Prueba libre de Geografía para obtención título Bachillerato - 2024
Responsabilidad social-Legislación de la comunicación
1.
2. Revés para CNN: Invitado destruye argumentos islamófobos
https://www.youtube.com/watch?v=9SGaktQOTow
Ley 335 de 1996 ARTÍCULO 22. Se entiende que es obligatorio el cumplimiento de los
principios constitucionales y de los fines del servicio de televisión a los que se refiere el
artículo 2o. de la Ley 182 de 1995, como son entre otros la igualdad de oportunidades en el
acceso al espectro electromagnético para la prestación del servicio público de televisión, el
pluralismo informativo y la veracidad, imparcialidad y objetividad de la información que se
difunda. Por consiguiente, tanto la Comisión Nacional de Televisión como los concesionarios
y operadores del servicio de televisión, observarán estrictamente dichos fines y principios,
las normas contenidas en la presente ley y las demás disposiciones constitucionales y
legales sobre la materia. En particular, y teniendo en cuenta la alta responsabilidad social
que conllevan las actividades desarrolladas por noticieros y programas de opinión, los
concesionarios u operadores del servicio en estas actividades, deberán atender a cabalidad
los mencionados principios y fines del servicio de televisión.
Como nos podemos dar cuenta, en esta ocasión no había imparcialidad de los periodistas
acerca del tema tratado, se veía contante acoso y oposición sobre las correcciones que el
invitado hacia, las cuales eran claras, sin embargo ellos hacían caso omiso.
3. Caso emisora en México
https://www.youtube.com/watch?v=d-FZjpgk-i4
Resolución 415 de 2010 Artículo 23. Principios orientadores. Por las estaciones
de radiodifusión sonora no podrán hacerse transmisiones que atenten contra la
Constitución Política y la ley, y las normas que reglamenten la materia o la vida,
honra y bienes de los ciudadanos. Sin perjuicio de la libertad de información, el
Servicio de Radiodifusión Sonora contribuirá a difundir la cultura, afirmar los
valores esenciales de la nacionalidad colombiana y a fortalecer la democracia.
En este caso observamos que no hay respeto por el oyente, aunque en este caso
se estaba hablando de un tema que contribuye a la cultura de un país, se debería
respetar la opinión diversa de algunos, no puede ser que todos profesen la misma
religión y creencias, así que aquel periodista no dio fortaleza a la democracia no
afirmo los valores como el respeto.
4. Entrevista Vicky Dávila al director de la Aero Civil.
https://www.youtube.com/watch?v=ycYw1ZL_pnU
Artículo 60. Fines del servicio. El Servicio de Radiodifusión Sonora de Interés Público
tiene como propósito satisfacer necesidades de comunicación del Estado con los
ciudadanos y comunidades, en el área geográfica objeto de cubrimiento y tendrá
como fines, contribuir al fortalecimiento del patrimonio cultural y natural de la nación,
difundir la cultura y la ciencia y fomentar la productividad del país, promover los
valores cívicos, la solidaridad, la seguridad, el ejercicio ciudadano y la cultura
democrática, preservar la pluralidad, identidad e idiosincrasia nacional, servir de
canal para la integración del pueblo colombiano y la generación de una sociedad
mejor informada y educada, difundir los valores y símbolos patrios, contribuir a la
defensa de la soberanía, de las instituciones democráticas, asegurar la convivencia
pacífica y brindar apoyo en la prevención, atención y recuperación de emergencias y
desastres. Por tanto, todos los proveedores tendrán la obligación de ajustar sus
programas radiales a los fines indicados
5. Estos medios tienen la responsabilidad de transmitir una información
que fomente el crecimiento cultural en la comunidad, además de aportar
una noticia valedera con vocabulario modulado, donde se pueda ver un
ejemplo de respeto
En los años noventa en la decadencia de los masas media se presento el
inconformismo de grupos de interés dado que no aseguraba la libertad de
prensa, así comenzó a presentarse proyectos de responsabilidad social y
dio origen a su nacimiento a dicha teoría.
La responsabilidad social que analizamos en los medios de comunicación
implica no solo la libertad de prensa, también nos hace reflexionar sobre lo
que se transmite en los medios masivos de comunicación, la influencia que
esta gran empresa puede tener en la comunidad, pues mueven masas,
dado que tienen gran poder en las decisiones de diferente tipo como por
ejemplo las políticas; de esta manera también se estaría midiendo lo que es
la ética del periodista y de todos aquellos dirigentes.
6. Se esta presentando discriminación, irrespeto e impedimento a la
libre expresión, los ciudadanos son vulnerables a malos tratos
donde se les están violando los derechos.
En algunos programas no se cumple con el objetivo, de pensar en la
opinión publica, de respetar los valores, se violan los derechos y no
se tiene ningún cuidado con la información que se difunde, es casi
como: así como llego así lo devuelvo, o se podrá pensar que solo se
piensa en lo que mas le conviene al canal, al periódico o a la
emisora, pero ¿donde esta lo que le conviene a la sociedad?, no se
cuida aquel que sostiene a los medios, se ha perdido el enfoque por
razones que quizá no son validas.
7. El informe de la comisión Hutchins ayuda a darnos cuenta que el
ejercicio de los medios de comunicación no son solo
responsabilidad del periodista, también del gobierno, dueños de los
medios y la ciudadanía, asimismo el informe referencia la ética que
deben tener los periodistas y los propietarios de estos.
Es así que al escoger un programa de un medio al azar vemos la
responsabilidad de los 3 actores mencionados, desde los periodistas,
el agente más visible, hasta la comunidad el receptor y aceptador de
los contenidos, así vemos como se materializa, sin dejar atrás que no
siempre es bien recibida la opinión de estos últimos
8. 1. Ofrecer una narracion verdadera, comprensiva e inteligible de
los acontecimientos en un contexto. Esto dice que la prensa debe
ser veras. Estos periodistas profesionales deben tener capacidad
de interpretacion para poder contar; debe acerlo con objetividad,
pues la prensa en algun momento había caido en una objetividad
espuria, donde se decian las verdades a medias. Esto no es
valido se debe bucar, de debe decir la verdad.
2. Estas funciones deberian verse como canales de discusión
pública, para eso los medios deben aceptar la difusión de ideas
contrarias a las suyas, para que haya puralidad de ideas y los
medios sean aquellos que los representen.
9. 3.Estos deben ofrecer una imagen representativa de los grupos quee constituyen
la sociedad, si esto se cumple la comunidad puede armar criterios propios y no
aceptar solo lo que se le ofrece.
4. Clarificar las metas de la sociedad y así mismo presentarla , asi los medios
juegan el papel de garantes del sistema político de libertades.
5. El ciudadano necesita la información para sentirse parte de la sociedad y así
mismo poder tomar decisiones con conocimiento de causa.
En los casos que se analizaron anteriormente vemos que no todo lo que
mencionamos ante se cumple o se respeta, realmente no se permite que el
televidente, el oyente piense o tome decisiones de forma autónoma, se le
imponen cosas, no se respeta su opinión y los periodistas tienden a creerse
dueños de la verdad, no representan lo que debían representar. Hacen el papel
de jueces, presentan su verdad como única y verdadera.
10. En un país como Colombia, hay leyes que rigen a los medios de
comunicación, los cuales regulan los contenidos que deben tener
estos, también nos damos cuenta con el informe de la Comisión
Hutchins que estas no son con el solo objetivo de controlar los
contenidos, también tienen como misión cuidar a la sociedad de la
información trasmitida, que no haya un abuso en la llamada libertad
de prenda.
No solo es un algo que protege a la sociedad también a los
periodistas y a las empresas que manejan los diferentes medios, si
hay ética por parte de los medios de masas tienen mejor interacción
con la sociedad, y la sociedad sin querer se ve beneficiada al verse
aislada y protegida de la manipulación.
11. Medios y democracia: La teoria de la responsabilidad social.
Rodriguez Polo, Algarra 2. Legislacion en television. M.
Medios y democracia : La teoria de la responsabilidad social.
Revista de comunicación 7, 157.