EL ROL DEL PSICOLOGO DEPORTIVO EN EL FUTBOL 1.pptx
Inst. DGT Improcedencia
1. DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO
MINISTERIO DEL INTERIOR
ON
FA
Asunto: Improcedencia de
detracción puntos a ciclistas.
INSTRUCCION 11/S-124
El anexo II del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a
motor y seguridad vial, incorporado por la Ley 17/2005, de 19 de julio, por la que se
regula el permiso y la licencia de conducción por puntos, establece un listado de
infracciones graves y muy graves, cuya comisión lleva aparejada la pérdida de puntos,
en los términos previstos en dicho anexo, tratándose, con carácter general, de
infracciones cometidas con ocasión de la conducción de vehículos.
La formulación de varias consultas sobre la posibilidad de restar puntos a los
conductores de bicicletas por la comisión de alguna de las infracciones contenidas en el
citado anexo II, motivó que esta Dirección General de Tráfico, en su Instrucción 06/C-86,
de 22 de junio de 2006, sobre entrada en vigor del permiso y la licencia de conducción
por puntos, sentara, en su punto 5º, el criterio de que sólo se detraerían puntos
cuando la infracción se hubiera producido en el desarrollo de una actividad para la
que fuera necesaria la autorización administrativa para conducir.
La Ley 18/2009, por la que se modifica el texto articulado de la Ley sobre tráfico,
circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por Real Decreto Legislativo
339/1990, de 2 de marzo, en materia sancionadora, ha modificado el anexo II,
disponiendo en su penúltimo párrafo, que la pérdida de puntos únicamente procederá
cuando la infracción se cometa “con ocasión de la conducción de un vehículo para el
que se exija autorización administrativa para conducir”, lo que evidentemente
excluye a la bicicleta.
Por todo lo anterior, este centro directivo reitera la improcedencia de incluir
detracción de puntos en las denuncias que se formulen a los conductores de
bicicletas.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Madrid, 23 de febrero de 2011
EL DIRECTOR GENERAL
Pere Navarro Olivella
A todas las Unidades del Organismo.
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