El abogado de los Arrieta se queja ante la embajada de España por la presencia del vincecónsul en el juicio contra Daniel Sancho
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Juan Gonzalo
Ospina Serrano
Socio-Director de Ospina Abogados
C. del Gral. Oráa, 29, 1° Izquierda
28006 Madrid
Excmo. Sr. Felipe de la Morena Casado
193/98-99 Lake Rajada Office Complex, 23rd floor
Ratchadaphisek Road
Klongtoey, 10110 Bangkok
Excelentísimo Señor Embajador:
Mi nombre es Juan Gonzalo Ospina, abogado penalista en España, y me
pongo en contacto con usted a petición expresa de mis mandantes, la familia Arrieta.
El motivo de la presente comunicación es ponerle en conocimiento directo de
Vd., una situación un tanto anómala vivida en Tailandia en el ámbito de su embajada.
Mis representados son los familiares directos del médico colombiano asesinado
en Ko Pangan el 2 de agosto de 2023. Y por estos hechos se sigue un juicio en Tailandia
contra el acusado Daniel Sancho; juicio del que, estoy seguro, Vd., tiene perfecto
conocimiento dada la singularidad de este y su relevancia mundial.
Ante lo que debería ser un proceso normal, en el que en el ámbito de la soberanía
tailandesa se juzga a un ciudadano español acusado de asesinar y descuartizar en
Tailandia a un ciudadano colombiano, nos hemos encontrado con que el Vicecónsul de
su embajada, el Ilmo. Sr. Ignacio Vitórica Hamilton, acude a todas las sesiones de juicio
oral junto con una intérprete, quien aparentemente también pertenece a la misión
diplomática española en Tailandia.
La familia Arrieta me ha preguntado si la presencia del Vicecónsul, Sr. Vitórica
Hamilton, en el juicio en Koh Samui, sentándose en el banco junto con la familia de
Daniel Sancho se debe a alguna decisión oficial impartida desde su Embajada.
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En este sentido, la familia Arrieta me ha preguntado, y como abogado y
ciudadano español me parece legítima la pregunta, si el Ministerio de Asuntos Exteriores
de España, y con ello el Gobierno de España, conoce de esta circunstancia y si han
autorizado esta decisión.
La familia Arrieta considera que la presencia de un Diplomático español en el
Juicio, al no ser un familiar directo o indirecto de las partes ni tener ninguna relevancia
política, podría suponer un mensaje implícito a las autoridades tailandesas y, por tanto,
interpretarse como una forma de influir en el proceso judicial.
Por ello, y muy respetuosamente, le remito la presente comunicación desde mi
más profunda sorpresa, pues, no encuentro razones de hecho ni de derecho que avale
la presencia del Sr. Vicecónsul en todas las sesiones del acto de juicio oral, pues,
aunque eventualmente habría podido ser comprensible su presencia en la primera
sesión de juicio, no lo es su asistencia a todas. Concretamente, consultadas las
funciones reguladas en tratados internacionales de los que forma parte España, v.gr., el
Convenio de Viena sobre Relaciones Consulares de 24 de abril de 1963, las leyes y
reglamentos españoles, como la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio
Exterior del Estado; le reitero que no encuentro el aval normativo ni razones de hecho
para la conducta desarrollada por su Vicecónsul.
En mi experiencia profesional asistiendo a españoles detenidos y enjuiciados en
países extranjeros, concretamente, en Alemania, Malta o Francia, nunca ningún
diplomático español o miembros de las respectivas misiones diplomáticas han acudido
a los actos de juicio oral como espectadores u observadores internacionales.
Ante la presente circunstancia agradezco su tiempo y su compromiso con
España en el ejercicio de su misión, quedando a su entera disposición.
Reciba un cordial saludo,
Juan Gonzalo Ospina Serrano. Abogado
Madrid, lunes 29 de abril de 2024