SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 3
CÓDIGO ORGÁNICO DE
  ORGANIZACIÓN
   TERRITORIAL,
   AUTONOMÍA Y
DESCENTRALIZACIÓN
     COOTAD
Artículo 515.- Sujeto Pasivo.- Son sujetos
pasivos del impuesto a los predios rurales, los
propietarios o poseedores de los predios situados
fuera de los límites de las zonas urbanas. Para el
efecto, los elementos que integran la propiedad
rural    son:     tierra,   edificios, maquinaria
agrícola,           ganado           y       otros
semovientes, plantaciones agrícolas y forestales.
Respecto de la maquinaria e industrias que se
encuentren en un predio rural, se tendrán en
cuenta las siguientes reglas:
Artículo 520.- Predios y bienes exentos.-
Están exentas del pago de impuesto predial
rural las siguientes propiedades:


e) Las tierras comunitarias de las comunas,
comunidades, pueblos y nacionalidades
indígenas o afro ecuatorianas;

Más contenido relacionado

Más de Presidencia de la República del Ecuador

Más de Presidencia de la República del Ecuador (20)

Código de Ingenios
Código de IngeniosCódigo de Ingenios
Código de Ingenios
 
EC 522: Ecuador al 2030
EC 522: Ecuador al 2030EC 522: Ecuador al 2030
EC 522: Ecuador al 2030
 
EC 522: Microplanificación
EC 522: MicroplanificaciónEC 522: Microplanificación
EC 522: Microplanificación
 
EC 522: Código orgánico de seguridad
EC 522: Código orgánico de seguridadEC 522: Código orgánico de seguridad
EC 522: Código orgánico de seguridad
 
EC 522: Código de ética podemos
EC 522: Código de ética podemosEC 522: Código de ética podemos
EC 522: Código de ética podemos
 
Código de la niñez
Código de la niñezCódigo de la niñez
Código de la niñez
 
Evolución Comercial
Evolución ComercialEvolución Comercial
Evolución Comercial
 
Emergencias MAGAP
Emergencias MAGAPEmergencias MAGAP
Emergencias MAGAP
 
Política Industrial
Política IndustrialPolítica Industrial
Política Industrial
 
Reconsruyo
ReconsruyoReconsruyo
Reconsruyo
 
Revolución del agro
Revolución del agroRevolución del agro
Revolución del agro
 
Mito del-periodismo-independiente-final
Mito del-periodismo-independiente-finalMito del-periodismo-independiente-final
Mito del-periodismo-independiente-final
 
Reformas al Código de la Niñez - Coparentalidad
Reformas al Código de la Niñez - CoparentalidadReformas al Código de la Niñez - Coparentalidad
Reformas al Código de la Niñez - Coparentalidad
 
Análisis Sierra Centro, grupos de enfoque
Análisis Sierra Centro, grupos de enfoqueAnálisis Sierra Centro, grupos de enfoque
Análisis Sierra Centro, grupos de enfoque
 
Nombramientos Médicos
Nombramientos MédicosNombramientos Médicos
Nombramientos Médicos
 
Museo de Carodenlet
Museo de CarodenletMuseo de Carodenlet
Museo de Carodenlet
 
Plataforma Gestión Financiera
Plataforma Gestión FinancieraPlataforma Gestión Financiera
Plataforma Gestión Financiera
 
Propuesta del nuevo Instituto del Tena
Propuesta del nuevo Instituto del TenaPropuesta del nuevo Instituto del Tena
Propuesta del nuevo Instituto del Tena
 
Parque Urbano Tena
Parque Urbano Tena Parque Urbano Tena
Parque Urbano Tena
 
EC 519: Tratados bilaterales
EC 519: Tratados bilateralesEC 519: Tratados bilaterales
EC 519: Tratados bilaterales
 

Presentación ley cootad final

  • 1. CÓDIGO ORGÁNICO DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL, AUTONOMÍA Y DESCENTRALIZACIÓN COOTAD
  • 2. Artículo 515.- Sujeto Pasivo.- Son sujetos pasivos del impuesto a los predios rurales, los propietarios o poseedores de los predios situados fuera de los límites de las zonas urbanas. Para el efecto, los elementos que integran la propiedad rural son: tierra, edificios, maquinaria agrícola, ganado y otros semovientes, plantaciones agrícolas y forestales. Respecto de la maquinaria e industrias que se encuentren en un predio rural, se tendrán en cuenta las siguientes reglas:
  • 3. Artículo 520.- Predios y bienes exentos.- Están exentas del pago de impuesto predial rural las siguientes propiedades: e) Las tierras comunitarias de las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas o afro ecuatorianas;