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DE LOS VICE PRESIDENTES
• Al conocerse el fallecimiento del Primer o del Segundo Vice
Presidente de la República, se decretará Duelo Oficial el día de la
inhumación de sus restos mortales en consideración a su alta
investidura, y se izará a media asta el Pabellón Nacional en los
edificios públicos, locales militares, buques de la Armada, locales
policiales y demás dependencias del Estado.
• Los restos serán velados en la capilla del Sagrario de la Basílica
Metropolitana, el traslado de los restos mortales al lugar del velatorio
se realizará en privado.
DE OTRAS ALTAS AUTORIDADES
• Corresponden exequias con honores de Ministro de Estado, de
conformidad con las disposiciones contenidas en el
Reglamento de Ceremonial Terrestre y Protocolo Militar para
las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, a:
• Titulares de organismos constitucionales autónomos y a
quienes el gobierno disponga por Resolución Suprema.
• Tanto cuando se encuentren ejerciendo el cargo o cuando
estén en la situación de cesantes o jubilados.
HONORES FÚNEBRES
A PERSONAL DE
LAS FFAA Y PNP
RFFAA 12-01 vigente
HONORES FÚNEBRES A PERSONAL DE
LAS FUERZAS ARMADAS Y POLICIA
NACIONAL
• Ceremonial Terrestre y Protocolo Militar para FFAA y PNP
• Ordenanza FAP 190-10 del 15 de marzo del 2005
• HONORES FUNEBRES Y SEPELIO PARA EX MINISTROS DE AERONAUTICA, EX COMANDANTES
GENERALES DE LA FAP Y OFICIALES GENERALES FAP
• ORDENANZA FAP 190-12 del 12 de diciembre del 2005
• SERVICIO DE ALERTA DE CORONELES FAP PARA CEREMONIAS Y ACTOS OFICIALES
• ORDENANZA FAP 190-13 del 07 de abril del 2004
• HONORES FÚNEBRES Y SEPELIO PARA EL PERSONAL FAP
RFFAA 12-01 vigente
• Siendo deber del Estado honrar, en caso de deceso, a sus
servidores, así como a los representantes extranjeros
acreditados en el país, se rendirán honores fúnebres a los
restos mortales de éstos, de acuerdo a los prescrito en el
presente Reglamento.
HONORES FÚNEBRES A PERSONAL DE
LAS FUERZAS ARMADAS Y POLICIA
NACIONAL RFFAA 12-01 vigente
• Es obligación de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional
enterrar con solemnidad y honores correspondientes a su
jerarquía, al personal militar o policial que fallezca, en situación
de actividad, disponibilidad o retiro
Ceremonial Terrestre y Protocolo
Militar para FFAA y PNP
RFFAA 12-01 vigente
• No se rendirán honores fúnebres al personal militar policial que
hubiese pasado y permanezcan en situación de disponibilidad
o retiro, por sentencia judicial o medida disciplinaria, así como
al que se suicide o que su fallecimiento sea consecuencia de
un acto que afecte al honor, la moral o prestigio de su
Institución
Ceremonial Terrestre y Protocolo
Militar para FFAA y PNP
RFFAA 12-01 vigente
• El Jefe de Línea de las tropas que rinden
honores fúnebres será un oficial perteneciente
al Instituto del fallecido del grado que
corresponde a la magnitud de las tropas que
formen.
Ceremonial Terrestre y Protocolo
Militar para FFAA y PNP
RFFAA 12-01 vigente
1. Las guardias de honores,
serán permanentes cuando
la Capilla Ardiente sea
levantada en un recinto
militar o policial.
Ceremonial Terrestre y Protocolo
Militar para FFAA y PNP
RFFAA 12-01 vigente
• Para dar mayor solemnidad al sepelio, más aún si se tratara de
oficiales en actividad, se prescribirá la asistencia obligatoria de:
• Comisiones de Oficiales de todas las Unidades de la guarnición,
pertenecientes al Instituto del oficial fallecido.
• El mayor número de Jefes y Oficiales francos de la unidad, servicio
o repartición a la que perteneció el fallecido.
Ceremonial Terrestre y Protocolo
Militar para FFAA y PNP
RFFAA 12-01 vigente
• Cualquiera que sea el rango o situación del Oficial
fallecido se colocará encima del ataúd su gorro, espada
y condecoraciones durante el tiempo que esté en
Capilla Ardiente; las mismas que serán llevadas por
Oficiales, en almohadillas delante y a la salida del
cortejo. En caso de fallecimiento por acción de armas
en guerra convencional y/o guerra no convencional,
se colocará el Pabellón Nacional cubriendo el ataúd.
Ceremonial Terrestre y Protocolo
Militar para FFAA y PNP
RFFAA 12-01 vigente
• Un capellán tendrá a su cargo los aspectos religiosos en cada caso.
• Momentos antes de inhumarse los restos del fallecido, cualquiera que sea
su jerarquía o situación, deberá pronunciarse un discurso fúnebre, por el
oficial designado por el Instituto.
• Al termino de la inhumación, un corneta ejecutará el TOQUE DE
SILENCIO.
Ceremonial Terrestre y Protocolo
Militar para FFAA y PNP
RFFAA 12-01 vigente
A LOS OFICIALES SUPERIORES Y SUBALTERNOS
FALLECIDOS EN SITUACIÓN DE ACTIVIDAD,
DISPONIBILIDAD O RETIRO
• El día del sepelio, en el lugar en que se velan los restos, se montará a
partir de las 08.00 horas, una guardia de honor, constituida por una
sección de tropa con Bandera de Guerra del Instituto del fallecido, a
órdenes del oficial encargado del ceremonial fúnebre, la que
proporcionará los centinelas siguientes:
a.Cuatro para el féretro (dos a cada lado).
b.Uno en la puerta.
• La Bandera de Guerra será colocada delante del ataúd.
• En el cementerio permanecerá en línea una unidad de tropa a
pie con Bandera de Guerra y Banda de Músicos, constituida
por:
a.Cuatro para el féretro (dos a cada lado).
b.Uno en la puerta
• A la llegada cortejo, las tropas colocarán el ARMA SOBRE EL
HOMBRO y se ejecutará el toque de ATENCION.
A LOS OFICIALES SUPERIORES Y SUBALTERNOS
FALLECIDOS EN SITUACIÓN DE ACTIVIDAD,
DISPONIBILIDAD O RETIRO
• El ataúd será conducido en hombros por una escolta de honor,
acompañado por el Jefe de Línea pasando frente a las tropas que
rinden honores.
• Durante el trayecto la banda en su emplazamiento tocará una
MARCHA FÚNEBRE.
• En el momento de la inhumación de los restos, se ejecutará el TOQUE
DE SILENCIO.
A LOS OFICIALES SUPERIORES Y SUBALTERNOS
FALLECIDOS EN SITUACIÓN DE ACTIVIDAD,
DISPONIBILIDAD O RETIRO
A LOS OFICIALES ASIMILADOS
• Se les rendirán los honores correspondientes a sus grados, sólo
cuando fallezcan encontrándose en situación de Actividad.
• El día del sepelio, en el lugar en que se velan los restos, se montará a
partir de las 08.00 horas, una guardia de honor sin armas, con personal
de tropa de la unidad o dependencia del Instituto al que perteneció el
extinto, la que proporcionará los centinelas siguientes:
• Cuatro para el féretro (dos a cada lado)
• Uno en la puerta.
AL PERSONAL DE TÉCNICOS, SUBOFICIALES Y OFICIALES,
CLASES Y GUARDIAS DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERU
FALLECIDOS EN SITUACIÓN DE ACTIVIDAD,
DISPONIBILIDAD O RETIRO.
• El día del sepelio, en el Cementerio, formará en línea una sección sin
armas, al mando de un miembro de igual grado del fallecido o del
grado inmediato inferior.
• El ataúd será conducido en hombros por una escolta de honor
pasando frente a la sección que rinden honores, las que
permanecerán en atención y saludando mientras dure el recorrido.
AL PERSONAL DE TÉCNICOS, SUBOFICIALES Y OFICIALES,
CLASES Y GUARDIAS DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERU
FALLECIDOS EN SITUACIÓN DE ACTIVIDAD,
DISPONIBILIDAD O RETIRO.
• Arrastrará el duelo un oficial superior. Además asistirá una comisión de
su unidad.
• En el momento de la inhumación de los restos un corneta ejecutará el
TOQUE DE SILENCIO.
• En caso de que el fallecimiento sea en acción de armas la sección
formará con armamento
AL PERSONAL DE TÉCNICOS, SUBOFICIALES Y OFICIALES,
CLASES Y GUARDIAS DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERU
FALLECIDOS EN SITUACIÓN DE ACTIVIDAD,
DISPONIBILIDAD O RETIRO.
AL PERSONAL DE TROPA DE LAS
FUERZAS ARMADAS
• El día del sepelio en el local donde se velan los restos, a partir de las
08.00 horas se montará una guardia de honor sin armas, a cargo del
personal de tropa de su unidad, la que proporcionará los centinelas
siguientes:
• Cuatro para el féretro (dos a cada lado)
• Uno en la puerta.
• En el cementerio, formará en línea una sección sin armas, al mando de
un Sargento 1ro. o Cabo de 1ra. para rendir los honores fúnebres a los
Sargentos 1ros y 2dos., Cabos de 1ra y 2da. Fallecidos; y un grupo de
combate, sin armas, al mando de un Sargento 2do o Cabo de 2da., para
el caso de los Cabos y Soldados; Marineros y Grumetes; y Avioneros.
• A la llegada del cortejo fúnebre al Cementerio, el ataúd será conducido en
hombros por una guardia de honor frente a la tropa., la que saludará a su
paso.
AL PERSONAL DE TROPA DE LAS
FUERZAS ARMADAS
• Arrastrará el duelo, un oficial designado por la unidad o dependencia a
la cual perteneció el extinto. Además, asistirá una comisión del personal
de tropa de su unidad.
• En el momento de la inhumación de los restos se ejecutará el TOQUE
DE SILENCIO.
AL PERSONAL DE TROPA DE LAS
FUERZAS ARMADAS
AL PERSONAL DE OFICIALES, PERSONAL SUBALTERNO O
AUXILIAR Y TROPA FALLECIDOS EN ACCION DE ARMAS EN
GUERRA NO CONVENCIONAL
• Se les tributará los honores correspondientes a su grado,
debiéndose además cubrir el ataúd con el Pabellón Nacional.
• En el caso de tratarse del personal auxiliar subalterno o de
tropa, el personal que rinde honores asistirá con armamento,
Bandera y banda, asimismo, deberán asistir comisiones de los
Institutos de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional.
A LOS FALLECIDOS EN ACCION DE ARMAS Y
SOBREVIVENTES DE GUERRA O CAMPAÑAS
INTERNACIONALES
• Se les tributará honores determinados por Decreto Especial.
Manual FAP 190-1
1.- ACCIONES ADMINISTRATIVAS
2.- NOMBRAMIENTO DE COMISIONES
a.- Nombramiento de Comisión de Asistencia
b.- Nombramiento de Comisión de Protocolo
c.- Nombramiento de Comisión de Fuerzas Participantes
CAPÍTULO XI
DECESOS DE PERSONAL
CEREMONIAL TERRESTRES Y PROTOCOLO MILITAR Y
SOCIAL
1.- ACCIONES ADMINISTRATIVAS
a. Al producirse el deceso de un personal FAP por diversos
motivos, el Jefe del Servicio del Hospital Central (HOSPI),
personal de las diversas UU FAP y/o familiares del personal
fallecido, deberán comunicar en forma inmediata a la Oficina
de Ceremonial y Protocolo de la BALPA, la fecha, hora, lugar
y causa del deceso, a fin de efectuar las coordinaciones
previas con la Secretaria General FAP (en caso de Oficiales
Generales), informando en forma paralela a la Dirección
Ejecutiva del Fondo de Sepelio (FOSEFAP) para las
Atenciones fúnebres según corresponda.
b. Luego de haber tomado conocimiento del deceso, la Oficina de
Ceremonial y Protocolo, consignará los siguientes datos a
través de la FOSEFAP, a fin de elaborar el mensaje FAGRA.
1. N.S.A, Grado, situación militar, nombres y apellidos del fallecido.
2. Unidad de nombramiento (en caso de estar en actividad).
3. Fecha, hora, lugar y dirección del Velatorio.
4. Fecha, hora, lugar y dirección del Sepelio.
5. Nombre, dirección y teléfono del familiar más cercano del fallecido.
c. Una vez confirmado el deceso y obtenida la información
necesaria, la BALPA emitirá el mensaje FAGRA de acuerdo al
modelo establecido, comunicando el deceso y los datos del
personal fallecido, así como el lugar, fecha y hora del velatorio y
del sepelio respectivamente, considerando como conocimiento a
las Unidades con responsabilidad: DIGPE, SECRE, DINIA,
FOSEFAP, para continuar con las acciones administrativas
correspondientes.
d. En caso de producirse el deceso del personal militar y/o civil fuera
del área de Lima, en localidades cercanas a instalaciones FAP, los
Comandantes/Directores de las UU FAP, deberán comunicar en
forma inmediata dicho deceso a la BALPA, vía oral y escrita para
las acciones administrativas correspondientes, así como prever la
participación del personal nombrado a su Unidad durante el
velatorio y sepelio cuando corresponda.
e. Adicionalmente la BALPA coordinará con la SECRE el
izamiento del Pabellón Nacional a media asta en todas las
UU FAP mediante la emisión un mensaje FAGRA, teniendo
en consideración los siguientes detalles:
1. Cuando se haya producido el deceso del Comandante General FAP
(COFAP), Jefe del Estado Mayor General (JEMG) y Técnico
Supervisor Mayor, en el ejercicio de sus funciones, desde el día del
deceso hasta el día del sepelio.
2. Cuando se haya producido el deceso del personal militar en acción de
armas, comisión del servicio y/o accidente aéreo, desde el día del
deceso hasta el día del sepelio.
3. Cuando se haya producido el deceso del personal considerado como
Ex-Ministros de Aeronáutica (ExMINAR), Ex-Comandantes Generales
(Ex-COFAP) y ExTécnicos Supervisores Mayores (Ex-TSM), a partir
del día del sepelio.
f. Posterior a la emisión del mensaje FAGRA, el personal de la
Oficina de Ceremonial y Protocolo, deberá comunicarse con
los familiares del personal fallecido, a fin de coordinar la
rendición de Honores Fúnebres con asistencia del personal
de la Institución durante el sepelio, confirmando dicha
participación o su declinación por voluntad expresa en vida
del fallecido o por decisión de la familia.
g. De acuerdo a las coordinaciones efectuadas en el párrafo precedente,
la BALPA procederá a realizar la tramitación de un mensaje
complementario, con las disposiciones y responsabilidades específicas
para la participación del personal y medios de las diversas UU FAP,
debiendo considerar entre los mismos al siguiente personal:
• Representante COFAP, orador fúnebre, alerta fúnebre, fuerzas
participantes y apoyo protocolar durante el desarrollo del velatorio y
sepelio del personal fallecido.
h. La SECRE en coordinación con el COFAP, será la encargada
de nombrar al personal como representante COFAP cuando
corresponda al deceso del personal de Oficiales Generales
en actividad, disponibilidad o retiro, debiendo emitir la
documentación correspondiente.
i. La DINIA en coordinación con la SECRE y DIGPE, estará a
cargo del discurso fúnebre para el caso del sepelio del
personal de Oficiales Generales y Coroneles FAP; en los
demás casos la BALPA deberá confeccionar el indicado
discurso, debiendo generarse la documentación necesaria en
ambos casos.
j. La BALPA gestionará el envío de ofrendas florales al lugar del
velatorio de cada fallecido, el que constará de un aparato
floral tipo cruz y una lágrima para personal militar, y una
lágrima para personal civil, acompañado de un tarjetón a
nombre de la Comandancia General de la FAP, cuyo gasto
estará a cargo de la BALPA.
k. Las guardias de honor, serán permanentes, cuando la capilla
ardiente sea levantada en un recinto militar.
2.- NOMBRAMIENTO DE COMISIONES
1. En caso de fallecimiento de Oficiales Generales en
actividad o retiro, la SECRE, preverá el nombramiento de
Oficiales Generales de acuerdo al siguiente detalle:
a) Un (1) representante COFAP, para el velatorio y sepelio.
b) Un (1) orador fúnebre para el sepelio.
a.- Nombramiento de Comisión de Asistencia
2. Para el caso de fallecimiento de Oficiales Superiores,
Subalternos, Técnicos, Suboficiales y Personal de Tropa en
situación militar de actividad, asistirá como representante
COFAP el Director/Comandante o Jefe de la UU FAP a la que
perteneció el fallecido, con una delegación de Oficiales.
3. Técnicos y Suboficiales distribuidos por turnos cada tres (3)
horas, desde la instalación del féretro en el lugar de velatorio
hasta el cierre del mismo y su posterior apertura el día del
sepelio, considerando como mínimo veinticinco (25) efectivos;
en el caso de no contar con efectivos suficientes deberá
realizar las coordinaciones pertinentes con la BALPA para
disponer la asistencia de la alerta fúnebre y las fuerzas
participantes que corresponda.
4. Para el caso de fallecimiento de Oficiales Superiores, Subalternos,
Técnicos, Suboficiales y Personal de Tropa, la BALPA, preverá el
nombramiento de comisiones de acuerdo al siguiente detalle:
a. Un (1) Oficial del grado de Coronel, de la Especialidad de Armas
Comando y Combate, en caso de fallecimiento de Oficiales del
grado de Coronel hasta Alférez en actividad o retiro de dicha
Especialidad.
b. Un (1) Oficial del grado de Coronel, de la Especialidad de Armas
Comando (Especialista), en caso de fallecimiento de Oficiales del grado
de Coronel hasta Alférez en actividad o retiro de dicha Especialidad.
c. Un (1) Oficial del grado de Coronel, de la Especialidad de Servicios, en
caso de fallecimiento de Oficiales del grado de Coronel hasta Alférez de
dicha Especialidad; así como para TTSSOO, Personal de Tropa en
actividad o retiro y personal considerado como defensor calificado de la
patria (ex combatiente).
5. Asimismo, preverá la asistencia de la alerta fúnebre (titular
y/o reserva) de las diferentes UU FAP del área de Lima y
Callao, conformadas por veinticinco (25) efectivos cada una,
con una duración de siete días (una semana) comenzando el
día martes hasta su culminación el día lunes siguiente.
1. Deberá ser cumplido por el Personal de menor jerarquía
(Oficiales Subalternos y Suboficiales), seleccionados de la
alerta fúnebre semanal (titular y/o reserva) y de los asistentes
al sepelio, con la finalidad de desempeñar los siguientes
cargos:
b.- Nombramiento de Comisión de Protocolo
a. Porta Espada.
b. Porta Quepí.
c. Porta condecoraciones.
d. Doblado del Pabellón Nacional
(cuando corresponda).
e. Porta Lágrima.
• La BALPA, preverá el nombramiento de las Fuerzas participantes, de
acuerdo a las jerarquías que ostente cada fallecido, disponiendo del
personal militar de las UU FAP del área de Lima y Callao.
c. Nombramiento de Comisión de Fuerzas
Participantes
FUNCIONES GENERALES DEL ENCARGADO
DEL CEREMONIAL FÚNEBRE
• Presentar a nombre del Instituto, el saludo de condolencia a
los deudos del fallecido.
• Dirigir, coordinar y controlar el cumplimiento de las
disposiciones relativas al funeral, contenidas en el presente
Reglamento.
• En caso de necesidad el Encargado del Ceremonial
gestionará el personal que requiera para el cumplimiento de
su función
FUNCIONES GENERALES DE LAS
AYUDANTIAS O SECRETARIAS
a. Verificar el lugar donde se velarán los restos mortales, así como el día y
hora en que se realizará el sepelio.
b. Comunicar el deceso a las autoridades militares y policiales respectivas.
c. Disponer que la sección mortuoria o dependencia similar de cada
Instituto, atienda todo lo relacionado al sepelio.
d. Designar al oficial encargado del ceremonial fúnebre y notificar al oficial,
que en nombre de la Institución, deberá pronunciar el discurso fúnebre en
el cementerio, impartiéndole las instrucciones al respecto sobre el
contenido del discurso.
FUNCIONES GENERALES DE LAS
AYUDANTIAS O SECRETARIAS
e. Formular los avisos de defunción en los diarios de mayor circulación en la
Capital o en el lugar donde haya ocurrido el deceso.
f. Dispondrá se le rindan los honores fúnebres correspondientes, de acuerdo a
su grado o cargo, y que las unidades nombren comisiones oficiales para que
concurran al velatorio y sepelio.
g. En caso de fallecimiento de oficiales, dispondrá que una unidad designada al
oficial que llevará las almohadillas con las condecoraciones, espada y gorra.
h. Designar al oficial que arrastre el duelo, cuando fallezca personal auxiliar o
Subalterno en Actividad o Retiro y de Tropa o Marinería.
FUNCIONES GENERALES DE LAS
AYUDANTIAS O SECRETARIAS
i. Dispondrá que un Capellán, rece el responso tanto en la
casa mortuoria, como en el cementerio.
j. Preverá que un corneta se encuentre con la debida
anticipación en el Cementerio, para que ejecute el toque del
SILENCIO.
k. Ordenará el envío de un aparato floral, a nombre del Instituto
al que perteneció el fallecido.
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CLASES CEREMONIAL Y PROTOCOLO Honras.pptx

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  • 19. DE LOS VICE PRESIDENTES • Al conocerse el fallecimiento del Primer o del Segundo Vice Presidente de la República, se decretará Duelo Oficial el día de la inhumación de sus restos mortales en consideración a su alta investidura, y se izará a media asta el Pabellón Nacional en los edificios públicos, locales militares, buques de la Armada, locales policiales y demás dependencias del Estado. • Los restos serán velados en la capilla del Sagrario de la Basílica Metropolitana, el traslado de los restos mortales al lugar del velatorio se realizará en privado.
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  • 23. DE OTRAS ALTAS AUTORIDADES • Corresponden exequias con honores de Ministro de Estado, de conformidad con las disposiciones contenidas en el Reglamento de Ceremonial Terrestre y Protocolo Militar para las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, a: • Titulares de organismos constitucionales autónomos y a quienes el gobierno disponga por Resolución Suprema. • Tanto cuando se encuentren ejerciendo el cargo o cuando estén en la situación de cesantes o jubilados.
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  • 31. HONORES FÚNEBRES A PERSONAL DE LAS FFAA Y PNP RFFAA 12-01 vigente
  • 32. HONORES FÚNEBRES A PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS Y POLICIA NACIONAL • Ceremonial Terrestre y Protocolo Militar para FFAA y PNP • Ordenanza FAP 190-10 del 15 de marzo del 2005 • HONORES FUNEBRES Y SEPELIO PARA EX MINISTROS DE AERONAUTICA, EX COMANDANTES GENERALES DE LA FAP Y OFICIALES GENERALES FAP • ORDENANZA FAP 190-12 del 12 de diciembre del 2005 • SERVICIO DE ALERTA DE CORONELES FAP PARA CEREMONIAS Y ACTOS OFICIALES • ORDENANZA FAP 190-13 del 07 de abril del 2004 • HONORES FÚNEBRES Y SEPELIO PARA EL PERSONAL FAP RFFAA 12-01 vigente
  • 33. • Siendo deber del Estado honrar, en caso de deceso, a sus servidores, así como a los representantes extranjeros acreditados en el país, se rendirán honores fúnebres a los restos mortales de éstos, de acuerdo a los prescrito en el presente Reglamento. HONORES FÚNEBRES A PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS Y POLICIA NACIONAL RFFAA 12-01 vigente
  • 34. • Es obligación de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional enterrar con solemnidad y honores correspondientes a su jerarquía, al personal militar o policial que fallezca, en situación de actividad, disponibilidad o retiro Ceremonial Terrestre y Protocolo Militar para FFAA y PNP RFFAA 12-01 vigente
  • 35. • No se rendirán honores fúnebres al personal militar policial que hubiese pasado y permanezcan en situación de disponibilidad o retiro, por sentencia judicial o medida disciplinaria, así como al que se suicide o que su fallecimiento sea consecuencia de un acto que afecte al honor, la moral o prestigio de su Institución Ceremonial Terrestre y Protocolo Militar para FFAA y PNP RFFAA 12-01 vigente
  • 36. • El Jefe de Línea de las tropas que rinden honores fúnebres será un oficial perteneciente al Instituto del fallecido del grado que corresponde a la magnitud de las tropas que formen. Ceremonial Terrestre y Protocolo Militar para FFAA y PNP RFFAA 12-01 vigente
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  • 38. 1. Las guardias de honores, serán permanentes cuando la Capilla Ardiente sea levantada en un recinto militar o policial. Ceremonial Terrestre y Protocolo Militar para FFAA y PNP RFFAA 12-01 vigente
  • 39. • Para dar mayor solemnidad al sepelio, más aún si se tratara de oficiales en actividad, se prescribirá la asistencia obligatoria de: • Comisiones de Oficiales de todas las Unidades de la guarnición, pertenecientes al Instituto del oficial fallecido. • El mayor número de Jefes y Oficiales francos de la unidad, servicio o repartición a la que perteneció el fallecido. Ceremonial Terrestre y Protocolo Militar para FFAA y PNP RFFAA 12-01 vigente
  • 40. • Cualquiera que sea el rango o situación del Oficial fallecido se colocará encima del ataúd su gorro, espada y condecoraciones durante el tiempo que esté en Capilla Ardiente; las mismas que serán llevadas por Oficiales, en almohadillas delante y a la salida del cortejo. En caso de fallecimiento por acción de armas en guerra convencional y/o guerra no convencional, se colocará el Pabellón Nacional cubriendo el ataúd. Ceremonial Terrestre y Protocolo Militar para FFAA y PNP RFFAA 12-01 vigente
  • 41. • Un capellán tendrá a su cargo los aspectos religiosos en cada caso. • Momentos antes de inhumarse los restos del fallecido, cualquiera que sea su jerarquía o situación, deberá pronunciarse un discurso fúnebre, por el oficial designado por el Instituto. • Al termino de la inhumación, un corneta ejecutará el TOQUE DE SILENCIO. Ceremonial Terrestre y Protocolo Militar para FFAA y PNP RFFAA 12-01 vigente
  • 42. A LOS OFICIALES SUPERIORES Y SUBALTERNOS FALLECIDOS EN SITUACIÓN DE ACTIVIDAD, DISPONIBILIDAD O RETIRO • El día del sepelio, en el lugar en que se velan los restos, se montará a partir de las 08.00 horas, una guardia de honor, constituida por una sección de tropa con Bandera de Guerra del Instituto del fallecido, a órdenes del oficial encargado del ceremonial fúnebre, la que proporcionará los centinelas siguientes: a.Cuatro para el féretro (dos a cada lado). b.Uno en la puerta. • La Bandera de Guerra será colocada delante del ataúd.
  • 43. • En el cementerio permanecerá en línea una unidad de tropa a pie con Bandera de Guerra y Banda de Músicos, constituida por: a.Cuatro para el féretro (dos a cada lado). b.Uno en la puerta • A la llegada cortejo, las tropas colocarán el ARMA SOBRE EL HOMBRO y se ejecutará el toque de ATENCION. A LOS OFICIALES SUPERIORES Y SUBALTERNOS FALLECIDOS EN SITUACIÓN DE ACTIVIDAD, DISPONIBILIDAD O RETIRO
  • 44. • El ataúd será conducido en hombros por una escolta de honor, acompañado por el Jefe de Línea pasando frente a las tropas que rinden honores. • Durante el trayecto la banda en su emplazamiento tocará una MARCHA FÚNEBRE. • En el momento de la inhumación de los restos, se ejecutará el TOQUE DE SILENCIO. A LOS OFICIALES SUPERIORES Y SUBALTERNOS FALLECIDOS EN SITUACIÓN DE ACTIVIDAD, DISPONIBILIDAD O RETIRO
  • 45. A LOS OFICIALES ASIMILADOS • Se les rendirán los honores correspondientes a sus grados, sólo cuando fallezcan encontrándose en situación de Actividad.
  • 46. • El día del sepelio, en el lugar en que se velan los restos, se montará a partir de las 08.00 horas, una guardia de honor sin armas, con personal de tropa de la unidad o dependencia del Instituto al que perteneció el extinto, la que proporcionará los centinelas siguientes: • Cuatro para el féretro (dos a cada lado) • Uno en la puerta. AL PERSONAL DE TÉCNICOS, SUBOFICIALES Y OFICIALES, CLASES Y GUARDIAS DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERU FALLECIDOS EN SITUACIÓN DE ACTIVIDAD, DISPONIBILIDAD O RETIRO.
  • 47. • El día del sepelio, en el Cementerio, formará en línea una sección sin armas, al mando de un miembro de igual grado del fallecido o del grado inmediato inferior. • El ataúd será conducido en hombros por una escolta de honor pasando frente a la sección que rinden honores, las que permanecerán en atención y saludando mientras dure el recorrido. AL PERSONAL DE TÉCNICOS, SUBOFICIALES Y OFICIALES, CLASES Y GUARDIAS DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERU FALLECIDOS EN SITUACIÓN DE ACTIVIDAD, DISPONIBILIDAD O RETIRO.
  • 48. • Arrastrará el duelo un oficial superior. Además asistirá una comisión de su unidad. • En el momento de la inhumación de los restos un corneta ejecutará el TOQUE DE SILENCIO. • En caso de que el fallecimiento sea en acción de armas la sección formará con armamento AL PERSONAL DE TÉCNICOS, SUBOFICIALES Y OFICIALES, CLASES Y GUARDIAS DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERU FALLECIDOS EN SITUACIÓN DE ACTIVIDAD, DISPONIBILIDAD O RETIRO.
  • 49. AL PERSONAL DE TROPA DE LAS FUERZAS ARMADAS • El día del sepelio en el local donde se velan los restos, a partir de las 08.00 horas se montará una guardia de honor sin armas, a cargo del personal de tropa de su unidad, la que proporcionará los centinelas siguientes: • Cuatro para el féretro (dos a cada lado) • Uno en la puerta.
  • 50. • En el cementerio, formará en línea una sección sin armas, al mando de un Sargento 1ro. o Cabo de 1ra. para rendir los honores fúnebres a los Sargentos 1ros y 2dos., Cabos de 1ra y 2da. Fallecidos; y un grupo de combate, sin armas, al mando de un Sargento 2do o Cabo de 2da., para el caso de los Cabos y Soldados; Marineros y Grumetes; y Avioneros. • A la llegada del cortejo fúnebre al Cementerio, el ataúd será conducido en hombros por una guardia de honor frente a la tropa., la que saludará a su paso. AL PERSONAL DE TROPA DE LAS FUERZAS ARMADAS
  • 51. • Arrastrará el duelo, un oficial designado por la unidad o dependencia a la cual perteneció el extinto. Además, asistirá una comisión del personal de tropa de su unidad. • En el momento de la inhumación de los restos se ejecutará el TOQUE DE SILENCIO. AL PERSONAL DE TROPA DE LAS FUERZAS ARMADAS
  • 52. AL PERSONAL DE OFICIALES, PERSONAL SUBALTERNO O AUXILIAR Y TROPA FALLECIDOS EN ACCION DE ARMAS EN GUERRA NO CONVENCIONAL • Se les tributará los honores correspondientes a su grado, debiéndose además cubrir el ataúd con el Pabellón Nacional. • En el caso de tratarse del personal auxiliar subalterno o de tropa, el personal que rinde honores asistirá con armamento, Bandera y banda, asimismo, deberán asistir comisiones de los Institutos de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional.
  • 53. A LOS FALLECIDOS EN ACCION DE ARMAS Y SOBREVIVENTES DE GUERRA O CAMPAÑAS INTERNACIONALES • Se les tributará honores determinados por Decreto Especial.
  • 54. Manual FAP 190-1 1.- ACCIONES ADMINISTRATIVAS 2.- NOMBRAMIENTO DE COMISIONES a.- Nombramiento de Comisión de Asistencia b.- Nombramiento de Comisión de Protocolo c.- Nombramiento de Comisión de Fuerzas Participantes CAPÍTULO XI DECESOS DE PERSONAL CEREMONIAL TERRESTRES Y PROTOCOLO MILITAR Y SOCIAL
  • 55. 1.- ACCIONES ADMINISTRATIVAS a. Al producirse el deceso de un personal FAP por diversos motivos, el Jefe del Servicio del Hospital Central (HOSPI), personal de las diversas UU FAP y/o familiares del personal fallecido, deberán comunicar en forma inmediata a la Oficina de Ceremonial y Protocolo de la BALPA, la fecha, hora, lugar y causa del deceso, a fin de efectuar las coordinaciones previas con la Secretaria General FAP (en caso de Oficiales Generales), informando en forma paralela a la Dirección Ejecutiva del Fondo de Sepelio (FOSEFAP) para las Atenciones fúnebres según corresponda.
  • 56.
  • 57. b. Luego de haber tomado conocimiento del deceso, la Oficina de Ceremonial y Protocolo, consignará los siguientes datos a través de la FOSEFAP, a fin de elaborar el mensaje FAGRA. 1. N.S.A, Grado, situación militar, nombres y apellidos del fallecido. 2. Unidad de nombramiento (en caso de estar en actividad). 3. Fecha, hora, lugar y dirección del Velatorio. 4. Fecha, hora, lugar y dirección del Sepelio. 5. Nombre, dirección y teléfono del familiar más cercano del fallecido.
  • 58. c. Una vez confirmado el deceso y obtenida la información necesaria, la BALPA emitirá el mensaje FAGRA de acuerdo al modelo establecido, comunicando el deceso y los datos del personal fallecido, así como el lugar, fecha y hora del velatorio y del sepelio respectivamente, considerando como conocimiento a las Unidades con responsabilidad: DIGPE, SECRE, DINIA, FOSEFAP, para continuar con las acciones administrativas correspondientes.
  • 59.
  • 60. d. En caso de producirse el deceso del personal militar y/o civil fuera del área de Lima, en localidades cercanas a instalaciones FAP, los Comandantes/Directores de las UU FAP, deberán comunicar en forma inmediata dicho deceso a la BALPA, vía oral y escrita para las acciones administrativas correspondientes, así como prever la participación del personal nombrado a su Unidad durante el velatorio y sepelio cuando corresponda.
  • 61. e. Adicionalmente la BALPA coordinará con la SECRE el izamiento del Pabellón Nacional a media asta en todas las UU FAP mediante la emisión un mensaje FAGRA, teniendo en consideración los siguientes detalles:
  • 62. 1. Cuando se haya producido el deceso del Comandante General FAP (COFAP), Jefe del Estado Mayor General (JEMG) y Técnico Supervisor Mayor, en el ejercicio de sus funciones, desde el día del deceso hasta el día del sepelio. 2. Cuando se haya producido el deceso del personal militar en acción de armas, comisión del servicio y/o accidente aéreo, desde el día del deceso hasta el día del sepelio. 3. Cuando se haya producido el deceso del personal considerado como Ex-Ministros de Aeronáutica (ExMINAR), Ex-Comandantes Generales (Ex-COFAP) y ExTécnicos Supervisores Mayores (Ex-TSM), a partir del día del sepelio.
  • 63. f. Posterior a la emisión del mensaje FAGRA, el personal de la Oficina de Ceremonial y Protocolo, deberá comunicarse con los familiares del personal fallecido, a fin de coordinar la rendición de Honores Fúnebres con asistencia del personal de la Institución durante el sepelio, confirmando dicha participación o su declinación por voluntad expresa en vida del fallecido o por decisión de la familia.
  • 64. g. De acuerdo a las coordinaciones efectuadas en el párrafo precedente, la BALPA procederá a realizar la tramitación de un mensaje complementario, con las disposiciones y responsabilidades específicas para la participación del personal y medios de las diversas UU FAP, debiendo considerar entre los mismos al siguiente personal: • Representante COFAP, orador fúnebre, alerta fúnebre, fuerzas participantes y apoyo protocolar durante el desarrollo del velatorio y sepelio del personal fallecido.
  • 65.
  • 66. h. La SECRE en coordinación con el COFAP, será la encargada de nombrar al personal como representante COFAP cuando corresponda al deceso del personal de Oficiales Generales en actividad, disponibilidad o retiro, debiendo emitir la documentación correspondiente.
  • 67. i. La DINIA en coordinación con la SECRE y DIGPE, estará a cargo del discurso fúnebre para el caso del sepelio del personal de Oficiales Generales y Coroneles FAP; en los demás casos la BALPA deberá confeccionar el indicado discurso, debiendo generarse la documentación necesaria en ambos casos.
  • 68. j. La BALPA gestionará el envío de ofrendas florales al lugar del velatorio de cada fallecido, el que constará de un aparato floral tipo cruz y una lágrima para personal militar, y una lágrima para personal civil, acompañado de un tarjetón a nombre de la Comandancia General de la FAP, cuyo gasto estará a cargo de la BALPA.
  • 69. k. Las guardias de honor, serán permanentes, cuando la capilla ardiente sea levantada en un recinto militar.
  • 70. 2.- NOMBRAMIENTO DE COMISIONES 1. En caso de fallecimiento de Oficiales Generales en actividad o retiro, la SECRE, preverá el nombramiento de Oficiales Generales de acuerdo al siguiente detalle: a) Un (1) representante COFAP, para el velatorio y sepelio. b) Un (1) orador fúnebre para el sepelio. a.- Nombramiento de Comisión de Asistencia
  • 71. 2. Para el caso de fallecimiento de Oficiales Superiores, Subalternos, Técnicos, Suboficiales y Personal de Tropa en situación militar de actividad, asistirá como representante COFAP el Director/Comandante o Jefe de la UU FAP a la que perteneció el fallecido, con una delegación de Oficiales.
  • 72. 3. Técnicos y Suboficiales distribuidos por turnos cada tres (3) horas, desde la instalación del féretro en el lugar de velatorio hasta el cierre del mismo y su posterior apertura el día del sepelio, considerando como mínimo veinticinco (25) efectivos; en el caso de no contar con efectivos suficientes deberá realizar las coordinaciones pertinentes con la BALPA para disponer la asistencia de la alerta fúnebre y las fuerzas participantes que corresponda.
  • 73. 4. Para el caso de fallecimiento de Oficiales Superiores, Subalternos, Técnicos, Suboficiales y Personal de Tropa, la BALPA, preverá el nombramiento de comisiones de acuerdo al siguiente detalle: a. Un (1) Oficial del grado de Coronel, de la Especialidad de Armas Comando y Combate, en caso de fallecimiento de Oficiales del grado de Coronel hasta Alférez en actividad o retiro de dicha Especialidad.
  • 74. b. Un (1) Oficial del grado de Coronel, de la Especialidad de Armas Comando (Especialista), en caso de fallecimiento de Oficiales del grado de Coronel hasta Alférez en actividad o retiro de dicha Especialidad. c. Un (1) Oficial del grado de Coronel, de la Especialidad de Servicios, en caso de fallecimiento de Oficiales del grado de Coronel hasta Alférez de dicha Especialidad; así como para TTSSOO, Personal de Tropa en actividad o retiro y personal considerado como defensor calificado de la patria (ex combatiente).
  • 75. 5. Asimismo, preverá la asistencia de la alerta fúnebre (titular y/o reserva) de las diferentes UU FAP del área de Lima y Callao, conformadas por veinticinco (25) efectivos cada una, con una duración de siete días (una semana) comenzando el día martes hasta su culminación el día lunes siguiente.
  • 76. 1. Deberá ser cumplido por el Personal de menor jerarquía (Oficiales Subalternos y Suboficiales), seleccionados de la alerta fúnebre semanal (titular y/o reserva) y de los asistentes al sepelio, con la finalidad de desempeñar los siguientes cargos: b.- Nombramiento de Comisión de Protocolo
  • 77. a. Porta Espada. b. Porta Quepí. c. Porta condecoraciones. d. Doblado del Pabellón Nacional (cuando corresponda). e. Porta Lágrima.
  • 78. • La BALPA, preverá el nombramiento de las Fuerzas participantes, de acuerdo a las jerarquías que ostente cada fallecido, disponiendo del personal militar de las UU FAP del área de Lima y Callao. c. Nombramiento de Comisión de Fuerzas Participantes
  • 79. FUNCIONES GENERALES DEL ENCARGADO DEL CEREMONIAL FÚNEBRE • Presentar a nombre del Instituto, el saludo de condolencia a los deudos del fallecido. • Dirigir, coordinar y controlar el cumplimiento de las disposiciones relativas al funeral, contenidas en el presente Reglamento. • En caso de necesidad el Encargado del Ceremonial gestionará el personal que requiera para el cumplimiento de su función
  • 80. FUNCIONES GENERALES DE LAS AYUDANTIAS O SECRETARIAS a. Verificar el lugar donde se velarán los restos mortales, así como el día y hora en que se realizará el sepelio. b. Comunicar el deceso a las autoridades militares y policiales respectivas. c. Disponer que la sección mortuoria o dependencia similar de cada Instituto, atienda todo lo relacionado al sepelio. d. Designar al oficial encargado del ceremonial fúnebre y notificar al oficial, que en nombre de la Institución, deberá pronunciar el discurso fúnebre en el cementerio, impartiéndole las instrucciones al respecto sobre el contenido del discurso.
  • 81. FUNCIONES GENERALES DE LAS AYUDANTIAS O SECRETARIAS e. Formular los avisos de defunción en los diarios de mayor circulación en la Capital o en el lugar donde haya ocurrido el deceso. f. Dispondrá se le rindan los honores fúnebres correspondientes, de acuerdo a su grado o cargo, y que las unidades nombren comisiones oficiales para que concurran al velatorio y sepelio. g. En caso de fallecimiento de oficiales, dispondrá que una unidad designada al oficial que llevará las almohadillas con las condecoraciones, espada y gorra. h. Designar al oficial que arrastre el duelo, cuando fallezca personal auxiliar o Subalterno en Actividad o Retiro y de Tropa o Marinería.
  • 82. FUNCIONES GENERALES DE LAS AYUDANTIAS O SECRETARIAS i. Dispondrá que un Capellán, rece el responso tanto en la casa mortuoria, como en el cementerio. j. Preverá que un corneta se encuentre con la debida anticipación en el Cementerio, para que ejecute el toque del SILENCIO. k. Ordenará el envío de un aparato floral, a nombre del Instituto al que perteneció el fallecido.