1. 1. CAMBIOS EN LAS
POLÍTICAS PARA
COMBATIR LA
DESIGUALDAD
2. LEY GENERAL DE EDUCACIÓN
CAPITULO 1:
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 2°:
- Todo individuo tiene derecho a recibir educación de calidad en condiciones de equidad, por lo tanto, todos los
habitantes del país tienen las mismas oportunidades de acceso, tránsito y permanencia en el sistema educativo
nacional, con sólo satisfacer los requisitos que establezcan las disposiciones generales aplicables.
-La educación es medio fundamental para adquirir, transmitir y acrecentar la cultura; es proceso permanente
que contribuye al desarrollo del individuo y a la transformación de la sociedad, y es factor determinante para la
adquisición de conocimientos y para formar a mujeres y a hombres, de manera que tengan sentido de
solidaridad social.
-En el sistema educativo nacional deberá asegurarse la participación de todos los involucrados en el proceso
educativo, con sentido de responsabilidad social, privilegiando la participación de los educandos, padres de
familia y docentes, para alcanzar los fines a que se refiere el artículo 7o.
3. ARTICULO 7°:
◦ La educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con
autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios tendrá, además de los fines
establecidos en el segundo párrafo del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, los siguientes:
◦ I.-Contribuir al desarrollo integral del individuo, para que ejerza plena y responsablemente sus
capacidades humanas
◦ III.- Fortalecer la conciencia de la nacionalidad y de la soberanía, el aprecio por la historia, los símbolos
patrios y las instituciones nacionales, así como la valoración de las tradiciones y particularidades
culturales de las diversas regiones del país;
◦ IV.- Promover mediante la enseñanza el conocimiento de la pluralidad lingüística de la Nación y el
respeto a los derechos lingüísticos de los pueblos indígenas. Los hablantes de lenguas indígenas tendrán
acceso a la educación obligatoria en su propia lengua y español.
◦ VI.- Promover el valor de la justicia, de la observancia de la Ley y de la igualdad de los individuos ante
ésta, propiciar la cultura de la legalidad, de la inclusión y la no discriminación, de la paz y la no violencia
4. CAPITULO II. DEL EJERCICIO DEL DERECHO A LA EDUCACIÓN
ARTICULO 7
Corresponde al Estado la rectoría de la educación; la impartida por éste, además de
obligatoria, será:
I. Universal, al ser un derecho humano que corresponde a todas las personas por
igual,
II. Inclusiva, eliminando toda forma de discriminación y exclusión, así como las demás
condiciones estructurales que se convierten en barreras al aprendizaje y la
participación.
III. Pública, al ser impartida y administrada por el Estado.
IV. Gratuita, al ser un servicio público garantizado por el Estado.
V. Laica, al mantenerse por completo ajena a cualquier doctrina religiosa
5. CAPITULO III. DE LA EQUIDAD EN LA EDUCACIÓN
ARTICULO 3
Las autoridades educativas tomarán medidas tendientes a establecer
condiciones que permitan el ejercicio pleno del derecho a la educación de
calidad de cada individuo, una mayor equidad educativa, así como el logro de la
efectiva igualdad en oportunidades de acceso, tránsito y permanencia en los
servicios educativos. Dichas medidas estarán dirigidas, de manera preferente, a
quienes pertenezcan a grupos y regiones con mayor rezago educativo, dispersos
o que enfrentan situaciones de vulnerabilidad por circunstancias específicas de
carácter socioeconómico, físico, mental, de identidad cultural, origen étnico o
nacional, situación migratoria o bien, relacionadas con aspectos de género,
preferencia sexual, creencias religiosas o prácticas culturales, en términos de lo
dispuesto en los artículos 7o. y 8o. de esta Ley.
6. CAPITULO III. DE LOS CRITERIOS DE LA EDUACIÓN
ARTICULO 16
La educación que imparta el Estado, sus organismos
descentralizados y los particulares con autorización o con
reconocimiento de validez oficial de estudios, se basará en los
resultados del progreso científico; luchará contra la ignorancia, sus
causas y efectos, las servidumbres, los fanatismos, los prejuicios, la
formación de estereotipos, la discriminación y la violencia,
especialmente la que se ejerce contra la niñez y las mujeres, así
como personas con discapacidad o en situación de vulnerabilidad
social, debiendo implementar políticas públicas orientadas a
garantizar la transversalidad de estos criterios en los tres órdenes de
gobierno
7. 2. CAMBIOS EN LAS
ESCUELAS PARA
ENTENDER LA
DESIGUALDAD
8. La SEP presenta 6 acciones contra la
desigualdad en las escuelas
◦Atención a hablantes de lenguas indígenas y
poblaciones migrantes.
◦Inclusion de personas con discapacidad
◦Énfasis en el desarrollo infantil temprano
◦Disminución de las brechas de genero
◦Becas para quienes lo necesitan
◦Abatir el rezago educativo
9. EL DERECHO A LA IGUALDAD
La Declaración Universal de los Derechos Humanos es un documento
que marca un hito en la historia de los derechos humanos. Elaborada por
representantes de todas las regiones del mundo con diferentes antecedentes
jurídicos y culturales, la Declaración fue proclamada por la Asamblea General de
las Naciones Unidas en París, el 10 de diciembre de 1948 en su (Resolución 217
A (III)) como un ideal común para todos los pueblos y naciones.
La Declaración establece, por primera vez, los derechos humanos
fundamentales que deben protegerse en el mundo entero y ha sido traducida a
más de 500 idiomas. Se establece en 30 articulos.
10. Artículo 1
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y
conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
Artículo 2
Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de
raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social,
posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
Artículo 3
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
Artículo 4
Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en
todas sus formas.
11. Artículo 5
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Artículo 6
Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.
Artículo 7
Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos
tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y
contra toda provocación a tal discriminación.
Artículo 8
Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que
la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o
por la ley.
12. Artículo 9
Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
Artículo 10
Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia
por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para
el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.
Artículo 12
Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su
correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la
protección de la ley contra tales injerencias o ataques.
Artículo 13
1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.
14. ◦Articulo 27 del “Pacto Internacional de Derechos Humanos”,
que es la disposición jurídicamente vinculante mas
aceptada sobre las minorías.
◦La Declaración de las Naciones Unidas sobre las Minorías,
aprobada en 1992, es la promoción y protección de los
derechos de las personas pertenecientes a minorías
naciones o étnicas, las minorías religiosas y lingüísticas y,
como tal, contribuir a la estabilidad política y social de los
Estados en los que viven.
15. Incluye una lista de derechos a los que tienen derecho las personas
pertenecientes a minorías como el derecho a:
◦ A disfrutar de su propia cultura.
◦ A profesar y a practicas su propia religión.
◦ A utilizar su propio idioma.
Estados pueden aplicar para crear un entorno propicio:
◦ Fomentar el conocimiento publico de la Historia; tradiciones,
idioma y la cultura de los territorios.
◦ Permitir a las personas participar plenamente en el progreso
económico y desarrollo del país.
17. INCLUSIÓN
◦ Cedeño Ángel en 2013, la define como: una actitud que engloba el escuchar, dialogar,
participar, cooperar, preguntar, confiar, aceptar y acoger las necesidades de diversidad
◦ El principal pilar de la inclusión es el reconocimiento de que todas las personas tienen
habilidades y potencialidades propias, distintas a las de los demás, por lo que las distintas
necesidades exigen respuestas diversas o diferentes.
18. EXCLUSIÓN
◦ Castel en 1995 nos dice que es el paso de una zona de vulnerabilidad o precariedad
en el empleo y las relaciones sociales, hasta una zona definida por la ausencia de
trabajo y el aislamiento social
◦ Afecta a individuos o grupos humanos, impidiéndoles acceder a un nivel de calidad de
vida decente, y/o de participar plenamente, según sus propias capacidades, en los
procesos de desarrollo
19. DIFERENCIA
◦ 1) La inclusión se produce cuando el profesional se siente único y valorado y, al mismo
tiempo, parte fundamental del equipo al que pertenece
◦ 2) La exclusión es el polo opuesto: el empleado no se siente valorado ni parte del
equipo
20. 5. LEYES QUE PROTEGEN
LA IGUALDAD ENTRE
HOMBRES Y MUJERES
21. ¿Sabes cuales son las leyes que
protegen la igualdad entre mujeres y
hombres?
22. ◦ 1) Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres. Esta ley tiene por objeto regular y garantizar la
igualdad entre mujeres y hombres, y proponer los lineamientos y mecanismos institucionales que orienten a
la Nación hacia el cumplimiento de la igualdad sustantiva, en los ámbitos público y privado
◦ ¿Cuáles son los principios que rigen su aplicación?
La igualdad: Implica la eliminación de toda forma de discriminación en cualquiera de los ámbitos de
la vida que se genere por pertenecer a cualquier sexo.
La no discriminación: es toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por
objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer,
independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer.
La equidad: Implica reconocer condiciones y aspiraciones diferenciadas para lograr el ejercicio de
iguales derechos y oportunidades para mujeres y hombres.
23. ¿Quiénes se benefician con la aplicación de esta ley?
◦ Todas las mujeres y los hombres que se encuentren en el
territorio nacional, independientemente de su edad, sexo,
estado civil, profesión, cultura, origen étnico o nacional,
condición social, salud, religión, opinión o capacidades
diferentes.
◦ ¿Cuáles son los aspectos que defiende?
◦ -Igualdad en la vida económica nacional.
◦ -Igualdad en la participación y
representación política. -Igualdad en el acceso y el pleno disfrute
de los derechos sociales. -Igualdad en la vida civil. - Derecho a la
eliminación de estereotipos (en función del sexo)
◦ - Derecho a la información y a la participación social.
24. 2) Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Su objetivo es establecer la coordinación
entre la Federación, las entidades Federativas y los municipios para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra
las mujeres, así como los principios y modalidades para garantizar su acceso a una vida libre de violencia que
favorezca su desarrollo integral y sustentable que fortalezca la soberanía y el régimen democrático, establecidos en la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
◦ ¿Cuáles son los principios que rigen su aplicación?
La igualdad jurídica entre la mujer y el hombre
El respeto a la dignidad humana de las mujeres.
La no discriminación y,
La libertad de las mujeres.
26. ◦ El genero:
-Los alumnos perciben diferente el mundo si son hombres o mujeres
-La forma de crianza es distinta
-Los procesos por los que pasan en la docencia son diferentes
◦ Los atributos físicos:
-Al pasar por la adolescencia se pude notar una diferencia en la estatura de los y las adolescentes, ya
que todos pasan por estos cambios se genera una clara diferencia física entre ellos
◦ La edad:
-En la secundaria los chicos rondan los 10 a 13 años por lo que no se existe una diferencia clara, son
los alumnos quienes las crean, los alumnos de terceros se creen adultos cunado los de primero aun
están en un proceso de adaptación.
27. ◦Los antecedentes étnicos/ religión:
- Se distinguen por sus costumbres y tradiciones
conformadas por los rituales, la lengua, danza, gastronomía,
música, espiritualidad y el contexto en el que fuero criados
◦Clase social:
-La manera en que son criados les da una experiencia que da
como resultado distintas formas de ver la vida, esto porque
aunque compartan espacio en una escuela publica, su vida
fuera de esta suele ser muy distinta.