2. PLAN DE EVACUACIÓN
Un plan de evacuación describe la forma en que se
debe actuar ante la ocurrencia de una emergencia
interna en un establecimiento determinado.
3.
4.
Prevenir la ocurrencia de un siniestro o emergencia
interna.
Salvaguardar a los ocupantes.
Evacuar las instalaciones en caso que sea necesario.
Controlar las emergencias.
Evitar daños mayores, proteger los bienes materiales y
las instalaciones.
5. EVACUAR LAS INSTALACIONES EN CASO DE
EMERGENCIA
Sonido continuo de alarma: Indica el desalojo del
establecimiento por emergencia.
7. Mantenga la CALMA, no grite.
OBEDEZCA las órdenes del
personal de seguridad y emergencias.
Camine con RAPIDEZ, pero sin correr.
8.
Si existe HUMO abundante, camine AGACHADO.
NO se detenga ni RETROCEDA para recoger los
objetos personales.
9.
COLABORE con la evacuación de personas
discapacitadas.
Diríjase al PUNTO DE REUNIÓN : exterior del
edificio, junto con el resto de ocupantes
10. CONTROLAR LAS EMERGENCIAS
Antes de actuar tenemos que tener la seguridad de
que tanto el accidentado como nosotros mismos
estamos fuera de todo peligro
11.
Avisar a servicio medico (ambulancia) de la
existencia del accidente, para después empezar a
socorrer.
12.
Actuar sobre el accidentado, reconociendo primero
sus signos vitales por el siguiente orden:
conciencia, respiración y pulso.
14. Son los planos de todas las plantas o niveles del edificio, estos
se colocan estratégicamente señalando una leyenda “usted está
aquí”, en los mismos también se muestra la ruta de escape, la
ubicación de extintores, el punto de encuentro y los teléfonos de
emergencias.
16. LEY 19.857: “LEY NACIONAL DE HIGIENE Y
SEGURIDAD EN EL TRABAJO”
Artículo 187
El empleador tendrá la responsabilidad de formar
unidades entrenadas en la lucha contra el fuego.
Se planificarán las medidas necesarias para el
control de emergencias y evacuaciones. Se exigirá
un registro donde consten las distintas acciones
proyectadas y la nómina del personal afectado a
las mismas.
17. LEY 1.346: “PLAN DE EVACUACIÓN Y SIMULACRO EN
CASOS DE INCENDIO, EXPLOSIÓN Y ADVERTENCIA DE
EXPLOSIÓN”
El Plan será de aplicación obligatoria en edificios,
tanto del ámbito público como del ámbito privado, de
oficinas, escuelas, hospitales y en todos aquellos
edificios con atención al público, adecuándolo a las
características propias del inmueble su destino y de
las personas que lo utilicen siendo de aplicación
voluntaria en los edificios de vivienda.
21.
Designar una persona responsable encargado de
realizar la llamada.
Deberá contar con un listado de números telefónicos
de los cuerpos de auxilio de la zona
.