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CASTILLO ALVAREZ YESICA NOEMI
 El sistema financiero mexicano se
refiere a un mercado financiero
organizado.
 También se define como el
conjunto de instituciones que
generan, recogen, administran y
dirigen tanto el ahorro como la
inversión, dentro de una unidad
política-económica.
 Es un grupo de instituciones
que se encargan de
proporcionar financiamiento
profesional a las personas
físicas y morales y a las
actividades económicas del
país, ya que agrupa a diversas
instituciones u organismos
interrelacionados que se
caracterizan por realizar una o
varias de las actividades
tendientes a la capacitación,
administración, regulación,
orientación y canalización de
los recursos económicos de
origen nacional e internacional
 En un país la función del sistema
financiero es la creación, intercambio,
transferencia y liquidación de activos y
pasivos financieros.
No es más que una rama económica
adicional, que en vez de producir
bienes, produce servicios demandados
por la población. otros definen el
sistema financiero, como el receptor de
las dos grandes fuerzas económicas de
la economía: la demanda y la oferta de
dinero.
 El sistema financiero está organizado
para recibir dinero de quienes lo tienen
en exceso, para negociarlo y transferirlo
a quienes carecen de él.
 Así tenemos que es un mecanismo que
equilibra los recursos monetarios. Es el
gran mercado donde se compra y se
vende dinero.
 Entre los objetivos del sistema financiero,
encontramos tres:
 Capta los excedentes de efectivo y
transfiere los ahorros a los demandantes
de dinero.
 Corrige las descompensaciones en el
gran flujo económico.
 Propicia el desarrollo y crecimiento de la
economía.
 Banco de México.
 Secretaria de Hacienda
y Crédito Público.
 Comisión Nacional
Bancaria y de Valores.
 Comisión Nacional de
Seguros y Finanzas.
 Comisión Nacional de
Sistemas Para el Ahorro
Para el Retiro.
 Comisión Nacional de
Defensa de los Usuarios de
Servicios Financiero
 Se trata de una entidad
separada de la
administración central,
que goza de plena
autonomía técnica y
orgánica y, creada por la
ley para la realización de
atribuciones del estado,
que consisten en
funciones de regulación
monetaria, crediticia y
cambiaria.
 La autonomía impide a
cualquier autoridad
ordenar la prestación de
servicios financieros,
puesto que es facultad
exclusiva del Banco
determinar el monto y
manejo de su propio
crédito (evitando así, con
fundamento jurídico, el
financiamiento
gubernamental
inflacionario).
 Tiene la función gubernamental
orientada a obtener recursos
monetarios de diversas fuentes
para financiar el desarrollo del
país.
 Consiste en recaudar
directamente los impuestos,
derechos, productos y
aprovechamientos; así como
captar recursos
complementarios, mediante la
contratación de créditos y
empréstitos en el interior del país
y en el extranjero.
 Es una secretaria de estado de la
administración publica federal cuyo
encargo se encuentra todo lo
relacionado con la recaudación
tributaria, administración financiera
y fiscalización de recursos del
gasto publico, así como la
regulación y vigilancia de las
instituciones bancarias y de valores
de dicho país
 La Comisión tiene por objeto
supervisar y regular, en el ámbito de
su competencia, a las entidades
financieras, a fin de procurar su
estabilidad y correcto
funcionamiento, así como mantener
y fomentar el sano y equilibrado
desarrollo del sistema financiero en
su conjunto, en protección de los
intereses del público.
 También tiene como finalidad
supervisar y regular a las personas
físicas y morales, cuando realicen
actividades previstas en las leyes
relativas al sistema financiero.
 Para el cumplimiento de sus
objetivos la Comisión Nacional
Bancaria y de Valores cuenta con
las facultades que le otorgan las
leyes relativas al sistema
financiero, así como su propia
Ley, las cuales se ejercen a través
de los siguientes órganos: Junta
de Gobierno, Presidencia,
vicepresidencias, Contraloría
Interna, Direcciones Generales y
demás unidades administrativas
necesarias
 Es un órgano desconcentrado de la
Secretaría de Hacienda y Crédito
Público cuyas funciones son: la
inspección y vigilancia de las
instituciones y de las sociedades
mutualistas de seguros, así como
de las demás personas y empresas
que determina la Ley sobre la
materia.
 Esta Comisión no participa
directamente en el Mercado de
valores, puesto que el organismo
gubernamental que actúa en él
es la Comisión Nacional
Bancaria y de valores Sin
embargo, se consideró prudente
incluir a esta autoridad, ya que
su participación es importante al
momento de regular a quienes
intervienen en dicho mercado.
 Órgano administrativo desconcentrado
de la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público, con autonomía técnica y
facultades ejecutivas con competencia
funcional propia en los términos de la
Ley de los Sistemas de Ahorro para el
Retiro.
 La Consar tiene como compromiso
regular y supervisar la operación
adecuada de los participantes del
nuevo sistema de pensiones. Su misión
es la de proteger el interés de los
trabajadores, asegurando una
administración eficiente y transparente
de su ahorro, que favorezca un retiro
digno y coadyuve al desarrollo
económico del país.
 Sus funciones se encuentran
desglosadas en la ley de los Sistemas
de Ahorro para el Retiro publicada el 23
de mayo de 1996.
 Es importante tomar en cuenta que
actualmente el SAR, es un sistema de
ahorro complementario al esquema de
pensiones vigente en la Ley del Seguro
Social hasta el 1ro. de julio de 1997,
mientras que el Nuevo Sistema de
Pensiones, como su nombre lo indica,
será substitutivo de las pensiones que
venía otorgando el Instituto Mexicano
del Seguro Social (IMSS).
 La Comisión Nacional para la Protección y
Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros
es la entidad encargada de informar, orientar y
promover la educación financiera entre la
población, así como atender y resolver las quejas
y reclamaciones de los clientes en contra de
cualquier banco.
 Se denomina banca privada a toda institución
financiera intermediaria entre los agentes
económicos (personas, empresas y Estado)
con capacidad de ahorro y los agentes que
requieren inversión.
 La banca privada coloca recursos analizando
las circunstancias personales del cliente, su
situación vital, su patrimonio, sus
preferencias, su perfil de riesgo y sus
necesidades económicas; es decir, no presta
en función a la viabilidad de un proyecto (s).
 Actualmente, se discute que es imperativo
incorporar a la colocación de recursos
financieros el concepto de riesgo compartido;
pues tal como está los únicos que pierden
son los usuarios del sistema y los prestatarios
 La inversión mínima para acceder a un
servicio de Banca Privada depende de
cada entidad aunque el mínimo exigible
suele estar establecido en 100.000 euros
de patrimonio líquido financiero.
 Además de un servicio de asesoramiento
a medida, las entidades de Banca Privada
ofrecen servicios de gestión discrecional
de carteras, SICAVS y diversos productos
a medida.
 Actualmente, este servicio es ofrecido
tanto por grandes entidades financieras,
que cuentan con un área especializada en
grandes patrimonios, como por bancos
dedicados exclusivamente a este
segmento.
 La Comisión Nacional para la
Protección y Defensa de los Usuarios
de Servicios Financieros (Condusef)
es una agencia gubernamental del
gobierno mexicano que funciona
como defensora de los usuarios de
cualquier tipo de servicios financieros
en Mexico.
 La Bolsa de Valores es una
organización privada que brinda
las facilidades necesarias para
que sus miembros, atendiendo los
mandatos de sus clientes,
introduzcan órdenes y realicen
negociaciones de compra y venta
de valores, tales como acciones
de sociedades o compañías
anónimas, bonos públicos y
privados, certificados, títulos de
participación y una amplia
variedad de instrumentos de
inversión.
 Las bolsas de valores fortalecen
al mercado de capitales e
impulsan el desarrollo económico
y financiero en la mayoría de los
países del mundo, donde existen
en algunos casos desde hace
siglos, a partir de la creación de
las primeras entidades de este
tipo creadas en los primeros
años del siglo XVII.

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  • 2.  El sistema financiero mexicano se refiere a un mercado financiero organizado.  También se define como el conjunto de instituciones que generan, recogen, administran y dirigen tanto el ahorro como la inversión, dentro de una unidad política-económica.  Es un grupo de instituciones que se encargan de proporcionar financiamiento profesional a las personas físicas y morales y a las actividades económicas del país, ya que agrupa a diversas instituciones u organismos interrelacionados que se caracterizan por realizar una o varias de las actividades tendientes a la capacitación, administración, regulación, orientación y canalización de los recursos económicos de origen nacional e internacional
  • 3.  En un país la función del sistema financiero es la creación, intercambio, transferencia y liquidación de activos y pasivos financieros. No es más que una rama económica adicional, que en vez de producir bienes, produce servicios demandados por la población. otros definen el sistema financiero, como el receptor de las dos grandes fuerzas económicas de la economía: la demanda y la oferta de dinero.  El sistema financiero está organizado para recibir dinero de quienes lo tienen en exceso, para negociarlo y transferirlo a quienes carecen de él.  Así tenemos que es un mecanismo que equilibra los recursos monetarios. Es el gran mercado donde se compra y se vende dinero.  Entre los objetivos del sistema financiero, encontramos tres:  Capta los excedentes de efectivo y transfiere los ahorros a los demandantes de dinero.  Corrige las descompensaciones en el gran flujo económico.  Propicia el desarrollo y crecimiento de la economía.
  • 4.  Banco de México.  Secretaria de Hacienda y Crédito Público.  Comisión Nacional Bancaria y de Valores.  Comisión Nacional de Seguros y Finanzas.  Comisión Nacional de Sistemas Para el Ahorro Para el Retiro.  Comisión Nacional de Defensa de los Usuarios de Servicios Financiero
  • 5.  Se trata de una entidad separada de la administración central, que goza de plena autonomía técnica y orgánica y, creada por la ley para la realización de atribuciones del estado, que consisten en funciones de regulación monetaria, crediticia y cambiaria.  La autonomía impide a cualquier autoridad ordenar la prestación de servicios financieros, puesto que es facultad exclusiva del Banco determinar el monto y manejo de su propio crédito (evitando así, con fundamento jurídico, el financiamiento gubernamental inflacionario).
  • 6.  Tiene la función gubernamental orientada a obtener recursos monetarios de diversas fuentes para financiar el desarrollo del país.  Consiste en recaudar directamente los impuestos, derechos, productos y aprovechamientos; así como captar recursos complementarios, mediante la contratación de créditos y empréstitos en el interior del país y en el extranjero.  Es una secretaria de estado de la administración publica federal cuyo encargo se encuentra todo lo relacionado con la recaudación tributaria, administración financiera y fiscalización de recursos del gasto publico, así como la regulación y vigilancia de las instituciones bancarias y de valores de dicho país
  • 7.  La Comisión tiene por objeto supervisar y regular, en el ámbito de su competencia, a las entidades financieras, a fin de procurar su estabilidad y correcto funcionamiento, así como mantener y fomentar el sano y equilibrado desarrollo del sistema financiero en su conjunto, en protección de los intereses del público.  También tiene como finalidad supervisar y regular a las personas físicas y morales, cuando realicen actividades previstas en las leyes relativas al sistema financiero.  Para el cumplimiento de sus objetivos la Comisión Nacional Bancaria y de Valores cuenta con las facultades que le otorgan las leyes relativas al sistema financiero, así como su propia Ley, las cuales se ejercen a través de los siguientes órganos: Junta de Gobierno, Presidencia, vicepresidencias, Contraloría Interna, Direcciones Generales y demás unidades administrativas necesarias
  • 8.  Es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público cuyas funciones son: la inspección y vigilancia de las instituciones y de las sociedades mutualistas de seguros, así como de las demás personas y empresas que determina la Ley sobre la materia.  Esta Comisión no participa directamente en el Mercado de valores, puesto que el organismo gubernamental que actúa en él es la Comisión Nacional Bancaria y de valores Sin embargo, se consideró prudente incluir a esta autoridad, ya que su participación es importante al momento de regular a quienes intervienen en dicho mercado.
  • 9.  Órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con autonomía técnica y facultades ejecutivas con competencia funcional propia en los términos de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.  La Consar tiene como compromiso regular y supervisar la operación adecuada de los participantes del nuevo sistema de pensiones. Su misión es la de proteger el interés de los trabajadores, asegurando una administración eficiente y transparente de su ahorro, que favorezca un retiro digno y coadyuve al desarrollo económico del país.  Sus funciones se encuentran desglosadas en la ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro publicada el 23 de mayo de 1996.  Es importante tomar en cuenta que actualmente el SAR, es un sistema de ahorro complementario al esquema de pensiones vigente en la Ley del Seguro Social hasta el 1ro. de julio de 1997, mientras que el Nuevo Sistema de Pensiones, como su nombre lo indica, será substitutivo de las pensiones que venía otorgando el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
  • 10.  La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros es la entidad encargada de informar, orientar y promover la educación financiera entre la población, así como atender y resolver las quejas y reclamaciones de los clientes en contra de cualquier banco.
  • 11.  Se denomina banca privada a toda institución financiera intermediaria entre los agentes económicos (personas, empresas y Estado) con capacidad de ahorro y los agentes que requieren inversión.  La banca privada coloca recursos analizando las circunstancias personales del cliente, su situación vital, su patrimonio, sus preferencias, su perfil de riesgo y sus necesidades económicas; es decir, no presta en función a la viabilidad de un proyecto (s).  Actualmente, se discute que es imperativo incorporar a la colocación de recursos financieros el concepto de riesgo compartido; pues tal como está los únicos que pierden son los usuarios del sistema y los prestatarios  La inversión mínima para acceder a un servicio de Banca Privada depende de cada entidad aunque el mínimo exigible suele estar establecido en 100.000 euros de patrimonio líquido financiero.  Además de un servicio de asesoramiento a medida, las entidades de Banca Privada ofrecen servicios de gestión discrecional de carteras, SICAVS y diversos productos a medida.  Actualmente, este servicio es ofrecido tanto por grandes entidades financieras, que cuentan con un área especializada en grandes patrimonios, como por bancos dedicados exclusivamente a este segmento.
  • 12.  La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) es una agencia gubernamental del gobierno mexicano que funciona como defensora de los usuarios de cualquier tipo de servicios financieros en Mexico.
  • 13.  La Bolsa de Valores es una organización privada que brinda las facilidades necesarias para que sus miembros, atendiendo los mandatos de sus clientes, introduzcan órdenes y realicen negociaciones de compra y venta de valores, tales como acciones de sociedades o compañías anónimas, bonos públicos y privados, certificados, títulos de participación y una amplia variedad de instrumentos de inversión.  Las bolsas de valores fortalecen al mercado de capitales e impulsan el desarrollo económico y financiero en la mayoría de los países del mundo, donde existen en algunos casos desde hace siglos, a partir de la creación de las primeras entidades de este tipo creadas en los primeros años del siglo XVII.