Marzo de 2012 - Instituto de de Políticas Públicas
Claudio Lozano 2012
Subido por Valeria Esposito
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Una canasta de alimentacion saludable lleva a la pobreza y la indigencia a la...
Anses en disputa
1. ANSES EN DISPUTA
El dilema de un organismo público multifuncional que
hace de todo… un poco
-‐
El
aumento
del
17,62%
para
las
jubilaciones
-‐
Los
límites
de
la
fórmula
de
movilidad
-‐
La
postergación
general
de
los
haberes
jubilatorios
-‐
La
controversia
de
un
ANSES
excedentario
en
un
contexto
socio-‐laboral
y
previsional
deprimido
COORDINACION
CLAUDIO
LOZANO
-‐
TOMAS
RAFFO
EQUIPO
DE
TRABAJO
ANA
RAMERI
AGUSTINA
HAIMOVICH
MORA
STRASCHNOY
MARZO 2012
1
2. Síntesis
La fórmula de movilidad volvió a arrojar un nuevo incremento para la actualización de
los haberes jubilatorios que regirá a partir de marzo del presente año. Las jubilaciones y
pensiones crecerán en un 17, 62% y de esta manera la jubilación mínima pasará a ser de
$1.687 y el haber medio estará en torno a los $2.100. Sin embargo, hay cuestiones que
precisan ser destacadas para lograr una lectura acertada respecto de la fórmula y su
contexto:
1) El nivel actual de haberes jubilatorios está muy por debajo de sustituir el poder de
compra del salario por lo que no basta sólo con sostenerlo sino que es preciso
recomponerlo. Si bien el último porcentaje de incremento de los haberes superó los
aumentos previos, termina por diluirse ante una realidad que combina una
estructura de haberes pobres y un persistente contexto inflacionario.
A Marzo del presente año con una canasta estimada para la Tercera Edad en
torno a los $3.255,7, el haber mínimo cubrirá apenas la mitad de la canasta
(exactamente 51,8%) y el haber medio representará sólo el 67% de ese valor.
La recomposición del haber con respecto a la canasta desde que opera la fórmula
de movilidad ha mejorado a razón de 1,1 puntos porcentuales por año. De
mantenerse dicho ritmo en el tiempo un jubilado “tipo” que actualmente gana el
haber mínimo, necesitará esperar 50 años para cubrir la totalidad de la canasta,
momento en el cual tendría 121 años de edad.
Mientras en el 2001 el 16,1% de los jubilados cobraban el haber mínimo, en el
2012 el 74,8% de los jubilados están en esta situación. Es decir, la mayor parte
de los jubilados y pensionados percibe la mitad de los ingresos necesarios para
satisfacer sus necesidades.
El contexto deteriorado de haberes genera que el 17,62% que se aplicará desde
marzo a los haberes vigentes significa para la mayoría de los jubilados y
pensionados de la argentina sólo $8,40 más por día.
El aumento nominal del 17,62% implica un aumento real de apenas el 8,4% al
considerar la evolución de precios del período. Asimismo si se compara en
términos reales el aumento entre septiembre 2011 y agosto 2012, el mismo habrá
prácticamente desaparecido al pasar a ser de apenas el 0,4%.
En concreto, se puede concluir que los incrementos otorgados por la fórmula de
movilidad apenas logran compensar los efectos de la inflación sin proponer ningún tipo
de recomposición de los haberes jubilatorios
2) A pesar de que la fórmula de movilidad venga arrojando incrementos para las
jubilaciones similares o superiores a los salarios, la misma no garantiza la
continuidad de este comportamiento ya que su diseño tiene como fin último
garantizar excedente luego de pagada la movilidad. La forma de realizar este
excedente es mediante la elección del menor resultado que arroje dos fórmulas
posibles de ser pagadas que, según el contexto, fija un techo por encima o por
2
3. debajo a la evolución de los haberes jubilatorios con respecto a los salarios. En
términos concretos, si los recursos que recauda el sistema de seguridad social por
beneficio crecen por debajo de la evolución salarial entonces el aumento de haberes
jubilatorios será inferior que el verificado para los salarios. Escenario éste que
resulta más acorde con el contexto actual siendo que la perspectiva de recaudación
récord no es eterna y la informalidad laboral pone límites presentes y futuros en
cuanto al financiamiento del sistema y sugiere la necesidad de futuras moratorias
para ampliar la cobertura a adultos mayores que, en esquema previsional vigente,
no tienen posibilidad de acceso. Lo que aquí en apariencia se presenta como un
principio de sustentabilidad del sistema, por supeditar los resultados de la
movilidad a los recursos, puede ser también leído como un mecanismo que permite
reproducir en el nivel de los haberes la necesidad de generar excedente en la
ANSES con el fin de sortear la actual crisis fiscal del Estado Nacional.
La fórmula de movilidad no está sólo en función de las remuneraciones sino que
incorpora a la recaudación como elemento central: en la medida en que la tasa de
crecimiento de los recursos medios totales (en función de la cantidad de recursos
por jubilación puesta al pago) del régimen previsional supere a la resultante de
los salarios (aunque también combinada con los recursos tributarios medios),
continuará la movilidad acorde a los ingresos de los trabajadores; de otro modo,
no lo hará y quedará supeditada a las limitaciones fiscales.
El diseño de la fórmula no sólo toma en cuenta los recursos sino también la
evolución de la cantidad de jubilaciones y pensiones puestas al pago generando
caídas abruptas en los resultados de la fórmula si se realizan medidas inclusivas
al sistema previsional.
Para la ANSES se suceden los resultados financieros positivos: para el año 2011
se verificó un superávit por $22.699 millones y para el año 2012, previendo un
nuevo aumento de la movilidad en septiembre y un aumento en las asignaciones
familiares estimamos un superávit de nada menos que $14.832,6 millones.
Es decir que la fórmula de movilidad lejos de generar el reparto genera
excedentes que en lugar de atribuirlos al fin previsional los vuelca a otros fines
como el pago deuda pública, infraestructura pública y el sostenimiento de
negocios del sector privado –ej. Automotrices entre otros-.
Sin embargo, la presencia de tales excedentes fiscales convive con restricciones
económicas que limitan la capacidad de recaudación del sistema público de
reparto:
1) El sostenimiento de la reducción de las contribuciones patronales realizado en
los ´90: Esta medida generaría recursos anuales de no menos de $60 mil
millones, prácticamente cuatro veces más que el superávit fiscal.
2) El persistente y elevado nivel de informalidad laboral: La tasa de informalidad
laboral promedio para el período iniciado en el 2003 hasta el año 2010 fue de
nada menos que del 41,2% y al 2011 continúa en un nivel alto, en torno al 34%.
A través de esta restricción no sólo se puede aprehender los límites fiscales del
sistema previsional vigente sino que también se lee claramente el problema
3
4. futuro del sistema previsional argentino. En nuestro país hay nada menos que
8,6 millones de argentinos que no podrán jubilarse en el marco de la ley vigente.
3) El bajo nivel del salario de la economía: El esquema productivo actual en el
marco de relaciones sociales vigente sostiene un sistema económico de baja
productividad que se expresa directamente en una media salarial deprimida que
reproduce sus efectos, no sólo en la vida activa sino también, en la vida pasiva
de la población.
Sin embargo, la agenda oficial pareciera postergar la necesidad de efectuar un
replanteo integral y sortea el impacto del deterioro laboral sobre el régimen de
previsional a través de:
-‐ La búsqueda de financiamiento a partir de los recursos tributarios: actualmente
superan en más del 40% el total de los recursos recaudados por ANSES. Sin
embargo, al contrastar la necesidad de financiamiento producto de las nuevas
prestaciones o finalidades que asumió ANSES en los últimos años ($107 mil
millones) con el volumen de ingresos tributarios ($98.270 millones) se verifica
que le restaría $8.699 millones para cubrir los gastos por las nuevas prestaciones
y destinos que tiene actualmente ANSES verificándose entonces que la
asistencia termina siendo desde ANSES a la caja del Tesoro Nacional y no al
revés, como suele decirse. Por lo tanto, la asistencia real del tesoro a las
jubilaciones es menor que la comúnmente se expresa ya que sostiene un
organismo que ha diversificado ampliamente sus objetivos y que como
consecuencia precisa incluso de más recursos para evitar que tal
multifuncionalidad no derive en postergar uno de los principales fines, la
atención a la población adulta mayor.
-‐ Mediante la aplicación de una fórmula de movilidad que sostiene una estructura
de haberes deprimida al tiempo que garantiza excedente para financiar la
política económica del gobierno nacional:
-‐ Postergando la recomposición de los haberes jubilatorios mediante el
incumplimiento los fallos judiciales de las Corte Suprema de Justicia de la
Nación, como los casos Sanchez y Badaro.
3) Por último, los anuncios de los incrementos, hasta el momento, no están siendo
acompañados de una justificación concreta sobre el comportamiento de cada una de
las distintas variables que compone la fórmula de movilidad con el fin de cotejar los
resultados alcanzados. Por lo tanto, más allá de los resultados obtenidos el pobre
nivel de transparencia de la misma abre interrogantes respecto a los futuros
aumentos y acerca de la veracidad de los anunciados.
El diseño de la fórmula puesta en marcha en el 2009 desengancha la evolución
de las jubilaciones de los salarios escindiendo la relación sustitutiva que debiera
ser sostenida y la supedita a la dinámica de los recursos y a la cantidad de
jubilaciones puestas al pago cuestión que, según la coyuntura por la que se
atraviesa, puede tener mejores o peores resultados.
4
5. A comienzos del presente año la fórmula de movilidad volvió a arrojar un nuevo
incremento para la actualización de los haberes jubilatorios. A partir de marzo las
jubilaciones y pensiones crecerán en un 17, 62%, de esta manera la jubilación mínima
pasará a ser de $1.687 y el haber medio estará en torno a los $2.100.
Desde marzo del año 2009 hasta ahora los incrementos por la fórmula de movilidad
llevan acumulado un aumento del 144,48% de los haberes como resultado de una
dinámica interanual ascendente: el año 2009 culminó con un incremento total de
19,89%, el 2010 con un 26,5% y el año 2011 ubicó un nuevo récord con un incremento
del 37%.
Cuadro N º 1: Incremento otorgados por la Ley de Movilidad*.
Porcentaje
Período de aumento
Aumento de Marzo 2009 11,69%
Aumento de Septiembre 2009 7,34%
TOTAL 2009 19,89%
Aumento de Marzo 2010 8,21%
Aumento de Septiembre 2010 16,90%
TOTAL 2010 26,50%
Aumento a Marzo 2011 17,33%
Aumento a Septiembre 2011 16,82%
TOTAL 2011 37,06%
Aumento a Marzo 2012 17,62%
Aumento acumulado por la Ley de Movilidad* 144,48%
* Promulgada el 15 de Octubre de 2008
Fuente: Elaboración propia en base a los decretos que reglamentan los aumentos de la Ley de Movilidad
de las Prestaciones del Régimen Previsional Público (Ley N º 24.417).
Del cuadro siguiente se puede comprobar que en general los aumentos que resultan de la
aplicación oficial de la fórmula presentada en la Ley de Movilidad tienen relación con la
evolución de los índices salariales con excepción del año 2011 durante el cual el
incremento de las jubilaciones estuvo muy por encima de las variantes que miden la
evolución de las remuneraciones (incluso al considerar duplicadas las estimaciones que
llegan a junio 2011).
Cuadro N º 2: Evolución de distintos índices salariales vs. incrementos otorgados por la
fórmula de movilidad.
RIPTE Haberes
Trabajadores Total Índice (Trabajadores jubilatorios
Registrados Ocupados Salarial Registrados por
(EPH) (EPH) General Estables) movilidad
2009 17,6% 18,0% 16,7% 14,9% 19,89%
2010 26,0% 29,2% 26,3% 28,8% 26,50%
2011 14,4%* 12,9%* 29,5% 17,8%* 37,06%
*Los resultados del año 2011 corresponden a II trimestre.
Fuente: Elaboración propia en base a datos oficiales del INDEC y del Boletín de Estadísticas de la
Seguridad Social.
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6. Como primera consideración podríamos suponer que el objetivo de sostener la tasa de
sustitución del haber jubilatorio sobre el nivel general de los salarios se cumple con
estos resultados. Sin embargo, hay cuestiones que introducen reparos a esta conclusión:
1) El nivel actual de haberes jubilatorios está muy por debajo de sustituir el poder
de compra del salario por lo que no basta con sostenerlo sino que es preciso
recomponerlo. Si bien el último porcentaje de incremento de los haberes superó
los aumentos previos, termina por diluirse ante una realidad que combina una
estructura de haberes pobres y un persistente contexto inflacionario.
2) A pesar de que la fórmula de movilidad venga arrojando incrementos para las
jubilaciones similares o superiores a los salarios, la misma no garantiza la
continuidad de este comportamiento ya que su diseño tiene como fin último
garantizar excedente luego de pagada la movilidad. La forma de realizarlo es
mediante la elección del menor resultado que arroje dos fórmulas posibles de ser
pagadas que, según el contexto, fija un techo por encima o por debajo a la
evolución de los haberes jubilatorios con respecto a los salarios. En términos
concretos, si los recursos que recauda el sistema de seguridad social por
beneficio crecen por debajo de la evolución salarial entonces el aumento de
haberes jubilatorios que arroje la fórmula, otorgará un aumento inferior que el
verificado para los salarios. Escenario éste que resulta más acorde con el
contexto actual siendo que la perspectiva de recaudación no es eterna y el
problema de la informalidad laboral pone límites presentes y futuros en cuanto
al financiamiento del sistema y a la necesidad de futuras moratorias para ampliar
la cobertura a adultos mayores que, en esquema previsional vigente, no tienen
posibilidad de acceso. Lo que aquí en apariencia se presenta como un principio
de sustentabilidad del sistema, por supeditar los resultados de la movilidad a los
recursos, puede ser también leído como un mecanismo que permite reproducir
en el nivel de los haberes la necesidad de generar excedente en la ANSES con el
fin de sortear la actual crisis fiscal del Estado Nacional.
3) Por último, los anuncios de los incrementos, hasta el momento, no están siendo
acompañados de una justificación concreta sobre el comportamiento de cada una
de las distintas variables que compone la fórmula de movilidad con el fin de
cotejar los resultados alcanzados. Por lo tanto, más allá de los resultados
obtenidos el pobre nivel de transparencia de la misma abre interrogantes
respecto a los futuros aumentos y acerca de la veracidad de los anunciados.
A continuación desarrollaremos cada uno de estos puntos.
1) El nivel de ingresos que permite el haber jubilatorio
La cuestión sobre el nivel de los haberes jubilatorios es, desde nuestro criterio, uno de
los principales desafíos del sistema previsional argentino no sólo desde el desglose del
mismo con el salario sino también con las serias dificultades que tiene para poder
garantizar niveles de vida adecuados a nuestros mayores. El énfasis del discurso oficial
en general y de la presidenta en particular durante el anuncio por destacar el elevado
6
7. nivel de las jubilaciones actuales y situarlo como el más alto en Latinoamérica, cuando
el haber medio sólo cubre el 67% de la canasta estimada para la población de tercera
edad, hace por lo menos preguntarse cómo vivirán los abuelos de nuestros países
vecinos. De todos modos, hay que hacer mención aquí que, como dijo nuestra máxima
autoridad política, es a través del nivel de ingreso en términos de paridad de poder
adquisitivo que es posible comparar el nivel de haberes en función de los bienes que es
posible comprar en cada uno de los países. Es decir, que es preciso incluir en el cálculo
a la relación de precios (para una canasta de productos determinada) de los países a
comparar. Según palabras de la presidenta al realizar este cálculo “se potencia mucho
más esta jubilación argentina” ubicándose en la más alta a nivel regional. Sin embargo,
si tenemos en cuenta que para calcular la paridad de poder de compra no sólo debe
ajustarse las monedas locales a una única moneda en común, generalmente el dólar, sino
que también se precisa conocer la evolución de precios, la apreciación anterior sobre la
sobrevaluación de la jubilación argentina se torna por lo menos dudosa. El organismo
público productor de estadísticas de nuestro país, el INDEC, atraviesa quizá la crisis
institucional más grande de su historia dado que las autoridades del mismo inciden
activamente en los resultados del sistema de estadísticas públicas vía la burda
manipulación del Índice de Precios al Consumidor desde comienzos del año 2007. Por
lo tanto, la situación de aparente superioridad del haber jubilatorio argentino respecto
del resto de los países de la región que expresa en el planteo presidencial arrastra
consigo la misma falta de seriedad y rigurosidad que atraviesa el cálculo del IPC oficial.
De todos modos consideramos que en primer lugar, para comprender la realidad de
ingresos de nuestros mayores, es necesario realizar una lectura interna de la situación.
Para aproximarnos al poder de compra de los ingresos de los jubilados y pensionados
tomaremos como parámetro la canasta para un adulto mayor calculada por la Defensoría
de la Tercera Edad que al mes de marzo del presente año la hemos proyectado en torno
a los $3.255,7 en función de una pauta de inflación del 20% para todo el año. Si
comparamos la Canasta con el haber mínimo en cada momento, observamos que sólo en
Marzo 2012 el haber mínimo cubre apenas más de la mitad de la canasta (51,8%),
mientras en el resto de los meses ni siquiera llega a eso. Cabe aclarar que el porcentaje
de Marzo es más alto sobre todo porque coincide con el mes de aumento de los haberes.
Sin embargo, a medida que el valor de la canasta continúe subiendo y el haber se
mantenga estancado, dicha proporción tenderá a caer mes a mes hasta el próximo
aumento.
Cuadro N º 3: Evolución de la canasta de consumo estimada por la Defensoría de la
Tercera Edad. Mayo 2010 – Marzo 2012.
A) Valor
Período Canasta Básica B) Haber Mínimo (B) / (A)
May-10 $ 2.053,0 $ 895,2 43,6%
Dic-10 $ 2.458,8 $ 1.046,4 42,6%
May-11 $ 2.691,5 $ 1.227,8 45,6%
Nov-11 $ 3.059,2 $ 1.434,0 46,9%
Mar-12* $ 3.255,7 $ 1.687,0 51,8%
*Estimación propia en base a una pauta inflacionaria del 15% para 2012.
Fuente: Elaboración propia en base a datos de la Defensoría de la Tercera Edad (dato Mayo 2011).
7
8. Al comparar el valor de la canasta con el haber medio, la situación tampoco se torna
demasiado alentadora. En Marzo 2012 el haber medio representará el 67% del valor de
Canasta de la tercera edad, es decir, el nivel de los haberes que otorga el sistema
previsional son insuficientes para cubrir las necesidades de una persona mayor.
Cuadro N º 4: Haber mínimo y medio en relación a la canasta de consumo estimada por
la Defensoría de la Tercera Edad.
(A) Haber (C)Canasta
Mínimo (B) Haber Medio Jubilados (A) / (C) (B) / (C )
Mar-12 $ 1.687,00 $ 2.181,20 $ 3.255,72 52% 67%
Fuente: Elaboración propia en base a datos de ANSES y serie de inflación CIEPP.
Si observamos la tendencia que presenta la relación entre el haber mínimo y la canasta
desde que se encuentra vigente la ley de movilidad, resulta que entre Diciembre de 2008
y Diciembre de 2011, la misma ha mejorado a razón de 1,1 puntos porcentuales por año,
pasando de cubrir el 43,1% de la canasta al 46,2% (ver Cuadro N º 5). Por otro lado, el
promedio de edad de los jubilados según la EPH (2do trimestre 2011) es de 70 años;
con lo cual, de mantenerse dicho ritmo en la evolución, un jubilado “tipo” que
actualmente gana el haber mínimo, necesitará esperar 50 años (hasta Diciembre de
2062) para cubrir la totalidad de la canasta, momento en el cual tendría 121 años de
edad (ver Cuadro N º 6). Obviamente, esta estimación resulta un mero ejercicio de
simulación, que implica suponer una determinada evolución de los precios y los haberes
dentro de los próximos 50 años, un plazo demasiado extenso para realizar cualquier tipo
de proyección. Sin embargo, permite comprobar gráficamente la situación de
postergación que sufren nuestros mayores y la inmediatez que requiere su solución.
Cuadro Nº 5: Evolución de la relación entre el haber mínimo y la Canasta de la Tercera
Edad. Diciembre 2008 – Diciembre 2011.
Haber Mínimo / Diferencia Anual
Canasta Tercera (en puntos
Edad porcentuales)
Dic-08* 43,1% -
Dic-09* 45,0% 1,9%
Dic-10 42,6% -2,4%
Dic-11 46,2% 3,7%
Promedio Anual 1,1%
*Para los años 2008 y 2009 estimamos la Canasta de la Tercera Edad en base a la inflación registrada en
dichos años ya que la Defensoría de la Tercera Edad la difunde desde Mayo 2010.
Fuente: Elaboración propia sobre la base de MECON, Defensoría de la Tercera Edad, IPC Buenos Aires
City e IPC CIEPP (4 Provincias: Chubut, Neuquén, Santa Fe y San Luis).
8
9. Cuadro N º 6: Estimación del tiempo que debería esperar un jubilado “tipo” para cubrir
la totalidad de la Canasta de la Tercera Edad.
Relación Haber
Edad de un Mínimo / Canasta
Período jubilado "tipo" Tercera Edad
Dic-11 70 años 46,2%
Dic-62 121 años 100,4%
Fuente: Elaboración propia sobre la base de EPH-INDEC, MECON, Defensoría de la Tercera Edad, IPC
Buenos Aires City e IPC CIEPP (4 Provincias: Chubut, Neuquén, Santa Fe y San Luis).
Lo antedicho cobra aún más relevancia si tenemos en cuenta que, según los últimos
datos publicados en el Boletín Estadístico de la Seguridad Social del Ministerio de
Trabajo (segundo trimestre 2011), el 72,1% de los beneficios previsionales están por
debajo del haber mínimo. Ver cuadro Nro 5.
Cuadro N º 7: Cantidad de beneficios iguales o inferiores al mínimo. Junio 2011.
Intervalos de Prestación Beneficios %
$ 0,01 a $ 1227,77 48.940 0,9%
$ 1.227,78 4.086.608 71,2%
Total 5.740.047 100,0%
Fuente: Elaboración propia en base a datos del Boletín Estadístico de la Seguridad Social – MTEySS.
Segundo trimestre de 2011.
En otro términos, es posible afirmar que la mayor parte de los jubilados y pensionados
percibe la mitad de los ingresos necesarios para satisfacer sus necesidades. Es decir
que, más allá de la magnitud de los aumentos, la realidad cotidiana de los jubilados
atraviesa una situación grave de postergación que no es posible revertirla sólo con una
fórmula de movilidad que por más generosa que pueda parecer durante algún período
determinado difícilmente pueda revertir el paupérrimo nivel de ingresos general.
Es principalmente por estas razones que consideramos que los aumentos deben ser
analizados en función del contexto. En concreto, los aumentos porcentuales “récord”
(en palabras de la presidenta) insertos en la situación actual que combina un cuadro
pobre de ingresos previsionales con un proceso inflacionario como el vigente termina
por licuar cualquier magnitud de aumento.
El contexto deteriorado de haberes genera que el 17,62% que se aplicará desde marzo a
los haberes vigentes significa para la mayoría de los jubilados y pensionados de la
argentina sólo $8,40 más por día. En el caso de los que superan el haber mínimo en
promedio, el aumento consistirá en $10,90 más diarios que en la coyuntura actual de
precios alcanza para adicionar un paquete más de fideos (que oscila los $6) a la mesa
diaria.
9
10. Cuadro N º 8: Evolución del haber mínimo y medio a partir de Marzo 2012 en términos
nominales.
Vigente
(hasta Aumenta en % de Aumento Aumento
Marzo Marzo aumento Mensual diario
2012)
Haber
1.434,3 1.687,0 17,62% 252,7 8,4
Mínimo
Haber Medio 1.854,5 2.181,2 17,62% 326,8 10,9
Fuente: Elaboración propia en base a datos del Boletín de Estadísticas de la Seguridad Social.
Lo que permite suponer el cálculo anterior es que, de ser otra la estructura de
jubilaciones y pensiones en la Argentina, no serían necesarios los incrementos
porcentuales récord para producir algún impacto en el valor de las jubilaciones. Para
ejemplificar, si el haber mínimo se ubicara en torno al valor actual de canasta (alrededor
de los $3.100) un incremento del 10% genera un adicional diario de poco más de $10,
por encima de los $8,4 de incremento diario para el mínimo y similar al adicional para
el haber medio pero con un porcentaje de aumento sensiblemente inferior.
A su vez, el contexto inflacionario vigente adiciona otro marco que pone serios límites
a los aumentos que puedan ser otorgados. De la información anterior se puede cotejar
que incorporando una pauta de inflación en torno al 20% para el año 2012 los $8,4
diarios que se incorporarán a los haberes desde marzo a septiembre del 2012 significan
tan sólo $3,5 más al haber mínimo y los $10,9 que se adicionaba al haber promedio
significan sólo $4,5. (Ver cuadro N º 9)
Cuadro N º 9: Evolución del haber mínimo y medio a partir de Marzo 2012 en términos
reales.
Vigente Haber a partir de
(hasta marzo a precios % de Aumento Aumento
Marzo de septiembre aumento Mensual diario
2012) 2012
1.434,3 1.537,9 7,22% 103,6 3,5
Haber Mínimo
1.854,5 1.988,4 7,22% 133,9 4,5
Haber Medio
Fuente: Elaboración propia en base a datos del Boletín de Estadísticas de la Seguridad Social.
La ilusión monetaria generada en un primer momento es consecuencia del mecanismo
rezagado de actualización de los haberes que en el momento de concretarse provoca un
salto en el poder de compra que se disuelve rápidamente producto del continuo ascenso
del nivel general de precios. En el siguiente cuadro ilustramos esta situación desde el
primer incremento otorgado por la fórmula de movilidad hasta la situación previa al
aumento que deberá fijarse en septiembre 2012.
10
12. Jun-12 $ 1.687 244,5 189,9 128,7 -1,5%
Jul-12 $ 1.687 244,5 192,8 126,8 -1,5%
Ago-12 $ 1.687 244,5 195,7 125,0 -1,5%
Fuente: Elaboración propia en base a datos del Boletín de Estadísticas de la Seguridad Social.
Realizando un análisis del cuadro arriba expuesto se puede observar que:
-‐ Desde la puesta en marcha de la fórmula de movilidad las jubilaciones han
aumentado en términos nominales un 144,5%, como ya se ha mencionado al
comienzo del trabajo. Sin embargo dado el poder corrosivo de la inflación a
marzo 2012 el aumento real es del 34,9%, y a agosto –previamente al aumento
de septiembre- será de un 25%.
-‐ A su vez, mientras el aumento nominal entre septiembre 2011 y marzo 2012 es
de un 17,6%, el aumento real es de apenas el 8,4%. Asimismo si se compara en
términos reales el aumento entre septiembre 2011 y agosto 2012, el mismo habrá
prácticamente desaparecido al pasar a ser de apenas el 0,4%.
-‐ Es decir que los aumentos jubilatorios, dado el contexto inflacionario, lo que
hacen en términos de poder de compra es, fundamentalmente, mantener el nivel
adquisitivo de las jubilaciones. Siendo magras las mejoras en el valor real de las
jubilaciones.
En concreto, se puede concluir que los incrementos otorgados por la fórmula de
movilidad apenas logran compensar los efectos de la inflación sin proponer ningún tipo
de recomposición de los haberes jubilatorios
Al incorporar el período de la post-Convertibilidad es posible observar que el haber
mínimo tuvo un crecimiento exponencial desde el año 2001 al pasar de $150 a $1.434,3
al finalizar el 2011 y situándose en $1.687 desde allí hasta el mes de agosto del
presente año. Como consecuencia, durante el período 2001-2012 el incremento fue de
nada menos que de 1.024,7% producto de la política de actualización de la jubilación
mínima alcanzando una recomposición del 89,7% del poder de compra. Sin embargo, el
haber medio quedó a mitad del camino del mínimo siendo que el incremento desde el
año 2001 hasta ahora del 507% apenas alcanzó para recuperar el poder adquisitivo
perdido durante el período. Este fenómeno de desigualdad entre los haberes encuentra
parte importante de su explicación en una combinación de sucesos que se fueron
desarrollando a lo largo del período: tanto la estrategia de recomposición diferencial de
haberes mediante la actualización prácticamente exclusiva del haber mínimo durante la
mayor parte del período posconvertibilidad, como la incorporación masiva del pago de
nuevas jubilaciones a partir de la política de inclusión previsional del período 2005-
2007 sin una contrapartida de recursos de tal magnitud y el sostenimiento de la deuda
previsional con los jubilados por la no actualización de sus haberes conforme a la
evolución de precios durante el período 2002-2006.
12
13. Cuadro N º 11: Evolución del haber mínimo y del haber medio. Período 2001-2012.
Haber
Haber medio
Haber Mínimo a Haber
a precios de IPC
Mínimo precios de Medio
2001
2001
2001 $ 150,0 $ 150,0 $ 359,0 $ 359,0 100,0
2002 $ 200,0 $ 141,9 $ 369,1 $ 261,9 140,9
2003 $ 220,0 $ 150,6 $ 387,0 $ 264,9 146,1
2004 $ 308,0 $ 198,7 $ 463,6 $ 299,1 155,0
2005 $ 390,0 $ 224,0 $ 522,4 $ 300,0 174,1
2006 $ 470,0 $ 245,7 $ 595,3 $ 311,3 191,3
2007 $ 596,2 $ 248,0 $ 733,7 $ 305,2 240,4
2008 $ 690,0 $ 233,4 $ 860,4 $ 291,0 295,7
2009 $ 827,2 $ 243,7 $ 1.064,4 $ 313,6 339,5
2010 $ 1.046,4 $ 245,5 $ 1.359,3 $ 318,9 426,2
2011 $ 1.434,3 $ 274,4 $ 1.862,6 $ 356,3 522,7
mar-12 1.687,0 $ 307,2 $ 2.181,2 $ 397,2 549,1
ago-12 1.687,0 $ 284,6 $ 2.181,2 $ 368,0 592,7
Variación 2001-
856,20% 82,92% 418,83% -0,75% 422,75%
Diciembre 2011
Variación 2001-
1024,68% 104,82% 507,58% 10,65% 449,10%
Marzo 2012
Variación 2001-
1024,68% 89,75% 507,58% 2,51% 492,71%
Agosto 2012
Fuente: Elaboración propia en base a datos oficiales del Boletín de Estadísticas de Seguridad Social.
Por estas razones el haber medio que durante el 2001 era de $359 y se posiciona durante
el 2012 en torno a los $2.180 por efecto de la evolución de precios y la pobre
actualización del mismo, estanca su poder de compra. En otros términos, los $2.180 de
hoy equivalen a $368 del año 2001.
Este es uno de los efectos que tiene el achatamiento que describe a la actual pirámide
previsional: el haber medio se deteriora y cada vez más personas ganan lo mínimo
que tolera el sistema previsional. En efecto, durante el discurso que sostuvo la
presidenta aseguró que la proporción de jubilados que cobran el haber mínimo es del
74,8% elevando incluso el ya alto porcentaje verificado por ANSES a mediados del año
pasado.
Como da cuenta el cuadro N º 11, mientras en el 2001 el 16,1% de los jubilados
cobraban el haber mínimo, en el 2012 siguiendo los nuevos datos, el 74,8% de los
jubilados están en esta situación.
13
14. Cuadro N º 12: Cantidad y porcentaje de beneficiarios totales y que perciben el haber
mínimo. 2001 y 2012.
2001 2012
Cantidad % cantidad %
En la mínima 533.021 16,1 4.306.871 74,8
Resto 25,2 2.768.421 83,9 1.450.978
Total 3.301.442 100 5.757.849 100
Fuente: Elaboración propia en base a datos oficiales, Discurso de la Presidenta de la Nación 1º de febrero
2012.
Este proceso que intentan maquillar como progresivo puesto que supone haber
privilegiado a los sectores de menores recursos postergando a los que estaban por
encima de la mínima esconde una estrategia que termina igualando para “abajo”
socavando el verdadero significado del concepto de progresividad. Más bien, lo que se
produce es una suerte de régimen previsional con jubilados pobres.
La clave del caso está, por lo tanto, en las limitaciones que exhibe cálculo del haber
inicial1 afectado principalmente por una fórmula que termina por distanciar
ampliamente el haber jubilatorio del salario percibido en la actividad laboral. A esto se
suma el incumplimiento explícito, por parte de las autoridades de ANSES, para la
recomposición de los haberes jubilatorios según el fallo judicial de la Corte Suprema de
Justicia, el caso Badaro y Sánchez. Como consecuencia de ello, resulta difícil pensar
en una solución posible que permita revertir la situación de postergación de los
jubilados y pensionados si primero no se resuelve recomponer el nivel de haberes
para luego sostenerlo mediante una movilidad adecuada y transparente en el marco
de un replanteo más general que involucre a la economía en su conjunto para revisar
el proceso inflacionario vigente que atenta cotidianamente contra los ingresos de la
población y en especial contra los sectores populares.
1
El haber jubilatorio actual es el resultado de un componente fijo más una prestación que se calcula como
porcentaje (1,5%) de la cantidad de años y del promedio salarial de los últimos 10 años. La dificultad
central consiste en que cumpliendo la cantidad de años de aporte obligatorio, 30 años, el 1,5% sólo
asegura el 45% del salario que luego es mejorado por el componente fijo (que al momento consiste en
$677,62). A esta cuestión debe adicionarse que la movilidad que se aplica para traer a valores presentes
las remuneraciones percibidas para el cálculo del haber sufren también de una distorsión que termina por
subvaluar el resultado del mismo.
14
15. 2) La relación entre la fórmula de movilidad, los salarios y el excedente
financiero de ANSES
La fórmula de movilidad de los haberes que se presenta en el anexo de la Ley 26.417 es
muy clara con respecto a su composición. No está sólo en función de las
remuneraciones sino que incorpora a la recaudación como elemento central y hasta
determinante de la movilidad de las jubilaciones. Es decir, no sólo como un elemento
que puede pronunciar o aminorar la relación entre jubilación y salario sino que se
presenta en el diseño de la fórmula con la capacidad de escindir esta relación si no hay
recursos suficientes. Es decir, que según la ley de movilidad en la medida en que la tasa
de crecimiento de los recursos medios totales (en función de la cantidad de recursos por
jubilación puesta al pago) del régimen previsional supere a la resultante de los salarios
(aunque también combinada con los recursos tributarios medios), continuará la
movilidad acorde a los ingresos de los trabajadores; de otro modo, no lo hará y quedará
supeditada a las limitaciones fiscales.
Por otra parte, el diseño de la fórmula añade otra restricción a la movilidad de las
jubilaciones al incorporar componentes que pueden verse afectados por factores
externos al sistema previsional. Particularmente, al tener en cuenta la evolución de los
recursos en relación con la cantidad de beneficios, la implementación de medidas tales
como la moratoria que se abrió en 2005 generaría una caída abrupta de los recursos por
beneficio y, por lo tanto, perjudicaría la movilidad. Claro que el problema aquí no es la
incorporación de los nuevos jubilados, sino que ellos deban ser financiados por el
conjunto de los jubilados. Lo lógico debiera ser que sean financiados por el conjunto de
la sociedad, por lo que dicha política debería estar acompañada de un aumento del
aporte de los recursos tributarios con destino al pago de los beneficiarios de los
regímenes de moratoria previsional.
Pero a pesar de lo anterior, lo cierto es que desde el año 2003 ANSES no muestra ni
rojos ni déficits de recursos en su cuenta, por lo contrario, se suceden los resultados
financieros positivos2, cuestión que también se refleja en los porcentajes que arroja la
fórmula de movilidad desde que se puso en marcha (por su proximidad a la evolución
salarial que sólo tiene lugar en la medida en que los recursos medios superen la primera
evolución).
Tal como da cuenta el cuadro N º 13, el esquema ahorro – inversión del ANSES arrojó
en 2011 un superávit por $22.699 millones. Al comparar esta masa de recursos con la
totalidad de compromisos por prestaciones a la seguridad social (que involucra
jubilaciones y pensiones, asignaciones familiares, seguro de desempleo, etc) que
asciende a $121.919 millones se constata que el resultado positivo podría haberse
garantizado un aumento adicional del 17,4% adicional sobre el conjunto de las
prestaciones de la seguridad social.
Para el año 2012, previendo un nuevo aumento de la movilidad en septiembre y un
aumento en las asignaciones familiares (del régimen contributivo y de la asignación
“universal”), estimamos un superávit de nada menos que $14.832,6 millones, es decir
2
Siendo tal que durante los años 2006, 2007 y 2009 el superávit de ANSES superó en más del 20% el
pago prestaciones.
15
16. una magnitud equivalente al 8% del total de erogaciones destinado al pago de
prestaciones de la seguridad social además de las otorgadas por la fórmula de
movilidad.
Cuadro N º 13: Esquema Ahorro – Inversión del Anses. En millones de pesos.
Ejecución al 1er semestre y estimación anual.
Est. Propia
Concepto
Realizado 2011 2012
I) INGRESOS CORRIENTES 171.309,3 220.663,6
- INGRESOS TRIBUTARIOS (1) 45.605,5 57.729,8
- CONTRIBUCIONES A LA SEG. SOCIAL (1) 114.442,4 152.429,0
- INGRESOS NO TRIBUTARIOS 107,2 99,3
- RENTAS DE LA PROPIEDAD (2) 11.154,2 10.405,3
II) GASTOS CORRIENTES 157.868,6 218.524,4
- GASTOS DE CONSUMO Y OPERACION 4.536,0 5.680,5
. Remuneraciones (3) 2.826,5 3.629,5
. Bienes y Servicios 1.709,5 2.050,9
- PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL
(4) 129.842,3 185.435,1
- TRANSFERENCIAS CORRIENTES 23.490,3 27.408,9
. Al sector privado 22.663,0 26.491,0
. Al sector público 827,3 917,8
.. Provincias y MCBA 827,3 917,8
III) RESULT.ECON.: AHORRO/DESAHORRO (I-II) 13.440,7 2.139,2
IV) RECURSOS DE CAPITAL 0,9 1,0
- PRIVATIZACIONES 0,9 1,0
V) GASTOS DE CAPITAL 2.682,5 3.409,8
- INVERSION REAL DIRECTA 2.682,5 3.409,8
VI) INGRESOS (I+IV) 171.310,2 220.664,6
VII) GASTOS (II+V) 160.551,1 221.934,2
VIII) CONTRIBUCIONES FIGURATIVAS 39.945,1 51.271,9
IX) GASTOS FIGURATIVOS 28.004,6 35.169,7
X) RESULT.FINANC (VI-VII) -1.269,6 -1.269,6
RESULT.FINANC DESPUES DE
XI)
CONTRIBUCIONES 22.699,6 14.832,6
(1) Incluye recaudación Estimación Propia
(2) Incluye en Anses renta sobre activos $ 10.400 M
(3) Incluye aumento salarial 10% julio, 6% septiembre y 2% enero 2012
Incluye aumento a jubilados 17,62% marzo-agosto y 16,8% septiembre-marzo
(4) 2013
Fuente: Elaboración propia en base a datos oficiales
El superávit que hemos detallado de ANSES, en rigor, computa un rubro entre los
ingresos denominado “renta de la propiedad” (en el cual se engloba las diversas rentas
que el ANSES obtiene por sus tenencias de acciones, bonos y títulos de carácter público
que se consolidan o debiera hacerlo en las cuentas del denominado FGS). Descontando
este ítem del resultado excedentario , en el año 2011 en lugar de los $22.700 millones
de superávit se generaron $11.545,4 millones y la proyección al año 2012 supondría un
excedente de $4.427,3 millones (en lugar de los $14.832,6 millones que incorporan las
16
17. rentas del FGS). Esto significa que el sistema de reparto genera excedente propio (con
independencia de los resultados generados por la tenencia de sus activos financiera entre
ellos los derivados del sistema de capitalización) y que como tal debe ser utilizado para
el pago de jubilaciones y pensiones. Claramente, tampoco se verifica lo anterior y así
los objetivos se trastocan: en lugar de que el FGS sostenga el pago de jubilaciones y
pensiones, es el actual esquema de jubilaciones y pensiones el que sostiene el
crecimiento del FGS.3
Con los elementos brindados es posible afirmar que la fórmula de movilidad lejos de
generar el reparto genera excedentes que en lugar de atribuirlos al fin previsional los
vuelca a otros fines (básicamente en el pago deuda pública, infraestructura pública y el
sostenimiento de negocios del sector privado –ej. Automotrices- entre otros rubros).
Sin embargo, se presenta una coyuntura muy particular ya que la presencia de tales
excedentes fiscales convive con serias restricciones económicas que limitan la
capacidad de recaudación del sistema público de reparto. En este sentido, conviene
remarcar que nuestro régimen previsional está inserto en un esquema económico que lo
obliga a enfrentarse básicamente con dos grandes limitaciones estructurales que atentan
contra su autosustentabilidad y a otra limitación vinculada con sostener una medida
regresiva impuesta en la década del `90:
4) El sostenimiento de la reducción de las contribuciones patronales realizado en
los ´90.
5) El persistente y elevado nivel de informalidad laboral.
6) El bajo nivel del salario de la economía.
Las contribuciones patronales
La reducción de las contribuciones patronales se presenta hoy (como se hizo en los ´90)
como una herramienta capaz de incidir positivamente en la generación de empleo a
través de la idea, un tanto liberal, que indica que es la reducción del costo laboral la
política de empleo más efectiva.
Sólo basta recurrir a nuestra propia historia para comprender el absoluto fracaso de esta
premisa económica ya que es conveniente recordar que cuando Cavallo puso en práctica
esta medida en el año ´93 no se verificó ninguna garantía en la permanencia de los
puestos de trabajo. Por el contrario, desde aquel año hasta nuestro presente hemos
transitado la crisis más grave del mercado laboral estando vigente esta reducción
impositiva (al año 2002 la tasa de desocupación alcanzó su punto álgido en torno del
20%).
3
El último informe oficial publicado por ANSES da cuenta que el monto de la cartera de activos del FGS
se ubica por encima de los $201.027 millones a fines del años 2011 cuando la masa de jubilaciones y
pensiones estaría en torno a los $120.000 millones para ese mismo período, poco más de la mitad que el
valor del fondo (el Boletín de Estadísticas de la Seguridad Social aporta información hasta el primer
semestre del 2011 y sitúa al gasto en este rubro en $64.318 millones).
17
18. Para estimar cuánto podría recaudarse en 2012 en concepto de restitución de las
contribuciones patronales al nivel de 19934, es necesario tener en cuenta la evolución de
la recaudación que se espera por ese rubro. En este sentido, presentamos dos
estimaciones en el Cuadro Nº 14. La primera tiene en cuenta la evolución que surge de
comparar el Presupuesto 2012 con la recaudación realizada en 2011; de allí surge que la
masa de contribuciones patronales crecerá un 24%. Sin embargo, teniendo en cuenta
una estimación más realista de la evolución de los precios, resulta que la recaudación
crecerá un 33,9%. Si sobre esta masa de recursos estimada para 2012, aplicamos la
restitución de las contribuciones, la recaudación adicional generada por la misma estaría
entre los $58.705 millones y los $63.369 millones. En promedio, esta medida generaría
recursos anuales de no menos de $60 mil millones, prácticamente cuatro veces más que
superávit fiscal.
Cuadro N º 14: Estimación de la recaudación adicional generada por la restitución de las
contribuciones patronales a grandes firmas (GF). 2012. En miles de pesos.
Estimación con
Estimación propia datos oficiales Promedio
A) Contribuciones Patronales (CP) recaudadas en Junio 2011 para las
GF $ 3.380.277,3 $ 3.380.277,3 $ 3.380.277,3
B) Crecimiento de la recaudación por CP a GF 2011-2012 24,0% 33,9% 28,9%
C) Contribuciones Patronales estimadas para 2012 a GF (mensual) $ 4.191.543,9 $ 4.524.540,5 $ 4.358.042,2
D) Estimación 2012 restituyendo las CP a las GF al 33% (mensual) $ 9.083.653,2 $ 9.805.302,8 $ 9.444.478,0
E) Recaudación adicional mensual (D – C) $ 4.892.109,3 $ 5.280.762,3 $ 5.086.435,8
F) Recaudación adicional anual $ 58.705.311,8 $ 63.369.147,5 $ 61.037.229,6
Fuente: Elaboración propia sobre la base de MECON, AFIP y pauta inflacionaria alternativa.
Cabe aclarar que para el cálculo anterior, no estamos computando el aumento de la
recaudación que supone eliminar la reducción de las contribuciones patronales que
dispuso la Ley 26.746, dictada a fines del 2008 a propósito de los paquetes anticrisis del
Gobierno. La misma implicó reducir el 50% de las contribuciones vigentes para el
primer año y el 25% para el segundo año de cada nuevo empleo a crearse en el período
2009 al 2010. Se trata de una reducción adicional que supone la rebaja de aportes
patronales sobre los existentes y que impacta tanto sobre los que entran por primera vez
en una relación formal, como sobre aquellos que roten de empleo en el período. Esta
norma fue prorrogada en el 2010 por vía del Decreto 2166/2009 dictado el 6 de enero
del 2010; nuevamente prorrogado para el 2011 por vía del Decreto 68/2011 dictado el
31 de enero del 2011, y otra vez prorrogado para el 2012 por vía del decreto 298/2011
dictado el 30 de diciembre del 2012. Así como la permanencia de contribuciones
patronales reducidas se sostiene mediante la firma de consecutivos decretos resulta
entonces, que sólo es necesario recurrir a un simple decreto presidencial para revertir
4
Según los datos correspondientes a Junio 2011, en la AFIP hay registrados 559.508 empleadores
privados, de los cuales apenas 22.180 (el 4%) tienen más de 40 empleados (por lo que no puede
considerarse como pymes toda vez que el límite de ocupados de esa definición es hasta 40 empleados).
Estas 22.180 firmas representan el 60,6% de los trabajadores privados formales (3.745.587 trabajadores
sobre 6.178.058), el 73,1% de la masa salarial formal del sector privado ($22.199 millones sobre un total
de $30.355 millones); el 72,4% de los aportes a la seguridad social ($2.400 millones sobre un total de
$3.309 millones) y el 74,6% de las contribuciones a la seguridad social ($3.380 millones sobre $4.531
millones). De este modo, las contribuciones a la seguridad social de estas firmas representan apenas el
15,2% de la masa salarial cuando en 1993 (previo a las reducciones representaba el 33%).
18
19. esta medida y restituir las contribuciones patronales a un nivel adecuado para el
financiamiento del sistema previsional.
La informalidad laboral
La tasa de informalidad laboral promedio para el período iniciado en el 2003 hasta el
año 2010 fue de nada menos que del 41,2% y al 2011 continúa en un nivel alto, en
torno al 34%. La precarización laboral de la economía que incluye otras categorías
ocupacionales además del asalariado no registrado ronda actualmente el 50,9%
involucrando a 8.458.880 personas5. Es decir que la precariedad laboral vigente
determina que sobre una PEA de 17.436.952 trabajadores sólo 8.836.010 están
aportando. Es decir, el 49% de la fuerza laboral no aporta al sistema previsional por
encontrarse excluida del mundo laboral formal. Dicho de otro modo, por cada jubilado
hay sólo 1,5 aportantes al sistema.
Cuadro Nº 15: Cantidad de aportantes en relación a la PEA. IIIº trimestre 2011 y junio
2011.
Cantidad Porcentaje
8.836.010 51 Aportantes al SIPA
Población Económicamente
Activa 17.436.952 100
Fuente: Elaboración propia en base a datos del Boletín Estadístico de la Seguridad Social – MTEySS.
Segundo Trimestre de 2011 y EPH-3er trim 2011.
Siguiendo la información presentada en el Boletín de la Seguridad Social
correspondiente al IIº trimestre de 2011, la cantidad de aportantes a junio del último se
encuentra compuesta de la siguiente forma: la gran mayoría, 7,1 millones, son
trabajadores dependientes, 301 mil autónomos; 1,1 millones monotributistas y 289 mil
pertenecer al servicio doméstico.
Cuadro N º 16: Cantidad de aportantes por sector a junio 2011.
Relación laboral
Total
Dependientes Autónomos Monotributistas Serv. doméstico
8.836.010 7.106.896 301.995 1.137.303 289.816
Fuente: Boletín de Seguridad Social, IIº trimestre 2011. MTEySS.
Si se realiza el ejercicio de calcular la tasa de sustentabilidad sobre la población
económicamente activa, esta pasa a ser de 3 trabajadores por cada pasivo y sobre los
ocupados sería 2,8. Es decir que la tasa se duplica en relación a la actualmente vigente.
Lo dicho da cuenta, una vez más, de los límites que impone el contexto sociolaboral
actual al sistema previsional vigente.
5
Elaboración propia en base a datos de la EPH al II trimestre 2011.
19
20. Cuadro N º 17: Tasa de sustentabilidad, en función de la Población Económicamente
Activa y Ocupada. IIIº Trimestre 2011.
Concepto /
Prestaciones
Aportantes 1,5
PEA 3,0
Ocupados 2,8
Fuente: Elaboración propia sobre la base de EPH, IIIº trimestre 2011 y Discurso de la Presidenta de la
Nación 1º de febrero 2012.
En este marco laboral actual no sólo se puede aprehender los límites fiscales del sistema
previsional vigente sino que también se lee claramente el problema futuro del sistema
previsional argentino. En nuestro país hay nada menos que 8,6 millones de argentinos
que no podrán jubilarse en el marco de la ley vigente. Desafío que necesita de una
revisión estructural del sistema para ser atendido adecuadamente y que no redunde en
un perjuicio a la calidad de las prestaciones (cuestión que sucedería con la fórmula de
movilidad vigente).
Los salarios
Por otro lado, en el marco de una economía que presenta una media salarial de $2.638
para el conjunto de ocupados, el haber medio de $ 2.215 representa el 84,0% de esta
media salarial y el haber mínimo representa el 76,2% del mismo.
Cuadro N º 18: Haber Mínimo, Haber Medio a marzo 2012 y Salario medio del
conjunto de ocupados, 2º trimestre 2011.
Participación sobre la
Montos
media salarial
Haber Mínimo 1.687 76,2
Haber Medio 2.215 84,0
Sueldo medio
2.638 100,0
Fuente: Elaboración propia en base a datos extraídos del discurso de la Presidenta de la Nación el 1º de
febrero de 2012 y EPH- 2º trimestre 2011.
En este sentido consideramos que la presencia de una media salarial muy baja impacta
sensiblemente en la posibilidad de brindar haberes más altos ya que vuelve escasos los
recursos que dispone el sistema previsional, aunque claro está que esto no exime al
Estado de la posibilidad de hacerse de otras fuentes de recursos que permitan elevar la
calidad de vida de los jubilados y pensionados. Obviamente que esto implicaría la
decisión de poner en práctica la necesaria pero postergada reforma tributaria para dotar
de mayores recursos y de mayores grados de progresividad al esquema de recaudación
vigente.
Aquí se exhibe nuevamente los límites estructurales con los que enfrenta el sistema
previsional. El esquema productivo actual en el marco de relaciones sociales vigente
sostiene un sistema económico de baja productividad que se expresa directamente en
una media salarial deprimida que reproduce sus efectos, no sólo en la vida activa sino
20
21. también, en la vida pasiva de la población. Por lo tanto, este círculo vicioso en que se
inscribe un sistema contributivo basado principalmente en los aportes salariales
encuentra su salida a través del pago de haberes acordes al nivel de su base imponible.
A pesar de esto, los valores expuestos en el cuadro N º 18 que supone que el haber
medio representa el 84% de la media salarial está lejos de argumentar que nos
encontramos cerca del postergado 82% móvil porque tal comparación no se vincula con
la tasa de sustitución del sistema previsional: particularmente el conjunto de
trabajadores que están registrados, en una relación laboral estable, es decir quienes
potencialmente reúnen los requisitos para obtener una futura jubilación son justamente
quienes perciben un salario muy superior a la media, a junio 2011 la remuneración
promedio de los trabajadores estable es de $4.575,38, es decir que con respecto a los
$2.180 del haber medio apenas representa el 47,7%.
De lo expuesto surge con claridad de que los problemas previsionales no son ajenos a
la lógica económica en la que se inscriben. Por ende, solo es modificando las
condiciones que definen que la economía argentina inhiba el crecimiento salarial como
motor de demanda que se puede gestar un replanteo profundo y racional sobre el
sistema previsional. En otros términos, no es sin resolver la situación de postergación
y subordinación de los trabajadores y de su poder de compra que se podrá resolver la
situación de postergación de los haberes previsionales.
Sin embargo, la agenda oficial pareciera postergar la necesidad de efectuar dicho
replanteo y sortear el impacto del deterioro laboral sobre el régimen de previsional a
través de:
-‐ La búsqueda de recursos tributarios que actualmente superan en más del 40%
el total de los recursos recaudados por ANSES (ver explicación en el siguiente
punto)
-‐ Mediante la aplicación de una fórmula de movilidad que sostiene una estructura
de haberes deprimida al tiempo que garantiza excedente para financiar la
política económica del gobierno nacional:
La fórmula de movilidad vigente no es
una fórmula de reparto sino que resulta ser una fórmula que garantiza excedentes. Esto
es así porque se elige de dos fórmulas posibles de ser pagadas, la menor para garantizar
que sobren recursos luego de pagada la movilidad.
-‐ Postergando la recomposición de los haberes jubilatorios mediante el
incumplimiento los fallos judiciales de las Corte Suprema de Justicia de la
Nación, como los casos Sanchez y Badaro.
Los recursos tributarios en la ANSES.
El cuadro que se expone a continuación da cuenta de que de los 86.000 millones de
pesos que fueron necesarios para sostener el sistema durante el Iº semestre 2011, 48.000
millones provinieron de los aportes realizados por los trabajadores y los patrones,
mientras que 38.000 millones tienen su origen en aportes tributarios del Tesoro, es decir
una asistencia de nada menos que el 44%.
21
22. Cuadro N º 19: Ingresos devengados tributarios y corrientes.
Fuente: Boletín de Seguridad Social, IIº trimestre 2011. MTEySS.
Pese a esta importante asistencia del tesoro a la seguridad social conviene relativizar el
argumento que, a partir de estos números, infiere que una parte importante de las
jubilaciones se sostienen con aportes del Tesoro nacional. La ANSES durante los
últimos años ha incorporado una gran cantidad de programas, con fines sociales y no
sociales, que se adicionan a su función tradicional destinada al pago de las prestaciones
previsionales y otras prestaciones de la seguridad social. A fin de dar cuenta de lo dicho
a continuación se expone un cuadro donde presentamos el peso relativo que poseen las
aquí llamadas “nuevas Prestaciones”: Asignación Universal por Hijo, los beneficios
incorporados a través de la Moratoria Previsional, la jubilación anticipada y el programa
“Conectar con Igualdad”.
Cuadro N º 20: Composición del financiamiento de la ANSES. Presupuesto 2012. En
millones de pesos.
Prestaciones Nº %
AUH y AUE 11.691 5,4
Conectar Igualdad 3.223 1,5
Moratoria 62.206 28,5
Gasto nuevas prestaciones 77.120 35,4
Gasto anteriores prestaciones 140.938 64,6
Gasto total 218.058 100,0
29.849 13,7
Resultado financiero
Gasto nuevas prestaciones + 106.969 49,1
usos del excedente financiero
Fuente: Elaboración propia en base a Proyecto de Presupuesto 2012 y Boletín de la Seguridad Social II
trimestre 2011.
22
23.
Si se analiza el cuadro se observa que “Gastos Anteriores” tiene un peso presupuestario
del 64,6%. Cabe recordar que en este concepto se ha incorporado el costo de las
jubilaciones existentes anteriormente a la moratoria, el costo de las Asignaciones
Familiares de los trabajadores pasivos y activos (es decir que se ha excluido a la AUH)
y finalmente el costo del Seguro por Desempleo.
Mientras que las “Nuevas prestaciones” ascienden a $77.120 millones, el 35,4% sobre
el gasto total de ANSES. Incluso si incorporamos el excedente financiero que en los
últimos años ha tenido como principal destino incrementar el Fondo de Garantía y
Sustentabilidad (FGS) y/o financiar deuda pública, el total de nuevas funciones de la
ANSES alcanza nada menos que $106.969 millones, es decir el 49% del gasto total.
Por lo tanto, actualmente la ANSES conlleva responsabilidades en materia
presupuestaria que no contemplaba anteriormente pero que no han venido acompañadas
de una cantidad adecuada de recursos. Como se observa del cuadro adjunto, ANSES
recibe $98.270 millones de recursos tributarios, es decir que le restaría $8.699 millones
para cubrir los gastos por las nuevas prestaciones y destinos que tiene actualmente
ANSES verificándose entonces que la asistencia termina siendo desde ANSES a la caja
del Tesoro Nacional y no al revés, como suele decirse.
Cuadro N º 21 Composición del financiamiento de la ANSES. En millones de pesos.
Concepto Nº Nominal %
Recursos tributarios 55.656 22,5
Contribuciones Figurativas
42.614 17,2
(15% sobre coparticipados)
Total Asistencia del
98.270 39,6
Tesoro a ANSES
Ingresos No
133 0,1
Tributarios
Aportes y
139.092 56,1
Contribuciones
Rentas de la Propiedad 10.412 4,2
Total Ingresos 247.907 100
Fuente: Elaboración propia en base a Proyecto de Presupuesto 2012.
Por lo tanto, la asistencia real del tesoro a las jubilaciones es menor que la
comúnmente se expresa ya que sostiene un organismo que ha diversificado ampliamente
sus objetivos y que como consecuencia precisa incluso de más recursos para evitar que
tal multifuncionalidad no derive en postergar uno de los principales fines, la atención a
la población adulta mayor.
Es decir, aquí no se cuestiona la expansión de las funciones sociales, de hecho se
entiende que estas deben ser profundizadas a fin de generar una verdadera política
distributiva. Lo que se busca aquí es evidenciar que la incorporación de estos nuevos
programas no vino de la mano de nuevas fuentes de financiamiento, y como
consecuencia las prestaciones y los grupos poblacionales a los que éstas cubren entran
en competencia por los escasos recursos existentes.
23
24. 3) Acerca de la escasa transparencia de la Fórmula de Movilidad
La fórmula de movilidad que rige desde 2008 toma en cuenta el menor de dos cálculos
posibles:
Donde
“m” es el porcentaje de movilidad del período.
“a” es el tramo de la función de movilidad previo a la aplicación del límite;
“RT” es la variación del índice de recursos tributarios por beneficio. El mismo
compara semestres idénticos de años consecutivos;
“w” es la variación del índice general de salarios publicado por el Instituto
Nacional de Estadística y Censos o la variación del índice RIPTE -Remuneraciones
Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables-, publicado por la Secretaría de
Seguridad Social, la que resulte mayor. En ambos casos se compararán semestres
consecutivos;
“b” es el tramo de la función de movilidad que opera como eventual límite;
“r” es la variación del índice de recursos totales por beneficio de la
Administración Nacional de la Seguridad Social. El mismo compara periodos de doce
(12) meses consecutivos.
La escasa transparencia con la cual se viene instrumentando la aplicación de la fórmula
(en ningún momento se ha expuesto claramente el modo en que se procede a calcular
los aumentos), impide realizar un seguimiento o control de los ajustes por movilidad.
Así, se sabe que el aumento fijado para Marzo de 2012 es del 17,62%, pero no se
conoce cómo se ha determinado dicho ajuste. El único intento del gobierno por
“aclarar” este punto puede verse en el siguiente fragmento del discurso de la Presidenta,
en el momento que anunciaba el aumento:
“Pero es muy importante saber cómo se compone este 17,62 por ciento,
porque no es mágico, es la famosa fórmula. El mayor aporte a este
17,62 por ciento, lo hicieron los recursos tributarios.
Ustedes saben que los recursos tributarios de nuestro país son: en
primer lugar, el IVA, por importancia de recaudación; Ganancias;
Derechos de Exportación e Impuesto al Cheque. En ese orden son los
recursos tributarios que en la fórmula han determinado un 9,92 por
ciento de aumento.
24
25. El otro 7,70 por ciento, es la seguridad social, la variación de los
salarios y, por lo tanto, el aumento de las contribuciones personales de
los trabajadores y los aportes de sus empleadores.”
Más que aclarar, la explicación citada oscurece aún más el mecanismo de ajuste. En
primer lugar, menciona a los Derechos de Exportación como parte de los recursos
tributarios destinados a ANSES, cuando en realidad los mismos no se encuentran
incluidos en los ingresos del organismo.6 Por otra parte, no queda claro si el 7,7% que
menciona se debe a la evolución de los salarios (“w”) o a la variación de los recursos
totales de ANSES, que incluyen los aportes y contribuciones, y que determinan “r”. Si
bien es cierto que ambas variables se encuentran relacionadas, sería deseable que los
datos utilizados para determinar los aumentos se expliciten y difundan sistemática y
transparentemente.
De lo contrario, el régimen de movilidad vigente da lugar a sospechas acerca de la
manipulación de la fórmula. A modo de ejemplo, realizamos un ejercicio para
determinar la movilidad correspondiente a Septiembre 2011 (ya que para Marzo 2012 la
información no se encuentra disponible), momento en el cual el gobierno estipuló un
aumento del 16,82%. Para ello tuvimos en cuenta los datos publicados en el Boletín
Estadístico de la Seguridad Social (BESS) del Ministerio de Trabajo, Empleo y
Seguridad Social y los períodos definidos por la fórmula para determinar las
variaciones.
De esta manera, en el Cuadro Nº 1 puede verse que la variación de los ingresos
tributarios por beneficio (RT) fue del 34,2%, mientras que la mayor variación de los
salarios (w) surge del RIPTE y alcanzó el 17,8% (ver Cuadro Nº 2). Con respecto a los
recursos totales por beneficio (r), los mismos variaron un 28,2% (ver Cuadro Nº 3).
Cuadro Nº 17: Evolución de los ingresos tributarios de ANSES por beneficio. 1er
semestre 2010-1er semestre 2011.
Ingresos
Ingresos Tributarios por
Período Beneficios Tributarios* Beneficio**
1er semestre 2010 5.661.822 $ 27.953,4 $ 4.937,2
1er semestre 2011 5.740.047 $ 38.029,7 $ 6.625,3
Variación 1,4% 36,0% 34,2%
* En millones de pesos ** En pesos
Fuente: Elaboración propia en base a datos del Boletín Estadístico de la Seguridad Social del MTEySS.
6
Los recursos tributarios destinados a ANSES están integrados por:
- 15% de la coparticipación federal.
- 10,3% de IVA.
- 120 millones de pesos anuales del Impuesto a las Ganancias y el 20% de la recaudación restante
del gravamen.
- 21% del Impuesto a los Combustibles, más los ingresos que aporten los tributos específicos al
gasoil, diesel, kerosene y GNC.
- 100% del Impuesto Adicional a los Cigarrillos.
- 70% del Monotributo.
25
26. Cuadro Nº 18: Evolución del Índice de Salarios de INDEC y del RIPTE. 2do semestre
2010-1er semestre 2011.
Índice de
Período Salarios RIPTE
2do semestre 2010 100,0 100,0
1er semestre 2011 113,6 117,8
Variación 13,6% 17,8%
Fuente: Elaboración propia en base a datos de INDEC y del Boletín Estadístico de la Seguridad Social del
MTEySS.
Cuadro Nº 19: Evolución de los ingresos totales de ANSES por beneficio. Diciembre
2009-Diciembre 2010.
Ingresos
Ingresos Totales por
Período Beneficios Totales* Beneficio**
Dic-09 5.575.639 $ 102.894,3 $ 18.454,3
Dic-10 5.723.615 $ 135.371,5 $ 23.651,4
Variación 2,7% 31,6% 28,2%
* En millones de pesos ** En pesos
Fuente: Elaboración propia en base a datos del Boletín Estadístico de la Seguridad Social del MTEySS.
Introduciendo los componentes anteriores en los tramos de la fórmula resulta que el
tramo “a” da un 26% mientras que el tramo “b” da 29%. Como se elige el menor de
ambos tramos, la movilidad para Septiembre 2011 quedaría determinada en 26%. Sin
embargo, tal como mencionamos anteriormente, el aumento establecido por el gobierno
para ese período fue del 16,82%. Más allá de que no se sabe si la información publicada
en el BESS es exactamente la misma que utiliza el gobierno para establecer el ajuste,
cabe destacar dos cosas: 1) Es una fuente oficial que debería coincidir con el resto de las
fuentes que pueda llegar a utilizar el gobierno; 2) Una distancia de 10 puntos
porcentuales tiene una magnitud tal que no puede justificarse por leves diferencias en
los datos utilizados.
Cuadro Nº 20: Aumento por movilidad correspondiente a Septiembre 2011 según
estimación propia.
Componente Resultado
RT 34,2%
w 17,8%
r 28,2%
a (0,5 x RT + 0,5 x w) 26,0%
b (1,03 x r) 29,0%
m 26,0%
Fuente: Elaboración propia en base a datos del Boletín Estadístico de la Seguridad Social del MTEySS.
Con este ejercicio no inferimos necesariamente que el aumento del mes de septiembre
2011 debió ser superior al anunciado oficialmente sino que el grado de incertidumbre y
de maniobra con respecto a los componentes de la fórmula es tal que incluso utilizando
las series oficiales a disposición del público y respetando el procedimiento descripto por
el diseño de la fórmula de movilidad, las diferencias son sustanciales. A la inversa del
resultado alcanzado para nuestras estimaciones, con respecto al último aumento
otorgado del 17,62% versiones cercanas al círculo oficial indicaría que el resultado de la
fórmula, en esta ocasión, fue inferior al anunciado. Por lo que es posible deducir que, en
26
27. la práctica, el objetivo final (de la fórmula o de sus resultados) es apenas contener los
efectos de la inflación.
En definitiva, los aspectos desarrollados dejan claro que la fórmula de movilidad actual
no es de reparto. No es extraño que así suceda. La citada fórmula fue aprobada con
anterioridad a la eliminación de las AFJPs. Por tal motivo, para aprovechar el cambio
estructural que su eliminación supuso se requiere discutir una nueva fórmula de
movilidad que permita que los mayores recursos efectivamente "se repartan" entre los
beneficiarios. Inclusive, al momento de debatirse en el Parlamento la eliminación de las
AFJPs, tanto el responsable del ANSES (hoy Vicepresidente de la Nación) como el
Ministro de Trabajo, aseguraron que debido al "cambio estructural que significa la
eliminación de las AFJPs, la fórmula de movilidad debería revisarse". Sin embargo,
lamentablemente, a la fecha aún sigue pendiente dicha revisión.
La diferencia entre establecer una movilidad de los haberes jubilatorios que garantice el
carácter sustitutivo de los mismos respecto al salario y la fórmula de movilidad vigente
es básicamente conceptual. El diseño de la fórmula puesta en marcha en el 2009
desengancha la evolución de las jubilaciones de los salarios escindiendo la relación
sustitutiva que debiera ser sostenida y la supedita a la dinámica de los recursos y a la
cantidad de jubilaciones puestas al pago cuestión que, según la coyuntura por la que se
atraviesa, puede tener mejores o peores resultados.
27
28. DOS REFLEXIONES ADICIONALES SOBRE EL PLANTEO PRESIDENCIAL
En este apartado intentamos detenernos sobre dos cuestiones adicionales a las
desarrolladas de relevancia para el sistema previsional que estuvieron presentes en
planteo presidencial al momento de anunciar el primer incremento de la fórmula de
movilidad para el año 2012 que en la búsqueda de generar mayores grados de
legitimación social olvidan u omiten desafíos fundamentales para nada desdeñables y
todavía pendientes en la agenda oficial.
Sobre los récord de recaudación anunciados y la omisión del pago extra de fin de año
a los jubilados
El anuncio del nuevo porcentaje del incremento del haber jubilatorio incluyó una
mención al récord de recaudación durante el mes de diciembre que según palabras de la
presidenta trepó a $52.844 millones como consecuencia a su vez, de otro récord
histórico en el ámbito de la seguridad social. Sin embargo en este mismo mes el bonus o
pago extra de fin de año que venían recibiendo los jubilados y pensionados durante los
últimos años no se concretó. Recordemos que en Diciembre 2008 (Decreto 2300/2008)
se otorgó una suma fija de $200, en Diciembre 2009 (Decreto 1879/2009) $350 y en
Diciembre 2010 (Decreto 1856/2010) $500. El indiscutible rasgo discrecional de este
tipo políticas de ingreso no permite lugar a reclamo, tampoco genera obligación por
parte de las autoridades a sostenerlo pero al menos permite tomar conciencia acerca de
esquema de prioridades de la agenda oficial y de los conceptos susceptibles de ajustes y
moderación del gasto público en tiempos de austeridad económica y de la necesidad de
reducir considerablemente el margen de discrecionalidad cuando se trata de garantizar
derechos.
Sobre la cobertura previsional
En su discurso la presidenta enfatizó una “cobertura del 95,1 por ciento de la gente en
condiciones de estar jubilada en la República Argentina” haciendo referencia a
6.879.000 personas de los cuales, el 44 por ciento fueron incluidos en virtud de la
moratoria previsional. Esta información nos resulta por lo menos curiosa siendo que el
Presupuesto Nacional para el año 2012 estimó una cobertura cercana al 85%
proyectando el pago de 5.596.817 pagos en concepto de jubilaciones y pensiones. Por
otro lado, la EPH permite arribar a resultados similares al anterior, exactamente del
83,9% durante el segundo trimestre del 2011. Cabe aclarar de todas formas que la
cobertura previsional en general es una información que requiere de una tarea compleja
dada la fragmentación del sistema previsional. A la dificultad de estimar la cobertura de
las cajas provinciales no transferidas, de los retirados y pensionados de las FFAA y de
Seguridad y de los regímenes especiales se adiciona otra relacionada con la unidad de
medida que implica que generalmente las estadísticas previsionales registren
“beneficios” en lugar de jubilados y pensionados sobreestimando el alcance de la
prestación al no poder descontar los casos de doble cobertura7.Pero lo llamativo del dato
que expresa un 95% de cobertura actual es que, si la información oficial relevada a
7
Cuestión que no puede ser salvada incluso por la unidad de medida “beneficiarios” puesto que la misma
incorpora población que todavía no ha cumplido con la edad jubilatoria pero que, debido a regímenes
especiales, ya han podido jubilarse.
28