1. CARACTERÍSTICAS DEL
SINADECI
Universal: Tiene una vocación universalista que transpone
las fronteras para fraternizar con todos los pueblos del mundo.
Comunitaria: El Sistema de Defensa Civil en estructura
orgánica está formado en base a Comités cuyos integrantes, tanto
del Sector Público como el Privado, en los diferentes niveles
proporcionan los recursos humanos indispensables y aportan los
recursos materiales, según el caso, para de esta manera asegurar
una funcionalidad eficaz del Sistema, ya sea en situaciones de
emergencia o en preparación para ésta. Multisectorial: Los
Comités de Defensa Civil están conformados por representantes
de organismos públicos y privados en los diferentes niveles y
organismos públicos constitutivos correspondientes a tantos
sectores de la Administración Pública como sea necesario para un
eficaz funcionamiento.
2. Integracionista: Esta característica tiende a desarrollarse
paulatinamente conforme cada peruano tome conciencia del papel
que le toca desempeñar en la sociedad. Un desastre tiende a
integrar en un acto común a todos los pobladores, porque todos
tenemos algo que hacer y algo que no hacer para superar o evitar el
caos que siempre suele generarse.
Solidaria: Cuando se produce un desastre; en todos los seres
humanos surge el espontáneo y natural sentimiento de solidaridad.
Lo que impulsa el auxilio inmediato de los pueblos afectados.
3. ESTRUCTURA Y COMPETENCIAS DEL
SINADECI
El SINADECI está conformado por:
a) El Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, Ente Rector del
Sistema. b) El Consejo Nacional de Defensa Civil
– CONADECI. c) Los
Ministerios, a través de las Oficinas de Defensa Civil.
d) Los Sistemas Regionales de Defensa Civil - SIREDECI.
e) Las unidades administrativas del Poder Legislativo, Poder Judicial y
del Ministerio Público.
EL INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL : es el Ente Rector
del SINADECI, constituyéndose en autoridad técnico-normativa a nivel
nacional, encargada de aprobar las directrices para la implementación
de los Lineamientos de la Defensa Civil establecidos en la presente Ley.
Es un Organismo Público adscrito a la Presidencia del Consejo de
Ministros, con personería jurídica de Derecho Público, constituye un
pliego presupuestario y cuenta con autonomía técnica, funcional,
económica y administrativa Es responsable del correcto funcionamiento
del SINADECI en el marco de la presente Ley.
4. EL CONSEJO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL: Es la máxima
instancia de decisión política y de coordinación estratégica frente a
la ocurrencia de emergencias y desastres, cuya magnitud supere o
pueda superar la capacidad de respuesta de los Gobiernos
Regionales. Se instala por decisión del Presidente del Consejo de
Ministros, a solicitud del Presidente de la(s) Región(es) afectadas, o
a propuesta del Jefe del INDECI, para la toma de decisiones,
medidas y acciones destinadas a la atención de emergencias y
desastres.
5. SISTEMAS REGIONALES DE DEFENSA
CIVIL Forman parte del
SINADECI y tienen competencia para la ejecución de las acciones
de Defensa Civil en el ámbito de la jurisdicción territorial de cada
Gobierno Regional. El Gobierno Regional respectivo es el
Ente Rector del SIREDECI. Los
Comités de Defensa Civil y las Oficinas de Defensa Civil constituyen
la base estructural del Sistema en el ámbito regional y local.
Los SIREDECI y sus órganos integrantes, con independencia de sus
competencias, funciones y responsabilidades exclusivas, tienen
relación de dependencia con el Ente Rector del Sistema, en los
aspectos técnico-normativo, de coordinación de su operatividad
técnica y de responsabilidad en la observancia y cumplimiento de
las funciones del SINADECI.
6. COMITES DE DEFENSA CIVIL: Son órganos colegiados del
Sistema, de funcionamiento permanente, responsables de
coordinar y articular las acciones de Defensa Civil en el
marco de los lineamientos establecidos por la presente Ley y
las Directrices emitidas por el INDECI, en el ámbito de su
jurisdicción.