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PROYECTO ESPECIAL SIERRA CENTRO SUR
    ADS N° 004 -2013-AG-PESCS – SUBASTA INVERSA PRESENCIAL




                   ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA
                        Nº 004-2013-AG-PESCS
                    SUBASTA INVERSA PRESENCIAL

                           PRIMERA CONVOCATORIA




      ADQUISICIÓN DE PETROLEO DIESEL B5
       PARA SUMINISTRO A VEHICULOS DEL
                    PESCS




                                            2013




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                            SECCIÓN GENERAL


        DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE
                      SELECCIÓN




                                                       2
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                                         CAPÍTULO I
                              ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN


       1.1. BASE LEGAL

             −   Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.
             −   Ley Nº 29951 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013.
             −   Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en
                 adelante la Ley.
             −   Decreto Supremo N° 184-2008-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de
                 Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.
             −   Decreto Supremo N° 021-2009-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de
                 Contrataciones del Estado.
             −   Decreto Supremo N° 140-2009-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de
                 Contrataciones del Estado.
             −   Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
             −   Código Civil.
             −   Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.
             −   Decreto Supremo Nº 007-2008-TR - Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción
                 de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña empresa y del
                 acceso al empleo decente, Ley MYPE.
             −   Resolución de la Contraloría N° 320-2006-CG, Normas Técnicas de Control Interno
                 para el Sector Publico.
             −   Resolución Nº 590-2006-CONSUCODE/PRE, que aprueba el Reglamento de la
                 Modalidad de Selección por Subasta Inversa Presencial, y su modificatoria, en lo
                 sucesivo El Reglamento.
             −   D.S. Nº 045-2001-EM Reglamento para la comercialización de Combustibles Líquidos
                 y otros productos derivados de los Hidrocarburos.
             −   Decreto Supremo Nº.030-98 EM y D.S. Nº 045-2001-EM, Reglamento de
                 Comercialización de Combustibles Líquidos.
             −   Decreto Supremo Nº 054-93-EM – Reglamento de Seguridad para establecimientos
                 de venta al público de combustibles derivados de Hidrocarburos
             −   Decreto Supremo Nº 052-93-EM – Reglamento de Seguridad para el almacenamiento
                 de Hidrocarburos.
             −   Directiva Nº 006-2009-OSCE/CD. “Lineamientos para la Aplicación de la Modalidad
                 Especial de Selección por Subasta Inversa”, aprobada por Resolución Nº 168-2009-
                 OSCE/PRE.

              Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.

              Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas
              previstas en las presentes Bases.

       1.2. CONVOCATORIA

              Se efectuará de conformidad con lo señalado en el artículo 51 del Reglamento, en la
              fecha señalada en el cronograma.

       1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES

              El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta
              un (1) día hábil después de haber quedado integradas las Bases. En el caso de
              propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno (1) de sus
              integrantes, de conformidad con el artículo 53 del Reglamento.

              La persona natural o persona jurídica que desee participar en el proceso de selección
              deberá contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP)


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          conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción
          en el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el Estado.

          Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres, apellidos
          y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razón social de
          la persona jurídica; número de Registro Único de Contribuyentes (RUC); domicilio legal;
          teléfono y fax.

          IMPORTANTE:

              Para registrarse como participante en un proceso de selección convocado por las
              Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con
              inscripción vigente ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el
              Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor
              información, podrá ingresarse a la siguiente dirección electrónica: www.rnp.gob.pe.

   1.4. FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIÓN

          Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la
          admisión de propuestas y factores de evaluación se presentarán en idioma castellano o,
          en su defecto, acompañados de traducción oficial o certificada efectuada por traductor
          público juramentado o traductor colegiado certificado, según corresponda, salvo el caso
          de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o
          similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de
          la exactitud y veracidad de dichos documentos.

          Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero
          contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica.

          Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o
          electrónicos y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno.

          Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente
          mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio,
          incluyendo el manual.

          En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rúbrica del postor o de su
          representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea
          persona natural, en cuyo caso bastará que éste o su apoderado, indique debajo de la
          rúbrica sus nombres y apellidos completos.

          Cuando la presentación de propuestas se realice en acto público, las personas naturales
          podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante
          el Comité Especial, mediante carta poder simple. Las personas jurídicas lo harán por
          medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral
          vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder
          simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral
          vigente que consigne la designación del representante legal, expedido con una
          antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de propuestas.

          En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante
          común del consorcio, o por el apoderado designado por éste, o por el representante legal
          o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como
          participante, conforme a lo siguiente:

          1. En el caso que el representante común del consorcio presente la propuesta, éste
             debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio.
          2. En el caso que el apoderado designado por el representante común del consorcio
             presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el
             representante común del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio.
          3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del

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                               consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditación se realizará
                               conforme a lo dispuesto en el sexto párrafo del presente numeral, según
                               corresponda.
                                                            1
         1.5. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS

                   Los participantes presentarán sus propuestas, con cargo y en sobre cerrado, en la dirección,
                   en el día y horario señalados en las Bases, bajo responsabilidad del Comité Especial.
                   En el caso que la propuesta del postor no fuera admitida, el Comité Especial incluirá el
                   motivo de esa decisión en el acta de los resultados del proceso que publicará en el SEACE,
                   debiendo devolverse los sobres que contienen la propuesta técnica y económica, una vez
                   consentido el otorgamiento de la Buena Pro.
                   1.5.1 ACTO PÚBLICO

                   El Acto Público de presentación de Propuestas, Puja y otorgamiento de la Buena Pro es uno
                   solo, y una vez iniciado, no se puede suspender, salvo caso fortuito o fuerza mayor.
                   Asimismo, en los procesos convocados según relación de ítems podrá suspenderse el acto
                   público cuando el horario no permita su continuación, para lo cual es necesario que se haya
                   concluido con el desarrollo de la puja en un ítem determinado, debiendo reanudarse en el
                   día hábil siguiente con el ítem que corresponda.
                   El Notario Público deberá suscribir todas las hojas que formen parte del acta de
                   adjudicación.
                   En el supuesto que el acto público se suspenda por alguna de las causales antes indicadas,
                   los sobres quedarán en custodia del notario público, hasta su reanudación.
                   El indicado Acto se realiza en presencia del Comité Especial, con la participación de un
                   Notario Público y de un representante del Órgano de Control Institucional como veedores; en
                   el lugar, fecha y hora señalados en la convocatoria.
                   1.5.2 INTRODUCCIÓN AL ACTO PÚBLICO

                   En el lugar, fecha y hora indicados en la convocatoria, antes de dar inicio a cada uno de los
                   actos sucesivos que constituyen al acto público: la presentación de propuestas, apertura de
                   propuestas, la clasificación de propuestas, la puja, la determinación de puntajes y el
                   otorgamiento de la buena pro, El Presidente del Comité Especial invitará a los participantes
                   a formular preguntas sobre el proceso en general, debiendo absolverlas de inmediato.
                   Cualquier desacuerdo que pudiera surgir en torno a las respuestas recibidas no dará lugar a
                   procedimiento de reclamo alguno. La presentación de propuestas de un postor significa su
                   conformidad con las respuestas dadas a las consultas.

                   1.5.3 HABILITACIÓN DE PARTICIPANTES

                   El acto de habilitación de participantes se inicia cuando el Presidente del Comité Especial
                   empieza a llamar a cada uno de los participantes, en el orden en que se hubieren registrado,
                   con la finalidad de que ellos, o a través de sus representantes acrediten que estos cuentan
                   con los poderes suficientes para formular ofertas en el presente proceso de selección.
                   Las personas naturales concurren personalmente y se identificarán con su DNI. o a través
                   de su representante debidamente acreditado ante el Comité Especial mediante carta poder
                   simple.
                   Las personas jurídicas lo hacen por medio de su representante legal o apoderado acreditado
                   con carta poder simple ante el Comité Especial.
                   El representante legal acreditará tal condición con copia simple del documento registral
                   vigente que consigne dicho cargo, y en el caso del apoderado, será acreditado con carta


    1   De acuerdo a lo establecido por el art
                                 ículo 64 del Reglamento, el acto de presentación de propuestas en una Adjudicación Directa
        Selectiva puede ser público o privado, lo que debe determinarse en la sección específica de las Bases.


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        poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral
        vigente que acredite la condición de éste.
        La carta poder simple deberá señalar que “el representante” cuenta con poder suficiente
        para entregar la propuesta a nombre del postor, pudiendo también hacer en su nombre, los
        lances verbales en la etapa de puja que considere conveniente, siempre y cuando su
        propuesta se encuentre comprendida entre las propuestas que pasaron a esta etapa.
        De manera simultánea a la habilitación, los participantes deberán presentar los sobres
        cerrados N° 01 “Sobre de habilitación” que contendrá la documentación que habilite al postor
        a participar y el sobre N° 02 “Propuesta Económica”, el mismo que deberá ser presentado de
        acuerdo a lo solicitado en el numeral 2.4 de las Bases .
        Si al momento de ser llamado el participante no se encontrase, se le tendrá por desistido de
        participar en el proceso de selección.
        Si alguno es omitido podrá acreditarse con la presentación de la respectiva constancia de
        comprobante de registro. Los integrantes de un Consorcio no podrán presentar ofertas
        individuales.
        1.5.4 APERTURA DE PROPUESTAS

        Una vez presentadas las propuestas, el Presidente del Comité Especial abrirá los sobres de
        habilitación de cada uno de los postores, para verificar la presentación de la totalidad de la
        documentación exigida en el numeral 2.4 de las Bases. En caso se omita la presentación de
        alguno de los calificados como obligatorios, se procederá a su descalificación.

        Acto seguido, el Presidente del Comité Especial abrirá cada uno de los sobres que contienen
        las propuestas económicas de los postores habilitados, anunciando los montos ofertados,
        los mismos que serán anotados en la pantalla, a través de un sistema informático, o pizarra,
        ordenándolos de menor a mayor y garantizando la perfecta visualización y seguimiento por
        parte de los asistentes.

        El Notario Público deberá verificar dichas actuaciones y hacer las anotaciones
        correspondientes en el acta respectiva.

        1.5.5 CLASIFICACIÓN DE PROPUESTAS

        Solamente clasificarán para participar en el período de puja el postor que haya ofrecido el
        menor precio o costo y aquellos cuyas propuestas no lo hayan superado en más del diez por
        ciento (10%).

        Si una vez realizado dicho corte, no hubieran clasificado para participar en el período de
        puja tres (3) o más postores, incluido el del menor precio o costo, se seleccionará a los que
        hubieran ofrecido los tres (3) menores precios o costos, cualesquiera que sean los montos
        ofrecidos y el número de postores que los ofrecieron.

        En caso que sólo existieran dos (2) propuestas válidas, la puja se realizará con la
        participación de dichos postores.

        En caso que dos (2) o más postores hubieran ofrecido el mismo precio o costo, todos ellos
        clasificarán al período de puja; sin embargo, deberá realizarse un sorteo entre ellos para
        establecer el orden requerido en el numeral siguiente.

        1.5.6 PERIODO DE PUJA

        Solamente los postores que hubieran sido clasificados, de acuerdo a lo establecido en el
        numeral anterior, podrán participar en el período de puja realizando lances verbales,
        debiendo contemplar necesariamente el valor monetario fijado como decremento mínimo,
        aplicado al monto más bajo ofrecido hasta dicho momento.



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            Durante el período de puja, los postores pueden realizar las coordinaciones internas que
            consideren pertinentes, ya sea por vía telefónica u otros medios análogos disponibles, con
            la finalidad de hacer propuestas serias y reales. Sin embargo, considerando que se hallan
            en plena competencia, cualquier comunicación o coordinación entre ellos que sea detectada
            por el Comité Especial y el Notario Público o Juez de Paz, será considerada como un acto
            de concertación prohibido por la Ley, y ocasionará la descalificación inmediata de los
            postores implicados.
            El Comité Especial invitará al postor que haya presentado la propuesta de menor precio o
            costo a dar inicio a la puja realizando lances verbales, y luego a los demás postores en el
            orden de prelación que hayan ocupado en la clasificación de propuestas, siguiendo la
            secuencia de menor a mayor precio o costo.
            Un postor será excluido de la puja cuando, al ser requerido para realizar un lance verbal,
            manifieste expresamente su desistimiento.
            Cuando un postor sea requerido para realizar un lance verbal, contará con no más de tres
            (3) minutos para dar una respuesta; de no hacerlo, se le tendrá por desistido. El Comité
            Especial proveerá un sistema de control de tiempo visible para todos los participantes.
            El período de puja culmina cuando se ha identificado el precio o costo más bajo, luego de
            que todos los demás postores que participaron en dicho período hayan desistido de seguir
            efectuando nuevos lances.
            Los postores calificados pueden realizar propuestas de precios las veces que crean
            conveniente; para ser aceptadas tienen que ser iguales o menores a la diferencia, entre la
            postura líder en ese momento y el decremento mínimo.
            La realización de lances se sujeta a lo siguiente.

            a)       Puja con lances verbales:
            El Presidente del Comité Especial invitará al postor que haya presentado la propuesta de
            menor precio a dar inicio a la puja realizando lances verbales, y luego a los demás postores
            en el orden de prelación que hayan ocupado en la calificación de propuestas, siguiendo la
            secuencia de menor a mayor precio. Un postor será excluido de la puja cuando, al ser
            requerido para realizar un lance verbal, manifieste expresamente su desistimiento.
            Cuando un postor sea requerido para realizar un lance verbal, contará con no más de tres
            (3) minutos para dar una respuesta; de lo contrario, se le tendrá por desistido. El Comité
            Especial se proveerá de un sistema de control de tiempo que sea visible para todos los
            participantes.
            El periodo de puja mediante lances verbales culmina cuando se ha identificado el precio más
            bajo, luego de que todos los demás postores que participaron en dicho periodo hayan
            desistido de seguir presentando nuevas propuestas.
            1.5.7 DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL

            Una vez culminado el período de puja, se establecerá el orden de prelación de los postores
            en función al último precio o costo ofrecido y se otorgará la Buena Pro al postor que haya
            ofrecido el precio o costo mas bajo.

       1.6. CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA

                 La propuesta económica (Sobre Nº 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente:

                 La oferta económica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos,
                 seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales
                 conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener
                 incidencia sobre el costo del bien a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen
                 de exoneraciones legales. La Entidad no reconocerá pago adicional de ninguna
                 naturaleza.

                 El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser

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                     expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de
                     dos decimales.

                     IMPORTANTE:

                            Tratándose de un proceso según relación de ítems, cuando los postores se presenten
                             a más de un ítem, deberán presentar sus propuestas económicas en forma
                                          2
                             independiente .

     1.7. ACTO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

                      La Buena Pro se otorgará al postor que haya ofertado el menor costo.

                      Cabe precisar que para otorgar la Buena Pro se requerirá la existencia de dos (2)
                      propuestas válidas como mínimo; de lo contrario, el ítem se declarará desierto. De
                      acuerdo al Artículo 95º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

                      El otorgamiento de la Buena Pro se registrará en el SEACE en la fecha prevista en el
                      calendario del proceso.

                      Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o
                      Juez de Paz), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen
                      hacerlo.

                      El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la
                      misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de
                      otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada
                      factor de evaluación. Dicha presunción no admite prueba en contrario. Esta información
                      se publicará el mismo día en el SEACE.

                A)           Solución en caso de empate:

                En el supuesto de que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la buena pro
                se efectuará a través de sorteo en el mismo acto (artículo 95° del reglamento)

                B)           De la declaratoria de desierto:

                Se declarará desierto el ítem correspondiente:
                - Cuando no se haya presentado ninguna propuesta en cada ítem.
                - Cuando no haya por lo menos dos (2) propuestas válidas al otorgar la Buena Pro. (Artículo
                  95° del reglamento), en cada ítem.

     1.8. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO

                El otorgamiento de la Buena Pro quedará automáticamente consentido si culminado el
                periodo de puja ningún participante hubiera dejado constar en actas su intención de
                impugnar el proceso.

     1.9. CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO

                     De acuerdo con el artículo 282 del Reglamento, a partir del día hábil siguiente de haber
                     quedado consentida la Buena Pro o de haberse agotado la vía administrativa conforme a
                     lo previsto en el artículo 115 del Reglamento, hasta el décimo quinto día hábil de
                     producido tal hecho, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la
                     expedición de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

                     El OSCE no expedirá constancias solicitadas fuera del plazo establecido.

2   Luego de efectuada la evaluación técnica, cabe la posibilidad que dicho postor haya obtenido el puntaje necesario para acceder a la evaluación económica únicamente en algunos de los ítems a los
    que se presentó, por lo que, de acuerdo con el artículo 71 del Reglamento, correspondería devolver las propuestas económicas sin abrir, lo que no resultaría posible si la totalidad de las propuestas
    económicas del postor se incluyen en un solo sobre.




                                                                                                                                                                                                             8
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                                  CAPÍTULO II
          SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN


       2.1. RECURSO DE APELACIÓN

              El recurso de apelación contra los actos producidos durante el acto público de la
              presentación de propuestas, puja y otorgamiento de la Buena Pro, y contra los actos que
              afecten su validez, deberá ser interpuesto por los postores dentro de los CINCO (05)
              días hábiles siguientes de dicho acto público.

              El recurso de apelación se presentará ante la Entidad que convocó el proceso de
              selección que se impugna, y será conocido y resuelto por el Titular de la Entidad.

              El Titular de la Entidad deberá resolver dentro del término no mayor de diez (10) días
              hábiles de admitido el recurso, salvo que hubiese requerido información adicional, en
              cuyo caso deberá pronunciarse dentro del término de quince (15) días hábiles.

              Con independencia del valor referencial del proceso de selección, los actos emitidos por
              el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrán
              impugnarse ante el Tribunal.


       2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN

              La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con
              anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de
              haberse otorgado la Buena Pro.

              La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe
              interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse tomado
              conocimiento del acto que se desea impugnar.




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                                            CAPÍTULO III
                                           DEL CONTRATO

   3.1. DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO

          Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena
          Pro, dentro de los siete (7) días hábiles siguientes, sin mediar citación alguna, el postor
          ganador deberá presentar a la Entidad la documentación para la suscripción del contrato
          prevista en las Bases. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la
          presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad para suscribir el
          contrato.
          En el supuesto que el postor ganador no presente la documentación y/o no concurra a
          suscribir el contrato, según corresponda, en los plazos antes indicados, se procederá de
          acuerdo a lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 148 del Reglamento.
          El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o
          debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por
          medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica,
          a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artículo 139
          del Reglamento.
          Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además
          de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:
           Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
           Garantía de fiel cumplimiento.
           Garantía por el monto diferencial de propuesta, en caso corresponda.
           Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.
           Copia de DNI del Representante Legal;
           Copia del RUC de la empresa.
           Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa;
           Código de cuenta interbancario (CCI).
           Traducción oficial efectuada por traductor público juramentado de todos los
            documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron
            acompañados de traducción certificada, de ser el caso.
           Correo electrónico de la empresa.

   3.2. VIGENCIA DEL CONTRATO
          En aplicación de lo dispuesto en el artículo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia
          desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene. Dicha vigencia
          rige hasta que el funcionario competente dé la conformidad de la recepción de la
          prestación a cargo del contratista y se efectúe el pago correspondiente.

   3.3. DE LAS GARANTÍAS

          3.3.1. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
                El postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del
                contrato. Esta deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento
                (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta la conformidad de la
                recepción de la prestación a cargo del contratista.
                De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia
                superior a un (1) año, previamente a la suscripción del contrato, las Entidades
                podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel
                cumplimiento y de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta,
                con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la
                conformidad de la recepción de la prestación.



                                                                                                        10
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        3.4. REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS

               Las garantías que se presenten deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de
               realización automática en el país al sólo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben
               ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión de la Superintendencia
               de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar
               autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos
               extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de
               Reserva del Perú.

                IMPORTANTE:

                 Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por los postores o
                  contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y
                  eventual ejecución.

        3.5. EJECUCIÓN DE GARANTÍAS

               Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el
               artículo 164 del Reglamento.

        3.6. DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

               Las penalidades por retraso injustificado en la entrega del bien requerido y las causales
               para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los artículos 165 y
               168 del Reglamento, respectivamente.

        3.7. PAGOS

             Los pagos se realizarán a través de abono en su cuenta bancaria, en cumplimiento de lo
             dispuesto en el artículo 26° de la Directiva de Tesorería, aprobado por Resolución Directoral
             N° 008-2007-EF/77.15, para lo cual deberá presentar la Carta de Autorización.

             En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo
             a lo que se indique en el contrato de consorcio.

             Plazos para los pagos

             Dicho pago se realizará en nuevos soles y en forma quincenal, dentro del plazo de diez (10)
             días calendarios de haberse otorgado la conformidad de la recepción del combustible.

        3.8. REAJUSTE DE PRECIOS

             Los precios adjudicados estarán sujetos a reajustes de acuerdo a los incrementos o
             decrementos de los precios explanta establecidos por las refinerías, debiendo estar
             debidamente sustentados por el Contratista de acuerdo al Artículo 49º del Reglamento.

        3.9. RECEPCION Y CONFORMIDAD DEL SUMINISTRO
             La Conformidad de la recepción se sujeta a lo dispuesto por el Artículo 176° del Reglamento
             de la Ley de Contrataciones del Estado.

        3.10. PLAZO DE ENTREGA
             Las entregas serán en forma parciales según las especificaciones técnicas y se hará
             efectiva a partir del día siguiente de la firma de la suscripción del contrato.

        3.11. DISPOSICIONES FINALES
               Todos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se
               regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones
               legales vigentes.

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                              SECCIÓN ESPECÍFICA


         CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE
                       SELECCIÓN

      (EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS
                                     INSTRUCCIONES INDICADAS)




                                                                                              12
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                                                          CAPÍTULO I
                                                        GENERALIDADES


     1.1. ENTIDAD CONVOCANTE
          Nombre           : PROYECTO ESPECIAL SIERRA CENTRO SUR.
          RUC Nº                         : 20143122850
          Domicilio legal                : Urb. Mariscal Cáceres Mz. R Lote 18 Huamanga Ayacucho

          Teléfono/Fax:                  : 066-344253
          Correo electrónico:            : arestegui111@hotmail.com

     1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
          El presente proceso de selección tiene por objeto la Adquisición de Petróleo Diesel B5 para
          Suministro a Vehículos del Proyecto Especial Sierra Centro Sur.
                                         3
     1.3. VALOR REFERENCIAL

          El valor referencial asciende a S/. 45,625.49 (Cuarenticinco Mil Seiscientos Veinticinco y
          49/100 Nuevos Soles), incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el
          costo total del bien. El valor referencial ha sido calculado al mes de Noviembre del 2012.

                                                                                             PRECIO            PRECIO
                 ITEM                 BIEN                UNID. MED.      CANTIDAD          UNITARIO         REFERENCIAL
                                                                                          REFERENCIAL           TOTAL
                   1         PETROLEO DIESEL 5              GALON          3,178.00          S/.14.36         S/.45,625.49

                                                                                                 TOTAL        S/.45,625.49



          DECREMENTO MÍNIMO

                                                                       VALOR                DECREMENTO MÍNIMO
               UNIDAD          CANT           DESCRIPCIÓN
                                                                    REFERENCIAL               S/.                %
                                                 PETRÓLEO
               GALON          3,178.00                                 S/.45,625.49        S/.228.13            0.5
                                                  DIESEL 5

     1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
          El expediente de contratación fue aprobado mediante Memorando N° 0138-2013-AG-PESCS-
          7100.

     1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO
          RECURSOS ORDINARIOS

     1.6. SISTEMA DE CONTRATACIÓN
          El presente proceso se rige por el sistema de PRECIOS UNITARIOS, de acuerdo con lo
          establecido en el expediente de contratación respectivo.

     1.7. MODALIDAD DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL
          SUBASTA INVERSA PRESENCIAL

     1.8 ALCANCES DEL REQUERIMIENTO

     3
     El monto del valor referencial indicado en esta sección de las Bases no debe diferir del monto del valor referencial consignado
        en la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción entre estos montos, primará el monto del valor
        referencial indicado en las Bases aprobadas.



13
PROYECTO ESPECIAL SIERRA CENTRO SUR
ADS N°004-2013-AG-PESCS – SUBASTA INVERSA PRESENCIAL


    El alcance de la prestación está definido en los Requerimientos Técnicos Mínimos que forman
    parte de la presente Sección en el Capítulo IV.

1.9 PLAZO DE LAS ENTREGAS
    Los bienes materia de la presente convocatoria se entregarán en los plazos establecidos en el
    contrato previa coordinación con la Oficina de Abastecimientos.

1.10 CRONOGRAMA DE ENTREGA.
     De acuerdo a la emisión de vales de ORDEN DE SUMINISTRO.

1.11 COSTO DE REPRODUCCIÓN DE LAS BASES
     S/.10.00 (DIEZ CON 00/100 Nuevos Soles)

1.12 BASE LEGAL
      Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012.
      Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la
       Ley.
      Decreto Supremo N° 184-2008-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones
       del Estado, en adelante el Reglamento.
      Decreto Supremo N° 021-2009-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de
       Contrataciones del Estado.
      Decreto Supremo N° 140-2009-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de
       Contrataciones del Estado.
      Directivas de OSCE
      Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
      Código Civil.
      Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.
      Decreto Supremo Nº 007-2008-TR, Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la
       Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña y del acceso al empleo
       decente, Ley MYPE.
      Decreto Supremo Nº 008-2008-TR, Reglamento de la Ley MYPE.
      Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.




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PROYECTO ESPECIAL SIERRA CENTRO SUR
     ADS N° 004 -2013-AG-PESCS – SUBASTA INVERSA PRESENCIAL




                                                      CAPÍTULO II
                                               DEL PROCESO DE SELECCIÓN


     2.1      CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN4



                        CONVOCATORIA                                  27/03/2013         Proyecto Especial Sierra
                                                                                           Centro Sur SE@CE

                                                                  01/04/2013
                                                                                                   04/04/2013 8:00
                         REGISTRO DE                              8:00 a13:00
                                                             Del                           Al      a 13:00 15:00 a
                        PARTICIPANTES                            15:00 a 17.00
                                                                                                     17.00 horas
                                                                     horas
                      ACTO PUBLICO DE                                                     Oficina del Proyecto
                   PRESENTACION DE                                                        Especial Sierra Centro
                  PROPUESTAS, PUJA Y                          El      05/04/2013          Sur - PESCS, Inicio de
                OTORGAMIENTO DE BUENA                                                     Apertura de Sobres: a
                        PRO                                                                    12:00 horas

     2.2      REGISTRO DE PARTICIPANTES
              El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un
              día (01) antes de la fecha prevista para el acto público de presentación de propuestas, puja y
              otorgamiento de la Buena Pro. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará
              que se registre uno de sus integrantes, de conformidad con el Artículo 95º del Reglamento.

              El registro de los participantes se realizará en las instalaciones de la Oficina del Proyecto
              Especial Sierra Centro Sur - PESCS, sito en Urb. Mariscal Cáceres Mz. R Lote 18
              Huamanga Ayacucho, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:00 a
              13:00 y 15:00 a 17:00 horas.

              En el momento del registro, se emitirá la constancia o cargo correspondiente en el que se
              indicará: número y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectuó el registro,
              así como el día y hora de dicha recepción.

              IMPORTANTE:
              Los participantes registrados tienen el derecho de solicitar un ejemplar de las Bases, para cuyo
              efecto deben cancelar el costo de reproducción de las mismas.


     2.3      DE LOS POSTORES:
              2.3.1 CONDICIONES DE LOS POSTORES
                    Podrán presentarse como postores las personas jurídicas acreditadas como tales y que
                    actúan conforme a Ley, que se encarguen de ofrecer los bienes materia del presente
                    proceso de selección y que no estén comprendidos en ninguno de los impedimentos
                    señalados en el Artículo 10º del D.L. Nº 1017 – Ley de Contrataciones del Estado.



     4
           La información del cronograma indicado en las Bases no debe diferir de la información consignada en el cronograma de la
           ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción en esta información, primará el cronograma indicado
           en la ficha del proceso en el SEACE.



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PROYECTO ESPECIAL SIERRA CENTRO SUR
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              Podrán presentarse a la presente ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA POR
              SUBASTA INVERSA PRESENCIAL las personas naturales o jurídicas del rubro con
              inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores del OSCE como Proveedor
              de Bienes.

              Podrán presentarse a la presente ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA POR
              SUBASTA INVERSA PRESENCIAL las personas naturales o jurídicas del rubro que se
              haya registrado como participante

              Así mismo, podrán participar postores en consorcio, sin que ello implique crear una
              persona jurídica diferente, designando un representante o apoderado común con
              poderes suficientes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se
              deriven de su calidad de postores y del contrato. Para ello, será necesario acreditar la
              existencia de una promesa formal de consorcio, la que se perfeccionará luego del
              otorgamiento de la Buena Pro y antes de la suscripción del contrato.

      2.3.2   IMPEDIDOS DE SER POSTORES
              Están impedidos de ser postores en el presente proceso de selección las personas
              naturales o jurídicas que se encuentren inmersos en algunas de las cláusulas
              establecidas en los Artículos 9º, 10º y 11º de la Ley de Contrataciones del Estado.

2.4   ACTO PÚBLICO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS, PUJA Y OTORGAMIENTO DE LA
      BUENA PRO
      Las propuestas se presentarán en acto público, en Urb. Urb. Mariscal Cáceres Mz. R Lote 18
      Huamanga Ayacucho, en la fecha y hora señalada en el cronograma. El acto público se
      realizará con la participación de NOTARIO PUBLICO.

      2.4.1   ACREDITACION DE PARTICIPANTES Y PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS:
              El Presidente del Comité Especial llamará a todos los participantes en el orden en que
              se hubieren inscrito, con la finalidad de que el representante legal o apoderado
              acrediten que cuentan con los poderes suficientes para presentar su propuesta, a
              través de una carta poder simple conforme al Artículo 65º del Reglamento.

              Las personas naturales concurren personalmente o a través de su apoderado
              debidamente acreditadas ante el Comité Especial mediante carta poder simple
              (FORMATO Nº 01).

              Las personas jurídicas lo hacen por medio de su representante legal o apoderado. El
              representante legal acreditará tal condición con copia simple del documento registral
              vigente que consigne dicho cargo y, en el caso del apoderado, será acreditado con
              carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el
              documento registral vigente que acredite la condición de éste (FORMATO Nº 01).

              En ambos casos, en la carta poder debe establecerse la representación para formular
              propuestas, efectuar lances y para ejercer todos los demás actos inherentes a la
              Subasta Inversa durante el acto público.

              De manera simultánea a la acreditación, los participantes deberán presentar el Sobre
              de Habilitación y los Sobres de la Oferta Económica. Si al momento de ser llamado el
              participante se encontrase ausente, se le tendrá por desistido de participar en el
              proceso.

              Si algún postor fuera omitido, podrá acreditarse ante el Comité Especial con la
              presentación del comprobante de pago por derecho de participación. Los integrantes
              de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un
              consorcio.

              El Comité Especial procederá a verificar que cada Sobre de Habilitación contenga la
              totalidad de los documentos solicitados en las presentes Bases. En caso se omita la
              presentación de algunos de los documentos de carácter obligatorio se procederá a la
              descalificación.


                                                                                                         16
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              2.4.2     PRESENTACIÒN DE DOCUMENTOS
                        Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la
                        admisión de propuestas se presentarán en idioma castellano o, en su defecto,
                        acompañados de traducción efectuada por traductor público juramentado, salvo el caso
                        de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos
                        o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable
                        de la exactitud y veracidad de dichos documentos. La omisión de la presentación del
                        documento o su traducción no es subsanable.

                        Cuando se exija la presentación de documentos que sean emitidos por autoridad
                        pública en el extranjero, el postor podrá presentar copia simple de los mismos sin
                        perjuicio de su ulterior presentación, la cual necesariamente deberá ser previa a la
                        firma del contrato. Dichos documentos deberán estar debidamente legalizados por el
                        Consulado respectivo y por el Ministerio de Relaciones Exteriores, en caso sea
                        favorecido con la Buena Pro.

     2.5      PRESUNCION DE CUMPLIMIENTO:
              De acuerdo a lo señalado en el artículo 93° del Reglamento de la Ley, se presume que las
              propuestas presentadas cumplen con los requerimientos mínimos exigidos en las Bases. Esta
              presunción no admite prueba en contrario.
                                                            5
     2.6      PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
              Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados y estarán dirigidas al Comité
              Especial de la ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 004-2013-AG-PESCS, conforme al
              siguiente detalle:

            SOBRE N° 1: Presentación de Habilitación. El sobre será rotulado:

                        Señores
                        PROYECTO ESPECIAL SIERRA CENTRO SUR
                        URB. MARISCAL CACERES Mz. R LOTE 18 HUAMANGA AYACUCHO
                        Att.: Comité Especial

                                            ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 004 -2013-AG-PESCS.
                                           ADQUISICION DE PETROLEO B5

                                           SOBRE N° 1: DE HABILITACION
                                           [NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]


            SOBRE Nº 2: Propuesta Económica. El sobre será rotulado:

                                   SOBRE N° 1: HABILITACION
                       Señores:    [NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]
                       PROYECTO ESPECIAL SIERRA CENTRO SUR
                       URB. MARISCAL CACERES Mz. R LOTE 18 HUAMANGA AYACUCHO
                       Att.: Comité Especial

                                            ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 004-2013-AG-PESCS.
                                           ADQUISICION DE PETROLEO B5

                                           SOBRE N° 2: PROPUESTA ECONÓMICA
                                           [NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]




     5
           De acuerdo a lo establecido por el artículo 64 del Reglamento, el acto de presentación de propuestas en una Adjudicación
           Directa Selectiva puede ser público o privado, lo que debe determinarse en la sección específica de las Bases.



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2.7      CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

         2.7.1 SOBRE N° 1 – SOBRE DE HABILITACION
                                                       6
               Se presentará en un original y 01 copias .

                 La documentación solicitada en los numerales siguientes, deberá ser presentada para
                 cada ítem postulado, salvo disposición expresa en los mismos numerales: El Sobre Nº 1
                 contendrá, además de un índice, la siguiente documentación:

                 a. Declaración Jurada de datos del postor.
                    Cuando se trate de Consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno
                    de los consorciados – Anexo Nº 1.
                 b. Declaración jurada que acredite el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos
                    Mínimos contenidos en el Capítulo III de la presente sección – Anexo Nº 2.

                 c. Declaración jurada simple de acuerdo al Artículo 42º del Reglamento de la Ley de
                    Contrataciones del Estado – Anexo Nº 3. En el caso de consorcios, cada integrante
                    debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el
                    representante legal común del consorcio.

                 d. Promesa de consorcio, de ser el caso, consignando los integrantes, el representante
                    común, el domicilio común y el porcentaje de participación – Anexo Nº 4. La promesa
                    formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes. En caso de
                    no establecerse en la promesa formal de consorcio las obligaciones, se presumirá
                    que los integrantes del consorcio ejecutarán conjuntamente el objeto de convocatoria,
                    por lo cual cada uno de sus integrantes deberá cumplir con los requisitos exigidos en
                    las Bases del proceso.
                    Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para
                    actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso
                    de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes
                    facultades.

                 e. Declaración Jurada de mantener vigente su oferta hasta la suscripción del contrato.

                 f. Declaración Jurada de Plazo de entrega – Anexo Nº 5.

                 g. Detalle de los Requerimientos Técnicos Mínimos (capítulo IV de las Bases), indicando
                    la cantidad, unidad de medida, descripción.

                 h. Copia Simple de Inscripción en el Registro de Hidrocarburos en el que se autorice la
                    comercialización de combustible, emitida por OSINERMING o por la Dirección
                    Nacional de Hidrocarburos, en tanto éstas últimas estén vigentes.

                 MUY IMPORTANTE:
                 La omisión de alguno de los documentos enunciados acarreará la descalificación de la
                 propuesta.


         2.7.2 SOBRE Nº 2: PROPUESTA ECONÓMICA
               El Sobre Nº 2 deberá contener la siguiente información obligatoria:

                 Oferta económica expresada en la moneda del valor referencial (Anexo Nº 6).

                 El monto total de la propuesta económica y los totales que lo componen deberán ser
                 expresados con dos decimales.



6
      De acuerdo con el artículo 63 del Reglamento, la propuesta técnica se presentará en original y en el número de copias
      requerido en las Bases, el que no podrá exceder de la cantidad de miembros que conforman el Comité Especial.



                                                                                                                              18
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           IMPORTANTE:

           La admisión de la propuesta económica que presenten los postores dependerá de si aquella se
           encuentra dentro los márgenes establecidos en el artículo 33 de la Ley y el artículo 39 de su
           Reglamento.

           En caso la información contenida en la propuesta económica difiera de la información
           contenida en la propuesta técnica, la propuesta económica será descalificada.

           Los Postores deberá presentar por cada ítem, la oferta económica en sobre cerrado, debiendo
           indicarse el precio o costo ofertado en función al valor referencial total establecido en las
           Bases, y deberá expresarse hasta con dos (2) decimales. La propuesta económica deberá
           incluir todos los conceptos a que se refiere el Artículo 63º del Reglamento y no podrá exceder
           el valor referencial total del proceso o del ítem, según corresponda.

           Las propuestas se presentarán en hojas simples y se redactarán por medios mecánicos o
           electrónicos, debiendo llevar siempre el sello y la rúbrica del postor y serán foliadas
           correlativamente.
           Bajo esta modalidad de selección no es posible que un postor presente propuestas alternativas
           o más de una propuesta para un mismo ítem o proceso de selección.

     2.8   APERTURA DE PROPUESTAS
           Una vez presentadas las propuestas, el Presidente del Comité Especial abrirá los sobres de
           habilitación de cada uno de los postores, para verificar la presentación de la totalidad de la
           documentación exigida en las Bases. De omitirse la presentación de algún documento, se
           procederá a la descalificación de la propuesta.

           Acto seguido, el Presidente del Comité Especial Permanente abrirá cada uno de los sobres que
           contienen las propuestas económicas de los postores habilitados, anunciando los montos
           ofertados y el secretario los anotará en pantalla a través de un sistema informático o
           directamente en la pizarra, ordenándolos de menor a mayor y garantizando la perfecta
           visualización y seguimiento por parte de los asistentes.

           Las propuestas económicas que superen el valor referencial, no serán consideradas válidas y
           serán devueltas por el Comité Especial, teniéndose por no presentadas.

           En los procesos de selección según relación de ítems, la apertura de sobres que contienen las
           propuestas económicas, clasificación de propuestas, periodo de puja y determinación de
           puntaje se realizará ítem por ítem de manera sucesiva.

           El notario público verificará dichas actuaciones y hará las anotaciones correspondientes en el
           acta respectiva.

           2.8.1 CLASIFICACIÓN DE PROPUESTAS:
                 Solamente clasificarán para participar en el período de puja el postor que haya ofrecido
                 el menor precio o costo y aquellos cuyas propuestas no lo hayan superado en más del
                 (10 %).
                 Si una vez realizado dicho corte, no hubieran clasificado para participar en el periodo de
                 puja tres (3) o más postores, incluido el del menor precio o costo, se seleccionara a los
                 que hubieran ofrecido los tres (3) menores precios o costos, cualesquiera que sean los
                 montos ofrecidos y el número de postores que los ofrecieron.
                 En caso que solo existieran dos (2) propuestas validas, la puja se realizara con la
                 participación de dichos postores.
                 En caso dos o más postores hubieran ofrecido el mismo precio o costo, todos ellos
                 tendrán las mismas posibilidades de pasar al período de puja; sin embargo, deberá
                 realizarse un sorteo entre ellos para establecer el orden requerido.
                 Según el último párrafo del Art. 32º de la Ley de Contrataciones del Estado y el Art. 95º
                 de su Reglamento, para otorgar la Buena Pro bajo esta modalidad de selección se
                 requerirá la existencia de dos (02) ofertas válidas como mínimo; de lo contrario, el
                 proceso se declarará como desierto.



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      2.8.2 PERIODO DE PUJA:
            Los postores clasificados, podrán participar realizando lances verbales, para lo cual
            tendrán como precio base al monto unitario más bajo ofrecido hasta dicho momento.
            Durante el período de puja, los postores pueden realizar las coordinaciones internas que
            consideren pertinentes, ya sea por vía telefónica u otros medios análogos disponibles,
            con la finalidad de hacer propuestas serias y reales. Sin embargo, considerando que se
            hallan en plena competencia, cualquier comunicación o coordinación entre ellos que sea
            detectada por el Comité Especial y el notario público, será considerada como un acto de
            concertación prohibido por la Ley, y ocasionará la descalificación inmediata de los
            postores implicados.

            El Presidente del Comité Especial, invitará al postor que haya presentado la propuesta
            de menor precio unitario a dar inicio a la puja realizando lances verbales, y luego a los
            demás postores en el orden de prelación que hayan ocupado en la clasificación de
            propuestas, siguiendo la secuencia de menor a mayor precio. Un postor será excluido de
            la puja, cuando al ser requerido para realizar un lance verbal manifieste expresamente
            su desistimiento.

            A efectos de realizar lances verbales, debe contemplarse necesariamente el decremento
            mínimo establecido en la presente convocatoria.
            Cuando un postor sea requerido para realizar un lance verbal, contará con no más de
            tres (03) minutos para dar su respuesta, de lo contrario se le tendrá por desistido.
            El período de puja culminará cuando se ha identificado el precio más bajo, luego de que
            todos los demás postores que participaron en dicho período hayan desistido de seguir
            presentando nuevas propuestas (lances verbales).

      2.8.3 EN LAS PROPUESTAS NO SERAN APLICABLES BONIFICACIONES U OTROS
            BENEFICIOS:
            En las contrataciones sujetas a la modalidad de subasta inversa se adjudicara la Buena
            Pro a las propuestas de menor costo, no siendo aplicables puntajes, bonificaciones,
            promociones u otros beneficios adicionales que impliquen una evaluación distinta, de
            conformidad con cuarto párrafo del art. 31 de la Ley de Contrataciones.

      2.8.4 OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO:
            Una vez culminado el periodo de puja, se establecerá el orden de prelación de los
            postores en función al último precio ofrecido y se otorgará la buena pro al postor que
            haya ofrecido el precio más bajo.
            Para otorgar la Buena Pro, el comité especial permanente verificara la existencia de dos
            (2) ofertas válidas como mínimo; de lo contrario, el proceso se declarará como desierto,
            de conformidad con el art. 32 de la Ley y del art. 95 del Reglamento.
            En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la buena pro
            se efectuará a través de sorteo en el mismo acto, en el orden según se registraron.
            El acta debe expresamente consignar el orden de prelación, para el caso que el
            postor adjudicatario no firme el contrato dentro del plazo establecido en el inciso
            2) del art. 148º del reglamento, la buena pro se otorgará a quien haya ocupado el
            segundo lugar, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable.

2.9 DEL CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO
    Se entenderá que la buena pro ha quedado consentida el día de su otorgamiento, si otorgada la
    buena pro del proceso o ítem, de ser el caso, ningún postor hubiera dejado constar en el acta su
    intención de impugnar el proceso. (Art.95 del Reglamento de la Ley).

2.10 SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
     El recurso de apelación contra los actos producidos durante el acto público de presentación de
     propuestas, puja y otorgamiento de la Buena Pro, y contra los actos que afecten su validez,
     deberán ser interpuesto por los postores dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de dicho
     acto público, en el caso de Licitaciones Públicas y Concursos Públicos, y cinco (5) días hábiles
     siguientes de dicho acto público en el caso de Adjudicaciones Directas.

    En el caso de procesos de selección según relación de ítems, el plazo indicado en el párrafo
    anterior se contará a partir de la culminación del acto público de otorgamiento de la Buena Pro
    de la totalidad de los ítems. El Titular de la Entidad conocerá y resolverá la Apelación.

                                                                                                        20
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                                             CAPÍTULO III
                                        INFORMACION ADICIONAL


     3.1 DE LOS CONTRATOS
         Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, se
         procederá conforme a los plazos y procedimientos para suscribir el contrato que se establecen
         en el artículo 148° del Reglamento.

         El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente
         autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, tratándose de persona jurídica, a través de su
         representante legal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 139° del Reglamento.

         Para la suscripción del contrato, el postor ganador de la buena pro tendrá hasta diez (10) días
         hábiles desde la recepción de la notificación en la que deberá presentar los documentos
         solicitados.

         Para la formalización y ejecución del contrato se aplicarán todas las reglas, requisitos, plazos,
         condiciones, formalidades, exigencias y garantías establecidos en la Ley y Reglamento de la
         Ley.

         3.1.1 REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
               Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de
               los documentos los siguientes:

               a) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
               b) Garantía de fiel cumplimiento del contrato, mediante Carta Fianza.
               c) Garantía por el monto diferencial de la propuesta, de ser el caso, mediante Carta
                  Fianza.
               d) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.
               e) Código de cuenta interbancario (CCI), de ser el caso.
               f) Traducción oficial efectuada por traductor público juramentado de todos los
                  documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron
                  acompañados de traducción certificada, de ser el caso.
               g) Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato.
               h) Detalle de precios unitarios de la oferta económica, de cada ítem adjudicado.
               i) Copia de la Certificación de Calidad del producto adjudicado, vigente.


               IMPORTANTE:
               En caso de que el postor ganador de la Buena Pro sea un consorcio y la Entidad opte por
               solicitar como garantía para la suscripción del contrato carta fianza o póliza de caución,
               conforme a lo indicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras
               Privadas de Fondos de Pensiones en los Oficios Nº 5196-2011-SBS y Nº 15072-2012-
               SBS, a fin de que no existan problemas en la ejecución de las mencionadas garantías,
               resulta necesario que éstas consignen en su texto, el nombre, denominación o razón
               social de todas y cada una de las personas naturales y/o jurídicas que integran el
               consorcio.
               Alternativamente, las Micro y Pequeñas empresas pueden optar que, como garantía de fiel
               cumplimiento, la Entidad retenga el diez por ciento (10%) del monto del contrato original.
               Para estos efectos, la retención de dicho monto se efectuará durante la primera mitad del
               número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la
               finalización del mismo”.

               a)   Adicionalmente, deberá presentarse obligatoriamente la siguiente documentación:
               b)   Copia de DNI del Representante Legal.
               c)   Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa.


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           d)   Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado.
           e)   Copia del RUC de la empresa.

           La Entidad no podrá exigir documentación o información adicional a la consignada en el
           presente numeral para la suscripción del contrato.

3.2 PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
    El postor ganador de la Buena Pro, sin mediar citación alguna por parte de la Entidad, deberá
    presentar toda la documentación prevista para la suscripción del contrato dentro del plazo de
    siete (7) días hábiles, contados a partir del día siguiente de consentida la Buena Pro. Así mismo,
    dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá
    concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato.

    La citada documentación deberá ser presentada en la Urbanización Mariscal Cáceres Mz. R Lote 18
    Huamanga - Ayacucho, Oficina del Proyecto Especial Sierra Centro Sur.


3.3. FORMA DE PAGO Y CONFORMIDAD
     La Entidad deberá realizar el pago de la contraprestación pactada a favor del contratista en
     pagos parciales mensuales, previa conformidad del Residente y Supervisor de Meta. La
     conformidad se otorgará en un plazo que no excederá de los diez (10) días de la entrega del
     bien.

    De acuerdo con el artículo 176 del Reglamento, para efectos del pago de las contraprestaciones
    ejecutadas por el contratista, la Entidad deberá contar con la siguiente documentación:

     Recepción y conformidad la darán en Obra por el encargado de los almacenes y de la
      residencia de obra.
     Informe del funcionario responsable del área usuaria emitiendo su conformidad de la
      prestación efectuada, cuando corresponda.
     Comprobante de pago.

3.4. PLAZO PARA EL PAGO
     La Entidad debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente al
     otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás condiciones
     establecidas en el contrato.

3.5. REAJUSTE DE LOS PAGOS
     Los precios adjudicados estarán sujetos a reajustes de acuerdo a los incrementos o
     decrementos de los precios ex planta establecidos por las refinerías, debiendo estar
     debidamente sustentados por el contratista al momento de facturar los pedidos (Artículo 49 del
     Reglamento de la Ley).

3.6 VIGENCIA DEL CONTRATO
    En aplicación de lo dispuesto en el artículo 149º del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde
    el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene. El contrato culmina con la
    conformidad de recepción de la última prestación pactada, dentro del marco establecido por el
    artículo 176º y 177º del Reglamento.

3.7 REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS
    Las garantías que debe presentar el contratista deberán ser incondicionales, solidarias,
    irrevocables y de realización automática al solo requerimiento de la Entidad, emitida por una
    empresa bajo el ámbito de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas
    de Fondos de Pensiones o que estén consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros
    de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.

3.8 DE LAS GARANTÍAS

    3.8.1. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
           El postor ganador debe entregar a la Entidad la Carta Fianza como Garantía de Fiel
           Cumplimiento del contrato. Esta deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por

                                                                                                         22
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                ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta la conformidad de la
                recepción de la última prestación a cargo del Contratista.

                Alternativamente, las Micro y pequeñas empresas podrán optar que, como garantía de fiel
                cumplimiento, la Entidad retenga el diez por ciento (10%) del monto total del contrato
                original, conforme a lo establecido en el artículo 39º de la Ley. Para estos efectos, la
                retención de dicho monto se efectuará durante la primera mitad del número total de pagos
                a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo”.

         3.8.2. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS
                En caso el contrato conlleve a la ejecución de prestaciones accesorias, tales como
                mantenimiento, reparación o actividades afines, se otorgará una garantía adicional por
                este concepto, la misma que se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de
                las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.

         3.8.3. GARANTÍA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA
                 Cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del veinte por
                ciento (20%) de éste en el proceso de selección para la adquisición o suministro de
                bienes, para la suscripción del contrato el postor ganador deberá presentar una Carta
                Fianza como garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%)
                de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica. Dicha garantía deberá
                tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del
                contratista.

         3.8.3. EJECUCIÓN DE GARANTÍAS
                Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el
                artículo 164º del Reglamento.

     3.9 DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
         La aplicación de penalidades por retraso injustificado en la atención de los bienes requeridos y
         las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los Artículos
         165° y 168° del Reglamento, respectivamente.

     3.10 DISPOSICIONES FINALES
          El presente proceso se rige por las bases y lo que establece la Ley de Contrataciones del Estado
          y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.




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                                CAPÍTULO IV
      ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS


               TERMINOS DE REFERENCIA DEL SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE

   El PESCS requiere el suministro de combustible para los vehículos de usos oficial con las que
   cuenta, de acuerdo a lo siguiente:

   1. ESPECIFICACIONES TECNICAS PARA EL SUMINISTRO DE PETROLEO DIESEL B5
      CON VALES

      1.1 Las fechas de entrega son definidas a necesidad del PESCS y de acuerdo a la
          disponibilidad presupuestal, para lo cual se emitirá la respectiva Orden de Compra por
          cantidad determinada y serán atendidas mediante vales.
      1.2 La empresa postora deberá atender las veinticuatro (24) horas del día incluyendo
          sábado, domingo y feriados.
      1.3 Cada Servicentro debe garantizar el normal abastecimiento permanente y oportuno de
          combustible, frente a eventualidades de falta de fluido eléctrico.
      1.4 El suministro del combustible deberá realizarse en el grifo(s) o estación(es) de servicio
          que señale el Contratista que deberá estar ubicado dentro de la ciudad de Ayacucho,
          teniendo presente que la Sede Central de la PESCS se encuentra ubicado en la Urb.
          Mariscal Cáceres Mz R Lte 18.
      1.5 Los surtidores deben contar con filtros que garanticen la pureza del combustible
          (microfiltrada) y presentar calibración vigente del INDECOPI.
      1.6 Los surtidores deberán contar con contómetros electrónicos y/o digitales.
      1.7 El contratista deberá entregar al requerimiento del IPEN con la correspondiente Orden
          de Compra los Vales de Consumo para el suministro de combustible.
      1.8 El certificado de calidad del producto respectivo deberá ser entregado a requerimiento
          del PESCS.
      1.9 El proveedor debe contar con el correspondiente Certificado de Inscripción en el Registro
          de Hidrocarburos que emite OSINERGMIN, no obstante, también se consideran validas
          las Constancias Expedidas por la Dirección General de Hidrocarburos (DGH) del MEM,
          en tanto éstas estén vigentes.

   2. DE LAS FICHAS TÉCNICAS

      Las fichas técnicas contienen las características y especificaciones técnicas que deben tener
      los bienes objeto de la convocatoria, al momento de su entrega a la PESCS. Las Fichas
      Técnicas forman como parte integrante de estas Bases.

   3. VIGENCIA DEL CONTRATO DEL SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE

      La vigencia del contrato es por el periodo de doce (12) meses o hasta agotar el monto
      contratado, contados a partir de la suscripción del mismo por ambas partes.

   4. PLAZO DE ENTREGA

      El plazo de entrega será computada en función al tiempo de entrega de vales desde el día
      siguiente de recepcionada la orden de compra, el cual no deberá mayor a dos (02) días
      calendarios.

   5. RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD DEL SUMINISTRO DEL COMBUSTIBLE

      La Conformidad de la recepción se sujeta a lo dispuesto por el Artículo 233° del Reglamento
      de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y será extendida por la Unidad de
      Servicios Generales del PESCS; teniendo en consideración el cumplimiento de lo establecido
      en el contrato y de los siguientes requisitos:
      - Calidad, si el suministro de combustible reúne las condiciones fijadas en la propuesta del


                                                                                                      24
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             postor ganador de la Buena Pro.
           - Cantidad, si se realiza conforme a los requerimientos solicitados.
           - Oportunidad (cumplimiento), si la entrega del combustible se realiza en los plazos
             solicitados.
           La Conformidad de la recepción del combustible, no invalida el reclamo posterior por parte del
           PESCS por defectos, inadecuación en los Requerimientos Técnicos Mínimos u otras
           situaciones anómalas no detectables o no verificables durante la entrega del combustible.

        6. DEL PAGO

            Los pagos se realizarán a través de abono en su cuenta bancaria, en cumplimiento de lo
            dispuesto en el artículo 26° de la Directiva de Tesorería Nº 001-2007-EF/77.15 para lo cual el
            postor ganador de la Buena Pro deberá presentar la Carta de Autorización.
            Dicho pago se realizará en nuevos soles, dentro del plazo de diez (10) días calendarios de
            haberse otorgado la conformidad de la recepción del combustible.

        7. DEL REAJUSTE DE PRECIOS

            Los precios adjudicados estarán sujetos a reajustes de acuerdo a los incrementos o
            decrementos de los precios ex planta establecidos por las refinerías, debiendo estar
            debidamente sustentados por el contratista al momento de facturar los pedidos (Artículos 56°
            del Reglamento de la Ley).

        7. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
           - Mantener vigente una póliza de seguro para el tipo de carga a transportar.
           - Cumplir con las exigencias de OSINERGMIN.

        8. CANTIDADES A SUMINISTAR

                                                      CANTIDAD       CANTIDAD TOTAL
              ITEM     DESCRIPCIÓN       UNIDAD       MENSUAL          (12 MESES O
                                                     APROXIMADA      HASTA AGOTAR)

                        PETRÓLEO
               1        DIESEL B5        GALON              265.00         3,178.00
                         (VALES)




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ADS N°004-2013-AG-PESCS – SUBASTA INVERSA PRESENCIAL




                                                       26
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        IMPORTANTE:

           Indicar si se trata de una contratación por ítems, paquetes o lotes, en cuyo caso debe
             detallarse dicha información.




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                                                  CAPÍTULO V
                                            PROFORMA DEL CONTRATO

     IMPORTANTE:

         Dependiendo del objeto del contrato, de resultar indispensable, podrá efectuarse la inclusión
          de cláusulas adicionales o la adecuación de las propuestas en el presente documento, las
          que en ningún caso pueden contemplar disposiciones contrarias a la normativa vigente ni a lo
          señalado en este capítulo.

     Conste por el presente documento, la contratación del suministro de[CONSIGNAR LA
     DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], que celebra de una parte [CONSIGNAR EL
     NOMBRE DE LA ENTIDAD], en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº [………], con domicilio legal
     en [………], representada por [………..…], identificado con DNI Nº [………], y de otra parte
     [……………….....................],    con    RUC      Nº   [................], con domicilio legal en
     [……………….....................], inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [……….......]
     del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [………………], debidamente representado
     por su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [………………..], según
     poder inscrito en la Ficha N° […………..], Asiento N° […………] del Registro de Personas
     Jurídicas de la ciudad de […………], a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en
     los términos y condiciones siguientes:

     CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
     Con fecha [………………..], el Comité Especial adjudicó la Buena Pro de la ADJUDICACIÓN
     DIRECTA SELECTIVA Nº[CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO DE SELECCIÓN]
     para la contratación de[CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], a
     [INDICAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en
     los documentos integrantes del presente contrato.

     CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO
     El presente contrato tiene por objeto [CONSIGNAR EL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN],
     conforme a las Especificaciones Técnicas.

     CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL
     El monto total del presente contrato asciende                                a    [CONSIGNAR            MONEDA          Y
                                             7
     MONTO],[CONSIGNAR SI O NO] incluye IGV.

     Este monto comprende el costo de los bienes, transporte hasta el punto de entrega, seguros e
     impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación
     materia del presente contrato.
                                                 8
     CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO
     LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en [INDICAR MONEDA],
     en [INDICAR EL DETALLE DE LOS PAGOS PERIÓDICOS], luego de la recepción formal y
     completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 181 del
     Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

     Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un
     plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser estos recibidos.

     LA ENTIDAD debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente al
     otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás condiciones
     establecidas en el contrato.


7
    Consignar que NO incluye IGV en caso el postor ganador de la Buena Pro haya presentado la Declaración Jurada de
    cumplimiento de condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV (Anexo Nº 8) en su propuesta técnica.
8
    En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente a
    efectos de generar el pago.


                                                                                                                                  30
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     ADS N° 004 -2013-AG-PESCS – SUBASTA INVERSA PRESENCIAL


          En caso de retraso en el pago, EL CONTRATISTA tendrá derecho al pago de intereses conforme
          a lo establecido en el artículo 48 de la Ley de Contrataciones del Estado, contado desde la
          oportunidad en el que el pago debió efectuarse.

          CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN
          El plazo de ejecución del presente contrato es de [……..] días calendario, el mismo que se
          computa desde [CONSIGNAR SI ES DEL DÍA SIGUIENTE DE SUSCRITO EL CONTRATO O
          DESDE EL DÍA SIGUIENTE DE CUMPLIDA LA CONDICIÓN PARA EL INICIO DE LA
          EJECUCIÓN, DEBIENDO INDICAR LA CONDICIÓN EN ESTE ULTIMO CASO].

          CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
                                                                                                  9
          El presente contrato está conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora y los
          documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes.

          CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍAS
          EL CONTRATISTA entregó a la suscripción del contrato la respectiva garantía solidaria,
          irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA
          ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes:

          
                                                          10
                De fiel cumplimiento del contrato : S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR
                EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE].
                Cantidad que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original, la misma
                que deberá mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

                IMPORTANTE:

                      Al amparo de lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley de Contrataciones del Estado, si el
                       postor ganador de la Buena Pro solicita la retención del diez por ciento (10%) del monto
                       del contrato original como garantía de fiel cumplimiento deberá consignarse lo siguiente:

                       “De fiel cumplimiento del contrato: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la
                       retención que deberá efectuar LA ENTIDAD, durante la primera mitad del número total
                       de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización
                       del mismo”

          En el caso que corresponda, consignar lo siguiente:

          
                                                                                       11
                Garantía fiel cumplimiento por prestaciones accesorias : S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a
                través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA
                QUE LA EMITE], la misma que deberá mantenerse vigente hasta el cumplimiento total de las
                obligaciones garantizadas.

          
                                                                               12
                Garantía por el monto diferencial de la propuesta : S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través
     9
          La oferta ganadora comprende a las propuestas técnica y económica del postor ganador de la Buena Pro.
     10
          En aplicación de lo dispuesto en el artículo 158 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, la garantía de fiel
          cumplimiento deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener
          vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
          De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, las Entidades
          podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento y de ser el caso, la garantía por el
          monto diferencial de la propuesta, con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la
          conformidad de la recepción de la prestación.
     11
          En aplicación de lo dispuesto en el artículo 159 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en las
          contrataciones de bienes que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o
          actividades afines, se otorgará una garantía adicional por dicho concepto. La garantía de fiel cumplimiento por prestaciones
          accesorias se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse
          su presentación en ningún caso.
     12
          En aplicación de los dispuesto por el artículo 160 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, cuando la
          propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del veinte por ciento (20%) de éste en el proceso de
          selección para la contratación de bienes, para la suscripción del contrato el postor ganador deberá presentar una garantía
          adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta
          económica. Dicha garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del
          contratista.


31
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ADS N°004-2013-AG-PESCS – SUBASTA INVERSA PRESENCIAL


       de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE
       LA EMITE], la misma que deberá mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de
       la prestación.


   CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN
   LA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera
   con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artículo 164 del Reglamento de la Ley de
   Contrataciones del Estado.


   CLÁUSULA DÉCIMA: CONFORMIDAD DE RECEPCIÓN DE LA PRESTACIÓN
   La conformidad de recepción de la prestación se regula por lo dispuesto en el artículo 176 del
   Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y será otorgada por [CONSIGNAR EL ÁREA
   O UNIDAD ORGÁNICA QUE OTORGARA LA CONFORMIDAD].

   De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido
   de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la
   complejidad del bien. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor de diez (10) días
   calendario. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la
   subsanación, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que
   correspondan.

   Este procedimiento no será aplicable cuando los bienes manifiestamente no cumplan con las
   características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no efectuará la recepción,
   debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que
   correspondan.

   CLÁUSULA UNDÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA
   EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones
   derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado
   en caso de incumplimiento.
   CLÁUSULA DUODÉCIMA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS
   La conformidad de recepción de la prestación por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a
   reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 50
   de la Ley de Contrataciones del Estado.

   El plazo máximo de responsabilidad del contratista es de [CONSIGNAR TIEMPO EN AÑOS, NO
   MENOR DE UN (1) AÑO] años.

   CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: PENALIDADES
   Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto
   del contrato, LA ENTIDAD le aplicará una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto
   máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del
   monto del ítem que debió ejecutarse, en concordancia con el artículo 165 del Reglamento de la
   Ley de Contrataciones del Estado.

   En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la
   siguiente fórmula:

                                                       0.10 x Monto
                     Penalidad Diaria =
                                                     F x Plazo en días
   Donde:

   F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o;
   F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días.

   Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato o ítem que debió
   ejecutarse o, en caso que éstos involucraran obligaciones de ejecución periódica, a la prestación
   parcial que fuera materia de retraso.



                                                                                                       32
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Bases para el Proceso de Adjuticación para Servicio de Vigilancia

  • 1. PROYECTO ESPECIAL SIERRA CENTRO SUR ADS N° 004 -2013-AG-PESCS – SUBASTA INVERSA PRESENCIAL ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 004-2013-AG-PESCS SUBASTA INVERSA PRESENCIAL PRIMERA CONVOCATORIA ADQUISICIÓN DE PETROLEO DIESEL B5 PARA SUMINISTRO A VEHICULOS DEL PESCS 2013 1
  • 2. PROYECTO ESPECIAL SIERRA CENTRO SUR ADS N°004-2013-AG-PESCS – SUBASTA INVERSA PRESENCIAL SECCIÓN GENERAL DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIÓN 2
  • 3. PROYECTO ESPECIAL SIERRA CENTRO SUR ADS N° 004 -2013-AG-PESCS – SUBASTA INVERSA PRESENCIAL CAPÍTULO I ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN 1.1. BASE LEGAL − Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. − Ley Nº 29951 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013. − Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley. − Decreto Supremo N° 184-2008-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento. − Decreto Supremo N° 021-2009-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. − Decreto Supremo N° 140-2009-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. − Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. − Código Civil. − Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública. − Decreto Supremo Nº 007-2008-TR - Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña empresa y del acceso al empleo decente, Ley MYPE. − Resolución de la Contraloría N° 320-2006-CG, Normas Técnicas de Control Interno para el Sector Publico. − Resolución Nº 590-2006-CONSUCODE/PRE, que aprueba el Reglamento de la Modalidad de Selección por Subasta Inversa Presencial, y su modificatoria, en lo sucesivo El Reglamento. − D.S. Nº 045-2001-EM Reglamento para la comercialización de Combustibles Líquidos y otros productos derivados de los Hidrocarburos. − Decreto Supremo Nº.030-98 EM y D.S. Nº 045-2001-EM, Reglamento de Comercialización de Combustibles Líquidos. − Decreto Supremo Nº 054-93-EM – Reglamento de Seguridad para establecimientos de venta al público de combustibles derivados de Hidrocarburos − Decreto Supremo Nº 052-93-EM – Reglamento de Seguridad para el almacenamiento de Hidrocarburos. − Directiva Nº 006-2009-OSCE/CD. “Lineamientos para la Aplicación de la Modalidad Especial de Selección por Subasta Inversa”, aprobada por Resolución Nº 168-2009- OSCE/PRE. Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso. Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases. 1.2. CONVOCATORIA Se efectuará de conformidad con lo señalado en el artículo 51 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma. 1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un (1) día hábil después de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno (1) de sus integrantes, de conformidad con el artículo 53 del Reglamento. La persona natural o persona jurídica que desee participar en el proceso de selección deberá contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) 3
  • 4. PROYECTO ESPECIAL SIERRA CENTRO SUR ADS N°004-2013-AG-PESCS – SUBASTA INVERSA PRESENCIAL conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción en el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el Estado. Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razón social de la persona jurídica; número de Registro Único de Contribuyentes (RUC); domicilio legal; teléfono y fax. IMPORTANTE:  Para registrarse como participante en un proceso de selección convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripción vigente ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor información, podrá ingresarse a la siguiente dirección electrónica: www.rnp.gob.pe. 1.4. FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIÓN Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial o certificada efectuada por traductor público juramentado o traductor colegiado certificado, según corresponda, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica. Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno. Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual. En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rúbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastará que éste o su apoderado, indique debajo de la rúbrica sus nombres y apellidos completos. Cuando la presentación de propuestas se realice en acto público, las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante carta poder simple. Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que consigne la designación del representante legal, expedido con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de propuestas. En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante común del consorcio, o por el apoderado designado por éste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente: 1. En el caso que el representante común del consorcio presente la propuesta, éste debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio. 2. En el caso que el apoderado designado por el representante común del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante común del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio. 3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del 4
  • 5. PROYECTO ESPECIAL SIERRA CENTRO SUR ADS N° 004 -2013-AG-PESCS – SUBASTA INVERSA PRESENCIAL consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditación se realizará conforme a lo dispuesto en el sexto párrafo del presente numeral, según corresponda. 1 1.5. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Los participantes presentarán sus propuestas, con cargo y en sobre cerrado, en la dirección, en el día y horario señalados en las Bases, bajo responsabilidad del Comité Especial. En el caso que la propuesta del postor no fuera admitida, el Comité Especial incluirá el motivo de esa decisión en el acta de los resultados del proceso que publicará en el SEACE, debiendo devolverse los sobres que contienen la propuesta técnica y económica, una vez consentido el otorgamiento de la Buena Pro. 1.5.1 ACTO PÚBLICO El Acto Público de presentación de Propuestas, Puja y otorgamiento de la Buena Pro es uno solo, y una vez iniciado, no se puede suspender, salvo caso fortuito o fuerza mayor. Asimismo, en los procesos convocados según relación de ítems podrá suspenderse el acto público cuando el horario no permita su continuación, para lo cual es necesario que se haya concluido con el desarrollo de la puja en un ítem determinado, debiendo reanudarse en el día hábil siguiente con el ítem que corresponda. El Notario Público deberá suscribir todas las hojas que formen parte del acta de adjudicación. En el supuesto que el acto público se suspenda por alguna de las causales antes indicadas, los sobres quedarán en custodia del notario público, hasta su reanudación. El indicado Acto se realiza en presencia del Comité Especial, con la participación de un Notario Público y de un representante del Órgano de Control Institucional como veedores; en el lugar, fecha y hora señalados en la convocatoria. 1.5.2 INTRODUCCIÓN AL ACTO PÚBLICO En el lugar, fecha y hora indicados en la convocatoria, antes de dar inicio a cada uno de los actos sucesivos que constituyen al acto público: la presentación de propuestas, apertura de propuestas, la clasificación de propuestas, la puja, la determinación de puntajes y el otorgamiento de la buena pro, El Presidente del Comité Especial invitará a los participantes a formular preguntas sobre el proceso en general, debiendo absolverlas de inmediato. Cualquier desacuerdo que pudiera surgir en torno a las respuestas recibidas no dará lugar a procedimiento de reclamo alguno. La presentación de propuestas de un postor significa su conformidad con las respuestas dadas a las consultas. 1.5.3 HABILITACIÓN DE PARTICIPANTES El acto de habilitación de participantes se inicia cuando el Presidente del Comité Especial empieza a llamar a cada uno de los participantes, en el orden en que se hubieren registrado, con la finalidad de que ellos, o a través de sus representantes acrediten que estos cuentan con los poderes suficientes para formular ofertas en el presente proceso de selección. Las personas naturales concurren personalmente y se identificarán con su DNI. o a través de su representante debidamente acreditado ante el Comité Especial mediante carta poder simple. Las personas jurídicas lo hacen por medio de su representante legal o apoderado acreditado con carta poder simple ante el Comité Especial. El representante legal acreditará tal condición con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo, y en el caso del apoderado, será acreditado con carta 1 De acuerdo a lo establecido por el art ículo 64 del Reglamento, el acto de presentación de propuestas en una Adjudicación Directa Selectiva puede ser público o privado, lo que debe determinarse en la sección específica de las Bases. 5
  • 6. PROYECTO ESPECIAL SIERRA CENTRO SUR ADS N°004-2013-AG-PESCS – SUBASTA INVERSA PRESENCIAL poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que acredite la condición de éste. La carta poder simple deberá señalar que “el representante” cuenta con poder suficiente para entregar la propuesta a nombre del postor, pudiendo también hacer en su nombre, los lances verbales en la etapa de puja que considere conveniente, siempre y cuando su propuesta se encuentre comprendida entre las propuestas que pasaron a esta etapa. De manera simultánea a la habilitación, los participantes deberán presentar los sobres cerrados N° 01 “Sobre de habilitación” que contendrá la documentación que habilite al postor a participar y el sobre N° 02 “Propuesta Económica”, el mismo que deberá ser presentado de acuerdo a lo solicitado en el numeral 2.4 de las Bases . Si al momento de ser llamado el participante no se encontrase, se le tendrá por desistido de participar en el proceso de selección. Si alguno es omitido podrá acreditarse con la presentación de la respectiva constancia de comprobante de registro. Los integrantes de un Consorcio no podrán presentar ofertas individuales. 1.5.4 APERTURA DE PROPUESTAS Una vez presentadas las propuestas, el Presidente del Comité Especial abrirá los sobres de habilitación de cada uno de los postores, para verificar la presentación de la totalidad de la documentación exigida en el numeral 2.4 de las Bases. En caso se omita la presentación de alguno de los calificados como obligatorios, se procederá a su descalificación. Acto seguido, el Presidente del Comité Especial abrirá cada uno de los sobres que contienen las propuestas económicas de los postores habilitados, anunciando los montos ofertados, los mismos que serán anotados en la pantalla, a través de un sistema informático, o pizarra, ordenándolos de menor a mayor y garantizando la perfecta visualización y seguimiento por parte de los asistentes. El Notario Público deberá verificar dichas actuaciones y hacer las anotaciones correspondientes en el acta respectiva. 1.5.5 CLASIFICACIÓN DE PROPUESTAS Solamente clasificarán para participar en el período de puja el postor que haya ofrecido el menor precio o costo y aquellos cuyas propuestas no lo hayan superado en más del diez por ciento (10%). Si una vez realizado dicho corte, no hubieran clasificado para participar en el período de puja tres (3) o más postores, incluido el del menor precio o costo, se seleccionará a los que hubieran ofrecido los tres (3) menores precios o costos, cualesquiera que sean los montos ofrecidos y el número de postores que los ofrecieron. En caso que sólo existieran dos (2) propuestas válidas, la puja se realizará con la participación de dichos postores. En caso que dos (2) o más postores hubieran ofrecido el mismo precio o costo, todos ellos clasificarán al período de puja; sin embargo, deberá realizarse un sorteo entre ellos para establecer el orden requerido en el numeral siguiente. 1.5.6 PERIODO DE PUJA Solamente los postores que hubieran sido clasificados, de acuerdo a lo establecido en el numeral anterior, podrán participar en el período de puja realizando lances verbales, debiendo contemplar necesariamente el valor monetario fijado como decremento mínimo, aplicado al monto más bajo ofrecido hasta dicho momento. 6
  • 7. PROYECTO ESPECIAL SIERRA CENTRO SUR ADS N° 004 -2013-AG-PESCS – SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Durante el período de puja, los postores pueden realizar las coordinaciones internas que consideren pertinentes, ya sea por vía telefónica u otros medios análogos disponibles, con la finalidad de hacer propuestas serias y reales. Sin embargo, considerando que se hallan en plena competencia, cualquier comunicación o coordinación entre ellos que sea detectada por el Comité Especial y el Notario Público o Juez de Paz, será considerada como un acto de concertación prohibido por la Ley, y ocasionará la descalificación inmediata de los postores implicados. El Comité Especial invitará al postor que haya presentado la propuesta de menor precio o costo a dar inicio a la puja realizando lances verbales, y luego a los demás postores en el orden de prelación que hayan ocupado en la clasificación de propuestas, siguiendo la secuencia de menor a mayor precio o costo. Un postor será excluido de la puja cuando, al ser requerido para realizar un lance verbal, manifieste expresamente su desistimiento. Cuando un postor sea requerido para realizar un lance verbal, contará con no más de tres (3) minutos para dar una respuesta; de no hacerlo, se le tendrá por desistido. El Comité Especial proveerá un sistema de control de tiempo visible para todos los participantes. El período de puja culmina cuando se ha identificado el precio o costo más bajo, luego de que todos los demás postores que participaron en dicho período hayan desistido de seguir efectuando nuevos lances. Los postores calificados pueden realizar propuestas de precios las veces que crean conveniente; para ser aceptadas tienen que ser iguales o menores a la diferencia, entre la postura líder en ese momento y el decremento mínimo. La realización de lances se sujeta a lo siguiente. a) Puja con lances verbales: El Presidente del Comité Especial invitará al postor que haya presentado la propuesta de menor precio a dar inicio a la puja realizando lances verbales, y luego a los demás postores en el orden de prelación que hayan ocupado en la calificación de propuestas, siguiendo la secuencia de menor a mayor precio. Un postor será excluido de la puja cuando, al ser requerido para realizar un lance verbal, manifieste expresamente su desistimiento. Cuando un postor sea requerido para realizar un lance verbal, contará con no más de tres (3) minutos para dar una respuesta; de lo contrario, se le tendrá por desistido. El Comité Especial se proveerá de un sistema de control de tiempo que sea visible para todos los participantes. El periodo de puja mediante lances verbales culmina cuando se ha identificado el precio más bajo, luego de que todos los demás postores que participaron en dicho periodo hayan desistido de seguir presentando nuevas propuestas. 1.5.7 DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL Una vez culminado el período de puja, se establecerá el orden de prelación de los postores en función al último precio o costo ofrecido y se otorgará la Buena Pro al postor que haya ofrecido el precio o costo mas bajo. 1.6. CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA La propuesta económica (Sobre Nº 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente: La oferta económica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del bien a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza. El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser 7
  • 8. PROYECTO ESPECIAL SIERRA CENTRO SUR ADS N°004-2013-AG-PESCS – SUBASTA INVERSA PRESENCIAL expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales. IMPORTANTE:  Tratándose de un proceso según relación de ítems, cuando los postores se presenten a más de un ítem, deberán presentar sus propuestas económicas en forma 2 independiente . 1.7. ACTO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO La Buena Pro se otorgará al postor que haya ofertado el menor costo. Cabe precisar que para otorgar la Buena Pro se requerirá la existencia de dos (2) propuestas válidas como mínimo; de lo contrario, el ítem se declarará desierto. De acuerdo al Artículo 95º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. El otorgamiento de la Buena Pro se registrará en el SEACE en la fecha prevista en el calendario del proceso. Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo. El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Dicha presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE. A) Solución en caso de empate: En el supuesto de que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la buena pro se efectuará a través de sorteo en el mismo acto (artículo 95° del reglamento) B) De la declaratoria de desierto: Se declarará desierto el ítem correspondiente: - Cuando no se haya presentado ninguna propuesta en cada ítem. - Cuando no haya por lo menos dos (2) propuestas válidas al otorgar la Buena Pro. (Artículo 95° del reglamento), en cada ítem. 1.8. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO El otorgamiento de la Buena Pro quedará automáticamente consentido si culminado el periodo de puja ningún participante hubiera dejado constar en actas su intención de impugnar el proceso. 1.9. CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO De acuerdo con el artículo 282 del Reglamento, a partir del día hábil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro o de haberse agotado la vía administrativa conforme a lo previsto en el artículo 115 del Reglamento, hasta el décimo quinto día hábil de producido tal hecho, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedición de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. El OSCE no expedirá constancias solicitadas fuera del plazo establecido. 2 Luego de efectuada la evaluación técnica, cabe la posibilidad que dicho postor haya obtenido el puntaje necesario para acceder a la evaluación económica únicamente en algunos de los ítems a los que se presentó, por lo que, de acuerdo con el artículo 71 del Reglamento, correspondería devolver las propuestas económicas sin abrir, lo que no resultaría posible si la totalidad de las propuestas económicas del postor se incluyen en un solo sobre. 8
  • 9. PROYECTO ESPECIAL SIERRA CENTRO SUR ADS N° 004 -2013-AG-PESCS – SUBASTA INVERSA PRESENCIAL CAPÍTULO II SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN 2.1. RECURSO DE APELACIÓN El recurso de apelación contra los actos producidos durante el acto público de la presentación de propuestas, puja y otorgamiento de la Buena Pro, y contra los actos que afecten su validez, deberá ser interpuesto por los postores dentro de los CINCO (05) días hábiles siguientes de dicho acto público. El recurso de apelación se presentará ante la Entidad que convocó el proceso de selección que se impugna, y será conocido y resuelto por el Titular de la Entidad. El Titular de la Entidad deberá resolver dentro del término no mayor de diez (10) días hábiles de admitido el recurso, salvo que hubiese requerido información adicional, en cuyo caso deberá pronunciarse dentro del término de quince (15) días hábiles. Con independencia del valor referencial del proceso de selección, los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrán impugnarse ante el Tribunal. 2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro. La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar. 9
  • 10. PROYECTO ESPECIAL SIERRA CENTRO SUR ADS N°004-2013-AG-PESCS – SUBASTA INVERSA PRESENCIAL CAPÍTULO III DEL CONTRATO 3.1. DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, dentro de los siete (7) días hábiles siguientes, sin mediar citación alguna, el postor ganador deberá presentar a la Entidad la documentación para la suscripción del contrato prevista en las Bases. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato. En el supuesto que el postor ganador no presente la documentación y/o no concurra a suscribir el contrato, según corresponda, en los plazos antes indicados, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 148 del Reglamento. El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artículo 139 del Reglamento. Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:  Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.  Garantía de fiel cumplimiento.  Garantía por el monto diferencial de propuesta, en caso corresponda.  Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.  Copia de DNI del Representante Legal;  Copia del RUC de la empresa.  Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa;  Código de cuenta interbancario (CCI).  Traducción oficial efectuada por traductor público juramentado de todos los documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompañados de traducción certificada, de ser el caso.  Correo electrónico de la empresa. 3.2. VIGENCIA DEL CONTRATO En aplicación de lo dispuesto en el artículo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige hasta que el funcionario competente dé la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista y se efectúe el pago correspondiente. 3.3. DE LAS GARANTÍAS 3.3.1. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO El postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Esta deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista. De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, previamente a la suscripción del contrato, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento y de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta, con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación. 10
  • 11. PROYECTO ESPECIAL SIERRA CENTRO SUR ADS N° 004 -2013-AG-PESCS – SUBASTA INVERSA PRESENCIAL 3.4. REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS Las garantías que se presenten deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país al sólo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú. IMPORTANTE:  Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución. 3.5. EJECUCIÓN DE GARANTÍAS Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artículo 164 del Reglamento. 3.6. DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Las penalidades por retraso injustificado en la entrega del bien requerido y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los artículos 165 y 168 del Reglamento, respectivamente. 3.7. PAGOS Los pagos se realizarán a través de abono en su cuenta bancaria, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 26° de la Directiva de Tesorería, aprobado por Resolución Directoral N° 008-2007-EF/77.15, para lo cual deberá presentar la Carta de Autorización. En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio. Plazos para los pagos Dicho pago se realizará en nuevos soles y en forma quincenal, dentro del plazo de diez (10) días calendarios de haberse otorgado la conformidad de la recepción del combustible. 3.8. REAJUSTE DE PRECIOS Los precios adjudicados estarán sujetos a reajustes de acuerdo a los incrementos o decrementos de los precios explanta establecidos por las refinerías, debiendo estar debidamente sustentados por el Contratista de acuerdo al Artículo 49º del Reglamento. 3.9. RECEPCION Y CONFORMIDAD DEL SUMINISTRO La Conformidad de la recepción se sujeta a lo dispuesto por el Artículo 176° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. 3.10. PLAZO DE ENTREGA Las entregas serán en forma parciales según las especificaciones técnicas y se hará efectiva a partir del día siguiente de la firma de la suscripción del contrato. 3.11. DISPOSICIONES FINALES Todos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes. 11
  • 12. PROYECTO ESPECIAL SIERRA CENTRO SUR ADS N°004-2013-AG-PESCS – SUBASTA INVERSA PRESENCIAL SECCIÓN ESPECÍFICA CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN (EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS) 12
  • 13. PROYECTO ESPECIAL SIERRA CENTRO SUR ADS N° 004 -2013-AG-PESCS – SUBASTA INVERSA PRESENCIAL CAPÍTULO I GENERALIDADES 1.1. ENTIDAD CONVOCANTE Nombre : PROYECTO ESPECIAL SIERRA CENTRO SUR. RUC Nº : 20143122850 Domicilio legal : Urb. Mariscal Cáceres Mz. R Lote 18 Huamanga Ayacucho Teléfono/Fax: : 066-344253 Correo electrónico: : arestegui111@hotmail.com 1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA El presente proceso de selección tiene por objeto la Adquisición de Petróleo Diesel B5 para Suministro a Vehículos del Proyecto Especial Sierra Centro Sur. 3 1.3. VALOR REFERENCIAL El valor referencial asciende a S/. 45,625.49 (Cuarenticinco Mil Seiscientos Veinticinco y 49/100 Nuevos Soles), incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del bien. El valor referencial ha sido calculado al mes de Noviembre del 2012. PRECIO PRECIO ITEM BIEN UNID. MED. CANTIDAD UNITARIO REFERENCIAL REFERENCIAL TOTAL 1 PETROLEO DIESEL 5 GALON 3,178.00 S/.14.36 S/.45,625.49 TOTAL S/.45,625.49 DECREMENTO MÍNIMO VALOR DECREMENTO MÍNIMO UNIDAD CANT DESCRIPCIÓN REFERENCIAL S/. % PETRÓLEO GALON 3,178.00 S/.45,625.49 S/.228.13 0.5 DIESEL 5 1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN El expediente de contratación fue aprobado mediante Memorando N° 0138-2013-AG-PESCS- 7100. 1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO RECURSOS ORDINARIOS 1.6. SISTEMA DE CONTRATACIÓN El presente proceso se rige por el sistema de PRECIOS UNITARIOS, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo. 1.7. MODALIDAD DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL SUBASTA INVERSA PRESENCIAL 1.8 ALCANCES DEL REQUERIMIENTO 3 El monto del valor referencial indicado en esta sección de las Bases no debe diferir del monto del valor referencial consignado en la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción entre estos montos, primará el monto del valor referencial indicado en las Bases aprobadas. 13
  • 14. PROYECTO ESPECIAL SIERRA CENTRO SUR ADS N°004-2013-AG-PESCS – SUBASTA INVERSA PRESENCIAL El alcance de la prestación está definido en los Requerimientos Técnicos Mínimos que forman parte de la presente Sección en el Capítulo IV. 1.9 PLAZO DE LAS ENTREGAS Los bienes materia de la presente convocatoria se entregarán en los plazos establecidos en el contrato previa coordinación con la Oficina de Abastecimientos. 1.10 CRONOGRAMA DE ENTREGA. De acuerdo a la emisión de vales de ORDEN DE SUMINISTRO. 1.11 COSTO DE REPRODUCCIÓN DE LAS BASES S/.10.00 (DIEZ CON 00/100 Nuevos Soles) 1.12 BASE LEGAL  Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012.  Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.  Decreto Supremo N° 184-2008-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.  Decreto Supremo N° 021-2009-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.  Decreto Supremo N° 140-2009-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.  Directivas de OSCE  Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.  Código Civil.  Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.  Decreto Supremo Nº 007-2008-TR, Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.  Decreto Supremo Nº 008-2008-TR, Reglamento de la Ley MYPE.  Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso. 14
  • 15. PROYECTO ESPECIAL SIERRA CENTRO SUR ADS N° 004 -2013-AG-PESCS – SUBASTA INVERSA PRESENCIAL CAPÍTULO II DEL PROCESO DE SELECCIÓN 2.1 CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN4 CONVOCATORIA 27/03/2013 Proyecto Especial Sierra Centro Sur SE@CE 01/04/2013 04/04/2013 8:00 REGISTRO DE 8:00 a13:00 Del Al a 13:00 15:00 a PARTICIPANTES 15:00 a 17.00 17.00 horas horas  ACTO PUBLICO DE Oficina del Proyecto PRESENTACION DE Especial Sierra Centro PROPUESTAS, PUJA Y El 05/04/2013 Sur - PESCS, Inicio de OTORGAMIENTO DE BUENA Apertura de Sobres: a PRO 12:00 horas 2.2 REGISTRO DE PARTICIPANTES El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un día (01) antes de la fecha prevista para el acto público de presentación de propuestas, puja y otorgamiento de la Buena Pro. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno de sus integrantes, de conformidad con el Artículo 95º del Reglamento. El registro de los participantes se realizará en las instalaciones de la Oficina del Proyecto Especial Sierra Centro Sur - PESCS, sito en Urb. Mariscal Cáceres Mz. R Lote 18 Huamanga Ayacucho, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:00 a 13:00 y 15:00 a 17:00 horas. En el momento del registro, se emitirá la constancia o cargo correspondiente en el que se indicará: número y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectuó el registro, así como el día y hora de dicha recepción. IMPORTANTE: Los participantes registrados tienen el derecho de solicitar un ejemplar de las Bases, para cuyo efecto deben cancelar el costo de reproducción de las mismas. 2.3 DE LOS POSTORES: 2.3.1 CONDICIONES DE LOS POSTORES Podrán presentarse como postores las personas jurídicas acreditadas como tales y que actúan conforme a Ley, que se encarguen de ofrecer los bienes materia del presente proceso de selección y que no estén comprendidos en ninguno de los impedimentos señalados en el Artículo 10º del D.L. Nº 1017 – Ley de Contrataciones del Estado. 4 La información del cronograma indicado en las Bases no debe diferir de la información consignada en el cronograma de la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción en esta información, primará el cronograma indicado en la ficha del proceso en el SEACE. 15
  • 16. PROYECTO ESPECIAL SIERRA CENTRO SUR ADS N°004-2013-AG-PESCS – SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Podrán presentarse a la presente ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL las personas naturales o jurídicas del rubro con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores del OSCE como Proveedor de Bienes. Podrán presentarse a la presente ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL las personas naturales o jurídicas del rubro que se haya registrado como participante Así mismo, podrán participar postores en consorcio, sin que ello implique crear una persona jurídica diferente, designando un representante o apoderado común con poderes suficientes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven de su calidad de postores y del contrato. Para ello, será necesario acreditar la existencia de una promesa formal de consorcio, la que se perfeccionará luego del otorgamiento de la Buena Pro y antes de la suscripción del contrato. 2.3.2 IMPEDIDOS DE SER POSTORES Están impedidos de ser postores en el presente proceso de selección las personas naturales o jurídicas que se encuentren inmersos en algunas de las cláusulas establecidas en los Artículos 9º, 10º y 11º de la Ley de Contrataciones del Estado. 2.4 ACTO PÚBLICO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS, PUJA Y OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO Las propuestas se presentarán en acto público, en Urb. Urb. Mariscal Cáceres Mz. R Lote 18 Huamanga Ayacucho, en la fecha y hora señalada en el cronograma. El acto público se realizará con la participación de NOTARIO PUBLICO. 2.4.1 ACREDITACION DE PARTICIPANTES Y PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS: El Presidente del Comité Especial llamará a todos los participantes en el orden en que se hubieren inscrito, con la finalidad de que el representante legal o apoderado acrediten que cuentan con los poderes suficientes para presentar su propuesta, a través de una carta poder simple conforme al Artículo 65º del Reglamento. Las personas naturales concurren personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditadas ante el Comité Especial mediante carta poder simple (FORMATO Nº 01). Las personas jurídicas lo hacen por medio de su representante legal o apoderado. El representante legal acreditará tal condición con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo y, en el caso del apoderado, será acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que acredite la condición de éste (FORMATO Nº 01). En ambos casos, en la carta poder debe establecerse la representación para formular propuestas, efectuar lances y para ejercer todos los demás actos inherentes a la Subasta Inversa durante el acto público. De manera simultánea a la acreditación, los participantes deberán presentar el Sobre de Habilitación y los Sobres de la Oferta Económica. Si al momento de ser llamado el participante se encontrase ausente, se le tendrá por desistido de participar en el proceso. Si algún postor fuera omitido, podrá acreditarse ante el Comité Especial con la presentación del comprobante de pago por derecho de participación. Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio. El Comité Especial procederá a verificar que cada Sobre de Habilitación contenga la totalidad de los documentos solicitados en las presentes Bases. En caso se omita la presentación de algunos de los documentos de carácter obligatorio se procederá a la descalificación. 16
  • 17. PROYECTO ESPECIAL SIERRA CENTRO SUR ADS N° 004 -2013-AG-PESCS – SUBASTA INVERSA PRESENCIAL 2.4.2 PRESENTACIÒN DE DOCUMENTOS Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción efectuada por traductor público juramentado, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. La omisión de la presentación del documento o su traducción no es subsanable. Cuando se exija la presentación de documentos que sean emitidos por autoridad pública en el extranjero, el postor podrá presentar copia simple de los mismos sin perjuicio de su ulterior presentación, la cual necesariamente deberá ser previa a la firma del contrato. Dichos documentos deberán estar debidamente legalizados por el Consulado respectivo y por el Ministerio de Relaciones Exteriores, en caso sea favorecido con la Buena Pro. 2.5 PRESUNCION DE CUMPLIMIENTO: De acuerdo a lo señalado en el artículo 93° del Reglamento de la Ley, se presume que las propuestas presentadas cumplen con los requerimientos mínimos exigidos en las Bases. Esta presunción no admite prueba en contrario. 5 2.6 PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados y estarán dirigidas al Comité Especial de la ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 004-2013-AG-PESCS, conforme al siguiente detalle: SOBRE N° 1: Presentación de Habilitación. El sobre será rotulado: Señores PROYECTO ESPECIAL SIERRA CENTRO SUR URB. MARISCAL CACERES Mz. R LOTE 18 HUAMANGA AYACUCHO Att.: Comité Especial ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 004 -2013-AG-PESCS. ADQUISICION DE PETROLEO B5 SOBRE N° 1: DE HABILITACION [NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR] SOBRE Nº 2: Propuesta Económica. El sobre será rotulado: SOBRE N° 1: HABILITACION Señores: [NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR] PROYECTO ESPECIAL SIERRA CENTRO SUR URB. MARISCAL CACERES Mz. R LOTE 18 HUAMANGA AYACUCHO Att.: Comité Especial ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 004-2013-AG-PESCS. ADQUISICION DE PETROLEO B5 SOBRE N° 2: PROPUESTA ECONÓMICA [NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR] 5 De acuerdo a lo establecido por el artículo 64 del Reglamento, el acto de presentación de propuestas en una Adjudicación Directa Selectiva puede ser público o privado, lo que debe determinarse en la sección específica de las Bases. 17
  • 18. PROYECTO ESPECIAL SIERRA CENTRO SUR ADS N°004-2013-AG-PESCS – SUBASTA INVERSA PRESENCIAL 2.7 CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS 2.7.1 SOBRE N° 1 – SOBRE DE HABILITACION 6 Se presentará en un original y 01 copias . La documentación solicitada en los numerales siguientes, deberá ser presentada para cada ítem postulado, salvo disposición expresa en los mismos numerales: El Sobre Nº 1 contendrá, además de un índice, la siguiente documentación: a. Declaración Jurada de datos del postor. Cuando se trate de Consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados – Anexo Nº 1. b. Declaración jurada que acredite el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos contenidos en el Capítulo III de la presente sección – Anexo Nº 2. c. Declaración jurada simple de acuerdo al Artículo 42º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado – Anexo Nº 3. En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante legal común del consorcio. d. Promesa de consorcio, de ser el caso, consignando los integrantes, el representante común, el domicilio común y el porcentaje de participación – Anexo Nº 4. La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes. En caso de no establecerse en la promesa formal de consorcio las obligaciones, se presumirá que los integrantes del consorcio ejecutarán conjuntamente el objeto de convocatoria, por lo cual cada uno de sus integrantes deberá cumplir con los requisitos exigidos en las Bases del proceso. Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades. e. Declaración Jurada de mantener vigente su oferta hasta la suscripción del contrato. f. Declaración Jurada de Plazo de entrega – Anexo Nº 5. g. Detalle de los Requerimientos Técnicos Mínimos (capítulo IV de las Bases), indicando la cantidad, unidad de medida, descripción. h. Copia Simple de Inscripción en el Registro de Hidrocarburos en el que se autorice la comercialización de combustible, emitida por OSINERMING o por la Dirección Nacional de Hidrocarburos, en tanto éstas últimas estén vigentes. MUY IMPORTANTE: La omisión de alguno de los documentos enunciados acarreará la descalificación de la propuesta. 2.7.2 SOBRE Nº 2: PROPUESTA ECONÓMICA El Sobre Nº 2 deberá contener la siguiente información obligatoria: Oferta económica expresada en la moneda del valor referencial (Anexo Nº 6). El monto total de la propuesta económica y los totales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. 6 De acuerdo con el artículo 63 del Reglamento, la propuesta técnica se presentará en original y en el número de copias requerido en las Bases, el que no podrá exceder de la cantidad de miembros que conforman el Comité Especial. 18
  • 19. PROYECTO ESPECIAL SIERRA CENTRO SUR ADS N° 004 -2013-AG-PESCS – SUBASTA INVERSA PRESENCIAL IMPORTANTE: La admisión de la propuesta económica que presenten los postores dependerá de si aquella se encuentra dentro los márgenes establecidos en el artículo 33 de la Ley y el artículo 39 de su Reglamento. En caso la información contenida en la propuesta económica difiera de la información contenida en la propuesta técnica, la propuesta económica será descalificada. Los Postores deberá presentar por cada ítem, la oferta económica en sobre cerrado, debiendo indicarse el precio o costo ofertado en función al valor referencial total establecido en las Bases, y deberá expresarse hasta con dos (2) decimales. La propuesta económica deberá incluir todos los conceptos a que se refiere el Artículo 63º del Reglamento y no podrá exceder el valor referencial total del proceso o del ítem, según corresponda. Las propuestas se presentarán en hojas simples y se redactarán por medios mecánicos o electrónicos, debiendo llevar siempre el sello y la rúbrica del postor y serán foliadas correlativamente. Bajo esta modalidad de selección no es posible que un postor presente propuestas alternativas o más de una propuesta para un mismo ítem o proceso de selección. 2.8 APERTURA DE PROPUESTAS Una vez presentadas las propuestas, el Presidente del Comité Especial abrirá los sobres de habilitación de cada uno de los postores, para verificar la presentación de la totalidad de la documentación exigida en las Bases. De omitirse la presentación de algún documento, se procederá a la descalificación de la propuesta. Acto seguido, el Presidente del Comité Especial Permanente abrirá cada uno de los sobres que contienen las propuestas económicas de los postores habilitados, anunciando los montos ofertados y el secretario los anotará en pantalla a través de un sistema informático o directamente en la pizarra, ordenándolos de menor a mayor y garantizando la perfecta visualización y seguimiento por parte de los asistentes. Las propuestas económicas que superen el valor referencial, no serán consideradas válidas y serán devueltas por el Comité Especial, teniéndose por no presentadas. En los procesos de selección según relación de ítems, la apertura de sobres que contienen las propuestas económicas, clasificación de propuestas, periodo de puja y determinación de puntaje se realizará ítem por ítem de manera sucesiva. El notario público verificará dichas actuaciones y hará las anotaciones correspondientes en el acta respectiva. 2.8.1 CLASIFICACIÓN DE PROPUESTAS: Solamente clasificarán para participar en el período de puja el postor que haya ofrecido el menor precio o costo y aquellos cuyas propuestas no lo hayan superado en más del (10 %). Si una vez realizado dicho corte, no hubieran clasificado para participar en el periodo de puja tres (3) o más postores, incluido el del menor precio o costo, se seleccionara a los que hubieran ofrecido los tres (3) menores precios o costos, cualesquiera que sean los montos ofrecidos y el número de postores que los ofrecieron. En caso que solo existieran dos (2) propuestas validas, la puja se realizara con la participación de dichos postores. En caso dos o más postores hubieran ofrecido el mismo precio o costo, todos ellos tendrán las mismas posibilidades de pasar al período de puja; sin embargo, deberá realizarse un sorteo entre ellos para establecer el orden requerido. Según el último párrafo del Art. 32º de la Ley de Contrataciones del Estado y el Art. 95º de su Reglamento, para otorgar la Buena Pro bajo esta modalidad de selección se requerirá la existencia de dos (02) ofertas válidas como mínimo; de lo contrario, el proceso se declarará como desierto. 19
  • 20. PROYECTO ESPECIAL SIERRA CENTRO SUR ADS N°004-2013-AG-PESCS – SUBASTA INVERSA PRESENCIAL 2.8.2 PERIODO DE PUJA: Los postores clasificados, podrán participar realizando lances verbales, para lo cual tendrán como precio base al monto unitario más bajo ofrecido hasta dicho momento. Durante el período de puja, los postores pueden realizar las coordinaciones internas que consideren pertinentes, ya sea por vía telefónica u otros medios análogos disponibles, con la finalidad de hacer propuestas serias y reales. Sin embargo, considerando que se hallan en plena competencia, cualquier comunicación o coordinación entre ellos que sea detectada por el Comité Especial y el notario público, será considerada como un acto de concertación prohibido por la Ley, y ocasionará la descalificación inmediata de los postores implicados. El Presidente del Comité Especial, invitará al postor que haya presentado la propuesta de menor precio unitario a dar inicio a la puja realizando lances verbales, y luego a los demás postores en el orden de prelación que hayan ocupado en la clasificación de propuestas, siguiendo la secuencia de menor a mayor precio. Un postor será excluido de la puja, cuando al ser requerido para realizar un lance verbal manifieste expresamente su desistimiento. A efectos de realizar lances verbales, debe contemplarse necesariamente el decremento mínimo establecido en la presente convocatoria. Cuando un postor sea requerido para realizar un lance verbal, contará con no más de tres (03) minutos para dar su respuesta, de lo contrario se le tendrá por desistido. El período de puja culminará cuando se ha identificado el precio más bajo, luego de que todos los demás postores que participaron en dicho período hayan desistido de seguir presentando nuevas propuestas (lances verbales). 2.8.3 EN LAS PROPUESTAS NO SERAN APLICABLES BONIFICACIONES U OTROS BENEFICIOS: En las contrataciones sujetas a la modalidad de subasta inversa se adjudicara la Buena Pro a las propuestas de menor costo, no siendo aplicables puntajes, bonificaciones, promociones u otros beneficios adicionales que impliquen una evaluación distinta, de conformidad con cuarto párrafo del art. 31 de la Ley de Contrataciones. 2.8.4 OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO: Una vez culminado el periodo de puja, se establecerá el orden de prelación de los postores en función al último precio ofrecido y se otorgará la buena pro al postor que haya ofrecido el precio más bajo. Para otorgar la Buena Pro, el comité especial permanente verificara la existencia de dos (2) ofertas válidas como mínimo; de lo contrario, el proceso se declarará como desierto, de conformidad con el art. 32 de la Ley y del art. 95 del Reglamento. En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la buena pro se efectuará a través de sorteo en el mismo acto, en el orden según se registraron. El acta debe expresamente consignar el orden de prelación, para el caso que el postor adjudicatario no firme el contrato dentro del plazo establecido en el inciso 2) del art. 148º del reglamento, la buena pro se otorgará a quien haya ocupado el segundo lugar, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable. 2.9 DEL CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO Se entenderá que la buena pro ha quedado consentida el día de su otorgamiento, si otorgada la buena pro del proceso o ítem, de ser el caso, ningún postor hubiera dejado constar en el acta su intención de impugnar el proceso. (Art.95 del Reglamento de la Ley). 2.10 SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS El recurso de apelación contra los actos producidos durante el acto público de presentación de propuestas, puja y otorgamiento de la Buena Pro, y contra los actos que afecten su validez, deberán ser interpuesto por los postores dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de dicho acto público, en el caso de Licitaciones Públicas y Concursos Públicos, y cinco (5) días hábiles siguientes de dicho acto público en el caso de Adjudicaciones Directas. En el caso de procesos de selección según relación de ítems, el plazo indicado en el párrafo anterior se contará a partir de la culminación del acto público de otorgamiento de la Buena Pro de la totalidad de los ítems. El Titular de la Entidad conocerá y resolverá la Apelación. 20
  • 21. PROYECTO ESPECIAL SIERRA CENTRO SUR ADS N° 004 -2013-AG-PESCS – SUBASTA INVERSA PRESENCIAL CAPÍTULO III INFORMACION ADICIONAL 3.1 DE LOS CONTRATOS Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, se procederá conforme a los plazos y procedimientos para suscribir el contrato que se establecen en el artículo 148° del Reglamento. El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 139° del Reglamento. Para la suscripción del contrato, el postor ganador de la buena pro tendrá hasta diez (10) días hábiles desde la recepción de la notificación en la que deberá presentar los documentos solicitados. Para la formalización y ejecución del contrato se aplicarán todas las reglas, requisitos, plazos, condiciones, formalidades, exigencias y garantías establecidos en la Ley y Reglamento de la Ley. 3.1.1 REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos los siguientes: a) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. b) Garantía de fiel cumplimiento del contrato, mediante Carta Fianza. c) Garantía por el monto diferencial de la propuesta, de ser el caso, mediante Carta Fianza. d) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. e) Código de cuenta interbancario (CCI), de ser el caso. f) Traducción oficial efectuada por traductor público juramentado de todos los documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompañados de traducción certificada, de ser el caso. g) Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato. h) Detalle de precios unitarios de la oferta económica, de cada ítem adjudicado. i) Copia de la Certificación de Calidad del producto adjudicado, vigente. IMPORTANTE: En caso de que el postor ganador de la Buena Pro sea un consorcio y la Entidad opte por solicitar como garantía para la suscripción del contrato carta fianza o póliza de caución, conforme a lo indicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en los Oficios Nº 5196-2011-SBS y Nº 15072-2012- SBS, a fin de que no existan problemas en la ejecución de las mencionadas garantías, resulta necesario que éstas consignen en su texto, el nombre, denominación o razón social de todas y cada una de las personas naturales y/o jurídicas que integran el consorcio. Alternativamente, las Micro y Pequeñas empresas pueden optar que, como garantía de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por ciento (10%) del monto del contrato original. Para estos efectos, la retención de dicho monto se efectuará durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo”. a) Adicionalmente, deberá presentarse obligatoriamente la siguiente documentación: b) Copia de DNI del Representante Legal. c) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa. 21
  • 22. PROYECTO ESPECIAL SIERRA CENTRO SUR ADS N°004-2013-AG-PESCS – SUBASTA INVERSA PRESENCIAL d) Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado. e) Copia del RUC de la empresa. La Entidad no podrá exigir documentación o información adicional a la consignada en el presente numeral para la suscripción del contrato. 3.2 PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO El postor ganador de la Buena Pro, sin mediar citación alguna por parte de la Entidad, deberá presentar toda la documentación prevista para la suscripción del contrato dentro del plazo de siete (7) días hábiles, contados a partir del día siguiente de consentida la Buena Pro. Así mismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato. La citada documentación deberá ser presentada en la Urbanización Mariscal Cáceres Mz. R Lote 18 Huamanga - Ayacucho, Oficina del Proyecto Especial Sierra Centro Sur. 3.3. FORMA DE PAGO Y CONFORMIDAD La Entidad deberá realizar el pago de la contraprestación pactada a favor del contratista en pagos parciales mensuales, previa conformidad del Residente y Supervisor de Meta. La conformidad se otorgará en un plazo que no excederá de los diez (10) días de la entrega del bien. De acuerdo con el artículo 176 del Reglamento, para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad deberá contar con la siguiente documentación:  Recepción y conformidad la darán en Obra por el encargado de los almacenes y de la residencia de obra.  Informe del funcionario responsable del área usuaria emitiendo su conformidad de la prestación efectuada, cuando corresponda.  Comprobante de pago. 3.4. PLAZO PARA EL PAGO La Entidad debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás condiciones establecidas en el contrato. 3.5. REAJUSTE DE LOS PAGOS Los precios adjudicados estarán sujetos a reajustes de acuerdo a los incrementos o decrementos de los precios ex planta establecidos por las refinerías, debiendo estar debidamente sustentados por el contratista al momento de facturar los pedidos (Artículo 49 del Reglamento de la Ley). 3.6 VIGENCIA DEL CONTRATO En aplicación de lo dispuesto en el artículo 149º del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene. El contrato culmina con la conformidad de recepción de la última prestación pactada, dentro del marco establecido por el artículo 176º y 177º del Reglamento. 3.7 REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS Las garantías que debe presentar el contratista deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática al solo requerimiento de la Entidad, emitida por una empresa bajo el ámbito de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones o que estén consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú. 3.8 DE LAS GARANTÍAS 3.8.1. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO El postor ganador debe entregar a la Entidad la Carta Fianza como Garantía de Fiel Cumplimiento del contrato. Esta deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por 22
  • 23. PROYECTO ESPECIAL SIERRA CENTRO SUR ADS N° 004 -2013-AG-PESCS – SUBASTA INVERSA PRESENCIAL ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la última prestación a cargo del Contratista. Alternativamente, las Micro y pequeñas empresas podrán optar que, como garantía de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por ciento (10%) del monto total del contrato original, conforme a lo establecido en el artículo 39º de la Ley. Para estos efectos, la retención de dicho monto se efectuará durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo”. 3.8.2. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS En caso el contrato conlleve a la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se otorgará una garantía adicional por este concepto, la misma que se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso. 3.8.3. GARANTÍA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA Cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del veinte por ciento (20%) de éste en el proceso de selección para la adquisición o suministro de bienes, para la suscripción del contrato el postor ganador deberá presentar una Carta Fianza como garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica. Dicha garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista. 3.8.3. EJECUCIÓN DE GARANTÍAS Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artículo 164º del Reglamento. 3.9 DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO La aplicación de penalidades por retraso injustificado en la atención de los bienes requeridos y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los Artículos 165° y 168° del Reglamento, respectivamente. 3.10 DISPOSICIONES FINALES El presente proceso se rige por las bases y lo que establece la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes. 23
  • 24. PROYECTO ESPECIAL SIERRA CENTRO SUR ADS N°004-2013-AG-PESCS – SUBASTA INVERSA PRESENCIAL CAPÍTULO IV ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS TERMINOS DE REFERENCIA DEL SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE El PESCS requiere el suministro de combustible para los vehículos de usos oficial con las que cuenta, de acuerdo a lo siguiente: 1. ESPECIFICACIONES TECNICAS PARA EL SUMINISTRO DE PETROLEO DIESEL B5 CON VALES 1.1 Las fechas de entrega son definidas a necesidad del PESCS y de acuerdo a la disponibilidad presupuestal, para lo cual se emitirá la respectiva Orden de Compra por cantidad determinada y serán atendidas mediante vales. 1.2 La empresa postora deberá atender las veinticuatro (24) horas del día incluyendo sábado, domingo y feriados. 1.3 Cada Servicentro debe garantizar el normal abastecimiento permanente y oportuno de combustible, frente a eventualidades de falta de fluido eléctrico. 1.4 El suministro del combustible deberá realizarse en el grifo(s) o estación(es) de servicio que señale el Contratista que deberá estar ubicado dentro de la ciudad de Ayacucho, teniendo presente que la Sede Central de la PESCS se encuentra ubicado en la Urb. Mariscal Cáceres Mz R Lte 18. 1.5 Los surtidores deben contar con filtros que garanticen la pureza del combustible (microfiltrada) y presentar calibración vigente del INDECOPI. 1.6 Los surtidores deberán contar con contómetros electrónicos y/o digitales. 1.7 El contratista deberá entregar al requerimiento del IPEN con la correspondiente Orden de Compra los Vales de Consumo para el suministro de combustible. 1.8 El certificado de calidad del producto respectivo deberá ser entregado a requerimiento del PESCS. 1.9 El proveedor debe contar con el correspondiente Certificado de Inscripción en el Registro de Hidrocarburos que emite OSINERGMIN, no obstante, también se consideran validas las Constancias Expedidas por la Dirección General de Hidrocarburos (DGH) del MEM, en tanto éstas estén vigentes. 2. DE LAS FICHAS TÉCNICAS Las fichas técnicas contienen las características y especificaciones técnicas que deben tener los bienes objeto de la convocatoria, al momento de su entrega a la PESCS. Las Fichas Técnicas forman como parte integrante de estas Bases. 3. VIGENCIA DEL CONTRATO DEL SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE La vigencia del contrato es por el periodo de doce (12) meses o hasta agotar el monto contratado, contados a partir de la suscripción del mismo por ambas partes. 4. PLAZO DE ENTREGA El plazo de entrega será computada en función al tiempo de entrega de vales desde el día siguiente de recepcionada la orden de compra, el cual no deberá mayor a dos (02) días calendarios. 5. RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD DEL SUMINISTRO DEL COMBUSTIBLE La Conformidad de la recepción se sujeta a lo dispuesto por el Artículo 233° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y será extendida por la Unidad de Servicios Generales del PESCS; teniendo en consideración el cumplimiento de lo establecido en el contrato y de los siguientes requisitos: - Calidad, si el suministro de combustible reúne las condiciones fijadas en la propuesta del 24
  • 25. PROYECTO ESPECIAL SIERRA CENTRO SUR ADS N° 004 -2013-AG-PESCS – SUBASTA INVERSA PRESENCIAL postor ganador de la Buena Pro. - Cantidad, si se realiza conforme a los requerimientos solicitados. - Oportunidad (cumplimiento), si la entrega del combustible se realiza en los plazos solicitados. La Conformidad de la recepción del combustible, no invalida el reclamo posterior por parte del PESCS por defectos, inadecuación en los Requerimientos Técnicos Mínimos u otras situaciones anómalas no detectables o no verificables durante la entrega del combustible. 6. DEL PAGO Los pagos se realizarán a través de abono en su cuenta bancaria, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 26° de la Directiva de Tesorería Nº 001-2007-EF/77.15 para lo cual el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar la Carta de Autorización. Dicho pago se realizará en nuevos soles, dentro del plazo de diez (10) días calendarios de haberse otorgado la conformidad de la recepción del combustible. 7. DEL REAJUSTE DE PRECIOS Los precios adjudicados estarán sujetos a reajustes de acuerdo a los incrementos o decrementos de los precios ex planta establecidos por las refinerías, debiendo estar debidamente sustentados por el contratista al momento de facturar los pedidos (Artículos 56° del Reglamento de la Ley). 7. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA - Mantener vigente una póliza de seguro para el tipo de carga a transportar. - Cumplir con las exigencias de OSINERGMIN. 8. CANTIDADES A SUMINISTAR CANTIDAD CANTIDAD TOTAL ITEM DESCRIPCIÓN UNIDAD MENSUAL (12 MESES O APROXIMADA HASTA AGOTAR) PETRÓLEO 1 DIESEL B5 GALON 265.00 3,178.00 (VALES) 25
  • 26. PROYECTO ESPECIAL SIERRA CENTRO SUR ADS N°004-2013-AG-PESCS – SUBASTA INVERSA PRESENCIAL 26
  • 27. PROYECTO ESPECIAL SIERRA CENTRO SUR ADS N° 004 -2013-AG-PESCS – SUBASTA INVERSA PRESENCIAL 27
  • 28. PROYECTO ESPECIAL SIERRA CENTRO SUR ADS N°004-2013-AG-PESCS – SUBASTA INVERSA PRESENCIAL 28
  • 29. PROYECTO ESPECIAL SIERRA CENTRO SUR ADS N° 004 -2013-AG-PESCS – SUBASTA INVERSA PRESENCIAL IMPORTANTE:  Indicar si se trata de una contratación por ítems, paquetes o lotes, en cuyo caso debe detallarse dicha información. 29
  • 30. PROYECTO ESPECIAL SIERRA CENTRO SUR ADS N°004-2013-AG-PESCS – SUBASTA INVERSA PRESENCIAL CAPÍTULO V PROFORMA DEL CONTRATO IMPORTANTE:  Dependiendo del objeto del contrato, de resultar indispensable, podrá efectuarse la inclusión de cláusulas adicionales o la adecuación de las propuestas en el presente documento, las que en ningún caso pueden contemplar disposiciones contrarias a la normativa vigente ni a lo señalado en este capítulo. Conste por el presente documento, la contratación del suministro de[CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], que celebra de una parte [CONSIGNAR EL NOMBRE DE LA ENTIDAD], en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº [………], con domicilio legal en [………], representada por [………..…], identificado con DNI Nº [………], y de otra parte [……………….....................], con RUC Nº [................], con domicilio legal en [……………….....................], inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [……….......] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [………………], debidamente representado por su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [………………..], según poder inscrito en la Ficha N° […………..], Asiento N° […………] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de […………], a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en los términos y condiciones siguientes: CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES Con fecha [………………..], el Comité Especial adjudicó la Buena Pro de la ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº[CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO DE SELECCIÓN] para la contratación de[CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], a [INDICAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en los documentos integrantes del presente contrato. CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO El presente contrato tiene por objeto [CONSIGNAR EL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN], conforme a las Especificaciones Técnicas. CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL El monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y 7 MONTO],[CONSIGNAR SI O NO] incluye IGV. Este monto comprende el costo de los bienes, transporte hasta el punto de entrega, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato. 8 CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en [INDICAR MONEDA], en [INDICAR EL DETALLE DE LOS PAGOS PERIÓDICOS], luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 181 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser estos recibidos. LA ENTIDAD debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás condiciones establecidas en el contrato. 7 Consignar que NO incluye IGV en caso el postor ganador de la Buena Pro haya presentado la Declaración Jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV (Anexo Nº 8) en su propuesta técnica. 8 En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente a efectos de generar el pago. 30
  • 31. PROYECTO ESPECIAL SIERRA CENTRO SUR ADS N° 004 -2013-AG-PESCS – SUBASTA INVERSA PRESENCIAL En caso de retraso en el pago, EL CONTRATISTA tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Ley de Contrataciones del Estado, contado desde la oportunidad en el que el pago debió efectuarse. CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN El plazo de ejecución del presente contrato es de [……..] días calendario, el mismo que se computa desde [CONSIGNAR SI ES DEL DÍA SIGUIENTE DE SUSCRITO EL CONTRATO O DESDE EL DÍA SIGUIENTE DE CUMPLIDA LA CONDICIÓN PARA EL INICIO DE LA EJECUCIÓN, DEBIENDO INDICAR LA CONDICIÓN EN ESTE ULTIMO CASO]. CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO 9 El presente contrato está conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora y los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes. CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍAS EL CONTRATISTA entregó a la suscripción del contrato la respectiva garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes:  10 De fiel cumplimiento del contrato : S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE]. Cantidad que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original, la misma que deberá mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación. IMPORTANTE:  Al amparo de lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley de Contrataciones del Estado, si el postor ganador de la Buena Pro solicita la retención del diez por ciento (10%) del monto del contrato original como garantía de fiel cumplimiento deberá consignarse lo siguiente: “De fiel cumplimiento del contrato: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la retención que deberá efectuar LA ENTIDAD, durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo” En el caso que corresponda, consignar lo siguiente:  11 Garantía fiel cumplimiento por prestaciones accesorias : S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que deberá mantenerse vigente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas.  12 Garantía por el monto diferencial de la propuesta : S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través 9 La oferta ganadora comprende a las propuestas técnica y económica del postor ganador de la Buena Pro. 10 En aplicación de lo dispuesto en el artículo 158 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, la garantía de fiel cumplimiento deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista. De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento y de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta, con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación. 11 En aplicación de lo dispuesto en el artículo 159 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en las contrataciones de bienes que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se otorgará una garantía adicional por dicho concepto. La garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso. 12 En aplicación de los dispuesto por el artículo 160 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del veinte por ciento (20%) de éste en el proceso de selección para la contratación de bienes, para la suscripción del contrato el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica. Dicha garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista. 31
  • 32. PROYECTO ESPECIAL SIERRA CENTRO SUR ADS N°004-2013-AG-PESCS – SUBASTA INVERSA PRESENCIAL de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que deberá mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación. CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN LA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artículo 164 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. CLÁUSULA DÉCIMA: CONFORMIDAD DE RECEPCIÓN DE LA PRESTACIÓN La conformidad de recepción de la prestación se regula por lo dispuesto en el artículo 176 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y será otorgada por [CONSIGNAR EL ÁREA O UNIDAD ORGÁNICA QUE OTORGARA LA CONFORMIDAD]. De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del bien. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor de diez (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan. Este procedimiento no será aplicable cuando los bienes manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan. CLÁUSULA UNDÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento. CLÁUSULA DUODÉCIMA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS La conformidad de recepción de la prestación por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 50 de la Ley de Contrataciones del Estado. El plazo máximo de responsabilidad del contratista es de [CONSIGNAR TIEMPO EN AÑOS, NO MENOR DE UN (1) AÑO] años. CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: PENALIDADES Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicará una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del monto del ítem que debió ejecutarse, en concordancia con el artículo 165 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula: 0.10 x Monto Penalidad Diaria = F x Plazo en días Donde: F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o; F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días. Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato o ítem que debió ejecutarse o, en caso que éstos involucraran obligaciones de ejecución periódica, a la prestación parcial que fuera materia de retraso. 32