplo de Riesgos Convenios
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118. Destino y Riesgo en la Aplicación
III
Ejemplo de Riesgos Convenios
www.cecadep.com.mx 118
119. Destino y Riesgo en la Aplicación
III
Ejemplo de Riesgos Convenios
www.cecadep.com.mx 119
120. IV
RESPONSABILIDAD PÚBLICA
¿CUÁL ES LA NORMATIVIDAD QUE ES
INDISPENSABLE CONOCER PARA EVITAR
RESPONSABILIDADES POR LA APLICACIÓN DE
RECURSOS FEDERALES?
www.cecadep.com.mx 120
121. Responsabilidad Pública
Constitución Política de los IV
Estados Unidos Mexicanos
ART. 79 Fracción IV
La Auditoría Superior de la Federación tiene la facultad de
“Determinar los daños y perjuicios que afecten a la Hacienda
Pública Federal o al patrimonio de los entes públicos federales
y fincar directamente a los responsables las indemnizaciones y
sanciones pecuniarias correspondientes, así como promover
ante las autoridades competentes el fincamiento de otras
responsabilidades; promover las acciones de responsabilidad
a que se refiere el Título Cuarto de esta Constitución, y
presentar las denuncias y querellas penales, en cuyos
procedimientos tendrá la intervención que señale la ley...”.
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122. Responsabilidad Pública
Constitución Política de los IV
Estados Unidos Mexicanos
ART. 108 RESPONSABILIDADES DE SERVIDORES PÚBLICOS
Los gobernadores de los estados, los diputados a las
legislaturas locales, los magistrados de los tribunales
superiores de justicia locales y, en su caso, los miembros
de los consejos de las judicaturas locales, serán
responsables por violaciones a esta constitución y a las
leyes federales, así como por el manejo indebido de fondos
y recursos federales.
ART. 134 LOS RECURSOS ECONÓMICOS
Que dispongan la federación, los estados, los municipios, el
distrito federal y los órganos político-administrativos de sus
demarcaciones territoriales, se administrarán con
eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para
satisfacer los objetivos a los que estén destinados.
www.cecadep.com.mx 122
123. Responsabilidad Pública
Constitución Política de los IV
Estados Unidos Mexicanos
ART. 134 LOS RECURSOS ECONÓMICOS
Los resultados del ejercicio de dichos recursos serán
evaluados por las instancias técnicas que
establezcan, respectivamente, la federación, los estados y el
distrito federal.
El manejo de recursos económicos federales por parte de los
estados, los municipios, el distrito federal y los órganos
político-administrativos de sus demarcaciones territoriales, se
sujetará a las bases de este artículo y a las leyes
reglamentarias.
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124. Responsabilidad Pública
Ley Federal de Presupuesto y IV
Responsabilidad Hacendaria
ART. 10
Las dependencias y entidades
podrán otorgar subsidios o
donativos, los cuales mantienen
su naturaleza jurídica de recursos
públicos federales para efectos de
su fiscalización y transparencia, a
los fideicomisos que constituyan
las entidades federativas o los
particulares, siempre y cuando
cumplan con los requisitos
establecidos en la Ley y su
Reglamento.
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125. Responsabilidad Pública
Ley Federal de Presupuesto y IV
Responsabilidad Hacendaria
ART. 85
Los recursos federales que ejerzan las
entidades federativas y los municipios, serán
evaluados conforme a las bases establecidas
en el artículo 110 de la Ley, con base en
indicadores estratégicos y de gestión, por
instancias técnicas independientes de las
instituciones que ejerzan dichos
recursos, observando los requisitos de
información correspondientes.
Se deberá remitir a la federación información
sobre el ejercicio, destino y los resultados
obtenidos a más tardar a los 20 días
naturales posteriores a la terminación de
cada trimestre del ejercicio fiscal.
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126. Responsabilidad Pública
Ley Federal de Presupuesto y IV
Responsabilidad Hacendaria
ART. 112
Los actos u omisiones que impliquen el
incumplimiento a los preceptos
establecidos en la Ley, su Reglamento y
demás disposiciones generales en la
materia, serán sancionados de
conformidad con lo previsto en la Ley
Federal de Responsabilidades
Administrativas de los Servidores
Públicos.
La ASF ejercerá sus atribuciones en
materia de responsabilidades.
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127. Responsabilidad Pública
Ley Federal de Presupuesto y IV
Responsabilidad Hacendaria
ART. 114
Se sancionarán las siguientes situaciones:
Causar daño o perjuicio a la Hacienda
Pública Federal.
No tener registros presupuestarios y
contables en la forma y términos que
establece la Ley, con información
confiable y veraz.
Distraigan de su objeto dinero o
valores, para usos propios o ajenos.
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128. Responsabilidad Pública
Ley Federal de Presupuesto y IV
Responsabilidad Hacendaria
ART. 114
No proporcionar en tiempo y forma la
información requerida por la SHCP y la
Función Pública .
Se realicen acciones u omisiones que
impidan el ejercicio eficiente, eficaz y
oportuno de los recursos y el logro de
los objetivos y metas anuales.
Realicen acciones u omisiones que
deliberadamente generen subejercicios
por un incumplimiento de los objetivos
y metas anuales en sus presupuestos.
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129. Responsabilidad Pública
Ley Federal de Presupuesto y IV
Responsabilidad Hacendaria
ART. 115
Los servidores públicos y las personas físicas o morales
que causen daño o perjuicio estimable en dinero a la
Hacienda Pública Federal o al patrimonio de cualquier ente
autónomo o entidad, incluyendo en su caso, los beneficios
obtenidos indebidamente por actos u omisiones que les
sean imputables, o por incumplimiento de obligaciones
derivadas de esta Ley, serán responsables del pago de la
indemnización correspondiente, en los términos de las
disposiciones generales aplicables.
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