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                         ANSES EN DISPUTA
       El dilema de un organismo público multifuncional que
                      hace de todo… un poco
                                                        	
  

-­‐	
  El	
  aumento	
  del	
  17,62%	
  para	
  las	
  jubilaciones	
  
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  Los	
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previsional	
  deprimido	
  
                                                              	
  
                                                                                        COORDINACION	
  
                                                                    CLAUDIO	
  LOZANO	
  -­‐	
  TOMAS	
  RAFFO	
  
                                                                                  EQUIPO	
  DE	
  TRABAJO	
  
                                                                                                 ANA	
  RAMERI	
  
                                                                                AGUSTINA	
  HAIMOVICH	
  
                                                                                  MORA	
  STRASCHNOY	
  



	
  

	
  

                                             MARZO 2012
                                                	
  



                                                                                                               1	
  

	
  
Síntesis

La fórmula de movilidad volvió a arrojar un nuevo incremento para la actualización de
los haberes jubilatorios que regirá a partir de marzo del presente año. Las jubilaciones y
pensiones crecerán en un 17, 62% y de esta manera la jubilación mínima pasará a ser de
$1.687 y el haber medio estará en torno a los $2.100. Sin embargo, hay cuestiones que
precisan ser destacadas para lograr una lectura acertada respecto de la fórmula y su
contexto:

1) El nivel actual de haberes jubilatorios está muy por debajo de sustituir el poder de
   compra del salario por lo que no basta sólo con sostenerlo sino que es preciso
   recomponerlo. Si bien el último porcentaje de incremento de los haberes superó los
   aumentos previos, termina por diluirse ante una realidad que combina una
   estructura de haberes pobres y un persistente contexto inflacionario.
	
  
        A Marzo del presente año con una canasta estimada para la Tercera Edad en
         torno a los $3.255,7, el haber mínimo cubrirá apenas la mitad de la canasta
         (exactamente 51,8%) y el haber medio representará sólo el 67% de ese valor.

        La recomposición del haber con respecto a la canasta desde que opera la fórmula
         de movilidad ha mejorado a razón de 1,1 puntos porcentuales por año. De
         mantenerse dicho ritmo en el tiempo un jubilado “tipo” que actualmente gana el
         haber mínimo, necesitará esperar 50 años para cubrir la totalidad de la canasta,
         momento en el cual tendría 121 años de edad.

        Mientras en el 2001 el 16,1% de los jubilados cobraban el haber mínimo, en el
         2012 el 74,8% de los jubilados están en esta situación. Es decir, la mayor parte
         de los jubilados y pensionados percibe la mitad de los ingresos necesarios para
         satisfacer sus necesidades.

        El contexto deteriorado de haberes genera que el 17,62% que se aplicará desde
         marzo a los haberes vigentes significa para la mayoría de los jubilados y
         pensionados de la argentina sólo $8,40 más por día.

        El aumento nominal del 17,62% implica un aumento real de apenas el 8,4% al
         considerar la evolución de precios del período. Asimismo si se compara en
         términos reales el aumento entre septiembre 2011 y agosto 2012, el mismo habrá
         prácticamente desaparecido al pasar a ser de apenas el 0,4%.

En concreto, se puede concluir que los incrementos otorgados por la fórmula de
movilidad apenas logran compensar los efectos de la inflación sin proponer ningún tipo
de recomposición de los haberes jubilatorios

2) A pesar de que la fórmula de movilidad venga arrojando incrementos para las
   jubilaciones similares o superiores a los salarios, la misma no garantiza la
   continuidad de este comportamiento ya que su diseño tiene como fin último
   garantizar excedente luego de pagada la movilidad. La forma de realizar este
   excedente es mediante la elección del menor resultado que arroje dos fórmulas
   posibles de ser pagadas que, según el contexto, fija un techo por encima o por
                                                                                        2	
  

	
  
debajo a la evolución de los haberes jubilatorios con respecto a los salarios. En
       términos concretos, si los recursos que recauda el sistema de seguridad social por
       beneficio crecen por debajo de la evolución salarial entonces el aumento de haberes
       jubilatorios será inferior que el verificado para los salarios. Escenario éste que
       resulta más acorde con el contexto actual siendo que la perspectiva de recaudación
       récord no es eterna y la informalidad laboral pone límites presentes y futuros en
       cuanto al financiamiento del sistema y sugiere la necesidad de futuras moratorias
       para ampliar la cobertura a adultos mayores que, en esquema previsional vigente,
       no tienen posibilidad de acceso. Lo que aquí en apariencia se presenta como un
       principio de sustentabilidad del sistema, por supeditar los resultados de la
       movilidad a los recursos, puede ser también leído como un mecanismo que permite
       reproducir en el nivel de los haberes la necesidad de generar excedente en la
       ANSES con el fin de sortear la actual crisis fiscal del Estado Nacional.
	
  
        La fórmula de movilidad no está sólo en función de las remuneraciones sino que
         incorpora a la recaudación como elemento central: en la medida en que la tasa de
         crecimiento de los recursos medios totales (en función de la cantidad de recursos
         por jubilación puesta al pago) del régimen previsional supere a la resultante de
         los salarios (aunque también combinada con los recursos tributarios medios),
         continuará la movilidad acorde a los ingresos de los trabajadores; de otro modo,
         no lo hará y quedará supeditada a las limitaciones fiscales.

        El diseño de la fórmula no sólo toma en cuenta los recursos sino también la
         evolución de la cantidad de jubilaciones y pensiones puestas al pago generando
         caídas abruptas en los resultados de la fórmula si se realizan medidas inclusivas
         al sistema previsional.

        Para la ANSES se suceden los resultados financieros positivos: para el año 2011
          se verificó un superávit por $22.699 millones y para el año 2012, previendo un
          nuevo aumento de la movilidad en septiembre y un aumento en las asignaciones
          familiares estimamos un superávit de nada menos que $14.832,6 millones.	
  
          	
  
        Es decir que la fórmula de movilidad lejos de generar el reparto genera
         excedentes que en lugar de atribuirlos al fin previsional los vuelca a otros fines
         como el pago deuda pública, infraestructura pública y el sostenimiento de
         negocios del sector privado –ej. Automotrices entre otros-.

        Sin embargo, la presencia de tales excedentes fiscales convive con restricciones
         económicas que limitan la capacidad de recaudación del sistema público de
         reparto:

       1) El sostenimiento de la reducción de las contribuciones patronales realizado en
          los ´90: Esta medida generaría recursos anuales de no menos de $60 mil
          millones, prácticamente cuatro veces más que el superávit fiscal.
       2) El persistente y elevado nivel de informalidad laboral: La tasa de informalidad
          laboral promedio para el período iniciado en el 2003 hasta el año 2010 fue de
          nada menos que del 41,2% y al 2011 continúa en un nivel alto, en torno al 34%.
          A través de esta restricción no sólo se puede aprehender los límites fiscales del
          sistema previsional vigente sino que también se lee claramente el problema
                                                                                         3	
  

	
  
futuro del sistema previsional argentino. En nuestro país hay nada menos que
          8,6 millones de argentinos que no podrán jubilarse en el marco de la ley vigente.
       3) El bajo nivel del salario de la economía: El esquema productivo actual en el
          marco de relaciones sociales vigente sostiene un sistema económico de baja
          productividad que se expresa directamente en una media salarial deprimida que
          reproduce sus efectos, no sólo en la vida activa sino también, en la vida pasiva
          de la población.

        Sin embargo, la agenda oficial pareciera postergar la necesidad de efectuar un
         replanteo integral y sortea el impacto del deterioro laboral sobre el régimen de
         previsional a través de:

       -­‐   La búsqueda de financiamiento a partir de los recursos tributarios: actualmente
             superan en más del 40% el total de los recursos recaudados por ANSES. Sin
             embargo, al contrastar la necesidad de financiamiento producto de las nuevas
             prestaciones o finalidades que asumió ANSES en los últimos años ($107 mil
             millones) con el volumen de ingresos tributarios ($98.270 millones) se verifica
             que le restaría $8.699 millones para cubrir los gastos por las nuevas prestaciones
             y destinos que tiene actualmente ANSES verificándose entonces que la
             asistencia termina siendo desde ANSES a la caja del Tesoro Nacional y no al
             revés, como suele decirse. Por lo tanto, la asistencia real del tesoro a las
             jubilaciones es menor que la comúnmente se expresa ya que sostiene un
             organismo que ha diversificado ampliamente sus objetivos y que como
             consecuencia precisa incluso de más recursos para evitar que tal
             multifuncionalidad no derive en postergar uno de los principales fines, la
             atención a la población adulta mayor.

       -­‐   Mediante la aplicación de una fórmula de movilidad que sostiene una estructura
             de haberes deprimida al tiempo que garantiza excedente para financiar la
             política económica del gobierno nacional:	
  

       -­‐   Postergando la recomposición de los haberes jubilatorios mediante el
             incumplimiento los fallos judiciales de las Corte Suprema de Justicia de la
             Nación, como los casos Sanchez y Badaro.

3) Por último, los anuncios de los incrementos, hasta el momento, no están siendo
   acompañados de una justificación concreta sobre el comportamiento de cada una de
   las distintas variables que compone la fórmula de movilidad con el fin de cotejar los
   resultados alcanzados. Por lo tanto, más allá de los resultados obtenidos el pobre
   nivel de transparencia de la misma abre interrogantes respecto a los futuros
   aumentos y acerca de la veracidad de los anunciados.

	
  
        El diseño de la fórmula puesta en marcha en el 2009 desengancha la evolución
         de las jubilaciones de los salarios escindiendo la relación sustitutiva que debiera
         ser sostenida y la supedita a la dinámica de los recursos y a la cantidad de
         jubilaciones puestas al pago cuestión que, según la coyuntura por la que se
         atraviesa,      puede       tener      mejores       o      peores       resultados.

                                                                                             4	
  

	
  
A comienzos del presente año la fórmula de movilidad volvió a arrojar un nuevo
incremento para la actualización de los haberes jubilatorios. A partir de marzo las
jubilaciones y pensiones crecerán en un 17, 62%, de esta manera la jubilación mínima
pasará a ser de $1.687 y el haber medio estará en torno a los $2.100.

Desde marzo del año 2009 hasta ahora los incrementos por la fórmula de movilidad
llevan acumulado un aumento del 144,48% de los haberes como resultado de una
dinámica interanual ascendente: el año 2009 culminó con un incremento total de
19,89%, el 2010 con un 26,5% y el año 2011 ubicó un nuevo récord con un incremento
del 37%.

Cuadro N º 1: Incremento otorgados por la Ley de Movilidad*.
                                                                             Porcentaje
                          Período                                            de aumento
                          Aumento de Marzo 2009                                   11,69%
                          Aumento de Septiembre 2009                               7,34%
                          TOTAL 2009                                              19,89%
                          Aumento de Marzo 2010                                    8,21%
                          Aumento de Septiembre 2010                              16,90%
                          TOTAL 2010                                              26,50%
                          Aumento a Marzo 2011                                    17,33%
                          Aumento a Septiembre 2011                               16,82%
                          TOTAL 2011                                              37,06%
                          Aumento a Marzo 2012                                    17,62%
                          Aumento acumulado por la Ley de Movilidad*            144,48%
                                       * Promulgada el 15 de Octubre de 2008
       Fuente: Elaboración propia en base a los decretos que reglamentan los aumentos de la Ley de Movilidad
                       de las Prestaciones del Régimen Previsional Público (Ley N º 24.417).

Del cuadro siguiente se puede comprobar que en general los aumentos que resultan de la
aplicación oficial de la fórmula presentada en la Ley de Movilidad tienen relación con la
evolución de los índices salariales con excepción del año 2011 durante el cual el
incremento de las jubilaciones estuvo muy por encima de las variantes que miden la
evolución de las remuneraciones (incluso al considerar duplicadas las estimaciones que
llegan a junio 2011).

Cuadro N º 2: Evolución de distintos índices salariales vs. incrementos otorgados por la
fórmula de movilidad.
                                                                       RIPTE         Haberes
                          Trabajadores      Total        Índice        (Trabajadores jubilatorios
                          Registrados       Ocupados     Salarial      Registrados   por
                          (EPH)             (EPH)        General       Estables)     movilidad
                   2009             17,6%        18,0%         16,7%           14,9%      19,89%
                   2010             26,0%        29,2%         26,3%           28,8%      26,50%
                   2011         14,4%*         12,9%*           29,5%        17,8%*        37,06%
                            *Los resultados del año 2011 corresponden a II trimestre.
         Fuente: Elaboración propia en base a datos oficiales del INDEC y del Boletín de Estadísticas de la
                                                 Seguridad Social.

                                                                                                              5	
  

	
  
Como primera consideración podríamos suponer que el objetivo de sostener la tasa de
sustitución del haber jubilatorio sobre el nivel general de los salarios se cumple con
estos resultados. Sin embargo, hay cuestiones que introducen reparos a esta conclusión:

       1) El nivel actual de haberes jubilatorios está muy por debajo de sustituir el poder
          de compra del salario por lo que no basta con sostenerlo sino que es preciso
          recomponerlo. Si bien el último porcentaje de incremento de los haberes superó
          los aumentos previos, termina por diluirse ante una realidad que combina una
          estructura de haberes pobres y un persistente contexto inflacionario.
       2) A pesar de que la fórmula de movilidad venga arrojando incrementos para las
          jubilaciones similares o superiores a los salarios, la misma no garantiza la
          continuidad de este comportamiento ya que su diseño tiene como fin último
          garantizar excedente luego de pagada la movilidad. La forma de realizarlo es
          mediante la elección del menor resultado que arroje dos fórmulas posibles de ser
          pagadas que, según el contexto, fija un techo por encima o por debajo a la
          evolución de los haberes jubilatorios con respecto a los salarios. En términos
          concretos, si los recursos que recauda el sistema de seguridad social por
          beneficio crecen por debajo de la evolución salarial entonces el aumento de
          haberes jubilatorios que arroje la fórmula, otorgará un aumento inferior que el
          verificado para los salarios. Escenario éste que resulta más acorde con el
          contexto actual siendo que la perspectiva de recaudación no es eterna y el
          problema de la informalidad laboral pone límites presentes y futuros en cuanto
          al financiamiento del sistema y a la necesidad de futuras moratorias para ampliar
          la cobertura a adultos mayores que, en esquema previsional vigente, no tienen
          posibilidad de acceso. Lo que aquí en apariencia se presenta como un principio
          de sustentabilidad del sistema, por supeditar los resultados de la movilidad a los
          recursos, puede ser también leído como un mecanismo que permite reproducir
          en el nivel de los haberes la necesidad de generar excedente en la ANSES con el
          fin de sortear la actual crisis fiscal del Estado Nacional.
       3) Por último, los anuncios de los incrementos, hasta el momento, no están siendo
          acompañados de una justificación concreta sobre el comportamiento de cada una
          de las distintas variables que compone la fórmula de movilidad con el fin de
          cotejar los resultados alcanzados. Por lo tanto, más allá de los resultados
          obtenidos el pobre nivel de transparencia de la misma abre interrogantes
          respecto a los futuros aumentos y acerca de la veracidad de los anunciados.

       A continuación desarrollaremos cada uno de estos puntos.



       1) El nivel de ingresos que permite el haber jubilatorio

La cuestión sobre el nivel de los haberes jubilatorios es, desde nuestro criterio, uno de
los principales desafíos del sistema previsional argentino no sólo desde el desglose del
mismo con el salario sino también con las serias dificultades que tiene para poder
garantizar niveles de vida adecuados a nuestros mayores. El énfasis del discurso oficial
en general y de la presidenta en particular durante el anuncio por destacar el elevado
                                                                                          6	
  

	
  
nivel de las jubilaciones actuales y situarlo como el más alto en Latinoamérica, cuando
el haber medio sólo cubre el 67% de la canasta estimada para la población de tercera
edad, hace por lo menos preguntarse cómo vivirán los abuelos de nuestros países
vecinos. De todos modos, hay que hacer mención aquí que, como dijo nuestra máxima
autoridad política, es a través del nivel de ingreso en términos de paridad de poder
adquisitivo que es posible comparar el nivel de haberes en función de los bienes que es
posible comprar en cada uno de los países. Es decir, que es preciso incluir en el cálculo
a la relación de precios (para una canasta de productos determinada) de los países a
comparar. Según palabras de la presidenta al realizar este cálculo “se potencia mucho
más esta jubilación argentina” ubicándose en la más alta a nivel regional. Sin embargo,
si tenemos en cuenta que para calcular la paridad de poder de compra no sólo debe
ajustarse las monedas locales a una única moneda en común, generalmente el dólar, sino
que también se precisa conocer la evolución de precios, la apreciación anterior sobre la
sobrevaluación de la jubilación argentina se torna por lo menos dudosa. El organismo
público productor de estadísticas de nuestro país, el INDEC, atraviesa quizá la crisis
institucional más grande de su historia dado que las autoridades del mismo inciden
activamente en los resultados del sistema de estadísticas públicas vía la burda
manipulación del Índice de Precios al Consumidor desde comienzos del año 2007. Por
lo tanto, la situación de aparente superioridad del haber jubilatorio argentino respecto
del resto de los países de la región que expresa en el planteo presidencial arrastra
consigo la misma falta de seriedad y rigurosidad que atraviesa el cálculo del IPC oficial.
De todos modos consideramos que en primer lugar, para comprender la realidad de
ingresos de nuestros mayores, es necesario realizar una lectura interna de la situación.

Para aproximarnos al poder de compra de los ingresos de los jubilados y pensionados
tomaremos como parámetro la canasta para un adulto mayor calculada por la Defensoría
de la Tercera Edad que al mes de marzo del presente año la hemos proyectado en torno
a los $3.255,7 en función de una pauta de inflación del 20% para todo el año. Si
comparamos la Canasta con el haber mínimo en cada momento, observamos que sólo en
Marzo 2012 el haber mínimo cubre apenas más de la mitad de la canasta (51,8%),
mientras en el resto de los meses ni siquiera llega a eso. Cabe aclarar que el porcentaje
de Marzo es más alto sobre todo porque coincide con el mes de aumento de los haberes.
Sin embargo, a medida que el valor de la canasta continúe subiendo y el haber se
mantenga estancado, dicha proporción tenderá a caer mes a mes hasta el próximo
aumento.


Cuadro N º 3: Evolución de la canasta de consumo estimada por la Defensoría de la
Tercera Edad. Mayo 2010 – Marzo 2012.

                                          A) Valor
                        Período        Canasta Básica B) Haber Mínimo            (B) / (A)
                        May-10                $ 2.053,0               $ 895,2         43,6%
                        Dic-10                $ 2.458,8             $ 1.046,4         42,6%
                        May-11                $ 2.691,5             $ 1.227,8         45,6%
                        Nov-11                $ 3.059,2             $ 1.434,0         46,9%
                       Mar-12*                $ 3.255,7             $ 1.687,0         51,8%
                   *Estimación propia en base a una pauta inflacionaria del 15% para 2012.
       Fuente: Elaboración propia en base a datos de la Defensoría de la Tercera Edad (dato Mayo 2011).


                                                                                                          7	
  

	
  
Al comparar el valor de la canasta con el haber medio, la situación tampoco se torna
demasiado alentadora. En Marzo 2012 el haber medio representará el 67% del valor de
Canasta de la tercera edad, es decir, el nivel de los haberes que otorga el sistema
previsional son insuficientes para cubrir las necesidades de una persona mayor.


Cuadro N º 4: Haber mínimo y medio en relación a la canasta de consumo estimada por
la Defensoría de la Tercera Edad.
                            (A) Haber                           (C)Canasta
                             Mínimo         (B) Haber Medio      Jubilados      (A) / (C)     (B) / (C )
                Mar-12        $ 1.687,00            $ 2.181,20    $ 3.255,72           52%           67%
                 Fuente: Elaboración propia en base a datos de ANSES y serie de inflación CIEPP.



Si observamos la tendencia que presenta la relación entre el haber mínimo y la canasta
desde que se encuentra vigente la ley de movilidad, resulta que entre Diciembre de 2008
y Diciembre de 2011, la misma ha mejorado a razón de 1,1 puntos porcentuales por año,
pasando de cubrir el 43,1% de la canasta al 46,2% (ver Cuadro N º 5). Por otro lado, el
promedio de edad de los jubilados según la EPH (2do trimestre 2011) es de 70 años;
con lo cual, de mantenerse dicho ritmo en la evolución, un jubilado “tipo” que
actualmente gana el haber mínimo, necesitará esperar 50 años (hasta Diciembre de
2062) para cubrir la totalidad de la canasta, momento en el cual tendría 121 años de
edad (ver Cuadro N º 6). Obviamente, esta estimación resulta un mero ejercicio de
simulación, que implica suponer una determinada evolución de los precios y los haberes
dentro de los próximos 50 años, un plazo demasiado extenso para realizar cualquier tipo
de proyección. Sin embargo, permite comprobar gráficamente la situación de
postergación que sufren nuestros mayores y la inmediatez que requiere su solución.


Cuadro Nº 5: Evolución de la relación entre el haber mínimo y la Canasta de la Tercera
Edad. Diciembre 2008 – Diciembre 2011.
                                                 Haber Mínimo / Diferencia Anual
                                                 Canasta Tercera (en puntos
                                                 Edad            porcentuales)
                                       Dic-08*            43,1%           -
                                       Dic-09*            45,0%                 1,9%
                                        Dic-10            42,6%                -2,4%
                                        Dic-11            46,2%                 3,7%
                              Promedio Anual                                      1,1%
       *Para los años 2008 y 2009 estimamos la Canasta de la Tercera Edad en base a la inflación registrada en
                  dichos años ya que la Defensoría de la Tercera Edad la difunde desde Mayo 2010.
       Fuente: Elaboración propia sobre la base de MECON, Defensoría de la Tercera Edad, IPC Buenos Aires
                      City e IPC CIEPP (4 Provincias: Chubut, Neuquén, Santa Fe y San Luis).




                                                                                                             8	
  

	
  
Cuadro N º 6: Estimación del tiempo que debería esperar un jubilado “tipo” para cubrir
la totalidad de la Canasta de la Tercera Edad.
                                                                    Relación Haber
                                                 Edad de un        Mínimo / Canasta
                             Período           jubilado "tipo"       Tercera Edad
                                       Dic-11 70 años                         46,2%
                                        Dic-62 121 años                    100,4%
       Fuente: Elaboración propia sobre la base de EPH-INDEC, MECON, Defensoría de la Tercera Edad, IPC
               Buenos Aires City e IPC CIEPP (4 Provincias: Chubut, Neuquén, Santa Fe y San Luis).

Lo antedicho cobra aún más relevancia si tenemos en cuenta que, según los últimos
datos publicados en el Boletín Estadístico de la Seguridad Social del Ministerio de
Trabajo (segundo trimestre 2011), el 72,1% de los beneficios previsionales están por
debajo del haber mínimo. Ver cuadro Nro 5.



Cuadro N º 7: Cantidad de beneficios iguales o inferiores al mínimo. Junio 2011.
                               Intervalos de Prestación Beneficios       %
                                  $ 0,01 a $ 1227,77            48.940            0,9%
                                      $ 1.227,78             4.086.608           71,2%
                                         Total               5.740.047         100,0%
        Fuente: Elaboración propia en base a datos del Boletín Estadístico de la Seguridad Social – MTEySS.
                                             Segundo trimestre de 2011.

En otro términos, es posible afirmar que la mayor parte de los jubilados y pensionados
percibe la mitad de los ingresos necesarios para satisfacer sus necesidades. Es decir
que, más allá de la magnitud de los aumentos, la realidad cotidiana de los jubilados
atraviesa una situación grave de postergación que no es posible revertirla sólo con una
fórmula de movilidad que por más generosa que pueda parecer durante algún período
determinado difícilmente pueda revertir el paupérrimo nivel de ingresos general.

Es principalmente por estas razones que consideramos que los aumentos deben ser
analizados en función del contexto. En concreto, los aumentos porcentuales “récord”
(en palabras de la presidenta) insertos en la situación actual que combina un cuadro
pobre de ingresos previsionales con un proceso inflacionario como el vigente termina
por licuar cualquier magnitud de aumento.

El contexto deteriorado de haberes genera que el 17,62% que se aplicará desde marzo a
los haberes vigentes significa para la mayoría de los jubilados y pensionados de la
argentina sólo $8,40 más por día. En el caso de los que superan el haber mínimo en
promedio, el aumento consistirá en $10,90 más diarios que en la coyuntura actual de
precios alcanza para adicionar un paquete más de fideos (que oscila los $6) a la mesa
diaria.




                                                                                                              9	
  

	
  
Cuadro N º 8: Evolución del haber mínimo y medio a partir de Marzo 2012 en términos
nominales.
                            Vigente
                            (hasta      Aumenta en        % de          Aumento        Aumento
                            Marzo         Marzo          aumento        Mensual         diario
                             2012)
         Haber
                              1.434,3        1.687,0        17,62%            252,7            8,4
         Mínimo
         Haber Medio          1.854,5        2.181,2        17,62%            326,8           10,9
       Fuente: Elaboración propia en base a datos del Boletín de Estadísticas de la Seguridad Social.

Lo que permite suponer el cálculo anterior es que, de ser otra la estructura de
jubilaciones y pensiones en la Argentina, no serían necesarios los incrementos
porcentuales récord para producir algún impacto en el valor de las jubilaciones. Para
ejemplificar, si el haber mínimo se ubicara en torno al valor actual de canasta (alrededor
de los $3.100) un incremento del 10% genera un adicional diario de poco más de $10,
por encima de los $8,4 de incremento diario para el mínimo y similar al adicional para
el haber medio pero con un porcentaje de aumento sensiblemente inferior.

A su vez, el contexto inflacionario vigente adiciona otro marco que pone serios límites
a los aumentos que puedan ser otorgados. De la información anterior se puede cotejar
que incorporando una pauta de inflación en torno al 20% para el año 2012 los $8,4
diarios que se incorporarán a los haberes desde marzo a septiembre del 2012 significan
tan sólo $3,5 más al haber mínimo y los $10,9 que se adicionaba al haber promedio
significan sólo $4,5. (Ver cuadro N º 9)

Cuadro N º 9: Evolución del haber mínimo y medio a partir de Marzo 2012 en términos
reales.
                           Vigente     Haber a partir de
                           (hasta      marzo a precios         % de          Aumento       Aumento
                           Marzo        de septiembre         aumento        Mensual        diario
                            2012)            2012
                           1.434,3          1.537,9            7,22%           103,6           3,5
       Haber Mínimo
                           1.854,5           1.988,4           7,22%           133,9           4,5
       Haber Medio
       Fuente: Elaboración propia en base a datos del Boletín de Estadísticas de la Seguridad Social.

La ilusión monetaria generada en un primer momento es consecuencia del mecanismo
rezagado de actualización de los haberes que en el momento de concretarse provoca un
salto en el poder de compra que se disuelve rápidamente producto del continuo ascenso
del nivel general de precios. En el siguiente cuadro ilustramos esta situación desde el
primer incremento otorgado por la fórmula de movilidad hasta la situación previa al
aumento que deberá fijarse en septiembre 2012.




                                                                                                        10	
  

	
  
Cuadro N º 10: Evolución de los haberes nominales, del IPC y de los haberes reales.
Septiembre 2010 – Agosto 2012. Septiembre 2010 base=100.
                                    Haberes               Haberes
                       Haberes                                         Evolución
           Mes                     Nominales    IPC*      Reales
                      Nominales                                          Real
                                     Índice                Índice
            Feb-09         $ 690        100,0     100,0        100,0               0
           Mar-09          $ 770        111,6     101,2        110,3       10,3%
           Abr-09          $ 770        111,6     102,4        109,0        -1,2%
           May-09          $ 770        111,6     103,1        108,2       -0,7%
            Jun-09         $ 770        111,6     103,8        107,6       -0,6%
             Jul-09        $ 770        111,6     105,0        106,3       -1,2%
            Ago-09         $ 770        111,6     106,4        104,9       -1,3%
            Sep-09         $ 827        119,9     107,6        111,4        6,2%
            Oct-09         $ 827        119,9     108,7        110,3       -1,0%
            Nov-09         $ 827        119,9     110,1        108,9       -1,3%
            Dic-09         $ 827        119,9     112,1        106,9       -1,8%
            Ene-10         $ 827        119,9     114,7        104,5       -2,2%
            Feb-10         $ 827        119,9     118,0        101,6       -2,8%
           Mar-10          $ 895        129,7     121,4        106,8        5,2%
            Abr-10         $ 895        129,7     123,6        104,9       -1,8%
           May-10          $ 895        129,7     125,1        103,7       -1,2%
            Jun-10         $ 895        129,7     127,1        102,1       -1,6%
             Jul-10        $ 895        129,7     129,5        100,2       -1,9%
            Ago-10         $ 895        129,7     131,5         98,7       -1,5%
            Sep-10       $ 1.046        151,7     133,3        113,8       15,3%
            Oct-10       $ 1.046        151,7     136,6        111,0       -2,4%
            Nov-10       $ 1.046        151,7     138,4        109,6       -1,3%
            Dic-10       $ 1.046        151,7     140,8        107,7       -1,7%
            Ene-11       $ 1.046        151,7     143,3        105,8       -1,8%
            Feb-11       $ 1.046        151,7     145,1        104,5       -1,3%
           Mar-11        $ 1.228        177,9     148,8        119,6       14,4%
            Abr-11       $ 1.228        177,9     152,1        117,0       -2,2%
           May-11        $ 1.228        177,9     154,9        114,9       -1,8%
            Jun-11       $ 1.228        177,9     157,2        113,2       -1,5%
             Jul-11      $ 1.228        177,9     160,5        110,9       -2,0%
            Ago-11       $ 1.228        177,9     163,8        108,7       -2,0%
            Sep-11       $ 1.434        207,8     167,0        124,5       14,6%
            Oct-11       $ 1.434        207,8     168,2        123,6       -0,7%
            Nov-11       $ 1.434        207,8     170,3        122,0       -1,3%
            Dic-11       $ 1.434        207,8     172,6        120,4       -1,3%
            Ene-12       $ 1.434        207,8     175,5        118,4       -1,6%
            Feb-12       $ 1.434        207,8     178,4        116,5       -1,6%
           Mar-12        $ 1.687        244,5     181,3        134,9       15,8%
            Abr-12       $ 1.687        244,5     184,1        132,8       -1,6%
           May-12        $ 1.687        244,5     187,0        130,7       -1,5%
                                                                                       11	
  

	
  
Jun-12        $ 1.687          244,5          189,9          128,7          -1,5%
                      Jul-12        $ 1.687          244,5          192,8          126,8          -1,5%
                     Ago-12        $ 1.687          244,5           195,7           125,0         -1,5%
             Fuente: Elaboración propia en base a datos del Boletín de Estadísticas de la Seguridad Social.



Realizando un análisis del cuadro arriba expuesto se puede observar que:

       -­‐     Desde la puesta en marcha de la fórmula de movilidad las jubilaciones han
               aumentado en términos nominales un 144,5%, como ya se ha mencionado al
               comienzo del trabajo. Sin embargo dado el poder corrosivo de la inflación a
               marzo 2012 el aumento real es del 34,9%, y a agosto –previamente al aumento
               de septiembre- será de un 25%.
       -­‐     A su vez, mientras el aumento nominal entre septiembre 2011 y marzo 2012 es
               de un 17,6%, el aumento real es de apenas el 8,4%. Asimismo si se compara en
               términos reales el aumento entre septiembre 2011 y agosto 2012, el mismo habrá
               prácticamente desaparecido al pasar a ser de apenas el 0,4%.
       -­‐     Es decir que los aumentos jubilatorios, dado el contexto inflacionario, lo que
               hacen en términos de poder de compra es, fundamentalmente, mantener el nivel
               adquisitivo de las jubilaciones. Siendo magras las mejoras en el valor real de las
               jubilaciones.


En concreto, se puede concluir que los incrementos otorgados por la fórmula de
movilidad apenas logran compensar los efectos de la inflación sin proponer ningún tipo
de recomposición de los haberes jubilatorios

Al incorporar el período de la post-Convertibilidad es posible observar que el haber
mínimo tuvo un crecimiento exponencial desde el año 2001 al pasar de $150 a $1.434,3
al finalizar el 2011 y situándose en $1.687 desde allí hasta el mes de agosto del
presente año. Como consecuencia, durante el período 2001-2012 el incremento fue de
nada menos que de 1.024,7% producto de la política de actualización de la jubilación
mínima alcanzando una recomposición del 89,7% del poder de compra. Sin embargo, el
haber medio quedó a mitad del camino del mínimo siendo que el incremento desde el
año 2001 hasta ahora del 507% apenas alcanzó para recuperar el poder adquisitivo
perdido durante el período. Este fenómeno de desigualdad entre los haberes encuentra
parte importante de su explicación en una combinación de sucesos que se fueron
desarrollando a lo largo del período: tanto la estrategia de recomposición diferencial de
haberes mediante la actualización prácticamente exclusiva del haber mínimo durante la
mayor parte del período posconvertibilidad, como la incorporación masiva del pago de
nuevas jubilaciones a partir de la política de inclusión previsional del período 2005-
2007 sin una contrapartida de recursos de tal magnitud y el sostenimiento de la deuda
previsional con los jubilados por la no actualización de sus haberes conforme a la
evolución de precios durante el período 2002-2006.




                                                                                                              12	
  

	
  
Cuadro N º 11: Evolución del haber mínimo y del haber medio. Período 2001-2012.
                                                  Haber
                                                                              Haber medio
                                  Haber         Mínimo a          Haber
                                                                              a precios de        IPC
                                  Mínimo        precios de        Medio
                                                                                 2001
                                                  2001
                 2001              $ 150,0        $ 150,0        $ 359,0         $ 359,0         100,0
                 2002              $ 200,0        $ 141,9        $ 369,1         $ 261,9         140,9
                 2003              $ 220,0        $ 150,6        $ 387,0         $ 264,9         146,1
                 2004              $ 308,0        $ 198,7        $ 463,6         $ 299,1         155,0
                 2005              $ 390,0        $ 224,0        $ 522,4         $ 300,0         174,1
                 2006              $ 470,0        $ 245,7        $ 595,3         $ 311,3         191,3
                 2007              $ 596,2        $ 248,0        $ 733,7         $ 305,2         240,4
                 2008              $ 690,0        $ 233,4        $ 860,4         $ 291,0         295,7
                 2009              $ 827,2        $ 243,7       $ 1.064,4        $ 313,6         339,5
                 2010             $ 1.046,4       $ 245,5       $ 1.359,3        $ 318,9         426,2
                 2011             $ 1.434,3       $ 274,4       $ 1.862,6        $ 356,3         522,7
                mar-12             1.687,0        $ 307,2       $ 2.181,2        $ 397,2         549,1
                ago-12            1.687,0        $ 284,6         $ 2.181,2        $ 368,0         592,7
           Variación 2001-
                                 856,20%         82,92%          418,83%          -0,75%       422,75%
           Diciembre 2011
           Variación 2001-
                                1024,68%        104,82%          507,58%          10,65%       449,10%
             Marzo 2012
           Variación 2001-
                                1024,68%         89,75%          507,58%           2,51%       492,71%
             Agosto 2012
       Fuente: Elaboración propia en base a datos oficiales del Boletín de Estadísticas de Seguridad Social.



Por estas razones el haber medio que durante el 2001 era de $359 y se posiciona durante
el 2012 en torno a los $2.180 por efecto de la evolución de precios y la pobre
actualización del mismo, estanca su poder de compra. En otros términos, los $2.180 de
hoy equivalen a $368 del año 2001.

Este es uno de los efectos que tiene el achatamiento que describe a la actual pirámide
previsional: el haber medio se deteriora y cada vez más personas ganan lo mínimo
que tolera el sistema previsional. En efecto, durante el discurso que sostuvo la
presidenta aseguró que la proporción de jubilados que cobran el haber mínimo es del
74,8% elevando incluso el ya alto porcentaje verificado por ANSES a mediados del año
pasado.

Como da cuenta el cuadro N º 11, mientras en el 2001 el 16,1% de los jubilados
cobraban el haber mínimo, en el 2012 siguiendo los nuevos datos, el 74,8% de los
jubilados están en esta situación.




                                                                                                               13	
  

	
  
Cuadro N º 12: Cantidad y porcentaje de beneficiarios totales y que perciben el haber
mínimo. 2001 y 2012.
                                                                                                                                                                                                                                                     2001                   2012
                                                                                                                                                                                                                                               Cantidad         %      cantidad       %
                                                      En la mínima                                                                                                                                                                                    533.021   16,1      4.306.871   74,8
                                                      Resto                                     25,2                                                                                                                                                2.768.421   83,9      1.450.978
           Total                                3.301.442          100            5.757.849      100
   Fuente: Elaboración propia en base a datos oficiales, Discurso de la Presidenta de la Nación 1º de febrero
                                                     2012.

Este proceso que intentan maquillar como progresivo puesto que supone haber
privilegiado a los sectores de menores recursos postergando a los que estaban por
encima de la mínima esconde una estrategia que termina igualando para “abajo”
socavando el verdadero significado del concepto de progresividad. Más bien, lo que se
produce es una suerte de régimen previsional con jubilados pobres.

La clave del caso está, por lo tanto, en las limitaciones que exhibe cálculo del haber
inicial1 afectado principalmente por una fórmula que termina por distanciar
ampliamente el haber jubilatorio del salario percibido en la actividad laboral. A esto se
suma el incumplimiento explícito, por parte de las autoridades de ANSES, para la
recomposición de los haberes jubilatorios según el fallo judicial de la Corte Suprema de
Justicia, el caso Badaro y Sánchez. Como consecuencia de ello, resulta difícil pensar
en una solución posible que permita revertir la situación de postergación de los
jubilados y pensionados si primero no se resuelve recomponer el nivel de haberes
para luego sostenerlo mediante una movilidad adecuada y transparente en el marco
de un replanteo más general que involucre a la economía en su conjunto para revisar
el proceso inflacionario vigente que atenta cotidianamente contra los ingresos de la
población y en especial contra los sectores populares.




	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  
1
  El haber jubilatorio actual es el resultado de un componente fijo más una prestación que se calcula como
porcentaje (1,5%) de la cantidad de años y del promedio salarial de los últimos 10 años. La dificultad
central consiste en que cumpliendo la cantidad de años de aporte obligatorio, 30 años, el 1,5% sólo
asegura el 45% del salario que luego es mejorado por el componente fijo (que al momento consiste en
$677,62). A esta cuestión debe adicionarse que la movilidad que se aplica para traer a valores presentes
las remuneraciones percibidas para el cálculo del haber sufren también de una distorsión que termina por
subvaluar el resultado del mismo.
                                                                                                                                                                                                                                                                                             14	
  

	
  
2) La relación entre la fórmula de movilidad, los salarios y el excedente
                                financiero de ANSES

La fórmula de movilidad de los haberes que se presenta en el anexo de la Ley 26.417 es
muy clara con respecto a su composición. No está sólo en función de las
remuneraciones sino que incorpora a la recaudación como elemento central y hasta
determinante de la movilidad de las jubilaciones. Es decir, no sólo como un elemento
que puede pronunciar o aminorar la relación entre jubilación y salario sino que se
presenta en el diseño de la fórmula con la capacidad de escindir esta relación si no hay
recursos suficientes. Es decir, que según la ley de movilidad en la medida en que la tasa
de crecimiento de los recursos medios totales (en función de la cantidad de recursos por
jubilación puesta al pago) del régimen previsional supere a la resultante de los salarios
(aunque también combinada con los recursos tributarios medios), continuará la
movilidad acorde a los ingresos de los trabajadores; de otro modo, no lo hará y quedará
supeditada a las limitaciones fiscales.

Por otra parte, el diseño de la fórmula añade otra restricción a la movilidad de las
jubilaciones al incorporar componentes que pueden verse afectados por factores
externos al sistema previsional. Particularmente, al tener en cuenta la evolución de los
recursos en relación con la cantidad de beneficios, la implementación de medidas tales
como la moratoria que se abrió en 2005 generaría una caída abrupta de los recursos por
beneficio y, por lo tanto, perjudicaría la movilidad. Claro que el problema aquí no es la
incorporación de los nuevos jubilados, sino que ellos deban ser financiados por el
conjunto de los jubilados. Lo lógico debiera ser que sean financiados por el conjunto de
la sociedad, por lo que dicha política debería estar acompañada de un aumento del
aporte de los recursos tributarios con destino al pago de los beneficiarios de los
regímenes de moratoria previsional.

Pero a pesar de lo anterior, lo cierto es que desde el año 2003 ANSES no muestra ni
rojos ni déficits de recursos en su cuenta, por lo contrario, se suceden los resultados
financieros positivos2, cuestión que también se refleja en los porcentajes que arroja la
fórmula de movilidad desde que se puso en marcha (por su proximidad a la evolución
salarial que sólo tiene lugar en la medida en que los recursos medios superen la primera
evolución).

Tal como da cuenta el cuadro N º 13, el esquema ahorro – inversión del ANSES arrojó
en 2011 un superávit por $22.699 millones. Al comparar esta masa de recursos con la
totalidad de compromisos por prestaciones a la seguridad social (que involucra
jubilaciones y pensiones, asignaciones familiares, seguro de desempleo, etc) que
asciende a $121.919 millones se constata que el resultado positivo podría haberse
garantizado un aumento adicional del 17,4% adicional sobre el conjunto de las
prestaciones de la seguridad social.

Para el año 2012, previendo un nuevo aumento de la movilidad en septiembre y un
aumento en las asignaciones familiares (del régimen contributivo y de la asignación
“universal”), estimamos un superávit de nada menos que $14.832,6 millones, es decir

	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  
2
 Siendo tal que durante los años 2006, 2007 y 2009 el superávit de ANSES superó en más del 20% el
pago prestaciones.
                                                                                                                                                                                                                                               15	
  

	
  
una magnitud equivalente al 8% del total de erogaciones destinado al pago de
prestaciones de la seguridad social además de las otorgadas por la fórmula de
movilidad.

Cuadro N º 13: Esquema Ahorro – Inversión del Anses. En millones de pesos.
Ejecución al 1er semestre y estimación anual.
                                                                                   Est. Propia
                                         Concepto
                                                                    Realizado 2011 2012
          I) INGRESOS CORRIENTES                                         171.309,3     220.663,6
                   - INGRESOS TRIBUTARIOS (1)                             45.605,5      57.729,8
                   - CONTRIBUCIONES A LA SEG. SOCIAL (1)                 114.442,4     152.429,0
                   - INGRESOS NO TRIBUTARIOS                                 107,2          99,3
                   - RENTAS DE LA PROPIEDAD (2)                           11.154,2      10.405,3
          II) GASTOS CORRIENTES                                          157.868,6     218.524,4
                   - GASTOS DE CONSUMO Y OPERACION                         4.536,0       5.680,5
                   . Remuneraciones (3)                                    2.826,5       3.629,5
                     . Bienes y Servicios                                  1.709,5       2.050,9
                   - PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL
             (4)                                                         129.842,3     185.435,1
                   - TRANSFERENCIAS CORRIENTES                            23.490,3      27.408,9
                   . Al sector privado                                    22.663,0      26.491,0
                   . Al sector público                                       827,3        917,8
                    .. Provincias y MCBA                                     827,3        917,8
         III) RESULT.ECON.: AHORRO/DESAHORRO (I-II)                       13.440,7       2.139,2
         IV) RECURSOS DE CAPITAL                                                 0,9         1,0
                   - PRIVATIZACIONES                                             0,9         1,0
          V) GASTOS DE CAPITAL                                             2.682,5       3.409,8
                   - INVERSION REAL DIRECTA                                2.682,5       3.409,8
         VI) INGRESOS (I+IV)                                             171.310,2     220.664,6
        VII) GASTOS (II+V)                                               160.551,1     221.934,2
        VIII) CONTRIBUCIONES FIGURATIVAS                                  39.945,1      51.271,9
         IX) GASTOS FIGURATIVOS                                           28.004,6      35.169,7
          X) RESULT.FINANC (VI-VII)                                   -1.269,6   -1.269,6
              RESULT.FINANC DESPUES DE
         XI)
              CONTRIBUCIONES                                          22.699,6   14.832,6
       (1) Incluye recaudación Estimación Propia
       (2) Incluye en Anses renta sobre activos $ 10.400 M
       (3) Incluye aumento salarial 10% julio, 6% septiembre y 2% enero 2012
            Incluye aumento a jubilados 17,62% marzo-agosto y 16,8% septiembre-marzo
       (4) 2013
                          Fuente: Elaboración propia en base a datos oficiales

El superávit que hemos detallado de ANSES, en rigor, computa un rubro entre los
ingresos denominado “renta de la propiedad” (en el cual se engloba las diversas rentas
que el ANSES obtiene por sus tenencias de acciones, bonos y títulos de carácter público
que se consolidan o debiera hacerlo en las cuentas del denominado FGS). Descontando
este ítem del resultado excedentario , en el año 2011 en lugar de los $22.700 millones
de superávit se generaron $11.545,4 millones y la proyección al año 2012 supondría un
excedente de $4.427,3 millones (en lugar de los $14.832,6 millones que incorporan las
                                                                                                   16	
  

	
  
rentas del FGS). Esto significa que el sistema de reparto genera excedente propio (con
independencia de los resultados generados por la tenencia de sus activos financiera entre
ellos los derivados del sistema de capitalización) y que como tal debe ser utilizado para
el pago de jubilaciones y pensiones. Claramente, tampoco se verifica lo anterior y así
los objetivos se trastocan: en lugar de que el FGS sostenga el pago de jubilaciones y
pensiones, es el actual esquema de jubilaciones y pensiones el que sostiene el
crecimiento del FGS.3

Con los elementos brindados es posible afirmar que la fórmula de movilidad lejos de
generar el reparto genera excedentes que en lugar de atribuirlos al fin previsional los
vuelca a otros fines (básicamente en el pago deuda pública, infraestructura pública y el
sostenimiento de negocios del sector privado –ej. Automotrices- entre otros rubros).

Sin embargo, se presenta una coyuntura muy particular ya que la presencia de tales
excedentes fiscales convive con serias restricciones económicas que limitan la
capacidad de recaudación del sistema público de reparto. En este sentido, conviene
remarcar que nuestro régimen previsional está inserto en un esquema económico que lo
obliga a enfrentarse básicamente con dos grandes limitaciones estructurales que atentan
contra su autosustentabilidad y a otra limitación vinculada con sostener una medida
regresiva impuesta en la década del `90:

                             4) El sostenimiento de la reducción de las contribuciones patronales realizado en
                                los ´90.
                             5) El persistente y elevado nivel de informalidad laboral.
                             6) El bajo nivel del salario de la economía.


Las contribuciones patronales

La reducción de las contribuciones patronales se presenta hoy (como se hizo en los ´90)
como una herramienta capaz de incidir positivamente en la generación de empleo a
través de la idea, un tanto liberal, que indica que es la reducción del costo laboral la
política de empleo más efectiva.

Sólo basta recurrir a nuestra propia historia para comprender el absoluto fracaso de esta
premisa económica ya que es conveniente recordar que cuando Cavallo puso en práctica
esta medida en el año ´93 no se verificó ninguna garantía en la permanencia de los
puestos de trabajo. Por el contrario, desde aquel año hasta nuestro presente hemos
transitado la crisis más grave del mercado laboral estando vigente esta reducción
impositiva (al año 2002 la tasa de desocupación alcanzó su punto álgido en torno del
20%).




	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  
3
 El último informe oficial publicado por ANSES da cuenta que el monto de la cartera de activos del FGS
se ubica por encima de los $201.027 millones a fines del años 2011 cuando la masa de jubilaciones y
pensiones estaría en torno a los $120.000 millones para ese mismo período, poco más de la mitad que el
valor del fondo (el Boletín de Estadísticas de la Seguridad Social aporta información hasta el primer
semestre del 2011 y sitúa al gasto en este rubro en $64.318 millones).
                                                                                                                                                                                                                                               17	
  

	
  
Para estimar cuánto podría recaudarse en 2012 en concepto de restitución de las
           contribuciones patronales al nivel de 19934, es necesario tener en cuenta la evolución de
           la recaudación que se espera por ese rubro. En este sentido, presentamos dos
           estimaciones en el Cuadro Nº 14. La primera tiene en cuenta la evolución que surge de
           comparar el Presupuesto 2012 con la recaudación realizada en 2011; de allí surge que la
           masa de contribuciones patronales crecerá un 24%. Sin embargo, teniendo en cuenta
           una estimación más realista de la evolución de los precios, resulta que la recaudación
           crecerá un 33,9%. Si sobre esta masa de recursos estimada para 2012, aplicamos la
           restitución de las contribuciones, la recaudación adicional generada por la misma estaría
           entre los $58.705 millones y los $63.369 millones. En promedio, esta medida generaría
           recursos anuales de no menos de $60 mil millones, prácticamente cuatro veces más que
           superávit fiscal.


           Cuadro N º 14: Estimación de la recaudación adicional generada por la restitución de las
           contribuciones patronales a grandes firmas (GF). 2012. En miles de pesos.
                                                                                                                                                                                                                                                          Estimación con
                                                                                       Estimación propia                                                                                                                                                  datos oficiales     Promedio
A) Contribuciones Patronales (CP) recaudadas en Junio 2011 para las
GF                                                                     $ 3.380.277,3        $ 3.380.277,3                                                                                                                                                                    $ 3.380.277,3
B) Crecimiento de la recaudación por CP a GF 2011-2012                        24,0%                 33,9%                                                                                                                                                                           28,9%
C) Contribuciones Patronales estimadas para 2012 a GF (mensual)        $ 4.191.543,9        $ 4.524.540,5                                                                                                                                                                    $ 4.358.042,2
D) Estimación 2012 restituyendo las CP a las GF al 33% (mensual)       $ 9.083.653,2        $ 9.805.302,8                                                                                                                                                                    $ 9.444.478,0
E) Recaudación adicional mensual (D – C)                               $ 4.892.109,3        $ 5.280.762,3                                                                                                                                                                    $ 5.086.435,8
F) Recaudación adicional anual                                        $ 58.705.311,8       $ 63.369.147,5                                                                                                                                                                   $ 61.037.229,6
                  Fuente: Elaboración propia sobre la base de MECON, AFIP y pauta inflacionaria alternativa.



           Cabe aclarar que para el cálculo anterior, no estamos computando el aumento de la
           recaudación que supone eliminar la reducción de las contribuciones patronales que
           dispuso la Ley 26.746, dictada a fines del 2008 a propósito de los paquetes anticrisis del
           Gobierno. La misma implicó reducir el 50% de las contribuciones vigentes para el
           primer año y el 25% para el segundo año de cada nuevo empleo a crearse en el período
           2009 al 2010. Se trata de una reducción adicional que supone la rebaja de aportes
           patronales sobre los existentes y que impacta tanto sobre los que entran por primera vez
           en una relación formal, como sobre aquellos que roten de empleo en el período. Esta
           norma fue prorrogada en el 2010 por vía del Decreto 2166/2009 dictado el 6 de enero
           del 2010; nuevamente prorrogado para el 2011 por vía del Decreto 68/2011 dictado el
           31 de enero del 2011, y otra vez prorrogado para el 2012 por vía del decreto 298/2011
           dictado el 30 de diciembre del 2012. Así como la permanencia de contribuciones
           patronales reducidas se sostiene mediante la firma de consecutivos decretos resulta
           entonces, que sólo es necesario recurrir a un simple decreto presidencial para revertir
           	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  
           4
             Según los datos correspondientes a Junio 2011, en la AFIP hay registrados 559.508 empleadores
           privados, de los cuales apenas 22.180 (el 4%) tienen más de 40 empleados (por lo que no puede
           considerarse como pymes toda vez que el límite de ocupados de esa definición es hasta 40 empleados).
           Estas 22.180 firmas representan el 60,6% de los trabajadores privados formales (3.745.587 trabajadores
           sobre 6.178.058), el 73,1% de la masa salarial formal del sector privado ($22.199 millones sobre un total
           de $30.355 millones); el 72,4% de los aportes a la seguridad social ($2.400 millones sobre un total de
           $3.309 millones) y el 74,6% de las contribuciones a la seguridad social ($3.380 millones sobre $4.531
           millones). De este modo, las contribuciones a la seguridad social de estas firmas representan apenas el
           15,2% de la masa salarial cuando en 1993 (previo a las reducciones representaba el 33%).
                                                                                                                                                                                                                                                                            18	
  

           	
  
esta medida y restituir las contribuciones patronales a un nivel adecuado para el
financiamiento del sistema previsional.


La informalidad laboral

La tasa de informalidad laboral promedio para el período iniciado en el 2003 hasta el
año 2010 fue de nada menos que del 41,2% y al 2011 continúa en un nivel alto, en
torno al 34%. La precarización laboral de la economía que incluye otras categorías
ocupacionales además del asalariado no registrado ronda actualmente el 50,9%
involucrando a 8.458.880 personas5. Es decir que la precariedad laboral vigente
determina que sobre una PEA de 17.436.952 trabajadores sólo 8.836.010 están
aportando. Es decir, el 49% de la fuerza laboral no aporta al sistema previsional por
encontrarse excluida del mundo laboral formal. Dicho de otro modo, por cada jubilado
hay sólo 1,5 aportantes al sistema.


Cuadro Nº 15: Cantidad de aportantes en relación a la PEA. IIIº trimestre 2011 y junio
2011.
                                                                                                                                                                                                                                                  Cantidad               Porcentaje
                                                                           8.836.010              51                     Aportantes al SIPA
                               Población Económicamente
                               Activa                                     17.436.952            100
               Fuente: Elaboración propia en base a datos del Boletín Estadístico de la Seguridad Social – MTEySS.
                                        Segundo Trimestre de 2011 y EPH-3er trim 2011.

Siguiendo la información presentada en el Boletín de la Seguridad Social
correspondiente al IIº trimestre de 2011, la cantidad de aportantes a junio del último se
encuentra compuesta de la siguiente forma: la gran mayoría, 7,1 millones, son
trabajadores dependientes, 301 mil autónomos; 1,1 millones monotributistas y 289 mil
pertenecer al servicio doméstico.

Cuadro N º 16: Cantidad de aportantes por sector a junio 2011.
                                                                                                                                                                                                                                                     Relación laboral
                                                                                            Total
                                                                                                                                                                                  Dependientes                                                 Autónomos     Monotributistas   Serv. doméstico
                                                                                                    8.836.010       7.106.896       301.995             1.137.303                                                                                                                      289.816
                                                                                                        Fuente: Boletín de Seguridad Social, IIº trimestre 2011. MTEySS.

Si se realiza el ejercicio de calcular la tasa de sustentabilidad sobre la población
económicamente activa, esta pasa a ser de 3 trabajadores por cada pasivo y sobre los
ocupados sería 2,8. Es decir que la tasa se duplica en relación a la actualmente vigente.
Lo dicho da cuenta, una vez más, de los límites que impone el contexto sociolaboral
actual al sistema previsional vigente.




	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  
5
         Elaboración propia en base a datos de la EPH al II trimestre 2011.
                                                                                                                                                                                                                                                                                                 19	
  

	
  
Cuadro N º 17: Tasa de sustentabilidad, en función de la Población Económicamente
                             Activa y Ocupada. IIIº Trimestre 2011.
                                                             Concepto /
                                                            Prestaciones
                                        Aportantes                        1,5
                                        PEA                               3,0
                                       Ocupados                          2,8
       Fuente: Elaboración propia sobre la base de EPH, IIIº trimestre 2011 y Discurso de la Presidenta de la
                                            Nación 1º de febrero 2012.

En este marco laboral actual no sólo se puede aprehender los límites fiscales del sistema
previsional vigente sino que también se lee claramente el problema futuro del sistema
previsional argentino. En nuestro país hay nada menos que 8,6 millones de argentinos
que no podrán jubilarse en el marco de la ley vigente. Desafío que necesita de una
revisión estructural del sistema para ser atendido adecuadamente y que no redunde en
un perjuicio a la calidad de las prestaciones (cuestión que sucedería con la fórmula de
movilidad vigente).

Los salarios

Por otro lado, en el marco de una economía que presenta una media salarial de $2.638
para el conjunto de ocupados, el haber medio de $ 2.215 representa el 84,0% de esta
media salarial y el haber mínimo representa el 76,2% del mismo.


Cuadro N º 18: Haber Mínimo, Haber Medio a marzo 2012 y Salario medio del
conjunto de ocupados, 2º trimestre 2011.
                                                                           Participación sobre la
                                                      Montos
                                                                              media salarial
                  Haber Mínimo                                    1.687                       76,2
                  Haber Medio                                     2.215                       84,0
                  Sueldo medio
                                                                  2.638                       100,0
       Fuente: Elaboración propia en base a datos extraídos del discurso de la Presidenta de la Nación el 1º de
                                    febrero de 2012 y EPH- 2º trimestre 2011.
	
  
En este sentido consideramos que la presencia de una media salarial muy baja impacta
sensiblemente en la posibilidad de brindar haberes más altos ya que vuelve escasos los
recursos que dispone el sistema previsional, aunque claro está que esto no exime al
Estado de la posibilidad de hacerse de otras fuentes de recursos que permitan elevar la
calidad de vida de los jubilados y pensionados. Obviamente que esto implicaría la
decisión de poner en práctica la necesaria pero postergada reforma tributaria para dotar
de mayores recursos y de mayores grados de progresividad al esquema de recaudación
vigente.

Aquí se exhibe nuevamente los límites estructurales con los que enfrenta el sistema
previsional. El esquema productivo actual en el marco de relaciones sociales vigente
sostiene un sistema económico de baja productividad que se expresa directamente en
una media salarial deprimida que reproduce sus efectos, no sólo en la vida activa sino
                                                                                                             20	
  

	
  
también, en la vida pasiva de la población. Por lo tanto, este círculo vicioso en que se
inscribe un sistema contributivo basado principalmente en los aportes salariales
encuentra su salida a través del pago de haberes acordes al nivel de su base imponible.

A pesar de esto, los valores expuestos en el cuadro N º 18 que supone que el haber
medio representa el 84% de la media salarial está lejos de argumentar que nos
encontramos cerca del postergado 82% móvil porque tal comparación no se vincula con
la tasa de sustitución del sistema previsional: particularmente el conjunto de
trabajadores que están registrados, en una relación laboral estable, es decir quienes
potencialmente reúnen los requisitos para obtener una futura jubilación son justamente
quienes perciben un salario muy superior a la media, a junio 2011 la remuneración
promedio de los trabajadores estable es de $4.575,38, es decir que con respecto a los
$2.180 del haber medio apenas representa el 47,7%.

De lo expuesto surge con claridad de que los problemas previsionales no son ajenos a
la lógica económica en la que se inscriben. Por ende, solo es modificando las
condiciones que definen que la economía argentina inhiba el crecimiento salarial como
motor de demanda que se puede gestar un replanteo profundo y racional sobre el
sistema previsional. En otros términos, no es sin resolver la situación de postergación
y subordinación de los trabajadores y de su poder de compra que se podrá resolver la
situación de postergación de los haberes previsionales.

Sin embargo, la agenda oficial pareciera postergar la necesidad de efectuar dicho
replanteo y sortear el impacto del deterioro laboral sobre el régimen de previsional a
través de:

       -­‐   La búsqueda de recursos tributarios que actualmente superan en más del 40%
             el total de los recursos recaudados por ANSES (ver explicación en el siguiente
             punto)

       -­‐   Mediante la aplicación de una fórmula de movilidad que sostiene una estructura
             de haberes deprimida al tiempo que garantiza excedente para financiar la
             política económica del gobierno nacional:	
  La fórmula de movilidad vigente no es
             una fórmula de reparto sino que resulta ser una fórmula que garantiza excedentes. Esto
             es así porque se elige de dos fórmulas posibles de ser pagadas, la menor para garantizar
             que sobren recursos luego de pagada la movilidad.

       -­‐   Postergando la recomposición de los haberes jubilatorios mediante el
             incumplimiento los fallos judiciales de las Corte Suprema de Justicia de la
             Nación, como los casos Sanchez y Badaro.


Los recursos tributarios en la ANSES.

El cuadro que se expone a continuación da cuenta de que de los 86.000 millones de
pesos que fueron necesarios para sostener el sistema durante el Iº semestre 2011, 48.000
millones provinieron de los aportes realizados por los trabajadores y los patrones,
mientras que 38.000 millones tienen su origen en aportes tributarios del Tesoro, es decir
una asistencia de nada menos que el 44%.

                                                                                                  21	
  

	
  
Cuadro N º 19: Ingresos devengados tributarios y corrientes.




                                 Fuente: Boletín de Seguridad Social, IIº trimestre 2011. MTEySS.


Pese a esta importante asistencia del tesoro a la seguridad social conviene relativizar el
argumento que, a partir de estos números, infiere que una parte importante de las
jubilaciones se sostienen con aportes del Tesoro nacional. La ANSES durante los
últimos años ha incorporado una gran cantidad de programas, con fines sociales y no
sociales, que se adicionan a su función tradicional destinada al pago de las prestaciones
previsionales y otras prestaciones de la seguridad social. A fin de dar cuenta de lo dicho
a continuación se expone un cuadro donde presentamos el peso relativo que poseen las
aquí llamadas “nuevas Prestaciones”: Asignación Universal por Hijo, los beneficios
incorporados a través de la Moratoria Previsional, la jubilación anticipada y el programa
“Conectar con Igualdad”.

Cuadro N º 20: Composición del financiamiento de la ANSES. Presupuesto 2012. En
millones de pesos.
                                    Prestaciones                  Nº             %
                                    AUH y AUE                   11.691          5,4
                                 Conectar Igualdad               3.223          1,5
                                     Moratoria                  62.206          28,5
                             Gasto nuevas prestaciones          77.120          35,4
                           Gasto anteriores prestaciones       140.938          64,6
                                   Gasto total                 218.058         100,0
                                                                29.849          13,7
                               Resultado financiero
                            Gasto nuevas prestaciones +        106.969         49,1
                           usos del excedente financiero
       Fuente: Elaboración propia en base a Proyecto de Presupuesto 2012 y Boletín de la Seguridad Social II
                                                 trimestre 2011.

                                                                                                          22	
  

	
  
 
Si se analiza el cuadro se observa que “Gastos Anteriores” tiene un peso presupuestario
del 64,6%. Cabe recordar que en este concepto se ha incorporado el costo de las
jubilaciones existentes anteriormente a la moratoria, el costo de las Asignaciones
Familiares de los trabajadores pasivos y activos (es decir que se ha excluido a la AUH)
y finalmente el costo del Seguro por Desempleo.

Mientras que las “Nuevas prestaciones” ascienden a $77.120 millones, el 35,4% sobre
el gasto total de ANSES. Incluso si incorporamos el excedente financiero que en los
últimos años ha tenido como principal destino incrementar el Fondo de Garantía y
Sustentabilidad (FGS) y/o financiar deuda pública, el total de nuevas funciones de la
ANSES alcanza nada menos que $106.969 millones, es decir el 49% del gasto total.

Por lo tanto, actualmente la ANSES conlleva responsabilidades en materia
presupuestaria que no contemplaba anteriormente pero que no han venido acompañadas
de una cantidad adecuada de recursos. Como se observa del cuadro adjunto, ANSES
recibe $98.270 millones de recursos tributarios, es decir que le restaría $8.699 millones
para cubrir los gastos por las nuevas prestaciones y destinos que tiene actualmente
ANSES verificándose entonces que la asistencia termina siendo desde ANSES a la caja
del Tesoro Nacional y no al revés, como suele decirse.

Cuadro N º 21 Composición del financiamiento de la ANSES. En millones de pesos.
                             Concepto              Nº Nominal        %
                         Recursos tributarios               55.656       22,5

                      Contribuciones Figurativas
                                                            42.614       17,2
                      (15% sobre coparticipados)
                       Total Asistencia del
                                                           98.270        39,6
                        Tesoro a ANSES
                           Ingresos No
                                                             133          0,1
                            Tributarios
                            Aportes y
                                                          139.092        56,1
                         Contribuciones
                      Rentas de la Propiedad               10.412         4,2
                          Total Ingresos            247.907           100
               Fuente: Elaboración propia en base a Proyecto de Presupuesto 2012.


Por lo tanto, la asistencia real del tesoro a las jubilaciones es menor que la
comúnmente se expresa ya que sostiene un organismo que ha diversificado ampliamente
sus objetivos y que como consecuencia precisa incluso de más recursos para evitar que
tal multifuncionalidad no derive en postergar uno de los principales fines, la atención a
la población adulta mayor.

Es decir, aquí no se cuestiona la expansión de las funciones sociales, de hecho se
entiende que estas deben ser profundizadas a fin de generar una verdadera política
distributiva. Lo que se busca aquí es evidenciar que la incorporación de estos nuevos
programas no vino de la mano de nuevas fuentes de financiamiento, y como
consecuencia las prestaciones y los grupos poblacionales a los que éstas cubren entran
en competencia por los escasos recursos existentes.
                                                                                      23	
  

	
  
3) Acerca de la escasa transparencia de la Fórmula de Movilidad

La fórmula de movilidad que rige desde 2008 toma en cuenta el menor de dos cálculos
posibles:




Donde

         “m” es el porcentaje de movilidad del período.

         “a” es el tramo de la función de movilidad previo a la aplicación del límite;

       “RT” es la variación del índice de recursos tributarios por beneficio. El mismo
compara semestres idénticos de años consecutivos;

        “w” es la variación del índice general de salarios publicado por el Instituto
Nacional de Estadística y Censos o la variación del índice RIPTE -Remuneraciones
Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables-, publicado por la Secretaría de
Seguridad Social, la que resulte mayor. En ambos casos se compararán semestres
consecutivos;

         “b” es el tramo de la función de movilidad que opera como eventual límite;

        “r” es la variación del índice de recursos totales por beneficio de la
Administración Nacional de la Seguridad Social. El mismo compara periodos de doce
(12) meses consecutivos.

La escasa transparencia con la cual se viene instrumentando la aplicación de la fórmula
(en ningún momento se ha expuesto claramente el modo en que se procede a calcular
los aumentos), impide realizar un seguimiento o control de los ajustes por movilidad.
Así, se sabe que el aumento fijado para Marzo de 2012 es del 17,62%, pero no se
conoce cómo se ha determinado dicho ajuste. El único intento del gobierno por
“aclarar” este punto puede verse en el siguiente fragmento del discurso de la Presidenta,
en el momento que anunciaba el aumento:

        “Pero es muy importante saber cómo se compone este 17,62 por ciento,
        porque no es mágico, es la famosa fórmula. El mayor aporte a este
        17,62 por ciento, lo hicieron los recursos tributarios.

        Ustedes saben que los recursos tributarios de nuestro país son: en
        primer lugar, el IVA, por importancia de recaudación; Ganancias;
        Derechos de Exportación e Impuesto al Cheque. En ese orden son los
        recursos tributarios que en la fórmula han determinado un 9,92 por
        ciento de aumento.

                                                                                         24	
  

	
  
El otro 7,70 por ciento, es la seguridad social, la variación de los
                                                          salarios y, por lo tanto, el aumento de las contribuciones personales de
                                                          los trabajadores y los aportes de sus empleadores.”

Más que aclarar, la explicación citada oscurece aún más el mecanismo de ajuste. En
primer lugar, menciona a los Derechos de Exportación como parte de los recursos
tributarios destinados a ANSES, cuando en realidad los mismos no se encuentran
incluidos en los ingresos del organismo.6 Por otra parte, no queda claro si el 7,7% que
menciona se debe a la evolución de los salarios (“w”) o a la variación de los recursos
totales de ANSES, que incluyen los aportes y contribuciones, y que determinan “r”. Si
bien es cierto que ambas variables se encuentran relacionadas, sería deseable que los
datos utilizados para determinar los aumentos se expliciten y difundan sistemática y
transparentemente.

De lo contrario, el régimen de movilidad vigente da lugar a sospechas acerca de la
manipulación de la fórmula. A modo de ejemplo, realizamos un ejercicio para
determinar la movilidad correspondiente a Septiembre 2011 (ya que para Marzo 2012 la
información no se encuentra disponible), momento en el cual el gobierno estipuló un
aumento del 16,82%. Para ello tuvimos en cuenta los datos publicados en el Boletín
Estadístico de la Seguridad Social (BESS) del Ministerio de Trabajo, Empleo y
Seguridad Social y los períodos definidos por la fórmula para determinar las
variaciones.

De esta manera, en el Cuadro Nº 1 puede verse que la variación de los ingresos
tributarios por beneficio (RT) fue del 34,2%, mientras que la mayor variación de los
salarios (w) surge del RIPTE y alcanzó el 17,8% (ver Cuadro Nº 2). Con respecto a los
recursos totales por beneficio (r), los mismos variaron un 28,2% (ver Cuadro Nº 3).

Cuadro Nº 17: Evolución de los ingresos tributarios de ANSES por beneficio. 1er
semestre 2010-1er semestre 2011.
                                                                                      Ingresos
                                                                    Ingresos       Tributarios por
                      Período                    Beneficios       Tributarios*      Beneficio**
                      1er semestre 2010             5.661.822        $ 27.953,4          $ 4.937,2
                      1er semestre 2011             5.740.047        $ 38.029,7          $ 6.625,3
                      Variación                          1,4%             36,0%             34,2%
                                          * En millones de pesos ** En pesos
         Fuente: Elaboración propia en base a datos del Boletín Estadístico de la Seguridad Social del MTEySS.




	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  
6
         Los recursos tributarios destinados a ANSES están integrados por:
           - 15% de la coparticipación federal.
           - 10,3% de IVA.
           - 120 millones de pesos anuales del Impuesto a las Ganancias y el 20% de la recaudación restante
                del gravamen.
           - 21% del Impuesto a los Combustibles, más los ingresos que aporten los tributos específicos al
                gasoil, diesel, kerosene y GNC.
           - 100% del Impuesto Adicional a los Cigarrillos.
           - 70% del Monotributo.
                                                                                                                                                                                                                                               25	
  

	
  
Cuadro Nº 18: Evolución del Índice de Salarios de INDEC y del RIPTE. 2do semestre
2010-1er semestre 2011.
                                                  Índice de
                        Período                    Salarios         RIPTE
                        2do semestre 2010                100,0          100,0
                        1er semestre 2011                113,6          117,8
                        Variación                       13,6%          17,8%
Fuente: Elaboración propia en base a datos de INDEC y del Boletín Estadístico de la Seguridad Social del
                                               MTEySS.
Cuadro Nº 19: Evolución de los ingresos totales de ANSES por beneficio. Diciembre
2009-Diciembre 2010.
                                                                                  Ingresos
                                                                  Ingresos       Totales por
                       Período                  Beneficios        Totales*      Beneficio**
                                     Dic-09        5.575.639 $ 102.894,3           $ 18.454,3
                                     Dic-10        5.723.615 $ 135.371,5           $ 23.651,4
                       Variación                        2,7%           31,6%           28,2%
                                        * En millones de pesos ** En pesos
       Fuente: Elaboración propia en base a datos del Boletín Estadístico de la Seguridad Social del MTEySS.

Introduciendo los componentes anteriores en los tramos de la fórmula resulta que el
tramo “a” da un 26% mientras que el tramo “b” da 29%. Como se elige el menor de
ambos tramos, la movilidad para Septiembre 2011 quedaría determinada en 26%. Sin
embargo, tal como mencionamos anteriormente, el aumento establecido por el gobierno
para ese período fue del 16,82%. Más allá de que no se sabe si la información publicada
en el BESS es exactamente la misma que utiliza el gobierno para establecer el ajuste,
cabe destacar dos cosas: 1) Es una fuente oficial que debería coincidir con el resto de las
fuentes que pueda llegar a utilizar el gobierno; 2) Una distancia de 10 puntos
porcentuales tiene una magnitud tal que no puede justificarse por leves diferencias en
los datos utilizados.

Cuadro Nº 20: Aumento por movilidad correspondiente a Septiembre 2011 según
estimación propia.
                                      Componente                  Resultado
                                      RT                                34,2%
                                      w                                 17,8%
                                      r                                 28,2%
                                      a (0,5 x RT + 0,5 x w)            26,0%
                                      b (1,03 x r)                      29,0%
                                      m                                 26,0%
       Fuente: Elaboración propia en base a datos del Boletín Estadístico de la Seguridad Social del MTEySS.

Con este ejercicio no inferimos necesariamente que el aumento del mes de septiembre
2011 debió ser superior al anunciado oficialmente sino que el grado de incertidumbre y
de maniobra con respecto a los componentes de la fórmula es tal que incluso utilizando
las series oficiales a disposición del público y respetando el procedimiento descripto por
el diseño de la fórmula de movilidad, las diferencias son sustanciales. A la inversa del
resultado alcanzado para nuestras estimaciones, con respecto al último aumento
otorgado del 17,62% versiones cercanas al círculo oficial indicaría que el resultado de la
fórmula, en esta ocasión, fue inferior al anunciado. Por lo que es posible deducir que, en

                                                                                                          26	
  

	
  
la práctica, el objetivo final (de la fórmula o de sus resultados) es apenas contener los
efectos de la inflación.

En definitiva, los aspectos desarrollados dejan claro que la fórmula de movilidad actual
no es de reparto. No es extraño que así suceda. La citada fórmula fue aprobada con
anterioridad a la eliminación de las AFJPs. Por tal motivo, para aprovechar el cambio
estructural que su eliminación supuso se requiere discutir una nueva fórmula de
movilidad que permita que los mayores recursos efectivamente "se repartan" entre los
beneficiarios. Inclusive, al momento de debatirse en el Parlamento la eliminación de las
AFJPs, tanto el responsable del ANSES (hoy Vicepresidente de la Nación) como el
Ministro de Trabajo, aseguraron que debido al "cambio estructural que significa la
eliminación de las AFJPs, la fórmula de movilidad debería revisarse". Sin embargo,
lamentablemente, a la fecha aún sigue pendiente dicha revisión.

La diferencia entre establecer una movilidad de los haberes jubilatorios que garantice el
carácter sustitutivo de los mismos respecto al salario y la fórmula de movilidad vigente
es básicamente conceptual. El diseño de la fórmula puesta en marcha en el 2009
desengancha la evolución de las jubilaciones de los salarios escindiendo la relación
sustitutiva que debiera ser sostenida y la supedita a la dinámica de los recursos y a la
cantidad de jubilaciones puestas al pago cuestión que, según la coyuntura por la que se
atraviesa, puede tener mejores o peores resultados.




                                                                                      27	
  

	
  
DOS REFLEXIONES ADICIONALES SOBRE EL PLANTEO PRESIDENCIAL

En este apartado intentamos detenernos sobre dos cuestiones adicionales a las
desarrolladas de relevancia para el sistema previsional que estuvieron presentes en
planteo presidencial al momento de anunciar el primer incremento de la fórmula de
movilidad para el año 2012 que en la búsqueda de generar mayores grados de
legitimación social olvidan u omiten desafíos fundamentales para nada desdeñables y
todavía pendientes en la agenda oficial.

Sobre los récord de recaudación anunciados y la omisión del pago extra de fin de año
a los jubilados

El anuncio del nuevo porcentaje del incremento del haber jubilatorio incluyó una
mención al récord de recaudación durante el mes de diciembre que según palabras de la
presidenta trepó a $52.844 millones como consecuencia a su vez, de otro récord
histórico en el ámbito de la seguridad social. Sin embargo en este mismo mes el bonus o
pago extra de fin de año que venían recibiendo los jubilados y pensionados durante los
últimos años no se concretó. Recordemos que en Diciembre 2008 (Decreto 2300/2008)
se otorgó una suma fija de $200, en Diciembre 2009 (Decreto 1879/2009) $350 y en
Diciembre 2010 (Decreto 1856/2010) $500. El indiscutible rasgo discrecional de este
tipo políticas de ingreso no permite lugar a reclamo, tampoco genera obligación por
parte de las autoridades a sostenerlo pero al menos permite tomar conciencia acerca de
esquema de prioridades de la agenda oficial y de los conceptos susceptibles de ajustes y
moderación del gasto público en tiempos de austeridad económica y de la necesidad de
reducir considerablemente el margen de discrecionalidad cuando se trata de garantizar
derechos.


Sobre la cobertura previsional

En su discurso la presidenta enfatizó una “cobertura del 95,1 por ciento de la gente en
condiciones de estar jubilada en la República Argentina” haciendo referencia a
6.879.000 personas de los cuales, el 44 por ciento fueron incluidos en virtud de la
moratoria previsional. Esta información nos resulta por lo menos curiosa siendo que el
Presupuesto Nacional para el año 2012 estimó una cobertura cercana al 85%
proyectando el pago de 5.596.817 pagos en concepto de jubilaciones y pensiones. Por
otro lado, la EPH permite arribar a resultados similares al anterior, exactamente del
83,9% durante el segundo trimestre del 2011. Cabe aclarar de todas formas que la
cobertura previsional en general es una información que requiere de una tarea compleja
dada la fragmentación del sistema previsional. A la dificultad de estimar la cobertura de
las cajas provinciales no transferidas, de los retirados y pensionados de las FFAA y de
Seguridad y de los regímenes especiales se adiciona otra relacionada con la unidad de
medida que implica que generalmente las estadísticas previsionales registren
“beneficios” en lugar de jubilados y pensionados sobreestimando el alcance de la
prestación al no poder descontar los casos de doble cobertura7.Pero lo llamativo del dato
que expresa un 95% de cobertura actual es que, si la información oficial relevada a
	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  	
  
7
  Cuestión que no puede ser salvada incluso por la unidad de medida “beneficiarios” puesto que la misma
incorpora población que todavía no ha cumplido con la edad jubilatoria pero que, debido a regímenes
especiales, ya han podido jubilarse.
                                                                                                                                                                                                                                               28	
  

	
  
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Anses en disputa

  • 1.     ANSES EN DISPUTA El dilema de un organismo público multifuncional que hace de todo… un poco   -­‐  El  aumento  del  17,62%  para  las  jubilaciones   -­‐  Los  límites  de  la  fórmula  de  movilidad   -­‐  La  postergación  general  de  los  haberes  jubilatorios   -­‐  La  controversia  de  un  ANSES  excedentario  en  un  contexto  socio-­‐laboral  y   previsional  deprimido     COORDINACION   CLAUDIO  LOZANO  -­‐  TOMAS  RAFFO   EQUIPO  DE  TRABAJO   ANA  RAMERI   AGUSTINA  HAIMOVICH   MORA  STRASCHNOY       MARZO 2012   1    
  • 2. Síntesis La fórmula de movilidad volvió a arrojar un nuevo incremento para la actualización de los haberes jubilatorios que regirá a partir de marzo del presente año. Las jubilaciones y pensiones crecerán en un 17, 62% y de esta manera la jubilación mínima pasará a ser de $1.687 y el haber medio estará en torno a los $2.100. Sin embargo, hay cuestiones que precisan ser destacadas para lograr una lectura acertada respecto de la fórmula y su contexto: 1) El nivel actual de haberes jubilatorios está muy por debajo de sustituir el poder de compra del salario por lo que no basta sólo con sostenerlo sino que es preciso recomponerlo. Si bien el último porcentaje de incremento de los haberes superó los aumentos previos, termina por diluirse ante una realidad que combina una estructura de haberes pobres y un persistente contexto inflacionario.    A Marzo del presente año con una canasta estimada para la Tercera Edad en torno a los $3.255,7, el haber mínimo cubrirá apenas la mitad de la canasta (exactamente 51,8%) y el haber medio representará sólo el 67% de ese valor.  La recomposición del haber con respecto a la canasta desde que opera la fórmula de movilidad ha mejorado a razón de 1,1 puntos porcentuales por año. De mantenerse dicho ritmo en el tiempo un jubilado “tipo” que actualmente gana el haber mínimo, necesitará esperar 50 años para cubrir la totalidad de la canasta, momento en el cual tendría 121 años de edad.  Mientras en el 2001 el 16,1% de los jubilados cobraban el haber mínimo, en el 2012 el 74,8% de los jubilados están en esta situación. Es decir, la mayor parte de los jubilados y pensionados percibe la mitad de los ingresos necesarios para satisfacer sus necesidades.  El contexto deteriorado de haberes genera que el 17,62% que se aplicará desde marzo a los haberes vigentes significa para la mayoría de los jubilados y pensionados de la argentina sólo $8,40 más por día.  El aumento nominal del 17,62% implica un aumento real de apenas el 8,4% al considerar la evolución de precios del período. Asimismo si se compara en términos reales el aumento entre septiembre 2011 y agosto 2012, el mismo habrá prácticamente desaparecido al pasar a ser de apenas el 0,4%. En concreto, se puede concluir que los incrementos otorgados por la fórmula de movilidad apenas logran compensar los efectos de la inflación sin proponer ningún tipo de recomposición de los haberes jubilatorios 2) A pesar de que la fórmula de movilidad venga arrojando incrementos para las jubilaciones similares o superiores a los salarios, la misma no garantiza la continuidad de este comportamiento ya que su diseño tiene como fin último garantizar excedente luego de pagada la movilidad. La forma de realizar este excedente es mediante la elección del menor resultado que arroje dos fórmulas posibles de ser pagadas que, según el contexto, fija un techo por encima o por 2    
  • 3. debajo a la evolución de los haberes jubilatorios con respecto a los salarios. En términos concretos, si los recursos que recauda el sistema de seguridad social por beneficio crecen por debajo de la evolución salarial entonces el aumento de haberes jubilatorios será inferior que el verificado para los salarios. Escenario éste que resulta más acorde con el contexto actual siendo que la perspectiva de recaudación récord no es eterna y la informalidad laboral pone límites presentes y futuros en cuanto al financiamiento del sistema y sugiere la necesidad de futuras moratorias para ampliar la cobertura a adultos mayores que, en esquema previsional vigente, no tienen posibilidad de acceso. Lo que aquí en apariencia se presenta como un principio de sustentabilidad del sistema, por supeditar los resultados de la movilidad a los recursos, puede ser también leído como un mecanismo que permite reproducir en el nivel de los haberes la necesidad de generar excedente en la ANSES con el fin de sortear la actual crisis fiscal del Estado Nacional.    La fórmula de movilidad no está sólo en función de las remuneraciones sino que incorpora a la recaudación como elemento central: en la medida en que la tasa de crecimiento de los recursos medios totales (en función de la cantidad de recursos por jubilación puesta al pago) del régimen previsional supere a la resultante de los salarios (aunque también combinada con los recursos tributarios medios), continuará la movilidad acorde a los ingresos de los trabajadores; de otro modo, no lo hará y quedará supeditada a las limitaciones fiscales.  El diseño de la fórmula no sólo toma en cuenta los recursos sino también la evolución de la cantidad de jubilaciones y pensiones puestas al pago generando caídas abruptas en los resultados de la fórmula si se realizan medidas inclusivas al sistema previsional.  Para la ANSES se suceden los resultados financieros positivos: para el año 2011 se verificó un superávit por $22.699 millones y para el año 2012, previendo un nuevo aumento de la movilidad en septiembre y un aumento en las asignaciones familiares estimamos un superávit de nada menos que $14.832,6 millones.      Es decir que la fórmula de movilidad lejos de generar el reparto genera excedentes que en lugar de atribuirlos al fin previsional los vuelca a otros fines como el pago deuda pública, infraestructura pública y el sostenimiento de negocios del sector privado –ej. Automotrices entre otros-.  Sin embargo, la presencia de tales excedentes fiscales convive con restricciones económicas que limitan la capacidad de recaudación del sistema público de reparto: 1) El sostenimiento de la reducción de las contribuciones patronales realizado en los ´90: Esta medida generaría recursos anuales de no menos de $60 mil millones, prácticamente cuatro veces más que el superávit fiscal. 2) El persistente y elevado nivel de informalidad laboral: La tasa de informalidad laboral promedio para el período iniciado en el 2003 hasta el año 2010 fue de nada menos que del 41,2% y al 2011 continúa en un nivel alto, en torno al 34%. A través de esta restricción no sólo se puede aprehender los límites fiscales del sistema previsional vigente sino que también se lee claramente el problema 3    
  • 4. futuro del sistema previsional argentino. En nuestro país hay nada menos que 8,6 millones de argentinos que no podrán jubilarse en el marco de la ley vigente. 3) El bajo nivel del salario de la economía: El esquema productivo actual en el marco de relaciones sociales vigente sostiene un sistema económico de baja productividad que se expresa directamente en una media salarial deprimida que reproduce sus efectos, no sólo en la vida activa sino también, en la vida pasiva de la población.  Sin embargo, la agenda oficial pareciera postergar la necesidad de efectuar un replanteo integral y sortea el impacto del deterioro laboral sobre el régimen de previsional a través de: -­‐ La búsqueda de financiamiento a partir de los recursos tributarios: actualmente superan en más del 40% el total de los recursos recaudados por ANSES. Sin embargo, al contrastar la necesidad de financiamiento producto de las nuevas prestaciones o finalidades que asumió ANSES en los últimos años ($107 mil millones) con el volumen de ingresos tributarios ($98.270 millones) se verifica que le restaría $8.699 millones para cubrir los gastos por las nuevas prestaciones y destinos que tiene actualmente ANSES verificándose entonces que la asistencia termina siendo desde ANSES a la caja del Tesoro Nacional y no al revés, como suele decirse. Por lo tanto, la asistencia real del tesoro a las jubilaciones es menor que la comúnmente se expresa ya que sostiene un organismo que ha diversificado ampliamente sus objetivos y que como consecuencia precisa incluso de más recursos para evitar que tal multifuncionalidad no derive en postergar uno de los principales fines, la atención a la población adulta mayor. -­‐ Mediante la aplicación de una fórmula de movilidad que sostiene una estructura de haberes deprimida al tiempo que garantiza excedente para financiar la política económica del gobierno nacional:   -­‐ Postergando la recomposición de los haberes jubilatorios mediante el incumplimiento los fallos judiciales de las Corte Suprema de Justicia de la Nación, como los casos Sanchez y Badaro. 3) Por último, los anuncios de los incrementos, hasta el momento, no están siendo acompañados de una justificación concreta sobre el comportamiento de cada una de las distintas variables que compone la fórmula de movilidad con el fin de cotejar los resultados alcanzados. Por lo tanto, más allá de los resultados obtenidos el pobre nivel de transparencia de la misma abre interrogantes respecto a los futuros aumentos y acerca de la veracidad de los anunciados.    El diseño de la fórmula puesta en marcha en el 2009 desengancha la evolución de las jubilaciones de los salarios escindiendo la relación sustitutiva que debiera ser sostenida y la supedita a la dinámica de los recursos y a la cantidad de jubilaciones puestas al pago cuestión que, según la coyuntura por la que se atraviesa, puede tener mejores o peores resultados. 4    
  • 5. A comienzos del presente año la fórmula de movilidad volvió a arrojar un nuevo incremento para la actualización de los haberes jubilatorios. A partir de marzo las jubilaciones y pensiones crecerán en un 17, 62%, de esta manera la jubilación mínima pasará a ser de $1.687 y el haber medio estará en torno a los $2.100. Desde marzo del año 2009 hasta ahora los incrementos por la fórmula de movilidad llevan acumulado un aumento del 144,48% de los haberes como resultado de una dinámica interanual ascendente: el año 2009 culminó con un incremento total de 19,89%, el 2010 con un 26,5% y el año 2011 ubicó un nuevo récord con un incremento del 37%. Cuadro N º 1: Incremento otorgados por la Ley de Movilidad*. Porcentaje Período de aumento Aumento de Marzo 2009 11,69% Aumento de Septiembre 2009 7,34% TOTAL 2009 19,89% Aumento de Marzo 2010 8,21% Aumento de Septiembre 2010 16,90% TOTAL 2010 26,50% Aumento a Marzo 2011 17,33% Aumento a Septiembre 2011 16,82% TOTAL 2011 37,06% Aumento a Marzo 2012 17,62% Aumento acumulado por la Ley de Movilidad* 144,48% * Promulgada el 15 de Octubre de 2008 Fuente: Elaboración propia en base a los decretos que reglamentan los aumentos de la Ley de Movilidad de las Prestaciones del Régimen Previsional Público (Ley N º 24.417). Del cuadro siguiente se puede comprobar que en general los aumentos que resultan de la aplicación oficial de la fórmula presentada en la Ley de Movilidad tienen relación con la evolución de los índices salariales con excepción del año 2011 durante el cual el incremento de las jubilaciones estuvo muy por encima de las variantes que miden la evolución de las remuneraciones (incluso al considerar duplicadas las estimaciones que llegan a junio 2011). Cuadro N º 2: Evolución de distintos índices salariales vs. incrementos otorgados por la fórmula de movilidad. RIPTE Haberes Trabajadores Total Índice (Trabajadores jubilatorios Registrados Ocupados Salarial Registrados por (EPH) (EPH) General Estables) movilidad 2009 17,6% 18,0% 16,7% 14,9% 19,89% 2010 26,0% 29,2% 26,3% 28,8% 26,50% 2011 14,4%* 12,9%* 29,5% 17,8%* 37,06% *Los resultados del año 2011 corresponden a II trimestre. Fuente: Elaboración propia en base a datos oficiales del INDEC y del Boletín de Estadísticas de la Seguridad Social. 5    
  • 6. Como primera consideración podríamos suponer que el objetivo de sostener la tasa de sustitución del haber jubilatorio sobre el nivel general de los salarios se cumple con estos resultados. Sin embargo, hay cuestiones que introducen reparos a esta conclusión: 1) El nivel actual de haberes jubilatorios está muy por debajo de sustituir el poder de compra del salario por lo que no basta con sostenerlo sino que es preciso recomponerlo. Si bien el último porcentaje de incremento de los haberes superó los aumentos previos, termina por diluirse ante una realidad que combina una estructura de haberes pobres y un persistente contexto inflacionario. 2) A pesar de que la fórmula de movilidad venga arrojando incrementos para las jubilaciones similares o superiores a los salarios, la misma no garantiza la continuidad de este comportamiento ya que su diseño tiene como fin último garantizar excedente luego de pagada la movilidad. La forma de realizarlo es mediante la elección del menor resultado que arroje dos fórmulas posibles de ser pagadas que, según el contexto, fija un techo por encima o por debajo a la evolución de los haberes jubilatorios con respecto a los salarios. En términos concretos, si los recursos que recauda el sistema de seguridad social por beneficio crecen por debajo de la evolución salarial entonces el aumento de haberes jubilatorios que arroje la fórmula, otorgará un aumento inferior que el verificado para los salarios. Escenario éste que resulta más acorde con el contexto actual siendo que la perspectiva de recaudación no es eterna y el problema de la informalidad laboral pone límites presentes y futuros en cuanto al financiamiento del sistema y a la necesidad de futuras moratorias para ampliar la cobertura a adultos mayores que, en esquema previsional vigente, no tienen posibilidad de acceso. Lo que aquí en apariencia se presenta como un principio de sustentabilidad del sistema, por supeditar los resultados de la movilidad a los recursos, puede ser también leído como un mecanismo que permite reproducir en el nivel de los haberes la necesidad de generar excedente en la ANSES con el fin de sortear la actual crisis fiscal del Estado Nacional. 3) Por último, los anuncios de los incrementos, hasta el momento, no están siendo acompañados de una justificación concreta sobre el comportamiento de cada una de las distintas variables que compone la fórmula de movilidad con el fin de cotejar los resultados alcanzados. Por lo tanto, más allá de los resultados obtenidos el pobre nivel de transparencia de la misma abre interrogantes respecto a los futuros aumentos y acerca de la veracidad de los anunciados. A continuación desarrollaremos cada uno de estos puntos. 1) El nivel de ingresos que permite el haber jubilatorio La cuestión sobre el nivel de los haberes jubilatorios es, desde nuestro criterio, uno de los principales desafíos del sistema previsional argentino no sólo desde el desglose del mismo con el salario sino también con las serias dificultades que tiene para poder garantizar niveles de vida adecuados a nuestros mayores. El énfasis del discurso oficial en general y de la presidenta en particular durante el anuncio por destacar el elevado 6    
  • 7. nivel de las jubilaciones actuales y situarlo como el más alto en Latinoamérica, cuando el haber medio sólo cubre el 67% de la canasta estimada para la población de tercera edad, hace por lo menos preguntarse cómo vivirán los abuelos de nuestros países vecinos. De todos modos, hay que hacer mención aquí que, como dijo nuestra máxima autoridad política, es a través del nivel de ingreso en términos de paridad de poder adquisitivo que es posible comparar el nivel de haberes en función de los bienes que es posible comprar en cada uno de los países. Es decir, que es preciso incluir en el cálculo a la relación de precios (para una canasta de productos determinada) de los países a comparar. Según palabras de la presidenta al realizar este cálculo “se potencia mucho más esta jubilación argentina” ubicándose en la más alta a nivel regional. Sin embargo, si tenemos en cuenta que para calcular la paridad de poder de compra no sólo debe ajustarse las monedas locales a una única moneda en común, generalmente el dólar, sino que también se precisa conocer la evolución de precios, la apreciación anterior sobre la sobrevaluación de la jubilación argentina se torna por lo menos dudosa. El organismo público productor de estadísticas de nuestro país, el INDEC, atraviesa quizá la crisis institucional más grande de su historia dado que las autoridades del mismo inciden activamente en los resultados del sistema de estadísticas públicas vía la burda manipulación del Índice de Precios al Consumidor desde comienzos del año 2007. Por lo tanto, la situación de aparente superioridad del haber jubilatorio argentino respecto del resto de los países de la región que expresa en el planteo presidencial arrastra consigo la misma falta de seriedad y rigurosidad que atraviesa el cálculo del IPC oficial. De todos modos consideramos que en primer lugar, para comprender la realidad de ingresos de nuestros mayores, es necesario realizar una lectura interna de la situación. Para aproximarnos al poder de compra de los ingresos de los jubilados y pensionados tomaremos como parámetro la canasta para un adulto mayor calculada por la Defensoría de la Tercera Edad que al mes de marzo del presente año la hemos proyectado en torno a los $3.255,7 en función de una pauta de inflación del 20% para todo el año. Si comparamos la Canasta con el haber mínimo en cada momento, observamos que sólo en Marzo 2012 el haber mínimo cubre apenas más de la mitad de la canasta (51,8%), mientras en el resto de los meses ni siquiera llega a eso. Cabe aclarar que el porcentaje de Marzo es más alto sobre todo porque coincide con el mes de aumento de los haberes. Sin embargo, a medida que el valor de la canasta continúe subiendo y el haber se mantenga estancado, dicha proporción tenderá a caer mes a mes hasta el próximo aumento. Cuadro N º 3: Evolución de la canasta de consumo estimada por la Defensoría de la Tercera Edad. Mayo 2010 – Marzo 2012. A) Valor Período Canasta Básica B) Haber Mínimo (B) / (A) May-10 $ 2.053,0 $ 895,2 43,6% Dic-10 $ 2.458,8 $ 1.046,4 42,6% May-11 $ 2.691,5 $ 1.227,8 45,6% Nov-11 $ 3.059,2 $ 1.434,0 46,9% Mar-12* $ 3.255,7 $ 1.687,0 51,8% *Estimación propia en base a una pauta inflacionaria del 15% para 2012. Fuente: Elaboración propia en base a datos de la Defensoría de la Tercera Edad (dato Mayo 2011). 7    
  • 8. Al comparar el valor de la canasta con el haber medio, la situación tampoco se torna demasiado alentadora. En Marzo 2012 el haber medio representará el 67% del valor de Canasta de la tercera edad, es decir, el nivel de los haberes que otorga el sistema previsional son insuficientes para cubrir las necesidades de una persona mayor. Cuadro N º 4: Haber mínimo y medio en relación a la canasta de consumo estimada por la Defensoría de la Tercera Edad. (A) Haber (C)Canasta Mínimo (B) Haber Medio Jubilados (A) / (C) (B) / (C ) Mar-12 $ 1.687,00 $ 2.181,20 $ 3.255,72 52% 67% Fuente: Elaboración propia en base a datos de ANSES y serie de inflación CIEPP. Si observamos la tendencia que presenta la relación entre el haber mínimo y la canasta desde que se encuentra vigente la ley de movilidad, resulta que entre Diciembre de 2008 y Diciembre de 2011, la misma ha mejorado a razón de 1,1 puntos porcentuales por año, pasando de cubrir el 43,1% de la canasta al 46,2% (ver Cuadro N º 5). Por otro lado, el promedio de edad de los jubilados según la EPH (2do trimestre 2011) es de 70 años; con lo cual, de mantenerse dicho ritmo en la evolución, un jubilado “tipo” que actualmente gana el haber mínimo, necesitará esperar 50 años (hasta Diciembre de 2062) para cubrir la totalidad de la canasta, momento en el cual tendría 121 años de edad (ver Cuadro N º 6). Obviamente, esta estimación resulta un mero ejercicio de simulación, que implica suponer una determinada evolución de los precios y los haberes dentro de los próximos 50 años, un plazo demasiado extenso para realizar cualquier tipo de proyección. Sin embargo, permite comprobar gráficamente la situación de postergación que sufren nuestros mayores y la inmediatez que requiere su solución. Cuadro Nº 5: Evolución de la relación entre el haber mínimo y la Canasta de la Tercera Edad. Diciembre 2008 – Diciembre 2011. Haber Mínimo / Diferencia Anual Canasta Tercera (en puntos Edad porcentuales) Dic-08* 43,1% - Dic-09* 45,0% 1,9% Dic-10 42,6% -2,4% Dic-11 46,2% 3,7% Promedio Anual 1,1% *Para los años 2008 y 2009 estimamos la Canasta de la Tercera Edad en base a la inflación registrada en dichos años ya que la Defensoría de la Tercera Edad la difunde desde Mayo 2010. Fuente: Elaboración propia sobre la base de MECON, Defensoría de la Tercera Edad, IPC Buenos Aires City e IPC CIEPP (4 Provincias: Chubut, Neuquén, Santa Fe y San Luis). 8    
  • 9. Cuadro N º 6: Estimación del tiempo que debería esperar un jubilado “tipo” para cubrir la totalidad de la Canasta de la Tercera Edad. Relación Haber Edad de un Mínimo / Canasta Período jubilado "tipo" Tercera Edad Dic-11 70 años 46,2% Dic-62 121 años 100,4% Fuente: Elaboración propia sobre la base de EPH-INDEC, MECON, Defensoría de la Tercera Edad, IPC Buenos Aires City e IPC CIEPP (4 Provincias: Chubut, Neuquén, Santa Fe y San Luis). Lo antedicho cobra aún más relevancia si tenemos en cuenta que, según los últimos datos publicados en el Boletín Estadístico de la Seguridad Social del Ministerio de Trabajo (segundo trimestre 2011), el 72,1% de los beneficios previsionales están por debajo del haber mínimo. Ver cuadro Nro 5. Cuadro N º 7: Cantidad de beneficios iguales o inferiores al mínimo. Junio 2011. Intervalos de Prestación Beneficios % $ 0,01 a $ 1227,77 48.940 0,9% $ 1.227,78 4.086.608 71,2% Total 5.740.047 100,0% Fuente: Elaboración propia en base a datos del Boletín Estadístico de la Seguridad Social – MTEySS. Segundo trimestre de 2011. En otro términos, es posible afirmar que la mayor parte de los jubilados y pensionados percibe la mitad de los ingresos necesarios para satisfacer sus necesidades. Es decir que, más allá de la magnitud de los aumentos, la realidad cotidiana de los jubilados atraviesa una situación grave de postergación que no es posible revertirla sólo con una fórmula de movilidad que por más generosa que pueda parecer durante algún período determinado difícilmente pueda revertir el paupérrimo nivel de ingresos general. Es principalmente por estas razones que consideramos que los aumentos deben ser analizados en función del contexto. En concreto, los aumentos porcentuales “récord” (en palabras de la presidenta) insertos en la situación actual que combina un cuadro pobre de ingresos previsionales con un proceso inflacionario como el vigente termina por licuar cualquier magnitud de aumento. El contexto deteriorado de haberes genera que el 17,62% que se aplicará desde marzo a los haberes vigentes significa para la mayoría de los jubilados y pensionados de la argentina sólo $8,40 más por día. En el caso de los que superan el haber mínimo en promedio, el aumento consistirá en $10,90 más diarios que en la coyuntura actual de precios alcanza para adicionar un paquete más de fideos (que oscila los $6) a la mesa diaria. 9    
  • 10. Cuadro N º 8: Evolución del haber mínimo y medio a partir de Marzo 2012 en términos nominales. Vigente (hasta Aumenta en % de Aumento Aumento Marzo Marzo aumento Mensual diario 2012) Haber 1.434,3 1.687,0 17,62% 252,7 8,4 Mínimo Haber Medio 1.854,5 2.181,2 17,62% 326,8 10,9 Fuente: Elaboración propia en base a datos del Boletín de Estadísticas de la Seguridad Social. Lo que permite suponer el cálculo anterior es que, de ser otra la estructura de jubilaciones y pensiones en la Argentina, no serían necesarios los incrementos porcentuales récord para producir algún impacto en el valor de las jubilaciones. Para ejemplificar, si el haber mínimo se ubicara en torno al valor actual de canasta (alrededor de los $3.100) un incremento del 10% genera un adicional diario de poco más de $10, por encima de los $8,4 de incremento diario para el mínimo y similar al adicional para el haber medio pero con un porcentaje de aumento sensiblemente inferior. A su vez, el contexto inflacionario vigente adiciona otro marco que pone serios límites a los aumentos que puedan ser otorgados. De la información anterior se puede cotejar que incorporando una pauta de inflación en torno al 20% para el año 2012 los $8,4 diarios que se incorporarán a los haberes desde marzo a septiembre del 2012 significan tan sólo $3,5 más al haber mínimo y los $10,9 que se adicionaba al haber promedio significan sólo $4,5. (Ver cuadro N º 9) Cuadro N º 9: Evolución del haber mínimo y medio a partir de Marzo 2012 en términos reales. Vigente Haber a partir de (hasta marzo a precios % de Aumento Aumento Marzo de septiembre aumento Mensual diario 2012) 2012 1.434,3 1.537,9 7,22% 103,6 3,5 Haber Mínimo 1.854,5 1.988,4 7,22% 133,9 4,5 Haber Medio Fuente: Elaboración propia en base a datos del Boletín de Estadísticas de la Seguridad Social. La ilusión monetaria generada en un primer momento es consecuencia del mecanismo rezagado de actualización de los haberes que en el momento de concretarse provoca un salto en el poder de compra que se disuelve rápidamente producto del continuo ascenso del nivel general de precios. En el siguiente cuadro ilustramos esta situación desde el primer incremento otorgado por la fórmula de movilidad hasta la situación previa al aumento que deberá fijarse en septiembre 2012. 10    
  • 11. Cuadro N º 10: Evolución de los haberes nominales, del IPC y de los haberes reales. Septiembre 2010 – Agosto 2012. Septiembre 2010 base=100. Haberes Haberes Haberes Evolución Mes Nominales IPC* Reales Nominales Real Índice Índice Feb-09 $ 690 100,0 100,0 100,0 0 Mar-09 $ 770 111,6 101,2 110,3 10,3% Abr-09 $ 770 111,6 102,4 109,0 -1,2% May-09 $ 770 111,6 103,1 108,2 -0,7% Jun-09 $ 770 111,6 103,8 107,6 -0,6% Jul-09 $ 770 111,6 105,0 106,3 -1,2% Ago-09 $ 770 111,6 106,4 104,9 -1,3% Sep-09 $ 827 119,9 107,6 111,4 6,2% Oct-09 $ 827 119,9 108,7 110,3 -1,0% Nov-09 $ 827 119,9 110,1 108,9 -1,3% Dic-09 $ 827 119,9 112,1 106,9 -1,8% Ene-10 $ 827 119,9 114,7 104,5 -2,2% Feb-10 $ 827 119,9 118,0 101,6 -2,8% Mar-10 $ 895 129,7 121,4 106,8 5,2% Abr-10 $ 895 129,7 123,6 104,9 -1,8% May-10 $ 895 129,7 125,1 103,7 -1,2% Jun-10 $ 895 129,7 127,1 102,1 -1,6% Jul-10 $ 895 129,7 129,5 100,2 -1,9% Ago-10 $ 895 129,7 131,5 98,7 -1,5% Sep-10 $ 1.046 151,7 133,3 113,8 15,3% Oct-10 $ 1.046 151,7 136,6 111,0 -2,4% Nov-10 $ 1.046 151,7 138,4 109,6 -1,3% Dic-10 $ 1.046 151,7 140,8 107,7 -1,7% Ene-11 $ 1.046 151,7 143,3 105,8 -1,8% Feb-11 $ 1.046 151,7 145,1 104,5 -1,3% Mar-11 $ 1.228 177,9 148,8 119,6 14,4% Abr-11 $ 1.228 177,9 152,1 117,0 -2,2% May-11 $ 1.228 177,9 154,9 114,9 -1,8% Jun-11 $ 1.228 177,9 157,2 113,2 -1,5% Jul-11 $ 1.228 177,9 160,5 110,9 -2,0% Ago-11 $ 1.228 177,9 163,8 108,7 -2,0% Sep-11 $ 1.434 207,8 167,0 124,5 14,6% Oct-11 $ 1.434 207,8 168,2 123,6 -0,7% Nov-11 $ 1.434 207,8 170,3 122,0 -1,3% Dic-11 $ 1.434 207,8 172,6 120,4 -1,3% Ene-12 $ 1.434 207,8 175,5 118,4 -1,6% Feb-12 $ 1.434 207,8 178,4 116,5 -1,6% Mar-12 $ 1.687 244,5 181,3 134,9 15,8% Abr-12 $ 1.687 244,5 184,1 132,8 -1,6% May-12 $ 1.687 244,5 187,0 130,7 -1,5% 11    
  • 12. Jun-12 $ 1.687 244,5 189,9 128,7 -1,5% Jul-12 $ 1.687 244,5 192,8 126,8 -1,5% Ago-12 $ 1.687 244,5 195,7 125,0 -1,5% Fuente: Elaboración propia en base a datos del Boletín de Estadísticas de la Seguridad Social. Realizando un análisis del cuadro arriba expuesto se puede observar que: -­‐ Desde la puesta en marcha de la fórmula de movilidad las jubilaciones han aumentado en términos nominales un 144,5%, como ya se ha mencionado al comienzo del trabajo. Sin embargo dado el poder corrosivo de la inflación a marzo 2012 el aumento real es del 34,9%, y a agosto –previamente al aumento de septiembre- será de un 25%. -­‐ A su vez, mientras el aumento nominal entre septiembre 2011 y marzo 2012 es de un 17,6%, el aumento real es de apenas el 8,4%. Asimismo si se compara en términos reales el aumento entre septiembre 2011 y agosto 2012, el mismo habrá prácticamente desaparecido al pasar a ser de apenas el 0,4%. -­‐ Es decir que los aumentos jubilatorios, dado el contexto inflacionario, lo que hacen en términos de poder de compra es, fundamentalmente, mantener el nivel adquisitivo de las jubilaciones. Siendo magras las mejoras en el valor real de las jubilaciones. En concreto, se puede concluir que los incrementos otorgados por la fórmula de movilidad apenas logran compensar los efectos de la inflación sin proponer ningún tipo de recomposición de los haberes jubilatorios Al incorporar el período de la post-Convertibilidad es posible observar que el haber mínimo tuvo un crecimiento exponencial desde el año 2001 al pasar de $150 a $1.434,3 al finalizar el 2011 y situándose en $1.687 desde allí hasta el mes de agosto del presente año. Como consecuencia, durante el período 2001-2012 el incremento fue de nada menos que de 1.024,7% producto de la política de actualización de la jubilación mínima alcanzando una recomposición del 89,7% del poder de compra. Sin embargo, el haber medio quedó a mitad del camino del mínimo siendo que el incremento desde el año 2001 hasta ahora del 507% apenas alcanzó para recuperar el poder adquisitivo perdido durante el período. Este fenómeno de desigualdad entre los haberes encuentra parte importante de su explicación en una combinación de sucesos que se fueron desarrollando a lo largo del período: tanto la estrategia de recomposición diferencial de haberes mediante la actualización prácticamente exclusiva del haber mínimo durante la mayor parte del período posconvertibilidad, como la incorporación masiva del pago de nuevas jubilaciones a partir de la política de inclusión previsional del período 2005- 2007 sin una contrapartida de recursos de tal magnitud y el sostenimiento de la deuda previsional con los jubilados por la no actualización de sus haberes conforme a la evolución de precios durante el período 2002-2006. 12    
  • 13. Cuadro N º 11: Evolución del haber mínimo y del haber medio. Período 2001-2012. Haber Haber medio Haber Mínimo a Haber a precios de IPC Mínimo precios de Medio 2001 2001 2001 $ 150,0 $ 150,0 $ 359,0 $ 359,0 100,0 2002 $ 200,0 $ 141,9 $ 369,1 $ 261,9 140,9 2003 $ 220,0 $ 150,6 $ 387,0 $ 264,9 146,1 2004 $ 308,0 $ 198,7 $ 463,6 $ 299,1 155,0 2005 $ 390,0 $ 224,0 $ 522,4 $ 300,0 174,1 2006 $ 470,0 $ 245,7 $ 595,3 $ 311,3 191,3 2007 $ 596,2 $ 248,0 $ 733,7 $ 305,2 240,4 2008 $ 690,0 $ 233,4 $ 860,4 $ 291,0 295,7 2009 $ 827,2 $ 243,7 $ 1.064,4 $ 313,6 339,5 2010 $ 1.046,4 $ 245,5 $ 1.359,3 $ 318,9 426,2 2011 $ 1.434,3 $ 274,4 $ 1.862,6 $ 356,3 522,7 mar-12 1.687,0 $ 307,2 $ 2.181,2 $ 397,2 549,1 ago-12 1.687,0 $ 284,6 $ 2.181,2 $ 368,0 592,7 Variación 2001- 856,20% 82,92% 418,83% -0,75% 422,75% Diciembre 2011 Variación 2001- 1024,68% 104,82% 507,58% 10,65% 449,10% Marzo 2012 Variación 2001- 1024,68% 89,75% 507,58% 2,51% 492,71% Agosto 2012 Fuente: Elaboración propia en base a datos oficiales del Boletín de Estadísticas de Seguridad Social. Por estas razones el haber medio que durante el 2001 era de $359 y se posiciona durante el 2012 en torno a los $2.180 por efecto de la evolución de precios y la pobre actualización del mismo, estanca su poder de compra. En otros términos, los $2.180 de hoy equivalen a $368 del año 2001. Este es uno de los efectos que tiene el achatamiento que describe a la actual pirámide previsional: el haber medio se deteriora y cada vez más personas ganan lo mínimo que tolera el sistema previsional. En efecto, durante el discurso que sostuvo la presidenta aseguró que la proporción de jubilados que cobran el haber mínimo es del 74,8% elevando incluso el ya alto porcentaje verificado por ANSES a mediados del año pasado. Como da cuenta el cuadro N º 11, mientras en el 2001 el 16,1% de los jubilados cobraban el haber mínimo, en el 2012 siguiendo los nuevos datos, el 74,8% de los jubilados están en esta situación. 13    
  • 14. Cuadro N º 12: Cantidad y porcentaje de beneficiarios totales y que perciben el haber mínimo. 2001 y 2012. 2001 2012 Cantidad % cantidad % En la mínima 533.021 16,1 4.306.871 74,8 Resto 25,2 2.768.421 83,9 1.450.978 Total 3.301.442 100 5.757.849 100 Fuente: Elaboración propia en base a datos oficiales, Discurso de la Presidenta de la Nación 1º de febrero 2012. Este proceso que intentan maquillar como progresivo puesto que supone haber privilegiado a los sectores de menores recursos postergando a los que estaban por encima de la mínima esconde una estrategia que termina igualando para “abajo” socavando el verdadero significado del concepto de progresividad. Más bien, lo que se produce es una suerte de régimen previsional con jubilados pobres. La clave del caso está, por lo tanto, en las limitaciones que exhibe cálculo del haber inicial1 afectado principalmente por una fórmula que termina por distanciar ampliamente el haber jubilatorio del salario percibido en la actividad laboral. A esto se suma el incumplimiento explícito, por parte de las autoridades de ANSES, para la recomposición de los haberes jubilatorios según el fallo judicial de la Corte Suprema de Justicia, el caso Badaro y Sánchez. Como consecuencia de ello, resulta difícil pensar en una solución posible que permita revertir la situación de postergación de los jubilados y pensionados si primero no se resuelve recomponer el nivel de haberes para luego sostenerlo mediante una movilidad adecuada y transparente en el marco de un replanteo más general que involucre a la economía en su conjunto para revisar el proceso inflacionario vigente que atenta cotidianamente contra los ingresos de la población y en especial contra los sectores populares.                                                                                                                       1 El haber jubilatorio actual es el resultado de un componente fijo más una prestación que se calcula como porcentaje (1,5%) de la cantidad de años y del promedio salarial de los últimos 10 años. La dificultad central consiste en que cumpliendo la cantidad de años de aporte obligatorio, 30 años, el 1,5% sólo asegura el 45% del salario que luego es mejorado por el componente fijo (que al momento consiste en $677,62). A esta cuestión debe adicionarse que la movilidad que se aplica para traer a valores presentes las remuneraciones percibidas para el cálculo del haber sufren también de una distorsión que termina por subvaluar el resultado del mismo. 14    
  • 15. 2) La relación entre la fórmula de movilidad, los salarios y el excedente financiero de ANSES La fórmula de movilidad de los haberes que se presenta en el anexo de la Ley 26.417 es muy clara con respecto a su composición. No está sólo en función de las remuneraciones sino que incorpora a la recaudación como elemento central y hasta determinante de la movilidad de las jubilaciones. Es decir, no sólo como un elemento que puede pronunciar o aminorar la relación entre jubilación y salario sino que se presenta en el diseño de la fórmula con la capacidad de escindir esta relación si no hay recursos suficientes. Es decir, que según la ley de movilidad en la medida en que la tasa de crecimiento de los recursos medios totales (en función de la cantidad de recursos por jubilación puesta al pago) del régimen previsional supere a la resultante de los salarios (aunque también combinada con los recursos tributarios medios), continuará la movilidad acorde a los ingresos de los trabajadores; de otro modo, no lo hará y quedará supeditada a las limitaciones fiscales. Por otra parte, el diseño de la fórmula añade otra restricción a la movilidad de las jubilaciones al incorporar componentes que pueden verse afectados por factores externos al sistema previsional. Particularmente, al tener en cuenta la evolución de los recursos en relación con la cantidad de beneficios, la implementación de medidas tales como la moratoria que se abrió en 2005 generaría una caída abrupta de los recursos por beneficio y, por lo tanto, perjudicaría la movilidad. Claro que el problema aquí no es la incorporación de los nuevos jubilados, sino que ellos deban ser financiados por el conjunto de los jubilados. Lo lógico debiera ser que sean financiados por el conjunto de la sociedad, por lo que dicha política debería estar acompañada de un aumento del aporte de los recursos tributarios con destino al pago de los beneficiarios de los regímenes de moratoria previsional. Pero a pesar de lo anterior, lo cierto es que desde el año 2003 ANSES no muestra ni rojos ni déficits de recursos en su cuenta, por lo contrario, se suceden los resultados financieros positivos2, cuestión que también se refleja en los porcentajes que arroja la fórmula de movilidad desde que se puso en marcha (por su proximidad a la evolución salarial que sólo tiene lugar en la medida en que los recursos medios superen la primera evolución). Tal como da cuenta el cuadro N º 13, el esquema ahorro – inversión del ANSES arrojó en 2011 un superávit por $22.699 millones. Al comparar esta masa de recursos con la totalidad de compromisos por prestaciones a la seguridad social (que involucra jubilaciones y pensiones, asignaciones familiares, seguro de desempleo, etc) que asciende a $121.919 millones se constata que el resultado positivo podría haberse garantizado un aumento adicional del 17,4% adicional sobre el conjunto de las prestaciones de la seguridad social. Para el año 2012, previendo un nuevo aumento de la movilidad en septiembre y un aumento en las asignaciones familiares (del régimen contributivo y de la asignación “universal”), estimamos un superávit de nada menos que $14.832,6 millones, es decir                                                                                                                       2 Siendo tal que durante los años 2006, 2007 y 2009 el superávit de ANSES superó en más del 20% el pago prestaciones. 15    
  • 16. una magnitud equivalente al 8% del total de erogaciones destinado al pago de prestaciones de la seguridad social además de las otorgadas por la fórmula de movilidad. Cuadro N º 13: Esquema Ahorro – Inversión del Anses. En millones de pesos. Ejecución al 1er semestre y estimación anual. Est. Propia Concepto Realizado 2011 2012 I) INGRESOS CORRIENTES 171.309,3 220.663,6 - INGRESOS TRIBUTARIOS (1) 45.605,5 57.729,8 - CONTRIBUCIONES A LA SEG. SOCIAL (1) 114.442,4 152.429,0 - INGRESOS NO TRIBUTARIOS 107,2 99,3 - RENTAS DE LA PROPIEDAD (2) 11.154,2 10.405,3 II) GASTOS CORRIENTES 157.868,6 218.524,4 - GASTOS DE CONSUMO Y OPERACION 4.536,0 5.680,5 . Remuneraciones (3) 2.826,5 3.629,5 . Bienes y Servicios 1.709,5 2.050,9 - PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL (4) 129.842,3 185.435,1 - TRANSFERENCIAS CORRIENTES 23.490,3 27.408,9 . Al sector privado 22.663,0 26.491,0 . Al sector público 827,3 917,8 .. Provincias y MCBA 827,3 917,8 III) RESULT.ECON.: AHORRO/DESAHORRO (I-II) 13.440,7 2.139,2 IV) RECURSOS DE CAPITAL 0,9 1,0 - PRIVATIZACIONES 0,9 1,0 V) GASTOS DE CAPITAL 2.682,5 3.409,8 - INVERSION REAL DIRECTA 2.682,5 3.409,8 VI) INGRESOS (I+IV) 171.310,2 220.664,6 VII) GASTOS (II+V) 160.551,1 221.934,2 VIII) CONTRIBUCIONES FIGURATIVAS 39.945,1 51.271,9 IX) GASTOS FIGURATIVOS 28.004,6 35.169,7 X) RESULT.FINANC (VI-VII) -1.269,6 -1.269,6 RESULT.FINANC DESPUES DE XI) CONTRIBUCIONES 22.699,6 14.832,6 (1) Incluye recaudación Estimación Propia (2) Incluye en Anses renta sobre activos $ 10.400 M (3) Incluye aumento salarial 10% julio, 6% septiembre y 2% enero 2012 Incluye aumento a jubilados 17,62% marzo-agosto y 16,8% septiembre-marzo (4) 2013 Fuente: Elaboración propia en base a datos oficiales El superávit que hemos detallado de ANSES, en rigor, computa un rubro entre los ingresos denominado “renta de la propiedad” (en el cual se engloba las diversas rentas que el ANSES obtiene por sus tenencias de acciones, bonos y títulos de carácter público que se consolidan o debiera hacerlo en las cuentas del denominado FGS). Descontando este ítem del resultado excedentario , en el año 2011 en lugar de los $22.700 millones de superávit se generaron $11.545,4 millones y la proyección al año 2012 supondría un excedente de $4.427,3 millones (en lugar de los $14.832,6 millones que incorporan las 16    
  • 17. rentas del FGS). Esto significa que el sistema de reparto genera excedente propio (con independencia de los resultados generados por la tenencia de sus activos financiera entre ellos los derivados del sistema de capitalización) y que como tal debe ser utilizado para el pago de jubilaciones y pensiones. Claramente, tampoco se verifica lo anterior y así los objetivos se trastocan: en lugar de que el FGS sostenga el pago de jubilaciones y pensiones, es el actual esquema de jubilaciones y pensiones el que sostiene el crecimiento del FGS.3 Con los elementos brindados es posible afirmar que la fórmula de movilidad lejos de generar el reparto genera excedentes que en lugar de atribuirlos al fin previsional los vuelca a otros fines (básicamente en el pago deuda pública, infraestructura pública y el sostenimiento de negocios del sector privado –ej. Automotrices- entre otros rubros). Sin embargo, se presenta una coyuntura muy particular ya que la presencia de tales excedentes fiscales convive con serias restricciones económicas que limitan la capacidad de recaudación del sistema público de reparto. En este sentido, conviene remarcar que nuestro régimen previsional está inserto en un esquema económico que lo obliga a enfrentarse básicamente con dos grandes limitaciones estructurales que atentan contra su autosustentabilidad y a otra limitación vinculada con sostener una medida regresiva impuesta en la década del `90: 4) El sostenimiento de la reducción de las contribuciones patronales realizado en los ´90. 5) El persistente y elevado nivel de informalidad laboral. 6) El bajo nivel del salario de la economía. Las contribuciones patronales La reducción de las contribuciones patronales se presenta hoy (como se hizo en los ´90) como una herramienta capaz de incidir positivamente en la generación de empleo a través de la idea, un tanto liberal, que indica que es la reducción del costo laboral la política de empleo más efectiva. Sólo basta recurrir a nuestra propia historia para comprender el absoluto fracaso de esta premisa económica ya que es conveniente recordar que cuando Cavallo puso en práctica esta medida en el año ´93 no se verificó ninguna garantía en la permanencia de los puestos de trabajo. Por el contrario, desde aquel año hasta nuestro presente hemos transitado la crisis más grave del mercado laboral estando vigente esta reducción impositiva (al año 2002 la tasa de desocupación alcanzó su punto álgido en torno del 20%).                                                                                                                       3 El último informe oficial publicado por ANSES da cuenta que el monto de la cartera de activos del FGS se ubica por encima de los $201.027 millones a fines del años 2011 cuando la masa de jubilaciones y pensiones estaría en torno a los $120.000 millones para ese mismo período, poco más de la mitad que el valor del fondo (el Boletín de Estadísticas de la Seguridad Social aporta información hasta el primer semestre del 2011 y sitúa al gasto en este rubro en $64.318 millones). 17    
  • 18. Para estimar cuánto podría recaudarse en 2012 en concepto de restitución de las contribuciones patronales al nivel de 19934, es necesario tener en cuenta la evolución de la recaudación que se espera por ese rubro. En este sentido, presentamos dos estimaciones en el Cuadro Nº 14. La primera tiene en cuenta la evolución que surge de comparar el Presupuesto 2012 con la recaudación realizada en 2011; de allí surge que la masa de contribuciones patronales crecerá un 24%. Sin embargo, teniendo en cuenta una estimación más realista de la evolución de los precios, resulta que la recaudación crecerá un 33,9%. Si sobre esta masa de recursos estimada para 2012, aplicamos la restitución de las contribuciones, la recaudación adicional generada por la misma estaría entre los $58.705 millones y los $63.369 millones. En promedio, esta medida generaría recursos anuales de no menos de $60 mil millones, prácticamente cuatro veces más que superávit fiscal. Cuadro N º 14: Estimación de la recaudación adicional generada por la restitución de las contribuciones patronales a grandes firmas (GF). 2012. En miles de pesos. Estimación con Estimación propia datos oficiales Promedio A) Contribuciones Patronales (CP) recaudadas en Junio 2011 para las GF $ 3.380.277,3 $ 3.380.277,3 $ 3.380.277,3 B) Crecimiento de la recaudación por CP a GF 2011-2012 24,0% 33,9% 28,9% C) Contribuciones Patronales estimadas para 2012 a GF (mensual) $ 4.191.543,9 $ 4.524.540,5 $ 4.358.042,2 D) Estimación 2012 restituyendo las CP a las GF al 33% (mensual) $ 9.083.653,2 $ 9.805.302,8 $ 9.444.478,0 E) Recaudación adicional mensual (D – C) $ 4.892.109,3 $ 5.280.762,3 $ 5.086.435,8 F) Recaudación adicional anual $ 58.705.311,8 $ 63.369.147,5 $ 61.037.229,6 Fuente: Elaboración propia sobre la base de MECON, AFIP y pauta inflacionaria alternativa. Cabe aclarar que para el cálculo anterior, no estamos computando el aumento de la recaudación que supone eliminar la reducción de las contribuciones patronales que dispuso la Ley 26.746, dictada a fines del 2008 a propósito de los paquetes anticrisis del Gobierno. La misma implicó reducir el 50% de las contribuciones vigentes para el primer año y el 25% para el segundo año de cada nuevo empleo a crearse en el período 2009 al 2010. Se trata de una reducción adicional que supone la rebaja de aportes patronales sobre los existentes y que impacta tanto sobre los que entran por primera vez en una relación formal, como sobre aquellos que roten de empleo en el período. Esta norma fue prorrogada en el 2010 por vía del Decreto 2166/2009 dictado el 6 de enero del 2010; nuevamente prorrogado para el 2011 por vía del Decreto 68/2011 dictado el 31 de enero del 2011, y otra vez prorrogado para el 2012 por vía del decreto 298/2011 dictado el 30 de diciembre del 2012. Así como la permanencia de contribuciones patronales reducidas se sostiene mediante la firma de consecutivos decretos resulta entonces, que sólo es necesario recurrir a un simple decreto presidencial para revertir                                                                                                                       4 Según los datos correspondientes a Junio 2011, en la AFIP hay registrados 559.508 empleadores privados, de los cuales apenas 22.180 (el 4%) tienen más de 40 empleados (por lo que no puede considerarse como pymes toda vez que el límite de ocupados de esa definición es hasta 40 empleados). Estas 22.180 firmas representan el 60,6% de los trabajadores privados formales (3.745.587 trabajadores sobre 6.178.058), el 73,1% de la masa salarial formal del sector privado ($22.199 millones sobre un total de $30.355 millones); el 72,4% de los aportes a la seguridad social ($2.400 millones sobre un total de $3.309 millones) y el 74,6% de las contribuciones a la seguridad social ($3.380 millones sobre $4.531 millones). De este modo, las contribuciones a la seguridad social de estas firmas representan apenas el 15,2% de la masa salarial cuando en 1993 (previo a las reducciones representaba el 33%). 18    
  • 19. esta medida y restituir las contribuciones patronales a un nivel adecuado para el financiamiento del sistema previsional. La informalidad laboral La tasa de informalidad laboral promedio para el período iniciado en el 2003 hasta el año 2010 fue de nada menos que del 41,2% y al 2011 continúa en un nivel alto, en torno al 34%. La precarización laboral de la economía que incluye otras categorías ocupacionales además del asalariado no registrado ronda actualmente el 50,9% involucrando a 8.458.880 personas5. Es decir que la precariedad laboral vigente determina que sobre una PEA de 17.436.952 trabajadores sólo 8.836.010 están aportando. Es decir, el 49% de la fuerza laboral no aporta al sistema previsional por encontrarse excluida del mundo laboral formal. Dicho de otro modo, por cada jubilado hay sólo 1,5 aportantes al sistema. Cuadro Nº 15: Cantidad de aportantes en relación a la PEA. IIIº trimestre 2011 y junio 2011. Cantidad Porcentaje 8.836.010 51 Aportantes al SIPA Población Económicamente Activa 17.436.952 100 Fuente: Elaboración propia en base a datos del Boletín Estadístico de la Seguridad Social – MTEySS. Segundo Trimestre de 2011 y EPH-3er trim 2011. Siguiendo la información presentada en el Boletín de la Seguridad Social correspondiente al IIº trimestre de 2011, la cantidad de aportantes a junio del último se encuentra compuesta de la siguiente forma: la gran mayoría, 7,1 millones, son trabajadores dependientes, 301 mil autónomos; 1,1 millones monotributistas y 289 mil pertenecer al servicio doméstico. Cuadro N º 16: Cantidad de aportantes por sector a junio 2011. Relación laboral Total Dependientes Autónomos Monotributistas Serv. doméstico 8.836.010 7.106.896 301.995 1.137.303 289.816 Fuente: Boletín de Seguridad Social, IIº trimestre 2011. MTEySS. Si se realiza el ejercicio de calcular la tasa de sustentabilidad sobre la población económicamente activa, esta pasa a ser de 3 trabajadores por cada pasivo y sobre los ocupados sería 2,8. Es decir que la tasa se duplica en relación a la actualmente vigente. Lo dicho da cuenta, una vez más, de los límites que impone el contexto sociolaboral actual al sistema previsional vigente.                                                                                                                       5 Elaboración propia en base a datos de la EPH al II trimestre 2011. 19    
  • 20. Cuadro N º 17: Tasa de sustentabilidad, en función de la Población Económicamente Activa y Ocupada. IIIº Trimestre 2011. Concepto / Prestaciones Aportantes 1,5 PEA 3,0 Ocupados 2,8 Fuente: Elaboración propia sobre la base de EPH, IIIº trimestre 2011 y Discurso de la Presidenta de la Nación 1º de febrero 2012. En este marco laboral actual no sólo se puede aprehender los límites fiscales del sistema previsional vigente sino que también se lee claramente el problema futuro del sistema previsional argentino. En nuestro país hay nada menos que 8,6 millones de argentinos que no podrán jubilarse en el marco de la ley vigente. Desafío que necesita de una revisión estructural del sistema para ser atendido adecuadamente y que no redunde en un perjuicio a la calidad de las prestaciones (cuestión que sucedería con la fórmula de movilidad vigente). Los salarios Por otro lado, en el marco de una economía que presenta una media salarial de $2.638 para el conjunto de ocupados, el haber medio de $ 2.215 representa el 84,0% de esta media salarial y el haber mínimo representa el 76,2% del mismo. Cuadro N º 18: Haber Mínimo, Haber Medio a marzo 2012 y Salario medio del conjunto de ocupados, 2º trimestre 2011. Participación sobre la Montos media salarial Haber Mínimo 1.687 76,2 Haber Medio 2.215 84,0 Sueldo medio 2.638 100,0 Fuente: Elaboración propia en base a datos extraídos del discurso de la Presidenta de la Nación el 1º de febrero de 2012 y EPH- 2º trimestre 2011.   En este sentido consideramos que la presencia de una media salarial muy baja impacta sensiblemente en la posibilidad de brindar haberes más altos ya que vuelve escasos los recursos que dispone el sistema previsional, aunque claro está que esto no exime al Estado de la posibilidad de hacerse de otras fuentes de recursos que permitan elevar la calidad de vida de los jubilados y pensionados. Obviamente que esto implicaría la decisión de poner en práctica la necesaria pero postergada reforma tributaria para dotar de mayores recursos y de mayores grados de progresividad al esquema de recaudación vigente. Aquí se exhibe nuevamente los límites estructurales con los que enfrenta el sistema previsional. El esquema productivo actual en el marco de relaciones sociales vigente sostiene un sistema económico de baja productividad que se expresa directamente en una media salarial deprimida que reproduce sus efectos, no sólo en la vida activa sino 20    
  • 21. también, en la vida pasiva de la población. Por lo tanto, este círculo vicioso en que se inscribe un sistema contributivo basado principalmente en los aportes salariales encuentra su salida a través del pago de haberes acordes al nivel de su base imponible. A pesar de esto, los valores expuestos en el cuadro N º 18 que supone que el haber medio representa el 84% de la media salarial está lejos de argumentar que nos encontramos cerca del postergado 82% móvil porque tal comparación no se vincula con la tasa de sustitución del sistema previsional: particularmente el conjunto de trabajadores que están registrados, en una relación laboral estable, es decir quienes potencialmente reúnen los requisitos para obtener una futura jubilación son justamente quienes perciben un salario muy superior a la media, a junio 2011 la remuneración promedio de los trabajadores estable es de $4.575,38, es decir que con respecto a los $2.180 del haber medio apenas representa el 47,7%. De lo expuesto surge con claridad de que los problemas previsionales no son ajenos a la lógica económica en la que se inscriben. Por ende, solo es modificando las condiciones que definen que la economía argentina inhiba el crecimiento salarial como motor de demanda que se puede gestar un replanteo profundo y racional sobre el sistema previsional. En otros términos, no es sin resolver la situación de postergación y subordinación de los trabajadores y de su poder de compra que se podrá resolver la situación de postergación de los haberes previsionales. Sin embargo, la agenda oficial pareciera postergar la necesidad de efectuar dicho replanteo y sortear el impacto del deterioro laboral sobre el régimen de previsional a través de: -­‐ La búsqueda de recursos tributarios que actualmente superan en más del 40% el total de los recursos recaudados por ANSES (ver explicación en el siguiente punto) -­‐ Mediante la aplicación de una fórmula de movilidad que sostiene una estructura de haberes deprimida al tiempo que garantiza excedente para financiar la política económica del gobierno nacional:  La fórmula de movilidad vigente no es una fórmula de reparto sino que resulta ser una fórmula que garantiza excedentes. Esto es así porque se elige de dos fórmulas posibles de ser pagadas, la menor para garantizar que sobren recursos luego de pagada la movilidad. -­‐ Postergando la recomposición de los haberes jubilatorios mediante el incumplimiento los fallos judiciales de las Corte Suprema de Justicia de la Nación, como los casos Sanchez y Badaro. Los recursos tributarios en la ANSES. El cuadro que se expone a continuación da cuenta de que de los 86.000 millones de pesos que fueron necesarios para sostener el sistema durante el Iº semestre 2011, 48.000 millones provinieron de los aportes realizados por los trabajadores y los patrones, mientras que 38.000 millones tienen su origen en aportes tributarios del Tesoro, es decir una asistencia de nada menos que el 44%. 21    
  • 22. Cuadro N º 19: Ingresos devengados tributarios y corrientes. Fuente: Boletín de Seguridad Social, IIº trimestre 2011. MTEySS. Pese a esta importante asistencia del tesoro a la seguridad social conviene relativizar el argumento que, a partir de estos números, infiere que una parte importante de las jubilaciones se sostienen con aportes del Tesoro nacional. La ANSES durante los últimos años ha incorporado una gran cantidad de programas, con fines sociales y no sociales, que se adicionan a su función tradicional destinada al pago de las prestaciones previsionales y otras prestaciones de la seguridad social. A fin de dar cuenta de lo dicho a continuación se expone un cuadro donde presentamos el peso relativo que poseen las aquí llamadas “nuevas Prestaciones”: Asignación Universal por Hijo, los beneficios incorporados a través de la Moratoria Previsional, la jubilación anticipada y el programa “Conectar con Igualdad”. Cuadro N º 20: Composición del financiamiento de la ANSES. Presupuesto 2012. En millones de pesos. Prestaciones Nº % AUH y AUE 11.691 5,4 Conectar Igualdad 3.223 1,5 Moratoria 62.206 28,5 Gasto nuevas prestaciones 77.120 35,4 Gasto anteriores prestaciones 140.938 64,6 Gasto total 218.058 100,0 29.849 13,7 Resultado financiero Gasto nuevas prestaciones + 106.969 49,1 usos del excedente financiero Fuente: Elaboración propia en base a Proyecto de Presupuesto 2012 y Boletín de la Seguridad Social II trimestre 2011. 22    
  • 23.   Si se analiza el cuadro se observa que “Gastos Anteriores” tiene un peso presupuestario del 64,6%. Cabe recordar que en este concepto se ha incorporado el costo de las jubilaciones existentes anteriormente a la moratoria, el costo de las Asignaciones Familiares de los trabajadores pasivos y activos (es decir que se ha excluido a la AUH) y finalmente el costo del Seguro por Desempleo. Mientras que las “Nuevas prestaciones” ascienden a $77.120 millones, el 35,4% sobre el gasto total de ANSES. Incluso si incorporamos el excedente financiero que en los últimos años ha tenido como principal destino incrementar el Fondo de Garantía y Sustentabilidad (FGS) y/o financiar deuda pública, el total de nuevas funciones de la ANSES alcanza nada menos que $106.969 millones, es decir el 49% del gasto total. Por lo tanto, actualmente la ANSES conlleva responsabilidades en materia presupuestaria que no contemplaba anteriormente pero que no han venido acompañadas de una cantidad adecuada de recursos. Como se observa del cuadro adjunto, ANSES recibe $98.270 millones de recursos tributarios, es decir que le restaría $8.699 millones para cubrir los gastos por las nuevas prestaciones y destinos que tiene actualmente ANSES verificándose entonces que la asistencia termina siendo desde ANSES a la caja del Tesoro Nacional y no al revés, como suele decirse. Cuadro N º 21 Composición del financiamiento de la ANSES. En millones de pesos. Concepto Nº Nominal % Recursos tributarios 55.656 22,5 Contribuciones Figurativas 42.614 17,2 (15% sobre coparticipados) Total Asistencia del 98.270 39,6 Tesoro a ANSES Ingresos No 133 0,1 Tributarios Aportes y 139.092 56,1 Contribuciones Rentas de la Propiedad 10.412 4,2 Total Ingresos 247.907 100 Fuente: Elaboración propia en base a Proyecto de Presupuesto 2012. Por lo tanto, la asistencia real del tesoro a las jubilaciones es menor que la comúnmente se expresa ya que sostiene un organismo que ha diversificado ampliamente sus objetivos y que como consecuencia precisa incluso de más recursos para evitar que tal multifuncionalidad no derive en postergar uno de los principales fines, la atención a la población adulta mayor. Es decir, aquí no se cuestiona la expansión de las funciones sociales, de hecho se entiende que estas deben ser profundizadas a fin de generar una verdadera política distributiva. Lo que se busca aquí es evidenciar que la incorporación de estos nuevos programas no vino de la mano de nuevas fuentes de financiamiento, y como consecuencia las prestaciones y los grupos poblacionales a los que éstas cubren entran en competencia por los escasos recursos existentes. 23    
  • 24. 3) Acerca de la escasa transparencia de la Fórmula de Movilidad La fórmula de movilidad que rige desde 2008 toma en cuenta el menor de dos cálculos posibles: Donde “m” es el porcentaje de movilidad del período. “a” es el tramo de la función de movilidad previo a la aplicación del límite; “RT” es la variación del índice de recursos tributarios por beneficio. El mismo compara semestres idénticos de años consecutivos; “w” es la variación del índice general de salarios publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos o la variación del índice RIPTE -Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables-, publicado por la Secretaría de Seguridad Social, la que resulte mayor. En ambos casos se compararán semestres consecutivos; “b” es el tramo de la función de movilidad que opera como eventual límite; “r” es la variación del índice de recursos totales por beneficio de la Administración Nacional de la Seguridad Social. El mismo compara periodos de doce (12) meses consecutivos. La escasa transparencia con la cual se viene instrumentando la aplicación de la fórmula (en ningún momento se ha expuesto claramente el modo en que se procede a calcular los aumentos), impide realizar un seguimiento o control de los ajustes por movilidad. Así, se sabe que el aumento fijado para Marzo de 2012 es del 17,62%, pero no se conoce cómo se ha determinado dicho ajuste. El único intento del gobierno por “aclarar” este punto puede verse en el siguiente fragmento del discurso de la Presidenta, en el momento que anunciaba el aumento: “Pero es muy importante saber cómo se compone este 17,62 por ciento, porque no es mágico, es la famosa fórmula. El mayor aporte a este 17,62 por ciento, lo hicieron los recursos tributarios. Ustedes saben que los recursos tributarios de nuestro país son: en primer lugar, el IVA, por importancia de recaudación; Ganancias; Derechos de Exportación e Impuesto al Cheque. En ese orden son los recursos tributarios que en la fórmula han determinado un 9,92 por ciento de aumento. 24    
  • 25. El otro 7,70 por ciento, es la seguridad social, la variación de los salarios y, por lo tanto, el aumento de las contribuciones personales de los trabajadores y los aportes de sus empleadores.” Más que aclarar, la explicación citada oscurece aún más el mecanismo de ajuste. En primer lugar, menciona a los Derechos de Exportación como parte de los recursos tributarios destinados a ANSES, cuando en realidad los mismos no se encuentran incluidos en los ingresos del organismo.6 Por otra parte, no queda claro si el 7,7% que menciona se debe a la evolución de los salarios (“w”) o a la variación de los recursos totales de ANSES, que incluyen los aportes y contribuciones, y que determinan “r”. Si bien es cierto que ambas variables se encuentran relacionadas, sería deseable que los datos utilizados para determinar los aumentos se expliciten y difundan sistemática y transparentemente. De lo contrario, el régimen de movilidad vigente da lugar a sospechas acerca de la manipulación de la fórmula. A modo de ejemplo, realizamos un ejercicio para determinar la movilidad correspondiente a Septiembre 2011 (ya que para Marzo 2012 la información no se encuentra disponible), momento en el cual el gobierno estipuló un aumento del 16,82%. Para ello tuvimos en cuenta los datos publicados en el Boletín Estadístico de la Seguridad Social (BESS) del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y los períodos definidos por la fórmula para determinar las variaciones. De esta manera, en el Cuadro Nº 1 puede verse que la variación de los ingresos tributarios por beneficio (RT) fue del 34,2%, mientras que la mayor variación de los salarios (w) surge del RIPTE y alcanzó el 17,8% (ver Cuadro Nº 2). Con respecto a los recursos totales por beneficio (r), los mismos variaron un 28,2% (ver Cuadro Nº 3). Cuadro Nº 17: Evolución de los ingresos tributarios de ANSES por beneficio. 1er semestre 2010-1er semestre 2011. Ingresos Ingresos Tributarios por Período Beneficios Tributarios* Beneficio** 1er semestre 2010 5.661.822 $ 27.953,4 $ 4.937,2 1er semestre 2011 5.740.047 $ 38.029,7 $ 6.625,3 Variación 1,4% 36,0% 34,2% * En millones de pesos ** En pesos Fuente: Elaboración propia en base a datos del Boletín Estadístico de la Seguridad Social del MTEySS.                                                                                                                       6 Los recursos tributarios destinados a ANSES están integrados por: - 15% de la coparticipación federal. - 10,3% de IVA. - 120 millones de pesos anuales del Impuesto a las Ganancias y el 20% de la recaudación restante del gravamen. - 21% del Impuesto a los Combustibles, más los ingresos que aporten los tributos específicos al gasoil, diesel, kerosene y GNC. - 100% del Impuesto Adicional a los Cigarrillos. - 70% del Monotributo. 25    
  • 26. Cuadro Nº 18: Evolución del Índice de Salarios de INDEC y del RIPTE. 2do semestre 2010-1er semestre 2011. Índice de Período Salarios RIPTE 2do semestre 2010 100,0 100,0 1er semestre 2011 113,6 117,8 Variación 13,6% 17,8% Fuente: Elaboración propia en base a datos de INDEC y del Boletín Estadístico de la Seguridad Social del MTEySS. Cuadro Nº 19: Evolución de los ingresos totales de ANSES por beneficio. Diciembre 2009-Diciembre 2010. Ingresos Ingresos Totales por Período Beneficios Totales* Beneficio** Dic-09 5.575.639 $ 102.894,3 $ 18.454,3 Dic-10 5.723.615 $ 135.371,5 $ 23.651,4 Variación 2,7% 31,6% 28,2% * En millones de pesos ** En pesos Fuente: Elaboración propia en base a datos del Boletín Estadístico de la Seguridad Social del MTEySS. Introduciendo los componentes anteriores en los tramos de la fórmula resulta que el tramo “a” da un 26% mientras que el tramo “b” da 29%. Como se elige el menor de ambos tramos, la movilidad para Septiembre 2011 quedaría determinada en 26%. Sin embargo, tal como mencionamos anteriormente, el aumento establecido por el gobierno para ese período fue del 16,82%. Más allá de que no se sabe si la información publicada en el BESS es exactamente la misma que utiliza el gobierno para establecer el ajuste, cabe destacar dos cosas: 1) Es una fuente oficial que debería coincidir con el resto de las fuentes que pueda llegar a utilizar el gobierno; 2) Una distancia de 10 puntos porcentuales tiene una magnitud tal que no puede justificarse por leves diferencias en los datos utilizados. Cuadro Nº 20: Aumento por movilidad correspondiente a Septiembre 2011 según estimación propia. Componente Resultado RT 34,2% w 17,8% r 28,2% a (0,5 x RT + 0,5 x w) 26,0% b (1,03 x r) 29,0% m 26,0% Fuente: Elaboración propia en base a datos del Boletín Estadístico de la Seguridad Social del MTEySS. Con este ejercicio no inferimos necesariamente que el aumento del mes de septiembre 2011 debió ser superior al anunciado oficialmente sino que el grado de incertidumbre y de maniobra con respecto a los componentes de la fórmula es tal que incluso utilizando las series oficiales a disposición del público y respetando el procedimiento descripto por el diseño de la fórmula de movilidad, las diferencias son sustanciales. A la inversa del resultado alcanzado para nuestras estimaciones, con respecto al último aumento otorgado del 17,62% versiones cercanas al círculo oficial indicaría que el resultado de la fórmula, en esta ocasión, fue inferior al anunciado. Por lo que es posible deducir que, en 26    
  • 27. la práctica, el objetivo final (de la fórmula o de sus resultados) es apenas contener los efectos de la inflación. En definitiva, los aspectos desarrollados dejan claro que la fórmula de movilidad actual no es de reparto. No es extraño que así suceda. La citada fórmula fue aprobada con anterioridad a la eliminación de las AFJPs. Por tal motivo, para aprovechar el cambio estructural que su eliminación supuso se requiere discutir una nueva fórmula de movilidad que permita que los mayores recursos efectivamente "se repartan" entre los beneficiarios. Inclusive, al momento de debatirse en el Parlamento la eliminación de las AFJPs, tanto el responsable del ANSES (hoy Vicepresidente de la Nación) como el Ministro de Trabajo, aseguraron que debido al "cambio estructural que significa la eliminación de las AFJPs, la fórmula de movilidad debería revisarse". Sin embargo, lamentablemente, a la fecha aún sigue pendiente dicha revisión. La diferencia entre establecer una movilidad de los haberes jubilatorios que garantice el carácter sustitutivo de los mismos respecto al salario y la fórmula de movilidad vigente es básicamente conceptual. El diseño de la fórmula puesta en marcha en el 2009 desengancha la evolución de las jubilaciones de los salarios escindiendo la relación sustitutiva que debiera ser sostenida y la supedita a la dinámica de los recursos y a la cantidad de jubilaciones puestas al pago cuestión que, según la coyuntura por la que se atraviesa, puede tener mejores o peores resultados. 27    
  • 28. DOS REFLEXIONES ADICIONALES SOBRE EL PLANTEO PRESIDENCIAL En este apartado intentamos detenernos sobre dos cuestiones adicionales a las desarrolladas de relevancia para el sistema previsional que estuvieron presentes en planteo presidencial al momento de anunciar el primer incremento de la fórmula de movilidad para el año 2012 que en la búsqueda de generar mayores grados de legitimación social olvidan u omiten desafíos fundamentales para nada desdeñables y todavía pendientes en la agenda oficial. Sobre los récord de recaudación anunciados y la omisión del pago extra de fin de año a los jubilados El anuncio del nuevo porcentaje del incremento del haber jubilatorio incluyó una mención al récord de recaudación durante el mes de diciembre que según palabras de la presidenta trepó a $52.844 millones como consecuencia a su vez, de otro récord histórico en el ámbito de la seguridad social. Sin embargo en este mismo mes el bonus o pago extra de fin de año que venían recibiendo los jubilados y pensionados durante los últimos años no se concretó. Recordemos que en Diciembre 2008 (Decreto 2300/2008) se otorgó una suma fija de $200, en Diciembre 2009 (Decreto 1879/2009) $350 y en Diciembre 2010 (Decreto 1856/2010) $500. El indiscutible rasgo discrecional de este tipo políticas de ingreso no permite lugar a reclamo, tampoco genera obligación por parte de las autoridades a sostenerlo pero al menos permite tomar conciencia acerca de esquema de prioridades de la agenda oficial y de los conceptos susceptibles de ajustes y moderación del gasto público en tiempos de austeridad económica y de la necesidad de reducir considerablemente el margen de discrecionalidad cuando se trata de garantizar derechos. Sobre la cobertura previsional En su discurso la presidenta enfatizó una “cobertura del 95,1 por ciento de la gente en condiciones de estar jubilada en la República Argentina” haciendo referencia a 6.879.000 personas de los cuales, el 44 por ciento fueron incluidos en virtud de la moratoria previsional. Esta información nos resulta por lo menos curiosa siendo que el Presupuesto Nacional para el año 2012 estimó una cobertura cercana al 85% proyectando el pago de 5.596.817 pagos en concepto de jubilaciones y pensiones. Por otro lado, la EPH permite arribar a resultados similares al anterior, exactamente del 83,9% durante el segundo trimestre del 2011. Cabe aclarar de todas formas que la cobertura previsional en general es una información que requiere de una tarea compleja dada la fragmentación del sistema previsional. A la dificultad de estimar la cobertura de las cajas provinciales no transferidas, de los retirados y pensionados de las FFAA y de Seguridad y de los regímenes especiales se adiciona otra relacionada con la unidad de medida que implica que generalmente las estadísticas previsionales registren “beneficios” en lugar de jubilados y pensionados sobreestimando el alcance de la prestación al no poder descontar los casos de doble cobertura7.Pero lo llamativo del dato que expresa un 95% de cobertura actual es que, si la información oficial relevada a                                                                                                                       7 Cuestión que no puede ser salvada incluso por la unidad de medida “beneficiarios” puesto que la misma incorpora población que todavía no ha cumplido con la edad jubilatoria pero que, debido a regímenes especiales, ya han podido jubilarse. 28