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través de la plataforma que viene desarrollando el MINEDU. Las instituciones que
decidan utilizar dicha plataforma, recibirán vía correo electrónico un manual de uso de
la plataforma; asimismo, el equipo de sistemas de información (DIGEST) absolverá las
consultas que tengan al respecto a través del siguiente correo:
ADMISION@minedu.gob.pe.
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D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e Integridad pueden ser contrastadas a
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artística, y módulos para centros de educación técnico-productiva. Cabe señalar que la
institución educativa deberá informar a la DRE o la que haga sus veces de la
implementación del registro de la matrícula a los treinta (30) días hábiles luego de
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públicas se desarrollará a través del sistema REGISTRA.
Para el caso de las escuelas de educación superior de formación artística y centros de
educación técnico-productiva podrán utilizar plataformas propias o realizar el proceso
a través de plataformas virtuales gratuitas (como google form, entre otras), que
cumplan con condiciones óptimas de seguridad para el proceso y de protección de
datos personales de los estudiantes.
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informado a la DRE de su región a más tardar el día 13 de abril de 2020.
Para su formulación, los docentes deben realizar la priorización de los aprendizajes de
las unidades didácticas, cursos o módulos, según sea el caso, de tal manera que
logren identificar cuales serán los contenidos teóricos que luego podrán ser
digitalizados para ser abordados en modalidad no presencial. Aquello que no se
desarrolle bajo la modalidad no presencial, así como, las experiencias formativas en
situaciones reales de trabajo y/o prácticas, según sea el caso, deberán ser
reprogramados para su ejecución, cuando se retorne a la modalidad presencial,
debiendo estar contemplado en el plan de recuperación de horas lectivas.
El plan de recuperación debe contener como mínimo,:
• Nombre del programa de estudios
• Periodo académico
• Denominación de la unidad didáctica
• Número de horas efectuadas en fom,a asincrónica
• Número de horas efectuadas en forma sincrónica
• Número de horas de recuperación en forma presencial
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• Nombre de docente responsable
• Fechas de reprogramación de actividades lectivas
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Es preciso señalar que, la institución educativa debe garantizar el cumplimiento del
plan de recuperación de horas lectivas, asegurando que los estudiantes evidencien el
logro de las competencias propuestas para cada periodo académico. De ,tener alguna
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inedu,gob.pe Siln Barja, Uma 41, Pertl
wv.w.m T: (511l615SIOO
consulta o duda adicional sobre el tema, agradeceré se sirva realizarla al correo
GESTIONPEDAGOGICA@minedu.gob.pe.
Cabe indicar que la dirección viene recogiendo información respecto a la conectividad,
recursos tecnológicos, entre otros; sin embargo, algunas instituciones no han remitido
esta información, la cual es necesaria para mapear cual es la realidad de nuestras
instituciones y determinar las siguientes acciones a desarrollar. Por ello, se solicita a
los Directores Generales de las instituciones remitan la información faltante, a los
correos: informaclon02@h1inedu.qob.pe , (IEST y IES), qlacruz@minedu.gob.pe
(CETPRO), ir:ifórmación01@minedu.gob.pé (ESFAS).
Sin otro particular, aprovecho la oportunidad para reiterarle mi especial consideración
y estima personal.
Atentamente,
AVAC/DISERTPA
VCSF
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Esto ee una copla autentica Imprimible de un documento electrónloo
archivado del Ministerio de Educación, aplicando lo dispuesto por el Art. 25
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Scan 16 abr. 2020

  • 1. 1 "Decenio de la Igualdad de oportunidades para mujeres y hombres" 'Ailo de la Un/versallzao/ón de le Salud• Lima, 08 de abril de 2020 OFICIO MÚLTIPLE 00019-2020-MINEDUNMGP-DIGESUTPA-DISERTPA Señor(a) Director(a) Regional de Educación de las Regiones de Amazonas, Ancash, Apurfmac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Callao, Huancavelica, Huánuco, lea, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima Metropolitana, Lima Provincias, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Paseo, Piura, Puno, San Martín, Tacna, Tumbes y Ucayali. Presente. - ·,. Asunto: Sobre el proceso de admisión, matrícula y plan de recuperación en IEST, IES, ESFAS Y CETPRO públicos Referencia: a) Resolución Ministerial Nº 080-2020-MINEDU b) Resolución Viceministerial Nº 084-2020-MINEDU e) Resolución Viceministerial Nº 087-2020-MINEDU De mi consideración: Tengo el agrado de dirigirme a usted, para informarle que esta Dirección, en el marco de su competencia, a través de la Resolución Viceministerial Nº 087-2020-MINEDU, de fecha 1 de abril del 2020, aprueba la Norma Técnica denominada ºOrientaciones para el desarrollo del servicio educativo en los centros de educación técnico- productiva e institutos y escuelas de Educación Superior, en el marco d_e la emergencia sanitaria por COVID-19", y establece los procesos de admisión, matrícula, así como, la implementación del plan de recuperación de horas lectivas, para las instituciones de educación superior tecnológica, centros de educación técnico- productiva y escuelas de Educación Superior, en el numeral 6.2.2. El proceso de admisión a los programas de estudios son responsabiíidad de cada institución de educación superior tecnológica. En ese sentido, las instituciones que cuenten con entornos virtuales seguros, podrán hacer uso de ellos para ejecutar su proceso de admisión bajo la modalidad virtual. Aquellas instituciones que hayan decidido realizar su proceso de admisión en modalidad virtual y que no cuenten con entornos virtuales seguros, podrán realizarlo a través de la plataforma que viene desarrollando el MINEDU. Las instituciones que decidan utilizar dicha plataforma, recibirán vía correo electrónico un manual de uso de la plataforma; asimismo, el equipo de sistemas de información (DIGEST) absolverá las consultas que tengan al respecto a través del siguiente correo: ADMISION@minedu.gob.pe. ----,i ----=-1 EXPEDIENTE: DISERTPA2020-INT.0062198 Esto es una copla autentica imprimible de un documento. electrónlco archivado del Ministerio de Educación, aplicando lo dispuesto por el Arl 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e Integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: http://eslnad.mlnedu.gob.pe/e_s1nadmed_3NDD_Consult11Documento.a spx e Ingresando la siguiente ciave: 88883D 1 Callr Del Comrrdo 1111 wuN.1.mínedu.~b.pe San Borj;:,. L.lnr.a 41, p.,,.¡ r: 1s111,H saoo !ELPERÚ PRIMER~
  • 2. En ambos casos, el director debe garantizar la transparencia en el desarrollo del proceso seguido en entornos virtuales seguros. El proceso de matrícula se realiza por unidades didácticas para instituciones de educación superior tecnológica, cursos para instituciones de educación superior artística, y módulos para centros de educación técnico-productiva. Cabe señalar que la institución educativa deberá informar a la DRE o la que haga sus veces de la implementación del registro de la matrícula a los treinta (30) días hábiles luego de culminado el estado de emergencia sanitaria. El proceso de matrícula para las instituciones de educación superior tecnológ_íca públicas se desarrollará a través del sistema REGISTRA. Para el caso de las escuelas de educación superior de formación artística y centros de educación técnico-productiva podrán utilizar plataformas propias o realizar el proceso a través de plataformas virtuales gratuitas (como google form, entre otras), que cumplan con condiciones óptimas de seguridad para el proceso y de protección de datos personales de los estudiantes. B plan de recuperación de _horas lectivas;- debe ser elaborado por la institución e informado a la DRE de su región a más tardar el día 13 de abril de 2020. Para su formulación, los docentes deben realizar la priorización de los aprendizajes de las unidades didácticas, cursos o módulos, según sea el caso, de tal manera que logren identificar cuales serán los contenidos teóricos que luego podrán ser digitalizados para ser abordados en modalidad no presencial. Aquello que no se desarrolle bajo la modalidad no presencial, así como, las experiencias formativas en situaciones reales de trabajo y/o prácticas, según sea el caso, deberán ser reprogramados para su ejecución, cuando se retorne a la modalidad presencial, debiendo estar contemplado en el plan de recuperación de horas lectivas. El plan de recuperación debe contener como mínimo,: • Nombre del programa de estudios • Periodo académico • Denominación de la unidad didáctica • Número de horas efectuadas en fom,a asincrónica • Número de horas efectuadas en forma sincrónica • Número de horas de recuperación en forma presencial • Número de horas de recuperación en forma no presencial • Nombre de docente responsable • Fechas de reprogramación de actividades lectivas • Información sob~e la plataforma virtual a utilizarse Es preciso señalar que, la institución educativa debe garantizar el cumplimiento del plan de recuperación de horas lectivas, asegurando que los estudiantes evidencien el logro de las competencias propuestas para cada periodo académico. De ,tener alguna ----~ EXPEDIENTE: DISERTPA2020-INT~D62198 Esto es un11 copla autentica lmpr1mlble de un documento electrónloo archivado del Ministerio de Educación, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y le Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: http:J/eslnad.mlnedu.gob.pe/e_slnadmed_3NDD_ConsultaOocumento.a spx e ingresando la siguiente clave: 8B883D 1 C.alle·Od Com"'do 191 inedu,gob.pe Siln Barja, Uma 41, Pertl wv.w.m T: (511l615SIOO
  • 3. consulta o duda adicional sobre el tema, agradeceré se sirva realizarla al correo GESTIONPEDAGOGICA@minedu.gob.pe. Cabe indicar que la dirección viene recogiendo información respecto a la conectividad, recursos tecnológicos, entre otros; sin embargo, algunas instituciones no han remitido esta información, la cual es necesaria para mapear cual es la realidad de nuestras instituciones y determinar las siguientes acciones a desarrollar. Por ello, se solicita a los Directores Generales de las instituciones remitan la información faltante, a los correos: informaclon02@h1inedu.qob.pe , (IEST y IES), qlacruz@minedu.gob.pe (CETPRO), ir:ifórmación01@minedu.gob.pé (ESFAS). Sin otro particular, aprovecho la oportunidad para reiterarle mi especial consideración y estima personal. Atentamente, AVAC/DISERTPA VCSF ----=1 EXPEDIENTE: DISERTPA2020-INT-0062198 Esto ee una copla autentica Imprimible de un documento electrónloo archivado del Ministerio de Educación, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Dlsp011lcl6n Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenHcldad e Integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: http://eslnad.mlnedu.gob.p~_s1nadmed_3NDD_ConsultaDocumento.a spx e ingresando la siguiente clave: B8B83D ined b. Sa, Borj;t, Uma 41. Prnl 1 C.U. Del Com,rrda 3.93 www.m u.go pe T: fSUJ 6U SIOO ÍEL PERÚ PRIME~