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CONSTRUYENDO PARTICIPACIÓNCONSTRUYENDO PARTICIPACIÓN
República de Colombia
Ministerio de Minas y Energía
CARTILLA DE
PARTICIPACIÓN CIUDADANA
CARTILLA DE
PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Libertad y Orden
INSTITUTO COLOMBIANO
DE GEOLOGÍA Y MINERÍA
INGEOMINAS
CARTILLA DE
PARTICIPACIÓN CIUDADANA
2008
Coordinación y Supervisión General
Asesoría Jurídica
Revisión Jurídica
Concepto y Revisión de textos
Diseño y Diagramación
Impresión
Sandra Victoria Ortiz Ángel
Miguel Arcángel Pineda Martín
Rosalba Contreras Quintero
José Fernando Ceballos
Juan Fernando Casas Vargas
Ana María Suárez Cabeza
Imprenta Nacional de Colombia
Mario Ballesteros Mejía
Edwin González Moreno
Plinio Bustamante Ortega
César David López Arenas
Director General
Secretario General
Director Técnico del Servicio Minero
Director Técnico del Servicio Geológico
INDICE
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Presentación.................................................................................5
Reseña Histórica de la Participación Ciudadana.........................6
Qué es la Participación Ciudadana?...........................................7
Por qué es importante su aplicación?..........................................8
Cómo se puede participar?.........................................................8
Cuáles son las herramientas de participación
que tiene el ciudadano?..............................................................9
Qué debe contener un Derecho de Petición?.............................11
En que término debemos responder sus peticiones?...................12
Imposibilidad de contestar la Petición dentro del término............13
Cómo se presentan las quejas?...................................................14
Qué es una Acción de Tutela?.....................................................15
Qué es una Acción de Cumplimiento?.......................................15
Qué es una Acción Popular?.......................................................16
Qué es una Acción Grupo?........................................................16
Mecanismos de Participación Ciudadana..................................16-17
Mecanismos para la protección de los
derechos constitucionales...........................................................18
Derechos Fundamentales............................................................18
Derechos colectivos y del Medio Ambiente................................18
Marco Legal.................................................................................19
PRESENTACIÓN
PARTICIPACIÓN CIUDADANAPARTICIPACIÓN CIUDADANA 5
En INGEOMINAS entendemos la Participación Ciudadana
como un derecho Constitucional que le permite al usuario de
nuestro servicio, participar activamente en la toma de decisiones
que afecten su entorno económico, político, administrativo y
cultural.
Así mismo, debemos considerarla como el mecanismo por
excelencia de control social y de integración colectiva, que
fortalece los lazos de confianza entre la comunidad y sus
instituciones.
Siendo consecuentes con esta filosofía, nuestro principal objetivo
está encaminado a garantizar la calidad en el proceso de
recepción, trámite y resolución de peticiones respetuosas de los
ciudadanos tanto de interés general, como de interés particular.
Se constituye entonces en uno de los más importantes
compromisos institucionales, trabajar por la generación de
espacios de interlocución entre funcionarios, usuarios y la
comunidad.
Conforme a lo anterior, el Instituto Colombiano de Geología y
Minería INGEOMINAS, se complace en presentar oficialmente
esta cartilla útil y práctica que le permitirá al destinatario acceder a
la información relacionada con los conceptos fundamentales
acerca del ejercicio de sus derechos y la manifestación de sus
opiniones.
Somos una entidad de puertas abiertas, con la decidida
convicción de seguir Construyendo Participación.
Mario Ballesteros Mejía
Director General
RESEÑAHISTÓRICADELA
PARTICIPACIÓNCIUDADANA
Resulta oportuno hacer una breve reseña histórica de la
Participación Ciudadana, para lo cual podemos partir de la
teoría naturalista de JHON LOCKE (1632 - 1704), quien apuntó a
mostrar que los derechos son algo más que una concesión
generosa por parte del Estado. Es así como asegura
que la función prioritaria del Estado es la de garantizar
el goce de estos derechos naturales.
Bajo dicha teoría, que se sustenta en el poder de
participación y resistencia de los pueblos,
se empieza a cuestionar las bases del absolutismo
estatal y se abona el terreno para la creación
del llamado Estado de Derecho.
Para empezar, y antes de abordarlo como una
de las nuevas formas de control, conviene
recordar que su aplicación se fundamenta en la
Constitución Política de Colombia, con los siguientes
planteamientos relacionados con la participación
como un derecho fundamental: Colombia es
democrática, participativa y pluralista; fundada
en el respeto a la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad
de las personas que la integran y en la prevalencia del interés
general. Entre los fines del Estado se encuentra servir a la
comunidad, promover y facilitar la participación de todos
los colombianos en las decisiones que puedan incidir sobre los
principios de una sociedad organizada.
PARTICIPACIÓN CIUDADANAPARTICIPACIÓN CIUDADANA6
Es un Derecho Constitucional
que le permite al usuario de nuestros
servicios, participar activamente
en la toma de decisiones que
afecten en su entorno económico,
político, administrativo y cultural.
QUÉ ES LA PARTICIPACIÓN
CIUDADANA?
PARTICIPACIÓN CIUDADANAPARTICIPACIÓN CIUDADANA 7
POR QUÉ ES IMPORTANTE
SU APLICACIÓN?
PARTICIPACIÓN CIUDADANAPARTICIPACIÓN CIUDADANA8
Se puede participar
activamente en nuestras
decisiones informándonos
clara y oportunamente
sus necesidades..
Porque lo convierte en un
supervisor de nuestro trabajo
y nos obliga a mejorar
continuamente para
brindarle un servicio
de calidad.
CÓMO SEPUEDE PARTICIPAR?
CUÁLESSONLAS
HERRAMIENTASDE
PARTICIPACIÓNQUE
TIENEELCIUDADANO?
Para su efecto y aplicación se tendrán en cuenta
las siguientes definiciones:
Petición: Es una solicitud presentada en forma
respetuosa verbal o escrita ante un servidor
público, con el fin de obtener pronta
solución sobre la misma.
Queja: Es el medio por el cual el usuario manifiesta
su inconformidad en razón de una
irregularidad administrativa, por la actuación
de determinado funcionario o por la forma
y condiciones en que se preste o no un
servicio, con el propósito de corregir o
adoptar las medida correspondientes.
Reclamo: Es una solicitud que manifiesta la
inconformidad del usuario por una actuación
administrativa de la entidad, con el objeto
de que se revise y se tomen los correctivos
del caso.
PARTICIPACIÓN CIUDADANAPARTICIPACIÓN CIUDADANA 9
PARTICIPACIÓN CIUDADANAPARTICIPACIÓN CIUDADANA10
Sugerencia: Es una manifestación orientada al mejoramiento
del servicio prestado por la Entidad.
Denuncia: Es el mecanismo mediante el cual cualquier
ciudadano da aviso o notifica, en forma
escrita o verbal, hechos o conductas con
las que se pueda estar configurando un
posible manejo irregular o un eventual
detrimento de los bienes o fondos del
Estado.
Anónimo: Es la denuncia o queja, verbal o
escrita, que una persona presenta
en forma respetuosa haciendo
uso del derecho a proteger su
identidad.
Todo Derecho de Petición debe contener la siguiente
información:
1. Nombre e Identificación del Peticionario,
el Representante o su apoderado.
2. Dirección del Peticionario
(A donde recibirá la respuesta).
3. Nombre de la Entidad o del
funcionario a quien se dirige.
4. Objeto de la petición y las
razones que la respaldan.
5. Listado de los documentos que
sustentan la petición.
6. Firma del Peticionario.
* La respuesta al derecho de petición
sera enviada al ciudadano, con copia
al Grupo de Participación Ciudadana.
PARTICIPACIÓN CIUDADANAPARTICIPACIÓN CIUDADANA11
QUÉ DEBE CONTENER UN DERECHO
DE PETICIÓN?
El derecho de Petición en interés general o particular debe
resolverse dentro de los QUINCE (15) días hábiles siguientes
a la fecha de su recepción.
El derecho de Petición de información o Solicitud de
copias de documentos que no haga parte
de expedientes deberá resolverse dentro de los
DIEZ (10) días hábiles y el peticionario asumirá
el costo respetivo.
Cuando el derecho de petición verse sobre solicitud
de copias y certificaciones de expedientes deberá
resolverse en un plazo no mayor a TRES (3) días.
Cuando se trate de una solicitud de consulta
en relación con la materia a cargo de la entidad,
ésta se deberá resolver dentro de un término
máximo de TREINTA (30) días hábiles.
Cuando se trate de una solicitud de información de los
congresistas, esta se deberá resolver dentro de un término
máximo de CINCO (5) días calendario, siguientes a la fecha
de su recepción.
SOLICITUDES DE
INFORMACIÓN
EN QUÉ TÉRMINO DEBEMOS
RESPONDER SUS PETICIONES?
PARTICIPACIÓN CIUDADANAPARTICIPACIÓN CIUDADANA12 PARTICIPACIÓN CIUDADANAPARTICIPACIÓN CIUDADANA 13
IMPOSIBILIDAD DE CONTESTARLA
PETICIÓN DENTRO DELTÉRMINO.
En el caso de no poder
responder su
derecho de petición dentro
del plazo
por ley establecido, se le
informará por
escrito al peticionario,
detallando los motivos y
señalando la fecha en la
cual se resolverá.
Toda queja debe contener la siguiente información?
1. Nombre, identificación y dirección del
que presenta la queja. (dónde recibirá la respuesta).
2. Nombre de la entidad o del funcionario contra
quien se dirige la queja.
3. Objeto de la queja y los motivos que la sustenta.
4. Pruebas documentadas, testimoniales o
cualquier otra que sustenta la queja.
5. Firma del Quejoso.
En qué término debemos tramitar una queja?
Las quejas, Reclamos y Denuncias se resolverán
dentro de los QUINCE (15) días hábiles siguientes
a su recibo, exceptuando aquellas que requieran
de un PROCESO DISCIPLINARIO, las cuales serán
atendidas en los TÉRMINOS PREVISTOS POR
EL CÓDIGO ÚNICO DISCIPLINARIO.
CÓMO SEPRESENTAN LAS QUEJAS ?
PARTICIPACIÓN CIUDADANAPARTICIPACIÓN CIUDADANA14
QUÉESUNAACCIÓN
DECUMPLIMIENTO?
PARTICIPACIÓN CIUDADANAPARTICIPACIÓN CIUDADANA 15
QUÉESUNA ACCIÓN
DETUTELA?
La acción de tutela es uno de los mecanismos para
la protección de los derechos constitucionales, ante
su eventual o real pérdida, menoscabo o simple
amenaza. A diferencia de las demás acciones, ésta
otorga al particular la posibilidad de presentarla ante
cualquier autoridad, garantizando además una
solución pronta, toda vez que su procedimiento es
sumario y preferente ante los demás.
Toda persona podrá acudir ante la autoridad judicial
definida en esta ley para hacer efectivo el cumplimiento
de normas aplicables con la fuerza material de la ley
o actos administrativos.
PARTICIPACIÓN CIUDADANAPARTICIPACIÓN CIUDADANA16
QUÉESUNAACCIÓN DE GRUPO?
Nota
QUÉESUNA ACCIÓN POPULAR?
Son los medios procesales para la protección de derechos
e intereses colectivos. Las acciones populares se ejercen para
evitar el daño contingente, hacer cesar el peligro, la amenaza,
la vulneración o agravio sobre los derechos e intereses colectivos,
o restituir las cosas a su estado anterior cuando fuere posible.
Son aquellas acciones interpuestas por un número plural o un
conjunto de personas que reúnen condiciones uniformes
respecto de una misma causa que originó perjuicios individuales
para dichas personas. Las condiciones uniformes deben ser
también respecto de todos los elementos que configuran la
responsabilidad. La acción de grupo se ejercerá exclusivamente
para obtener el reconocimiento y pago de indemnización de
perjuicios.
La Oficina Asesora Jurídica del Instituto, es la encargada de representar
judicial y extrajudicialmente a la Entidad, y por lo tanto, efectúa el
seguimiento y control de todos los procesos judiciales instaurados, a
favor o en contra del Instituto.
MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN
CIUDADANA
Consagrados en el Artículo 103 de la Constitución Política de
Colombia, desarrollado por la ley134 de 1994. Estatuto de los
Mecanismos de Participación Ciudadana.
Voto: Es un mediante el
cual que el pueblo puede ejercer el derecho al sufragio.
El voto es, ante todo, un acto personal y de voluntad política;
además, es un derecho y un deber de todos los ciudadanos.
mecanismo de participación ciudadana
PARTICIPACIÓN CIUDADANAPARTICIPACIÓN CIUDADANA 17
la Iniciativa Legislativa: Es el derecho político de un
grupo de ciudadanos de presentar proyecto de acto
legislativo y de ley ante el Congreso de la República, de
ordenanza ante las asambleas departamentales, de acuerdo
ante los concejos municipales o distritales y de resolución ante
las juntas administradoras locales, y demás resoluciones de las
corporaciones de las entidades territoriales, de acuerdo con
las leyes que las reglamentan, según el caso, para que sean
debatidos y posteriormente aprobados, modificados o
negados por la corporación pública correspondiente.
Referendo: Es la convocatoria que se hace al pueblo
para que apruebe o rechace un proyecto de norma
jurídica o derogue o no una norma ya vigente.
Plebiscito: Es el pronunciamiento del pueblo convocado
por el Presidente de la República, mediante el cual apoya o
rechaza una determinada decisión del Ejecutivo.
La Consulta Popular: Es la institución mediante la cual, una
pregunta de carácter general sobre un asunto de
trascendencia nacional, departamental, municipal, distrital o
local, es sometida por el Presidente de la República, el
Gobernador o el Alcalde, según el caso, a consideración del
pueblo para que éste se pronuncie formalmente al respecto.
El Cabildo Abierto: Es la reunión pública de los concejos
distritales, municipales o de las juntas administradoras locales,
en la cual los habitantes pueden participar directamente con
el fin de discutir asuntos de interés para la comunidad.
La Revocatoria del Mandato: Es un derecho político, por
medio del cual los ciudadanos dan por terminado el mandato
que le han conferido a un gobernador o a un alcalde.
Acciones Populares
Son medios instituidos por el Estado
para evitar la vulneración o
restituir los derechos consagradosen la Constitución.
Hábeas Data
Derecho de Petición
Quejas
Reclamos
Solicitudes de información
y consultas.
Acción de Tutela
PARTICIPACIÓN CIUDADANAPARTICIPACIÓN CIUDADANA
Hábeas Corpus
Acciones de Grupo
18
MECANISMOS PARA LA PROTECCIÓN
DE LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES
DERECHOS FUNDAMENTALES
DERECHOS COLECTIVOS
Y DEL MEDIO AMBIENTE
PARTICIPACIÓN CIUDADANAPARTICIPACIÓN CIUDADANA 19
MARCO LEGAL
Ley 190 de 1995, por la cual se dictan normas tendientes a
preservar la moralidad en la Administración Pública y se fijan
disposiciones con el objeto de erradicar la corrupción
Decreto 2591 de 1991, por el cual se reglamenta la acción de
Tutela consagrada en el Artículo 86 de la Constitución Política.
Decreto 306 de 1992, por el cual se reglamenta el Decreto
2591 de 1991.
Decreto 1382 de 2000, por el cual se establecen reglas para el
reparto de la acción de tutela.
Ley 393 de 1997, por la cual se desarrolla el Artículo 87 de la
Constitución Política.
Ley 472 de 1998, por la cual se desarrolla el Artículo 88 de la
Constitución Política de Colombia, en relación con el ejercicio de
las acciones populares y de grupo y se dictan otras disposiciones.
Ley 152 de 1994, por la cual se establece la Ley orgánica del
plan de desarrollo.
Ley 489 de 1998, por la cual se dictan normas sobre la
organización y funcionamiento de las entidades del orden
nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas
generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los
numerales 15 y 16 del Artículo 189 de la Constitución Política y se
dictan otras disposiciones.
Ley 150 de 2007, por la cual se introducen medidas para la
eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993 y se dictan otras
disposiciones generales sobre la contratación con Recursos
Públicos.
En el marco de la constitución de 1991 se consagraron
principios orientados para luchar contra la corrupción
a d m i n i s t r a t i v a e n C o l o m b i a .
La Constitución Política de 1991 dio gran importancia a la
participación de la ciudadanía en el control de la gestión publica,
y estableció la responsabilidad patrimonial de los servidores
públicos. Los Artículos relacionados son: 1,2,23,74,90,122,123,
1 2 4 , 1 2 5 , 1 2 6 , 1 2 7 , 1 2 8 , 1 2 9 , 2 0 9 , 2 7 0 .
Las siguientes leyes regulan y orientan la participación ciudadana
y sus mecanismos. Se han expedido normas que garantizan la
participación democrática de todos los ciudadanos
Principios Constitucionales
• Medellín Calle 75 No. 79A-51
Teléfonos: 094 2644949 - 2347567
Fax: 2345062 - 2641409 E-mail:
medellin@ingeominas.gov.co
• Bucaramanga Carrera 20 No. 24-71
Teléfonos: 097 6425481 6522819 -
6349127
Fax: 6425481 E-mail:
bucaramanga@ingeominas.gov.co
• Nobsa Kilómetro 5 vía a Sogamoso
Teléfonos: 098 7705466 -7717620
Fax: 7705466 E-mail:
nobsa@ingeominas.gov.co
• Cúcuta Avenida 5 No.11-20 piso 8
(Edificio Antiguo Banco de la República)
Teléfonos: 097 5720082 - 5726981
E-mail: cucuta@ingeominas.gov.co
• Ibagué Carrera 8 No. 19-31 Barrio
Interlaken Teléfonos: 098 2630683 -
2638900
Fax: 2630683 E-mail:
ibague@ingeominas.gov.co
• Cali Carrera 98 No 16-00 Teléfonos:
092 3393077-3395176-3394899
Fax: 3395156 E-mail:
cali@ingeominas.gov.co
• Valledupar Calle 16A No. 12-89 tercer
piso Edificio Lotería de la Vallenata
Teléfonos: 095 5803585 - 5803878
Fax: 5712152 E-mail:
valledupar@ingeominas.gov.co
www.ingeominas.gov.co
www.ingeominas.gov.co
www.ingeominas.gov.co
www.ingeominas.gov.co
www.ingeominas.gov.co
www.ingeominas.gov.co
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GRUPOSDETRABAJO
REGIONALES
• Manizales (Observatorio Vulcanológico
y Sismológico) Av. 12 de octubre
No. 15-47
Teléfonos: 096 8843004 -8843005
Fax: 8843018
E-mail: manizales@ingeominas.gov.co
• Popayán (Observatorio Vulcanológico
Y Sismológico) Calle 5B No. 2-14 Loma
C/gena
Teléfonos: 092 8240210 8242341
Fax: 8241255
E-mail: popayan@ingeominas.gov.co
• Pasto (Observatorio Vulcanológico y
Sismológico) Carrera 31 No. 18-07
Parque Infantil
Teléfonos: 092 7312595 -7314752
Fax: 7310514 Apartado Aéreo: 1795
E-mail: pasto@ingeominas.gov.co
www.ingeominas.gov.co
www.ingeominas.gov.co
www.ingeominas.gov.co
OBSERVATORIOSVULCANOLÓGICOS
YSISMOLÓGICOS
Diagonal 53 No. 34-53
Teléfono : 2 22 18 11
Fax: 2220797
E-mail:cliente@ingeominas.gov.co
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  • 2. CARTILLA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA 2008 Coordinación y Supervisión General Asesoría Jurídica Revisión Jurídica Concepto y Revisión de textos Diseño y Diagramación Impresión Sandra Victoria Ortiz Ángel Miguel Arcángel Pineda Martín Rosalba Contreras Quintero José Fernando Ceballos Juan Fernando Casas Vargas Ana María Suárez Cabeza Imprenta Nacional de Colombia Mario Ballesteros Mejía Edwin González Moreno Plinio Bustamante Ortega César David López Arenas Director General Secretario General Director Técnico del Servicio Minero Director Técnico del Servicio Geológico
  • 3. INDICE * * * * * * * * * * * * * * * * * * * Presentación.................................................................................5 Reseña Histórica de la Participación Ciudadana.........................6 Qué es la Participación Ciudadana?...........................................7 Por qué es importante su aplicación?..........................................8 Cómo se puede participar?.........................................................8 Cuáles son las herramientas de participación que tiene el ciudadano?..............................................................9 Qué debe contener un Derecho de Petición?.............................11 En que término debemos responder sus peticiones?...................12 Imposibilidad de contestar la Petición dentro del término............13 Cómo se presentan las quejas?...................................................14 Qué es una Acción de Tutela?.....................................................15 Qué es una Acción de Cumplimiento?.......................................15 Qué es una Acción Popular?.......................................................16 Qué es una Acción Grupo?........................................................16 Mecanismos de Participación Ciudadana..................................16-17 Mecanismos para la protección de los derechos constitucionales...........................................................18 Derechos Fundamentales............................................................18 Derechos colectivos y del Medio Ambiente................................18 Marco Legal.................................................................................19 PRESENTACIÓN PARTICIPACIÓN CIUDADANAPARTICIPACIÓN CIUDADANA 5 En INGEOMINAS entendemos la Participación Ciudadana como un derecho Constitucional que le permite al usuario de nuestro servicio, participar activamente en la toma de decisiones que afecten su entorno económico, político, administrativo y cultural. Así mismo, debemos considerarla como el mecanismo por excelencia de control social y de integración colectiva, que fortalece los lazos de confianza entre la comunidad y sus instituciones. Siendo consecuentes con esta filosofía, nuestro principal objetivo está encaminado a garantizar la calidad en el proceso de recepción, trámite y resolución de peticiones respetuosas de los ciudadanos tanto de interés general, como de interés particular. Se constituye entonces en uno de los más importantes compromisos institucionales, trabajar por la generación de espacios de interlocución entre funcionarios, usuarios y la comunidad. Conforme a lo anterior, el Instituto Colombiano de Geología y Minería INGEOMINAS, se complace en presentar oficialmente esta cartilla útil y práctica que le permitirá al destinatario acceder a la información relacionada con los conceptos fundamentales acerca del ejercicio de sus derechos y la manifestación de sus opiniones. Somos una entidad de puertas abiertas, con la decidida convicción de seguir Construyendo Participación. Mario Ballesteros Mejía Director General
  • 4. RESEÑAHISTÓRICADELA PARTICIPACIÓNCIUDADANA Resulta oportuno hacer una breve reseña histórica de la Participación Ciudadana, para lo cual podemos partir de la teoría naturalista de JHON LOCKE (1632 - 1704), quien apuntó a mostrar que los derechos son algo más que una concesión generosa por parte del Estado. Es así como asegura que la función prioritaria del Estado es la de garantizar el goce de estos derechos naturales. Bajo dicha teoría, que se sustenta en el poder de participación y resistencia de los pueblos, se empieza a cuestionar las bases del absolutismo estatal y se abona el terreno para la creación del llamado Estado de Derecho. Para empezar, y antes de abordarlo como una de las nuevas formas de control, conviene recordar que su aplicación se fundamenta en la Constitución Política de Colombia, con los siguientes planteamientos relacionados con la participación como un derecho fundamental: Colombia es democrática, participativa y pluralista; fundada en el respeto a la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general. Entre los fines del Estado se encuentra servir a la comunidad, promover y facilitar la participación de todos los colombianos en las decisiones que puedan incidir sobre los principios de una sociedad organizada. PARTICIPACIÓN CIUDADANAPARTICIPACIÓN CIUDADANA6 Es un Derecho Constitucional que le permite al usuario de nuestros servicios, participar activamente en la toma de decisiones que afecten en su entorno económico, político, administrativo y cultural. QUÉ ES LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA? PARTICIPACIÓN CIUDADANAPARTICIPACIÓN CIUDADANA 7
  • 5. POR QUÉ ES IMPORTANTE SU APLICACIÓN? PARTICIPACIÓN CIUDADANAPARTICIPACIÓN CIUDADANA8 Se puede participar activamente en nuestras decisiones informándonos clara y oportunamente sus necesidades.. Porque lo convierte en un supervisor de nuestro trabajo y nos obliga a mejorar continuamente para brindarle un servicio de calidad. CÓMO SEPUEDE PARTICIPAR? CUÁLESSONLAS HERRAMIENTASDE PARTICIPACIÓNQUE TIENEELCIUDADANO? Para su efecto y aplicación se tendrán en cuenta las siguientes definiciones: Petición: Es una solicitud presentada en forma respetuosa verbal o escrita ante un servidor público, con el fin de obtener pronta solución sobre la misma. Queja: Es el medio por el cual el usuario manifiesta su inconformidad en razón de una irregularidad administrativa, por la actuación de determinado funcionario o por la forma y condiciones en que se preste o no un servicio, con el propósito de corregir o adoptar las medida correspondientes. Reclamo: Es una solicitud que manifiesta la inconformidad del usuario por una actuación administrativa de la entidad, con el objeto de que se revise y se tomen los correctivos del caso. PARTICIPACIÓN CIUDADANAPARTICIPACIÓN CIUDADANA 9
  • 6. PARTICIPACIÓN CIUDADANAPARTICIPACIÓN CIUDADANA10 Sugerencia: Es una manifestación orientada al mejoramiento del servicio prestado por la Entidad. Denuncia: Es el mecanismo mediante el cual cualquier ciudadano da aviso o notifica, en forma escrita o verbal, hechos o conductas con las que se pueda estar configurando un posible manejo irregular o un eventual detrimento de los bienes o fondos del Estado. Anónimo: Es la denuncia o queja, verbal o escrita, que una persona presenta en forma respetuosa haciendo uso del derecho a proteger su identidad. Todo Derecho de Petición debe contener la siguiente información: 1. Nombre e Identificación del Peticionario, el Representante o su apoderado. 2. Dirección del Peticionario (A donde recibirá la respuesta). 3. Nombre de la Entidad o del funcionario a quien se dirige. 4. Objeto de la petición y las razones que la respaldan. 5. Listado de los documentos que sustentan la petición. 6. Firma del Peticionario. * La respuesta al derecho de petición sera enviada al ciudadano, con copia al Grupo de Participación Ciudadana. PARTICIPACIÓN CIUDADANAPARTICIPACIÓN CIUDADANA11 QUÉ DEBE CONTENER UN DERECHO DE PETICIÓN?
  • 7. El derecho de Petición en interés general o particular debe resolverse dentro de los QUINCE (15) días hábiles siguientes a la fecha de su recepción. El derecho de Petición de información o Solicitud de copias de documentos que no haga parte de expedientes deberá resolverse dentro de los DIEZ (10) días hábiles y el peticionario asumirá el costo respetivo. Cuando el derecho de petición verse sobre solicitud de copias y certificaciones de expedientes deberá resolverse en un plazo no mayor a TRES (3) días. Cuando se trate de una solicitud de consulta en relación con la materia a cargo de la entidad, ésta se deberá resolver dentro de un término máximo de TREINTA (30) días hábiles. Cuando se trate de una solicitud de información de los congresistas, esta se deberá resolver dentro de un término máximo de CINCO (5) días calendario, siguientes a la fecha de su recepción. SOLICITUDES DE INFORMACIÓN EN QUÉ TÉRMINO DEBEMOS RESPONDER SUS PETICIONES? PARTICIPACIÓN CIUDADANAPARTICIPACIÓN CIUDADANA12 PARTICIPACIÓN CIUDADANAPARTICIPACIÓN CIUDADANA 13 IMPOSIBILIDAD DE CONTESTARLA PETICIÓN DENTRO DELTÉRMINO. En el caso de no poder responder su derecho de petición dentro del plazo por ley establecido, se le informará por escrito al peticionario, detallando los motivos y señalando la fecha en la cual se resolverá.
  • 8. Toda queja debe contener la siguiente información? 1. Nombre, identificación y dirección del que presenta la queja. (dónde recibirá la respuesta). 2. Nombre de la entidad o del funcionario contra quien se dirige la queja. 3. Objeto de la queja y los motivos que la sustenta. 4. Pruebas documentadas, testimoniales o cualquier otra que sustenta la queja. 5. Firma del Quejoso. En qué término debemos tramitar una queja? Las quejas, Reclamos y Denuncias se resolverán dentro de los QUINCE (15) días hábiles siguientes a su recibo, exceptuando aquellas que requieran de un PROCESO DISCIPLINARIO, las cuales serán atendidas en los TÉRMINOS PREVISTOS POR EL CÓDIGO ÚNICO DISCIPLINARIO. CÓMO SEPRESENTAN LAS QUEJAS ? PARTICIPACIÓN CIUDADANAPARTICIPACIÓN CIUDADANA14 QUÉESUNAACCIÓN DECUMPLIMIENTO? PARTICIPACIÓN CIUDADANAPARTICIPACIÓN CIUDADANA 15 QUÉESUNA ACCIÓN DETUTELA? La acción de tutela es uno de los mecanismos para la protección de los derechos constitucionales, ante su eventual o real pérdida, menoscabo o simple amenaza. A diferencia de las demás acciones, ésta otorga al particular la posibilidad de presentarla ante cualquier autoridad, garantizando además una solución pronta, toda vez que su procedimiento es sumario y preferente ante los demás. Toda persona podrá acudir ante la autoridad judicial definida en esta ley para hacer efectivo el cumplimiento de normas aplicables con la fuerza material de la ley o actos administrativos.
  • 9. PARTICIPACIÓN CIUDADANAPARTICIPACIÓN CIUDADANA16 QUÉESUNAACCIÓN DE GRUPO? Nota QUÉESUNA ACCIÓN POPULAR? Son los medios procesales para la protección de derechos e intereses colectivos. Las acciones populares se ejercen para evitar el daño contingente, hacer cesar el peligro, la amenaza, la vulneración o agravio sobre los derechos e intereses colectivos, o restituir las cosas a su estado anterior cuando fuere posible. Son aquellas acciones interpuestas por un número plural o un conjunto de personas que reúnen condiciones uniformes respecto de una misma causa que originó perjuicios individuales para dichas personas. Las condiciones uniformes deben ser también respecto de todos los elementos que configuran la responsabilidad. La acción de grupo se ejercerá exclusivamente para obtener el reconocimiento y pago de indemnización de perjuicios. La Oficina Asesora Jurídica del Instituto, es la encargada de representar judicial y extrajudicialmente a la Entidad, y por lo tanto, efectúa el seguimiento y control de todos los procesos judiciales instaurados, a favor o en contra del Instituto. MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Consagrados en el Artículo 103 de la Constitución Política de Colombia, desarrollado por la ley134 de 1994. Estatuto de los Mecanismos de Participación Ciudadana. Voto: Es un mediante el cual que el pueblo puede ejercer el derecho al sufragio. El voto es, ante todo, un acto personal y de voluntad política; además, es un derecho y un deber de todos los ciudadanos. mecanismo de participación ciudadana PARTICIPACIÓN CIUDADANAPARTICIPACIÓN CIUDADANA 17 la Iniciativa Legislativa: Es el derecho político de un grupo de ciudadanos de presentar proyecto de acto legislativo y de ley ante el Congreso de la República, de ordenanza ante las asambleas departamentales, de acuerdo ante los concejos municipales o distritales y de resolución ante las juntas administradoras locales, y demás resoluciones de las corporaciones de las entidades territoriales, de acuerdo con las leyes que las reglamentan, según el caso, para que sean debatidos y posteriormente aprobados, modificados o negados por la corporación pública correspondiente. Referendo: Es la convocatoria que se hace al pueblo para que apruebe o rechace un proyecto de norma jurídica o derogue o no una norma ya vigente. Plebiscito: Es el pronunciamiento del pueblo convocado por el Presidente de la República, mediante el cual apoya o rechaza una determinada decisión del Ejecutivo. La Consulta Popular: Es la institución mediante la cual, una pregunta de carácter general sobre un asunto de trascendencia nacional, departamental, municipal, distrital o local, es sometida por el Presidente de la República, el Gobernador o el Alcalde, según el caso, a consideración del pueblo para que éste se pronuncie formalmente al respecto. El Cabildo Abierto: Es la reunión pública de los concejos distritales, municipales o de las juntas administradoras locales, en la cual los habitantes pueden participar directamente con el fin de discutir asuntos de interés para la comunidad. La Revocatoria del Mandato: Es un derecho político, por medio del cual los ciudadanos dan por terminado el mandato que le han conferido a un gobernador o a un alcalde.
  • 10. Acciones Populares Son medios instituidos por el Estado para evitar la vulneración o restituir los derechos consagradosen la Constitución. Hábeas Data Derecho de Petición Quejas Reclamos Solicitudes de información y consultas. Acción de Tutela PARTICIPACIÓN CIUDADANAPARTICIPACIÓN CIUDADANA Hábeas Corpus Acciones de Grupo 18 MECANISMOS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES DERECHOS FUNDAMENTALES DERECHOS COLECTIVOS Y DEL MEDIO AMBIENTE PARTICIPACIÓN CIUDADANAPARTICIPACIÓN CIUDADANA 19 MARCO LEGAL Ley 190 de 1995, por la cual se dictan normas tendientes a preservar la moralidad en la Administración Pública y se fijan disposiciones con el objeto de erradicar la corrupción Decreto 2591 de 1991, por el cual se reglamenta la acción de Tutela consagrada en el Artículo 86 de la Constitución Política. Decreto 306 de 1992, por el cual se reglamenta el Decreto 2591 de 1991. Decreto 1382 de 2000, por el cual se establecen reglas para el reparto de la acción de tutela. Ley 393 de 1997, por la cual se desarrolla el Artículo 87 de la Constitución Política. Ley 472 de 1998, por la cual se desarrolla el Artículo 88 de la Constitución Política de Colombia, en relación con el ejercicio de las acciones populares y de grupo y se dictan otras disposiciones. Ley 152 de 1994, por la cual se establece la Ley orgánica del plan de desarrollo. Ley 489 de 1998, por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del Artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones. Ley 150 de 2007, por la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones generales sobre la contratación con Recursos Públicos. En el marco de la constitución de 1991 se consagraron principios orientados para luchar contra la corrupción a d m i n i s t r a t i v a e n C o l o m b i a . La Constitución Política de 1991 dio gran importancia a la participación de la ciudadanía en el control de la gestión publica, y estableció la responsabilidad patrimonial de los servidores públicos. Los Artículos relacionados son: 1,2,23,74,90,122,123, 1 2 4 , 1 2 5 , 1 2 6 , 1 2 7 , 1 2 8 , 1 2 9 , 2 0 9 , 2 7 0 . Las siguientes leyes regulan y orientan la participación ciudadana y sus mecanismos. Se han expedido normas que garantizan la participación democrática de todos los ciudadanos Principios Constitucionales
  • 11. • Medellín Calle 75 No. 79A-51 Teléfonos: 094 2644949 - 2347567 Fax: 2345062 - 2641409 E-mail: medellin@ingeominas.gov.co • Bucaramanga Carrera 20 No. 24-71 Teléfonos: 097 6425481 6522819 - 6349127 Fax: 6425481 E-mail: bucaramanga@ingeominas.gov.co • Nobsa Kilómetro 5 vía a Sogamoso Teléfonos: 098 7705466 -7717620 Fax: 7705466 E-mail: nobsa@ingeominas.gov.co • Cúcuta Avenida 5 No.11-20 piso 8 (Edificio Antiguo Banco de la República) Teléfonos: 097 5720082 - 5726981 E-mail: cucuta@ingeominas.gov.co • Ibagué Carrera 8 No. 19-31 Barrio Interlaken Teléfonos: 098 2630683 - 2638900 Fax: 2630683 E-mail: ibague@ingeominas.gov.co • Cali Carrera 98 No 16-00 Teléfonos: 092 3393077-3395176-3394899 Fax: 3395156 E-mail: cali@ingeominas.gov.co • Valledupar Calle 16A No. 12-89 tercer piso Edificio Lotería de la Vallenata Teléfonos: 095 5803585 - 5803878 Fax: 5712152 E-mail: valledupar@ingeominas.gov.co www.ingeominas.gov.co www.ingeominas.gov.co www.ingeominas.gov.co www.ingeominas.gov.co www.ingeominas.gov.co www.ingeominas.gov.co www.ingeominas.gov.co GRUPOSDETRABAJO REGIONALES • Manizales (Observatorio Vulcanológico y Sismológico) Av. 12 de octubre No. 15-47 Teléfonos: 096 8843004 -8843005 Fax: 8843018 E-mail: manizales@ingeominas.gov.co • Popayán (Observatorio Vulcanológico Y Sismológico) Calle 5B No. 2-14 Loma C/gena Teléfonos: 092 8240210 8242341 Fax: 8241255 E-mail: popayan@ingeominas.gov.co • Pasto (Observatorio Vulcanológico y Sismológico) Carrera 31 No. 18-07 Parque Infantil Teléfonos: 092 7312595 -7314752 Fax: 7310514 Apartado Aéreo: 1795 E-mail: pasto@ingeominas.gov.co www.ingeominas.gov.co www.ingeominas.gov.co www.ingeominas.gov.co OBSERVATORIOSVULCANOLÓGICOS YSISMOLÓGICOS Diagonal 53 No. 34-53 Teléfono : 2 22 18 11 Fax: 2220797 E-mail:cliente@ingeominas.gov.co www.ingeominas.gov.co