1. JESSICA PAOLA RANGEL BENITEZ
ROSA ANGELICA DIAZ PABÓN
URIEL ANDRES BAYONA ORTEGA
JESSICA JULIETH DURAN OROZCO
ASTRID ZARAY OBREGON SILVA
MARIA LORENA AMADO RODRIGUEZ
2. Nociones Generales
El hombre aparecen sociedad relacionándose
siempre con otros hombre. su misma naturaleza
lo arrastra hacia la asociación política.
Es de esta forma como nacen las instituciones, las
leyes y el Estado, para arbitrar y cumplir fines que
interesan a la sociedad.
Jessica Paola Rangel Benítez
3. *por tanto, podemos decir que el derecho es
producto de esa naturaleza social del hombre.
precisamente, el método sociológico plantea
nuevos principios y técnicas para interpretar el
derecho, pero sin olvidar la realidad social.
Savigny partía de la idea de que el derecho
evoluciona y se transforma constantemente de
acuerdo con la evolución de la comunidad. en
consecuencia, al producir el texto jurídico, las
normas se han de interpretar teniendo en cuenta
la realidad y los fines sociales.
Jessica Paola Rangel Benítez
4. *GIRALDO ÁNGEL al respecto indica: la normatividad
misma no es mas que uno de los instrumentos que la
sociedad ha creado para alcanzar sus fines. el alcance
de cualquier norma no solo puede rebasar los limites
que la realidad social le impone sino que cambia a
medida que esta realmente se modifica en el tiempo y
en el espacio.
Jessica Paola Rangel Benítez
5. TÉCNICA DE
INTERPRETACIÓN
*Tipificación de la información: Al igual que el método
sistemático , la técnica de interpretación del método
sociológico se desenvuelve en dos pasos
complementarios , es decir, ay un desarrollo
argumentativo en dos fases : tipificación de institución
segundo Interpreta la fuente bajo la a luz de la
institución conformada.
Rosa Angelica Díaz Pabón
6. TIPIFICACIÓN DE LA INSTITUCION:
Configuración intuitiva: el juez forma parte de un grupo
social, y participa por esta razón , de los valores de este.
Cuando va determinar el alcance de una norma o el
significado de alguno de sus términos, suele proyectar la
vivencia que tiene de los fenómenos sociales involucrados
en la fuente interpretada.
Configuración científica : en esta manera la tipificación de
la institución se realiza acudiendo a la configuración que
las instituciones sociales hayan realizado los sociólogos,
antropólogos, sicólogos mediante la investigación científica
Rosa Angelica Díaz Pabón
7. ESCUELA DEL DERECHO
LIBRE
*La Escuela del Derecho Libre le otorga al juzgador
una gran relevancia de criterio, permitiendo incluso
de ser necesario, ante lagunas legislativas, suplirlas,
o apartarse de la solución legal, si es dudosa, oscura
o injusta.
*Los autores enrolados en esta escuela sintieron la
influencia del pensamiento filosófico alemán del
voluntarismo, representado entre otros, por Husserl,
Nietzsche y Schopenhauer, que afirmaba que el
querer debe prevalecer sobre la razón.
Uriel Andres Bayona Ortega
8. CRITICAS AL MÉTODO
SOCIOLÓGICO
*Esta corriente ha sido criticada porque se vería
afectada la certeza en la aplicación del
derecho, es decir, la seguridad jurídica.
*Nuestro estado es de derecho y en
consecuencia, los funcionarios están sometidos
al imperio de la ley.
*El problema que surge es ¿que hacer cuando
una norma ha sido superada por la realidad
social y su contenido resulta injusto?
Jessica Julieth Durán Orozco
9. EJEMPLOS DE APLICACIÓN
MÉTODO SOCIOLÓGICO
*Para mostrar que el funcionario judicial en su labor
interpretativa no necesariamente esta ceñido a la
literalidad de la ley, examinando el art 218 de la
constitución derogada, el cual establecía q la c solo
podía ser reformada por un acto legislativo, discutido
primero y aprobado por el congreso
*El método sociológico permitió que se entendiera la
realidad social y en consecuencia, la constitución de
1886 fue reformada por medio de una Asamblea
Nacional Constituyente, lo cual levo a esa reforma el
entorno político y la crisis vigente el año 1990
Astrid Zaray Obregón Silva
10. *La ineficacia d del estado para resolver los conflictos
sociales, se reclamaba, con urgencia, una reforma
constitucional de la administración de justicia y del
congreso
*Las decisiones de la corte suprema de justicia la cual
permitió la reforma constitucional fue debido a la
crisis de violencia, q se produjo en un movimiento
estudiantil que impulso la idea de la reforma
constitucional
Astrid Zaray Obregón Silva
11. *La Corte : Planteo el fortalecimiento de las
instituciones políticas fundamentales era
escenario para ser frente a las muy diversas
formas de ataque a que se vive sometida la
paz publica
*la corte en cuanto a la crisis: reconoció las
manifestaciones de violencia que
continuamente azotan al país
María Lorena Amado Rodríguez