LA CENA DEL SEÑOR UN ESTUDIO BIBLICO PARA LA IGLESIA DE CRISTO
Foe normativa de anillas 2013
1. Normativa de Anillas de la Federación
Ornitológica Española F.O.E.
Esta Normativa se desarrolla de conformidad con los acuerdos adoptados por la
Asamblea General de la Federación Ornitológica Española.
1.- Las anillas para el marcaje de los pájaros son un objeto necesario para identificar al
ejemplar que la porta, y al criador propietario, ante cualquier certamen ornitológico en
que participe. Podríamos considerar la anilla federada como el documento de identidad
del pájaro, ya que los datos que constan en la misma son únicos para el ejemplar en cada
ejercicio de cría.
2.- Las anillas federadas son personales e intransferibles, por lo que la cesión o transmisión
entre criadores no tendrá validez para la presentación a Concurso de ejemplares que porten
anillas de un criador diferente al que realiza la inscripción.
3.- El marcaje de los pájaros se realiza mediante anillas cerradas, con una altura media
de 5 mm y un diámetro interior que corresponda a la talla de la pata del pájaro cuando
es adulto. La anilla se coloca en la pata del pájaro alrededor de los seis u ocho días
siguientes al nacimiento, ya que en este periodo la osificación no ha sido completada y
la articulación de la mano es elástica, lo cual permite realizar el anillamiento sin
efectuar daño alguno en los dedos del ejemplar.
4.- El calibre ha utilizar para el marcaje de los pájaros debe ser aquel que resulte
imposible retirar o poner una anilla en la pata del pájaro adulto. Únicamente el criador
es responsable del tamaño o calibre de la anilla que utilice para marcar a sus ejemplares.
Todo ejemplar que presente anilla abierta, ilegible, deformada, manipulada, de un
calibre no reglamentario según su variedad o especie, que le pueda ser extraída sin
causarle daño físico, o que porte dos anillas, será descalificado en el certamen que
participe.
5.- Cada anilla federada consta de una identificación única que está compuesta por:
- Siglas C.O.M. de la Federación. En F.O.E. es E-3.
- La decena del año de nacimiento.
- El número de Criador Nacional.
- Un número de orden, según la cantidad de anillas solicitadas por el criador.
5.1.- Para poder participar en el Campeonato de España y en el Campeonato del Mundo
C.O.M., es obligatorio que los ejemplares porten anillas con la identificación
mencionada. En los concursos organizados por entidades afiliadas a F.O.E. únicamente
se admitirán los ejemplares que porten anillas con distintivo C.O.M.
5.2.- Los ejemplares que porten anillas que no reúnan estas condiciones de
identificación no serán admitidos para participar en los concursos FOE. Excepción a
esta norma serán las anillas de serie que alguna Federación C.O.M. facilite a sus
criadores las cuales, en todo caso, deben disponer de la misma identificación
anteriormente citada, excepto el número de criador nacional.
2. 6.- La F.O.E. es la entidad habilitada para encargar directamente a los fabricantes las
anillas federadas y su posterior tramitación a sus entidades afiliadas. Finalizado cada
plazo de solicitud de anillas, la Federación las encargará a los fabricantes y, una vez
facilitadas por estos, las hará llegar a cada Asociación en la forma que establezcan.
7.- Todas las anillas F.O.E. serán con número de criador nacional, no tramitándose
solicitudes de anillas de serie.
8.- Las anillas federadas tendrán el color establecido por la C.O.M. Mundial, para cada
temporada de cría. Estos colores figuran en “las Nouvelles de la C.O.M.”, así como el
RAE correspondiente que deben aplicar los fabricantes.
9.- Para la temporada de cría 2013 se pueden solicitar anillas de dos fabricantes:
a) Anillas de fabricación española.
b) Anillas de nueva fabricación.
Los modelos que se deben aplicar para cada convocatoria de solicitud de anillas son los
siguientes:
1ª Convocatoria: Anillas de fabricación española.
2ª Convocatoria: Cualquiera de los dos fabricantes.
3ª Convocatoria: Anillas de fabricación española.
10.- Las cantidades mínimas de anillas por calibre a solicitar por los criadores y los
múltiplos de incremento, para la temporada de cría de 2013, teniendo en cuenta las
oscilaciones del calibre interior, por defecto o por exceso, que disponen los fabricantes,
serán las siguientes:
10.1.- De los calibres “normalizados” que se indican a continuación, debe solicitar un
mínimo de cincuenta (50) anillas pudiéndose incrementar esta cantidad en múltiplos de
diez (10):
2,5 – 3,0 – 3,5 – 4,0 – 4,5 mm.
10.2.- Para los calibres “especiales” que seguidamente se indican, puede solicitar un
mínimo de veinte (20) anillas, incrementándose esta cantidad en múltiplos de diez (10).
Estas anillas serán de aluminio color.
2,0 – 5,2 mm.
10.3.- De los calibres “especiales” que se relacionan a continuación, podrá solicitar un
mínimo de quince (15) anillas, pudiéndose incrementar esta cantidad en múltiplos de
quince (15). Estas anillas podran ser, si se desea, en duraluminio color.
6,0 - 7,0 – 8,0 – 9,0 – 10,0 – 11,0 – 12,0 – 14,0 mm.
11.- Solicitando la cantidad mínima de cincuenta (50) anillas el criador tendrá derecho a
la suscripción de la Revista “Nuestros Pájaros”, editada por la Confederación
Ornitológica Española (C.O.E.), en los números que correspondan al periodo de cría
para el que las ha solicitado.
Para el derecho de suscripción se tendrá en cuenta el resultado de la suma de anillas
solicitadas de aquellos calibres cuya cantidad mínima es inferior a cincuenta unidades.
3. 12.- En FOE están habilitadas tres convocatorias de solicitud de anillas para el siguiente
ejercicio de cría. Las fechas de inicio y finalización de las convocatorias serán
establecidas por la Asamblea General. Para las solicitudes del año 2013 se han
establecido las siguientes convocatorias:
1ª.- Convocatoria especial: Destinada exclusivamente para las anillas de pájaros
exóticos que, por sus especiales condiciones de cría, necesitan disponer de las anillas en
un periodo de tiempo anterior al resto de especialidades. Estas anillas serán servidas a
las asociaciones en el mes de octubre.
2ª.- Convocatoria normalizada: Para todo tipo de calibres. Estas anillas serán servidas a
las asociaciones, normalmente, en el mes de diciembre.
3ª.- Convocatoria de carácter extraordinario: Destinada, principalmente, a los nuevos
criadores que se hayan afiliado con posterioridad a la finalización de la convocatoria
normalizada. Serán entregadas en el momento que sean servidas por los fabricantes, por
lo que no será exigible a la Federación un plazo concreto de entrega.
En este periodo de solicitud se podrán incluir, de forma excepcional, las peticiones
totales de anillas para criadores que, por circunstancias justificadas, no la hayan
realizado en la convocatoria normalizada. Estas solicitudes tendrán un recargo especial
en el importe de la cuota por anilla, que establecerá la Asamblea General.
13.- La cuota por anilla federada para cada ejercicio de cría y para los diferentes
calibres, será acordada por la Asamblea General. Se tendrán en cuenta las necesidades
que exijan el presupuesto anual, los posibles acuerdos establecidos con otras
federaciones y las condiciones de los fabricantes. Para la temporada de cría 2013 se han
establecido las cuotas siguientes:
1.- CALIBRES NORMALIZADOS.
1.1.- Primera y segunda convocatoria, y en tercera convocatoria exclusivamente para
nuevos criadores:
a) Anillas de fabricación española: 0,35 € unidad.
b) Anillas de nueva fabricación: 0,40 € unidad.
1.2.- Tercera convocatoria para antiguos criadores:
a) Anillas de fabricación española: 0,45 € unidad.
2.- CALIBRES ESPECIALES.
2.1.- Primera y segunda convocatoria, y en tercera convocatoria exclusivamente para
nuevos criadores:
a) Anillas de fabricación española aluminio color: 0,56 € unidad.
b) Anillas de fabricación española duraluminio color: 1,01 € unidad.
c) Anillas de nueva fabricación aluminio color: 0,60 € unidad.
d) Anillas de nueva fabricación duraluminio color: 1,05 € unidad.
2.2.- Tercera convocatoria para antiguos criadores:
a) Anillas de fabricación española aluminio color: 0,61 € unidad.
b) Anillas de fabricación española duraluminio color: 1,06 € unidad.
c) Anillas de nueva fabricación aluminio color: 0,65 € unidad.
d) Anillas de nueva fabricación duraluminio color: 1,10 € unidad.
4. 14.- Las asociaciones solicitarán a la Federación las anillas que precisan sus asociados,
de los diferentes calibres, en los plazos que establezca la Asamblea General.
La solicitud será efectuada exclusivamente por medios telemáticos, a través del
programa informático de solicitud de anillas que figura en la página Web de la
Federación. A cada Asociación le serán facilitadas sus claves de acceso.
Los plazos de solicitud serán estrictamente aplicados por la Directiva de la Federación y
a su finalización quedará inactivo el acceso al programa de solicitud de anillas.
La cumplimentación de los diferentes campos que figuran en el programa será
efectuada directamente por las asociaciones, bajo su responsabilidad. Se facilitará un
manual de ayuda para la utilización del programa.
Las series de anillas por calibres serán numeradas a partir del número uno, hasta la
cantidad total solicitada por el criador.
15.- Finalizado cada plazo de solicitud de anillas la Federación procederá a tramitar un
cargo en la cuenta bancaria de las asociaciones, con las diferentes cuotas que tengan que
abonar. Estas cuotas serán:
Cuota federativa anual de afiliación; cuota por anillas solicitadas y gastos de envío;
cuotas por impresión de los carnés de criadores nacionales –F.O.E. y C.O.E.-; los gastos
de envío de la Revista “Nuestros Pájaros” al domicilio de los criadores; cualquier otra
cuota que se acuerde en Asamblea General.
16.- Los nuevos criadores, con carácter obligatorio por acuerdo de Asamblea General,
deben disponer de Carné de Criador Nacional. Deberán facilitar a su Asociación
fotocopia legible del Documento de Identidad y dos fotografías, tamaño carné. Una vez
entregada esta documentación la Federación procederá a la impresión del mencionado
carné. Los gastos de impresión serán a cargo de los interesados.
16.1.- Para la obtención de duplicado de Carné de Criador Nacional, se debe facilitar la
misma documentación anteriormente citada y abonar una cuota igual a la de expedición
de los nuevos criadores.
16.2.- El número de criador nacional, asignado inicialmente a un criador, es personal e
intransferible durante el periodo de tiempo que el interesado se encuentre en activo en el
desarrollo de la actividad y solicite anillas federadas.
El número de criador nacional podrá ser asignado a otro criador exclusivamente en los
casos siguientes:
a) El número de criador nacional quedará inactivo en la base de datos de la
Federación.En caso de que el interesado no solicite anillas durante un periodo
continuado de tres (3) años.
b) En caso de fallecimiento del titular. Exclusivamente su cónyuge o hijos podrán
solicitar a la Directiva de la Federación que les sea asignado el número que disponía el
interesado. La solicitud deberá efectuarse por escrito y las circunstancias de
fallecimiento y afinidad serán debidamente acreditadas.
17.- De forma anual, o cuando se disponga de un número suficiente, la Federación
procederá a la impresión de aquellos carnés de criadores nacionales de los que se haya
facilitado la documentación de los interesados por las asociaciones. Los carnés serán
enviados a las asociaciones para su entrega a los criadores.
5. 18.- La F.O.E. dispondrá de un censo o registro de los números de criador nacional y de
las anillas asignadas en cada ejercicio, mediante el cual es posible conocer el origen y
propietario de los pájaros anillados.
19.- Los criadores solicitarán a la Asociación en la que se encuentren afiliados la
cantidad y calibres de anillas que precisen para la próxima temporada de cría. Con el fin
de evitar duplicidad en las anillas asignadas, los criadores deberán realizar su petición
de anillas a través de una única Asociación F.O.E.
20.- Los criadores abonarán a su Asociación, en la forma y cuantía que cada entidad
tenga reglamentada, la cuota por anillas, la cuota por Carné de Criador Nacional, o
cualquier otra establecida por la Asamblea General.
21.- Seguidamente se detallan los calibres orientativos de anillas, para ciertas especies
de aves que se mencionan y aplicables a otras de características similares. El criador
tendrá en cuenta lo indicado en punto 4 de esta normativa.
2,0 mm.
Exóticos: Carita naranja, Amaranta del Senegal, Bengalí pechigualdo, Estrilda perdiz.
Estrilda cola de vinagre, Estrilda pico de coral, Pico de plata, Amaranta moteada,
Noneta bicolor, Noneta de dorso bruno, Azulito de Angola, Azulito del Senegal, Azulito
de cabeza azul, Diamante de Bichenov, Yerbero de Cuba, Bengalí de la India, Bengalí
Verde, Estrilda ondulada.
Fauna europea: Verdecillo.
2,5 mm.
Exóticos: Estrilda de Santa Elena, Amaranta flameada, Amadina de cabeza perlada,
Serín rabadilla amarilla, Verderón serrano africano, Cantor de África, Canario de
Mozambique, Granatina, Granatina verde, Diamante Phaetón. Pytilia melba, Pytilia
afra, Estrilda aurora, Alario, Diamante ruficauda, Pico de plomo, Isabelita del Japón,
Diamante de Gould, Gorrión dorado del Sudán, Degollado, Diamante papagayo,
Diamante goteado, Diamante kittlitz (tricolor), Diamante babero, Diamante babero de
cola larga, Diamante mandarín, Diamante modesto, Diamante enmascarado, Diamante
cuatricolor, Diamante de peale, Diamante de forbes, Diamante de Manila, Damero,
Donacolas, Capuchino de cabeza blanca, Emblema picta, Cabecita negra, Tarín de
pecho negro, Tarín Xantogastra, Negrito de Bolivia, Cardenalito de Venezuela.
Fauna Europea: Jilguero español, Jilguero europeo, Lugano, Pardillo sicerín.
Híbridos: Verdecillo x canaria, Cardenalito de Venezuela x canaria, Canario de
Mozambique x canaria, Cantor de África x canaria, Cabecita negra x canaria,
Cardenalito de Venezuela x jilguero.
Canarios de Postura: Raza española, Fife Fancy, Hosso japonés, Rheilander.
3,0 mm.
Canarios de Canto: Roller, Malinois, Timbrado Español, Canto Discontinuo.
6. Canarios de Color: Todas las variedades.
Canarios de Postura: Padovano, Rizado del Norte, Rizado del Sur, Rizado suizo,
Melado tinerfeño, Giboso español, Gibber italicus, Fiorino, Mehringer, Muniqués,
Bossu belga, Scoth Fancy, Llarguet español, Irish Fancy, Gloster, Moña alemana,
Rheinlander, Arlequín Portugués, Lizard.
Exóticos: Amadina de cabeza roja, Canario silvestre, Serín de vientre blanco, Canario
de Santa Elena, Gran noneta, Diamante mandarín gigante, Verderón de China, Verderón
de cabeza negra, Verderón del Himalaya, Serín estriado, Serín sulfurado, Camachuelo
mejicano, Camachuelo de alas rosas.
Fauna Europea: Verderón común, Pardillo común, Pinzón común, Jilguero siberiano,
Gorrión molinero, Gorrión común, Camachuelo del norte, Camachuelo común,
Camachuelo trompetero.
Híbridos: Jilguero x canaria, Verderón común x canaria, Lugano x canaria, Pardillo
común x canaria, Camachuelo mejicano x canaria, Camachuelo Trompetero x canaria,
Negrito de Bolivia x canaria, Verderón de China x canaria, Jilguero x verderón común,
Pardillo común x Verderón común.
3,5 mm.
Canarios de Postura: Rizado de París, Rizado Gigante italiano, Crest, Lancashire,
Yorkshire, Norwich, Border, Bernois.
Exóticos: Paddas.
Tórtolas y otros: Tórtola Diamante, Tórtola máscara de hierro, Tórtola Estriada,
Codorniz de China.
Psitácidos: Periquitos (Bourke, Espléndida, Edgard o Turquesa) Agapornis de cabeza
gris, Forpus, etc.
4,0 mm.
Psitácidos: Agapornis (Roseicolis, Taranta), Periquito Barbado (Catarina), etc.
4,5 mm.
Psitácidos: Agapornis (Fisher, Personata), Periquito inglés, Kakariki de frente roja, etc.
5,2 mm.
Psitácidos: Ninfa, Rossella común, etc.
6,0 mm.
Psitácidos: Cotorra arco iris, Rossella de Pennant, etc.
7,0 mm.
Psitácidos: Periquito de Kramer, etc.
La presente Normativa ha sido acordada en Asamblea General F.O.E., celebrada en la
localidad de Madrid el día veinte de mayo de dos mil doce.