El documento contiene recomendaciones de GAFISUD sobre reformas al Código Orgánico Integral Penal de Ecuador relacionadas con la tipificación del financiamiento del terrorismo, el congelamiento y decomiso de activos terroristas, y medidas provisionales y decomiso. Se propone tipificar plenamente estos delitos de acuerdo a convenios internacionales, permitir el congelamiento de activos incluidos en listas de la ONU sin necesidad de vincularlos a un acto terrorista, y permitir el decomiso de bienes equivalentes cuando no sea posible de
2. Recomendación Especial III
Congelamiento y decomiso
de activos terroristas
Recomendación Especial III
Congelamiento y decomiso
de activos terroristas
Recomendación 3
Medidas provisionales y
decomiso (Comiso por valor
equivalente)
Recomendación 3
Medidas provisionales y
decomiso (Comiso por valor
equivalente)
Recomendación Especial II
Tipificación del financiamiento
del terrorismo y el lavado de
dinero asociado
Recomendación Especial II
Tipificación del financiamiento
del terrorismo y el lavado de
dinero asociado
OBSERVACIONES DE GAFISUD
3. RE.II
Tipificación como delito del financiamiento del
terrorismo y el lavado de dinero asociado.
Observación 1
Acción propuesta:
Reformas al Proyecto Código Orgánico
Integral Penal
Tipificar el terrorismo y su financiación, en los
términos del Convenio y su anexo, cometidos por
persona natural o jurídica.
La tipificación del
financiamiento del terrorismo es
imprecisa porque no contempla
los delitos constantes en el
Convenio contra la financiación
del terrorismo y su anexo.
Se establece la necesidad de una
conexión entre el fondo o activo
y la comisión del acto terrorista.
Establecer responsabilidad para quien ponga a
disposición del terrorista o asociación terrorista
los fondos o activos, aún cuando éstos no tengan
conexión directa con un acto de terrorismo.
Terrorismo y su financiaciónTerrorismo y su financiación
4. RE.II
I
Congelamiento y decomiso de activos terroristas
Observación 2
Acción propuesta:
Reformas al Proyecto Código Orgánico
Integral Penal
Inmovilizar los fondos o activos de las personas
naturales o jurídicas, únicamente con la
verificación de que los nombres figuren en las
listas consolidadas del Consejo de Seguridad ONU.
Disposición especialDisposición especial
No se aplican las resoluciones
1267 y 1373 del Consejo de
Seguridad de la ONU, relativas a
la lucha contra la financiación
del terrorismo, mediante la
inmovilización de fondos de
grupos terroristas o terroristas
individuales, que figuran en las
listas consolidadas (Res.1333) de
dicho Consejo.
Definir “fondos o activos”.
GlosarioGlosario
Adoptar medidas cautelares en infracciones de
lavado de activos, terrorismo y su financiación.
Medidas cautelaresMedidas cautelares
5. R 3 Medidas provisionales y decomiso
Observación 3
Acción propuesta:
Reformas al Proyecto Código Orgánico
Integral Penal
Comiso de fondos o activos derivados del lavado
de activos, y de no ser posible, el comiso de otro
bien del condenado, por un valor equivalente aún
cuando dicho bien no se encuentre vinculado al
delito.
Comiso por valor equivalenteComiso por valor equivalente
Imposibilidad de comisar otros
bienes por valor equivalente al
lavado de activos.
FIN
6. R 3 Medidas provisionales y decomiso
Observación 3
Acción propuesta:
Reformas al Proyecto Código Orgánico
Integral Penal
Comiso de fondos o activos derivados del lavado
de activos, y de no ser posible, el comiso de otro
bien del condenado, por un valor equivalente aún
cuando dicho bien no se encuentre vinculado al
delito.
Comiso por valor equivalenteComiso por valor equivalente
Imposibilidad de comisar otros
bienes por valor equivalente al
lavado de activos.
FIN
Notas del editor
Notas de la reunión:
1. 5 puntos para el tema urgente.
2. A largo plazo:
- observaciones 2011
- plan de acción recomendado
- una acción para cada observación o descargo
- no temas globales atacar cada tema específico
- plan de acción de dos partes: recomendado y el las observaciones:
3. Urgente revisar 5 puntos y hacer una propuesta de solución a corto plazo para reunión con algo concreto con el Presidente
- observaciones al código penal con las observaciones del gafi.
4. Reunión con el Presidente antes de fin de año, por tanto urg.