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Capacitacion taller de auditoria
1.
2. Imp. Renta ANTICIPOS DE IMP. A IVA
LA RENTA SEMESTRAL
ICE Y
P. Natural
Sociedad
Noveno
Dia RETENCIONES
SEMESTRE
SEMESTRE
Digito MENSUAL
Primer EN LA FUENTE
1ER
SegundaCuota
2º
Cuota
10 MARZO ABRIL JULIO SEPTIEMBRE MES SIGUIENTE MES SIGUIENTE
1
12 MARZO ABRIL JULIO SEPTIEMBRE MES SIGUIENTE MES SIGUIENTE JULIO ENERO
2
14 MARZO ABRIL JULIO SEPTIEMBRE MES SIGUIENTE MES SIGUIENTE JULIO ENERO
3
16 MARZO ABRIL JULIO SEPTIEMBRE MES SIGUIENTE MES SIGUIENTE JULIO ENERO
4
18 MARZO ABRIL JULIO SEPTIEMBRE MES SIGUIENTE MES SIGUIENTE JULIO ENERO
5
20 MARZO ABRIL JULIO SEPTIEMBRE MES SIGUIENTE MES SIGUIENTE JULIO ENERO
6
22 MARZO ABRIL JULIO SEPTIEMBRE MES SIGUIENTE MES SIGUIENTE JULIO ENERO
7
24 MARZO ABRIL JULIO SEPTIEMBRE MES SIGUIENTE MES SIGUIENTE JULIO ENERO
8
26 MARZO ABRIL JULIO SEPTIEMBRE MES SIGUIENTE MES SIGUIENTE JULIO ENERO
9
28 MARZO ABRIL JULIO SEPTIEMBRE MES SIGUIENTE MES SIGUIENTE JULIO ENERO
0
Art. 68.- Plazos para declarar y pagar.
Art. 96 y 97.- Plazos para declarar y pagar.
Art. 145.- Declaración del impuesto
REGLAMENTO PARA LA APLICACION DE LA LEY ORGANICA DE REGIMEN TRIBUTARIO INTERNO. Decreto Ejecutivo Nº 1051
Suplemento del Registro Oficial No. 337 del jueves 15 de mayo del 2008
3. SANCIONES POR INFRACCIONES: DECLARACIONES TARDIAS
IMPUESTO A LA RETENCIONES IVA RETENCIONE IMPUESTO A
INFRACCIONES
RENTA ANUAL EN LA FUENTE S DE IVA LOS
MENSUALES CONSUMOS
MENSUAL SEMESTRAL
ESPECIALES
3% del impuesto 3% del impuesto 3% del impuesto 3% del 3% del 3% del impuesto
causado, por mes o causado, por a pagar, por impuesto a impuesto causado, por
fracción, máximo mes o fracción, mes o fracción, pagar, por causado mes o fracción,
SI CAUSA IMPUESTO
hasta el 100% del máximo hasta el máximo hasta el mes o (retenido), por máximo hasta el
impuesto causado 100% del 100% del fracción, mes o 100% del
impuesto impuesto a máximo fracción, impuesto
causado pagar hasta el máximo hasta causado
100% del el 100% del
impuesto a impuesto
pagar causado
Art. 100.- Cobro de multas.- (Reformado por el Art. 142 de la Ley s/n, R.O. 242-3S, 29-XII-2007)
LEY DE RÉGIMEN TRIBUTARIO INTERNO
4. INTERES POR DECLARACIONES TARDIAS
AÑOS 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012
ENE 1,171% 1,026% 0,735% 0,824% 0,904% 1,340% 1,143% 1,149% 1,085% 1,021%
FEB 1,171% 1,026% 0,735% 0,824% 0,904% 1,340% 1,143% 1,149% 1,085% 1,021%
MAR 1,171% 1,026% 0,735% 0,824% 0,904% 1,340% 1,155% 1,149% 1,085% 1,021%
ABR 1,089% 0,994% 0,825% 0,816% 0,860% 1,304% 1,155% 1,151% 1,081% -
MAY 1,089% 0,994% 0,825% 0,816% 0,860% 1,304% 1,155% 1,151% 1,081% -
JUN 1,089% 0,994% 0,825% 0,816% 0,860% 1,304% 1,555% 1,151% 1,081% -
JUL 1,115% 0,931% 0,814% 0,780% 0,824% 1,199% 1,555% 1,128% 1,046% -
AGO 1,115% 0,931% 0,814% 0,780% 0,824% 1,199% 1,555% 1,128% 1,046% -
SEP 1,115% 0,931% 0,814% 0,780% 0,824% 1,199% 1,555% 1,128% 1,046% -
OCT 1,035% 0,885% 0,712% 0,804% 0,992% 1,164% 1,144% 1,130% 1,046% -
NOV 1,035% 0,885% 0,712% 0,804% 0,992% 1,164% 1,144% 1,130% 1,046% -
DIC 1,035% 0,885% 0,712% 0,804% 0,992% 1,164% 1,144% 1,130% 1,046% -
Art. 21.- Intereses a cargo del sujeto pasivo.- (Reformado por el Art. 1 de la Ley s/n, R.O. 242-3S, 29-XII-2007)
CodigoTributario
7. El señor Luis Leonardo Figueroa Contreras, es Artesano Calificado por la Junta Nacional de Defensa del
Artesano, obtiene su RUC el 01 de julio de 2011; los datos que constan en el RUC son los siguientes:
Tipo de contribuyente: Persona Natural
Número de Ruc: 0703883397001
Apellidos y Nombres: Figueroa Contreras Luis Leonardo
Estado de la Persona Natural: Activo
Fecha de Inscripción: 01 de Julio del 2011
Fecha de Inicio de Actividades: 01 de Julio del 2011
Actividad Económica: Servicios de mantenimiento e instalación de redes
eléctricas
Obligaciones Tributarias: IVA semestral
RUC
Después de inscribirse en el RUC el Señor Luis Figueroa se acercó a una
imprenta autorizada por el SRI y obtuvo un libretín de facturas con el cual
empieza su actividad.
Las ventas son mayores USD 4,00 por lo que siempre entrega facturas.
8. AGOSTO 2011
NO DE
FECHA CONCEPTO VALOR IVA
COMPROB DE VTA
04/08/2011 001-001-0001 Colocación de breques 100 0
06/08/2011 001-001-0002 Servicio de Instalación Eléctrica 290 0
07/08/2011 001-001-0003 Servicio de Instalación Eléctrica 250 0
10/08/2011 001-001-0004 Cambio de fusibles 30 0
20/08/2011 001-001-0005 Servicio de Instalación de computador 20 0
27/08/2011 001-001-0006 Cambio de fusibles 25 0
TOTAL DE VENTAS 815 0
SEPTIEMBRE 2011
NO DE
FECHA CONCEPTO VALOR IVA
COMPROB DE VTA
04/09/2011 001-001-0007 Anulado 0 0
09/09/2011 001-001-0008 Colocación de breques 90 0
12/09/2011 001-001-0009 Servicio de Instalación Eléctrica 320 0
15/09/2011 001-001-0010 Servicio de Instalación Eléctrica 550 0
20/09/2011 001-001-0011 Cambio de fusibles 30 0
22/09/2011 001-001-0012 Servicio de Instalación de computador 80 0
29/09/2011 001-001-0013 Reparación de sistema eléctrico 200 0
TOTAL DE VENTAS 1270 0
9. OCTUBRE 2011
NO DE
FECHA CONCEPTO VALOR IVA
COMPROB DE VTA
01/10/2011 001-001-0014 Colocación de breques 140 0
03/10/2011 001-001-0015 Servicio de Instalación Eléctrica 340 0
05/10/2011 001-001-0016 Servicio de Instalación Eléctrica 370 0
08/10/2011 001-001-0017 Cambio de fusibles 90 0
12/10/2011 001-001-0018 Servicio de Instalación 100 0
25/10/2011 001-001-0019 Cambio de fusibles 50 0
TOTAL DE VENTAS 1090 0
NOVIEMBRE 2011
NO DE
FECHA CONCEPTO VALOR IVA
COMPROB DE VTA
03/11/2011 001-001-0020 Colocación de breques 90 0
05/11/2011 001-001-0021 Servicio de Instalación Eléctrica 270 0
10/11/2011 001-001-0022 Servicio de Instalación Eléctrica 300 0
12/11/2011 001-001-0023 Cambio de fusibles 50 0
17/11/2011 001-001-0024 Servicio de Instalación Eléctrica 180 0
26/11/2011 001-001-0025 Servicio de Instalación Eléctrica 100 0
TOTAL DE VENTAS 990 0
10. DICIEMBRE 2011
NO DE
FECHA CONCEPTO VALOR IVA
COMPROB DE VTA
04/12/2011 001-001-0026 Colocación de breques 40 0
05/12/2011 001-001-0027 Servicio de Instalación Eléctrica 370 0
15/12/2011 001-001-0028 Servicio de Instalación Eléctrica 350 0
17/12/2011 001-001-0029 Cambio de fusibles 30 0
21/12/2011 001-001-0030 Servicio de Instalación de Aire Acondicionado 200 0
29/12/2011 001-001-0031 Cambio de fusibles 20 0
TOTAL DE VENTAS 1010 0
NO DE
FECHA CONCEPTO VALOR IVA
COMPROB DE VTA
02/08/2011 001-001-025896 Compra de cables de cobre 500 60
04/08/2011 003-001-027811 Compra de fusibles 100 12
13/08/2011 001-002-09894 Compra de caja de breques 175 21
12/09/2011 002-001-3188 Compra de enchufes 50 6
25/09/2011 001-001-358 Compra de caja de herramientas 120 14.40
02/10/2011 001-001-149 Caja de pernos 100 12
15/10/2011 001-001-3258 Compra de cables 150 18
18/10/2011 001-001-25897 Compra de focos 175 21
19/10/2011 002-001-2571 Compra de cautín 100 12
12/10/2011 001-001-689 Compra de juego de hexágonos 180 21.60
03/11/2011 001-001-2889 Compra de caja de herramientas 200 24
10/11/2011 001-001-2146 Compra de desarmadores 100 12
03/12/2011 001-001-8792 Compra de fusibles 50 6
TOTAL DE COMPRAS 2000 240
11. Como podemos ver el Señor Figueroa, ha registrado sus ventas a diario
mediante su registro de ingresos, de esta manera él tendrá una herramienta
muy importante y sobretodo funcional para poder realizar su declaración
semestral, además de que ha cumplido con una de sus obligaciones como
contribuyente que es la de llevar los registros respectivos.
El Señor Luis Leonardo Figueroa elabora su declaración semestral de IVA, debido a que su noveno dígito del
RUC es el 9, debe presentar su declaración del primer semestre de 2012 hasta el 26 de enero y hasta el 26 de
julio el segundo semestre (ver la tabla) para lo cual debe realizar las siguientes operaciones:
El señor Figueroa realiza un registro de ingresos y gastos diariamente, luego al final de semestre debe tomar
en cuenta el valor total de los meses trabajados para realizar la declaración, por esta razón las ventas totales
en el primer semestre fueron:
MES VENTAS COMPRAS IVA
AGOSTO 815 775 93,00
SEPTIEMBRE 1270 170 20,40
OCTUBRE 1090 705 84,60
NOVIEMBRE 990 300 36,00
DICIEMBRE 1010 50 6,00
TOTAL 5175 2000 240,00
12. Debe marcar el semestre al
que corresponda la primera Debe colocar el año al que Recuerde que los casilleros
declaración sea el primero o pertenece el semestre que que no llevan ningún valor, se
segundo como corresponda está declarando los debe anular con una línea
En este casillero usted debe ingresar En este casillero usted debe colocar
su numero de RUC dígito por dígito, su razón social (Nombres y
recuerde que no se coloca líneas de Apellidos completos)
separación.
13. Colocar la suma total de Colocar la suma total
las ventas del semestre de las ventas del
con tarifa 0% sin semestre
considerar las notas de únicamente con
crédito (N/C). tarifa 0% restando
las N/C, en este caso
es el mismo valor.
Total ventas del semestre.
14. Colocar la suma total En estos casilleros
Colocar la suma total de de las compras del usted debe
las compras del semestre detallar el
semestre con tarifa 12% únicamente con impuesto que se
sin considerar las notas tarifa 12% restando haya generado por
de crédito (N/C). las N/C, en este caso las compras
es el mismo valor. semestrales.
En este casillero En este casillero
debe colocar la debe colocar la
suma de todas suma del impuesto
sus compras del 12% de IVA de las
compras del
semestre semestre.
15. Cuando no se presenta
a tiempo la declaración,
debe consignar en
estos casilleros la
multa que corresponda
En estos casilleros debe
colocar
obligatoriamente su
número de cédula de
identidad, sus nombres,
apellidos y su firma, de
esta manera se
completa su formulario.
16. El Sr. Figueroa Contreras Luis Leonardo, no declaró a tiempo el Impuesto al Valor
Agregado (IVA), por inconvenientes se retrasa y declara el 30 de enero del 2011.
Para ello calcularemos multas e intereses:
Como existe impuesto a pagar calcularemos la multa en base al total de las venta de la
siguiente manera:
Plazos para
CÁLCULO EXIGIBILIDAD DECLARACIÓN Declarar Multas
FECHA 26/01/2012 30/01/2012
Intereses
MULTA $5.175,00 * 0.1% = $5,175 ($5,18)
17. El Sr. Fernando Javier Orellana Cuenca, RUC 0705807501001 es Artesano Calificado por la
Junta Nacional de Defensa del Artesano; debe presentar su declaración de Impuesto a la
Renta debido a que sus ingresos sumaron USD. 18.500,00 superando la fracción exenta
para el año 2011 (USD. 9.210,00).
Para presentar el formulario 102 A debe considerar: total ingresos gravados, total de gastos
del giro del negocio y gastos personales deducibles.
GASTOS ANUALES GASTOS PERSONALES
INGRESOS ANUALES
Salud 300,00
Primer Semestre 8.430,00 Primer Semestre 3.400,00
Educación 480,00
Segundo Semestre 10.070,00 Segundo Semestre 2.100,00 Alimentación 1.100,00
Vestimenta 420,00
TOTAL 18.500,00 TOTAL 5.500,00
Vivienda 600,00
TOTAL 2.900,00
En el ejemplo el Sr. Orellana tiene un total de ingresos de USD 18.500,00 por lo que podrá
deducirse sus gastos personales hasta un monto de USD 4.605,00 (El 50% de la fracción
básica desgravada de impuesto a la Renta vigente para el ejercicio impositivo declarado).
18. Los gastos personales son deducibles sólo por el valor del bien o
servicio, no se debe considerar el valor del IVA ni ICE.
Desde el año 2011, los gastos personales deberán cumplir con los límites
establecidos en el Reglamento de aplicación de la Ley de Régimen
Tributario Interno.( Resolución N° NAC-DGERCGC11-00432)
Con esta información el Sr. Orellana deberá obtener la base imponible para determinar la tarifa que le corresponde:
TOTAL DE INGRESOS GRAVADO: 18.500,00
GASTOS DEDUCIBLES:
GASTO GIRO DEL NEGOCIO 5.500,00
PRIMER SEMESTRE 3.400,00
SEGUNDO SEMESTRE 2.100,00
GASTOS PERSONALES 2.900,00
GASTO DE EDUCACION 300,00
GASTO DE SALUD 480,00
GASTO DE ALIMENTACION 1.100,00
GASTO DE VIVIENDA 420,00
GASTO DE VESTIMENTA 600,00
TOTAL DE GASTOS DEDUCIBLES 8.400,00
BASE IMPONIBLE: (INGRESOS GRAVADOS 10.100,00
- GASTOS DEDUCIBLES)
19. Identificado el rango que le corresponde al Sr. Orellana, deberá calcular el Impuesto a la
Renta causado en el año 2011:
BASE IMPONIBLE 10.100,00
(-) FRACCIÓN EXCENTA 9.210,00
(=) FRACCIÓN EXCEDENTE 890,00
X 5% IMPUESTO FRACCIÓN EXEDENTE 44,50
+ IMPUESTO FRACCION BASICA 0,00
= IMPUESTO CAUSADO 44,50
20. En este casillero debe Aquí debe registrar el número
consignar el año al que Recuerde que los casilleros que
de RUC y la Razón Social del no llevan ningún valor, se los
pertenece la declaración de Contribuyente.
Impuesto a la Renta. debe anular con una línea.
FORMULARIO 102A DECLARACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA PERSONAS NATURALES Y SUCESIONES INDIVISAS
No.
RESOLUCIÓN Nº NAC-DGERCG10-00702 NO OBLIGADAS A LLEVAR CONTABILIDAD
100 IDENTIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN
102 AÑO 2 0 1 1 IMPORTANTE: SÍRVASE LEER INSTRUCCIONES AL REVERSO 104 Nº. DE FORMULARIO QUE SUSTITUYE ____________
105 Nº. DE EMPLEADOS EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA _____________
200 IDENTIFICACIÓN DEL SUJETO PASIVO
RUC 202 APELLIDOS Y NOMBRES COMPLETOS
201
0 7 0 5 8 0 7 5 0 1 0 0 1 ORELLANA CUENCA FERNANDO JAVIER
21. En estos casilleros usted debe Usted debe consignar la suma total de los
consignar el valor total de sus Aquí debe colocar el valor gastos deducibles del giro del negocio
ingresos y gastos deducibles de total de los ingresos realizados en el año, recuerde que todos
las rentas gravadas de trabajo y gravados que obtuvo los gastos deben estar respaldados con
capital. durante el año. comprobantes de venta autorizados.
En estos casilleros se debe
colocar el resultado de restar
los ingresos gravados menos
los gastos deducibles del giro
del negocio.
22. Usted debe consignar la suma detallada de los
gastos personales realizados en el año, recuerde que
todos los gastos deben estar respaldados con
comprobantes de venta.
En este casillero debe colocar la suma de los
gastos personales.
23. En este casillero se debe colocar el resultado de
restar los ingresos gravados menos los gastos Debe colocar el impuesto causado, en
deducibles del giro del negocio y los gastos caso de existir.
personales, lo cual se conoce como renta
imponible.
Aquí colocará el En estos casilleros debe registrar el valor que se obtiene de restar el
anticipo de impuesto a Impuesto a la Renta causado menos las retenciones en la fuente y puede
pagar (vea el ejemplo). resultar en un valor menor a pagar de impuesto o saldo a favor.
24. El valor de anticipo de Impuesto a la Renta que el Sr. Orellana detalló en el casillero 879 (USD
22,13) se calculó de la siguiente manera:
(Impuesto a la Renta Causado x 50%) - Retenciones
Casillero 839 Casilleros 846-847-848
En este caso el Sr. Intriago no tuvo retenciones. El anticipo de Impuesto a la Renta a pagar
sería:
Anticipo IR a pagar = (44,25 x 50%) – 0 = 22,13
Si el Sr. Orellana hubiera tenido retenciones, el valor a pagar por anticipo
sería menor, o no hubiera valor a pagar.
El valor de anticipo de Impuesto a la Renta que se coloca en el formulario
102A es informativo y deberá ser pagado en cuotas iguales en Julio y
Septiembre del mismo año en un formulario 106. Este valor le servirá a usted
como crédito tributario en su siguiente declaración de Impuesto a la Renta.
25. Colocar el valor de impuesto a pagar y de
ser el caso el valor de la multa e intereses.
En estos casilleros obligatoriamente deberá colocar su
número de cédula de identidad, sus nombres y apellidos
y su firma de esta manera se completa su formulario.
26. Esta solicitud debe presentarla en Secretaría de cualquier oficina del Servicio de Rentas Internas conjuntamente con el
archivo en medio magnético del "Anexo de Retenciones en la Fuente que le han sido efectuadas" y se encuentra
sujeta a verificación previa, por lo que la sola presentación no garantiza su aprobación.
DATOS INFORMATIVO DEL CONTRIBUYENTE
27. Datos informativos de l formulario del
cual se exige el reclamo
Valores sujetos al reclamo por pago indebido o pago
en exceso
28. DATOS EXIGIBLES PARA REALIZAR LA
RESPECTIVA DEVOLUCIÓN
Firma y cédula de identidad del
contribuyente Referencias y dirección del contribuyente