SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 104
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
ADJUDICACIÓN MENOR CUANTÍA
Nº 210-2013/SEAL
SEGUNDA CONVOCATORIA
SERVICIO DE REVISIÓN DE SISTEMAS DE
MEDICIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA
PROCESO DERIVADO DEL CP 014-2012-SEAL
1
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
2
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
SECCIÓN GENERAL
DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIÓN
CAPÍTULO I
ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN
1.1 CONVOCATORIA
Se efectuará de conformidad con lo señalado en el Artículo 51º del Reglamento, en la
fecha señalada en el cronograma.
1.2 BASE LEGAL
• Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.
• Decreto Legislativo N° 1017 – Aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en
adelante la Ley.
• Decreto Supremo N° 184-2008-EF – Aprueba el Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.
• Decreto Supremo N° 021-2009-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado.
• Decreto Supremo N° 140-2009-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado.
• Directivas de OSCE
• Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.
• Código Civil.
• Ley 27806 – Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública
• Decreto Supremo Nº 007-2008-TR, Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de
Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña y del acceso al
empleo decente, Ley MYPE.
• Decreto Supremo Nº 008-2008-TR, Reglamento de la Ley MYPE.
Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias,
modificatorias y conexas, de ser el caso.
3
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas
previstas en las presentes Bases.
1.3 REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASES
El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y
hasta antes del inicio de la etapa de presentación de propuestas. En el caso de
propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno (1) de sus
integrantes, de conformidad con el Artículo 53º del Reglamento.
La persona natural o persona jurídica que desee participar en el proceso de selección
deberá acreditar estar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores
(RNP) conforme al objeto contractual. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción
en el RNP y que no se encuentra inhabilitada para contratar con el Estado.
MUY IMPORTANTE:
Para participar de un proceso de selección convocado por las Entidades del Estado
Peruano, es necesario que los proveedores se encuentren inscritos, en el registro
correspondiente, ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el
Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor
información, podrá ingresarse a la siguiente dirección electrónica: www.rnp.gob.pe.
Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres y
apellidos (persona natural), DNI, razón social (persona jurídica), número de RUC,
domicilio legal, teléfono. (Formato 01)
De acuerdo con lo establecido en el artículo 52º del Reglamento, la persona natural o
jurídica que desee ser notificada electrónicamente, deberá consignar una dirección de
correo electrónico y mantenerla activa, a efecto de las notificaciones que, conforme a lo
previsto en el Reglamento, deban realizarse. La notificación a través del SEACE
prevalece sobre cualquier medio que se haya utilizado adicionalmente, siendo
responsabilidad del participante el permanente seguimiento del respectivo proceso a
través del SEACE.
1.4 FORMA DE PRESENTACIÓN Y ALCANCES DE LAS PROPUESTAS
Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la
admisión de propuestas y factores de evaluación se presentarán en idioma castellano
o, en su defecto, acompañados de traducción efectuada por traductor público
juramentado, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en
4
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma
original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.
La omisión de la presentación del documento o su traducción no es subsanable.
Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero
contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica.
Si las propuestas se presenten en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o
electrónicos, llevarán el sello y la rúbrica del postor y serán foliadas correlativamente
empezando por el número uno.
Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente
mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio,
incluyendo el manual, debiendo llevar el sello y la rúbrica del postor o su representante
legal o mandatario designado para dicho fin.
Las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado
debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante carta poder simple
(Formato N° 02). Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante
legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho
cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el
representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que consigne
la designación del representante legal (Formato Nº 02).
1.5 PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
La presentación de propuestas se realiza en acto público, en la fecha y hora señaladas
en el calendario del proceso.
El acto se inicia cuando el Comité Especial empieza a llamar a los participantes en el
orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus
propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se
le tendrá por desistido. Si algún participante es omitido, podrá acreditarse con la
presentación de la constancia de su registro como participante.
Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni
conformar más de un consorcio.
5
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
Después de recibidas las propuestas, el Comité Especial procederá a abrir los sobres
que contienen la propuesta técnica de cada postor.
El Comité Especial comprobará que los documentos presentados por cada postor sean
los solicitados por las Bases, la Ley y el Reglamento. De no ser así, devolverá la
propuesta, teniéndola por no presentada, salvo que el postor exprese su
disconformidad, en cuyo caso se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario
mantendrá la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule
apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al
respecto.
De presentarse situaciones de subsanación de la propuesta técnica, se procederá de
acuerdo al Artículo 68
º
del Reglamento.
Después de abierto cada sobre que contiene la propuesta técnica, el Notario (o Juez de
Paz) procederá a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la propuesta técnica.
A su vez, si las Bases han previsto que la evaluación y calificación de las propuestas
técnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o Juez de Paz) procederá a colocar
los sobres cerrados que contienen las propuestas económicas dentro de uno o más
sobres, los que serán debidamente sellados y firmados por él, por los miembros del
Comité Especial y por los postores que así lo deseen, conservándolos hasta la fecha
en que el Comité Especial, en acto público, comunique verbalmente a los postores el
resultado de la evaluación de las propuestas técnicas.
Al terminar el acto público, se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario, por
todos sus miembros, así como por los veedores y los postores que lo deseen.De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 64º del Reglamento, en los actos de
presentación de propuestas y otorgamiento de la buena pro se podrá contar con la
presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como
veedor y deberá suscribir el acta correspondiente. Asimismo, la inasistencia de dicho
representante no viciará el proceso
1.6 CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
La propuesta económica (Sobre Nº 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente:
a)La oferta económica, en nuevos soles, incluidos todos los tributos, seguros,
transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme
a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener
6
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores
que gocen de exoneraciones legales.La Entidad no reconocerá pago adicional de
ninguna naturaleza.
El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen
deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser
expresados con más de dos decimales.
b) Garantía de seriedad de oferta
1.7 EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
La evaluación de propuestas se realizará en dos (02) etapas: La evaluación técnica y la
evaluación económica.
Los máximos puntajes asignados a las propuestas son las siguientes:
Propuesta Técnica : 100 puntos
Propuesta Económica : 100 puntos
1.7.1 Evaluación Técnica
Se verificará que la propuesta técnica contenga los documentos de presentación
obligatoria y cumpla con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las
presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán
admitidas.
Sólo a aquellas propuestas admitidas, el Comité Especial les aplicará los factores de
evaluación previstos en las Bases y asignará los puntajes correspondientes, conforme
a los criterios establecidos para cada factor.
Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de ochenta (80) puntos,
serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica.
1.7.2 Evaluación Económica
Si la propuesta económica excede el valor referencial, será devuelta por el Comité
Especial y se tendrá por no presentada, conforme lo establece el artículo 33º de la Ley.
La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la
propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará puntaje
inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:
7
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
Pi = Om x PMPE
Oi
Donde:
i = Propuesta
Pi = Puntaje de la propuesta económica i
Oi = Propuesta Económica i
Om = Propuesta Económica de monto o precio más bajo
PMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica
El Comité Especial deberá verificar las operaciones aritméticas de la propuesta que
obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorrección, deberá corregirla a fin de
consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha corrección
debe figurar expresamente en el acta respectiva.
1.8 ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
En la fecha señalada en las Bases, el Comité Especial procederá a otorgar la Buena
Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección
a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación y el
puntaje técnico, económico y total obtenidos por cada uno de los postores.
La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el
procedimiento establecido en las presentes Bases.
La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71º del
Reglamento.
El Presidente del Comité Especial anunciará la propuesta ganadora indicando el orden
en que han quedado calificados los postores a través del cuadro comparativo.
En el supuesto que dos (02) o más propuestas empatasen, el otorgamiento de la
Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el Artículo 73º del Reglamento.
Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o
Juez de Paz), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que
deseen hacerlo.
8
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
El otorgamiento de la Buena Pro, se presumirá notificado a todos los postores en la
misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de
otorgamiento de la buena pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en
cada factor de evaluación. Dicha presunción no admite prueba en contrario.
Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.
1.9 CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO
Cuando se hayan presentado dos (2) o más propuestas, el consentimiento de la Buena
Pro se producirá a los ocho (8) días hábiles de la notificación de su otorgamiento, sin
que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación.
En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro
se producirá el mismo día de la notificación de su otorgamiento.
El consentimiento de la Buena Pro se publicará en el SEACE al día siguiente de haber
quedado consentido el otorgamiento de la buena pro.
1.10 CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON
EL ESTADO
De acuerdo con el artículo 282º del Reglamento, a partir del día hábil siguiente de
haber quedado consentida la Buena Pro hasta el décimo quinto día hábil de producido
tal hecho, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedición
de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
El OSCE no expedirá constancias solicitadas fuera del plazo indicado.
9
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
10
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
CAPÍTULO II
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN
2.1 Recurso de apelación
A través del recurso de apelación se impugnan los actos dictados durante el desarrollo
del proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la
celebración del contrato.
El recurso de apelación se presentará ante la Entidad que convocó el proceso de
selección que se impugna, y será conocido y resuelto por el Titular de la Entidad.
Con independencia del valor referencial del proceso de selección, los actos emitidos
por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso,
podrán impugnarse ante el Tribunal.
El Tribunal será competente para conocer y resolver las controversias que surjan en los
procesos de selección de las contrataciones que se encuentren bajo los alcances de
tratados o acuerdos internacionales donde se asuman compromisos en materia de
contratación pública.
2.2 Plazos de interposición del recurso de apelación
La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con
anterioridad a ella debe interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de
haberse otorgado la Buena Pro.
La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe
interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse tomado
conocimiento del acto que se desea impugnar.
11
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
12
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
CAPÍTULO III
SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
3.1 DE LOS CONTRATOS
Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la
Buena Pro, la Entidad deberá, dentro del plazo de dos (2) días hábiles siguientes al
consentimiento de la Buena Pro, citar al postor ganador otorgándole el plazo
establecido en las Bases, el cual no podrá ser menor de cinco (5) ni mayor de diez (10)
días hábiles, dentro del cual deberá presentarse a la sede de la Entidad para suscribir
el contrato con toda la documentación requerida. En el supuesto que el postor ganador
no se presente dentro del plazo otorgado, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el
artículo 148° del Reglamento.
El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o
debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por
medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona
jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el
Artículo 139° del Reglamento.
Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además
de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:
 Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
 Garantía de fiel cumplimiento y por el monto diferencial de propuesta, de ser el caso,
cuya vigencia se extiende hasta la conformidad de la última prestación del servicio,
salvo casos de excepción;
 Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los asociados, de ser el caso.
3.2 VIGENCIA DEL CONTRATO
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 149º del Reglamento, el contrato tiene
vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene o, en
su caso, desde la recepción de la orden de servicio. Dicha vigencia rige hasta que el
funcionario competente dé la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del
contratista y se efectúe el pago correspondiente.
3.3 REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS
13
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
Las garantías que debe presentar el contratista deberán ser incondicionales, solidarias,
irrevocables y de realización automática al sólo requerimiento de la Entidad, emitida por
una empresa autorizada y sujeta al ámbito de supervisión de la Superintendencia de
Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones o que estén
consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que
periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.
3.4 DE LAS GARANTÍAS
3.4.1 GARANTÍA DE SERIEDAD DE OFERTA
Los postores deberán presentar la garantía de seriedad de oferta a efectos de
garantizar la vigencia de su oferta, según el monto establecido en las presentes Bases.
El postor que resulte ganador de la Buena Pro y el que ocupó el segundo lugar están
obligados a mantener su vigencia hasta la suscripción del contrato.
Luego de consentida la Buena Pro, la Entidad devolverá las garantías presentadas por
los postores que no resultaron ganadores de la Buena Pro, con excepción del que
ocupó el segundo lugar y de aquellos que decidan mantenerlas vigentes hasta la
suscripción del contrato.
El plazo de vigencia de la garantía de seriedad de oferta no podrá ser menor a dos (2)
meses computados a partir del día siguiente de la presentación de las propuestas. Esta
garantía puede ser renovada.
3.4.2 GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
El postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del
contrato. Esta deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del
monto del contrato original y tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la
prestación a cargo del contratista.
De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia
superior a un (1) año, previamente a la suscripción del contrato, las Entidades podrán
aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento y de
ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta, con una vigencia de un
(1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la conformidad de la
recepción de la prestación.
14
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
Alternativamente, las micro y pequeñas empresas podrán optar que, como garantía de
fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por ciento (10%) del monto del contrato
original, conforme a lo establecido en el artículo 39º de la Ley. Para estos efectos, la
retención de dicho monto se efectuará durante la primera mitad del número total de
pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del
mismo.
3.4.3 GARANTÍA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA
Cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del diez por
ciento (10%) de éste, para la suscripción del contrato, el postor ganador deberá
presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento
(25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica. Dicha
garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a
cargo del contratista.
3.5 EJECUCIÓN DE GARANTÍAS
Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el
artículo 164º del Reglamento.
3.6 DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
La aplicación de penalidades por retraso injustificado en la atención del servicio
requerido y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de
conformidad con los Artículos 165° y 168° del Reglamento, respectivamente.
De acuerdo con los artículos 48º de la Ley y 166º del Reglamento, en las Bases o el
contrato podrán establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artículo 165º
del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el
objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al 10% del monto
del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades
se calcularán de forma independiente a la penalidad por mora.
3.7 ADELANTOS
No se otorgará adelantos.
3.8 PAGOS
La Entidad deberá realizar todos los pagos a favor del contratista por concepto de los
servicios objeto del contrato. Dichos pagos se efectuarán después de ejecutada la
15
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
respectiva prestación; salvo que, por razones de mercado, el pago del precio sea
condición para la realización del servicio.
La Entidad podrá realizar pagos periódicos al contratista por el valor de los servicios
contratados en cumplimiento del objeto del contrato, siempre que estén fijados en las
Bases y que el contratista los solicite presentando la documentación que justifique el
pago y acredite la existencia de la prestación de los servicios. Las Bases podrán
especificar otras formas de acreditación de la obligación. Los montos entregados
tendrán el carácter de pagos a cuenta.
En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de
acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.
Plazos para los pagos
La Entidad deberá pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la
oportunidad establecida en las Bases o en el contrato. Para tal efecto, el responsable
de dar la conformidad de la prestación de los servicios, deberá hacerlo en un plazo que
no excederá de los diez (10) días calendario de ser éstos recibidos.
En caso de retraso en el pago, el contratista tendrá derecho al pago de intereses
conforme a lo establecido en el artículo 48° de la Ley, contado desde la oportunidad en
que el pago debió efectuarse.
3.9 DISPOSICIONES FINALES
Todos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se
regirán supletoriamente por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así
como por las disposiciones legales vigentes.
16
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
17
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
SECCIÓN ESPECÍFICA
CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN
CAPÍTULO I
GENERALIDADES
1.1 ENTIDAD CONVOCANTE
Nombre:SociedadEléctrica del Sur Oeste S.A.
RUC N°: 20100188628
1.2 DOMICILIO LEGAL
Calle Consuelo Nº 310 Cercado – Arequipa.
1.3 OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El presente proceso de selección tiene por objeto la contratación del servicio de Revisión
de Sistemas de Medición de Energía Eléctrica
ABSOLUCION A LA CONSULTAPRESENTADA POR LA EMPRESA MALCOM S.A.
Con relación a la consulta alcanzada debemos precisar que tal como se señala en la
Sección específica de las bases, numeral 1.3; el proceso de selección convocado tiene
por objeto la contratación de servicio de revisión de sistema de medición eléctrica en el
cual la actividad a ejecutar por parte del proveedor del servicio es la de contrastación y/o
verificación de medidores de energía tal como se observa en el numeral 5.1 de los
términos de referencia. Actividad que es parte del programa de trabajo de contrastación
y/o verificación de medidores de energía desarrollada por SEAL.
1.4 VALOR REFERENCIAL
El valor referencial asciende a S/. 1’728,809.60 (Un millón setecientos
veintiocho
mil ochocientos nueve con 60/100 Nuevos soles), incluido los impuestos de Ley
y cualquier otro concepto que pudiera incidir en el costo total del servicio. El valor
referencial ha sido calculado al mes de Junio 2012.
ABSOLUCIÓN A LASOBSERVACIONES PRESENTADAS POR LA EMPRESA
MALCOM S.A. Y POR EL OSCE A LA INTEGRACIÓN DE BASES EFECTUADA
18
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
Se modifica el párrafo indicado por el siguiente:
El valor referencial asciende a S/. 1’925,610.40 (Un millón novecientos veinte cinco
mil seiscientos diez con 40/100 Nuevos soles), incluido los impuestos de Ley y
cualquier otro concepto que pudiera incidir en el costo total del servicio. El valor
referencial ha sido calculado al mes de Noviembre 2012.
Se adjunta al presente la estructura de costos así como el estudio de mercado
actualizado.
1.5 EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
El expediente de contratación fue aprobado mediante Informe GG/PLD-0051-2012
del 14-06-2012.
AL EXISTIR UN NUEVO VALOR REFERENCIAL SE APROBÓ
NUEVAMENTE EL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
El expediente de contratación fue aprobado mediante Documento Interno GG/PLD-
0173-2012 el 28 de diciembre de 2012.
1.6 FUENTE DE FINANCIAMIENTO
Recursos Propios.
1.7 SISTEMA DE CONTRATACION
El presente proceso se rige por el sistema de precios unitarios, de acuerdo con lo
establecido en el expediente de contratación respectivo.
1.8 ALCANCES DEL REQUERIMIENTO
El servicio a contratar está definido en los Términos de Referencia que forman parte de
la presente Sección en el Capítulo III.
1.9 PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Los servicios materia de la presente convocatoria se prestarán en el plazo de Dos (02)
años o hasta que culmine el monto adjudicado . Dicho plazo constituye un
requerimiento técnico mínimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente de
contratación.
1.10 BASE LEGAL
• Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.
• Ley N° 29812 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012.
• Ley N° 29813 – Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2012
19
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
• Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en
adelante la Ley.
• Decreto Supremo N° 184-2008-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.
• Directivas de OSCE
• Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
• Código Civil.
• Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.
• D.S. Nº 020-97-EM, Norma Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos y sus
modificatorias.
• Resolución Nº 616-2008-OS/CD, Base Metodológica para la aplicación de la Norma
Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos, o la que la actualice.
• Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento – Decreto Ley 25844.
• Resolución Directoral Nª 016-2008-EM/DGE – Norma Técnica de calidad de los
servicios Eléctricos Rurales (NTCSER) y modificatorias.
• Resolución OSINERGMIN Nº 047-2009 –OS/CD Procedimiento para la supervisión
de la facturación, cobranza y atención al usuario.
• Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y de Salud en el Trabajo.
• Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las actividades eléctricas.
Resolución Ministerial 161-2007-MEM/DM
• Procedimiento Administrativo de Reclamos de los Usuarios de los Servicios
Públicos de Electricidad y Gas Natural (OSINERGMIN N° 671-2007-OS/CD).
• Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y de Salud en el Trabajo.
• Resolución de OSINERGMIN Nº 680-2008-OS/CD
• NTC Nº 496-2005-MEM/DM
Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias
y conexas, de ser el caso. Así como las que se formulen durante la etapa de la vigencia
del contrato y se hallen relacionadas con la ejecución del servicio.
OBSERVACIÓN PRESENTADA POR LA EMPRESA MALCOM S.A. Y
ELEVADA AL OSCE QUE INDICO LO SIGUIENTE:
Sobre el particular, el numeral 5.3.3.4 de la Resolución N° 616-2008-OS/CD señala que
existe una tolerancia para la ejecución de contrastes, admitiéndose una demora no
mayor a un (01) día hábil para efectuar el contraste respecto de la fecha programada.
Asimismo, se indica que la empresa distribuidora es la encargada de llevar a cabo
dichos contrastes en su concesión, ello a través de una o más empresas contrastadores.
Ahora bien, en el pliego absolutorio se indica que dicha norma es de aplicación para el
concesionario, en atención al cumplimiento de ciertos estándares de calidad, sin que se
establezcan condiciones específicas para las empresas contrastadoras.
20
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
Por tanto, conforme a lo expuesto por la Entidad y dado que es su competencia y
responsabilidad la determinación de los requerimientos técnicos mínimos, este
Organismo Supervisor decide NO ACOGER la observación formulada.
21
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
CAPÍTULO II
DEL PROCESO DE SELECCIÓN
2.1 CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN
ETAPAS FECHAS LUGAR / MEDIO
CONVOCATORIA 29 de enero de 2013 Publicación en el SEACE
REGISTRO DE PARTICIPANTES
Del 30 de enero de
2013.
Al 07 de febrero de
2013.
Oficinas administrativas de SEAL, sito en Calle
Sucre N° 402, de 07.45 a 15.45 horas.
PRESENTACION DE
PROPUESTAS
08 de febrero de 2013
Instalaciones de SEAL. Calle Sucre N° 402 -
Cercado, a las 09:00 horas.
CALIFICACION Y EVALUACION
DE PROPUESTAS
15 de febrero de 2013 Unidad de Logística. 08:30 horas.
OTORGAMIENTO DE LA BUENA
PRO
15 de febrero de 2013
Instalaciones de SEAL. Calle Sucre N° 402 -
Cercado, a las 09:00 horas.
2.2 REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASES
El registro de los participantes se realizará en las oficinas administrativas de SEAL, sito
en Calle Sucre Nº 402, Arequipa, en las fechas señaladas en el cronograma, en el
horario de 07:45 a 15:45 horas, previo pago de la suma S/.20.00 (Veinte con 00/100
Nuevos Soles) por derecho de participación, mediante depósito bancario a la cuenta
corriente del Banco de Crédito M.N. N° 215-0071421-0-40 el mismo que deberá ser dado
a conocer a SEAL, opcionalmente se podrán registrar a través del correo electrónico
siguiente: logisticaseal@seal.com.pe
En el momento de la entrega de las Bases al participante, se emitirá la constancia o
cargo correspondiente en el que se indicará: número y objeto del proceso, el nombre y
firma de la persona que recibe las Bases así como el día y hora de dicha recepción.
2.3 ACTO PÚBLICO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
Las propuestas se presentarán en acto público, en Calle Sucre 402 Cercado -
Arequipa, en la fecha y hora señalada en el cronograma. El acto público se realizará
con la participación de Notario.
22
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados y estarán dirigidas al Comité
Especial del ADJUDICACIÓN MENOR CUANTÍA N° 210-2013-SEAL, conforme
al siguiente detalle:
SOBRE N° 1: Propuesta Técnica. El sobre será rotulado:
SOBRE Nº 2: Propuesta Económica. El sobre será rotulado:
2.4 CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS
SOBRE Nº 1 - PROPUESTA TÉCNICA
Se presentará en un original y una copia
El sobre Nº 1 contendrá, además de un índice de documentos, la siguiente
documentación:
23
Señores
SOCIEDAD ELÉCTRICA DEL SUR OESTE S.A.
Consuelo 310, Cercado, Arequipa.
Att.: Comité Especial
ADJUDICACIÓN MENOR CUANTÍA N° 210-2013-SEAL
Objeto del Proceso: SERVICIO DE REVISION DE SISTEMAS DE
MEDICION DE ENERGIA ELECTRICA
PROCESO DERIVADO DEL CP 014-2012-SEAL
Señores
SOCIEDAD ELÉCTRICA DEL SUR OESTE S.A.
Consuelo 310, Cercado, Arequipa.
Att.: Comité Especial
ADJUDICACIÓN MENOR CUANTÍA N° 210-2013-SEAL
Objeto del Proceso: SERVICIO DE REVISION DE SISTEMAS DE
MEDICION DE ENERGIA ELECTRICA
PROCESO DERIVADO DEL CP 014-2012-SEAL
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
Documentación de presentación obligatoria
a) Copia simple del Certificado de inscripción vigente en el Registro Nacional de
Proveedores, Registro de Servicios.
b) Declaración Jurada de datos del postor
Cuando se trate de Consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno
de los consorciados. (Anexo Nº 1).
c) Declaración Jurada que acredite el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos
Mínimos, contenidos en el Capítulo III de la presente Sección (Anexo Nº 2).
d) Declaración Jurada simple de acuerdo al Artículo 42º del Reglamento. (Anexo Nº 3)
En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada,
salvo que sea presentada por el representante legal común del consorcio.
e) Promesa de consorcio, de ser el caso, consignando los integrantes, el representante
común, el domicilio común y el porcentaje de participación. (Anexo Nº 4)
La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes.
En caso de no establecerse en la promesa formal de consorcio las obligaciones, se
presumirá que los integrantes del consorcio ejecutarán conjuntamente el objeto de
convocatoria, por lo cual cada uno de sus integrantes deberá cumplir con los requisitos
exigidos en las Bases del proceso.
Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para
actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso
de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.
f) Declaración Jurada de Plazo de prestación del servicio. (Anexo Nº 5)
MUY IMPORTANTE:
La omisión de alguno de los documentos enunciados acarreará la
descalificación de la propuesta.
Documentación de Presentación Facultativa:
a) Cuadro de Experiencia del Postor (Anexos Nº 06).
b) Cuadro de Experiencia del Postor en la especialidad, (Anexos Nº 08).
c) Cuadro de información específica del personal propuesto – (Anexo Nº 09)
d) Cuadro de experiencia en la especialidad del personal propuesto– (Anexo Nº 10).
24
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
e) Programa decapacitación – (Anexo Nº 11)
PRONUNCIAMIENTO DEL OSCE
Factores de evaluación
En la medida que los factores de evaluación referidos a la experiencia del postor y los
profesionales propuestos deben ser acreditados fehacientemente, deberá suprimirse de
la documentación de presentación facultativa del numeral 2.5 de las Bases, la
presentación de declaraciones juradas.
SOBRE N° 2 - PROPUESTA ECONÓMICA
El Sobre N° 2 deberá contener la siguiente información obligatoria:
a) Oferta económica expresada en nuevos soles y el detalle de precios unitarios
cuando este sistema haya sido establecido en las Bases (Anexo 7).
El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán
ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con
más de dos decimales.
Garantía de seriedad de oferta por un monto de S/. 17,288.10 (Diecisiete mil
doscientos ochenta y ocho con 10/100 nuevos soles) avalado mediante
carta fianza
Al haberse modificado el valor referencial se modifica el valor de la
garantía de seriedad de oferta en los siguientes extremos:
b) Garantía de seriedad de oferta por un monto de S/. 19,500.00
(Diecinueve mil quinientos con 10/100 nuevos soles) avalado mediante
carta fianza
2.6 Determinación del Puntaje Total
Una vez evaluadas las propuestas técnica y económica se procederá a determinar el
puntaje total de las mismas.
25
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
El puntaje total de la propuesta será el promedio ponderado de ambas evaluaciones,
obtenido de la siguiente fórmula:
PTPi = c1 PTi + c2 PEi
Donde:
PTPi = Puntaje total del postor i
PTi = Puntaje por evaluación técnica del postor i
PEi = Puntaje por evaluación económica del postor i
c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica = 0.60
c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica = 0.40
2.7 REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
Adicionalmente, conforme al artículo 141º del Reglamento y en concordancia con el
objeto de la convocatoria, deberá requerirse, entre otros, los siguientes documentos:
a) Copia de DNI del Representante Legal;
b) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa;
c) Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente
actualizado;
d) Copia del RUC de la empresa;
e) Código de Cuenta Interbancario (CCI), de corresponder.
f) Certificado literal de la ficha registral de la empresa con no más
de 30 días de antigüedad. (original).
g) Certificado expedido por el OSCE de no estar inhabilitado para
contratar con el Estado.
h) Copia del documento de formalización del consorcio (de ser el
caso)
Asimismo, el postor ganador de la buena pro deberá presentar una carta fianza para
efectos de garantizar lo siguiente:
- De fiel cumplimiento del contrato
- Por el monto diferencial de la propuesta (de ser el caso).
2.8 PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
El postor ganador de la buena pro deberá presentar toda la documentación requerida
para la suscripción del contrato en el plazo de diez (10) días hábiles. La citada
26
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
documentación deberá ser presentada en la oficina de Mesa de Partes de SEAL, sito en
calle Consuelo 310.
2.9 ADELANTOS
La empresa no otorgará adelantos.
2.10 PLAZO PARA EL PAGO
La Entidad se compromete a efectuar el pago al contratista en un plazo máximo de30
días calendario de otorgada la conformidad de recepción de la prestación.
2.11 FORMA DE PAGO
De acuerdo con el artículo 176º del Reglamento, para efectos del pago de las
contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad deberá contar con la
siguiente documentación:
- Recepción y conformidad del Órgano de Administración
- Informe del funcionario responsable del área usuaria emitiendo su
conformidad de la prestación efectuada.
- Factura
2.12 REAJUSTE DE LOS PAGOS
El presente proceso no ha previsto reajuste de precios.
27
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
CAPÍTULO III
TÉRMINOS DE REFERENCIA
SERVICIO DE REVISION DE SISTEMAS DE MEDICION DE ENERGIA
ELECTRICA.
El Departamento de Conexiones y Control de la Medición requiere contratar a una persona
jurídica especializada que se encargue del Servicio de Revisión de Sistemas de Medición de
Energía Eléctrica.
1 Objeto de la contratación: Se requiere la contratación del “Servicio de Revisión de
Sistemas de Medición de Energía Eléctrica”, dentro del ámbito de la concesión de
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
2 Justificación de la necesidad: SEAL requiere contratar el “Servicio de Revisión de
Sistemas de Medición de Energía Eléctrica” con el fin de garantizar y mantener la correcta
medición de la energía a nuestros clientes dentro del ámbito de concesión y el
cumplimiento de la normatividad vigente que regula el programa de verificación y
contrastación de medidores de energía eléctrica.
3 Finalidad Pública:
La finalidad publica del presente servicio, es garantizar y mantener la correcta medición de
la energía a sus clientes dentro de su ámbito de concesión a través de la contrastación de
los medidores en campo.
4 Programación de la Necesidad:
El presente requerimiento de “Servicio de Revisión de Sistemas de Medición de Energía
Eléctrica” ha sido programado en el Plan Anual de Contrataciones 2013.
5 Descripción y/o Alcance de Especificaciones Técnicas:
5.1 Características mínimas requeridas
5.1.1. EXTENSIÓN DEL SERVICIO
i. Actividades a ejecutar
28
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
Nro Actividad
1 Contrastación o verificación de medidores.
ii. Base Legal
• D.S. Nº 020-97-EM, Norma Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos y
sus modificatorias.
• Resolución Nº 616-2008-OS/CD, Base Metodológica para la aplicación de
la Norma Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos, o la que la
actualice.
• Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento – Decreto Ley 25844.
• Resolución Directoral Nª 016-2008-EM/DGE – Norma Técnica de calidad
de los servicios Eléctricos Rurales (NTCSER) y modificatorias.
• Resolución OSINERGMIN Nº 047-2009 –OS/CD Procedimiento para la
supervisión de la facturación, cobranza y atención al usuario.
• Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y de Salud en el Trabajo.
• Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las actividades
eléctricas. Resolución Ministerial 161-2007-MEM/DM
• Procedimiento Administrativo de Reclamos de los Usuarios de los Servicios
Públicos de Electricidad y Gas Natural (OSINERGMIN N° 671-2007-
OS/CD).
• Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y de Salud en el Trabajo.
• Resolución de OSINERGMIN Nº 680-2008-OS/CD
• NTC Nº 496-2005-MEM/DM
Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias,
modificatorias y conexas, de ser el caso. Así como las que se formulen durante
la etapa de la vigencia del contrato.
iii. Estadísticas por tipo de actividad
Considerando que las cuatro actividades se van a realizar tanto para medidores
trifásicos como monofásicos, en zonas rurales, urbano-rurales y urbanas, así
como en la modalidad de trabajos masivos como dispersos, se plantea un precio
unitario ponderado por cada actividad. A continuación, se presenta la siguiente
estadística de incidencia en el desarrollo de las actividades propuestas:
Por tipo de Medidor % de utilización
29
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
Medidores monofásicos 99%
Medidores trifásicos 1%
Por zona de trabajo % de utilización
Urbano (ciudad de Arequipa) 75%
Urbano-rural y rural (zonales) 25%
Por modalidad de trabajo % de utilización
Trabajos programados en forma masiva 80%
Trabajos programados en forma dispersa 20%
Por tipo de Medidor % de utilización
Medidor electrónico con clase de precisión 1 70%
Medidor electromecánico con clase de
precisión 2
30%
Asimismo, considerando que se deben realizar constataciones policiales o
judiciales para el uso de los suministros alternativos, se indica que el porcentaje
de uso de alternativos deberá ser como máximo el 1% de las actividades de
contrastación de medidores, debiendo la contratista efectuar las acciones
respectivas a fin de mantener o reducir este porcentaje.
PRONUNCIAMIENTO DEL OSCE
Se suprime el citado párrafo en mérito a lo establecido por el OSCE
conforme a lo siguiente:
Uso de suministros alternativos
Deberá suprimirse de las Bases que el porcentaje de uso de
alternativos sea como máximo el 1% de las actividades de
contrastación de medidores, dado que se entiende que ello no se
encontraría dentro del ámbito de responsabilidad del contratista,
considerando que ésta no puede, por ejemplo, obligar al usuario a
realizar la contrastación, supuesto en el cual procede el empleo de
suministros alternativos.
5.1.2. GLOSARIO
30
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
- Contratista: Empresa que suscribe el contrato de prestación del servicio
con el objeto de ejecutar las actividades encargadas por SEAL.
- Unidad Operativa: Unidad de trabajo conformada por un vehículo,
herramientas, equipos de trabajo y de seguridad, un chofer, un jefe técnico
responsable (puede ser para los casos específicos técnico contrastador
autorizado por INDECOPI) y un técnico electricista de apoyo, en
concordancia con el RESESATAE.
- Acta de contrastación: Formato en donde se consignan las pruebas
realizadas a los medidores así como la apreciación de las conexiones, datos
del suministro, datos del equipo patrón debidamente firmados por la
autoridad interviniente.
- Concesionario: Es el titular de una concesión definitiva de distribución,
otorgada al amparo de la Ley de Concesiones Eléctricas.
- Contrastación: Proceso técnico que permite determinar los errores del
Sistema de Medición mediante su comparación con un Sistema Patrón.
Forman parte de este proceso las pruebas o ensayos que se le realicen a los
transformadores de corriente, si fuese el caso.
- Actividades masivas: Corresponde a la ejecución de actividades que se
programan semanalmente en bloques, en donde los suministros se
encuentran agrupados geográficamente.
- Actividades dispersas: Corresponde a la ejecución de actividades que se
programan diariamente en bloques, en donde los suministros se encuentran
distribuidos en la ciudad y/o localidad de manera aleatoria y dispersa.
- Contrastador: Persona natural o jurídica independiente de las partes
involucradas en el contrato de suministro, autorizada por INDECOPI para
efectuar la Contrastación de Sistemas de Medición.
- Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la
Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI): Es la autoridad
competente para autorizar el desarrollo de la actividad de Contrastación de
Sistemas de Medición.
- Organismo Supervisor de la Inversión en Energía
(OSINERGMIN): Es la autoridad competente para supervisar y fiscalizar el
cumplimiento de la Norma.
- Reglamento para la Autorización y Supervisión de Entidades
Contrastadoras (Reglamento): Es el documento emitido por la Comisión
de Reglamentos Técnicos y Comerciales de INDECOPI, mediante el cual
éste autoriza y supervisa a las entidades que realizan actividades de
Contrastación de Sistemas de Medición.
31
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
- Sistema de Medición (o Equipo de Medición): Es todo el conjunto
de equipamiento requerido para la medición de energía activa y reactiva, y
máxima demanda. Podrá ser de medición directa (empleando únicamente
contadores de energía activa y reactiva, y registradores de máxima
demanda) o, medición indirecta (empleando transformadores de medición).
- Sistema Patrón: Es el Sistema de medición de energía eléctrica usado
como modelo de comparación para evaluar el sistema de medición de
energía eléctrica a contrastar y que tiene un nivel de precisión mayor al
sistema evaluado. El Sistema Patrón debe ser calibrado por el INDECOPI o
por Laboratorios de Calibración debidamente acreditados para tal fin.
- Transformador de Corriente: Transformador de medida que sirve para
conocer la intensidad de corriente en un conductor (lado primario) a través de
la corriente inducida por éste (conductor) en el lado secundario y, de su
relación de transformación.
Para un sentido correcto de las conexiones, el ángulo de desfase entre las
corrientes del lado primario y secundario, es aproximadamente igual acero.
- Cliente: Es todo aquel que cuenta con un contrato de suministro de energía
eléctrica vigente.
- Suministro: Comprende a los equipos de medición de totalizadores y
usuarios.
- Punto de entrega: Es el lugar en el cual el concesionario efectúa la
conexión para suministrar energía eléctrica, entre la red de distribución y los
conductores de acometida.
- Acometida: Es el (los) conductor(es) que permite(n) la alimentación
eléctrica entre la red de distribución secundaria y los bornes de entrada del
equipo de medición (sistema de medición directo); o entre la red de
distribución secundaria y la llave general del cliente (sistema de medición
indirecto). Su instalación puede ser del tipo aérea, subterránea o mixta.
a) Aérea: acometida aérea conectada a la red de distribución aérea.
b) Subterránea: acometida subterránea conectada a la red de distribución
subterránea.
c) Mixta: acometida subterránea conectada a la red de distribución aérea.
- Medidor: Es un registrador de los consumos y/o parámetros configurados
en el equipo.
- Equipo de protección: Se utiliza como limitador de corriente, con el objeto
de proteger el sistema de medición y la red de distribución secundaria de una
probable sobrecarga. En las conexiones domiciliarias se tienen instalados
32
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
fusibles, interruptores térmicos, interruptores termo magnéticos, interruptores
diferenciales.
- Caja porta medidor: Es una caja metálica en la cual se encuentran
instalados el medidor, el sistema de protección y/o los transformadores de
corriente.
- Líneas de carga: Son los conductores que se conectan entre el sistema de
protección y la llave general del usuario.
- Conexión domiciliaria: Se encuentra compuesta por todos los elementos
que la componen: acometida, medidor, sistema de protección, entre otros.
- Consumo No Registrado (CNR): Es el consumo no registrado por el
sistema de medición debido a conexiones ilegales, irregulares o por
desperfectos en el sistema de medición; sean éstos últimos originados por
cualquier tipo de causa. Se puede originar por causas atribuibles a SEAL o al
USUARIO.
- Testigo/Autoridad interviniente:Es un miembro de la Policía Nacional
del Perú en Servicio, representante del OSINERGMIN que fiscaliza a SEAL,
representante del Ministerio Público o Notario Público; u otro mencionado en
el oficio N° 021-96-EM/DGE (con fecha 28-Mar-1996).
- Informe de Contraste: Es un formato en el que se registra (anota) toda la
información de campo que se obtenga como resultado de los contrastes en
campo. En dicho formato también se deberán anotar incidencias u
observaciones de la conexión, entre otros.
- Notificación previa: Es el documento que se le entrega al usuario, con el
objeto de avisarle con antelación, los trabajos a realizar (de acuerdo al
Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas y la Norma DGE
“Reintegros y Recuperos de Energía Eléctrica).
- Notificación de contraste: Es el documento que se le entrega al usuario,
con el objeto de avisarle con antelación (dos días hábiles), los trabajos de
contrastación o verificación de medidores a realizar (de acuerdo la Norma
Técnica de Contrastación del Sistema de Medición de Energía Eléctrica y la
Norma DGE “Reintegros y Recuperos de Energía Eléctrica).
- Constatación Policial: Es la acción donde LA CONTRATISTA, solicita la
intervención de la autoridad para sustentar la oposición al contraste de
medidor (o cualquier motivo que impida efectuar el contraste siempre y
cuando no contravengan la normativa) y efectuar el contraste de un
suministro alternativo.
- Cambio de Medidor: Trabajos de retiro del medidor defectuoso luego de
una contrastación e instalación de un nuevo medidor, incluye en esta
33
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
actividad el cierre de la caja portamedidor, la instalación de los precintos o
sellos de seguridad, pegado de sticker de contraste y el llenado de los
formatos respectivos.
- Ley: Ley de Concesiones Eléctricas aprobado por D.L. Nº 25844 y
modificatorias.
- Reglamento: Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas aprobado
por D.S. Nº 009-93/EM y modificatorias.
- NTCSE: Norma Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos aprobado por
D.S. Nº 020-97-EM y modificatorias.
- NTCSER: Norma Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos Rurales
aprobado por R.D. Nº 016-2008-EM/DGE y modificatorias.
- Base Metodológica: Base Metodológica para la aplicación de la Norma
Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos (la que se encuentre vigente).
- Procedimiento de reclamos: Procedimiento Administrativo de Reclamos
de los Usuarios de los Servicios Públicos de Electricidad y Gas Natural
(OSINERGMIN N° 671-2007-OS/CD).
- RESSESATAE: Reglamento de Seguridad e Higiene Ocupacional en el
trabajo.
- Normativa: Todas las disposiciones emitidas para el Sub Sector
Electricidad.
- DGE: Dirección General de Electricidad.
- ORDEN DE TRABAJO: Es un documento entregado por SEAL, en el que
se especifican las actividades y/o trabajos a realizar. Las Ordenes de trabajo
pueden ser emitidas por: (a) suministro, (b) subestación de distribución, (c)
centro de transformación, (d) circuito alimentador en media tensión, (e)
sistema eléctrico, (f) zona de facturación, entre otros.
5.1.3. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
El servicio consiste en ejecutar las actividades de revisión de los sistemas de
medición de energía eléctrica, las que incluyen las actividades de contrastación
de medidores en campo basados en la NTCSE, la Resolución de OSINERGMIN
Nº 680-2008-OS/CD, la NTC Nº 496-2005-MEM/DM, el procedimiento de
atención de Reclamaciones, la NTCSER y cualquier modificación de las normas
antes indicadas, así como cualquier otra normativa relacionada al proceso de
contrastación o verificación de medidores en el Área de Concesión de SEAL.
La ejecución de los trabajos se realizará bajo la autorización expresa de SEAL y
mediante la emisión de órdenes de trabajo, diarias o semanales, cuya ejecución
deberá ser reportada dentro de los plazos establecidos por SEAL.
34
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
La programación a seguir, en cada una de las actividades, será elaborada y
aprobada por SEAL; y podrán ser modificados de acuerdo a las directivas
específicas que dicte la SEAL, entidades reguladoras, fiscalizadoras u otras.
Dicha programación de trabajo deberá ser cumplida en su totalidad y en las
fechas programadas, para lo cual la Contratista deberá de proveer todo el
personal, materiales, equipos y movilidades necesarias para cumplir con el
trabajo programado.
ABSOLUCIÓN A LA CONSULTA PRESENTADA POR LA EMPRESA
MALCOM S.A.
En atención a la consulta debemos señalar que en el anexo A-2 (página 39 de
las bases), referido a la descripción de las actividades - Actividad Nº 01:
contrastación o verificación de medidores en su numeral 1, de las bases se
señala que: “esta actividad solo podrá ser realizada por una empresa
con autorización de INDECOPI….”
Por esta razón y considerando que a través de la página web de INDECOPI, se
puede verificar si el postor cuenta con dicha autorización o no, el Comité
Especial realizará dicha verificación al momento de la evaluación de las
propuestas técnicas de los postores.
ABSOLUCIÓN A LA CONSULTA PRESENTADA POR LA EMPRESA
MALCOM S.A.
Al respecto debemos mencionar que para el caso de las contrastaciones tal
como los señala la Directiva de Reclamaciones, se da al Cliente que dude de la
precisión de su medidor, la posibilidad de elección en la ejecución de la
contrastación al presente contratista, pudiendo optar por elegir la contrastación
con otra empresa contrastadora o en INDECOPI. Por lo tanto, SEAL no estaría
contraviniendo con la normatividad vigente en la directiva de reclamaciones.
Referente al precio por este tipo de contrastaciones, se debe tener en cuenta
que en SEAL se tiene una demanda de aproximadamente dos contrastaciones
por mes (0.076% del total de contrastaciones), por lo que ha optado por
ponderar el precio unitario con las demás contrastaciones masivas (80% del total
de contrastaciones).
35
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
5.1.4. CONSIDERACIONES PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO.
• La contratista deberá cumplir con el programa de trabajo establecido por
SEAL, en su totalidad, para lo cual deberá proveer el personal, materiales,
equipos y movilidades necesarias para cumplir con el trabajo programado.
Deberá tener en cuenta los siguientes plazos de ejecución:
Nro. Actividad Cantidades
1 Contrastación o
verificación de Medidores.
En la fecha programada, inmediatamente
después de la apertura de la caja
portamedidor por parte de SEAL
Asimismo, teniendo en cuenta que la contratista va a utilizar materiales
proporcionados por SEAL, la contratista deberá liquidar las notas salida con
dos días hábiles después de recibido el material.
• Con la finalidad de minimizar los errores u omisiones de digitación de los
formatos, la contratista deberá contar con un procedimiento de control de
calidad antes de entregar los formatos a SEAL para su validación.
• La contratista deberá contar con un sistema informático en WEB o similar que
permita a SEAL contar con la siguiente información:
• Deberá presentar gráficamente un organigrama con todo el personal que
labora en el servicio, asimismo deber incluir la última fecha de actualización.
Asimismo deberá poder imprimirse o exportase a un archivo de imagen (JPG,
TIFF) o procesador de texto o datos (Word o Excel). Dicho organigrama
deberá poder visualizar, imprimirse y exportarse la fotografía de cada personal
y unidad móvil.
o Relación (en formato Excel) de los certificados del personal de
contrastación, de las cargas y equipos contrastadores, todos debidamente
actualizados y organizados por unidad operativa. Asimismo deberán estar
escaneados en una alta resolución (mínimo 400 ppm) y poder imprimirse o
exportarse a un archivo de imagen (JPG, TIFF).
o Reporte diario de los medidores que haya desaprobado las pruebas de
contraste. Asimismo deberá permitir exportar dicho reporte al formato
Excel y guardar todos los reportes históricos.
o Registro de los alternativos utilizados, indicando las razones de su
utilización y fotografías explicativas (mínimo tres fotografías). Asimismo
36
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
deberá permitir exportar dicho reporte al formato Excel o imagen según
sea el caso y guardar todos los reportes históricos.
o Hoja de ruta (publicado un día hábil antes del inicio de sus actividades), en
la que se indique el orden en el cual se ejecutarán las actividades
programadas por cada unidad operativa.
o Listado de suministros que se encuentren observados por alguna
deficiencia en las conexiones eléctricas (caja en mal estado, sin sistema
de protección, acometida mal instalada, incumplimiento de distancias
mínimas de seguridad, etc.).
• En el caso del Coordinador General, está prohibido su cambio durante los
primeros seis meses de iniciadas las labores, salvo caso fortuito y sustentado
debidamente.
• Cada Unidad Operativa, el coordinador general y el supervisor deberán contar
con un equipo celular. Asimismo deberá garantizar que dichos equipos
funcionen correctamente durante la vigencia del contrato.
5.1.5. EQUIPAMIENTO MÍNIMO EXIGIDO
Las herramientas, elementos de trabajo y uniformes utilizados por LA
CONTRATISTA deberán mantenerse en buen estado de uso y poseer las
características adecuadas para el trabajo a realizar, lo cual será controlado
permanentemente por SEAL.
Para el inicio de la prestación del servicio, cada Unidad Operativa deberá contar
con la inspección y aprobación escrita del Área responsable de SEAL.
Cada Unidad Operativa que emplee LA CONTRATISTA deberá cumplir con las
exigencias mínimas que se enumeran a continuación:
i. Unidad Operativa
En concordancia con el RESESATAE, La unidad operativa estará conformada
por un vehículo, herramientas, equipos; un chofer, un técnico electricista de
apoyo y un técnico electricista contrastador (autorizado por INDECOPI).
Es potestad de la contratista la cantidad de unidades vehiculares, siempre y
cuando no exceda de la capacidad máxima indicada en la tarjeta de propiedad
y logre el cumplimiento de las órdenes de trabajo.
a) Vehículos:
• Los vehículos deberán contar con toda la documentación vigente
exigida por las autoridades para su circulación, la cual se sustentará a
SEAL cuando éste lo requiera.
37
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
• Los vehículos que utilice la Contratista quedarán obligados a portar la
identificación que indique “EMPRESA CONTRASTADORA
AUTORIZADA” con el logo de la empresa Contratista, durante la
ejecución de los trabajos, mediante un sticker adosado en ambos lados
del vehículo en las puertas delanteras, adicionalmente deberán contar
con un sticker con un número de identificación, esta numeración será
proporcionada por SEAL, para lo cual el contratista deberá presentar la
documentación correspondiente.
• Deberán ser camionetas rurales (tipo combi) de color blanco,
preparadas para que brinden seguridad en el traslado del personal,
equipos de medición, materiales, herramientas, equipos de seguridad,
entre otros.
ABSOLUCIÓN A LA OBSERVACIÓN PRESENTADA POR LA EMPRESA
MALCOM S.A.:
(i) Ese requerimiento se efectúa de conformidad con los artículos 13º de la Ley y 11º
del Reglamento, ya que es competencia del área usuaria definir las
características, condiciones, cantidad y calidad de los bienes, servicios u obras a
ser contratados, las que deben encontrarse descritas en las especificaciones
técnicas o términos de referencia, según se trate de bienes, obras, o servicios.
(ii) Ahora, hemos verificado que el especificar hasta el color del vehículo es un
requerimiento que determina un detalle excesivo por lo cual dicho extremo será
retirado de las bases.
(iii) Respecto de la camioneta rural esta tendrá que ser de ese modelo o similar toda
vez que la actividad a ejecutar es indispensable tenga un rendimiento mínimo y
ello está relacionado con la movilidad a utilizar, de las mismas observaciones
planteadas por MALCOM, por ejemplo en la observación número 1 indica que es
indispensable el uso de vehículos y hasta señala que deben ser camionetas 4 x 4
para desarrollar sus actividades es evidente entonces que el requerimiento es
razonable.
Por todos los fundamentos indicados SE ACOGE PARCIALMENTE LA
OBSERVACIÓN, indicando que se retira de las bases el color blanco requerido y se
amplía la camioneta rural a otra similar
PRONUNCIAMIENTO DEL OSCE EN RELACIÓN A LA OBSERVACIÓN
ELEVADA AL OSCE
En el pliego absolutorio de observaciones se indica que se permitiría la presentación de
38
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
camionetas rurales o similares, en atención a que es indispensable que tenga un
rendimiento mínimo respecto a su movilidad.
Conforme a lo indicado anteriormente, la definición de los requerimientos técnicos
mínimos es de exclusiva responsabilidad de la Entidad, sin mayor restricción que la de
permitir la mayor concurrencia de proveedores en el mercado, debiéndose considerar
criterios de razonabilidad, congruencia y proporcionalidad.
Por tanto, conforme a lo expuesto, este Organismo Supervisor decide NO ACOGER la
presente observación.
Sin perjuicio de ello, dado que ni en el referido pliego absolutorio o el informe técnico se
ha sustentado debidamente la necesidad de contar con camionetas rurales, deberá
registrarse un informe que sustente la necesidad de contar con una camioneta rural, así
como las características de dicha camioneta para cumplir su finalidad. Asimismo, deberá
indicar expresamente que vehículos resultarían similares a una camioneta rural.
En atención al pronunciamiento Nº 405-2012/DSU se adjunta el Informe Técnico Nº
CM/GI-104-2012.
• Para el caso de la ejecución de actividades en las zonas rurales, por
seguridad de sus trabajadores y para el cumplimiento de la ejecución
de las órdenes de trabajo, la contratista podrá utilizar camionetas doble
cabina 4x4 y en perfecto estado de funcionamiento.
• Para el inicio de la prestación del servicio, se realizará una inspección
a las unidades móviles, los cuales serán registrados en el sistema
informático de SEAL, por lo tanto la contratista no podrá utilizar
ninguna movilidad que no se encuentre debidamente registrada para la
ejecución del servicio, el incumplimiento de esta disposición dará
origen a la imposición de penalidades.
• Está prohibido el uso de taxis o transporte público para el traslado del
personal para la ejecución de las actividades diarias, solo en caso de
ejecución de contrastes en zonas rurales donde no exista acceso para
camionetas 4x4 se permitirá el uso de otro tipo de transporte, para lo
cual LA CONTRATISTA solicitará previamente la autorización de
SEAL.
PRONUNCIAMIENTO DEL OSCE DE LAS OBSERVACIÓNESELEVADAS
Sobre el particular, conforme a lo indicado anteriormente, la definición de los
requerimientos técnicos mínimos es de exclusiva responsabilidad de la Entidad, sin
mayor restricción que la de permitir la mayor concurrencia de proveedores en el
mercado, debiéndose considerar criterios de razonabilidad, congruencia y
39
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
proporcionalidad.
Asimismo, en el pliego absolutorio de observaciones se indica que los vehículos que
debe utilizar la empresa contrastadora se encuentran incluidos en el valor referencial del
proceso y que es responsabilidad de la Entidad resguardar a sus clientes a través del
control de sus contratistas tanto para la seguridad del servicio que brinda a sus clientes
como la del mismo contratista.
En atención a lo indicado, este Organismo Supervisor decide NO ACOGER la
observación formulada.
• Deberán permanecer sin abolladuras, durante la prestación del
servicio, debiendo ser resanados y repintados en caso de deterioro
(dentro de las 48 horas siguientes a la observación por parte de SEAL).
Tampoco deberá tener los vidrios rajados o rotos. Deberán estar
implementados con extintores contra incendios de 4 kg. como mínimo
para combatir incendios provocados en instalaciones eléctricas; con
fecha de vencimiento vigente e instalado en un lugar de fácil acceso
para el personal de la Unidad Operativa. Asimismo deberán llevar un
control del mismo en forma mensual.
• SEAL quedará facultada a sancionar a LA CONTRATISTA, en el caso
que se detecte que los mismos vehículos que utiliza para la prestación
de éste servicio, han participado directa o indirectamente, incluso en
horas fuera de servicio, en actividades que atenten contra la ley, la
moral o las buenas costumbres o cuando el chofer conduzca en forma
irresponsable o temeraria o infrinja las normas de tránsito, sea
descortés o muestre cualquier actitud que pueda ocasionar
desprestigio público para SEAL.
• La misma sanción se aplicará en caso que el personal que se traslada
en el vehículo utilice el nombre de SEAL para actos fuera de servicio y
no debidamente supervisados por SEAL.
• LA CONTRATISTA asumirá la responsabilidad de daños y
reparaciones que los vehículos ocasionen a la propiedad de SEAL o
terceros.
• LA CONTRATISTA no tendrá derecho a indemnización alguna, por
parte de SEAL, por las pérdidas o daños que pudieran sufrir sus
vehículos, herramientas u otros, sea cual fuera la causal y se originen
por actos imputables a su personal, terceros o del mismo
CONTRATISTA.
40
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
• Deberán contar con un botiquín de emergencias, implementado con
medicamentos que permitan una atención rápida y oportuna en caso
de accidentes. Todos los medicamentos deberán tener fecha de
vencimiento vigente, se deberá incluir en el botiquín bloqueadores
solares para el personal.
b) Vehículo de Supervisión:
• La supervisión del servicio deberá contar con una unidad móvil para el
desarrollo de sus actividades ya que la presencia en campo del
supervisor es obligatoria y deberá efectuar coordinaciones
permanentemente con SEAL.
• Podrá ser de las mismas características que los vehículos para las
unidades operativas, así como podrá ser camioneta 4x2 ó 4x4 doble
cabina o cabina simple.
ABSOLUCIÓN A LA CONSULTA PRESENTADA POR LA EMPRESA
MALCOM S.A.
El estudio de mercado que determina los costos unitarios se encuentran a su disposición
en la Unidad de Logística de SEAL, la cual podrá acceder para su consulta durante el
horario de trabajo de SEAL.
Asimismo, indicarles que por experiencia de los anteriores servicios, se ha demostrado
que ante un número mayor a seis cuadrillas y en cumplimiento a la Ley de Seguridad y
Salud en el Trabajo, se requiere que la contratista cuenta con un supervisor de trabajo y
seguridad, para lo cual es necesario que cuente con su propia movilidad para hacer
efectiva su supervisión.
Por otro lado, la supervisión del servicio entre sus actividades a desarrollar, va a requerir
de la movilidad independiente para que pueda realizar las constataciones policiales
requeridas en el presente servicio.
c) Equipos de comunicación:
• Cada unidad operativa deberá estar equipada con un teléfono celular
con red privada de comunicación, asociado a la red telefónica de
SEAL, así como el supervisor y el coordinador.
d) Herramientas y equipos:
La contratista deberá asegurar que las herramientas y equipos con las que
deben contar una Unidad Operativa son las adecuadas en cantidad y
41
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
calidad para el desarrollo del trabajo, SEAL verificará que las herramientas
y equipos son los adecuados por la normatividad vigente.
a. Herramientas:
• Un (01) cerco de seguridad, mínimo 4 cuerpos, para la delimitación del
área de trabajo.
• Otras herramientas dieléctricas necesarias
b. Equipos para Contraste o Verificación:
• Un equipo contrastador portátil para medidores monofásicos y/o
trifásico clase de precisión 0.2 con certificado vigente por el INDECOPI
que permita la contrastación de equipos de medición monofásicos
electromecánicos de 2 o 3 hilos clase 2 hasta una corriente máxima de
80 amperios y/o medidores trifásicos electromecánicos de 3 y 4 hilos
clase 2 hasta una corriente máxima de 120 amperios y constantes
decimales o fraccionadas.
Asimismo el referido equipo deberá permitir contrastar medidores
electrónicos, monofásicos de 2 hilos, clase de precisión 1, hasta 80
amperios y/o trifásicos de 3 y 4 hilos de clase de precisión 1, hasta
120 amperios.
• Una fuente de corriente AC monofásica del tipo resistiva o inductiva
hasta 80 amperios o una fuente de corriente AC trifásica del tipo
resistiva o inductiva hasta 120 amperios (según la carga y el tipo de
trabajo).
• Para el caso de contrastes de medidores trifásicos no se permitirá el
uso de fuentes monofásicas.
PRONUNCIAMIENTO DEL OSCE A LA OBSERVACIÓN EFECTUADA
Sobre el particular, en el informe técnico la Entidad señala que, el equipo contrastador
de clase de precisión 0.2 con certificado por el INDECOPI requerido es el mínimo que
debe presentarse, por lo que no se limita el empleo de equipos de mayor precisión. Por
tanto, conforme a lo expuesto por la Entidad, CARECE DE OBJETO pronunciarse
respecto al extremo de la observación que señala que sólo podría presentarse equipos
contrastadores de clase de precisión 0.2.
Ahora bien, respecto a la exigencia de un equipo contrastador de un mínimo de precisión
de 0.2 la Entidad señala en su informe técnico que, según el numeral 4.3.3.3 de la “Base
metodológica para la aplicación de la norma técnica de calidad de los servicios eléctricos
–NTCSE”, la contrastación del medidor instalado debe realizarse con un medidor patrón
42
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
de por lo menos de una clase de precisión cuatro (04) veces más preciso que el que se
va a contrastar; por lo que la precisión 0.2 solicitada para el equipo contrastador se
sujeta a lo establecido en la normativa vigente.
Por tanto, considerando lo expuesto por la Entidad, este Organismo supervisor decide
NO ACOGER el extremo de la observación que solicitaba que se acepten medidores
de menor precisión a 0.2.
Sin perjuicio de lo señalado, en virtud del Principio de Transparencia, con ocasión de la
integración de Bases deberá registrar un informe técnico que señale la clase y/o
precisión de los medidores a contrastar en el presente servicio de manera que, conforme
a la normativa señalada por la Entidad, debería arrojar que la contrastación debe
realizarse con equipos de 0.2 de precisión.
Asimismo, deberá registrar la “Base metodológica para la aplicación de la norma
técnica de calidad de los servicios eléctricos –NTCSE” que señala en su informe, la cual
se entiende se encontraría vigente a la fecha y que contiene la disposición expuesta,
para lo cual, además, deberá registrar el instrumento legal que la aprobó.
En caso de advertir que dicha legislación no se encuentra acorde a lo señalado en el
informe técnico o no se encuentra vigente a la fecha, deberá adecuar los términos de
referencia del proceso en cuanto a la precisión a los equipos de contrastación, sin
perjuicio de verificar si dicha modificación altera el valor referencial del proceso.
En atención al pronunciamiento Nº 405-2012/DSU se adjunta el Informe Técnico N°
CM/GI-104-2012
c. Certificación y Procedimiento de INDECOPI
• Cada unidad operativa deberá portar sus certificados de autorización
por INDECOPI del técnico contrastador y de la totalidad de los equipos
que sean utilizados para la realización de la contrastación, así como el
procedimiento aprobado por INDECOPI para la contrastación de los
medidores y su AST correspondiente.
d. Sticker de identificación de medidores
• La contratista proporcionará los stickers para la identificación de los
medidores contrastados, cambiados y/o reemplazados, de acuerdo al
modelo y color determinado por OSINERGMIN.
ABSOLUCIÓN A LA CONSULTA PRESENTADA POR LA EMPRESA
MALCOM S.A.
43
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
El estudio de mercado que determina los costos unitarios se encuentran a su
disposición en la Unidad de Logística de SEAL, la cual podrá acceder para su consulta
durante el horario de trabajo de SEAL.
Se precisa que solo se proporcionara Sticker para la actividad de contrastación de
medidor.
Asimismo se debe tener en cuenta que la utilización del Sticker de contraste ha sido
determinado por OSINERGMIN para demostrar la ejecución del contraste, y no altera de
manera alguna la ejecución del contraste por lo que no estaría desnaturalizando el
contraste, mas aun se garantiza y asegura su ejecución por parte del Contrastador es
quien llena dicho Sticker.
La provisión del Sticker de contraste ha sido requerida por el área usuaria y está
considerado en el estudio de mercado por lo tanto es de cumplimiento obligatorio para
el contratista
e) Cantidad de Unidades Operativas:
El número de unidades operativas deberá asegurar el cumplimiento de los
trabajos programados y encomendados. Debiendo considerar unos
rendimientos no mayores de 16 contrastes por Unidad Operativa para
contrastaciones masivas y de 12 contrastes por Unidad Operativa para
contrastaciones dispersas, y cargas de trabajo diarias aproximados
referenciales de 120 a 150 contrastes en total, en caso de que la
contratista cuente con mayores rendimientos estos serán sustentados a
SEAL.
Considerando que en los meses de enero y julio se elaboran los programas
semestrales de contraste para que sean aprobados por el OSINERGMIN
reducirán las actividades operativas para las contrastaciones de medidores
a fin de elaborar las programaciones respectivas.
ABSOLUCION A LA CONSULTA PRESENTADA POR LA EMPRESA
MALCOM S.A.
El rendimiento de las contrastaciones por NTCSER ha sido considerado en el
rendimiento de las zonales. Así mismo por la menor cantidad de las mismas, estas se
dispersan entre los contrastes masivos, habiendo sido consideradas asimismo en la
determinación del costo unitario, cuyo detalle se encuentra a su disposición en la Unidad
de Logística de SEAL, a la cual podrá acceder para su consulta durante el horario de
trabajo de SEAL.
44
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
ii. Equipamiento Mínimo del Personal
LA CONTRATISTA deberá entregar, por cuenta propia, a su personal toda
herramienta y equipos, nuevos o en perfecto estado de conservación, que sean
necesarios para el cumplimiento del trabajo encargado; así como de todos los
implementos de seguridad necesarios y vestimenta apropiada.
Los equipos de protección personal deberán ser dieléctricos, así como todas las
herramientas deberán ser aisladas y dieléctricas, en caso de uniformes deberán ser
retardantes de flama, deberán contar con fotocheck y el logotipo de la empresa
contratista, en caso de personal contrastador deberá indicar “Empresa
Constrastadora Autorizada por INDECOPI”.
5.1.6. MATERIALES Y/O EQUIPOS PROPORCIONADOS POR SEAL
SEAL proporcionara los siguientes materiales, los que deberán ser retirados por
el Contratista del almacén de SEAL, cumpliendo el procedimiento y normas que
SEAL determine para el retiro de materiales, los cuales serán utilizados y
liquidados diariamente en un periodo máximo de dos días hábiles.
• Precintos de seguridad para la realización de los trabajos de la
CONTRATISTA (precinto de bornera, precinto de caja y sello forza), los
cuales serán liquidados diariamente.
5.1.7. PERSONAL DE LA CONTRATISTA
Deberá Contar como mínimo con un Coordinador, Supervisor General, técnicos
electricistas, técnicos electricistas contrastadores, en la cantidad necesaria para
el desarrollo de las actividades, así mismo con personal administrativo para los
fines correspondientes.
5.1.8. FISCALIZACIÓN DEL SERVICIO
La fiscalización del servicio, se llevará a cabo en forma permanente por SEAL,
ya sea en forma directa o a través de empresas autorizadas por ella.
5.1.9. PROGRAMA O PROCEDIMIENTO DE TRABAJO
45
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
Con el objeto de realizar un trabajo correcto y evitar reclamos posteriores, por
parte de los usuarios, LA CONTRATISTA deberá cumplir con el siguiente
programa.
ABSOLUCION A LA CONSULTA PRESENTADA POR LA EMPRESA
MALCOM S.A.
Se precisa que el flujograma, comprende el total del proceso en el cual la actividad a ser
desarrollada por la contratista se halla integrada, por lo que para su actividad
encomendada, no tendrá lugar al cambio de medidores defectuosos y por tanto no
utilizaran formatos de cambios de medidor.
i. Entrega de Órdenes de Trabajo:
a) LA CONTRATISTA enviará diariamente (a la oficina del Dpto. de Conexiones y Control
de la Medición a las 16:00 horas) al Coordinador, con el objeto de recibir las Órdenes de
Trabajo y los cargos de las notificaciones.
ABSOLUCIÓN A LA CONSULTA PRESENTADA POR LA EMPRESA
MALCOM S.A.
Se señala que en el numeral 5.1.9., literal i., este se refiere a la Entrega de Ordenes de
Trabajo. Por lo que no procede anular la misma, al ser parte del procedimiento a
desarrollar.
Asimismo, se precisa que al contratista, no se le hará entrega de los cargos de las
notificaciones, sin embargo en caso de que la contratista las requiera estas serán
otorgadas por SEAL con su respectivo cargo y su posterior devolución.
46
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
ii. Autorización de salida de materiales:
a) SEAL autorizará la salida de materiales y equipos de medición de sus
almacenes (los que correspondan), según los procedimientos internos
establecidos para tal efecto.
b) LA CONTRATISTA recogerá de los almacenes de SEAL, los materiales que
correspondan para la ejecución de las Órdenes de Trabajo.
c) LA CONTRATISTA deberá distribuir los materiales de SEAL, según los
procedimientos internos de la Contratista establecidos para tal efecto.
ABSOLUCIÓN A LA CONSULTA PRESENTADA POR LA EMPRESA
MALCOM S.A.
Tal como se señala en el inciso a) del numeral 5.1.9.,ii; “SEAL autorizará la salida de
materiales y equipos de medición de sus almacenes (los que correspondan), según
los procedimientos internos establecidos para tal efecto”. Así se precisa que para el caso
del presente servicio los materiales a entregar al contratista solo comprenden los
precintos de bornera.
iii. Asignación de trabajos a las Unidades Operativas:
a) LA CONTRATISTA distribuirá entre sus Unidades Operativas las Órdenes de
Trabajo y los materiales y equipos de medición necesarios para el
cumplimiento de la jornada diaria.
ABSOLUCIÓN A LA CONSULTA PRESENTADA POR LA EMPRESA
MALCOM S.A.
En concordancia a lo señalado en el inciso a) del numeral 5.1.9.,ii; “SEAL autorizará la
salida de materiales y equipos de medición de sus almacenes (los que
correspondan), según los procedimientos internos establecidos para tal efecto”.
Así, para el caso señalado, en el inciso iii, del numeral 5.1.9., referido a la Asignación de
trabajos a las Unidades Operativas, se precisa que para el caso del presente servicio
solo corresponden como materiales a entregar al contratista los precintos de
bornera.
No corresponde la entrega de equipos de medición al contratista.
47
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
iv. Ejecución de trabajos:
a) Las Unidades Operativas ejecutarán las Órdenes de Trabajo siguiendo las
pautas establecidas para cada caso en particular.
b) La salida de las Unidades Operativas de la base del contratista diariamente no
deberá superar las 07:20 horas, una vez culminada las inspecciones previas
efectuadas por SEAL.
c) La ejecución de las actividades deberán de realizarse conforme las
especificaciones dadas en el anexo A-2.
d) El llenado de los formatos es un factor fundamental para SEAL; por lo que
cualquier error de registro de información será sancionado. Se deberá anotar
(con letra legible) todo tipo de ocurrencias como: intento de sobornos, actitud
agresiva por parte del usuario, conexiones clandestinas, manipulaciones de las
conexiones, accidentes que pudieran haberse producido, entre otros; y
reportarlos vía teléfono celular inmediatamente.
e) El personal de LA CONTRATISTA deberá tener especial cuidado en los plazos
de ejecución establecidos para cada tipo de trabajo, los cuales serán fijados
entre SEAL y el Supervisor General de manera anticipada.
f) La Contratista deberá entregar las actas de contrastación de medidor, al
siguiente día útil a las 16:00 horas. Las actas deberán estar ordenadas de
manera correlativa por número de suministro, constataciones policiales o
judiciales (de ser el caso). Asimismo deben estar digitadas en el sistema
informático de SEAL para esa hora indicada.
g) En caso de realizar las constataciones policiales o judiciales, se debe precisar
que solo se utilizará las constataciones judiciales en caso de que exista la
ausencia de los efectivos policiales, todo costo será asumido por la contratista.
ABSOLUCIÓN DE LA OBSERVACIÓN PRESENTADA POR LA EMPRESA
MALCOM S.A.:
(i) Ese requerimiento se efectúa de conformidad con los artículos 13º de la Ley y 11º del
Reglamento, ya que es competencia del área usuaria definir las características,
condiciones, cantidad y calidad de los bienes, servicios u obras a ser contratados, las
que deben encontrarse descritas en las especificaciones técnicas o términos de
referencia, según se trate de bienes, obras, o servicios.
(ii) Estas son actividades estrechamente vinculadas con el objeto de la convocatoria
reiteramos que SEAL no está trasladando al contrastador actividades inherentes en su
calidad de concesionario de distribución eléctrica, pues el traslado y la ejecución del
48
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
servicio de contrastación será por cuenta y cargo de la empresa que obtenga la buena
pro y en los términos de los requerimientos técnicos mínimos exigidos.
(iii) La constatación reiteramos se refieren única y exclusivamente a las muestras a
contrastar previamente seleccionadas, esto quiere decir que NO SE ESTA EXIGIENDO
EN LAS BASES QUE EL CONTRATISTA CONTRASTADOR REALICE EL TRABAJO
QUE LE CORRESPONDE A SEAL.
La constatación está dirigida a que sea el contrastador que cuando se presenten
problemas para ejecutar su propia actividad, sea quien solicite la constatación
correspondiente, aspecto indispensable para que SEAL pueda contar
documentadamente con la negativa a fin de poder reconocer la actividad al contratista
para fines del pago y determinar el suministro alternativo para contrastar.
Es absurdo el comentario realizado por el observante pues pretende indicar que el
contrastador estaría ejecutando actividades de SEAL y en el colmo del extremo indica
que ello afectaría su imparcialidad.
Es evidente que la observación a todas luces pretende relevarse de obligaciones que si
bines es cierto son accesorias pero indispensables para que se ejecute la actividad en
etapa de ejecución contractual, pues es razonable documentar los problemas que se
presenten al ejecutar su actividad y sean ellos los que justifiquen la razón por la que no
se ejecuto la misma.
(iv) Respecto al estudio de posibilidades que ofrece el mercado el mismo incluye todos los
gastos y requerimientos que son exigidos al contratista y que ya se ha explicado cómo se
ha determinado el mismo en la absolución de la observación Nro. 1. Entre ellos los
referidos al ingeniero y movilidad de supervisión, constataciones policiales o judiciales
(notariales).
Por todos los fundamentos indicados NO SE ACOGE LA OBSERVACIÓN
v. Devolución de materiales:
a) Las Unidades Operativas deberán devolver a los almacenes de LA
CONTRATISTA los saldos de materiales y equipos no utilizados durante la
jornada diaria y aquellos que fueron retirados de campo.
b) LA CONTRATISTA entregará a los almacenes de SEAL los materiales antes
referidos, junto con la liquidación de los mismos; es decir justificando su
utilización por cada uno de los casos.
c) Esta liquidación es diaria y será informada junto con la entrega de las actas de
contrastación, así como la devolución de los materiales y equipos.
49
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
vi. Registro de información en el sistema informático:
a) LA CONTRATISTA será responsable del registro de información en el sistema
informático, referente a los trabajos realizados y todo lo contenido en los
formatos de campo.
ABSOLUCION A LA CONSULTA PRESENTADA POR LA EMPRESA
MALCOM S.A.
Con relación a lo señalado en su consulta se precisa para cada caso lo siguiente:
a. No se destinará personal alguno.
b.,c.,y d.
El medio de comunicación a emplear para el registro de información en el sistema de
SEAL, es través de una red VPN (Virtual Private Network), tal como se viene operando a
la fecha y en consecuencia el registro de la información se efectuara mediante este
medio.
ABSOLUCIÓN A LA CONSULTA PRESENTADA POR LA EMPRESA
MALCOM S.A.
El costo de implementación del equipamiento informático y comunicaciones se halla
descrito en el estudio de mercado que determina los costos unitarios se encuentran a su
disposición en la Unidad de Logística de SEAL, la cual podrá acceder para su consulta
durante el horario de trabajo de SEAL.
Así mismo en atención a su requerimiento precisamos que el costo de esta partida se
encuentra especificado en el estudio de posibilidades que ofrece el mercado adjunto
vii. Validación de la información en el sistema informático:
a) SEAL efectuará la revisión de la información registrada en el sistema
informático y validará los trabajos realizados.
b) SEAL pondrá especial cuidado en detectar errores de registro de información; y
sancionará al contratista por los errores que se cometan, mediante la aplicación
de las penalidades que correspondan aplicar.
c) No se entregará nuevo material hasta que no se haya liquidado todo el material
entregado previamente.
viii. Valorización de los trabajos realizados y validados:
50
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
a) SEAL sólo aceptará para el pago los trabajos realizados que cuenten con su
conformidad.
b) Una vez validada la información por parte de SEAL, LA CONTRATISTA
quedará habilitada para presentar la valorización por los trabajos realizados y
para presentar la factura correspondiente.
ix. Autorización del pago por parte de SEAL:
a) Una vez recibida la valorización conforme a las exigencias de SEAL; ésta
autorizará el pago de la factura presentada por LA CONTRATISTA; la cual será
cancelada de acuerdo a las especificaciones técnicas del servicio.
5.1.10. VALORIZACION DE LOS TRABAJOS
Mensualmente LA CONTRATISTA presentará valorizaciones, según los
formatos establecidos por SEAL. Estos formatos comprenderán información
detallada y resumida respecto al servicio prestado.
Las valorizaciones de los trabajos realizados por LA CONTRATISTA serán
revisadas por la supervisión de SEAL y contrastada con las órdenes de trabajo
diarias
En las valorizaciones sólo se aceptarán los trabajos terminados y a satisfacción
de SEAL.
La información correspondiente deberá ser entregada a través del medio que
indique SEAL: en forma impresa, vía correo electrónico, en medio magnético, en
CD, u otro.
Para la liquidación del Contrato, LA CONTRATISTA deberá presentar la
liquidación final del servicio, la cual deberá contar con la conformidad de la
supervisión de SEAL para que ésta sea aceptada.
i. Instalación de sellos:
Para la instalación de sellos, se deberá cumplir con lo siguiente:
• Todo trabajador de LA CONTRATISTA que maneje sellos, será responsable
que éstos queden bien colocados.
• Ninguna caja porta medidor, bornera de los medidores podrán quedar sin
sellos de seguridad.
• Los sellos de copa de los equipos de medición no deberán ser abiertos o
retirados por LA CONTRATISTA. La acción contraria a dicha disposición
originará la suspensión definitiva del personal de LA CONTRATISTA; pudiendo
llegar la responsabilidad hasta el supervisor encargado.
51
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
• Cuando se detecte que la caja porta medidor, bornera del medidor,
transformadores de corriente o copa del medidor no se encuentre debidamente
precintada, se deberá anotar la ocurrencia y reportarla inmediatamente a SEAL
para las acciones que se ameriten.
ii. Extravío de sellos:
• En el caso de pérdida o extravío de uno o más sellos de seguridad, el
encargado de sellos de LA CONTRATISTA deberá informar a SEAL, en un
plazo no mayor a 24 horas de ocurrido el hecho, indicando la numeración, el
color, el lote dentro del cual fue recibido, la fecha y el número de la nota de
salida del almacén de SEAL. El informe se efectuará vía teléfono, en primera
instancia y posteriormente en forma escrita, adjuntando la denuncia policial
correspondiente.
• En caso de incumplimiento se aplicará las sanciones respectivas a LA
CONTRATISTA.
• En el caso de producirse la pérdida de sellos, LA CONTRATISTA deberá
pagar el costo de su reposición y las penalidades previstas, mediante el
descuento de su facturación mensual.
• Cuando la pérdida de sellos se produzca a causa de un robo o asalto, no se
aplicará la penalidad correspondiente; siempre y cuando se acredite el hecho.
El costo de reposición siempre será asumido por LA CONTRATISTA.
• En el caso que se detecte que los sellos de seguridad perdidos o extraviados
han sido utilizados en actividades que perjudiquen a SEAL, LA CONTRATISTA
asumirá el importe que involucre la reparación de los daños causados.
5.2 Cantidad del Requerimiento
Las cantidades referenciales que se señalan a continuación, no obligan a SEAL a cumplir
con estas cantidades las que se han estimado exclusivamente con la finalidad de facilitar
al postor la elaboración de su propuesta económica; por lo que deberán ser tomadas
únicamente como datos referenciales. Durante la prestación del servicio, SEAL emitirá
órdenes de trabajo en cantidad variable.
Nro
.
Actividad
Cantidades referenciales
para el periodo de vigencia
del servicio
1 Contrastación o verificación de medidores. 63,280
52
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
ABSOLUCIÓN A LA CONSULTA PRESENTADA POR LA EMPRESA
MALCOM S.A.
La cantidad de contrastes es proporcional al número de períodos de contrastes a
desarrollar durante la vigencia del contrato, por lo que se estiman aproximadamente las
siguientes cantidades por semestre:
• Contraste por procedimiento Nº 680-2008-OS/CD es 12801.
• Contraste por NTCSE Nº 020-97-EM es 2550.
• Contraste por NTCSER Nº 016-2008-OS/CD es 456.
• Contraste por reclamos es 13.
5.3 Código del material (EN CASO DE COMPRAS)
No corresponde
5.4 Características del postor
El postor deberá tener experiencia en la ejecución de actividades de contrastación de
medidores.
5.5 Características delpersonal requerido
LA CONTRATISTA deberá contar con personal administrativo, de coordinación, de
supervisión y operativo, en la cantidad suficiente que permita la correcta y oportuna
prestación del servicio materia del presente concurso.
Además deberá cumplir con las siguientes exigencias mínimas:
A. Coordinador
Especialidad: Ingeniero electricista o mecánico electricista, industrial,
administrador o carrera afín titulado.
Experiencia : Haber laborado en proyectos o servicios de Revisión,
Instalación o Contrastación de Medidores en campo para
empresas de distribución de energía eléctrica, con una
experiencia mínima de dos años.
Cantidad : Una persona (01).
Función : Actuará como representante de LA CONTRATISTA.
Será el responsable de la presentación de los informes del
trabajo realizado, liquidación del trabajo, trámite de la
53
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.
Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL
facturación por el servicio prestado, selección del personal,
coordinaciones de las actividades y toma de decisiones
inmediatas con respecto a la gestión del servicio, entre
otros.
B. Supervisor
Especialidad: Ingeniero electricista o mecánico electricista titulado.
Experiencia : Haber liderado proyectos o servicios de Revisión,
Instalación o Contrastación de Medidores en campo para
empresas de distribución de energía eléctrica, con una
experiencia mínima de un año.
Cantidad : Una persona (01).
Función : Será el responsable de la supervisión en campo y la
verificación del normal desenvolvimiento de las actividades
operativas, efectuará las gestiones operativas como trato
con el cliente, coordinación para intervenciones con la
autoridad policial, entre otros.
C. Técnico Contrastador autorizado por INDECOPI
Especialidad: Técnico Electricista titulado.
Experiencia : Con experiencia no menor de dos (02) años en trabajos de
contraste o similares (de acuerdo a la resolución 496-2005-
MEM/DM).
Transporte : El asignado a la Unidad Operativa.
Cantidad : De acuerdo al número de Unidades Operativas.
Función : Será el responsable de la ejecución de los trabajos y de la
correcta presentación de la información de campo, será el
encargado de comunicar y entregar la documentación
requerida al usuario, asimismo será en encargado de sellar
con precintos todos los componentes de la conexión que se
requiera.
Autorización : Deberá tener el certificado de autorización de INDECOPI
para realizar contrastaciones de medidores en campo de
acuerdo al tipo de medidor a contrastar.
D. Personal Técnico Electricista:
Especialidad: Técnico electricista.
Experiencia : Haber laborado en proyectos de reducción de pérdidas de
energía, cortes de suministros, reconexiones de
suministros, normalización de conexiones eléctricas y/o
54
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales
Amc nº 014   cp 014 proyecto de bases integradas finales

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

98523316rad79426
98523316rad7942698523316rad79426
98523316rad79426uac
 
F:\Carretera Delicias Molino
F:\Carretera Delicias MolinoF:\Carretera Delicias Molino
F:\Carretera Delicias Molinogueste564db
 
Lp serv.mantto.conservacion inm
Lp serv.mantto.conservacion inmLp serv.mantto.conservacion inm
Lp serv.mantto.conservacion inmfolken_black
 
Bases para el Proceso de Adjuticación para Servicio de Vigilancia
Bases para el Proceso de Adjuticación para Servicio de VigilanciaBases para el Proceso de Adjuticación para Servicio de Vigilancia
Bases para el Proceso de Adjuticación para Servicio de VigilanciaPescs Minag
 
430843560rad5818 c
430843560rad5818 c430843560rad5818 c
430843560rad5818 cAaron Ruiz
 
117601556rad31 de8
117601556rad31 de8117601556rad31 de8
117601556rad31 de8Aaron Ruiz
 
Bases licitacion municipio san roman
Bases licitacion municipio san romanBases licitacion municipio san roman
Bases licitacion municipio san romanhelen mamani
 
Ley de Contratrataciones Sesion: 02
Ley de Contratrataciones Sesion: 02Ley de Contratrataciones Sesion: 02
Ley de Contratrataciones Sesion: 02nidelvi
 
Registro oficial dictamen cc
Registro oficial dictamen ccRegistro oficial dictamen cc
Registro oficial dictamen ccFabricio Vela
 
Bases santa cruz de flores
Bases santa cruz de floresBases santa cruz de flores
Bases santa cruz de floresPaulRebatta
 
Modificaciones a la ley de contrataciones
Modificaciones a la ley de contratacionesModificaciones a la ley de contrataciones
Modificaciones a la ley de contratacionescefic
 
Licitacion insecticida 3 de octubre
Licitacion insecticida 3 de octubreLicitacion insecticida 3 de octubre
Licitacion insecticida 3 de octubreDavid C. Nava
 
Central telefonica
Central telefonicaCentral telefonica
Central telefonicarobert mota
 
JNE - Resolución N° 285-2015 - Reglamento para la Fiscalización del ejercicio...
JNE - Resolución N° 285-2015 - Reglamento para la Fiscalización del ejercicio...JNE - Resolución N° 285-2015 - Reglamento para la Fiscalización del ejercicio...
JNE - Resolución N° 285-2015 - Reglamento para la Fiscalización del ejercicio...Rooswelth Gerardo Zavaleta Benites
 
JNE - Resolución N° 287-2015 - Establecen números de escaños por distrito ele...
JNE - Resolución N° 287-2015 - Establecen números de escaños por distrito ele...JNE - Resolución N° 287-2015 - Establecen números de escaños por distrito ele...
JNE - Resolución N° 287-2015 - Establecen números de escaños por distrito ele...Rooswelth Gerardo Zavaleta Benites
 
Reglamento de contratciones del estado
Reglamento de contratciones del estadoReglamento de contratciones del estado
Reglamento de contratciones del estadodennyswilder
 
Acordada Extraordinaria 32/2019 CNE
Acordada Extraordinaria 32/2019 CNE Acordada Extraordinaria 32/2019 CNE
Acordada Extraordinaria 32/2019 CNE EscuelaDeFiscales
 

La actualidad más candente (20)

98523316rad79426
98523316rad7942698523316rad79426
98523316rad79426
 
F:\Carretera Delicias Molino
F:\Carretera Delicias MolinoF:\Carretera Delicias Molino
F:\Carretera Delicias Molino
 
Lp serv.mantto.conservacion inm
Lp serv.mantto.conservacion inmLp serv.mantto.conservacion inm
Lp serv.mantto.conservacion inm
 
Bases para el Proceso de Adjuticación para Servicio de Vigilancia
Bases para el Proceso de Adjuticación para Servicio de VigilanciaBases para el Proceso de Adjuticación para Servicio de Vigilancia
Bases para el Proceso de Adjuticación para Servicio de Vigilancia
 
430843560rad5818 c
430843560rad5818 c430843560rad5818 c
430843560rad5818 c
 
117601556rad31 de8
117601556rad31 de8117601556rad31 de8
117601556rad31 de8
 
Bases licitacion municipio san roman
Bases licitacion municipio san romanBases licitacion municipio san roman
Bases licitacion municipio san roman
 
Ley de Contratrataciones Sesion: 02
Ley de Contratrataciones Sesion: 02Ley de Contratrataciones Sesion: 02
Ley de Contratrataciones Sesion: 02
 
Registro oficial dictamen cc
Registro oficial dictamen ccRegistro oficial dictamen cc
Registro oficial dictamen cc
 
Bases santa cruz de flores
Bases santa cruz de floresBases santa cruz de flores
Bases santa cruz de flores
 
Modificaciones a la ley de contrataciones
Modificaciones a la ley de contratacionesModificaciones a la ley de contrataciones
Modificaciones a la ley de contrataciones
 
Licitacion insecticida 3 de octubre
Licitacion insecticida 3 de octubreLicitacion insecticida 3 de octubre
Licitacion insecticida 3 de octubre
 
Central telefonica
Central telefonicaCentral telefonica
Central telefonica
 
984933932rad f614b
984933932rad f614b984933932rad f614b
984933932rad f614b
 
JNE - Resolución N° 285-2015 - Reglamento para la Fiscalización del ejercicio...
JNE - Resolución N° 285-2015 - Reglamento para la Fiscalización del ejercicio...JNE - Resolución N° 285-2015 - Reglamento para la Fiscalización del ejercicio...
JNE - Resolución N° 285-2015 - Reglamento para la Fiscalización del ejercicio...
 
Referendum 2011
Referendum 2011Referendum 2011
Referendum 2011
 
JNE - Resolución N° 287-2015 - Establecen números de escaños por distrito ele...
JNE - Resolución N° 287-2015 - Establecen números de escaños por distrito ele...JNE - Resolución N° 287-2015 - Establecen números de escaños por distrito ele...
JNE - Resolución N° 287-2015 - Establecen números de escaños por distrito ele...
 
Reglamento de contratciones del estado
Reglamento de contratciones del estadoReglamento de contratciones del estado
Reglamento de contratciones del estado
 
Potestad sancionadora
Potestad sancionadoraPotestad sancionadora
Potestad sancionadora
 
Acordada Extraordinaria 32/2019 CNE
Acordada Extraordinaria 32/2019 CNE Acordada Extraordinaria 32/2019 CNE
Acordada Extraordinaria 32/2019 CNE
 

Destacado

Adjudicación Directa y Adjudicación de Menor Cuantía
Adjudicación Directa y Adjudicación de Menor CuantíaAdjudicación Directa y Adjudicación de Menor Cuantía
Adjudicación Directa y Adjudicación de Menor CuantíaJonattan Poul Leon Segura
 
Menor cuantia de bienes y servicios
Menor cuantia de bienes y serviciosMenor cuantia de bienes y servicios
Menor cuantia de bienes y serviciosJazmín Sánchez
 
Juicio Ordinario de Menor y Minima Cuantia
Juicio Ordinario de Menor y Minima Cuantia Juicio Ordinario de Menor y Minima Cuantia
Juicio Ordinario de Menor y Minima Cuantia Gustavo A.
 
Tema 1 el derecho procesal civil
Tema 1   el derecho procesal civilTema 1   el derecho procesal civil
Tema 1 el derecho procesal civilorlandoaqe
 
Esquema - Juicio Ordinario de Mayor Cuantía
Esquema - Juicio Ordinario de Mayor Cuantía Esquema - Juicio Ordinario de Mayor Cuantía
Esquema - Juicio Ordinario de Mayor Cuantía Gustavo A.
 
12 esquema juicio oral
12 esquema  juicio oral12 esquema  juicio oral
12 esquema juicio oral24428663
 
Cuadros sinópticos, Estructura y Clasificación Procesos Declarativos
Cuadros sinópticos, Estructura y Clasificación Procesos DeclarativosCuadros sinópticos, Estructura y Clasificación Procesos Declarativos
Cuadros sinópticos, Estructura y Clasificación Procesos DeclarativosAbogado Litigante
 
Derecho procesal civil (completo)
Derecho procesal civil (completo)Derecho procesal civil (completo)
Derecho procesal civil (completo)UMG
 

Destacado (10)

Adjudicación Directa y Adjudicación de Menor Cuantía
Adjudicación Directa y Adjudicación de Menor CuantíaAdjudicación Directa y Adjudicación de Menor Cuantía
Adjudicación Directa y Adjudicación de Menor Cuantía
 
Menor cuantia de bienes y servicios
Menor cuantia de bienes y serviciosMenor cuantia de bienes y servicios
Menor cuantia de bienes y servicios
 
Juicio Ordinario de Menor y Minima Cuantia
Juicio Ordinario de Menor y Minima Cuantia Juicio Ordinario de Menor y Minima Cuantia
Juicio Ordinario de Menor y Minima Cuantia
 
Demanda ejecutiva
Demanda ejecutivaDemanda ejecutiva
Demanda ejecutiva
 
Tema 1 el derecho procesal civil
Tema 1   el derecho procesal civilTema 1   el derecho procesal civil
Tema 1 el derecho procesal civil
 
Esquema - Juicio Ordinario de Mayor Cuantía
Esquema - Juicio Ordinario de Mayor Cuantía Esquema - Juicio Ordinario de Mayor Cuantía
Esquema - Juicio Ordinario de Mayor Cuantía
 
Derecho Procesal Civil
Derecho Procesal CivilDerecho Procesal Civil
Derecho Procesal Civil
 
12 esquema juicio oral
12 esquema  juicio oral12 esquema  juicio oral
12 esquema juicio oral
 
Cuadros sinópticos, Estructura y Clasificación Procesos Declarativos
Cuadros sinópticos, Estructura y Clasificación Procesos DeclarativosCuadros sinópticos, Estructura y Clasificación Procesos Declarativos
Cuadros sinópticos, Estructura y Clasificación Procesos Declarativos
 
Derecho procesal civil (completo)
Derecho procesal civil (completo)Derecho procesal civil (completo)
Derecho procesal civil (completo)
 

Similar a Amc nº 014 cp 014 proyecto de bases integradas finales

816537488rad6 e9bf
816537488rad6 e9bf816537488rad6 e9bf
816537488rad6 e9bfAaron Ruiz
 
Gobierno regional de arequipa 48 2014
Gobierno regional de arequipa 48 2014Gobierno regional de arequipa 48 2014
Gobierno regional de arequipa 48 2014jhohuc
 
Bases integradas retroexcabadora saneamiento
Bases integradas retroexcabadora saneamientoBases integradas retroexcabadora saneamiento
Bases integradas retroexcabadora saneamientoyaneth soto q
 
Bases integradas ads n° 033 2012 obra barrios altos -2
Bases integradas ads n° 033 2012 obra barrios altos -2Bases integradas ads n° 033 2012 obra barrios altos -2
Bases integradas ads n° 033 2012 obra barrios altos -2Jhonatan Velita Huari
 
Bases retroexcabadora
Bases retroexcabadoraBases retroexcabadora
Bases retroexcabadorayaneth soto q
 
BASES LP-007-2021-DEVIDA ADQ HIJUELOS DE PIÑA OZSJO-signedF.pdf
BASES LP-007-2021-DEVIDA ADQ HIJUELOS DE PIÑA OZSJO-signedF.pdfBASES LP-007-2021-DEVIDA ADQ HIJUELOS DE PIÑA OZSJO-signedF.pdf
BASES LP-007-2021-DEVIDA ADQ HIJUELOS DE PIÑA OZSJO-signedF.pdfraul silva
 
Bases as0672019 else_20190924_162557_304
Bases as0672019 else_20190924_162557_304Bases as0672019 else_20190924_162557_304
Bases as0672019 else_20190924_162557_304Herick Pacheco
 
bases_integradas_de_salud_20210706_090107_843(1).pdf
bases_integradas_de_salud_20210706_090107_843(1).pdfbases_integradas_de_salud_20210706_090107_843(1).pdf
bases_integradas_de_salud_20210706_090107_843(1).pdfSMOLLV SMOLLV
 
Bases integradas lp0322016_interruptores_recierre_automatico_20161223_154842_792
Bases integradas lp0322016_interruptores_recierre_automatico_20161223_154842_792Bases integradas lp0322016_interruptores_recierre_automatico_20161223_154842_792
Bases integradas lp0322016_interruptores_recierre_automatico_20161223_154842_792Mario Abal Sanchez
 

Similar a Amc nº 014 cp 014 proyecto de bases integradas finales (20)

816537488rad6 e9bf
816537488rad6 e9bf816537488rad6 e9bf
816537488rad6 e9bf
 
814261151radA46A9.doc
814261151radA46A9.doc814261151radA46A9.doc
814261151radA46A9.doc
 
586830967rad cfdd4
586830967rad cfdd4586830967rad cfdd4
586830967rad cfdd4
 
122234
122234122234
122234
 
Datacenter INEN
Datacenter INENDatacenter INEN
Datacenter INEN
 
Bases
BasesBases
Bases
 
Datacenter Sencico
Datacenter SencicoDatacenter Sencico
Datacenter Sencico
 
Gobierno regional de arequipa 48 2014
Gobierno regional de arequipa 48 2014Gobierno regional de arequipa 48 2014
Gobierno regional de arequipa 48 2014
 
Bases integradas retroexcabadora saneamiento
Bases integradas retroexcabadora saneamientoBases integradas retroexcabadora saneamiento
Bases integradas retroexcabadora saneamiento
 
Bases cp n_001_2019
Bases cp n_001_2019Bases cp n_001_2019
Bases cp n_001_2019
 
Bases integradas ads n° 033 2012 obra barrios altos -2
Bases integradas ads n° 033 2012 obra barrios altos -2Bases integradas ads n° 033 2012 obra barrios altos -2
Bases integradas ads n° 033 2012 obra barrios altos -2
 
Proceso de licitacion
Proceso de licitacionProceso de licitacion
Proceso de licitacion
 
Gema
GemaGema
Gema
 
Bases retroexcabadora
Bases retroexcabadoraBases retroexcabadora
Bases retroexcabadora
 
Bases
BasesBases
Bases
 
BASES LP-007-2021-DEVIDA ADQ HIJUELOS DE PIÑA OZSJO-signedF.pdf
BASES LP-007-2021-DEVIDA ADQ HIJUELOS DE PIÑA OZSJO-signedF.pdfBASES LP-007-2021-DEVIDA ADQ HIJUELOS DE PIÑA OZSJO-signedF.pdf
BASES LP-007-2021-DEVIDA ADQ HIJUELOS DE PIÑA OZSJO-signedF.pdf
 
Bases as0672019 else_20190924_162557_304
Bases as0672019 else_20190924_162557_304Bases as0672019 else_20190924_162557_304
Bases as0672019 else_20190924_162557_304
 
Tdr represa
Tdr represaTdr represa
Tdr represa
 
bases_integradas_de_salud_20210706_090107_843(1).pdf
bases_integradas_de_salud_20210706_090107_843(1).pdfbases_integradas_de_salud_20210706_090107_843(1).pdf
bases_integradas_de_salud_20210706_090107_843(1).pdf
 
Bases integradas lp0322016_interruptores_recierre_automatico_20161223_154842_792
Bases integradas lp0322016_interruptores_recierre_automatico_20161223_154842_792Bases integradas lp0322016_interruptores_recierre_automatico_20161223_154842_792
Bases integradas lp0322016_interruptores_recierre_automatico_20161223_154842_792
 

Amc nº 014 cp 014 proyecto de bases integradas finales

  • 1. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL ADJUDICACIÓN MENOR CUANTÍA Nº 210-2013/SEAL SEGUNDA CONVOCATORIA SERVICIO DE REVISIÓN DE SISTEMAS DE MEDICIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA PROCESO DERIVADO DEL CP 014-2012-SEAL 1
  • 2. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL 2
  • 3. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL SECCIÓN GENERAL DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIÓN CAPÍTULO I ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN 1.1 CONVOCATORIA Se efectuará de conformidad con lo señalado en el Artículo 51º del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma. 1.2 BASE LEGAL • Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. • Decreto Legislativo N° 1017 – Aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley. • Decreto Supremo N° 184-2008-EF – Aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento. • Decreto Supremo N° 021-2009-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. • Decreto Supremo N° 140-2009-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. • Directivas de OSCE • Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General. • Código Civil. • Ley 27806 – Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública • Decreto Supremo Nº 007-2008-TR, Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña y del acceso al empleo decente, Ley MYPE. • Decreto Supremo Nº 008-2008-TR, Reglamento de la Ley MYPE. Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de ser el caso. 3
  • 4. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases. 1.3 REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASES El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta antes del inicio de la etapa de presentación de propuestas. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno (1) de sus integrantes, de conformidad con el Artículo 53º del Reglamento. La persona natural o persona jurídica que desee participar en el proceso de selección deberá acreditar estar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto contractual. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción en el RNP y que no se encuentra inhabilitada para contratar con el Estado. MUY IMPORTANTE: Para participar de un proceso de selección convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores se encuentren inscritos, en el registro correspondiente, ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor información, podrá ingresarse a la siguiente dirección electrónica: www.rnp.gob.pe. Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres y apellidos (persona natural), DNI, razón social (persona jurídica), número de RUC, domicilio legal, teléfono. (Formato 01) De acuerdo con lo establecido en el artículo 52º del Reglamento, la persona natural o jurídica que desee ser notificada electrónicamente, deberá consignar una dirección de correo electrónico y mantenerla activa, a efecto de las notificaciones que, conforme a lo previsto en el Reglamento, deban realizarse. La notificación a través del SEACE prevalece sobre cualquier medio que se haya utilizado adicionalmente, siendo responsabilidad del participante el permanente seguimiento del respectivo proceso a través del SEACE. 1.4 FORMA DE PRESENTACIÓN Y ALCANCES DE LAS PROPUESTAS Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción efectuada por traductor público juramentado, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en 4
  • 5. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. La omisión de la presentación del documento o su traducción no es subsanable. Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica. Si las propuestas se presenten en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos, llevarán el sello y la rúbrica del postor y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno. Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual, debiendo llevar el sello y la rúbrica del postor o su representante legal o mandatario designado para dicho fin. Las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante carta poder simple (Formato N° 02). Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que consigne la designación del representante legal (Formato Nº 02). 1.5 PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS La presentación de propuestas se realiza en acto público, en la fecha y hora señaladas en el calendario del proceso. El acto se inicia cuando el Comité Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendrá por desistido. Si algún participante es omitido, podrá acreditarse con la presentación de la constancia de su registro como participante. Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio. 5
  • 6. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL Después de recibidas las propuestas, el Comité Especial procederá a abrir los sobres que contienen la propuesta técnica de cada postor. El Comité Especial comprobará que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados por las Bases, la Ley y el Reglamento. De no ser así, devolverá la propuesta, teniéndola por no presentada, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario mantendrá la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto. De presentarse situaciones de subsanación de la propuesta técnica, se procederá de acuerdo al Artículo 68 º del Reglamento. Después de abierto cada sobre que contiene la propuesta técnica, el Notario (o Juez de Paz) procederá a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la propuesta técnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluación y calificación de las propuestas técnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o Juez de Paz) procederá a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas económicas dentro de uno o más sobres, los que serán debidamente sellados y firmados por él, por los miembros del Comité Especial y por los postores que así lo deseen, conservándolos hasta la fecha en que el Comité Especial, en acto público, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluación de las propuestas técnicas. Al terminar el acto público, se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario, por todos sus miembros, así como por los veedores y los postores que lo deseen.De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64º del Reglamento, en los actos de presentación de propuestas y otorgamiento de la buena pro se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente. Asimismo, la inasistencia de dicho representante no viciará el proceso 1.6 CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA La propuesta económica (Sobre Nº 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente: a)La oferta económica, en nuevos soles, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener 6
  • 7. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales.La Entidad no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza. El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales. b) Garantía de seriedad de oferta 1.7 EVALUACIÓN DE PROPUESTAS La evaluación de propuestas se realizará en dos (02) etapas: La evaluación técnica y la evaluación económica. Los máximos puntajes asignados a las propuestas son las siguientes: Propuesta Técnica : 100 puntos Propuesta Económica : 100 puntos 1.7.1 Evaluación Técnica Se verificará que la propuesta técnica contenga los documentos de presentación obligatoria y cumpla con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas. Sólo a aquellas propuestas admitidas, el Comité Especial les aplicará los factores de evaluación previstos en las Bases y asignará los puntajes correspondientes, conforme a los criterios establecidos para cada factor. Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de ochenta (80) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica. 1.7.2 Evaluación Económica Si la propuesta económica excede el valor referencial, será devuelta por el Comité Especial y se tendrá por no presentada, conforme lo establece el artículo 33º de la Ley. La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula: 7
  • 8. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL Pi = Om x PMPE Oi Donde: i = Propuesta Pi = Puntaje de la propuesta económica i Oi = Propuesta Económica i Om = Propuesta Económica de monto o precio más bajo PMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica El Comité Especial deberá verificar las operaciones aritméticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorrección, deberá corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha corrección debe figurar expresamente en el acta respectiva. 1.8 ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO En la fecha señalada en las Bases, el Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación y el puntaje técnico, económico y total obtenidos por cada uno de los postores. La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71º del Reglamento. El Presidente del Comité Especial anunciará la propuesta ganadora indicando el orden en que han quedado calificados los postores a través del cuadro comparativo. En el supuesto que dos (02) o más propuestas empatasen, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el Artículo 73º del Reglamento. Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo. 8
  • 9. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL El otorgamiento de la Buena Pro, se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la buena pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Dicha presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE. 1.9 CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO Cuando se hayan presentado dos (2) o más propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producirá a los ocho (8) días hábiles de la notificación de su otorgamiento, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación. En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producirá el mismo día de la notificación de su otorgamiento. El consentimiento de la Buena Pro se publicará en el SEACE al día siguiente de haber quedado consentido el otorgamiento de la buena pro. 1.10 CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO De acuerdo con el artículo 282º del Reglamento, a partir del día hábil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro hasta el décimo quinto día hábil de producido tal hecho, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedición de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. El OSCE no expedirá constancias solicitadas fuera del plazo indicado. 9
  • 10. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL 10
  • 11. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL CAPÍTULO II SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN 2.1 Recurso de apelación A través del recurso de apelación se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebración del contrato. El recurso de apelación se presentará ante la Entidad que convocó el proceso de selección que se impugna, y será conocido y resuelto por el Titular de la Entidad. Con independencia del valor referencial del proceso de selección, los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrán impugnarse ante el Tribunal. El Tribunal será competente para conocer y resolver las controversias que surjan en los procesos de selección de las contrataciones que se encuentren bajo los alcances de tratados o acuerdos internacionales donde se asuman compromisos en materia de contratación pública. 2.2 Plazos de interposición del recurso de apelación La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro. La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar. 11
  • 12. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL 12
  • 13. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL CAPÍTULO III SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO 3.1 DE LOS CONTRATOS Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, la Entidad deberá, dentro del plazo de dos (2) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro, citar al postor ganador otorgándole el plazo establecido en las Bases, el cual no podrá ser menor de cinco (5) ni mayor de diez (10) días hábiles, dentro del cual deberá presentarse a la sede de la Entidad para suscribir el contrato con toda la documentación requerida. En el supuesto que el postor ganador no se presente dentro del plazo otorgado, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 148° del Reglamento. El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 139° del Reglamento. Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:  Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.  Garantía de fiel cumplimiento y por el monto diferencial de propuesta, de ser el caso, cuya vigencia se extiende hasta la conformidad de la última prestación del servicio, salvo casos de excepción;  Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los asociados, de ser el caso. 3.2 VIGENCIA DEL CONTRATO En aplicación de lo dispuesto en el artículo 149º del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene o, en su caso, desde la recepción de la orden de servicio. Dicha vigencia rige hasta que el funcionario competente dé la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista y se efectúe el pago correspondiente. 3.3 REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS 13
  • 14. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL Las garantías que debe presentar el contratista deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática al sólo requerimiento de la Entidad, emitida por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones o que estén consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú. 3.4 DE LAS GARANTÍAS 3.4.1 GARANTÍA DE SERIEDAD DE OFERTA Los postores deberán presentar la garantía de seriedad de oferta a efectos de garantizar la vigencia de su oferta, según el monto establecido en las presentes Bases. El postor que resulte ganador de la Buena Pro y el que ocupó el segundo lugar están obligados a mantener su vigencia hasta la suscripción del contrato. Luego de consentida la Buena Pro, la Entidad devolverá las garantías presentadas por los postores que no resultaron ganadores de la Buena Pro, con excepción del que ocupó el segundo lugar y de aquellos que decidan mantenerlas vigentes hasta la suscripción del contrato. El plazo de vigencia de la garantía de seriedad de oferta no podrá ser menor a dos (2) meses computados a partir del día siguiente de la presentación de las propuestas. Esta garantía puede ser renovada. 3.4.2 GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO El postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Esta deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista. De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, previamente a la suscripción del contrato, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento y de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta, con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación. 14
  • 15. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL Alternativamente, las micro y pequeñas empresas podrán optar que, como garantía de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por ciento (10%) del monto del contrato original, conforme a lo establecido en el artículo 39º de la Ley. Para estos efectos, la retención de dicho monto se efectuará durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo. 3.4.3 GARANTÍA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA Cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del diez por ciento (10%) de éste, para la suscripción del contrato, el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica. Dicha garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista. 3.5 EJECUCIÓN DE GARANTÍAS Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artículo 164º del Reglamento. 3.6 DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO La aplicación de penalidades por retraso injustificado en la atención del servicio requerido y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los Artículos 165° y 168° del Reglamento, respectivamente. De acuerdo con los artículos 48º de la Ley y 166º del Reglamento, en las Bases o el contrato podrán establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artículo 165º del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al 10% del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por mora. 3.7 ADELANTOS No se otorgará adelantos. 3.8 PAGOS La Entidad deberá realizar todos los pagos a favor del contratista por concepto de los servicios objeto del contrato. Dichos pagos se efectuarán después de ejecutada la 15
  • 16. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL respectiva prestación; salvo que, por razones de mercado, el pago del precio sea condición para la realización del servicio. La Entidad podrá realizar pagos periódicos al contratista por el valor de los servicios contratados en cumplimiento del objeto del contrato, siempre que estén fijados en las Bases y que el contratista los solicite presentando la documentación que justifique el pago y acredite la existencia de la prestación de los servicios. Las Bases podrán especificar otras formas de acreditación de la obligación. Los montos entregados tendrán el carácter de pagos a cuenta. En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio. Plazos para los pagos La Entidad deberá pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la oportunidad establecida en las Bases o en el contrato. Para tal efecto, el responsable de dar la conformidad de la prestación de los servicios, deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser éstos recibidos. En caso de retraso en el pago, el contratista tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48° de la Ley, contado desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse. 3.9 DISPOSICIONES FINALES Todos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirán supletoriamente por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes. 16
  • 17. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL 17
  • 18. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL SECCIÓN ESPECÍFICA CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN CAPÍTULO I GENERALIDADES 1.1 ENTIDAD CONVOCANTE Nombre:SociedadEléctrica del Sur Oeste S.A. RUC N°: 20100188628 1.2 DOMICILIO LEGAL Calle Consuelo Nº 310 Cercado – Arequipa. 1.3 OBJETO DE LA CONVOCATORIA El presente proceso de selección tiene por objeto la contratación del servicio de Revisión de Sistemas de Medición de Energía Eléctrica ABSOLUCION A LA CONSULTAPRESENTADA POR LA EMPRESA MALCOM S.A. Con relación a la consulta alcanzada debemos precisar que tal como se señala en la Sección específica de las bases, numeral 1.3; el proceso de selección convocado tiene por objeto la contratación de servicio de revisión de sistema de medición eléctrica en el cual la actividad a ejecutar por parte del proveedor del servicio es la de contrastación y/o verificación de medidores de energía tal como se observa en el numeral 5.1 de los términos de referencia. Actividad que es parte del programa de trabajo de contrastación y/o verificación de medidores de energía desarrollada por SEAL. 1.4 VALOR REFERENCIAL El valor referencial asciende a S/. 1’728,809.60 (Un millón setecientos veintiocho mil ochocientos nueve con 60/100 Nuevos soles), incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que pudiera incidir en el costo total del servicio. El valor referencial ha sido calculado al mes de Junio 2012. ABSOLUCIÓN A LASOBSERVACIONES PRESENTADAS POR LA EMPRESA MALCOM S.A. Y POR EL OSCE A LA INTEGRACIÓN DE BASES EFECTUADA 18
  • 19. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL Se modifica el párrafo indicado por el siguiente: El valor referencial asciende a S/. 1’925,610.40 (Un millón novecientos veinte cinco mil seiscientos diez con 40/100 Nuevos soles), incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que pudiera incidir en el costo total del servicio. El valor referencial ha sido calculado al mes de Noviembre 2012. Se adjunta al presente la estructura de costos así como el estudio de mercado actualizado. 1.5 EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN El expediente de contratación fue aprobado mediante Informe GG/PLD-0051-2012 del 14-06-2012. AL EXISTIR UN NUEVO VALOR REFERENCIAL SE APROBÓ NUEVAMENTE EL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN El expediente de contratación fue aprobado mediante Documento Interno GG/PLD- 0173-2012 el 28 de diciembre de 2012. 1.6 FUENTE DE FINANCIAMIENTO Recursos Propios. 1.7 SISTEMA DE CONTRATACION El presente proceso se rige por el sistema de precios unitarios, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo. 1.8 ALCANCES DEL REQUERIMIENTO El servicio a contratar está definido en los Términos de Referencia que forman parte de la presente Sección en el Capítulo III. 1.9 PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO Los servicios materia de la presente convocatoria se prestarán en el plazo de Dos (02) años o hasta que culmine el monto adjudicado . Dicho plazo constituye un requerimiento técnico mínimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente de contratación. 1.10 BASE LEGAL • Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. • Ley N° 29812 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012. • Ley N° 29813 – Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 19
  • 20. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL • Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley. • Decreto Supremo N° 184-2008-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento. • Directivas de OSCE • Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. • Código Civil. • Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública. • D.S. Nº 020-97-EM, Norma Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos y sus modificatorias. • Resolución Nº 616-2008-OS/CD, Base Metodológica para la aplicación de la Norma Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos, o la que la actualice. • Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento – Decreto Ley 25844. • Resolución Directoral Nª 016-2008-EM/DGE – Norma Técnica de calidad de los servicios Eléctricos Rurales (NTCSER) y modificatorias. • Resolución OSINERGMIN Nº 047-2009 –OS/CD Procedimiento para la supervisión de la facturación, cobranza y atención al usuario. • Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y de Salud en el Trabajo. • Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las actividades eléctricas. Resolución Ministerial 161-2007-MEM/DM • Procedimiento Administrativo de Reclamos de los Usuarios de los Servicios Públicos de Electricidad y Gas Natural (OSINERGMIN N° 671-2007-OS/CD). • Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y de Salud en el Trabajo. • Resolución de OSINERGMIN Nº 680-2008-OS/CD • NTC Nº 496-2005-MEM/DM Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de ser el caso. Así como las que se formulen durante la etapa de la vigencia del contrato y se hallen relacionadas con la ejecución del servicio. OBSERVACIÓN PRESENTADA POR LA EMPRESA MALCOM S.A. Y ELEVADA AL OSCE QUE INDICO LO SIGUIENTE: Sobre el particular, el numeral 5.3.3.4 de la Resolución N° 616-2008-OS/CD señala que existe una tolerancia para la ejecución de contrastes, admitiéndose una demora no mayor a un (01) día hábil para efectuar el contraste respecto de la fecha programada. Asimismo, se indica que la empresa distribuidora es la encargada de llevar a cabo dichos contrastes en su concesión, ello a través de una o más empresas contrastadores. Ahora bien, en el pliego absolutorio se indica que dicha norma es de aplicación para el concesionario, en atención al cumplimiento de ciertos estándares de calidad, sin que se establezcan condiciones específicas para las empresas contrastadoras. 20
  • 21. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL Por tanto, conforme a lo expuesto por la Entidad y dado que es su competencia y responsabilidad la determinación de los requerimientos técnicos mínimos, este Organismo Supervisor decide NO ACOGER la observación formulada. 21
  • 22. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL CAPÍTULO II DEL PROCESO DE SELECCIÓN 2.1 CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN ETAPAS FECHAS LUGAR / MEDIO CONVOCATORIA 29 de enero de 2013 Publicación en el SEACE REGISTRO DE PARTICIPANTES Del 30 de enero de 2013. Al 07 de febrero de 2013. Oficinas administrativas de SEAL, sito en Calle Sucre N° 402, de 07.45 a 15.45 horas. PRESENTACION DE PROPUESTAS 08 de febrero de 2013 Instalaciones de SEAL. Calle Sucre N° 402 - Cercado, a las 09:00 horas. CALIFICACION Y EVALUACION DE PROPUESTAS 15 de febrero de 2013 Unidad de Logística. 08:30 horas. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO 15 de febrero de 2013 Instalaciones de SEAL. Calle Sucre N° 402 - Cercado, a las 09:00 horas. 2.2 REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASES El registro de los participantes se realizará en las oficinas administrativas de SEAL, sito en Calle Sucre Nº 402, Arequipa, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 07:45 a 15:45 horas, previo pago de la suma S/.20.00 (Veinte con 00/100 Nuevos Soles) por derecho de participación, mediante depósito bancario a la cuenta corriente del Banco de Crédito M.N. N° 215-0071421-0-40 el mismo que deberá ser dado a conocer a SEAL, opcionalmente se podrán registrar a través del correo electrónico siguiente: logisticaseal@seal.com.pe En el momento de la entrega de las Bases al participante, se emitirá la constancia o cargo correspondiente en el que se indicará: número y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que recibe las Bases así como el día y hora de dicha recepción. 2.3 ACTO PÚBLICO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Las propuestas se presentarán en acto público, en Calle Sucre 402 Cercado - Arequipa, en la fecha y hora señalada en el cronograma. El acto público se realizará con la participación de Notario. 22
  • 23. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados y estarán dirigidas al Comité Especial del ADJUDICACIÓN MENOR CUANTÍA N° 210-2013-SEAL, conforme al siguiente detalle: SOBRE N° 1: Propuesta Técnica. El sobre será rotulado: SOBRE Nº 2: Propuesta Económica. El sobre será rotulado: 2.4 CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS SOBRE Nº 1 - PROPUESTA TÉCNICA Se presentará en un original y una copia El sobre Nº 1 contendrá, además de un índice de documentos, la siguiente documentación: 23 Señores SOCIEDAD ELÉCTRICA DEL SUR OESTE S.A. Consuelo 310, Cercado, Arequipa. Att.: Comité Especial ADJUDICACIÓN MENOR CUANTÍA N° 210-2013-SEAL Objeto del Proceso: SERVICIO DE REVISION DE SISTEMAS DE MEDICION DE ENERGIA ELECTRICA PROCESO DERIVADO DEL CP 014-2012-SEAL Señores SOCIEDAD ELÉCTRICA DEL SUR OESTE S.A. Consuelo 310, Cercado, Arequipa. Att.: Comité Especial ADJUDICACIÓN MENOR CUANTÍA N° 210-2013-SEAL Objeto del Proceso: SERVICIO DE REVISION DE SISTEMAS DE MEDICION DE ENERGIA ELECTRICA PROCESO DERIVADO DEL CP 014-2012-SEAL
  • 24. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL Documentación de presentación obligatoria a) Copia simple del Certificado de inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores, Registro de Servicios. b) Declaración Jurada de datos del postor Cuando se trate de Consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados. (Anexo Nº 1). c) Declaración Jurada que acredite el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos, contenidos en el Capítulo III de la presente Sección (Anexo Nº 2). d) Declaración Jurada simple de acuerdo al Artículo 42º del Reglamento. (Anexo Nº 3) En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante legal común del consorcio. e) Promesa de consorcio, de ser el caso, consignando los integrantes, el representante común, el domicilio común y el porcentaje de participación. (Anexo Nº 4) La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes. En caso de no establecerse en la promesa formal de consorcio las obligaciones, se presumirá que los integrantes del consorcio ejecutarán conjuntamente el objeto de convocatoria, por lo cual cada uno de sus integrantes deberá cumplir con los requisitos exigidos en las Bases del proceso. Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades. f) Declaración Jurada de Plazo de prestación del servicio. (Anexo Nº 5) MUY IMPORTANTE: La omisión de alguno de los documentos enunciados acarreará la descalificación de la propuesta. Documentación de Presentación Facultativa: a) Cuadro de Experiencia del Postor (Anexos Nº 06). b) Cuadro de Experiencia del Postor en la especialidad, (Anexos Nº 08). c) Cuadro de información específica del personal propuesto – (Anexo Nº 09) d) Cuadro de experiencia en la especialidad del personal propuesto– (Anexo Nº 10). 24
  • 25. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL e) Programa decapacitación – (Anexo Nº 11) PRONUNCIAMIENTO DEL OSCE Factores de evaluación En la medida que los factores de evaluación referidos a la experiencia del postor y los profesionales propuestos deben ser acreditados fehacientemente, deberá suprimirse de la documentación de presentación facultativa del numeral 2.5 de las Bases, la presentación de declaraciones juradas. SOBRE N° 2 - PROPUESTA ECONÓMICA El Sobre N° 2 deberá contener la siguiente información obligatoria: a) Oferta económica expresada en nuevos soles y el detalle de precios unitarios cuando este sistema haya sido establecido en las Bases (Anexo 7). El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales. Garantía de seriedad de oferta por un monto de S/. 17,288.10 (Diecisiete mil doscientos ochenta y ocho con 10/100 nuevos soles) avalado mediante carta fianza Al haberse modificado el valor referencial se modifica el valor de la garantía de seriedad de oferta en los siguientes extremos: b) Garantía de seriedad de oferta por un monto de S/. 19,500.00 (Diecinueve mil quinientos con 10/100 nuevos soles) avalado mediante carta fianza 2.6 Determinación del Puntaje Total Una vez evaluadas las propuestas técnica y económica se procederá a determinar el puntaje total de las mismas. 25
  • 26. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL El puntaje total de la propuesta será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente fórmula: PTPi = c1 PTi + c2 PEi Donde: PTPi = Puntaje total del postor i PTi = Puntaje por evaluación técnica del postor i PEi = Puntaje por evaluación económica del postor i c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica = 0.60 c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica = 0.40 2.7 REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO Adicionalmente, conforme al artículo 141º del Reglamento y en concordancia con el objeto de la convocatoria, deberá requerirse, entre otros, los siguientes documentos: a) Copia de DNI del Representante Legal; b) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa; c) Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado; d) Copia del RUC de la empresa; e) Código de Cuenta Interbancario (CCI), de corresponder. f) Certificado literal de la ficha registral de la empresa con no más de 30 días de antigüedad. (original). g) Certificado expedido por el OSCE de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. h) Copia del documento de formalización del consorcio (de ser el caso) Asimismo, el postor ganador de la buena pro deberá presentar una carta fianza para efectos de garantizar lo siguiente: - De fiel cumplimiento del contrato - Por el monto diferencial de la propuesta (de ser el caso). 2.8 PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO El postor ganador de la buena pro deberá presentar toda la documentación requerida para la suscripción del contrato en el plazo de diez (10) días hábiles. La citada 26
  • 27. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL documentación deberá ser presentada en la oficina de Mesa de Partes de SEAL, sito en calle Consuelo 310. 2.9 ADELANTOS La empresa no otorgará adelantos. 2.10 PLAZO PARA EL PAGO La Entidad se compromete a efectuar el pago al contratista en un plazo máximo de30 días calendario de otorgada la conformidad de recepción de la prestación. 2.11 FORMA DE PAGO De acuerdo con el artículo 176º del Reglamento, para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad deberá contar con la siguiente documentación: - Recepción y conformidad del Órgano de Administración - Informe del funcionario responsable del área usuaria emitiendo su conformidad de la prestación efectuada. - Factura 2.12 REAJUSTE DE LOS PAGOS El presente proceso no ha previsto reajuste de precios. 27
  • 28. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL CAPÍTULO III TÉRMINOS DE REFERENCIA SERVICIO DE REVISION DE SISTEMAS DE MEDICION DE ENERGIA ELECTRICA. El Departamento de Conexiones y Control de la Medición requiere contratar a una persona jurídica especializada que se encargue del Servicio de Revisión de Sistemas de Medición de Energía Eléctrica. 1 Objeto de la contratación: Se requiere la contratación del “Servicio de Revisión de Sistemas de Medición de Energía Eléctrica”, dentro del ámbito de la concesión de Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. 2 Justificación de la necesidad: SEAL requiere contratar el “Servicio de Revisión de Sistemas de Medición de Energía Eléctrica” con el fin de garantizar y mantener la correcta medición de la energía a nuestros clientes dentro del ámbito de concesión y el cumplimiento de la normatividad vigente que regula el programa de verificación y contrastación de medidores de energía eléctrica. 3 Finalidad Pública: La finalidad publica del presente servicio, es garantizar y mantener la correcta medición de la energía a sus clientes dentro de su ámbito de concesión a través de la contrastación de los medidores en campo. 4 Programación de la Necesidad: El presente requerimiento de “Servicio de Revisión de Sistemas de Medición de Energía Eléctrica” ha sido programado en el Plan Anual de Contrataciones 2013. 5 Descripción y/o Alcance de Especificaciones Técnicas: 5.1 Características mínimas requeridas 5.1.1. EXTENSIÓN DEL SERVICIO i. Actividades a ejecutar 28
  • 29. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL Nro Actividad 1 Contrastación o verificación de medidores. ii. Base Legal • D.S. Nº 020-97-EM, Norma Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos y sus modificatorias. • Resolución Nº 616-2008-OS/CD, Base Metodológica para la aplicación de la Norma Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos, o la que la actualice. • Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento – Decreto Ley 25844. • Resolución Directoral Nª 016-2008-EM/DGE – Norma Técnica de calidad de los servicios Eléctricos Rurales (NTCSER) y modificatorias. • Resolución OSINERGMIN Nº 047-2009 –OS/CD Procedimiento para la supervisión de la facturación, cobranza y atención al usuario. • Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y de Salud en el Trabajo. • Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las actividades eléctricas. Resolución Ministerial 161-2007-MEM/DM • Procedimiento Administrativo de Reclamos de los Usuarios de los Servicios Públicos de Electricidad y Gas Natural (OSINERGMIN N° 671-2007- OS/CD). • Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y de Salud en el Trabajo. • Resolución de OSINERGMIN Nº 680-2008-OS/CD • NTC Nº 496-2005-MEM/DM Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de ser el caso. Así como las que se formulen durante la etapa de la vigencia del contrato. iii. Estadísticas por tipo de actividad Considerando que las cuatro actividades se van a realizar tanto para medidores trifásicos como monofásicos, en zonas rurales, urbano-rurales y urbanas, así como en la modalidad de trabajos masivos como dispersos, se plantea un precio unitario ponderado por cada actividad. A continuación, se presenta la siguiente estadística de incidencia en el desarrollo de las actividades propuestas: Por tipo de Medidor % de utilización 29
  • 30. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL Medidores monofásicos 99% Medidores trifásicos 1% Por zona de trabajo % de utilización Urbano (ciudad de Arequipa) 75% Urbano-rural y rural (zonales) 25% Por modalidad de trabajo % de utilización Trabajos programados en forma masiva 80% Trabajos programados en forma dispersa 20% Por tipo de Medidor % de utilización Medidor electrónico con clase de precisión 1 70% Medidor electromecánico con clase de precisión 2 30% Asimismo, considerando que se deben realizar constataciones policiales o judiciales para el uso de los suministros alternativos, se indica que el porcentaje de uso de alternativos deberá ser como máximo el 1% de las actividades de contrastación de medidores, debiendo la contratista efectuar las acciones respectivas a fin de mantener o reducir este porcentaje. PRONUNCIAMIENTO DEL OSCE Se suprime el citado párrafo en mérito a lo establecido por el OSCE conforme a lo siguiente: Uso de suministros alternativos Deberá suprimirse de las Bases que el porcentaje de uso de alternativos sea como máximo el 1% de las actividades de contrastación de medidores, dado que se entiende que ello no se encontraría dentro del ámbito de responsabilidad del contratista, considerando que ésta no puede, por ejemplo, obligar al usuario a realizar la contrastación, supuesto en el cual procede el empleo de suministros alternativos. 5.1.2. GLOSARIO 30
  • 31. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL - Contratista: Empresa que suscribe el contrato de prestación del servicio con el objeto de ejecutar las actividades encargadas por SEAL. - Unidad Operativa: Unidad de trabajo conformada por un vehículo, herramientas, equipos de trabajo y de seguridad, un chofer, un jefe técnico responsable (puede ser para los casos específicos técnico contrastador autorizado por INDECOPI) y un técnico electricista de apoyo, en concordancia con el RESESATAE. - Acta de contrastación: Formato en donde se consignan las pruebas realizadas a los medidores así como la apreciación de las conexiones, datos del suministro, datos del equipo patrón debidamente firmados por la autoridad interviniente. - Concesionario: Es el titular de una concesión definitiva de distribución, otorgada al amparo de la Ley de Concesiones Eléctricas. - Contrastación: Proceso técnico que permite determinar los errores del Sistema de Medición mediante su comparación con un Sistema Patrón. Forman parte de este proceso las pruebas o ensayos que se le realicen a los transformadores de corriente, si fuese el caso. - Actividades masivas: Corresponde a la ejecución de actividades que se programan semanalmente en bloques, en donde los suministros se encuentran agrupados geográficamente. - Actividades dispersas: Corresponde a la ejecución de actividades que se programan diariamente en bloques, en donde los suministros se encuentran distribuidos en la ciudad y/o localidad de manera aleatoria y dispersa. - Contrastador: Persona natural o jurídica independiente de las partes involucradas en el contrato de suministro, autorizada por INDECOPI para efectuar la Contrastación de Sistemas de Medición. - Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI): Es la autoridad competente para autorizar el desarrollo de la actividad de Contrastación de Sistemas de Medición. - Organismo Supervisor de la Inversión en Energía (OSINERGMIN): Es la autoridad competente para supervisar y fiscalizar el cumplimiento de la Norma. - Reglamento para la Autorización y Supervisión de Entidades Contrastadoras (Reglamento): Es el documento emitido por la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales de INDECOPI, mediante el cual éste autoriza y supervisa a las entidades que realizan actividades de Contrastación de Sistemas de Medición. 31
  • 32. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL - Sistema de Medición (o Equipo de Medición): Es todo el conjunto de equipamiento requerido para la medición de energía activa y reactiva, y máxima demanda. Podrá ser de medición directa (empleando únicamente contadores de energía activa y reactiva, y registradores de máxima demanda) o, medición indirecta (empleando transformadores de medición). - Sistema Patrón: Es el Sistema de medición de energía eléctrica usado como modelo de comparación para evaluar el sistema de medición de energía eléctrica a contrastar y que tiene un nivel de precisión mayor al sistema evaluado. El Sistema Patrón debe ser calibrado por el INDECOPI o por Laboratorios de Calibración debidamente acreditados para tal fin. - Transformador de Corriente: Transformador de medida que sirve para conocer la intensidad de corriente en un conductor (lado primario) a través de la corriente inducida por éste (conductor) en el lado secundario y, de su relación de transformación. Para un sentido correcto de las conexiones, el ángulo de desfase entre las corrientes del lado primario y secundario, es aproximadamente igual acero. - Cliente: Es todo aquel que cuenta con un contrato de suministro de energía eléctrica vigente. - Suministro: Comprende a los equipos de medición de totalizadores y usuarios. - Punto de entrega: Es el lugar en el cual el concesionario efectúa la conexión para suministrar energía eléctrica, entre la red de distribución y los conductores de acometida. - Acometida: Es el (los) conductor(es) que permite(n) la alimentación eléctrica entre la red de distribución secundaria y los bornes de entrada del equipo de medición (sistema de medición directo); o entre la red de distribución secundaria y la llave general del cliente (sistema de medición indirecto). Su instalación puede ser del tipo aérea, subterránea o mixta. a) Aérea: acometida aérea conectada a la red de distribución aérea. b) Subterránea: acometida subterránea conectada a la red de distribución subterránea. c) Mixta: acometida subterránea conectada a la red de distribución aérea. - Medidor: Es un registrador de los consumos y/o parámetros configurados en el equipo. - Equipo de protección: Se utiliza como limitador de corriente, con el objeto de proteger el sistema de medición y la red de distribución secundaria de una probable sobrecarga. En las conexiones domiciliarias se tienen instalados 32
  • 33. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL fusibles, interruptores térmicos, interruptores termo magnéticos, interruptores diferenciales. - Caja porta medidor: Es una caja metálica en la cual se encuentran instalados el medidor, el sistema de protección y/o los transformadores de corriente. - Líneas de carga: Son los conductores que se conectan entre el sistema de protección y la llave general del usuario. - Conexión domiciliaria: Se encuentra compuesta por todos los elementos que la componen: acometida, medidor, sistema de protección, entre otros. - Consumo No Registrado (CNR): Es el consumo no registrado por el sistema de medición debido a conexiones ilegales, irregulares o por desperfectos en el sistema de medición; sean éstos últimos originados por cualquier tipo de causa. Se puede originar por causas atribuibles a SEAL o al USUARIO. - Testigo/Autoridad interviniente:Es un miembro de la Policía Nacional del Perú en Servicio, representante del OSINERGMIN que fiscaliza a SEAL, representante del Ministerio Público o Notario Público; u otro mencionado en el oficio N° 021-96-EM/DGE (con fecha 28-Mar-1996). - Informe de Contraste: Es un formato en el que se registra (anota) toda la información de campo que se obtenga como resultado de los contrastes en campo. En dicho formato también se deberán anotar incidencias u observaciones de la conexión, entre otros. - Notificación previa: Es el documento que se le entrega al usuario, con el objeto de avisarle con antelación, los trabajos a realizar (de acuerdo al Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas y la Norma DGE “Reintegros y Recuperos de Energía Eléctrica). - Notificación de contraste: Es el documento que se le entrega al usuario, con el objeto de avisarle con antelación (dos días hábiles), los trabajos de contrastación o verificación de medidores a realizar (de acuerdo la Norma Técnica de Contrastación del Sistema de Medición de Energía Eléctrica y la Norma DGE “Reintegros y Recuperos de Energía Eléctrica). - Constatación Policial: Es la acción donde LA CONTRATISTA, solicita la intervención de la autoridad para sustentar la oposición al contraste de medidor (o cualquier motivo que impida efectuar el contraste siempre y cuando no contravengan la normativa) y efectuar el contraste de un suministro alternativo. - Cambio de Medidor: Trabajos de retiro del medidor defectuoso luego de una contrastación e instalación de un nuevo medidor, incluye en esta 33
  • 34. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL actividad el cierre de la caja portamedidor, la instalación de los precintos o sellos de seguridad, pegado de sticker de contraste y el llenado de los formatos respectivos. - Ley: Ley de Concesiones Eléctricas aprobado por D.L. Nº 25844 y modificatorias. - Reglamento: Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas aprobado por D.S. Nº 009-93/EM y modificatorias. - NTCSE: Norma Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos aprobado por D.S. Nº 020-97-EM y modificatorias. - NTCSER: Norma Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos Rurales aprobado por R.D. Nº 016-2008-EM/DGE y modificatorias. - Base Metodológica: Base Metodológica para la aplicación de la Norma Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos (la que se encuentre vigente). - Procedimiento de reclamos: Procedimiento Administrativo de Reclamos de los Usuarios de los Servicios Públicos de Electricidad y Gas Natural (OSINERGMIN N° 671-2007-OS/CD). - RESSESATAE: Reglamento de Seguridad e Higiene Ocupacional en el trabajo. - Normativa: Todas las disposiciones emitidas para el Sub Sector Electricidad. - DGE: Dirección General de Electricidad. - ORDEN DE TRABAJO: Es un documento entregado por SEAL, en el que se especifican las actividades y/o trabajos a realizar. Las Ordenes de trabajo pueden ser emitidas por: (a) suministro, (b) subestación de distribución, (c) centro de transformación, (d) circuito alimentador en media tensión, (e) sistema eléctrico, (f) zona de facturación, entre otros. 5.1.3. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO El servicio consiste en ejecutar las actividades de revisión de los sistemas de medición de energía eléctrica, las que incluyen las actividades de contrastación de medidores en campo basados en la NTCSE, la Resolución de OSINERGMIN Nº 680-2008-OS/CD, la NTC Nº 496-2005-MEM/DM, el procedimiento de atención de Reclamaciones, la NTCSER y cualquier modificación de las normas antes indicadas, así como cualquier otra normativa relacionada al proceso de contrastación o verificación de medidores en el Área de Concesión de SEAL. La ejecución de los trabajos se realizará bajo la autorización expresa de SEAL y mediante la emisión de órdenes de trabajo, diarias o semanales, cuya ejecución deberá ser reportada dentro de los plazos establecidos por SEAL. 34
  • 35. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL La programación a seguir, en cada una de las actividades, será elaborada y aprobada por SEAL; y podrán ser modificados de acuerdo a las directivas específicas que dicte la SEAL, entidades reguladoras, fiscalizadoras u otras. Dicha programación de trabajo deberá ser cumplida en su totalidad y en las fechas programadas, para lo cual la Contratista deberá de proveer todo el personal, materiales, equipos y movilidades necesarias para cumplir con el trabajo programado. ABSOLUCIÓN A LA CONSULTA PRESENTADA POR LA EMPRESA MALCOM S.A. En atención a la consulta debemos señalar que en el anexo A-2 (página 39 de las bases), referido a la descripción de las actividades - Actividad Nº 01: contrastación o verificación de medidores en su numeral 1, de las bases se señala que: “esta actividad solo podrá ser realizada por una empresa con autorización de INDECOPI….” Por esta razón y considerando que a través de la página web de INDECOPI, se puede verificar si el postor cuenta con dicha autorización o no, el Comité Especial realizará dicha verificación al momento de la evaluación de las propuestas técnicas de los postores. ABSOLUCIÓN A LA CONSULTA PRESENTADA POR LA EMPRESA MALCOM S.A. Al respecto debemos mencionar que para el caso de las contrastaciones tal como los señala la Directiva de Reclamaciones, se da al Cliente que dude de la precisión de su medidor, la posibilidad de elección en la ejecución de la contrastación al presente contratista, pudiendo optar por elegir la contrastación con otra empresa contrastadora o en INDECOPI. Por lo tanto, SEAL no estaría contraviniendo con la normatividad vigente en la directiva de reclamaciones. Referente al precio por este tipo de contrastaciones, se debe tener en cuenta que en SEAL se tiene una demanda de aproximadamente dos contrastaciones por mes (0.076% del total de contrastaciones), por lo que ha optado por ponderar el precio unitario con las demás contrastaciones masivas (80% del total de contrastaciones). 35
  • 36. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL 5.1.4. CONSIDERACIONES PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO. • La contratista deberá cumplir con el programa de trabajo establecido por SEAL, en su totalidad, para lo cual deberá proveer el personal, materiales, equipos y movilidades necesarias para cumplir con el trabajo programado. Deberá tener en cuenta los siguientes plazos de ejecución: Nro. Actividad Cantidades 1 Contrastación o verificación de Medidores. En la fecha programada, inmediatamente después de la apertura de la caja portamedidor por parte de SEAL Asimismo, teniendo en cuenta que la contratista va a utilizar materiales proporcionados por SEAL, la contratista deberá liquidar las notas salida con dos días hábiles después de recibido el material. • Con la finalidad de minimizar los errores u omisiones de digitación de los formatos, la contratista deberá contar con un procedimiento de control de calidad antes de entregar los formatos a SEAL para su validación. • La contratista deberá contar con un sistema informático en WEB o similar que permita a SEAL contar con la siguiente información: • Deberá presentar gráficamente un organigrama con todo el personal que labora en el servicio, asimismo deber incluir la última fecha de actualización. Asimismo deberá poder imprimirse o exportase a un archivo de imagen (JPG, TIFF) o procesador de texto o datos (Word o Excel). Dicho organigrama deberá poder visualizar, imprimirse y exportarse la fotografía de cada personal y unidad móvil. o Relación (en formato Excel) de los certificados del personal de contrastación, de las cargas y equipos contrastadores, todos debidamente actualizados y organizados por unidad operativa. Asimismo deberán estar escaneados en una alta resolución (mínimo 400 ppm) y poder imprimirse o exportarse a un archivo de imagen (JPG, TIFF). o Reporte diario de los medidores que haya desaprobado las pruebas de contraste. Asimismo deberá permitir exportar dicho reporte al formato Excel y guardar todos los reportes históricos. o Registro de los alternativos utilizados, indicando las razones de su utilización y fotografías explicativas (mínimo tres fotografías). Asimismo 36
  • 37. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL deberá permitir exportar dicho reporte al formato Excel o imagen según sea el caso y guardar todos los reportes históricos. o Hoja de ruta (publicado un día hábil antes del inicio de sus actividades), en la que se indique el orden en el cual se ejecutarán las actividades programadas por cada unidad operativa. o Listado de suministros que se encuentren observados por alguna deficiencia en las conexiones eléctricas (caja en mal estado, sin sistema de protección, acometida mal instalada, incumplimiento de distancias mínimas de seguridad, etc.). • En el caso del Coordinador General, está prohibido su cambio durante los primeros seis meses de iniciadas las labores, salvo caso fortuito y sustentado debidamente. • Cada Unidad Operativa, el coordinador general y el supervisor deberán contar con un equipo celular. Asimismo deberá garantizar que dichos equipos funcionen correctamente durante la vigencia del contrato. 5.1.5. EQUIPAMIENTO MÍNIMO EXIGIDO Las herramientas, elementos de trabajo y uniformes utilizados por LA CONTRATISTA deberán mantenerse en buen estado de uso y poseer las características adecuadas para el trabajo a realizar, lo cual será controlado permanentemente por SEAL. Para el inicio de la prestación del servicio, cada Unidad Operativa deberá contar con la inspección y aprobación escrita del Área responsable de SEAL. Cada Unidad Operativa que emplee LA CONTRATISTA deberá cumplir con las exigencias mínimas que se enumeran a continuación: i. Unidad Operativa En concordancia con el RESESATAE, La unidad operativa estará conformada por un vehículo, herramientas, equipos; un chofer, un técnico electricista de apoyo y un técnico electricista contrastador (autorizado por INDECOPI). Es potestad de la contratista la cantidad de unidades vehiculares, siempre y cuando no exceda de la capacidad máxima indicada en la tarjeta de propiedad y logre el cumplimiento de las órdenes de trabajo. a) Vehículos: • Los vehículos deberán contar con toda la documentación vigente exigida por las autoridades para su circulación, la cual se sustentará a SEAL cuando éste lo requiera. 37
  • 38. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL • Los vehículos que utilice la Contratista quedarán obligados a portar la identificación que indique “EMPRESA CONTRASTADORA AUTORIZADA” con el logo de la empresa Contratista, durante la ejecución de los trabajos, mediante un sticker adosado en ambos lados del vehículo en las puertas delanteras, adicionalmente deberán contar con un sticker con un número de identificación, esta numeración será proporcionada por SEAL, para lo cual el contratista deberá presentar la documentación correspondiente. • Deberán ser camionetas rurales (tipo combi) de color blanco, preparadas para que brinden seguridad en el traslado del personal, equipos de medición, materiales, herramientas, equipos de seguridad, entre otros. ABSOLUCIÓN A LA OBSERVACIÓN PRESENTADA POR LA EMPRESA MALCOM S.A.: (i) Ese requerimiento se efectúa de conformidad con los artículos 13º de la Ley y 11º del Reglamento, ya que es competencia del área usuaria definir las características, condiciones, cantidad y calidad de los bienes, servicios u obras a ser contratados, las que deben encontrarse descritas en las especificaciones técnicas o términos de referencia, según se trate de bienes, obras, o servicios. (ii) Ahora, hemos verificado que el especificar hasta el color del vehículo es un requerimiento que determina un detalle excesivo por lo cual dicho extremo será retirado de las bases. (iii) Respecto de la camioneta rural esta tendrá que ser de ese modelo o similar toda vez que la actividad a ejecutar es indispensable tenga un rendimiento mínimo y ello está relacionado con la movilidad a utilizar, de las mismas observaciones planteadas por MALCOM, por ejemplo en la observación número 1 indica que es indispensable el uso de vehículos y hasta señala que deben ser camionetas 4 x 4 para desarrollar sus actividades es evidente entonces que el requerimiento es razonable. Por todos los fundamentos indicados SE ACOGE PARCIALMENTE LA OBSERVACIÓN, indicando que se retira de las bases el color blanco requerido y se amplía la camioneta rural a otra similar PRONUNCIAMIENTO DEL OSCE EN RELACIÓN A LA OBSERVACIÓN ELEVADA AL OSCE En el pliego absolutorio de observaciones se indica que se permitiría la presentación de 38
  • 39. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL camionetas rurales o similares, en atención a que es indispensable que tenga un rendimiento mínimo respecto a su movilidad. Conforme a lo indicado anteriormente, la definición de los requerimientos técnicos mínimos es de exclusiva responsabilidad de la Entidad, sin mayor restricción que la de permitir la mayor concurrencia de proveedores en el mercado, debiéndose considerar criterios de razonabilidad, congruencia y proporcionalidad. Por tanto, conforme a lo expuesto, este Organismo Supervisor decide NO ACOGER la presente observación. Sin perjuicio de ello, dado que ni en el referido pliego absolutorio o el informe técnico se ha sustentado debidamente la necesidad de contar con camionetas rurales, deberá registrarse un informe que sustente la necesidad de contar con una camioneta rural, así como las características de dicha camioneta para cumplir su finalidad. Asimismo, deberá indicar expresamente que vehículos resultarían similares a una camioneta rural. En atención al pronunciamiento Nº 405-2012/DSU se adjunta el Informe Técnico Nº CM/GI-104-2012. • Para el caso de la ejecución de actividades en las zonas rurales, por seguridad de sus trabajadores y para el cumplimiento de la ejecución de las órdenes de trabajo, la contratista podrá utilizar camionetas doble cabina 4x4 y en perfecto estado de funcionamiento. • Para el inicio de la prestación del servicio, se realizará una inspección a las unidades móviles, los cuales serán registrados en el sistema informático de SEAL, por lo tanto la contratista no podrá utilizar ninguna movilidad que no se encuentre debidamente registrada para la ejecución del servicio, el incumplimiento de esta disposición dará origen a la imposición de penalidades. • Está prohibido el uso de taxis o transporte público para el traslado del personal para la ejecución de las actividades diarias, solo en caso de ejecución de contrastes en zonas rurales donde no exista acceso para camionetas 4x4 se permitirá el uso de otro tipo de transporte, para lo cual LA CONTRATISTA solicitará previamente la autorización de SEAL. PRONUNCIAMIENTO DEL OSCE DE LAS OBSERVACIÓNESELEVADAS Sobre el particular, conforme a lo indicado anteriormente, la definición de los requerimientos técnicos mínimos es de exclusiva responsabilidad de la Entidad, sin mayor restricción que la de permitir la mayor concurrencia de proveedores en el mercado, debiéndose considerar criterios de razonabilidad, congruencia y 39
  • 40. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL proporcionalidad. Asimismo, en el pliego absolutorio de observaciones se indica que los vehículos que debe utilizar la empresa contrastadora se encuentran incluidos en el valor referencial del proceso y que es responsabilidad de la Entidad resguardar a sus clientes a través del control de sus contratistas tanto para la seguridad del servicio que brinda a sus clientes como la del mismo contratista. En atención a lo indicado, este Organismo Supervisor decide NO ACOGER la observación formulada. • Deberán permanecer sin abolladuras, durante la prestación del servicio, debiendo ser resanados y repintados en caso de deterioro (dentro de las 48 horas siguientes a la observación por parte de SEAL). Tampoco deberá tener los vidrios rajados o rotos. Deberán estar implementados con extintores contra incendios de 4 kg. como mínimo para combatir incendios provocados en instalaciones eléctricas; con fecha de vencimiento vigente e instalado en un lugar de fácil acceso para el personal de la Unidad Operativa. Asimismo deberán llevar un control del mismo en forma mensual. • SEAL quedará facultada a sancionar a LA CONTRATISTA, en el caso que se detecte que los mismos vehículos que utiliza para la prestación de éste servicio, han participado directa o indirectamente, incluso en horas fuera de servicio, en actividades que atenten contra la ley, la moral o las buenas costumbres o cuando el chofer conduzca en forma irresponsable o temeraria o infrinja las normas de tránsito, sea descortés o muestre cualquier actitud que pueda ocasionar desprestigio público para SEAL. • La misma sanción se aplicará en caso que el personal que se traslada en el vehículo utilice el nombre de SEAL para actos fuera de servicio y no debidamente supervisados por SEAL. • LA CONTRATISTA asumirá la responsabilidad de daños y reparaciones que los vehículos ocasionen a la propiedad de SEAL o terceros. • LA CONTRATISTA no tendrá derecho a indemnización alguna, por parte de SEAL, por las pérdidas o daños que pudieran sufrir sus vehículos, herramientas u otros, sea cual fuera la causal y se originen por actos imputables a su personal, terceros o del mismo CONTRATISTA. 40
  • 41. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL • Deberán contar con un botiquín de emergencias, implementado con medicamentos que permitan una atención rápida y oportuna en caso de accidentes. Todos los medicamentos deberán tener fecha de vencimiento vigente, se deberá incluir en el botiquín bloqueadores solares para el personal. b) Vehículo de Supervisión: • La supervisión del servicio deberá contar con una unidad móvil para el desarrollo de sus actividades ya que la presencia en campo del supervisor es obligatoria y deberá efectuar coordinaciones permanentemente con SEAL. • Podrá ser de las mismas características que los vehículos para las unidades operativas, así como podrá ser camioneta 4x2 ó 4x4 doble cabina o cabina simple. ABSOLUCIÓN A LA CONSULTA PRESENTADA POR LA EMPRESA MALCOM S.A. El estudio de mercado que determina los costos unitarios se encuentran a su disposición en la Unidad de Logística de SEAL, la cual podrá acceder para su consulta durante el horario de trabajo de SEAL. Asimismo, indicarles que por experiencia de los anteriores servicios, se ha demostrado que ante un número mayor a seis cuadrillas y en cumplimiento a la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, se requiere que la contratista cuenta con un supervisor de trabajo y seguridad, para lo cual es necesario que cuente con su propia movilidad para hacer efectiva su supervisión. Por otro lado, la supervisión del servicio entre sus actividades a desarrollar, va a requerir de la movilidad independiente para que pueda realizar las constataciones policiales requeridas en el presente servicio. c) Equipos de comunicación: • Cada unidad operativa deberá estar equipada con un teléfono celular con red privada de comunicación, asociado a la red telefónica de SEAL, así como el supervisor y el coordinador. d) Herramientas y equipos: La contratista deberá asegurar que las herramientas y equipos con las que deben contar una Unidad Operativa son las adecuadas en cantidad y 41
  • 42. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL calidad para el desarrollo del trabajo, SEAL verificará que las herramientas y equipos son los adecuados por la normatividad vigente. a. Herramientas: • Un (01) cerco de seguridad, mínimo 4 cuerpos, para la delimitación del área de trabajo. • Otras herramientas dieléctricas necesarias b. Equipos para Contraste o Verificación: • Un equipo contrastador portátil para medidores monofásicos y/o trifásico clase de precisión 0.2 con certificado vigente por el INDECOPI que permita la contrastación de equipos de medición monofásicos electromecánicos de 2 o 3 hilos clase 2 hasta una corriente máxima de 80 amperios y/o medidores trifásicos electromecánicos de 3 y 4 hilos clase 2 hasta una corriente máxima de 120 amperios y constantes decimales o fraccionadas. Asimismo el referido equipo deberá permitir contrastar medidores electrónicos, monofásicos de 2 hilos, clase de precisión 1, hasta 80 amperios y/o trifásicos de 3 y 4 hilos de clase de precisión 1, hasta 120 amperios. • Una fuente de corriente AC monofásica del tipo resistiva o inductiva hasta 80 amperios o una fuente de corriente AC trifásica del tipo resistiva o inductiva hasta 120 amperios (según la carga y el tipo de trabajo). • Para el caso de contrastes de medidores trifásicos no se permitirá el uso de fuentes monofásicas. PRONUNCIAMIENTO DEL OSCE A LA OBSERVACIÓN EFECTUADA Sobre el particular, en el informe técnico la Entidad señala que, el equipo contrastador de clase de precisión 0.2 con certificado por el INDECOPI requerido es el mínimo que debe presentarse, por lo que no se limita el empleo de equipos de mayor precisión. Por tanto, conforme a lo expuesto por la Entidad, CARECE DE OBJETO pronunciarse respecto al extremo de la observación que señala que sólo podría presentarse equipos contrastadores de clase de precisión 0.2. Ahora bien, respecto a la exigencia de un equipo contrastador de un mínimo de precisión de 0.2 la Entidad señala en su informe técnico que, según el numeral 4.3.3.3 de la “Base metodológica para la aplicación de la norma técnica de calidad de los servicios eléctricos –NTCSE”, la contrastación del medidor instalado debe realizarse con un medidor patrón 42
  • 43. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL de por lo menos de una clase de precisión cuatro (04) veces más preciso que el que se va a contrastar; por lo que la precisión 0.2 solicitada para el equipo contrastador se sujeta a lo establecido en la normativa vigente. Por tanto, considerando lo expuesto por la Entidad, este Organismo supervisor decide NO ACOGER el extremo de la observación que solicitaba que se acepten medidores de menor precisión a 0.2. Sin perjuicio de lo señalado, en virtud del Principio de Transparencia, con ocasión de la integración de Bases deberá registrar un informe técnico que señale la clase y/o precisión de los medidores a contrastar en el presente servicio de manera que, conforme a la normativa señalada por la Entidad, debería arrojar que la contrastación debe realizarse con equipos de 0.2 de precisión. Asimismo, deberá registrar la “Base metodológica para la aplicación de la norma técnica de calidad de los servicios eléctricos –NTCSE” que señala en su informe, la cual se entiende se encontraría vigente a la fecha y que contiene la disposición expuesta, para lo cual, además, deberá registrar el instrumento legal que la aprobó. En caso de advertir que dicha legislación no se encuentra acorde a lo señalado en el informe técnico o no se encuentra vigente a la fecha, deberá adecuar los términos de referencia del proceso en cuanto a la precisión a los equipos de contrastación, sin perjuicio de verificar si dicha modificación altera el valor referencial del proceso. En atención al pronunciamiento Nº 405-2012/DSU se adjunta el Informe Técnico N° CM/GI-104-2012 c. Certificación y Procedimiento de INDECOPI • Cada unidad operativa deberá portar sus certificados de autorización por INDECOPI del técnico contrastador y de la totalidad de los equipos que sean utilizados para la realización de la contrastación, así como el procedimiento aprobado por INDECOPI para la contrastación de los medidores y su AST correspondiente. d. Sticker de identificación de medidores • La contratista proporcionará los stickers para la identificación de los medidores contrastados, cambiados y/o reemplazados, de acuerdo al modelo y color determinado por OSINERGMIN. ABSOLUCIÓN A LA CONSULTA PRESENTADA POR LA EMPRESA MALCOM S.A. 43
  • 44. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL El estudio de mercado que determina los costos unitarios se encuentran a su disposición en la Unidad de Logística de SEAL, la cual podrá acceder para su consulta durante el horario de trabajo de SEAL. Se precisa que solo se proporcionara Sticker para la actividad de contrastación de medidor. Asimismo se debe tener en cuenta que la utilización del Sticker de contraste ha sido determinado por OSINERGMIN para demostrar la ejecución del contraste, y no altera de manera alguna la ejecución del contraste por lo que no estaría desnaturalizando el contraste, mas aun se garantiza y asegura su ejecución por parte del Contrastador es quien llena dicho Sticker. La provisión del Sticker de contraste ha sido requerida por el área usuaria y está considerado en el estudio de mercado por lo tanto es de cumplimiento obligatorio para el contratista e) Cantidad de Unidades Operativas: El número de unidades operativas deberá asegurar el cumplimiento de los trabajos programados y encomendados. Debiendo considerar unos rendimientos no mayores de 16 contrastes por Unidad Operativa para contrastaciones masivas y de 12 contrastes por Unidad Operativa para contrastaciones dispersas, y cargas de trabajo diarias aproximados referenciales de 120 a 150 contrastes en total, en caso de que la contratista cuente con mayores rendimientos estos serán sustentados a SEAL. Considerando que en los meses de enero y julio se elaboran los programas semestrales de contraste para que sean aprobados por el OSINERGMIN reducirán las actividades operativas para las contrastaciones de medidores a fin de elaborar las programaciones respectivas. ABSOLUCION A LA CONSULTA PRESENTADA POR LA EMPRESA MALCOM S.A. El rendimiento de las contrastaciones por NTCSER ha sido considerado en el rendimiento de las zonales. Así mismo por la menor cantidad de las mismas, estas se dispersan entre los contrastes masivos, habiendo sido consideradas asimismo en la determinación del costo unitario, cuyo detalle se encuentra a su disposición en la Unidad de Logística de SEAL, a la cual podrá acceder para su consulta durante el horario de trabajo de SEAL. 44
  • 45. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL ii. Equipamiento Mínimo del Personal LA CONTRATISTA deberá entregar, por cuenta propia, a su personal toda herramienta y equipos, nuevos o en perfecto estado de conservación, que sean necesarios para el cumplimiento del trabajo encargado; así como de todos los implementos de seguridad necesarios y vestimenta apropiada. Los equipos de protección personal deberán ser dieléctricos, así como todas las herramientas deberán ser aisladas y dieléctricas, en caso de uniformes deberán ser retardantes de flama, deberán contar con fotocheck y el logotipo de la empresa contratista, en caso de personal contrastador deberá indicar “Empresa Constrastadora Autorizada por INDECOPI”. 5.1.6. MATERIALES Y/O EQUIPOS PROPORCIONADOS POR SEAL SEAL proporcionara los siguientes materiales, los que deberán ser retirados por el Contratista del almacén de SEAL, cumpliendo el procedimiento y normas que SEAL determine para el retiro de materiales, los cuales serán utilizados y liquidados diariamente en un periodo máximo de dos días hábiles. • Precintos de seguridad para la realización de los trabajos de la CONTRATISTA (precinto de bornera, precinto de caja y sello forza), los cuales serán liquidados diariamente. 5.1.7. PERSONAL DE LA CONTRATISTA Deberá Contar como mínimo con un Coordinador, Supervisor General, técnicos electricistas, técnicos electricistas contrastadores, en la cantidad necesaria para el desarrollo de las actividades, así mismo con personal administrativo para los fines correspondientes. 5.1.8. FISCALIZACIÓN DEL SERVICIO La fiscalización del servicio, se llevará a cabo en forma permanente por SEAL, ya sea en forma directa o a través de empresas autorizadas por ella. 5.1.9. PROGRAMA O PROCEDIMIENTO DE TRABAJO 45
  • 46. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL Con el objeto de realizar un trabajo correcto y evitar reclamos posteriores, por parte de los usuarios, LA CONTRATISTA deberá cumplir con el siguiente programa. ABSOLUCION A LA CONSULTA PRESENTADA POR LA EMPRESA MALCOM S.A. Se precisa que el flujograma, comprende el total del proceso en el cual la actividad a ser desarrollada por la contratista se halla integrada, por lo que para su actividad encomendada, no tendrá lugar al cambio de medidores defectuosos y por tanto no utilizaran formatos de cambios de medidor. i. Entrega de Órdenes de Trabajo: a) LA CONTRATISTA enviará diariamente (a la oficina del Dpto. de Conexiones y Control de la Medición a las 16:00 horas) al Coordinador, con el objeto de recibir las Órdenes de Trabajo y los cargos de las notificaciones. ABSOLUCIÓN A LA CONSULTA PRESENTADA POR LA EMPRESA MALCOM S.A. Se señala que en el numeral 5.1.9., literal i., este se refiere a la Entrega de Ordenes de Trabajo. Por lo que no procede anular la misma, al ser parte del procedimiento a desarrollar. Asimismo, se precisa que al contratista, no se le hará entrega de los cargos de las notificaciones, sin embargo en caso de que la contratista las requiera estas serán otorgadas por SEAL con su respectivo cargo y su posterior devolución. 46
  • 47. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL ii. Autorización de salida de materiales: a) SEAL autorizará la salida de materiales y equipos de medición de sus almacenes (los que correspondan), según los procedimientos internos establecidos para tal efecto. b) LA CONTRATISTA recogerá de los almacenes de SEAL, los materiales que correspondan para la ejecución de las Órdenes de Trabajo. c) LA CONTRATISTA deberá distribuir los materiales de SEAL, según los procedimientos internos de la Contratista establecidos para tal efecto. ABSOLUCIÓN A LA CONSULTA PRESENTADA POR LA EMPRESA MALCOM S.A. Tal como se señala en el inciso a) del numeral 5.1.9.,ii; “SEAL autorizará la salida de materiales y equipos de medición de sus almacenes (los que correspondan), según los procedimientos internos establecidos para tal efecto”. Así se precisa que para el caso del presente servicio los materiales a entregar al contratista solo comprenden los precintos de bornera. iii. Asignación de trabajos a las Unidades Operativas: a) LA CONTRATISTA distribuirá entre sus Unidades Operativas las Órdenes de Trabajo y los materiales y equipos de medición necesarios para el cumplimiento de la jornada diaria. ABSOLUCIÓN A LA CONSULTA PRESENTADA POR LA EMPRESA MALCOM S.A. En concordancia a lo señalado en el inciso a) del numeral 5.1.9.,ii; “SEAL autorizará la salida de materiales y equipos de medición de sus almacenes (los que correspondan), según los procedimientos internos establecidos para tal efecto”. Así, para el caso señalado, en el inciso iii, del numeral 5.1.9., referido a la Asignación de trabajos a las Unidades Operativas, se precisa que para el caso del presente servicio solo corresponden como materiales a entregar al contratista los precintos de bornera. No corresponde la entrega de equipos de medición al contratista. 47
  • 48. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL iv. Ejecución de trabajos: a) Las Unidades Operativas ejecutarán las Órdenes de Trabajo siguiendo las pautas establecidas para cada caso en particular. b) La salida de las Unidades Operativas de la base del contratista diariamente no deberá superar las 07:20 horas, una vez culminada las inspecciones previas efectuadas por SEAL. c) La ejecución de las actividades deberán de realizarse conforme las especificaciones dadas en el anexo A-2. d) El llenado de los formatos es un factor fundamental para SEAL; por lo que cualquier error de registro de información será sancionado. Se deberá anotar (con letra legible) todo tipo de ocurrencias como: intento de sobornos, actitud agresiva por parte del usuario, conexiones clandestinas, manipulaciones de las conexiones, accidentes que pudieran haberse producido, entre otros; y reportarlos vía teléfono celular inmediatamente. e) El personal de LA CONTRATISTA deberá tener especial cuidado en los plazos de ejecución establecidos para cada tipo de trabajo, los cuales serán fijados entre SEAL y el Supervisor General de manera anticipada. f) La Contratista deberá entregar las actas de contrastación de medidor, al siguiente día útil a las 16:00 horas. Las actas deberán estar ordenadas de manera correlativa por número de suministro, constataciones policiales o judiciales (de ser el caso). Asimismo deben estar digitadas en el sistema informático de SEAL para esa hora indicada. g) En caso de realizar las constataciones policiales o judiciales, se debe precisar que solo se utilizará las constataciones judiciales en caso de que exista la ausencia de los efectivos policiales, todo costo será asumido por la contratista. ABSOLUCIÓN DE LA OBSERVACIÓN PRESENTADA POR LA EMPRESA MALCOM S.A.: (i) Ese requerimiento se efectúa de conformidad con los artículos 13º de la Ley y 11º del Reglamento, ya que es competencia del área usuaria definir las características, condiciones, cantidad y calidad de los bienes, servicios u obras a ser contratados, las que deben encontrarse descritas en las especificaciones técnicas o términos de referencia, según se trate de bienes, obras, o servicios. (ii) Estas son actividades estrechamente vinculadas con el objeto de la convocatoria reiteramos que SEAL no está trasladando al contrastador actividades inherentes en su calidad de concesionario de distribución eléctrica, pues el traslado y la ejecución del 48
  • 49. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL servicio de contrastación será por cuenta y cargo de la empresa que obtenga la buena pro y en los términos de los requerimientos técnicos mínimos exigidos. (iii) La constatación reiteramos se refieren única y exclusivamente a las muestras a contrastar previamente seleccionadas, esto quiere decir que NO SE ESTA EXIGIENDO EN LAS BASES QUE EL CONTRATISTA CONTRASTADOR REALICE EL TRABAJO QUE LE CORRESPONDE A SEAL. La constatación está dirigida a que sea el contrastador que cuando se presenten problemas para ejecutar su propia actividad, sea quien solicite la constatación correspondiente, aspecto indispensable para que SEAL pueda contar documentadamente con la negativa a fin de poder reconocer la actividad al contratista para fines del pago y determinar el suministro alternativo para contrastar. Es absurdo el comentario realizado por el observante pues pretende indicar que el contrastador estaría ejecutando actividades de SEAL y en el colmo del extremo indica que ello afectaría su imparcialidad. Es evidente que la observación a todas luces pretende relevarse de obligaciones que si bines es cierto son accesorias pero indispensables para que se ejecute la actividad en etapa de ejecución contractual, pues es razonable documentar los problemas que se presenten al ejecutar su actividad y sean ellos los que justifiquen la razón por la que no se ejecuto la misma. (iv) Respecto al estudio de posibilidades que ofrece el mercado el mismo incluye todos los gastos y requerimientos que son exigidos al contratista y que ya se ha explicado cómo se ha determinado el mismo en la absolución de la observación Nro. 1. Entre ellos los referidos al ingeniero y movilidad de supervisión, constataciones policiales o judiciales (notariales). Por todos los fundamentos indicados NO SE ACOGE LA OBSERVACIÓN v. Devolución de materiales: a) Las Unidades Operativas deberán devolver a los almacenes de LA CONTRATISTA los saldos de materiales y equipos no utilizados durante la jornada diaria y aquellos que fueron retirados de campo. b) LA CONTRATISTA entregará a los almacenes de SEAL los materiales antes referidos, junto con la liquidación de los mismos; es decir justificando su utilización por cada uno de los casos. c) Esta liquidación es diaria y será informada junto con la entrega de las actas de contrastación, así como la devolución de los materiales y equipos. 49
  • 50. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL vi. Registro de información en el sistema informático: a) LA CONTRATISTA será responsable del registro de información en el sistema informático, referente a los trabajos realizados y todo lo contenido en los formatos de campo. ABSOLUCION A LA CONSULTA PRESENTADA POR LA EMPRESA MALCOM S.A. Con relación a lo señalado en su consulta se precisa para cada caso lo siguiente: a. No se destinará personal alguno. b.,c.,y d. El medio de comunicación a emplear para el registro de información en el sistema de SEAL, es través de una red VPN (Virtual Private Network), tal como se viene operando a la fecha y en consecuencia el registro de la información se efectuara mediante este medio. ABSOLUCIÓN A LA CONSULTA PRESENTADA POR LA EMPRESA MALCOM S.A. El costo de implementación del equipamiento informático y comunicaciones se halla descrito en el estudio de mercado que determina los costos unitarios se encuentran a su disposición en la Unidad de Logística de SEAL, la cual podrá acceder para su consulta durante el horario de trabajo de SEAL. Así mismo en atención a su requerimiento precisamos que el costo de esta partida se encuentra especificado en el estudio de posibilidades que ofrece el mercado adjunto vii. Validación de la información en el sistema informático: a) SEAL efectuará la revisión de la información registrada en el sistema informático y validará los trabajos realizados. b) SEAL pondrá especial cuidado en detectar errores de registro de información; y sancionará al contratista por los errores que se cometan, mediante la aplicación de las penalidades que correspondan aplicar. c) No se entregará nuevo material hasta que no se haya liquidado todo el material entregado previamente. viii. Valorización de los trabajos realizados y validados: 50
  • 51. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL a) SEAL sólo aceptará para el pago los trabajos realizados que cuenten con su conformidad. b) Una vez validada la información por parte de SEAL, LA CONTRATISTA quedará habilitada para presentar la valorización por los trabajos realizados y para presentar la factura correspondiente. ix. Autorización del pago por parte de SEAL: a) Una vez recibida la valorización conforme a las exigencias de SEAL; ésta autorizará el pago de la factura presentada por LA CONTRATISTA; la cual será cancelada de acuerdo a las especificaciones técnicas del servicio. 5.1.10. VALORIZACION DE LOS TRABAJOS Mensualmente LA CONTRATISTA presentará valorizaciones, según los formatos establecidos por SEAL. Estos formatos comprenderán información detallada y resumida respecto al servicio prestado. Las valorizaciones de los trabajos realizados por LA CONTRATISTA serán revisadas por la supervisión de SEAL y contrastada con las órdenes de trabajo diarias En las valorizaciones sólo se aceptarán los trabajos terminados y a satisfacción de SEAL. La información correspondiente deberá ser entregada a través del medio que indique SEAL: en forma impresa, vía correo electrónico, en medio magnético, en CD, u otro. Para la liquidación del Contrato, LA CONTRATISTA deberá presentar la liquidación final del servicio, la cual deberá contar con la conformidad de la supervisión de SEAL para que ésta sea aceptada. i. Instalación de sellos: Para la instalación de sellos, se deberá cumplir con lo siguiente: • Todo trabajador de LA CONTRATISTA que maneje sellos, será responsable que éstos queden bien colocados. • Ninguna caja porta medidor, bornera de los medidores podrán quedar sin sellos de seguridad. • Los sellos de copa de los equipos de medición no deberán ser abiertos o retirados por LA CONTRATISTA. La acción contraria a dicha disposición originará la suspensión definitiva del personal de LA CONTRATISTA; pudiendo llegar la responsabilidad hasta el supervisor encargado. 51
  • 52. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL • Cuando se detecte que la caja porta medidor, bornera del medidor, transformadores de corriente o copa del medidor no se encuentre debidamente precintada, se deberá anotar la ocurrencia y reportarla inmediatamente a SEAL para las acciones que se ameriten. ii. Extravío de sellos: • En el caso de pérdida o extravío de uno o más sellos de seguridad, el encargado de sellos de LA CONTRATISTA deberá informar a SEAL, en un plazo no mayor a 24 horas de ocurrido el hecho, indicando la numeración, el color, el lote dentro del cual fue recibido, la fecha y el número de la nota de salida del almacén de SEAL. El informe se efectuará vía teléfono, en primera instancia y posteriormente en forma escrita, adjuntando la denuncia policial correspondiente. • En caso de incumplimiento se aplicará las sanciones respectivas a LA CONTRATISTA. • En el caso de producirse la pérdida de sellos, LA CONTRATISTA deberá pagar el costo de su reposición y las penalidades previstas, mediante el descuento de su facturación mensual. • Cuando la pérdida de sellos se produzca a causa de un robo o asalto, no se aplicará la penalidad correspondiente; siempre y cuando se acredite el hecho. El costo de reposición siempre será asumido por LA CONTRATISTA. • En el caso que se detecte que los sellos de seguridad perdidos o extraviados han sido utilizados en actividades que perjudiquen a SEAL, LA CONTRATISTA asumirá el importe que involucre la reparación de los daños causados. 5.2 Cantidad del Requerimiento Las cantidades referenciales que se señalan a continuación, no obligan a SEAL a cumplir con estas cantidades las que se han estimado exclusivamente con la finalidad de facilitar al postor la elaboración de su propuesta económica; por lo que deberán ser tomadas únicamente como datos referenciales. Durante la prestación del servicio, SEAL emitirá órdenes de trabajo en cantidad variable. Nro . Actividad Cantidades referenciales para el periodo de vigencia del servicio 1 Contrastación o verificación de medidores. 63,280 52
  • 53. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL ABSOLUCIÓN A LA CONSULTA PRESENTADA POR LA EMPRESA MALCOM S.A. La cantidad de contrastes es proporcional al número de períodos de contrastes a desarrollar durante la vigencia del contrato, por lo que se estiman aproximadamente las siguientes cantidades por semestre: • Contraste por procedimiento Nº 680-2008-OS/CD es 12801. • Contraste por NTCSE Nº 020-97-EM es 2550. • Contraste por NTCSER Nº 016-2008-OS/CD es 456. • Contraste por reclamos es 13. 5.3 Código del material (EN CASO DE COMPRAS) No corresponde 5.4 Características del postor El postor deberá tener experiencia en la ejecución de actividades de contrastación de medidores. 5.5 Características delpersonal requerido LA CONTRATISTA deberá contar con personal administrativo, de coordinación, de supervisión y operativo, en la cantidad suficiente que permita la correcta y oportuna prestación del servicio materia del presente concurso. Además deberá cumplir con las siguientes exigencias mínimas: A. Coordinador Especialidad: Ingeniero electricista o mecánico electricista, industrial, administrador o carrera afín titulado. Experiencia : Haber laborado en proyectos o servicios de Revisión, Instalación o Contrastación de Medidores en campo para empresas de distribución de energía eléctrica, con una experiencia mínima de dos años. Cantidad : Una persona (01). Función : Actuará como representante de LA CONTRATISTA. Será el responsable de la presentación de los informes del trabajo realizado, liquidación del trabajo, trámite de la 53
  • 54. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. Adjudicación Menor Cuantía Nº 210-2013/SEAL Proceso derivado del CP 014-2012-SEAL facturación por el servicio prestado, selección del personal, coordinaciones de las actividades y toma de decisiones inmediatas con respecto a la gestión del servicio, entre otros. B. Supervisor Especialidad: Ingeniero electricista o mecánico electricista titulado. Experiencia : Haber liderado proyectos o servicios de Revisión, Instalación o Contrastación de Medidores en campo para empresas de distribución de energía eléctrica, con una experiencia mínima de un año. Cantidad : Una persona (01). Función : Será el responsable de la supervisión en campo y la verificación del normal desenvolvimiento de las actividades operativas, efectuará las gestiones operativas como trato con el cliente, coordinación para intervenciones con la autoridad policial, entre otros. C. Técnico Contrastador autorizado por INDECOPI Especialidad: Técnico Electricista titulado. Experiencia : Con experiencia no menor de dos (02) años en trabajos de contraste o similares (de acuerdo a la resolución 496-2005- MEM/DM). Transporte : El asignado a la Unidad Operativa. Cantidad : De acuerdo al número de Unidades Operativas. Función : Será el responsable de la ejecución de los trabajos y de la correcta presentación de la información de campo, será el encargado de comunicar y entregar la documentación requerida al usuario, asimismo será en encargado de sellar con precintos todos los componentes de la conexión que se requiera. Autorización : Deberá tener el certificado de autorización de INDECOPI para realizar contrastaciones de medidores en campo de acuerdo al tipo de medidor a contrastar. D. Personal Técnico Electricista: Especialidad: Técnico electricista. Experiencia : Haber laborado en proyectos de reducción de pérdidas de energía, cortes de suministros, reconexiones de suministros, normalización de conexiones eléctricas y/o 54