SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 4
ESTUDIANTE :
MARIA GABRIELA AZUA CAMPOS

         DOCENTE:
   AB. IGNACIO FALCONES

      2DO DIURNO “A”
LOS HIJOS



                       Tendrán todos los derechos como los
                       demás hijos , y los padres tendrán todas
                       las obligaciones de tales (Art. 25)

  Deben Respeto y                                                 En       caso     de
obediencia al Padre                                               inhabilidad física o
y la Madre (Art.265)                                              moral de ambos
                                                                  padres el juez confía
                                                                  el cuidad personal
                                                                  de los hijos a los
 Corresponde a los
                                         No se prohibirá al       consanguíneos
padres, o al padre o
                                         padre o madre de         próximos(Art.269)
la madre el cuidado
 y educación de sus                      cuyo          cuidado
   hijos (Art.268)                       personal hubieren
                                         sido sacado los hijos
                                         visitar a éstos con la
                                         frecuencia y libertad
                                         que       el      juez
                                         determine.(Art.272)
RECONOCIMIENTO
                              VOLUNTARIO DE LOS
                                    HIJOS


                       Los hijos nacidos fuera de matrimonio
                       podrán ser reconocidos por sus padres o
                       uno de ellos y gozarán de los derechos
                       establecidos en la ley(Art. 247)
El reconocimiento es
                                                                 El que no ha sido
    un acto libre y
                                                                 reconocido
voluntario del padre
                                                                 voluntariamente
o la madre(Art.248)
                                                                 podrá pedir que el
                                                                 juez lo declare hijo
                                                                 de     determinados
 El reconocimiento                                               padre     o   madre
 podrá hacerse por                                               (Art.252)
 escritura pública o
 ante un juez y tres
 testigos (Art.249)
LA PATRIA POTESTAD




                       La patria potestad es el conjunto de
                       derechos que tienen los padres sobre sus
                       hijos no emancipados(Art. 283)

El padre o la madre                                               Habrá derecho para
es responsable en la                                              quitar al padre o
 administración de                                                madre             la
 los bienes del hijo                                              administración de
  hasta de la culpa                                               los bienes del hijo
    leve(Art.292)                                                 cuando se haya
                                                                  hecho culpable de
                                                                  dolo o de grave
                                                                  negligencia habitual
                                                                  (Art.293)

Más contenido relacionado

Destacado

World history unit 2 lesson 3 trench warfare and us enters the war
World history unit 2 lesson 3 trench warfare and us enters the warWorld history unit 2 lesson 3 trench warfare and us enters the war
World history unit 2 lesson 3 trench warfare and us enters the warzia learning
 
EECU JA in a Day
EECU JA in a DayEECU JA in a Day
EECU JA in a Dayeecudfw
 

Destacado (6)

Informe 57
Informe 57Informe 57
Informe 57
 
Maury hiers montage
Maury hiers montageMaury hiers montage
Maury hiers montage
 
Buen comunicador
Buen comunicadorBuen comunicador
Buen comunicador
 
World history unit 2 lesson 3 trench warfare and us enters the war
World history unit 2 lesson 3 trench warfare and us enters the warWorld history unit 2 lesson 3 trench warfare and us enters the war
World history unit 2 lesson 3 trench warfare and us enters the war
 
La edad media de heroe, villano
La edad media                     de heroe, villanoLa edad media                     de heroe, villano
La edad media de heroe, villano
 
EECU JA in a Day
EECU JA in a DayEECU JA in a Day
EECU JA in a Day
 

Los hijos

  • 1. ESTUDIANTE : MARIA GABRIELA AZUA CAMPOS DOCENTE: AB. IGNACIO FALCONES 2DO DIURNO “A”
  • 2. LOS HIJOS Tendrán todos los derechos como los demás hijos , y los padres tendrán todas las obligaciones de tales (Art. 25) Deben Respeto y En caso de obediencia al Padre inhabilidad física o y la Madre (Art.265) moral de ambos padres el juez confía el cuidad personal de los hijos a los Corresponde a los No se prohibirá al consanguíneos padres, o al padre o padre o madre de próximos(Art.269) la madre el cuidado y educación de sus cuyo cuidado hijos (Art.268) personal hubieren sido sacado los hijos visitar a éstos con la frecuencia y libertad que el juez determine.(Art.272)
  • 3. RECONOCIMIENTO VOLUNTARIO DE LOS HIJOS Los hijos nacidos fuera de matrimonio podrán ser reconocidos por sus padres o uno de ellos y gozarán de los derechos establecidos en la ley(Art. 247) El reconocimiento es El que no ha sido un acto libre y reconocido voluntario del padre voluntariamente o la madre(Art.248) podrá pedir que el juez lo declare hijo de determinados El reconocimiento padre o madre podrá hacerse por (Art.252) escritura pública o ante un juez y tres testigos (Art.249)
  • 4. LA PATRIA POTESTAD La patria potestad es el conjunto de derechos que tienen los padres sobre sus hijos no emancipados(Art. 283) El padre o la madre Habrá derecho para es responsable en la quitar al padre o administración de madre la los bienes del hijo administración de hasta de la culpa los bienes del hijo leve(Art.292) cuando se haya hecho culpable de dolo o de grave negligencia habitual (Art.293)